Boletín Oficial

Milei retiró al Estado como querellante en la causa del megacrédito al FMI y descomprimió el frente judicial de Mauricio Macri

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Mediante el Decreto 87/2026, publicado en un suplemento vespertino del Boletín Oficial el 5 de febrero, el presidente Javier Milei, junto al ministro de Justicia Mariano Cúneo Libarona, ordenó que la Procuración del Tesoro de la Nación cese su rol como querellante particular en la causa judicial que investiga el megacrédito otorgado por el FMI durante la gestión de Mauricio Macri. La decisión implica un cambio institucional relevante en la estrategia del Estado frente a uno de los expedientes más sensibles en materia de endeudamiento externo, con impacto político, jurídico y económico, y se produce en coincidencia con la llegada de una misión del Fondo Monetario Internacional al país.

El decreto y el giro institucional en la causa del FMI

El Decreto 87/2026 deroga el artículo 1° del Decreto 239/2021, que había instruido a la Procuración del Tesoro a constituirse como querellante en la Causa N° 3561/2019, caratulada “Macri, Mauricio y otros s/ defraudación por administración fraudulenta y defraudación contra la administración pública”. En consecuencia, se ordena formalmente que el organismo abandone su intervención penal en representación del Estado Nacional.

El texto oficial fundamenta la medida en una resolución judicial dictada el 2 de febrero de 2026, mediante la cual la jueza interviniente archivó la causa, al considerar que no se cometieron los delitos denunciados. Según se detalla en los considerandos, gran parte de los cuestionamientos planteados en el expediente fueron interpretados como discrepancias con decisiones de política económica, adoptadas dentro de las facultades discrecionales del Poder Ejecutivo, y por lo tanto no susceptibles de control penal.

En ese marco, el decreto sostiene que los efectos macroeconómicos adversos derivados de dichas decisiones “no permiten reconducir, por sí solos, estas conductas al ámbito del derecho penal”, alineándose con el criterio judicial que descartó la tipificación de delitos como violación de deberes de funcionario público, abuso de autoridad, malversación de fondos públicos, administración fraudulenta y defraudación contra la administración pública.

El megacrédito, las irregularidades denunciadas y el trasfondo económico

El expediente judicial tiene su origen en el acuerdo stand by firmado con el FMI el 12 de junio de 2018, por un monto cercano a US$57.000 millones, el más grande en la historia argentina y el mayor préstamo otorgado por el propio Fondo. La decisión había sido anunciada por Mauricio Macri en cadena nacional el 8 de mayo de 2018, bajo el argumento de “evitar una gran crisis económica” y corregir desequilibrios fiscales.

Sin embargo, distintos informes oficiales posteriores —incluidos los de la Auditoría General de la Nación (AGN)— señalaron graves irregularidades administrativas y normativas. Entre ellas, se destacó que el crédito representó 127 veces la capacidad de endeudamiento de Argentina con el FMI, incrementando la vulnerabilidad externa en lugar de fortalecer la posición financiera del país. Además, se indicó que el 71% de los fondos se destinó al pago de deuda pública previa, especialmente emisiones realizadas entre 2016 y 2018, y que las comisiones y gastos reconocidos al Fondo equivalieron a más del 50% del presupuesto del CONICET en 2018.

Las denuncias también subrayaron el incumplimiento del artículo 61 de la Ley de Administración Financiera N° 24.156, la falta de dictamen del Banco Central sobre el impacto en la balanza de pagos, la ausencia de intervención del Congreso, y la no aplicación de la Resolución 108/09 que exige la aprobación por decreto de préstamos multilaterales. Asimismo, se cuestionó que el entonces ministro de Hacienda no tenía facultades suficientes para autorizar la operación, y que no se realizaron análisis de costos, riesgos ni sostenibilidad de la deuda.

Pese a ese cúmulo de observaciones, el archivo judicial de la causa y el nuevo decreto presidencial desactivan la participación penal directa del Estado, aunque el texto aclara que ello no implica renunciar a eventuales acciones civiles para el recupero de daños y perjuicios, si estos pudieran acreditarse.

Impacto político y posibles repercusiones

La publicación del decreto en un suplemento vespertino del Boletín Oficial, en lugar de esperar la edición habitual, reforzó las lecturas políticas del movimiento. La decisión beneficia directamente a Mauricio Macri, al retirar al Estado como parte activa en una causa emblemática de su gestión, en un contexto donde el expresidente se muestra distanciado políticamente de Javier Milei.

Desde el plano institucional, el Gobierno justificó la medida en la necesidad de evitar superposiciones de funciones y de priorizar el uso eficiente de los recursos públicos, remarcando que la titularidad de la acción penal corresponde al Ministerio Público Fiscal, conforme a los artículos 120 de la Constitución Nacional y 33 de la Ley 24.946. El decreto enfatiza que la Procuración del Tesoro no cuenta con áreas especializadas en litigación penal compleja, y que su intervención en ese fuero es excepcional.

En términos económicos y de señal política, el giro se produce en paralelo a la auditoría del FMI sobre la economía argentina, lo que abre interrogantes sobre el mensaje que el Gobierno busca enviar al organismo internacional respecto del pasado reciente y del tratamiento institucional del endeudamiento externo.

primera-seccion_05-02-2026_suplemento-1 by CristianMilciades

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Monteoliva impulsa un sistema unificado de información para medir la gestión en seguridad

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El Ministerio de Seguridad avanzó en la creación de un nuevo sistema de información que amplía las responsabilidades operativas de las fuerzas federales más allá del combate directo contra el delito. A partir de la Resolución 108/2026, publicada en el Boletín Oficial, cada fuerza policial y de seguridad deberá relevar, clasificar y cargar datos de su gestión en siete categorías obligatorias, que luego serán procesadas con fines estadísticos. La medida apunta a unificar criterios, mejorar la comparabilidad de la información y fortalecer la toma de decisiones, aunque también incorpora nuevas cargas administrativas para el personal operativo.

Un sistema estadístico centralizado para la gestión de la seguridad

La resolución firmada por la ministra de Seguridad, Alejandra Monteoliva, crea el Sistema de Información Estadística de las Fuerzas Policiales y de Seguridad Federales (SIEFFSS), que funcionará en la órbita de la Dirección Nacional de Estadística Criminal. El objetivo formal es ordenar y sistematizar la información vinculada a la gestión de la seguridad en distintos niveles, ante la falta de estándares comunes que caracterizaba hasta ahora a la provisión de datos por parte de las fuerzas.

Según se establece en la norma, el SIEFFSS deberá contener al menos siete componentes de información, cuya carga quedará a cargo de las distintas reparticiones de las fuerzas federales. Entre ellos se incluyen las intervenciones ordinarias y extraordinarias realizadas en tareas de prevención del delito, respuesta ante hechos delictivos, mantenimiento del orden público y acciones de contención o rescate. En la práctica, esto implica que cada procedimiento ejecutado por personal de seguridad federal deberá ser informado y clasificado dentro del sistema.

A ese núcleo operativo se suman otros ejes relevantes: recursos humanos disponibles y su condición actual, cantidad y tipo de incautaciones, capacidades logísticas y materiales, agentes fallecidos o heridos en servicio y cantidad de civiles abatidos y terceros damnificados en procedimientos. La amplitud de las categorías refleja un enfoque integral de la gestión, que excede la estadística criminal tradicional y abarca dimensiones operativas, humanas y materiales.

Más responsabilidades sin costo fiscal y con exigencias de resguardo

La resolución aclara que la creación del SIEFFSS no implica erogaciones para el Estado Nacional, ya que la implementación recae exclusivamente sobre las propias fuerzas de seguridad. En ese marco, cada organismo deberá adecuar sus procedimientos y normativas internas y designar un área de referencia única encargada de poner en funcionamiento el sistema.

El esquema incorpora obligaciones concretas para el personal: resguardar la información por un plazo mínimo de 20 años, establecer procedimientos específicos para la obtención y carga de datos, monitorear desvíos o errores en la información registrada y garantizar la disponibilidad periódica y oportuna de los datos. De este modo, a las tareas operativas habituales se suma una capa administrativa y técnica que busca sostener la calidad y consistencia de la información.

Hasta ahora, el Ministerio de Seguridad recibía datos producidos bajo criterios clasificatorios heterogéneos, lo que dificultaba su agregación y comparación. Ese diagnóstico quedó explicitado en la resolución, donde se señala que “el relevamiento de dicha información presenta criterios clasificatorios heterogéneos, lo cual dificulta su agregación y comparabilidad”, fundamento central para avanzar hacia un sistema unificado.

En cuanto al acceso, la norma establece que la información será confidencial y de manejo interno, aunque podrá utilizarse para presentaciones estadísticas que disponga la propia gestión, dejando en manos del Ministerio la decisión sobre su eventual difusión pública.

Seguridad, datos y territorio: el respaldo político al Plan Bandera

La creación del SIEFFSS se inscribe en un contexto de fuerte énfasis del Gobierno nacional en la gestión de la seguridad, con foco territorial en zonas críticas. En ese marco, Monteoliva mantuvo una reciente visita a Rosario, uno de los principales ejes de la estrategia libertaria en la materia, donde participó de un acto encabezado por el gobernador Maximiliano Pullaro y acompañó la entrega de nuevos vehículos a las fuerzas en el marco del Plan Bandera.

Durante esa actividad, la ministra remarcó que “Rosario y Santa Fe siguen siendo una prioridad” y sostuvo que “enero fue el mes menos violento desde la implementación del Plan Bandera”, atribuyendo los resultados a la intensificación de los operativos y a una mayor coordinación entre Nación y provincia.

En ese sentido, el nuevo sistema estadístico aparece como una herramienta complementaria: ordenar datos, medir resultados y sostener con información la narrativa de gestión en un área políticamente sensible. Al mismo tiempo, abre interrogantes sobre el impacto operativo de sumar tareas de carga y control de información a fuerzas que ya enfrentan una alta demanda en el territorio.

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El Gobierno prorrogó por un año la intervención de Educ.ar

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Mediante el Decreto 82/2026, el Poder Ejecutivo extendió hasta febrero de 2027 la intervención de Educ.ar Sociedad Anónima Unipersonal. La decisión busca consolidar la transformación societaria, completar la reestructuración interna y asegurar la continuidad del Programa Conectar Igualdad, en un contexto de ajuste del gasto, redefinición del rol del Estado y reforma del sector público.

El Gobierno nacional resolvió prorrogar por un año la intervención de Educ.ar Sociedad Anónima Unipersonal, a partir del 4 de febrero de 2026, con el objetivo de finalizar el proceso de normalización institucional, consolidar la reestructuración administrativa y garantizar una transición ordenada hacia un régimen de funcionamiento regular. La medida fue formalizada a través del Decreto 82/2026, publicado este 4 de febrero en el Boletín Oficial y firmado por el presidente Javier Milei y el ministro de Economía, Federico Adolfo Sturzenegger.

La decisión se inscribe en el marco de la reforma del sector público impulsada por el Ejecutivo desde diciembre de 2023, que incluyó la transformación de empresas y sociedades del Estado en sociedades anónimas bajo el régimen de la Ley General de Sociedades N° 19.550, conforme lo dispuesto por el Decreto de Necesidad y Urgencia N° 70/2023. En ese proceso, Educ.ar dejó de ser una sociedad del Estado para convertirse en una sociedad anónima unipersonal, bajo control estatal, con nuevas responsabilidades y criterios de gestión.

De sociedad del Estado a sociedad anónima: los fundamentos de la prórroga

Educ.ar fue creada originalmente por el Decreto N° 383/2000, en la órbita del entonces Ministerio de Educación, con la misión de administrar y desarrollar el portal educativo nacional y producir contenidos para el sistema educativo. Con la entrada en vigencia del DNU 70/23, se derogó la Ley N° 20.705 y se estableció la conversión de las empresas estatales a sociedades anónimas, lo que motivó la intervención dispuesta por el Decreto N° 117/2024.

Durante ese período, que ya había sido prorrogado por la Decisión Administrativa N° 4/2025, el Gobierno designó como interventor al ingeniero Gastón Mariano Martín, desde el 1° de noviembre de 2024, y avanzó en una serie de medidas estructurales. Entre ellas, se destacó la aprobación formal de la transformación societaria mediante el Acta de Asamblea General N° 44 del 19 de diciembre de 2024, la regularización de balances pendientes de gestiones anteriores y la normalización de trámites ante la Inspección General de Justicia.

Según detalla el decreto, al momento de la intervención la empresa se encontraba “sobredimensionada y en una situación crítica de financiamiento”, lo que justificó un proceso de reordenamiento profundo para mejorar su eficiencia operativa y financiera.

Ajuste, reducción de personal y control del gasto

Uno de los ejes centrales del proceso fue la restructuración de los recursos humanos, instrumentada a través de dos planes de retiros voluntarios, que redujeron la dotación de personal a 172 trabajadores. Esta medida, señala el texto oficial, permitió una disminución del gasto público, el recupero de fondos por deudas pendientes y la implementación de acciones orientadas al cumplimiento de normas de integridad y transparencia.

En paralelo, se aprobó un nuevo organigrama, con una reducción de la estructura jerárquica y la definición de áreas consideradas imprescindibles para el funcionamiento de la sociedad. Además, la intervención avanzó en la elaboración de manuales de procedimientos y en la modificación del reglamento de compras y contrataciones, con el objetivo de establecer circuitos administrativos “estandarizados, claros y uniformes”.

Estas acciones se complementan con el desarrollo de un plan estratégico orientado a la generación de recursos propios y a la sostenibilidad financiera de la empresa, un punto clave en la nueva lógica de gestión que impulsa el Ejecutivo para las empresas bajo control estatal.

Conectar Igualdad y continuidad operativa

Otro elemento central que justifica la prórroga de la intervención es la transferencia del Programa Conectar Igualdad a la órbita de Educ.ar, dispuesta por el Decreto N° 289/2025. El programa, creado originalmente por el Decreto N° 11/2022, constituye una de las principales políticas públicas de conectividad educativa y provisión de tecnología en el sistema escolar.

El decreto advierte que una finalización anticipada de la intervención podría generar “discontinuidades en la conducción, fragmentación en los procesos decisorios y debilitamiento de los mecanismos de control”, con impacto directo sobre la ejecución de Conectar Igualdad y las restantes funciones asignadas a la sociedad.

En ese sentido, el Ejecutivo considera que la intervención no solo permitió ordenar la empresa, sino que se transformó en una herramienta clave para adaptar a Educ.ar a sus nuevas responsabilidades, garantizando una gestión coordinada, eficiente y transparente de los recursos públicos.

Escenarios e impacto institucional

La prórroga de la intervención hasta febrero de 2027 confirma que el Gobierno apuesta a completar el proceso de transformación antes de devolver la conducción a un esquema societario regular, evitando riesgos institucionales y operativos. Desde una perspectiva económica, la medida refuerza la estrategia oficial de reducción del gasto, control del personal y búsqueda de sostenibilidad financiera en empresas con participación estatal.

En el plano político e institucional, el decreto consolida el rumbo marcado por el DNU 70/23 y anticipa que la normalización definitiva de Educ.ar estará supeditada al cumplimiento de objetivos de eficiencia, transparencia y autosustentabilidad. En el corto plazo, el impacto se sentirá en la continuidad del Programa Conectar Igualdad y en la profundización de los cambios internos de la empresa; en el mediano plazo, el desafío será demostrar que el nuevo modelo de sociedad anónima estatal puede sostener servicios educativos estratégicos sin comprometer las cuentas públicas.

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Economía aprobó el Plan de Acción y Presupuesto 2026 de BICE Fideicomisos con un superávit financiero superior a $21.000 millones

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El Ministerio de Economía aprobó formalmente el Plan de Acción y Presupuesto 2026 de BICE Fideicomisos Sociedad Anónima, una empresa pública clave en la estructuración y administración de fideicomisos financieros y de garantía. La decisión quedó plasmada en la Resolución 78/2026, firmada por el ministro Luis Andrés Caputo y publicada en el Boletín Oficial, y proyecta para el ejercicio un resultado financiero superavitario de $21.018.023.308, sin recurrir a endeudamiento ni aportes del Tesoro Nacional. El dato no es menor: consolida el giro hacia una gestión autosustentable dentro del esquema de empresas públicas y refuerza la estrategia oficial de disciplina fiscal y eficiencia operativa.

Un presupuesto con superávit operativo, económico y financiero

De acuerdo con la resolución, el presupuesto aprobado estima ingresos de operación por $25.409.580.188 y gastos de operación por $12.141.190.526, lo que arroja una ganancia operativa de $13.268.389.662. En términos más amplios, los ingresos corrientes ascenderán a $36.417.321.802, mientras que los gastos corrientes se ubicarán en $14.677.558.099, generando un resultado económico positivo (ahorro) de $21.739.763.703.

El esquema se completa con recursos de capital por $286.351.011 y gastos de capital por $1.008.091.406, destinados íntegramente a inversión en maquinaria y equipamiento. Aun así, el balance final proyecta un superávit financiero de más de $21.000 millones, un indicador poco frecuente en empresas públicas y alineado con los objetivos macroeconómicos del Ministerio de Economía.

La resolución se dicta en el marco de las facultades previstas en el artículo 49 de la Ley 24.156 de Administración Financiera y su Decreto Reglamentario 1344/2007, y cuenta con dictamen favorable de la Oficina Nacional de Presupuesto, lo que le otorga respaldo técnico y legal.

Transformación operativa y alineamiento con la Ley Bases

El Plan de Acción 2026, aprobado como Anexo I, describe un proceso de transformación iniciado en 2024, orientado a la eficiencia, sostenibilidad operativa y reducción de costos. Entre las medidas implementadas se destacan la reestructuración de la dotación de personal, la revisión integral de honorarios y la mudanza de la sede social para compartir infraestructura con el Banco de Inversión y Comercio Exterior (BICE), lo que permitió reducir en un 35% los gastos mensuales de mantenimiento.

La empresa proyecta cerrar 2026 con una dotación de 115 empleados, frente a esquemas más amplios en años previos, y continuar profundizando políticas de control del gasto. Según el propio documento oficial, este proceso convirtió a BICE Fideicomisos en una compañía superavitaria, capaz de cubrir gastos e inversiones exclusivamente con ingresos fiduciarios, sin asistencia del Estado.

En términos normativos, el plan explicita que la operatoria de la empresa se desarrolla en estricta concordancia con la Ley 27.742 (Ley de Bases y Puntos de Partida para la Libertad de los Argentinos) y con las políticas definidas por el Poder Ejecutivo Nacional, reforzando estándares de transparencia, control e integridad en la administración fiduciaria.

Inversión, mercado y señales al sistema financiero

Para 2026, BICE Fideicomisos prevé una inversión de $1.008.091.406 en maquinaria y equipo, orientada al recambio tecnológico, la automatización de procesos y una mayor trazabilidad de la gestión. No se contempla colocación de deuda, ni en moneda local ni extranjera, una señal consistente con la estrategia oficial de reducir el apalancamiento del sector público.

Desde el punto de vista institucional, la empresa mantiene su inscripción como fiduciario financiero ante la Comisión Nacional de Valores (CNV) y ostenta la categoría 1 FD con Perspectiva Estable, la máxima calificación fiduciaria otorgada por Fix Ratings, lo que la posiciona como uno de los principales fiduciarios del país en términos de activos administrados.

El plan también proyecta un rol activo en el financiamiento de la economía real, mediante la estructuración de fideicomisos financieros para proyectos de inversión privada, infraestructura y desarrollo productivo, buscando complementar al sistema financiero tradicional sin comprometer recursos fiscales.

La aprobación de este presupuesto refuerza el mensaje del Gobierno en dos planos. En lo económico, muestra que es posible sostener empresas públicas superavitarias, con inversión y sin deuda, en un contexto de ajuste fiscal. En lo institucional, consolida un esquema de gestión alineado con la Ley Bases y con la narrativa oficial de eficiencia y racionalización del Estado.

Para el mercado, el dato no pasa inadvertido: una empresa pública que proyecta superávit financiero, invierte y no se endeuda funciona como señal de orden fiscal en un momento en el que la estrategia económica prioriza credibilidad y disciplina presupuestaria.

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Presupuesto 2026: el Gobierno reasigna $190.000 millones para cumplir la cautelar de la Corte a favor de la Ciudad

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El Jefe de Gabinete de Ministros aprobó una modificación clave del Presupuesto 2026 que reordena créditos por más de $190.000 millones para dar cumplimiento a la medida cautelar de la Corte Suprema en favor de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, además de reforzar partidas del Senado y del Comité Nacional para la Prevención de la Tortura. La decisión, formalizada mediante la Decisión Administrativa 2/2026, impacta en el Ministerio de Economía, el Poder Legislativo y las obligaciones del Tesoro, y reconfigura el esquema de gastos corrientes y transferencias en un contexto de fuerte tensión fiscal e institucional.

Reasignación de fondos y cumplimiento judicial

La Decisión Administrativa 2/2026, publicada el 4 de febrero de 2026, introduce modificaciones al Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2026, aprobado por la Ley N° 27.798, con el objetivo de “adecuar el presupuesto vigente de algunas Jurisdicciones y Entidades de la Administración Nacional con el objeto de afrontar gastos que hacen al cumplimiento de su cometido”.

El eje central de la medida es la compensación de créditos destinada a atender las transferencias a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en el marco de la medida cautelar dictada por la Corte Suprema de Justicia de la Nación (Expediente CSJN N° 1864/2022). Para ello, se incrementan en $190.000 millones los créditos de la Jurisdicción 91 – Obligaciones a Cargo del Tesoro, específicamente en el Programa 67 “Cumplimiento de Medida Cautelar CSJN 1864/2022”, destinados a transferencias corrientes a la administración pública provincial.

Este refuerzo se financia mediante una reducción equivalente de créditos en el Ministerio de Economía, particularmente en el Programa 45 “Administración Financiera”, subprograma de coordinación fiscal con las provincias, donde se recortan $190.000 millones en transferencias corrientes. La maniobra presupuestaria permite cumplir con la orden judicial sin alterar el resultado fiscal global, aunque redefine prioridades en la distribución territorial de recursos.

Refuerzos al Poder Legislativo y ajustes en Economía

La modificación presupuestaria también incorpora créditos adicionales para el Poder Legislativo Nacional. En el caso del H. Senado de la Nación, se asignan $14.300 millones para atender gastos de funcionamiento del Programa 16 “Formación y Sanción de Leyes Nacionales”, con destino tanto a gastos corrientes como de capital, incluyendo bienes de consumo, servicios no personales y la adquisición de maquinaria y equipos.

En paralelo, se incrementan en $42,57 millones los recursos del Comité Nacional para la Prevención de la Tortura, organismo que funciona en el ámbito del Congreso. Este refuerzo se financia con ingresos provenientes del Convenio de Subvención (OPCAT-144-GLO/09/HC/07-B453) celebrado con la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos (OACDH) y se destina principalmente a gastos en personal contratado y servicios técnicos, informáticos y logísticos.

En contrapartida, el Ministerio de Economía absorbe ajustes internos. Se dispone una compensación de créditos para atender erogaciones del Gabinete de Autoridades Superiores, con una reducción neta de $889.285.533 en determinadas partidas, y reacomodamientos entre las subjurisdicciones de Economía y Producción. Estas modificaciones responden a la necesidad de redistribuir recursos sin ampliar el gasto total autorizado.

Impacto y proyección fiscal

Desde el punto de vista institucional, la decisión reafirma la centralidad de la medida cautelar de la Corte Suprema en la arquitectura fiscal de 2026. El traslado de $190.000 millones al programa específico de cumplimiento judicial consolida un mecanismo presupuestario explícito para atender la controversia por la coparticipación de fondos a la Ciudad, un tema que mantiene alta sensibilidad política y federal.

En términos económicos, la reasignación no implica un aumento del gasto total, pero sí tensiona la ejecución presupuestaria del Ministerio de Economía, que ve reducida su capacidad de transferencias a otras jurisdicciones. Al mismo tiempo, el refuerzo al Senado y a organismos de control legislativo busca garantizar el funcionamiento institucional y el cumplimiento de compromisos internacionales en materia de derechos humanos.

La medida se dicta al amparo del artículo 37 de la Ley N° 24.156 de Administración Financiera y del artículo 9° de la Ley de Presupuesto 2026, y lleva las firmas del Jefe de Gabinete de Ministros, Manuel Adorni, y del ministro de Economía, Luis Andrés Caputo. Hacia adelante, el esquema aprobado anticipa un escenario de ejecución presupuestaria fuertemente condicionado por fallos judiciales y por la necesidad de compatibilizar disciplina fiscal con obligaciones institucionales de alto impacto político.

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