El Gobierno fijó por decreto el salario mínimo hasta agosto del 2026
El Gobierno nacional dispuso por decreto aumentos escalonados del salario mínimo hasta agosto de 2026 tras el fracaso de la negociación paritaria
El Poder Ejecutivo fijó por resolución nuevos pisos salariales para todos los trabajadores bajo el Régimen de Contrato de Trabajo, luego de que el Consejo del Salario no alcanzara un acuerdo el 26 de noviembre. La medida, publicada este miércoles en el Boletín Oficial, establece incrementos mensuales desde noviembre de 2025 hasta agosto de 2026 y redefine también los requisitos de la prestación por desempleo.
Un laudo oficial tras el quiebre de la negociación: los montos mes a mes
Mediante la Resolución 9/2025, firmada por la presidenta alterna del Consejo Nacional del Empleo, la Productividad y el Salario Mínimo, Vital y Móvil, Claudia Silvana Testa, el Gobierno determinó de manera unilateral la actualización del salario mínimo.
Es para los trabajadores encuadrados en: la Ley de Contrato de Trabajo N.º 20.744, el Régimen de Trabajo Agrario, la Administración Pública Nacional, y todos los organismos del Estado Nacional que actúan como empleadores.
La decisión se adoptó después de que la sesión plenaria del 26 de noviembre de 2025 fracasara en alcanzar consensos. Según el texto oficial, durante el encuentro se “detallaron las propuestas del sector representativo de los trabajadores y la propuesta del sector representativo de los empleadores”, pero “luego de un extenso intercambio de opiniones, no se logró alcanzar un acuerdo”.
En consecuencia, Testa aplicó lo previsto en el artículo 137 de la Ley 24.013, que obliga a la autoridad a dictar un laudo cuando no hay acuerdo entre las partes.
Nuevos valores del salario mínimo mensual y por hora
Los montos fijados se aplicarán entre noviembre de 2025 y agosto de 2026:
- Noviembre 2025: $328.400 mensuales | $1.642 por hora
- Diciembre 2025: $334.800 | $1.674
- Enero 2026: $341.000 | $1.705
- Febrero 2026: $346.800 | $1.734
- Marzo 2026: $352.400 | $1.762
- Abril 2026: $357.800 | $1.789
- Mayo 2026: $363.000 | $1.815
- Junio 2026: $367.800 | $1.839
- Julio 2026: $372.400 | $1.862
- Agosto 2026: $376.600 | $1.883
Con este esquema, el salario mínimo pasará de los $322.200 vigentes hasta octubre a $376.600 en agosto, lo que implica un incremento de $54.400 en diez meses.
Según el Instituto Interdisciplinario de Economía Política (UBA-CONICET), entre noviembre de 2023 y octubre de 2024 el salario mínimo real acumuló una caída del 35%, mientras que en lo que va de 2025 la reducción alcanza el 7,7%.
Alcances institucionales y normativos del laudo: qué cambia y qué permanece
La Resolución 9/2025 se dictó sobre la base de un extenso marco normativo, que incluye: las Leyes 20.744 (Contrato de Trabajo) y 24.013 (Sistema de Empleo), los Decretos 2725/1991, 1095/2004, 602/2016, 50/2019, 91/2020, 8/2023, 11/2023, 31/2025, y las Resoluciones 617/2004, 572/2021, 6/2025 y 15/2023.
El Gobierno justificó la intervención directa señalando que estaban en discusión dos puntos centrales definidos en el artículo 135 de la Ley 24.013: a) el monto del Salario Mínimo, Vital y Móvil, b) los montos mínimos y máximos de la prestación por desempleo.
Al no alcanzarse acuerdo, la autoridad actuante quedó “en la obligación de emitir un laudo correspondiente”.
Prestación por desempleo: valores y parámetros
El artículo 2 de la norma establece que la prestación por desempleo será equivalente al 75% del salario neto de la mejor remuneración mensual del trabajador durante los últimos seis meses previos al despido.
Además, fija límites estrictos: no podrá ser inferior al 50% del SMVM vigente, ni superior al 100% del SMVM vigente.
Esta fórmula mantiene el mecanismo adoptado previamente por la Resolución 15/2023 del Consejo del Salario.
Qué sectores sentirán más la medida
El laudo llega en un contexto de fuerte deterioro del salario real y de tensiones entre sindicatos y empleadores por la falta de acuerdos en el Consejo. La decisión de avanzar sin consenso consolida: una dinámica de ajuste salarial por decreto que se repite desde 2024. Un sendero de aumentos que no logra recomponer la pérdida acumulada frente a la inflación. Y un esquema de previsibilidad nominal que, según analistas, podría ayudar a ordenar paritarias de sectores con alta informalidad salarial.
Sin embargo, la actualización escalonada hasta agosto de 2026 podría ser insuficiente si la inflación se acelera, mientras que para las empresas con baja rentabilidad la suba mensualizada podría trasladarse parcialmente a precios o empleo.
En términos institucionales, la resolución también evidencia el debilitamiento del ámbito tripartito del Consejo, donde el Ejecutivo volvió a intervenir ante la imposibilidad de construir mayorías entre sindicatos y empleadores.
