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El Gobierno endurece los controles sobre productos e importaciones para proteger consumidores

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El Ministerio de Economía activó un nuevo esquema de vigilancia de mercado para productos e instrumentos de medición que se comercialicen en Argentina, con el objetivo de reforzar controles técnicos, fiscalización y eventuales sanciones. La medida quedó formalizada mediante la Resolución 56/2026 de la Secretaría de Industria y Comercio, publicada el 9 de marzo en el Boletín Oficial, y redefine el sistema de control estatal sobre la calidad, seguridad y cumplimiento normativo de bienes en circulación.

El cambio no es meramente administrativo. El nuevo Protocolo de Vigilancia de Mercado establece mecanismos más estructurados de control documental, verificación técnica y fiscalización incluso en frontera. La decisión introduce un esquema de supervisión más activo que busca detectar incumplimientos antes de que los productos lleguen al consumidor. La pregunta que abre el movimiento es clara: ¿se trata de una modernización regulatoria o de un endurecimiento del control estatal sobre la actividad comercial?

Un nuevo protocolo para controlar lo que se vende en el país

La resolución aprobada por la Secretaría de Industria y Comercio fija lineamientos uniformes para las tareas de fiscalización del Estado sobre productos y equipos de medición que se utilicen o comercialicen en el territorio nacional.

El instrumento crea un protocolo operativo que ordena las acciones de control del Gobierno, que incluyen: verificación documental de los requisitos técnicos, selección de muestras de productos para análisis de laboratorio, comprobaciones técnicas, controles “in situ”, y controles aleatorios en frontera según el nivel de riesgo.

La lógica es centralizar en un esquema común las herramientas que ya se utilizaban de forma dispersa para verificar el cumplimiento de los reglamentos técnicos y las normas de defensa del consumidor.

El control abarcará tanto productos comercializados en el mercado interno como instrumentos de medición regulados, cuya precisión resulta clave en múltiples actividades económicas.

Cambios en el esquema de fiscalización y sanciones

La resolución también redefine el funcionamiento operativo del sistema de control.

Por un lado, establece que la Secretaría de Industria y Comercio financiará inicialmente los costos de los ensayos de laboratorio y toma de muestras. Sin embargo, si el análisis determina que el producto no cumple con la normativa, la empresa responsable deberá reintegrar los gastos, además de enfrentar las sanciones que correspondan.

Si el producto resulta conforme con los estándares técnicos, el Estado absorberá definitivamente esos costos.

En paralelo, la norma introduce un procedimiento digital para los trámites vinculados a estos controles. Todos los procesos administrativos deberán gestionarse mediante la plataforma “Trámites a Distancia” (TAD), en línea con la política de digitalización administrativa vigente en la administración pública.

Reorganización interna del control comercial

El nuevo esquema también reorganiza las responsabilidades dentro de la estructura del Ministerio de Economía.

La Subsecretaría de Defensa del Consumidor y Lealtad Comercial queda facultada para aplicar sanciones e instruir procedimientos sancionatorios, mientras que la Subsecretaría de Comercio Exterior asumirá tareas de vigilancia de mercado y control del cumplimiento técnico.

Además, la resolución modifica el marco operativo aprobado en 2024 para el control de reglamentos técnicos y deroga parte de una normativa vigente desde 1983 vinculada al procedimiento de análisis y custodia de muestras.

Ese cambio refleja un intento de actualizar reglas de control diseñadas hace más de cuatro décadas, adaptándolas a sistemas de fiscalización contemporáneos basados en análisis técnico, control documental y monitoreo digital.

Regulación técnica y competencia en el mercado

Desde el punto de vista institucional, el Gobierno justifica la medida en dos pilares regulatorios: la protección de los consumidores y el principio de lealtad comercial.

El argumento oficial sostiene que los controles permiten garantizar que los productos cumplan con requisitos de seguridad y calidad y que los instrumentos de medición funcionen con precisión.

La cuestión tiene implicancias económicas más amplias. Los sistemas de metrología y verificación técnica influyen directamente en mercados donde las mediciones determinan precios, cantidades o transacciones comerciales.

Por eso la normativa remite a la legislación vigente sobre instrumentos de medición y reglamentos técnicos, que exige aprobación de modelo, verificaciones periódicas y controles de uso.

En ese contexto, el protocolo busca consolidar un sistema de vigilancia permanente que permita detectar irregularidades en cualquier etapa de la comercialización.

Señales regulatorias hacia el mercado

La resolución también envía una señal institucional hacia empresas e importadores.

El nuevo esquema habilita controles aleatorios en frontera y análisis de laboratorio sobre productos en circulación, lo que amplía la capacidad del Estado para intervenir cuando detecta incumplimientos técnicos.

A su vez, el sistema prevé la posibilidad de celebrar convenios con organismos públicos o privados con capacidad técnica, lo que abre la puerta a que laboratorios externos participen en los procesos de verificación.

La combinación de controles documentales, inspecciones técnicas y fiscalización fronteriza configura un sistema de vigilancia que apunta a reforzar la trazabilidad regulatoria del mercado.

Un control que ahora deberá aplicarse en la práctica

La resolución entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial, lo que activa de inmediato el nuevo protocolo de fiscalización.

El desafío, sin embargo, no está solo en la norma. La eficacia del sistema dependerá de la capacidad operativa de las áreas técnicas para ejecutar controles, realizar ensayos y sostener procedimientos sancionatorios.

En un mercado cada vez más dinámico —con cadenas de suministro globalizadas, comercio electrónico y diversidad de productos— la vigilancia técnica se convierte en una herramienta clave para el Estado.

La implementación del protocolo permitirá observar en los próximos meses hasta qué punto este nuevo esquema se traduce en un control más efectivo o en una reorganización administrativa de la regulación existente.

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La recaudación nacional cayó 9,9% real en febrero y acumula siete meses consecutivos en baja

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En el marco de su línea de investigación económica, la Fundación Encuentro difundió su informe mensual de febrero de 2026 sobre recaudación tributaria nacional, elaborado en base a datos de la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA). El trabajo revela una caída real interanual del 9,9%, mientras que en el acumulado del primer bimestre la contracción alcanza el 8,8% en términos constantes.

Medida a precios constantes, la recaudación de febrero se ubicó en 16.231.830 millones de pesos, por debajo de los 18.007.800 millones registrados en febrero de 2025 y también inferior a los niveles de 2023 y 2024. El informe subraya que, desde agosto de 2025 hasta febrero de 2026, se observan caídas consecutivas en los recursos tributarios, en línea con el retroceso de los principales tributos asociados al nivel de actividad.

La merma generalizada —con excepción del Impuesto a los Combustibles— se vincula tanto a medidas de reducción de la carga impositiva como a la desaceleración económica.

Composición de la recaudación

En febrero, la estructura tributaria estuvo concentrada en tres grandes rubros:

  • IVA: 5.405.501 millones de pesos (33% del total)
  • Seguridad Social: 4.284.520 millones (26%)
  • Impuesto a las Ganancias: 3.432.249 millones (21%)

En conjunto, estos tributos explicaron el 81% de la recaudación total del mes.

Variaciones por tributo

La caída interanual estuvo explicada principalmente por el retroceso del IVA y de los tributos vinculados al comercio exterior. Entre las principales variaciones reales se destacan:

  • Impuesto PAIS: -101,0%
  • Derechos de Exportación: -39,7%
  • Derechos de Importación y otros: -26,8%
  • IVA: -14,6%
  • Combustibles: +18,6%

La fuerte disminución en Derechos de Exportación se asocia a la eliminación y reducción de alícuotas, especialmente en productos como soja, trigo y maíz. En tanto, la caída en los derechos vinculados a importaciones responde a un efecto base, dado el mayor volumen de compras externas registrado en febrero de 2025.

Acumulado del primer bimestre

En el acumulado a febrero, la recaudación totaliza 35,1 billones de pesos constantes, por debajo de los 38,5 billones de 2025, los 35,5 billones de 2024 y los 38,0 billones de 2023. En términos interanuales, la caída es de 1,0% respecto de 2024 y de 7,5% frente a 2023.

El informe completo puede consultarse en el sitio oficial de la Fundación Encuentro.

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ARCA implementa la Exportación Monitoreada en planta

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Aduana implementa la “Exportación Monitoreada” en planta: control remoto para reducir costos y tiempos logísticos

La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) oficializó la creación del procedimiento de “Exportación Monitoreada” en forma remota para las operaciones de exportación a consumo realizadas a través del régimen de cargas de exportación en planta. La medida, establecida mediante la Resolución General 5770/2025, fue publicada el 2 de octubre en el Boletín Oficial y tendrá aplicación inmediata con un cronograma de implementación progresiva.

El nuevo esquema introduce un sistema de control aduanero mediante tecnologías de videovigilancia (CCTV), lo que permitirá agilizar los tiempos de despacho, reducir la carga administrativa y bajar los costos logísticos asociados al actual esquema de fiscalización presencial.

Modernización del control aduanero: antecedentes y marco normativo

La medida se apoya en la Resolución General Nº 5.721, que regula el régimen de cargas de exportación en planta, un mecanismo diseñado para que los exportadores autorizados puedan despachar mercadería directamente desde sus instalaciones productivas, sin necesidad de trasladarlas previamente a depósitos fiscales.

Hasta ahora, estos procedimientos exigían la presencia física de agentes aduaneros para supervisar cada operación. Con la nueva modalidad, ese control se podrá realizar en forma remota mediante sistemas de cámaras y transmisión de datos, lo que alineará la operatoria local con los estándares internacionales de facilitación del comercio y gestión aduanera inteligente.

En su articulado, la Resolución General 5770/2025 establece que los exportadores habilitados deberán tener al menos dos años de antigüedad como importadores o exportadores registrados y contar con un sistema de Circuito Cerrado de Televisión (CCTV) que cumpla con los requisitos técnicos y funcionales fijados por la ARCA. Estos lineamientos estarán disponibles en el micrositio oficial “Exportación Monitoreada” (https://www.arca.gob.ar).

Además, se faculta a la Dirección General de Aduanas a definir las pautas de control operativo, admisión y mantenimiento, así como la ejecución de un plan piloto previo a la implementación definitiva.

Impacto económico y operativo para el comercio exterior

La introducción de la “Exportación Monitoreada” tiene implicancias directas en la competitividad exportadora. Al reducir tiempos de espera y eliminar la necesidad de supervisiones presenciales permanentes, se espera que las empresas registren un ahorro significativo en logística y administración.

El procedimiento permitirá que el control se realice en tiempo real y bajo protocolos estandarizados, garantizando tanto la trazabilidad de las operaciones como la seguridad aduanera. Al mismo tiempo, el esquema favorecerá la asignación más eficiente de los recursos humanos de la Aduana, que podrán concentrarse en operaciones de mayor riesgo.

En términos políticos e institucionales, la decisión se enmarca en una estrategia de modernización de la gestión tributaria y aduanera, orientada a reducir trabas burocráticas y facilitar la inserción de la producción argentina en los mercados internacionales. Según la norma, “resulta de vital importancia tender a una política económica que incentive la producción y comercialización de productos destinados a la exportación, y optimizar los recursos de control mediante el uso de tecnologías de monitoreo”.

La resolución entró en vigencia con su publicación en el Boletín Oficial, y el cronograma de implementación progresiva será publicado por ARCA en los próximos días en el micrositio oficial.

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El Gobierno hizo oficial la quita de retenciones a la carne hasta octubre

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El Poder Ejecutivo fijó en 0% las alícuotas del derecho de exportación para las posiciones arancelarias de productos cárnicos de la Nomenclatura Común del Mercosur (NCM), en una medida que regirá hasta el 31 de octubre de 2025. El objetivo declarado es mejorar la competitividad del sector agroindustrial, uno de los principales generadores de divisas y empleo en el país.

El Decreto 685/2025, firmado el 22 de septiembre y publicado este martes 23 en el Boletín Oficial, se apoya en el Código Aduanero (Ley 22.415) y en los decretos previos 697/24 y 682/25, que ya habían reducido o eliminado retenciones para granos y subproductos. Según los considerandos, el Gobierno busca avanzar en un sendero de eliminación progresiva de derechos de exportación, impuestos considerados “distorsivos” para la producción y el comercio exterior.

El texto oficial destaca que las reducciones implementadas en 2024 y 2025 derivaron en un incremento de las exportaciones agroindustriales. Con esta nueva medida, se busca replicar el efecto en el sector cárnico, considerado estratégico para el desarrollo regional y la generación de empleo.

El Artículo 1° establece en 0% la alícuota del derecho de exportación para los productos detallados en el anexo del decreto, con vigencia hasta el 31 de octubre de 2025.

El Artículo 2° introduce una condición clave: los exportadores deberán liquidar al menos el 90% de las divisas generadas en un plazo máximo de tres días hábiles desde la oficialización del permiso de embarque. Esta exigencia alcanza cobros de exportaciones, anticipos, prefinanciaciones y postfinanciaciones externas.

El incumplimiento de esta obligación, según lo dispuesto en los Artículos 3° y 4°, implicará la pérdida del beneficio y la obligación de tributar la alícuota vigente antes de la entrada en vigor del decreto, sin perjuicio de las sanciones aplicables.

El Artículo 5° faculta al Banco Central de la República Argentina, la Secretaría de Agricultura, Ganadería y Pesca del Ministerio de Economía y la Agencia de Recaudación y Control Aduanero a dictar las normas complementarias para la aplicación efectiva de la medida.

Repercusiones y escenarios

La eliminación temporal de retenciones a la carne apunta a dinamizar un sector que explica gran parte de las exportaciones agroindustriales argentinas. La exigencia de liquidación rápida de divisas busca, a su vez, asegurar un ingreso fluido de dólares al mercado cambiario, en un contexto de elevada presión sobre las reservas del Banco Central.

La medida podría ser bien recibida por los exportadores cárnicos, que ven reducida la carga impositiva, aunque deberán adaptarse al esquema estricto de liquidación. No obstante, genera interrogantes sobre su continuidad más allá del plazo establecido: si el beneficio no se prorroga, el sector volvería a tributar retenciones desde noviembre, lo que podría afectar la previsibilidad de inversiones y contratos.

La decisión será girada a la Comisión Bicameral Permanente del Congreso de la Nación, en el marco de la Ley 26.122, que regula la validez de los decretos delegados del Poder Ejecutivo.

El Decreto 685/2025 se enmarca en una estrategia gradual de apertura comercial y alivio impositivo al sector agroindustrial, con el objetivo de consolidar la competitividad externa y reforzar la entrada de divisas. La clave estará en si este esquema temporal se transforma en una política de largo plazo, alineada con la promesa de eliminar totalmente los derechos de exportación en la medida en que la situación fiscal lo permita.

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ARCA eliminó el régimen de información de operaciones con representantes del exterior para reducir cargas administrativas

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Una medida en línea con el plan de simplificación normativa. La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) dispuso la abrogación de la Resolución General Nº 3.285 y su modificatoria, que establecía un régimen de información sobre toda operación económica —inclusive a título gratuito— entre residentes en el país y representantes de sujetos o entes del exterior.

La decisión, publicada en el Boletín Oficial el 4 de septiembre mediante la Resolución General 5752/2025, se enmarca en el Decreto Nº 353/2025, por el cual el Poder Ejecutivo instruyó al organismo a reducir cargas administrativas en regímenes de información y fiscalización. La norma tiene vigencia desde el 1 de septiembre de 2025.

El régimen derogado exigía a contribuyentes residentes declarar cualquier operación con intermediarios de entidades extranjeras, generando un volumen significativo de reportes administrativos. Según ARCA, esta obligación resultaba excesivamente amplia y de escaso valor agregado para la fiscalización, a la vez que implicaba costos de cumplimiento desproporcionados para empresas y particulares.

En los considerandos, el organismo justificó la medida afirmando que la finalidad es “promover una Administración Pública al servicio del ciudadano, basada en criterios de eficiencia, eficacia y calidad de los servicios”.

El director ejecutivo de ARCA, Juan Alberto Pazo, firmó la resolución y precisó que la eliminación del régimen no implica una relajación en materia de control: “La abrogación se dicta sin perjuicio de la continuidad de las acciones de fiscalización que lleva adelante esta Agencia”.

Con esta decisión, los sujetos obligados ya no deberán cumplir con la presentación de información bajo los regímenes de las Resoluciones Generales 3.285 y 3.364, aunque las operaciones realizadas durante su vigencia seguirán sujetas a control.

El cambio es parte de una agenda más amplia de simplificación normativa impulsada por el Poder Ejecutivo y que alcanza a distintos regímenes tributarios y aduaneros. La medida reduce costos administrativos para empresas con vínculos internacionales y alinea a la administración tributaria con estándares internacionales de eficiencia regulatoria.

No obstante, analistas advierten que la eliminación de reportes automáticos deberá compensarse con mayores tareas de fiscalización selectiva y uso intensivo de inteligencia fiscal, para evitar la erosión de la base imponible y operaciones de triangulación con el exterior.

La reforma podría anticipar una revisión integral de regímenes informativos vigentes en comercio exterior y operaciones transfronterizas. El desafío será lograr un equilibrio entre simplificación para el contribuyente y efectividad en la detección de maniobras de evasión o lavado de activos.

En este sentido, se espera que ARCA avance hacia sistemas de control más automatizados y apoyados en cruces de información internacional, en línea con convenios de la OCDE y organismos multilaterales.

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