La CNV flexibiliza requisitos para fideicomisos financieros con emisiones frecuentes y habilita autorizaciones automáticas
La Comisión Nacional de Valores (CNV) oficializó cambios normativos orientados a simplificar el régimen de fideicomisos financieros con emisiones frecuentes, mediante la Resolución General 1074/2025. La medida permite a fiduciarios optar por alternativas más flexibles para la presentación de Prospectos, manteniendo los estándares de transparencia y responsabilidad exigidos por la Ley de Mercado de Capitales.
Cambios en el régimen de información: mayor agilidad, sin resignar transparencia
Con esta modificación, los fiduciarios que califican como emisores frecuentes —es decir, aquellos que hayan emitido al menos siete fideicomisos con oferta pública, tres de ellos en los últimos 12 meses— podrán elegir entre tres opciones para presentar la documentación requerida:
- Suplemento de Prospecto Anual + Suplemento Abreviado por emisión, con actualización optativa.
- Suplemento completo por emisión, con todos los datos exigidos por la normativa vigente.
- Publicación del Suplemento Abreviado sin revisión previa por la CNV, siempre que se cumpla con los requisitos de la Autopista de la Información Financiera (AIF).
Estas herramientas buscan reducir costos operativos y eliminar duplicidades documentales, sin afectar la obligación legal de garantizar información veraz, suficiente y actualizada a los inversores.
Se mantiene la responsabilidad del fiduciario y se refuerza la declaración jurada
Pese a la flexibilización administrativa, la CNV ratifica que la veracidad de la información sigue siendo responsabilidad exclusiva del fiduciario y del fiduciante. Toda emisión deberá incorporar una leyenda especial, mediante la cual ambos declaran —en carácter de declaración jurada— que la documentación publicada contiene todos los hechos relevantes que los inversores deben conocer.
Además, los fideicomisos bajo este régimen contarán con autorización automática de oferta pública, lo que implica que no serán objeto de revisión previa por parte de la CNV, aunque se los considerará regulares y válidos para su colocación pública.
La Resolución se inscribe dentro del proceso de revisión integral de las Normas (N.T. 2013 y mod.), que apunta a armonizar criterios regulatorios, otorgar mayor previsibilidad a los emisores e incrementar la eficiencia del mercado de capitales argentino.
“El objetivo es mejorar la competitividad del sistema sin resignar estándares de transparencia ni la protección del inversor”, señalaron desde la CNV. Esta adecuación acompaña los cambios introducidos por la Resolución General 1073/2025, que eliminó la ratificación anual obligatoria de emisores frecuentes y habilitó la actualización optativa de los prospectos globales.
La implementación de este régimen supone un paso importante hacia la digitalización y desburocratización del proceso de emisión de fideicomisos financieros, permitiendo mayor dinamismo en colocaciones repetidas o estructuradas bajo programas homogéneos.
Para los actores del mercado —estructuradores, fiduciarios, inversores institucionales— esta actualización representa una mejora en los tiempos operativos, sin comprometer la calidad de la información pública exigida.
La norma entró en vigencia el 9 de julio de 2025 y ya se encuentra incorporada en el texto actualizado de las Normas de la CNV, disponible en argentina.gob.ar/cnv.
