Teléfonica deberá pagar más de $20000 millones a 3 millones de usuarios de todo el país

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Un juez federal condenó a la empresa Telefónica a pagar más de $20000 millones a 3 millones de usuarios de todo el país, por un cargo dentro de la facturación desde el año 2014.

La sentencia del juzgado federal número 2 de La Plata en la causa colectiva que inició el Centro de Orientación Defensa y Educación del Consumidor (Codec) contra Telefónica de Argentina, declaró “la nulidad del cobro del Servicio de Valor Agregado de Telefónica Básica (SVA-TB)”, que la empresa impuso en la facturación sin consentimiento de los usuarios.

“En una condena con pocos antecedentes jurídicos, el Juzgado Federal N°2 de La Plata, ordenó a la empresa Telefónica S.A. pagar más de 20 mil millones de pesos a tres millones de usuarios de todo el país”, difundió Codec en el un comunicado.

Precisaron que la sentencia “obliga a la empresa a devolver todo lo ya cobrado por este concepto, más los intereses que corresponden a tasa activa, una multa del 25% por facturación indebida y el daño punitivo por la gravedad de la conducta de la empresa”.

El concepto SVA-TB, según explicó Codec, “no se correspondía en realidad con ningún servicio, sino que era una suerte de ´derecho a acceder a servicios de valor agregado´ que era cobrado independientemente de adquirir alguno de esos servicios”.

Indicaron que según la pericia en la causa “la empresa cobró este cargo hasta mediados del año 2022, e incluso en algunos casos lo seguiría haciendo hasta la actualidad”.

Dante Rusconi, abogado de Codec explicó al medio Télam que se trata de una sentencia de primera instancia y que los demandantes van a apelar por la modalidad de devolución de recursos a los usuarios, dado que, entre otras cuestiones, “en estos años muchos dieron de baja el servicio de telefonía fija”.

El monto, con los intereses hasta el año 2022, alcanza los $10.000 millones, a lo que se suma la multa del 25% sobre el capital cobrado lo que llega a otros $5.000 millones, más otro monto extra por el tope legal del concepto daño punitivo.

La base de la denuncia es que la imposición del cargo viola la ley de Defensa del Consumidor, que en su artículo 35 prohíbe la “propuesta al consumidor, por cualquier tipo de medio, sobre una cosa o servicio que no haya sido requerido previamente y que genere un cargo automático en cualquier sistema de débito, que obligue al consumidor a manifestarse por la negativa para que dicho cargo no se efectivice”.

Fuente: Télam

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Condena a Cristina Fernández: confirmó que no será candidata en 2023

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El Tribunal Oral Federal 2 condenó hoy a la vicepresidenta Cristina Fernández de Kirchner a 6 años de prisión e inhabilitación especial perpetua para ejercer cargos públicos por administración fraudulenta en perjuicio de la administración pública con la obra pública en Santa Cruz.

El Tribunal también condenó a 6 años de prisión a Lázaro Báez por administración fraudulenta en la causa por la obra pública en Santa Cruz.

Sin embargo,  Cristina Fernández, Lázaro Báez, José López y Nelson Periotti fueron absueltos del delito de asociación ilícita por el que habían sido acusados en el juicio por la obra pública en Santa Cruz.

Fernández sostuvo hoy que tal cual lo había dicho el 2 de diciembre de 2019, la condena a a 6 años en su contra por administración fraudulenta con la obra pública “estaba escrita”.

“Esto es un Estado paralelo y mafia judicial”, subrayó la vicepresidenta en un mensaje a los argentinos que dio a través de sus redes sociales apenas se conoció la sentencia.

Al expresarse en sus redes sociales después del fallo del Tribunal Oral Federal 2, la exmandataria planteó que “no es que fuéramos clarividentes, ni adivinos”, pero “si una causa en la cual un juez, el inefable Ercolini, se había declarado incompetente luego de una denuncia de diputados de la oposición por obras en Santa Cruz y la enviara a la provincia, y luego, 8 años después, la resucita cuando llega el Gobierno de (Mauricio) Macri, y las 51 o 49 obras que había mandado al sur, las trae de nuevo, aun habiendo sido sobreseídas, está claro que la idea era condenarme”.

Los fundamentos del veredicto emitido hoy por los jueces Jorge Gorini, Rodrigo Giménez Uriburu y Andrés Basso serán dados a conocer el 9 de marzo del año próximo, fecha a partir de la cual las partes podrán presentar sus apelaciones.

La sentencia quedará firme cuando se hubieren agotado todas las instancias, es decir, cuando la Corte Suprema responda a todos los planteos que le lleguen.

De los trece imputados por este caso hubo tres que fueron absueltos: el exministro de Planificación Federal Julio De Vido, el exsubsecretario de Obras Públicas Abel Fatala y el expresidente de la Administración General de Vialidad Provincia de Santa Cruz (AGVP), Héctor Garro.

En tanto, el exsubsecretario de Coordinación de Obra Pública Federal Carlos Santiago Kirchner resultó sobreseído por extinción de la acción penal. Había sido acusado por supuesto incumplimiento de deberes de funcionario público.

El edificio de Comodoro Py 2002 amaneció con fuertes medidas de seguridad, doble vallado, sólo un acceso habilitado y dos centenares de policías destinados a la custodia.

También se destinó en el lugar a la Brigada de Explosivos y perros labradores recorrieron la sala de audiencias que desde las 9.30 los jueces Jorge Gorini, Andrés Basso y Rodrigo Giménez Uriburu destinaron a la audiencia para escuchar las últimas palabras del acusado expresidente de Vialidad Santa Cruz Juan Carlos Villafañe y en la que anunciaron el veredicto para las 17.30.

La última audiencia del juicio abrió puntual a las 9.30 luego del ingreso a la sala de los tres jueces, custodiados por policías asignados a la seguridad de Comodoro Py y sin formular declaraciones a la prensa.

El único que se manifestó al llegar al edificio en el ingreso habilitado por la calle Letonia fue el juez Gorini, quien consultado por radio Mitre solo ponderó que “el juicio se hizo y llegó a su fin”.

Villafañe, un expresidente de la Administración General de Vialidad Provincial de Santa Cruz, quedó último en el cronograma para las palabras finales y le tocó hablar en el cierre del debate, algo que hizo a través de Zoom durante 40 minutos.

El exfuncionario, ahora jubilado, reclamó su absolución y negó haber cometido delitos al afirmar que “si hubiese tenido conocimiento de que esto que estábamos haciendo tenía algún viso de que fuese ilícito hubiese sido el primero en actuar inmediatamente para que no sucediera”.

Los fiscales Diego Luciani y Sergio Mola pidieron que se condene a 12 años de prisión a la expresidenta como supuesta jefa de asociación ilícita y administración fraudulenta.

Para el empresario Lázaro Báez, la fiscalía reclamó también 12 años de prisión como presunto autor de asociación ilícita agravada por su calidad de organizador y partícipe primario de administración fraudulenta agravada.

Además, solicitaron diez años de cárcel para el exministro de Planificación Julio De Vido y el exdirector de Vialidad Nacional Nelson Periotti, y seis años para Mauricio Collareda y Juan Villafañe, exfuncionarios del organismo.

Para Héctor Daruich y Raúl Pavesi, en tanto, requirió cinco años, y cuatro años para Abel Fatala y José Santibáñez.

En cuanto a Carlos Kirchner, los dos fiscales postularon la absolución por asociación ilícita y una condena a dos años en suspenso por abuso de autoridad.

En el juicio oral se debatió el presunto direccionamiento del 80% de la obra pública nacional vial en Santa Cruz a favor de empresas de Báez entre 2003 y 2015, además de presuntos sobreprecios y falta de controles ante incumplimientos.

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Un ex empleado de Twitter es condenado por espiar para Arabia Saudita

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Ahmad Abouammo fue sobornado por un alto asesor de Mohammed bin Salman, gobernante de Arabia Saudita, para silenciar a sus críticos.

Un empleado de la red social Twitter, fue condenado en un tribunal de California, EE.UU. por espiar para Arabia Saudita al entregar información personal de usuarios que habían utilizado la plataforma nombres anónimos para criticar al Reino Saudí y a su familia real.

Ahmad Abouammo, residente de EE.UU., nacido en Egipto, fue declarado culpable el martes por un jurado californiano, por actuar como agente de Arabia Saudita, blanqueo de dinero, conspiración para cometer fraude electrónico y falsificación de registros. El juicio que duró dos semanas ante un tribunal de San Francisco, lo hizo enfrentar una condena de entre 10 y 20 años de prisión.

Abouammo, gerente de asociaciones de medios de comunicación de Twitter en 2015, sostuvo que simplemente estaba haciendo su trabajo de promoción de la naciente red de medios sociales en Oriente Medio y el Norte de África. Los fiscales alegaron que su relación con un alto ayudante de Mohammed bin Salman, o MBS, ahora gobernante de facto de Arabia Saudita, fue mucho más allá, buscando ayudar al príncipe heredero a silenciar a sus críticos.

Ante el jurado se exhibieron pruebas de que Abouammo recibió un reloj Hublot y U$S 300000 en transferencias bancarias que según EE.UU. fueron sobornos del ayudante de MBS, Bader Al-Asaker, a cambio de información confidencial de cuentas de Twitter sobre disidentes saudíes.

Fotógrafo: David Paul Morris

El juicio se desarrolló con el telón de fondo con los acuerdos entre el presidente Joe Biden con el príncipe heredero a mediados de julio en un intento de fortalecer las relaciones con Arabia Saudita. A la que Biden calificó en ese entonces de nación “paria” después que sus agentes asesinaran y desmembraran al periodista del Washington Post Jamal Khashoggi en 2018.

A los fiscales se les prohibió, por decisión judicial, decir a los jurados explícitamente que EE.UU. y las organizaciones de derechos humanos creen que Arabia Saudita, bajo el mando de MBS, detuvo y torturó en secreto a sus críticos.

Aunque insinuaron las prácticas brutales a través de un testigo experto que testificó sobre la política y la cultura cambiante de Arabia Saudita. Además de una mujer que testificó a los miembros del jurado que su hermano guardó silencio en 2018, luego de publicar críticas satíricas al país en Twitter.

Angela Chuang, defensora pública federal, representante de Abouammo, señaló al jurado que el caso fue producto de una investigación mal conducida y del manejo descuidado de Twitter de los datos de sus usuarios. EE.UU. permitió que el verdadero objetivo de su investigación, el presunto co-conspirador de Abouammo, Ali Alzabarah, que trabajaba en Twitter como ingeniero, huyera a Arabia Saudita a pesar de estar bajo vigilancia, enfatizó Chuang.

“Tanto el gobierno como Twitter necesitan una forma de salvar la cara”, dijo Chuang al jurado. EE.UU. dejó escapar a su sospechoso principal y Twitter arrojó a Abouammo “debajo del autobús”, afirmó. “¿Este caso es lo mejor que se les ocurrió?” Preguntó.

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Benzema fue condenado a un año de prisión condicional por un tribunal francés

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El delantero francés del Real Madrid Karim Benzema fue encontrado hoy culpable de “complicidad” en el intento de chantaje a su excompañero de la selección Mathieu Valbuena para evitar la difusión de un video sexual.

El Tribunal de Versalles consideró que la conversación que Benzema mantuvo con Valbuena en la que trató de convencerlo de que se pusiera en contacto con los chantajistas constituye una intervención “deliberada” para que el entonces futbolista del Lyon pagara para evitar que el video fuera difundido.

“Benzema fue condenado a un año de prisión condicional y una multa de 75.000 euros en un caso de video sexual. Benzema apelará tras ser declarado culpable de complicidad en el intento de chantaje” dijo hoy el abogado del delantero del Real Madrid a los periodistas, informó el diario Mundo Deportivo.

Hace dos semanas, el presidente de la Federación Francesa de Fútbol, Noël Le Graët, explicó que Benzema “no sería excluido” de la selección de su país en caso de “sanción judicial”.

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Tres años de prisión a un hombre que no hizo aislamiento y generó una ola de contagios de coronavirus

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Un hombre fue condenado hoy en Santiago del Estero a tres años de prisión en suspenso en un juicio abreviado por haber violado el aislamiento social, preventivo y obligatorio para asistir a reuniones entre conocidos y familiares desde las que generó una ola de contagios de coronavirus en la provincia.

Luis Ávila, conocido como el “caso 41” en Santiago del Estero, fue declarado culpable de infringir los artículos 203 y 205 del Código Penal, al violar las normativas del aislamiento social, preventivo y obligatorio en este contexto de pandemia.

La audiencia fue virtual y se realizó con el acuerdo entre el fiscal Sebastián Robles y la defensa de Ávila, a cargo de Francisco Palau, y la aprobación de la jueza de Control y Garantías, María Pía Danielsen.

“Se llegó a un acuerdo con las partes para realizar este juicio abreviado”, detalló a Télam el fiscal de la causa y añadió que se lo imputaba por “propagación culposa de una enfermedad peligrosa y contagiosa para las personas” que se prevé en la última parte del artículo 203.

En ese sentido, el fiscal Robles indicó que Ávila, “a pesar de hacer los controles, nunca respetó el aislamiento. Tal es es así que los médicos le indicaron que hiciera reposo, pero nunca se cuidó y contagió a su exmujer, hijos y otras personas”.

El fiscal detalló que, en un principio, tenía la figura de delito doloso, pero fue cambiado a culposo, porque si bien se comprobó que estuvo en diferentes reuniones, la enfermedad la propagó a sus contactos estrechos.

Robles reflexionó que es importante que la comunidad “respete las medidas del aislamiento” y en el caso de tener síntomas “deben aislarse para evitar la propagación y comunicarse con el 107 y las autoridades del Ministerio de Salud, que son quienes le indicarán los pasos a seguir”, y de esa forma evitar por un lado los contagios y por otro incumplir con la ley.

El caso de Ávila tuvo repercusión nacional en agosto, cuando el gobernador de Santiago del Estero, Gerardo Zamora, señaló que en la provincia, los contagios de coronavirus se producían por “personas que han hecho reuniones sociales”.

El martes 4 de agosto, el mandatario santiagueño tomó como ejemplo el caso de Ávila para pedirle a los ciudadanos que “sean responsables” para evitar la propagación de la enfermedad.

Ante el caso positivo en coronavirus número 41, Zamora informó públicamente que 94 familias estaban aisladas por sus vínculos con ese paciente (Ávila), entre los que se contaban “dos médicos y dos gendarmes”.

“Esta última persona que se contagió hizo todo lo que no se tiene que hacer”, señaló el mandatario provincial y detalló las inconductas de Ávila: “Con fiebre y síntomas, anduvo en asados y reuniones. No se privó de nada. Los contagios vienen por personas que han estado haciendo reuniones sociales”, remarcó el gobernador en una conferencia de prensa.

El gobernador aseguró que su administración tomará “las medidas restrictivas necesarias”, aunque “se enojen las personas que le secuestren el auto, los comerciantes que le clausuran el comercio y los políticos que dicen que se violan garantías constitucionales”.

Al hacer referencia a este caso que puso en alerta y movilizó a personal de salud y policial para resguardar a las personas, expresó que no se sabe “dónde se contagió, pero el día 27 se sintió mal y el primer médico le recetó algo y el hombre siguió andando con síntomas”.

“Hasta que el domingo cae en el hospital Independencia, algo que no se puede hacer”, ya que “cuando alguien se siente con síntomas de Covid-19 (debe) llamar al 107. Que no vaya a buscar un médico amigo, ni siquiera al hospital, debe quedar en su casa aislado”, remarcó.

Además, Zamora agregó: “Todavía no sabemos qué hizo durante los 15 días anteriores, porque no nos explica bien”.

“Tuvimos que pedir a la Justicia y por parte de la policía ya se secuestraron dos celulares para saber qué hizo y poder avanzar en la investigación epidemiológica. Es una batalla que debemos llevar adelante entre todos, es mala la demasiado confianza y bajar la guardia”, reflexionó.

Finalmente, pidió “por favor, a todos los santiagueños” que “hagan la vida que están haciendo pero cuidándose, y consideró que “no es necesario hacer reuniones porque están prohibidas”, porque “pueden suceder cosas lamentables cuando no hay cuidados”.

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