Constitución Nacional

El Gobierno incorporó la baja de la edad de imputabilidad al temario de las sesiones extraordinarias

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El Poder Ejecutivo amplió formalmente el temario de las sesiones extraordinarias del Congreso para habilitar el tratamiento del Régimen Penal Juvenil. La decisión quedó plasmada en el Decreto 53/2026, publicado en el Boletín Oficial el 27 de enero de 2026, y establece que, a partir del 2 de febrero, el Parlamento podrá debatir los proyectos vinculados a la baja de la edad de imputabilidad, hoy fijada en 16 años. La medida ordena el marco institucional para un debate que el Presidente había anticipado horas antes en Mar del Plata, con fuerte impacto político y social.

El decreto, firmado por el Presidente y por Manuel Adorni, amplía el alcance de las sesiones extraordinarias convocadas bajo las facultades de los artículos 63 y 99, inciso 9, de la Constitución Nacional, y formaliza un eje central de la agenda de seguridad y justicia del Gobierno.

Marco legal y alcance del Decreto 53/2026

El texto normativo es breve y preciso. En su Artículo 1°, dispone: “Inclúyese en el temario a tratar por el H. Congreso de la Nación, durante el período de Sesiones Extraordinarias convocadas a partir del 2 de febrero de 2026, la consideración de los Proyectos de Ley vinculados al Régimen Penal Juvenil”. El Artículo 2° ordena su publicación y archivo.

La ampliación del temario resulta clave desde el punto de vista institucional: sin esta inclusión expresa, el Congreso no podía abordar el tema durante el período extraordinario. Con el decreto, el Ejecutivo habilita el debate legislativo y traslada la discusión al ámbito parlamentario, donde deberán definirse los alcances, consensos y eventuales modificaciones al régimen vigente.

Antecedentes, fundamentos y señal política

La iniciativa apunta a modificar el régimen actual, vigente desde la última dictadura militar, que establece en 16 años el piso de punibilidad. El proyecto que el Ejecutivo prevé enviar —impulsado por las áreas de Seguridad y Justicia— propone reducir esa edad para permitir que menores que cometan delitos graves puedan ser juzgados y condenados bajo un nuevo esquema penal juvenil.

El decreto llega pocas horas después de un anuncio político realizado en Mar del Plata, donde el Presidente sintetizó el enfoque del Gobierno con una consigna que busca marcar rumbo: “En Argentina el que las hace las paga; delito de adulto, pena de adulto”. Esa definición discursiva encuentra ahora respaldo jurídico-administrativo, al abrir formalmente el debate legislativo.

Repercusiones y escenarios de debate

La inclusión del tema en extraordinarias anticipa un debate de alto voltaje político e institucional. Por un lado, coloca a la seguridad y al sistema penal juvenil en el centro de la agenda parlamentaria del inicio de 2026. Por otro, reabre una discusión histórica sobre responsabilidad penal, derechos de los menores y eficacia del sistema de justicia.

El tratamiento en el Congreso permitirá medir alineamientos, resistencias y posibles consensos, además de definir si la reforma avanza durante el período extraordinario o si queda sujeta a un debate más prolongado. En términos prácticos, el decreto no modifica por sí mismo el régimen vigente, pero habilita el escenario para una discusión que puede derivar en un cambio estructural del marco penal juvenil en la Argentina.

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Sin ley del Congreso, el Ejecutivo recurre a un DNU para habilitar viajes oficiales

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Ante la ausencia de una ley que habilite formalmente la salida del país del titular del Poder Ejecutivo durante el receso parlamentario, el Gobierno nacional dictó el Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) 17/2026, que autoriza al Presidente de la Nación a ausentarse del territorio nacional cuando razones de gobierno lo requieran, hasta tanto el Congreso sancione la norma correspondiente al año 2026. La medida, publicada el 16 de enero de 2026 en el Boletín Oficial, se apoya en las facultades previstas por la Constitución Nacional y busca garantizar la continuidad de la representación internacional del Estado argentino en una agenda externa considerada estratégica.

El decreto se inscribe en un contexto institucional particular: los períodos de sesiones ordinarias y extraordinarias del Congreso finalizaron el 30 de noviembre y el 30 de diciembre de 2025, respectivamente, y al momento de su dictado no se encontraba vigente una ley que otorgara el permiso constitucional para la salida del país del Presidente.

Fundamento constitucional y antecedentes del DNU

El texto invoca el artículo 99, inciso 18 de la Constitución Nacional, que establece que el Presidente puede ausentarse del país con permiso del Congreso y, durante su receso, únicamente por razones justificadas de servicio público. A su vez, se apoya en el artículo 99, inciso 3, que habilita el dictado de decretos de necesidad y urgencia cuando circunstancias excepcionales impiden seguir el trámite legislativo ordinario.

El Gobierno recuerda que situaciones análogas motivaron el dictado de los Decretos Nros. 162/2023, 50/2024 y 17/2025, todos ellos firmados ante la falta de una ley anual de autorización para viajes oficiales del Presidente. En esta oportunidad, el DNU 17/2026 vuelve a cubrir ese vacío normativo “hasta tanto el H. Congreso de la Nación la sancione”.

Desde el punto de vista institucional, el decreto remarca el rol del Presidente como Jefe de Estado, conforme al artículo 99, inciso 1 de la Constitución, y subraya que su actuación en el ámbito internacional resulta “impostergable e imprescindible para el mejor posicionamiento de nuestro País dentro del concierto de las naciones”.

Agenda internacional y razones de servicio público

El DNU explicita los compromisos internacionales que motivan la urgencia de la autorización. En particular, detalla que el Presidente participará de la firma del Acuerdo de Libre Comercio entre el MERCADO COMÚN DEL SUR (MERCOSUR) y la UNIÓN EUROPEA, prevista para el 17 de enero de 2026 en Asunción, República del Paraguay, y del Foro Económico Mundial, que se desarrollará en Davos, Confederación Suiza, entre el 19 y el 23 de enero de 2026.

Estas actividades son presentadas como razones justificadas de servicio público, en tanto involucran la inserción internacional, la política comercial y la representación política del Estado argentino en foros multilaterales de alto impacto económico y geopolítico.

Control parlamentario y efectos políticos

El artículo 1° del decreto autoriza de manera general al titular del Poder Ejecutivo a ausentarse del país “cuando razones de gobierno lo requieran”, hasta la aprobación de la ley correspondiente al año 2026. El artículo 3° dispone dar cuenta a la Comisión Bicameral Permanente del Congreso, en línea con lo establecido por la Ley N° 26.122, que regula el control parlamentario de los DNU y faculta a dicha comisión a pronunciarse sobre su validez o invalidez.

Desde el plano político-institucional, la medida puede generar debate en torno al uso recurrente de decretos de necesidad y urgencia para suplir la falta de consensos legislativos, aunque el propio decreto enfatiza el carácter transitorio de la autorización y la obligación de remitirlo al Congreso para su evaluación.

En términos prácticos, el DNU evita un vacío de representación internacional en un momento clave de la agenda externa argentina, pero al mismo tiempo vuelve a colocar en el centro de la discusión el equilibrio entre facultades ejecutivas, control legislativo y normalidad institucional.

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LLA votó con el kirchnerismo los auditores de la AGN y desató una crisis con el PRO

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La Libertad Avanza acordó con Unión por la Patria la designación de auditores de la Auditoría General de la Nación (AGN) y tensionó su alianza con el PRO

En una definición sorpresiva y de alto impacto institucional, La Libertad Avanza (LLA) votó junto a Unión por la Patria (UP) la designación de auditores generales de la Nación correspondientes a la Cámara de Diputados, una decisión adoptada cerca de las 3 de la madrugada y en pleno período de sesiones extraordinarias. La maniobra abrió una fuerte grieta con el PRO y otros aliados parlamentarios, que denunciaron una violación constitucional y anticiparon una judicialización del caso.

Una moción inesperada en la madrugada y la designación de los auditores

Cuando la sesión avanzaba con especulaciones sobre la posibilidad de perder el quórum antes de tratar la denominada “regla fiscal”, el jefe del bloque oficialista, Gabriel Bornoroni, presentó de manera inesperada una moción para cubrir las vacantes de la Auditoría General de la Nación (AGN) correspondientes a la Cámara baja.

La propuesta incluyó una terna completa integrada por Rita Mónica Almada, Juan Ignacio Forlón y Pamela Calletti, y desató una inmediata reacción en el recinto. El momento elegido —alrededor de las 3 de la madrugada— y la ausencia del tema en el temario de extraordinarias profundizaron el malestar de la oposición dialoguista.

Tras el debate, se votó a mano alzada el apartamiento del reglamento y la moción fue aprobada con 186 votos afirmativos y 3 abstenciones. A las 3.09, se tomó juramento a los nuevos auditores. En el caso de Pamela Calletti, la Cámara debió habilitar un tramo de homenajes y cuestiones de privilegio hasta su llegada al recinto, jurando finalmente cerca de las 3.45.

Denuncias de inconstitucionalidad y ruptura con los aliados

El jefe del bloque PRO, Cristian Ritondo, encabezó las críticas más duras. Alertó que la votación implicaba una violación del artículo 65 de la Constitución nacional y calificó el procedimiento como un “vicio de incompetencia”. Según sostuvo, la AGN es un órgano extrapoder y su integración no puede tratarse fuera del período ordinario ni incorporarse al temario de extraordinarias por decisión de la Cámara.

No constituye una cuestión interna del Poder Legislativo, no se puede tratar, es anticonstitucional”, afirmó Ritondo, quien anticipó que el PRO acudirá a la Justicia para impugnar la designación. En un mensaje político directo al oficialismo, remarcó que la decisión “no fortalece el sistema de control, lo debilita” y advirtió sobre la ruptura de compromisos parlamentarios previos.

Las críticas se replicaron desde otros bloques. Romina del Plá cuestionó que la designación no estuviera incluida en la convocatoria del Poder Ejecutivo y denunció la intención de “pagar compromisos asumidos por la ventana”. En el mismo sentido, Miriam Bregman afirmó que el tema no había sido mencionado en la Labor Parlamentaria y calificó la maniobra como “bochornosa” y propia de “la casta”.

Repercusiones políticas y un nuevo frente de conflicto en Diputados

El episodio dejó una señal política clara: LLA avanzó con UP en una votación clave de control institucional, a costa de profundizar la tensión con sus principales aliados parlamentarios. El diputado Pablo Juliano cuestionó el doble estándar en la aplicación del reglamento y anunció el retiro de su bloque, mientras que Maximiliano Ferraro sintetizó el clima del cierre con una frase contundente: “Votando La Libertad Avanza con el kirchnerismo, buenas noches”.

La decisión abre un nuevo frente de conflicto político e institucional en la Cámara de Diputados, con impacto directo en el funcionamiento de la AGN, uno de los principales órganos de control del Estado. Además, anticipa un escenario de litigiosidad judicial y reconfiguración de alianzas en un Congreso atravesado por votaciones ajustadas y negociaciones de alta sensibilidad.

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Milei busca modificar la Ley de Glaciares para reducir discrecionalidad y fortalecer el rol de las provincias

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El presidente Javier Milei envió al Honorable Congreso de la Nación un proyecto de reforma de la Ley de Presupuestos Mínimos para la Protección de Glaciares (Ley 26.639) con el objetivo de “ordenar el marco normativo vigente”, evitar interpretaciones arbitrarias y consolidar un esquema de federalismo ambiental compatible con la Constitución Nacional. El anuncio fue realizado este 15 de diciembre de 2025 a través de un comunicado oficial de la Oficina del Presidente y abre un debate de fuerte impacto económico, político e institucional, en particular sobre inversiones productivas, competencias provinciales y protección ambiental.

Una ley cuestionada por su aplicación y un intento de ordenar el marco normativo

A más de 15 años de su sanción, la denominada Ley de Glaciares es señalada por el Poder Ejecutivo como una norma que “ha demostrado graves falencias interpretativas”, que derivaron en inseguridad jurídica, paralización de inversiones productivas y afectación del legítimo ejercicio de las competencias provinciales sobre los recursos naturales.

Según el comunicado oficial, la iniciativa enviada al Congreso propone “reglas claras”: protege los glaciares que cumplen una función hídrica efectiva, fortalece los estándares ambientales vigentes y elimina la discrecionalidad que, “bajo pretextos ideológicos”, habría obstaculizado el desarrollo económico del país. El planteo del Gobierno apunta a reducir la incertidumbre regulatoria que, en la práctica, impactó sobre proyectos productivos en distintas regiones.

Federalismo ambiental, provincias y artículo 41 de la Constitución

El proyecto reafirma el mandato constitucional del artículo 41, que establece la obligación de proteger el ambiente sin impedir el desarrollo humano, y del artículo 124, que reconoce a las provincias el dominio originario de los recursos naturales existentes en su territorio. En esa línea, la reforma busca fortalecer el rol de las autoridades provinciales en la evaluación de impacto ambiental, reconociendo su capacidad técnica y científica.

Además, el texto oficial destaca la necesidad de una articulación eficiente con el Inventario Nacional de Glaciares, con el fin de contar con información “precisa, actualizada y útil para la toma de decisiones”. Desde la Casa Rosada se presenta esta estrategia como una “verdadera reforma de federalismo ambiental”, orientada a compatibilizar protección ambiental, seguridad jurídica y desarrollo productivo.

Impacto político y económico: inversiones, provincias y sectores productivos

La iniciativa se inscribe en la hoja de ruta del Gobierno desde el primer día de gestión: terminar con la “parálisis regulatoria”, ordenar el Estado, respetar la Constitución y liberar las fuerzas productivas. En el plano político, el proyecto se vincula también con los compromisos asumidos en el Pacto de Mayo y con reclamos históricos de provincias integrantes de la Mesa del Litio —Catamarca, Jujuy y Salta— y de la Mesa del Cobre —Mendoza y San Juan—, donde la aplicación de la Ley de Glaciares fue un factor central en las discusiones sobre inversiones mineras.

Desde el Ejecutivo anticipan que el debate legislativo deberá garantizar la correcta participación ciudadana y sostienen que la reforma representa “un paso decisivo para poner a la Argentina de pie”, con reglas claras, federalismo real, desarrollo productivo y crecimiento económico, sin abandonar los estándares de protección ambiental.

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La Justicia ordenó al Gobierno nacional restituir pensiones por invalidez dadas de baja en Misiones

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La Justicia falló a favor del planteo hecho por la Provincia en defensa de los derechos cercenados con la eliminación arbitraria de pensiones por invalidez por parte del Gobierno nacional: la jueza civil y comercial de Posadas, Carmen Helena Carbone, resolvió que el Gobierno Nacional y la Agencia Nacional de Discapacidad (ANDIS) deben restituir en un plazo de 48 horas las pensiones no contributivas por invalidez que habían sido suspendidas de manera arbitraria a cuatro misioneros. La notificación al Estado Nacional y a la ANDIS se concretó el 17 de septiembre, con lo cual el plazo comenzó a correr formalmente desde esa fecha.

El caso fue promovido por Emilio Mauro (Apóstoles), Wilson Toniolo (Candelaria), Marcos Javier Pereira Duarte (Garupá) y Claudia Belén Romero (San José), quienes iniciaron una acción de amparo patrocinados por el abogado Luis Adrián Oudin, con el acompañamiento del Consejo Provincial de Discapacidad.

La jueza Carbone calificó la baja de las pensiones como un acto “arbitrario y violatorio de garantías constitucionales básicas”, al no existir resolución administrativa, notificación previa ni derecho de defensa. En consecuencia, ordenó: La restitución inmediata de los pagos interrumpidos y la prohibición de nuevas suspensiones mientras dure el proceso judicial. Además, advirtió con la aplicación de multas en caso de incumplimiento por parte del Estado.

El fallo se ampara en la ley 26.854, que faculta a los jueces a dictar medidas cautelares urgentes en favor de sectores vulnerables cuando se encuentran en juego derechos de naturaleza alimentaria o sanitaria.

Carbone remarcó que las pensiones por invalidez tienen carácter alimentario, por lo que su interrupción afecta directamente derechos reconocidos en la Constitución Nacional, la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad y otros tratados internacionales de jerarquía constitucional.

En su resolución, citó expresamente el principio de no regresividad en materia de derechos sociales, que prohíbe retrocesos en beneficios ya adquiridos. También se apoyó en las 100 Reglas de Brasilia sobre acceso a la justicia de personas en condición de vulnerabilidad, reforzando la necesidad de una tutela judicial efectiva e inmediata.

Respaldo institucional de Misiones

El vicegobernador Lucas Romero Spinelli destacó el valor del fallo como precedente nacional: “No se trata de un tecnicismo judicial, hablamos de alimentos, de medicamentos, de techo y de vida digna. Con esta sentencia se devuelve tranquilidad a cuatro familias misioneras y se marca un límite claro: ningún gobierno puede atropellar derechos adquiridos sin consecuencias”, señaló en una rueda de prensa.

Spinelli estuvo acompañado por la presidenta del Consejo Provincial de Discapacidad, Tatiana Antúnez, y el abogado Oudin, en un gesto de respaldo institucional. El vicegobernador remarcó que Misiones “no concibe un Estado que abandone a los más vulnerables, sino uno que acompañe y proteja”.

La medida judicial se suma a la acción de amparo colectivo presentada por la Fiscalía de Estado de Misiones ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación, tras detectar cientos de bajas arbitrarias en los municipios desde abril, como resultado de auditorías de la ANDIS cuestionadas por la provincia.

El fallo no solo restituye las pensiones de cuatro personas, sino que sienta un precedente clave para cientos de beneficiarios en Misiones y en otras provincias que atraviesan situaciones similares.

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