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ARCA activa el nuevo esquema de control tras la “inocencia fiscal”

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La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) decidió moverse antes que el calendario y, con tres meses de anticipación, puso en línea los aplicativos para las declaraciones juradas de Ganancias y Bienes Personales del período fiscal 2025. La decisión, inusual en la lógica operativa del organismo, no es meramente técnica: llega después de la entrada en vigencia de la ley de “inocencia fiscal”, que elevó de forma exponencial las multas por incumplimientos formales. El movimiento abre una pregunta en el frente tributario: ¿se trata de facilitar el cumplimiento o de blindar la capacidad sancionatoria del Estado?

Un cambio operativo que reconfigura el vínculo con el contribuyente

El dato rompe la inercia administrativa. Históricamente, los sistemas se habilitaban cerca de los vencimientos. Esta vez, ARCA adelanta el proceso y habilita una ventana más amplia para que personas físicas y contadores preparen la información.

En lo formal, la medida apunta a ordenar la carga de datos —ingresos, activos, consumos, retenciones y percepciones— y reducir inconsistencias. En lo político-administrativo, implica otra cosa: traslada la presión del último momento hacia una lógica de planificación, donde el margen de error se achica y la responsabilidad del contribuyente se amplifica.

El esquema inicial está dirigido a quienes tributan bajo el Régimen General y funciona de manera íntegramente digital mediante Clave Fiscal. Es decir, consolida el proceso de digitalización plena del vínculo entre el Estado y el contribuyente.

La “inocencia fiscal” como telón de fondo

El cambio operativo no se entiende sin la reforma normativa que lo precede. La ley de Presunción de Inocencia Fiscal (Ley 27.799) modificó de manera drástica el régimen sancionatorio por infracciones formales.

Desde el 2 de enero de 2026, las multas se actualizaron con incrementos promedio del 75.000% y, en algunos casos, superiores al 100.000%. El salto es significativo: la omisión de presentar una declaración jurada pasó de $200 a $220.000 para personas físicas, y de $400 a $440.000 para empresas.

La ecuación es clara. Con sanciones de esa magnitud, el margen de tolerancia del sistema se reduce al mínimo. En ese contexto, la anticipación de los aplicativos funciona como una señal doble: más tiempo para cumplir, pero menos margen para incumplir.

Repercusiones: control más rígido y profesionalización del cumplimiento

El nuevo esquema reconfigura la relación de fuerzas en el sistema tributario. Por un lado, fortalece la capacidad de control del organismo recaudador, que ya no depende de la congestión de última hora para detectar inconsistencias. Por otro, obliga a contribuyentes y asesores a elevar el estándar de cumplimiento.

El impacto es especialmente relevante para el ecosistema profesional. Contadores y estudios impositivos ganan tiempo operativo, pero enfrentan un riesgo mayor ante errores formales. La carga ya no está solo en liquidar correctamente, sino en hacerlo dentro de un esquema donde el costo del incumplimiento es sustancialmente más alto.

Al mismo tiempo, la decisión puede leerse como parte de una estrategia más amplia de ordenamiento fiscal. El organismo busca reducir la litigiosidad y mejorar la calidad de la información declarada, apoyándose en herramientas digitales y en un régimen sancionatorio más severo.

Sin embargo, no todos los instrumentos del nuevo esquema están activos. La Declaración Jurada Simplificada del Impuesto a las Ganancias, vinculada al incentivo para exteriorizar ahorros —el llamado “dólar colchón”—, aún no está disponible. Esa ausencia deja incompleto el tablero operativo del nuevo modelo.

Escenario abierto: entre la eficiencia y la presión fiscal

La anticipación de los aplicativos marca un movimiento táctico que combina modernización y endurecimiento. En el corto plazo, permitirá observar si efectivamente mejora la calidad de las presentaciones o si simplemente redistribuye la carga de trabajo.

En las próximas semanas, el foco estará en la respuesta del sistema: nivel de adhesión, volumen de presentaciones anticipadas y comportamiento de los contribuyentes frente al nuevo esquema de sanciones.

También quedará por ver cómo se integra la declaración simplificada y si logra complementar la estrategia oficial de formalización. Ese componente será clave para medir si el modelo apunta solo al control o también a ampliar la base de cumplimiento.

La política tributaria, una vez más, se juega en el equilibrio entre incentivo y sanción. Y ese equilibrio todavía está en construcción.

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Ingresos Brutos: Misiones eleva a $1.800 millones el piso para ser agente de retención y percepción

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La Agencia Tributaria Misiones actualizó el Régimen de Retención y Percepción del Impuesto sobre los Ingresos Brutos y elevó a $1.800 millones anuales el umbral de facturación a partir del cual las empresas quedan obligadas a actuar como agentes, una modificación clave que reduce el universo alcanzado y apunta a mejorar la competitividad del sector privado. La medida fue formalizada mediante la Resolución General Nº 04-DGR, dictada el 28 de enero de 2026 en Posadas.

El nuevo umbral se enmarca en el paquete de medidas de alivio tributaria que puso sobre la mesa el gobernador Hugo Passalacqua. La norma modifica la histórica Resolución General Nº 003/93 y redefine tanto los topes de facturación como los montos mínimos no sujetos a retención o percepción, además de incorporar un esquema diferencial para contribuyentes con fuerte peso de ventas a consumidores finales.

Con la nueva redacción del artículo 2°, deberán actuar como Agentes de Retención del Impuesto sobre los Ingresos Brutos los contribuyentes de alto interés fiscal y aquellos cuya facturación bruta anual -incluyendo actividades gravadas, exentas o no gravadas, y sin importar la jurisdicción- supere los $1.800 millones (hasta el año pasado, el piso era de 1.300 millones). La obligación alcanza a toda adquisición de bienes o servicios, incluidos contratos de compraventa, permuta o dación en pago, salvo que la operación esté alcanzada por otro régimen específico.

En paralelo, el artículo 12° establece idéntico umbral para actuar como Agentes de Percepción, aplicable a ventas de cosas muebles (excluidos bienes de uso), locaciones y prestaciones gravadas, siempre que exista vinculación territorial con la provincia de Misiones por destino del bien, lugar de prestación o domicilio fiscal.

Otro cambio relevante es la actualización del monto mínimo no sujeto: no corresponderá practicar retenciones ni percepciones cuando el importe sea inferior a $14.000. También quedan excluidas operaciones con entidades financieras, seguros y reaseguros, y pagos a prestadoras de servicios públicos como telefonía, electricidad o agua.

La alícuota de percepción se mantiene en 3,31% sobre el precio neto de la operación, pero se excluyen expresamente las operaciones con consumidores finales.

La resolución incorpora además un tope diferencial para empresas que, aun superando los $1.800 millones, acrediten que el 85% o más de su facturación anual corresponde a consumidores finales, o que desarrollan actividades exentas o no gravadas. En esos casos, la obligación de actuar como agentes recién se activa al superar los $2.500 millones de facturación anual, previa presentación de documentación respaldatoria y certificación contable.

Impacto real en las empresas

Empresarios y asesores tributarios consultados por Economis coincidieron en que la actualización tiene un impacto concreto en la carga operativa de las empresas. 

Alejandro Haene recordó que hasta ahora el umbral era de $1.300 millones y explicó que la suba a $1.800 millones “significa que menos empresas quedarán obligadas a actuar como agentes de percepción o retención, dependiendo de cómo se hayan movido sus ventas, porque ese es el número clave para saber si una empresa entra o sale del régimen”. Además, subrayó un punto técnico central: “Esos $1.800 millones se toman a valores históricos, no se ajustan mes a mes por inflación. Si consideramos que la inflación anual fue del 31,8%, la actualización del tope, cercana al 38%, está por encima de la inflación, lo cual es positivo”. 

En la misma línea, tributaristas destacaron que la suba del monto mínimo no sujeto de $10.000 a $14.000, un incremento cercano al 40%, reduce la cantidad de operaciones de bajo monto alcanzadas por el régimen.

La resolución entrará en vigencia una vez ratificada por el Ministerio de Hacienda, Finanzas, Obras y Servicios Públicos y será aplicable desde el anticipo de febrero de 2026.

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Consejos profesionales de Ciencias Económicas del NEA solicitaron a AFIP prorrogar la suspensión de embargos

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En la nota dirigida a la AFIP, el Consejo Profesional de Ciencias Económicas de Misiones, en conjunto con sus pares de la Región NEA (Corrientes, Chaco y Formosa) solicitaron la prórroga inmediata de la Resolución General N° 5052/21, a través de la cual se suspendían las iniciaciones de determinados juicios de ejecución fiscal y la consiguiente traba de medidas cautelares.

La medida antes mencionada había sido adoptada en el contexto de la emergencia sanitaria y entendiendo que lejos está de haber desaparecido los impactos de la pandemia como así también haberse iniciado una recuperación productiva, los CPCE insisten en la necesidad de suspender los embargos realizados y establecer una prórroga de la Resolución General N° 5052, mínimamente hasta la fecha de vencimiento para acceder al alivio fiscal, que se extendió al 31 de marzo del corriente año.

Por otra parte, por la Emergencia Ígnea, desde los Consejos Profesionales de Misiones y Corrientes se solicitó a la AFIP suspendan los inicios de juicios de ejecución fiscal y traba de medidas cautelares a contribuyentes comprendidos en las zonas de desastre, de manera tal de morigerar el impacto negativo sobre diversos sectores de la economía y posibilitar generar condiciones necesarias para recuperar la actividad productiva y preservar las fuentes de trabajo. La AFIP por su parte dictó la resolución 5158-E estableciendo plazos especiales para la presentación de declaraciones juradas y pago de obligaciones, la suspensión de intimaciones, juicios de ejecución y traba de medidas cautelares, y otras medidas excepcionales, para contribuyentes que desarrollen su actividad en determinadas zonas afectadas por los incendios en Corrientes y Misiones.

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El espacio profesional y las responsabilidades son las preocupaciones de los egresados de Ciencias Económicas

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La definición de un nuevo espacio profesional y las responsabilidades civiles, éticas, penales son las preocupaciones de la actividad

Los profesionales en Ciencias Económicas celebran su día el 2 de junio y se conmemora durante el 2020 el año Belgraniano, por cumplirse 250 años de su nacimiento y 200 de su fallecimiento. El contexto y la realidad actual obliga repensar el ejercicio de la profesión

El 2 de junio se institucionalizó, por consenso de los 24 Consejos Profesionales nucleados en la Federación Argentina de Consejos Profesionales de Ciencias Económicas (FACPCE), como el Día del graduado en Ciencias Económicas (Contadores, Licenciados en Administración, Economía y Actuarios) de la República Argentina en homenaje al nombramiento, como secretario del Consulado de Comercio, General Manuel Joaquín del Corazón de Jesús Belgrano, hecho ocurrido en 1.794. Además, en este año se festejan 250 años de su nacimiento y 200 años de su fallecimiento, motivo por el cual el gobierno nacional decretó que se conmemora el Año Belgraniano. Prócer de una cualidad ética y moral intachables y protagonista de hechos audaces de la historia Argentina, entre ellos el Éxodo Jujeño.

Las circunstancias actuales obligan al Consejo Profesional en Ciencias Económicas a suspender momentáneamente las actividades, que año tras año venía desarrollando, en reconocimiento a los matriculados que cumplen 25, 40 y 50 años de ejercicio profesional. Oportunamente comunicarán el accionar de la institución al respecto, para conmemorar fecha tan importante para sus matriculados.

El contexto de la realidad actual “nos obliga a repensar cómo continuaremos el desarrollo de la profesión. En buena hora, porque las crisis te sacan de la zona de confort y te obligan a agudizar el ingenio, o sea cómo reinventarte en tu actividad. Nada es sencillo, pero muy probablemente de rápidos resultados”, definió el presidente de CPCE Misiones, Miguel Ángel Andújar.

Además agregó que “una vez un funcionario de la AFIP dijo: que “los profesionales de Ciencias Económicas no están para llenar aplicativos, sino para cosas mayores, y nos enojamos. Hoy fueron por más, y nos dicen que somos un gasto e intelectuales de evasores. ¿Pregunta? Cuánta responsabilidad es nuestra por el menosprecio hacia a nuestra profesión? Muchísima, porque nunca supimos defender corporativamente nuestra actividad. Somos, como otras profesiones, egoístas, creyendo que nos vamos a salvar de a uno. Error. Otro sector de la sociedad, ya vio nuestras debilidades”, remarcó.

Andújar instó a los profesionales de las Ciencias Económicas a devolver a la sociedad una porción de tiempo por la inversión que realizó el Estado a través de su formación en la Universidad Pública. “Brindarnos, sin actitudes mezquinas, en favor de los que no tuvieron nuestra oportunidad. De esa manera, iremos logrando una mejor sociedad para todos y entre todos”.

Las responsabilidades profesionales, para el ámbito de las Ciencias Económicas, irán in-crescendo, “en modo real, obligaciones ante UIF, AFIP, DGR, nuevas disposiciones sobre la corrupción en las contrataciones públicas y conducta de los oferentes, etc.; Hoy lo tomamos con liviandad, pero lo más probable que el hilo se “corte por lo más fino “, y ahí apareceremos nosotros. Por eso el CPCE Misiones, comprometido con la capacitación de su matrícula, desarrollará una agenda de capacitación sobre la responsabilidad profesional para que los nuevos tiempos no nos sorprendan”, aseguró el presidente.

“La memoria colectiva ubicó, a nuestra profesión, al lado de AL CAPONE, que fue preso por evasión y no por los asesinatos cometidos. Nunca más la sociedad del planeta nos volvió a medir como profesionales probos. Así fuimos caratulados como cómplices, o partícipes necesarios de todas las actividades económicas irregulares. Salvo, las modistas o los sastres, que ante un nuevo pedido de ropa, te vuelven a medir”, definió el contador y autoridad de CPCE Misiones y agregó “¿Nunca nadie se pregunto “Quien quiere pagar impuestos”? Y ahí estamos nosotros! ¡El vínculo con la administración fiscal y el que pone la tarasca! ¿Vos funcionario recaudador conoces esta situación? ¡No respondas, pero no me juzgues!”.

Y, por último, Miguel Ángel Andújar expresó “fuera de contexto, para los más desprevenidos, queremos aclarar, que la dirigencia del CPCE Misiones y sus asesores de la profesión, ejercemos el cargo AD HONOREM, porque nos apasiona la profesión y la dirigencia voluntaria. Así entendemos la profesión y, en consecuencia, anhelamos ofrecer al conjunto de la sociedad, una matrícula honorable, capacitada, ética y responsable. Feliz día a todos los profesionales de Ciencias Económicas”.

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La AFIP lanza una nueva herramienta que emite el Libro de Sueldos Digital y la declaración de cargas sociales

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El Organismo fiscal decidió implementar el nuevo sistema por etapas, incorporando paulatinamente empleadores por ramas de actividad y jurisdicciones
La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) informa que pondrá en línea una nueva herramienta informática que permitirá a los empleadores cumplir en un único trámite distintas obligaciones, tales como:
– Emitir el Libro de Sueldos y Jornales -hojas móviles-
– Generar la declaración jurada mensual de cargas sociales del SUSS (F. 931).
Por otra parte, el Organismo fiscal decidió implementar el nuevo sistema por etapas, incorporando paulatinamente empleadores por ramas de actividad y/o jurisdicciones.
En virtud de ello, los obligados serán especialmente notificados a incorporarse al mismo.
¿Cómo funciona el intercambio de información entre sistemas?
La unificación en un único trámite, supone que la información ingresada será validada en los distintos sistemas, evitando duplicidades e inconsistencias.
El empleador, al comenzar a utilizar el Libro de Sueldos Digital, deberá efectuar una parametrización.

Esto significa, registrar todos los conceptos utilizados en la liquidación de haberes y asociarlos con los conceptos predefinidos por la AFIP, – grilla universal – indicando a qué subsistemas de la seguridad social se vincula cada uno.
Esta acción se realizará al utilizar por primera vez el sistema o cuando exista una modificación en los registros por la creación o baja de conceptos en la liquidación de sueldos y jornales.
A partir de ello, se tomarán los datos de cada liquidación de haberes efectuada, junto con los datos provenientes de los servicios Simplificación Registral y Sistema Registral.
Con ellos se conformará el ‘Libro de Sueldos Digital’, en borrador y definitivo, a partir del cual, podrá ser generada la Declaración Jurada F.931, mediante el servicio Declaración en Línea.
¿Cuál es el procedimiento previsto para los empleadores alcanzados?
Para emitir las Hojas Móviles
– Ingresar al servicio “Libro de Sueldos Digital”, y por única vez, dar de alta los conceptos de liquidación de sueldo, asociando los propios con los fijados por la AFIP. Definir, por cada uno de esos conceptos, el/los subsistemas a los que esté obligado a realizar aportes y contribuciones.
– Efectuar las liquidaciones de haberes por cada trabajador, del modo habitual, y cargar en el Sistema, la información de la liquidación de haberes y los datos necesarios para confeccionar la declaración jurada F.931. Una vez cumplidos estos pasos, se conformará las hojas del libro en borrador.
– Revisar y confirmar los datos. Imprimir las hojas del “Libro de Sueldos Digital” correspondientes, disponibles a través del servicio “E-ventanilla”, ajustándose a los requerimientos de la autoridad jurisdiccional en materia del trabajo.
Para generar la Declaración Jurada F.931
– Ingresar al Servicio “Libro de Sueldos Digital”, desde donde se habilitará el acceso al Servicio “Declaración en Línea” para confeccionar la respectiva declaración jurada, siempre que se hubiera verificado la conformidad previa del Libro de Sueldos.
Fuente iProfesional

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