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¿Qué pasaría en Misiones si prospera el reclamo de fondos de María Eugenia Vidal?

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Escriben Guillermo Knass y Martín Leiva Varela, ECONEA, especial para Economis.  La distribución de los recursos que integran la masa bruta coparticipable es el centro de la opinión pública que desde la última reforma de la Constitución en el año 1994, no logra entablar una mecánica automática de distribución contemplando criterios objetivos de reparto a fin de que sea equitativa, solidaria y con aras de alcanzar un grado de desarrollo equivalente para la totalidad de las jurisdicciones que integran el país.

El reclamo planteado por la gobernadora de la provincia de Buenos Aires, María Eugenia Vidal, para “actualizar” el Fondo del Conurbano Bonaerense abre un complejo escenario para las provincias.

El fondo del Conurbano, creado en 1992 por la Ley 24.073 afectaba un diez por ciento de la recaudación del impuesto a las Ganancias a inyectar recursos a la provincia ahora gobernada por Vidal, entonces, por Eduardo Duhalde. A fines del año 1995 mediante la Ley 24.621 se establece un tope de hasta 650 millones de pesos anuales, formulado en un contexto donde se encontraba vigente la Ley de Convertibilidad que adoptaba un sistema de tipo de cambio fijo.

A comienzos de 2002 cuando se sale de tal sistema y posteriormente con una inflación constante con el correr de los años hace que dicho importe en el año 2016 pase a ser tan solo el 0,15 % de la recaudación del Impuesto a las Ganancias.

En tal sentido, si no tuviera un tope nominal la afectación del 10 por ciento del impuesto a las Ganancias, Buenos Aires hubiera percibido en 2016 un importe equivalente de 43.290,72 millones de pesos, es decir, 42.640,72 millones más de lo que percibió. Pero como hay una sola torta, si alguien se quiere llevar más porciones, algunos se pueden quedar con migajas, dado que cuando la afectación del impuesto a las Ganancias  supera (excedente) los 650 millones de pesos, este es distribuido entre el resto de las provincias mediante los índices de coparticipación.

Misiones por tal concepto en el año 2016 percibió un total de 1.778 millones de pesos que representó el 5,5 % del total de los recursos corrientes de la Provincia. Para este año se estima un importe superior a los 2.200 millones de pesos.

En tal sentido, el gobernador Hugo Passalaqua pidió audiencia a la Corte Suprema con el objetivo de defender los intereses de todos los misioneros aclarando que “no estamos en contra de que la gobernadora Vidal pida más recursos, tiene todo el derecho de peticionar. Lo que no queremos es que lo haga a expensas de los misioneros”.

Fuente: Elaboración propia en base a datos del Ministerio de Hacienda de la Nación.
Fuente: Elaboración propia en base a datos del Ministerio de Hacienda de la Nación.

Analizando el gráfico que antecede a fin de comprender la distribución vigente, se observa que Misiones se encuentra ubicada en el puesto 19 en cuanto a la distribución de los recursos coparticipables, cuando en términos poblacionales se encuentra en el puesto 9. Es una de las más rezagadas percibiendo en promedio un importe inferior de 4.129,14 pesos por persona que lo que reciben las demás jurisdicciones. Si se multiplica por la población estimada para 2017, alcanzaría a un importe de alrededor de 5.032 millones de pesos, dado que la metodología vigente de distribución no contempla criterios objetivos de reparto, observando además que la Provincia de Buenos Aires se ubica en el último puesto.

A pesar de tal inequidad, Misiones pudo sobrellevar tal desfasaje mediante una política fiscal clara, sin comprometer a generaciones futuras, contemplando indicadores de crecimiento económico positivos en cuanto al despacho de consumo de cemento, consumo de energía eléctrica, patentamiento de automotores y cantidad de empresas formales, entre otros, que tuvieron una tasa de crecimiento por encima de la media nacional entre mediados de la década pasada y la presente.

En la discusión de la nueva Ley de Coparticipación Federal, que el Gobierno nacional trata de impulsar y que las jurisdicciones se comprometieron mediante el “Acuerdo para el Fortalecimiento del Federalismo”,  debe ponerse arriba de la mesa, además de indicadores como población, Producto Bruto provincial, Necesidades Básicas Insatisfechas, densidad poblacional, entre otros, los recursos que el Estado nacional distribuye arbitrariamente entre las jurisdicciones. El Gobierno central se queda con el 73 por ciento de los recursos y las Provincias con el 27 %, incluyendo en dicho análisis a los aportes y contribuciones de la Seguridad Social, donde si se los excluye el reparto es del 65,6 por ciento y 36,4 por ciento respectivamente, abordando particularmente y con el fin de ser verdaderamente un país federal las competencias de cada una, porque los gobiernos subnacionales tienen a su cargo la educación, la seguridad y la salud que por ejemplo, estas tres áreas representaron más del 50 por ciento del total de erogaciones de Misiones en el año 2016.

Es dable destacar que el Gobernador de la Provincia el año pasado logró, en defensa de los intereses de los misioneros, firmar el Acuerdo Nación Provincias el 18 de Mayo por el cual se acordó la reducción gradual en un 3 por ciento anual de la detracción de la masa de coparticipables bruta que se destinaba a financiar a la ANSES, como así también, en el mes de marzo del 2017 logró reducir los costos de recaudación y fiscalización que efectúa la AFIP y detrae de la coparticipación federal siendo este último un ahorro estimado para el corriente año de 140 millones de pesos, que son claras señales de lucha por los intereses locales.

 

 

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La Corte dejó firme la condena a los transportistas y volvieron a prisión

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La Corte Suprema sumó un nuevo capítulo al escándalo judicial que se desató hace unas semanas cuando el Superior Tribunal de Justicia pidió que se investigue si no hubo una irregularidad en la decisión de un tribunal inferior de liberar a dos transportistas condenados a 20 años de cárcel por abuso sexual de menores.

En un fallo firmado hoy, los ministros Ricardo Lorenzetti, Juan Carlos Maqueda y Elena Highton de Nolasco desestimó la queja de los abogados de los transportistas por “inadmisible” y deberán volver a cumplir la condena. Esta misma noche Fabio Durán (37) y Lucía Olmo (63) fueron detenidos.

El fallo cita el artículo 280 del Código Civil y Comercial de la Nación que determina que no hubo en el caso traído a consideración de la Corte, elemento que haga que deba analizar la causa. A su vez, es confirmatorio de la sentencia que motivó la queja.

La Corte entendió que hubo debido proceso, que no se violó el derecho de defensa y que los hechos que motivaron la condena, tuvieron suficiente prueba, por lo que mal puede invocarse una arbitrariedad en la sentencia.

De este modo, se ratificó la decisión del Superior Tribunal de Justicia de Misiones, que ya había dejado firme la sentencia inicial que luego fue cuestionada por el tribunal conformado por César Yaya, Marcelo Cardozo y César Jiménez, quienes consideraron que la sentencia no estaba firme y por lo tanto, los transportistas condenados por el abuso sexual de menores, debían quedar en libertad.

Los jueces consideraron que pese a la ratificación del Superior Tribunal, la condena no estaba firme porque la Corte demoraba su fallo. La máxima instancia judicial misionera, en cambio, sostenía que el fallo ya estaba firme y que nunca debieron ser liberados por el recurso de queja, ya que “por definición, no suspende el proceso”, salvo decisión final de la misma Corte Suprema.

“Las garantías constitucionales se resguardaron con los dos fallos anteriores”, aseguró un ministro del STJ al enterarse que la Corte había ratificado la posición del cuerpo.

Otro ministro indicó que  “si bien la decisión de la Corte le da respaldo a lo actuado por el Tribunal original y a nuestra actuación como Casación, la solución dada por el Tribunal Ad Hoc de excarcelar a los sentenciados no tiene que ver con esa decisión que se justificó por el tiempo que pasaron detenidos sin sentencia firme. Es un tema discutible y opinable según el lado de la biblioteca. En este caso los procesados detenidos estaban sentenciados y estaba agotada la instancia Provincial. No era que nada se hizo durante ese tiempo”.

Uno de los jueces que ordenó la liberación de los dos acusados se mostró tranquilo con la decisión de la Corte. “Rechazaron la queja. No tiene nada que ver con nuestra decisión que no hubiera existido si se hubiera tratado en tiempo y forma”, explicó.

Ahora los transportistas deberán volver a cumplir la totalidad de la condena y se descuenta de la condena el tiempo de detención previo.

El fallo de la polémica se conoció el 5 de abril. Ese día, Jiménez, Yaya y Cardozo, en el Tribunal Penal 2, decidieron la excarcelación de Durán y Olmo.

Madre e hijo fueron condenados en noviembre de 2011 a 20 años de prisión por el abuso de dos niños de 4 y 5 años, clientes del transporte escolar que manejaban. La fiscal del caso fue Liliana Picazo, flamante nominada a integrar el Superior Tribunal de Justicia. Ella pidió 20 años para los transportistas, condena que finalmente recibieron los acusados. El fallo fue ratificado por el STJ en mayo de 2014. La Corte misionera actuó como cámara de casación, función encomendada por la Constitución provincial, para que los fallos penales tengan la necesaria revisión.

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2×1: en Misiones ya se negó un pedido y hay cuatro en proceso

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El Tribunal Oral Federal de Posadas rechazó en diciembre del año pasado el pedido de un represor de acogerse al beneficio de la ley 2×1 y el último viernes, la Defensora Oficial ingresó otros cuatro pedidos aprovechando la corriente garantista que asumió la Corte Suprema con el fallo que benefició a Luis Muiña.

El primer caso fue resuelto el 29 de diciembre del año pasado, bastante antes que la Corte otorgara por mayoría el beneficio a Muiña, un parapolicial que ya estaba en libertad. En Misiones, el primero en intentar acogerse al beneficio fue José María Cuenca, condenado a 20 años de prisión el 30 de junio de 2009. Fue encontrado autor de tormentos agravados, en once casos y actualmente cumple condena en el penal de Candelaria, un lugar que conoce a la perfección, ya que fue jefe como penitenciario durante los años de plomo.

Cuenca -quien según un examen psicológico presenta rasgos psicopáticos, los que se demuestran en controles obsesivos y recurrencia a la agresividad- fue acusado de manifestar actos falsos de muertes o violaciones de familiares de los detenidos, intenciones de suprimir la identidad de la persona, y la realización de simulacros de fusilamientos donde se presentaba una extrema perversidad.

Fue él mismo el que instruyó a la defensora oficial, Susana Criado a impulsar el pedido del 2×1 sobre dos años, cinco meses y 23 días, en los que “se habría excedido el plazo razonable de prisión preventiva”.

En ese momento, para rechazar el pedido, la fiscal Viviana Barbosa utilizó un argumento central que fue ignorado por la Corte Suprema: “No corresponde aquí la aplicación de la ley penal más benigna que habilita el cómputo del 2×1 por no haberse encontrado vigente al momento en que el condenado estuviera detenido con prisión preventiva”.

La ley del 2×1 fue derogada el 1 de junio de 2001 y entró en vigencia el 9 de ese mismo mes.

Cuenca comenzó a cumplir prisión preventiva  por primera vez en enero de 2007 y liberado ese mismo año. Después volvió a ser detenido y cumplió prisión preventiva desde el 9 de junio de 2009, hasta que su condena quedó firme por parte de la Corte Suprema.

“O sea que el régimen penal más benigno del cual se pretende su ultra actividad, no tuvo vigencia al momento de ordenarse la privación de libertad, ni durante el tiempo intermedio, ni en la actualidad”. De ello se sigue que no incide normativamente sobre el laso sobre el cual Cuenca cumplió prisión preventiva, señala el Tribunal.

Los jueces Manuel Jesús Moreira, Norma Lampugnani y Mario Hachiro Doi además citan una jurisprudencia del Procurador General ante la Corte Suprema, Eduardo Casal, al dictaminar en el fallo Simón Antonio, en un caso similar. El procurador entiende que la ley del 2×1 fue sancionada después de cometidos los delitos y derogada antes que el represor fuera detenido.

La Cámara Federal de Casación Penal advierte además que la ley del 2×1 “no fue la expresión de un cambio en la valoración social de la clase de delitos atribuidos en este proceso, sino que solo adoptó, durante un corto tiempo, un mecanismo dirigido a disminuir el plazo de los encarcelamientos preventivos. Por ello, no es el tipo de norma para la cual se destina el derecho de aplicación penal más benigna”.

Pese a la jurisprudencia, la Corte falló de modo distinto en beneficio a Muiña, lo que abrió la puerta a decenas de pedidos similares en todo el país. El viernes, la defensora oficial Susana Criado, presentó otros cuatro, que todavía no comenzaron a ser analizados, ya que debe conformarse un nuevo tribunal subrogante.

 

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#NoAl2x1 No hay que pedirle al pueblo…

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…porque somos parte de él.

Somos parte de este pueblo, de su memoria, de sus luchas. Parte de su historia. Parte de sus problemas pasados y de sus desafíos futuros, que por supuesto se dirimen en el presente.

La gran mayoría del pueblo quiere que todos estemos mejor. Que todos tengan techo, trabajo, y vivienda. A la gran mayoría le gustaría que no haya nadie en contra de esto.

El problema surge cuando ese pueblo, amplío, indefinido, vinculado a -mediado por- símbolos, historia, instituciones, una cultura, una idiosincrasia, se transforma en ciudadanía, con voto, y dentro de ésta una fracción se convierte en partido, con ideas sobre cómo lograr ese (u otro) progreso económico. En este punto esa mayoría grande que mencionaba antes, se parte. Algunos creen que se consigue de una forma y otros de otra. Y cada uno de ellos arrastran a una parte del pueblo en ese camino, lo convence de esas ideas.

Por otro lado, existe una minoría que prefiere conscientemente que haya menos trabajo, más explotación, más extranjerización, más libertad y por ende más dominio para los capitales globales sobre las cosas nacionales. Se trata de personas muy asociadas a intereses extranjeros o hiper concentrados del capital local que saben que su mejor posibilidad es  perjudicando el desarrollo de todo el país. Se trata de representantes de sectores que ganan más cuanto peor va la actividad local (que quieren excedentes para exportar -sobre todo vinculados a alimentos y energía- o que su mejor renta genera expulsión de inversiones productivas -sector financiero extranjero-). Nada es lineal, porque algunos que tienen objetivos saludables de inclusión e igualdad, creen, que eso se consigue con libertad de mercado, coincidiendo, trágicamente, con los que quieren esa libertad pero para imponerse, sin ningún derrame.

Texto de Canitrot escrito en 1979 y publicado en 1980. Para pensar el presente en función del pasado, de forma de lograr un futuro mejor.

Entre los que piensan el desarrollo, la inclusión y se vinculan con el extranjero para desojar el país, está la verdadera grieta histórica. Lamentablemente no es blanco o negro, porque esta grieta se enmarca en condicionantes económicos y sociales que impiden a ambos lados tomar decisiones extremas de forma permanente. 

Pero, de ningún modo, alguien encargado de algún asunto del Estado que crea en la inclusión como camino de superación, que crea en la producción nacional como vía al desarrollo, está dispuesto a usar el Estado para castigar y reprimir, e incluso violar, matar, desaparecer gente o sustraer bebes, escondiendo sus verdaderas identidades. Suponer que lo segundo puede servir a lo primero no tiene ninguna posibilidad de coherencia o buena intención. Y merece ser juzgado.

Dicho lo cual, en toda búsqueda bien intencionada podemos equivocarnos todos, la información completa no es una opción, se trata de hacer construcciones graduales, que pueden tener retrocesos graduales. Pero nunca nadie que haya usado el Estado para matar, para imponer una postura política y económica, a costa de la vida , es alguien equivocado. Es un criminal de lesa humanidad y no merece ni más ni menos que toda la dureza de la justicia, sin ningún beneficio.

La justicia no viene de Marte, las normas nos las damos nosotros, en tanto pueblo organizado, institucionalizado. Suponer que un cambio de gobierno permite tomar un atajo y desconocer nuestrs normas, nuestras modificaciones, y derogaciones, es no entender que la única reparación posible para un pueblo lastimado por genocidas es la aplicación de la justicia vigente, y en constante evolución.

Hubo una parte que no coincidía con el gobierno kirchnerista. Se dio un cambio, pero no en materia de derechos humanos. Pero tomar la parte por el todo sólo puede hablar de la vileza de algunos corazones que apuntan tomar atajos de odio y retroceso.

El pueblo, incluso despartidizado, no lo va a permitir. Ni la Corte, ni mucho menos los jueces que le deben su sillón al macrismo, pueden desconocer que este pueblo en los últimos 15 años ha ganado para sí, la memoria para que nunca más haya una dictadura, la verdad sobre la pata militar y civil que le dieron forma a aberrantes hechos y la justicia sobre los criminales.

Porque son 30.000, para que nunca más ocurran cosas semejantes, de espaldas al pueblo, estamos presentes. Están presentes. Con ellos. Con nosotros. Hoy, ahora y siempre.

Somos parte de un pueblo cada vez más despierto. 

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Highton de Nolasco pidió licencia y esta semana no estará en el máximo tribunal

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Según informaron fuentes judiciales, solicitó una licencia oficial por lo cual no estará presente en el acuerdo de mañana del máximo tribunal del país.

 

La vicepresidenta de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, Elena Highton de Nolasco, solicitó una licencia oficial por lo cual no estará presente en el acuerdo de mañana del máximo tribunal del país, informaron fuentes judiciales.
 
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