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Mercado Libre acumuló USD 608 millones en beneficios impositivos y el debate vuelve sobre el costo fiscal

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El esquema de promoción de la economía del conocimiento volvió al centro del debate por su costo fiscal. Según un informe elaborado por el Instituto Argentina Grande a partir de las presentaciones financieras de Mercado Libre ante la Securities and Exchange Commission (SEC) de Estados Unidos, la compañía acumuló beneficios impositivos por USD 608,4 millones.

La cifra equivale, dependiendo del tipo de cambio utilizado para la conversión, a un monto cercano al billón de pesos y vuelve a poner bajo análisis la magnitud de los incentivos que recibe una de las compañías de mayor capitalización de origen argentino.

De acuerdo con los cálculos del IAG, durante los primeros seis meses de 2026 Mercado Libre obtuvo USD 29 millones de beneficio relacionado con el Impuesto a las Ganancias y otros USD 13 millones correspondientes a aportes y contribuciones a la seguridad social.

Son USD 42 millones solamente durante el primer semestre.

En 2025, según el mismo relevamiento, los beneficios habían alcanzado aproximadamente USD 81 millones.

El debate sobre el destino de los recursos

El Instituto Argentina Grande compara el costo fiscal acumulado de esos incentivos con otras partidas presupuestarias y sostiene que los recursos involucrados hubieran sido suficientes para afrontar la recomposición salarial docente y el incremento de gastos de funcionamiento contemplados por la Ley de Financiamiento Universitario.

La comparación introduce un debate más amplio que excede a Mercado Libre: cuál es el costo y cuál es el retorno para el Estado de los regímenes de promoción destinados a sectores considerados estratégicos.

Los beneficios tributarios buscan incentivar inversiones, generación de empleo, exportaciones y desarrollo tecnológico. La discusión aparece cuando se compara el volumen de esos incentivos con el ajuste aplicado sobre otras áreas del presupuesto nacional.

En el caso de Mercado Libre, la dimensión de la compañía amplifica el debate. La empresa se convirtió en uno de los principales actores tecnológicos y financieros de América Latina y su expansión excede ampliamente al comercio electrónico.

El dato de USD 608,4 millones acumulados presentado por el IAG pone así el foco no solamente sobre una empresa, sino sobre la política de incentivos fiscales y las prioridades presupuestarias del Estado argentino.

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El Gobierno congela nuevas Sociedades de Garantía Recíproca y refuerza el control del sistema

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El Ministerio de Economía, a través de la Secretaría de la Pequeña y Mediana Empresa, Emprendedores y Economía del Conocimiento, dispuso una reforma integral del régimen de Sociedades de Garantía Recíproca (SGR). Mediante la Resolución 273/2025, publicada el 29 de diciembre de 2025, se suspenden las nuevas autorizaciones para crear SGR hasta el 31 de diciembre de 2026, se amplían los mecanismos de control y sanción y se introducen cambios técnicos en la operatoria del sistema. La medida apunta a ordenar el uso del beneficio fiscal, fortalecer la transparencia y asegurar un impacto fiscal “responsable, previsible y eficiente” del instrumento clave de financiamiento para las MiPyME aviso_336813.

Suspensión de nuevas SGR y continuidad del sistema vigente

El núcleo de la resolución establece que, desde el 1° de enero de 2026 y hasta el 31 de diciembre de 2026, quedarán suspendidos los procedimientos para otorgar nuevas autorizaciones de funcionamiento de Sociedades de Garantía Recíproca, incluyendo los trámites que ya estuvieran iniciados. La decisión se apoya en el artículo 79 de la Ley N° 24.467, que reconoce el costo fiscal asociado al régimen de garantías, y busca preservar su sustentabilidad en un contexto de revisión normativa y administrativa aviso_336813.

Según los considerandos, la suspensión no implica desmantelar el sistema sino ordenar su crecimiento, manteniendo operativas las SGR ya autorizadas y reforzando los controles sobre su desempeño, su información financiera y el uso del Fondo de Riesgo. El objetivo explícito es que el régimen continúe promoviendo el acceso al crédito de las micro, pequeñas y medianas empresas, pero con mayor previsibilidad regulatoria.

Cambios normativos: más control, más información y sanciones más claras

La Resolución 273/2025 introduce modificaciones profundas a la Resolución N° 21/2021, que contiene las Normas Generales del Sistema de SGR. Entre los cambios centrales se destacan:

  • Ampliación del régimen informativo: se refuerza el intercambio de información entre la Autoridad de Aplicación y la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA), con mayores exigencias documentales para los socios protectores y para las garantías otorgadas aviso_336813.
  • Reformas estatutarias más exigentes: las SGR deberán presentar, junto con cada modificación de estatuto, un texto ordenado consolidado, que deberá inscribirse en el Registro Público correspondiente, elevando los estándares de seguridad jurídica aviso_336813.
  • Fondo de Riesgo: se redefinen las condiciones para los aportes de socios protectores, se precisan los conceptos imputables al fondo y se eliminan restricciones temporales para los aportes sin beneficio fiscal, con el objetivo de incentivar la capitalización genuina del sistema aviso_336813.
  • Régimen de sanciones: se endurecen las sanciones para infracciones graves y muy graves. La norma fija multas de entre $500.000 y $5.000.000 para quienes ejerzan cargos de administración o dirección en las SGR, además de la posibilidad de inhabilitación temporaria o permanente para ocupar funciones en entidades comprendidas en la Ley 24.467 aviso_336813.

Estos ajustes buscan atender observaciones de auditorías previas y dotar al sistema de mayor taxatividad normativa, reduciendo zonas grises en la interpretación y aplicación de las reglas.

Impacto económico e institucional: señales al mercado PyME

Desde el punto de vista económico, la medida tiene un doble efecto. Por un lado, limita la expansión cuantitativa del sistema SGR al congelar nuevas autorizaciones durante 2026. Por otro, fortalece la calidad institucional del régimen existente, apuntalando su credibilidad ante el sistema financiero, el mercado de capitales y los organismos fiscales.

Para las MiPyME, el mensaje es que las garantías seguirán disponibles, pero dentro de un esquema más controlado. Para los socios protectores y administradores de SGR, el nuevo marco implica mayores responsabilidades legales y patrimoniales, con sanciones explícitas ante incumplimientos.

En términos políticos e institucionales, la resolución se inscribe en una estrategia de ordenamiento del gasto tributario y de revisión de los regímenes de promoción, sin eliminar instrumentos considerados clave para el financiamiento productivo. La prórroga de la suspensión hasta fines de 2026 deja abierta la puerta a una futura reconfiguración del sistema, una vez evaluados sus resultados bajo las nuevas reglas.

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