El Banco Central de la República Argentina (BCRA) continúa en el sendero de compra de dólares; hoy adquirió US$33 millones y las reservas superaron los US$46.000 millones.
La entidad presidida por Santiago Bausili entabló su décimo octava rueda consecutiva en donde se hace de dólares. En concreto, este miércoles adquirió US$33 millones y las reservas superaron el umbral de los US$46.000 millones.
Cerraron en US$46.159 millones y subieron US$380 millones netos. Así, las reservas alcanzaron el valor más alto desde septiembre de 2021, durante la gestión de Alberto Fernández.
El BCRA lleva adquiridos US$1.082 millones
El precio del oro también influenció en la suba de las reservas: el Gobierno posee 1,98 millones de onzas troy y su precio superó los US$5.000.
El BCRA lleva adquiridos US$1.082 millones en el Mercado Libre de Cambios (MLC) desde que inició la “fase 4” del programa monetario. En el mismo indicó que comprará hasta el 5% del volumen diario operado en el mercado.
En ese sentido, el presidente del Banco Central enfatizó con que la entidad monetaria podría conseguir hasta US$10.000 millones en el año, dependiendo del aumento de la base monetaria respecto del PBI (Producto Bruto Interno). Hasta el momento, compró más del 10% de ese total.
El Tesoro llega a la última licitación de enero con una estrategia clara y un abanico de instrumentos diseñado para cubrir un frente exigente de vencimientos. En total, se ponen en juego Lecap, Boncap, Lelink, Lecer, Boncer y Letam, con plazos que van desde marzo de 2026 hasta junio de 2028, en un intento por captar demanda a lo largo de toda la curva en pesos.
El paquete incluye nuevas Lecap con vencimiento en marzo y julio de 2026, además de una Lecap más larga a noviembre de ese año y un Boncap que extiende duration hasta enero de 2027. A esto se suma una Lelink con vencimiento en abril, instrumentos CER con cierres en julio y noviembre de 2026, más dos Boncer a junio de 2027 y 2028, junto con una Letam a agosto.
Los vencimientos brutos ascienden a $9,4 billones, aunque el análisis por acreedor permite relativizar la magnitud del esfuerzo. Cerca de $2,7 billones están en poder del FGS y otros $1,1 billones corresponden al Banco Nación, lo que reduce la presión efectiva del mercado.
Del total en manos privadas, estimado en $5,6 billones, apenas $0,6 billones corresponden a bancos privados y $0,8 billones a fondos comunes de inversión.
En el medio, el optimismo por la deuda argentina crece:
Licitación: Menor presión tras canjes y señales de mayor liquidez
El frente de vencimientos ya había sido parcialmente descomprimido. El canje de la Lelink D30E6 logró una adhesión del 59,5%, lo que permitió reducir compromisos por $3,5 billones, desde $13,0 billones a los actuales $9,4 billones.
A su vez, el Tesoro realizó un canje adicional con el BCRA, intercambiando tenencias del Boncap T30E6 por una canasta de títulos a abril y junio de 2027, en partes iguales, aunque sin montos oficiales aún difundidos.
Pese a este alivio, la licitación llega con una exigencia elevada de refinanciación. Los depósitos en pesos del Tesoro en el Banco Central se ubican en $2,3 billones, el nivel más bajo desde mayo de 2024, lo que obliga a alcanzar un roll over alto para evitar tensiones financieras.
Sin embargo, el contexto luce más favorable que en licitaciones previas. Las señales de liquidez son claras y reducen el riesgo de un nuevo endurecimiento del llamado Punto Anker. La caución a un día cerró en 24,5% en promedio ponderado, muy lejos de los niveles superiores al 40% que se habían observado en la antesala de la licitación anterior.
Este dato refleja un mercado menos estresado y con mayor disponibilidad de pesos para absorber deuda.
Preferencias claras en la curva y apuesta al CER
Dentro del menú ofrecido, el foco del mercado se concentra en algunos instrumentos puntuales. Se destacan la nueva Lecer con vencimiento en julio de 2026, el Boncap T15E7 y el Boncer TZX28, que combina mayor duration con una tasa real atractiva.
En el tramo corto, la preferencia sigue inclinándose hacia los títulos ajustados por CER, en un contexto donde los indicadores de alta frecuencia vienen mostrando una inflación algo más elevada.
Este escenario es consistente con la expectativa de una inflación transitoriamente más alta durante el primer trimestre de 2026, lo que refuerza el atractivo de los instrumentos indexados.
Al mismo tiempo, la estacionalidad juega en contra de la demanda de dinero, abriendo una ventana para extender plazos en carteras de renta fija en pesos. En ese marco, el T15E7 aparece bien posicionado, ya que los breakevens de inflación en los tramos largos de la curva descuentan un escenario demasiado pesimista. Algo similar ocurre con el TZX28, que rinde en torno a CER más 8,8%, un nivel que habilita apostar a una compresión de tasas reales mientras se captura el carry de una inflación todavía elevada.
Un cierre de mes sin sobresaltos a la vista
Con un menú amplio, mayor liquidez sistémica y una porción relevante de los vencimientos en manos de organismos públicos, el escenario base apunta a una refinanciación completa de los compromisos.
La licitación de mañana aparece menos condicionada por tensiones financieras y más enfocada en la señal que deje sobre la curva en pesos, en un mercado que empieza a mirar con mayor atención la duración y el rendimiento real de los instrumentos ofrecidos.
El proceso de ajuste macroeconómico que atraviesa la Argentina reducirá el impacto positivo del acuerdo comercial entre el Mercosur y la Unión Europea sobre las cuentas externas y la posición soberana del país. Así lo evaluó la calificadora de riesgo Moody’s, que, si bien reconoce un fortalecimiento de los vínculos comerciales y de inversión, subraya que los beneficios serán acotados en el corto plazo por la fragilidad macroeconómica y la fuerte demanda de importaciones durante la transición económica.
La advertencia fue incluida en un informe en el que la agencia analizó las implicancias del cierre de las negociaciones del acuerdo Mercosur–UE, un proceso que se extendió por más de 20 años, y que aún enfrenta obstáculos políticos y legales para su implementación plena. En el caso argentino, Moody’s puso el foco en la combinación entre ajuste macroeconómico, presión sobre las reservas y debilidad de las cuentas externas.
Ajuste macroeconómico y cuentas externas: un límite al impacto soberano
Según Moody’s, “los beneficios soberanos serán más acotados, ya que el país atraviesa un proceso de ajuste macroeconómico”, lo que condiciona el impacto inmediato del acuerdo sobre la economía argentina. En particular, la calificadora advirtió que la fuerte demanda de importaciones prevista durante la etapa de transición económica restringirá el efecto positivo que el tratado podría tener sobre las cuentas externas y las reservas de divisas.
En su análisis, la agencia señaló que, aun cuando el acuerdo con la Unión Europea pueda mejorar el acceso a mercados y favorecer la inserción comercial, los efectos de alivio sobre las debilitadas cuentas externas serán limitados. Este escenario reduce, a su vez, la capacidad del acuerdo para traducirse rápidamente en una mejora de la calificación crediticia soberana.
Moody’s remarcó que la coyuntura interna argentina actúa como un factor de contención sobre los beneficios potenciales del tratado. La necesidad de sostener importaciones en un contexto de transición económica atenúa el impacto positivo que podría derivarse de una mayor apertura comercial y de un eventual aumento de las exportaciones hacia la UE.
Comercio e inversión: un impulso de mediano plazo, con restricciones
A pesar de estas limitaciones, la calificadora reconoció que el acuerdo “fortalecerá los vínculos comerciales y de inversión con la UE, mejorando el desempeño exportador y el ingreso de divisas”. Desde esta perspectiva, el tratado representa una oportunidad estructural para la Argentina y el Mercosur en términos de diversificación de mercados y mejora del perfil exportador.
Sin embargo, Moody’s aclaró que la fragilidad de los indicadores macroeconómicos actuales frena mejoras inmediatas para el Estado argentino. En otras palabras, el impacto positivo del acuerdo se proyecta más hacia el mediano y largo plazo, mientras que en el corto plazo prevalecen las tensiones propias del proceso de ajuste.
El informe subrayó que, a nivel regional, el acuerdo es evaluado de manera positiva para la calidad crediticia de los soberanos del Mercosur, ya que amplía el acceso a mercados y apoya la diversificación comercial. No obstante, los beneficios iniciales aparecen diluidos por factores políticos y macroeconómicos.
Ratificación en pausa y debate ambiental en Europa
Moody’s también advirtió que los beneficios a corto plazo del acuerdo están condicionados por los desafíos políticos en ambas regiones y por el prolongado proceso de ratificación que aún debe atravesar el tratado. En este sentido, la implementación se encuentra actualmente pausada tras la decisión del Parlamento Europeo, el 21 de enero, de solicitar una revisión de legalidad al Tribunal de Justicia de la Unión Europea.
Esa instancia deberá evaluar si el acuerdo restringe la capacidad de Europa para fijar políticas ambientales y de protección al consumidor, en un contexto donde el cumplimiento del Acuerdo de París ocupa un lugar central en el debate político y regulatorio europeo.
Este escenario agrega incertidumbre sobre los plazos efectivos de entrada en vigor del tratado y refuerza la lectura de Moody’s respecto de que, más allá del potencial estructural del acuerdo Mercosur–UE, los beneficios concretos para la Argentina serán graduales y estarán condicionados por el desempeño macroeconómico interno y el marco institucional internacional.
El sector textil sumó un nuevo foco de conflicto este fin de semana con una protesta gremial en la fábrica de las históricas marcas de lencería Cocot y Dufour. Trabajadores de la planta ubicada en el barrio porteño de Parque Chas denunciaron el despido de 140 empleados en los últimos dos meses y una creciente precarización en las condiciones de pago.
La manifestación frente al establecimiento expuso que la empresa comenzó a abonar los sueldos, el aguinaldo y hasta las vacaciones de manera fraccionada y “en cuotas”, alegando falta de fondos pese a mantener la operatividad de las líneas de producción las 24 horas.
El reclamo de los operarios, cuyos salarios rondan los $700.000 por jornadas de nueve horas, apunta no solo a la regularización de los haberes, sino a la defensa de la industria nacional. Durante la protesta, que registró momentos de tensión por la presencia policial para evitar cortes de calle, los empleados denunciaron una maniobra de sustitución de producción local por insumos importados desde China.
“El patrón dice que no hay plata, pero nosotros seguimos trabajando. Las cuentas no esperan y en marzo tenemos que afrontar gastos de escolaridad”, expresaron los manifestantes.__IP__
Retiros voluntarios y ajuste
El conflicto en Cocot se inscribe en un contexto de caída del consumo y ajuste en el sector industrial. Según los testimonios recogidos en la puerta de la fábrica, la firma ofrece retiros voluntarios como mecanismo para continuar reduciendo una plantilla que hoy ronda los 500 operarios, mientras se adeudan bonos y remuneraciones de fin de año.
El Poder Ejecutivo Nacional modificó la Ley N° 22.415 (Código Aduanero) mediante el Decreto de Necesidad y Urgencia 41/2026, dictado el 23 de enero de 2026 y publicado en el Boletín Oficial el 26 de enero. La norma redefine el alcance y las competencias en materia de resoluciones anticipadas para operaciones de importación y exportación, con el objetivo de adecuar la legislación argentina al Acuerdo sobre Facilitación del Comercio de la Organización Mundial del Comercio (OMC), fortalecer la seguridad jurídica y simplificar los procedimientos del comercio exterior.
El DNU introduce cambios centrales en los artículos 226 y 323 del Código Aduanero, delimitando con mayor precisión las atribuciones del servicio aduanero y de la Secretaría de Industria y Comercio del Ministerio de Economía, particularmente en lo referido a las resoluciones anticipadas sobre origen de las mercaderías. La medida se adopta en un contexto de plazos internacionales exigentes, tras la prórroga concedida a la Argentina hasta el 23 de enero de 2026 para la plena implementación de este régimen.
Resoluciones anticipadas: nuevo esquema y distribución de competencias
El decreto sustituye integralmente el artículo 226 del Código Aduanero para importaciones. A partir de la modificación, se establece que las resoluciones anticipadas en materia de clasificación arancelaria, valoración de la mercadería u otros elementos necesarios para la correcta aplicación del régimen tributario, prohibiciones o restricciones serán emitidas por el servicio aduanero, a pedido del importador y antes de la importación.
Estas resoluciones tendrán carácter válido y vinculante para el servicio aduanero, siempre que no se modifique la normativa aplicable ni se alteren los hechos o circunstancias que dieron origen al acto administrativo. Contra dichas decisiones procederá la impugnación prevista en el artículo 1053 del Código Aduanero.
En cambio, las resoluciones anticipadas en materia de origen de la mercadería de importación podrán ser solicitadas ante la Secretaría de Industria y Comercio del Ministerio de Economía, que queda expresamente facultada para emitirlas o delegar esta atribución en una autoridad con rango no inferior a Subsecretario y competencia específica. En este caso, los actos también serán vinculantes tanto para la autoridad emisora como para el servicio aduanero, y podrán ser recurridos mediante los recursos administrativos previstos en la Ley N° 19.549 y el Reglamento de Procedimientos Administrativos (Decreto 1759/72 T.O. 2017).
La normativa fija además un plazo máximo de TREINTA (30) días para la emisión de las resoluciones anticipadas. Si vencido ese plazo no hubiera pronunciamiento, el importador podrá avanzar con la destinación de importación en los términos propuestos, con posibilidad de exigencia de garantías por parte del servicio aduanero, conforme al régimen previsto en el Código.
Cambios equivalentes para exportaciones y adecuación al marco OMC
El artículo 323 del Código Aduanero, referido a exportaciones, fue modificado en términos análogos. El servicio aduanero continuará emitiendo resoluciones anticipadas sobre clasificación arancelaria, valoración y otros aspectos tributarios o restrictivos, mientras que las resoluciones anticipadas sobre origen de la mercadería de exportación quedarán bajo la órbita de la Secretaría de Industria y Comercio.
El esquema replica los mismos principios: carácter vinculante de las resoluciones, plazo máximo de 30 días para su emisión y habilitación de recursos administrativos contra las decisiones en materia de origen. En caso de falta de pronunciamiento en término, el exportador podrá solicitar la destinación de exportación conforme a lo planteado originalmente, con posibilidad de exigencia de garantías.
Estos cambios se articulan con el marco normativo ya vigente, que incluye las Resoluciones Generales de la ex-AFIP N° 5473/23, 5477/23 y 5484/24, mediante las cuales se establecieron los procedimientos para resoluciones anticipadas en clasificación arancelaria, valoración en aduana y criterios técnicos aduaneros. El DNU viene a completar el esquema, incorporando de forma expresa el procedimiento y la autoridad competente en materia de origen, uno de los puntos pendientes para la plena implementación del Acuerdo de Facilitación del Comercio.
Impacto de la medida
Desde el punto de vista económico, el nuevo esquema apunta a reducir la incertidumbre operativa para importadores y exportadores, al permitir conocer de antemano el tratamiento aduanero que recibirán sus mercaderías. En un contexto de comercio internacional competitivo, la posibilidad de contar con resoluciones anticipadas vinculantes y plazos definidos puede incidir directamente en costos logísticos, planificación financiera y toma de decisiones de inversión.
En el plano institucional, el DNU redefine con mayor claridad las competencias entre el servicio aduanero y la autoridad económica con competencia en regímenes de origen, alineando la normativa interna con los compromisos asumidos por la Argentina ante la OMC. Además, refuerza el principio de seguridad jurídica al establecer mecanismos de revisión administrativa y garantizar el debido proceso.
Desde el ángulo político, la utilización de un Decreto de Necesidad y Urgencia se justifica, según los considerandos, en la cercanía del vencimiento del plazo internacional —23 de enero de 2026— y en la imposibilidad de cumplirlo a través del trámite legislativo ordinario. La medida será remitida a la Comisión Bicameral Permanente del Congreso, conforme lo establece la Ley N° 26.122, para su análisis de validez.
El decreto fue dictado por el presidente Javier Milei en acuerdo general de ministros y entró en vigencia el día de su dictado, consolidando un cambio relevante en la arquitectura normativa del comercio exterior argentino.