Dirección General de Rentas

Misiones baja tasas de interés fiscales para facilitar la regularización de deudas

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La Agencia Tributaria Misiones dispuso una reducción generalizada de las tasas de interés aplicables a deudas tributarias y planes de financiación, en una medida orientada a facilitar la regularización fiscal de contribuyentes, comercios, pymes y sectores productivos de la provincia.

La decisión quedó formalizada mediante la Resolución General Nº 08/2026 de la Dirección General de Rentas y comenzará a regir desde el 1° de junio de 2026, previa ratificación del Ministerio de Hacienda, Finanzas, Obras y Servicios Públicos.

El punto más relevante del nuevo esquema es la baja de la tasa de interés para planes de facilidades de pago al 2,5% mensual, lo que implica una reducción del 40% respecto de los niveles previos. Desde la Provincia explicaron que el objetivo es aliviar el costo financiero de quienes busquen regularizar obligaciones fiscales pendientes y evitar que la acumulación de intereses se convierta en un obstáculo para normalizar su situación tributaria.

La medida se enmarca dentro de una estrategia de alivio fiscal y acompañamiento económico impulsada por el Gobierno provincial en un contexto de desaceleración inflacionaria y menor actividad económica, especialmente sobre el comercio y las pequeñas y medianas empresas.

La resolución también fija en 3,5% mensual la tasa de interés resarcitorio para obligaciones fiscales impagas y establece un interés punitorio del 4% mensual para las deudas que deban ser reclamadas judicialmente.

En términos fiscales, la Provincia busca equilibrar dos objetivos: por un lado, facilitar la adhesión a planes de pago y promover el cumplimiento voluntario; por otro, mantener penalidades más elevadas para quienes sostengan conductas dilatorias o lleguen a instancia judicial.

Según se desprende de los fundamentos de la resolución, la actualización responde a la necesidad de “adecuar las tasas de interés aplicables” al actual escenario económico, acompañando la desaceleración de la inflación y generando mejores condiciones para la regularización tributaria.

La reducción tendrá impacto sobre distintos mecanismos de recaudación y permitirá disminuir la carga financiera sobre saldos adeudados, especialmente en contribuyentes que acumulaban intereses elevados bajo esquemas anteriores.

La medida aparece además en línea con otras decisiones recientes de alivio tributario impulsadas por Misiones, como la eliminación del pago a cuenta de Ingresos Brutos en controles de ingreso provincial y la continuidad de bonificaciones para determinados contribuyentes y actividades económicas.

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Misiones actualiza el nomenclador de Ingresos Brutos y redefine códigos para mensajería, datos y créditos

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El Ministerio de Hacienda, Finanzas, Obras y Servicios Públicos de Misiones formalizó la Resolución N° 1513/25, mediante la cual se incorporan y modifican códigos de actividades económicas ante la Agencia Tributaria Misiones. La medida, firmada por el ministro Adolfo Safrán, responde a la necesidad de armonizar el nomenclador provincial con las adecuaciones introducidas por la Comisión Arbitral a través de la Resolución General (C.A.) N° 12/2025, que actualiza el Nomenclador de Actividades Económicas del Sistema Federal de Recaudación (NAES).

Adecuación al nuevo NAES

El NAES -aprobado originalmente por la Resolución General (C.A.) N° 7/2017- es de aplicación obligatoria para los contribuyentes del Convenio Multilateral, quienes deben declarar sus actividades bajo esta codificación tanto al momento de la inscripción como en las declaraciones juradas del Impuesto sobre los Ingresos Brutos.

Con el avance de la digitalización y la expansión de nuevas actividades vinculadas a la economía del conocimiento, la Comisión Arbitral dispuso ajustes técnicos al nomenclador federal. En consecuencia, la provincia de Misiones decidió adecuar su esquema local para mantener coherencia normativa y fiscal.

Qué cambia: códigos sustituidos

La Resolución 1513/25 sustituye cuatro códigos de actividad del Anexo I de la RG 23/2019-DGR:

  • 530090 (Servicios de mensajerías) pasa a 530099 (Servicios de mensajerías n.c.p.).
  • 631110 (Procesamiento de datos) pasa a 631119 (Procesamiento de datos n.c.p.).
  • 631120 (Hospedaje de datos) pasa a 631129 (Hospedaje de datos n.c.p.).
  • 649290 (Servicios de crédito n.c.p.) pasa a 649299 (Servicios de crédito n.c.p.).

En particular, el código vinculado a servicios de crédito comprende el otorgamiento de préstamos por entidades que no reciben depósitos y que operan fuera del sistema bancario tradicional, orientados al financiamiento del consumo, la vivienda u otros bienes.

MISIÓNES | INGRESOS BRUTOS
Equivalencias NAES y alícuotas (RG 23/2019 – Anexo I)
Actividades vinculadas a mensajería, datos, plataformas, criptoactivos, crédito y publicidad digital
Equivalencia Ley XXII N° 25 Equivalencia NAES Clasificador provincial Descripción Alícuota
641000 530091 530091 Servicio de mensajerías puerta a puerta gestionados mediante plataforma de gestión electrónica, portales digitales y/o aplicaciones móviles 5,00 %
641000 530099 530099 Servicios de mensajerías n.c.p. 5,00 %
723000 631111 631111 Servicio de validación criptográfica de datos y/o transacciones vinculadas a criptoactivos 4,00 %
723000 631112 631112 Servicio de validación criptográfica de datos y/o transacciones, excepto las vinculadas a criptoactivos 4,00 %
723000 631119 631119 Procesamiento de datos n.c.p. 4,00 %
724000 631121 631121 Servicios de locación de poder de minado de criptoactivos 4,00 %
724000 631122 631122 Servicios de locación de poder de minado excepto de criptoactivos 4,00 %
724000 631123 631123 Servicio de custodia de criptoactivos 4,00 %
724000 631129 631129 Hospedaje de datos n.c.p. 4,00 %
729000 631203 631203 Servicio de intermediación en la compraventa de bienes muebles, prestación de servicios -excepto financieros- y/o locación de obra mediante plataformas de gestión electrónica, portales digitales y/o aplicaciones móviles 7,80 %
729000 631204 631204 Servicio de intermediación en la prestación de servicios de mensajería gestionados mediante plataformas de gestión electrónica, portales digitales y/o aplicaciones móviles 7,80 %
659891 649299 649291 Sociedades de ahorro y préstamo 5,85 %
659890 649292 649292 Servicios de crédito por parte de proveedores no financieros excepto los otorgados mediante plataformas móviles, portales digitales y/o aplicaciones móviles 6,50 %
659890 649291 649293 Servicios de crédito por parte de proveedores no financieros otorgados mediante plataformas de gestión electrónica, portales digitales y/o aplicaciones móviles 6,50 %
659890 649299 649299 Servicios de crédito n.c.p. 6,50 %
659990 649992 649992 Compraventa e intercambio de criptoactivos por cuenta propia 4,50 %
671990 661993 661993 Servicios destinados a facilitar la gestión de transferencias, compraventa, inversión y/o intercambio de criptoactivos a través de plataformas de gestión electrónica, portales digitales y/o aplicaciones móviles 5,50 %
671990 661994 661994 Servicios de administración, gestión, control y/o procesamiento de cobros y/o pagos. 5,50 %
743000 731002 731003 Servicio de comunicación y/o publicidad de contenido audiovisual que sea utilizado y/o reproducido a través de redes sociales, aplicaciones tecnológicas y/o plataformas digitales y otras actividades económicas vinculadas a creadores de contenido. 5,00 %
Fuente: Boletín Oficial de Misiones Formato: cuadro para embed

Obligación de reempadronamiento

Los contribuyentes inscriptos bajo los códigos sustituidos deberán realizar el trámite de modificación de actividades conforme a los procedimientos vigentes.

El plazo para adecuarse será:

  • Hasta el término previsto en el artículo 4° de la RG N° 12/2025 de la Comisión Arbitral, para contribuyentes de Convenio Multilateral.
  • Hasta el vencimiento de la declaración jurada del período enero de 2026, para contribuyentes directos.

En caso de no efectuar el trámite en tiempo y forma, la Dirección General de Rentas procederá al reempadronamiento de oficio y automático bajo los nuevos códigos 530099, 631119, 631129 o 649299, según corresponda.

Facultades de la DGR y vigencia

La resolución faculta expresamente a la Dirección General de Rentas a adoptar las medidas administrativas necesarias para su implementación.

La norma entró en vigencia el 1 de enero de 2026 y fue publicada en el Boletín Oficial de la Provincia de Misiones el 20 de febrero de 2026.

Con esta actualización, el Ministerio de Hacienda busca mantener alineada la estructura tributaria provincial con los cambios tecnológicos y económicos que impactan en la base imponible del Impuesto sobre los Ingresos Brutos, especialmente en sectores vinculados a servicios digitales, logística y financiamiento no bancario.

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Misiones actualizó los cargos mínimos del Impuesto Inmobiliario y elevó el tope para acceder a bonificaciones

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El Gobierno de Misiones dispuso una actualización integral de los cargos mínimos del Impuesto Inmobiliario y elevó de $1.000.000 a $1.500.000 el monto máximo de impuesto determinado que habilita el acceso a bonificaciones por pago en término y pago contado. La medida fue formalizada mediante la Resolución N° 1427, firmada el 26 de diciembre de 2025 por el Ministerio de Hacienda, Finanzas, Obras y Servicios Públicos, y tendrá vigencia a partir de su publicación en el Boletín Oficial, con aplicación al Impuesto Inmobiliario devengado desde el período fiscal 2026 inclusive.

La decisión impacta de manera directa sobre inmuebles urbanos, suburbanos y rurales en toda la provincia y se inscribe en una estrategia de actualización normativa y fortalecimiento de la conducta tributaria, en el marco de las facultades otorgadas al Poder Ejecutivo por la Ley VII – N° 107.

Nuevos cargos mínimos según tipo de inmueble y ubicación

La Resolución N° 1427 modifica el Artículo 3° de la Ley XXII – N° 25 (Ley de Alícuotas), fijando nuevos cargos mínimos del Impuesto Inmobiliario conforme a lo previsto en el Artículo 133° del Código Fiscal (Ley XXII – N° 35).

Para los inmuebles urbanos, se establecen tres escalas diferenciadas. En el caso del Municipio de Posadas, Sección Catastral N° 1, el cargo mínimo se fijó en $93.000. Para Posadas en las secciones catastrales N° 2, 3, 7, 8, 9, 14, 15, 16, 17, 18, 19 y 20, y para sectores específicos de los municipios de Apóstoles, Eldorado, Oberá, Puerto Rico, Iguazú y Leandro N. Alem, el mínimo será de $66.000. En el resto de los municipios y secciones catastrales no comprendidas en los grupos anteriores, el cargo mínimo urbano quedó establecido en $33.000.

En cuanto a los inmuebles suburbanos, el cargo mínimo se fijó en $33.000, mientras que para los inmuebles rurales se estableció una diferenciación por zonas agroeconómicas. Las zonas N° 1, 2 y 10 tendrán un mínimo de $63.000; las zonas N° 6, 12, 16 y 17, $40.500; y las zonas N° 3, 4, 5, 7, 8, 9, 11, 13, 14 y 15, un cargo mínimo de $51.000.

Bonificaciones: sube el umbral para acceder a descuentos

Otro punto central de la resolución es la actualización del límite para acceder a las bonificaciones previstas en los Artículos 6° y 7° de la Ley XXII – N° 25. Hasta ahora, los beneficios quedaban excluidos para los contribuyentes cuya sumatoria del Impuesto Inmobiliario determinado superara $1.000.000 en el ejercicio inmediato anterior.

Con la nueva normativa, ese umbral se eleva a $1.500.000, tanto para la bonificación del 10% por pago contado del total del impuesto dentro del plazo de la primera cuota anual, como para la bonificación del 5% por pago en término de cada cuota. De este modo, un mayor universo de contribuyentes podrá acceder a los incentivos fiscales, siempre que se mantenga por debajo del nuevo tope establecido.

Fundamentos fiscales y alcance institucional

En los considerandos, el Ministerio de Hacienda fundamentó la medida en la necesidad de mejorar la eficiencia y eficacia en la administración tributaria, promoviendo el cumplimiento voluntario y espontáneo de las obligaciones fiscales. La actualización de cargos mínimos y de los montos de referencia para bonificaciones responde, además, a la evolución de los valores fiscales y a la necesidad de preservar la consistencia del sistema impositivo provincial.

La resolución faculta expresamente a la Dirección General de Rentas a dictar los actos administrativos necesarios para su implementación y operatividad. En términos institucionales, la norma consolida el uso de las atribuciones delegadas por la Legislatura al Poder Ejecutivo para adecuar tributos, alícuotas y regímenes de incentivos, en línea con la normativa vigente.

Impacto esperado

La actualización tendrá impacto directo en la liquidación del Impuesto Inmobiliario 2026, tanto en áreas urbanas de mayor valuación como en zonas rurales, donde la segmentación por regiones agroeconómicas introduce diferencias relevantes. Al mismo tiempo, la suba del tope para acceder a bonificaciones busca amortiguar el impacto del aumento de los cargos mínimos, incentivando el pago en término y de contado.

Desde el punto de vista fiscal, la medida apunta a sostener la recaudación provincial sin resignar herramientas de estímulo al cumplimiento, en un contexto donde la previsibilidad tributaria resulta clave para propietarios urbanos, productores rurales y el conjunto de los contribuyentes misioneros.

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Rentas continuará con atención online durante la cuarentena obligatoria

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La Dirección General de Rentas de Misiones seguirá brindando servicios de manera online durante la cuarentena obligatoria, teniendo en cuenta el rol elemental del organismo en la provincia. Estarán habilitados los siguientes canales: teléfono 0810-444-5505, sitio web www.dgr.misiones.gov.ar y Facebook @DGRMisiones.

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En noviembre la recaudación de Rentas tuvo la mayor caída desde la salida del “cepo” cambiario y Misiones considera congelar rebajas en IIBB para 2019

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La recaudación de la Dirección General de Rentas de Misiones en noviembre fue de 1.300 millones de pesos y registró la mayor caída en términos reales desde los primeros meses de 2016, cuando Mauricio Macri llegó a la Casa Rosada. En ese entonces, la salida del “cepo”, la disparada del dolar y el sinceramiento tarifario hizo desplomar las recaudaciones provinciales y la Nacional.
Según los datos a los que accedió Economis, la recaudación de la DGR en el anteúltimo mes del año representó un incremento de 31,5% respecto al mismo mes del año anterior. Algo que contrasta con una inflación de 48,5% según el INDEC en el mismo período. Es decir, una brecha de 17 puntos por debajo de la inflación para la recaudación.
Misiones venía resistiendo muy bien los avatares de un año donde la corrida cambiaria y la suba de las tasas de interés le pegaron fuerte a la actividad en el segundo semestre. Hasta agosto la recaudación de la DGR le ganaba a la inflación. O sea, crecía en términos reales.
Sin embargo, en septiembre la recaudación provincial empezó a quedar rezagada y esa brecha se está profundizando desde entonces, mes a mes.
Recaudación
En octubre la recaudación de la DGR fue de 1.200 millones con un aumento de 29,7% respecto al año anterior. En ese mismo lapso, la inflación interanual había alcanzado 45,9%. En esa caso, la brecha fue de 16 puntos.
En tanto, en septiembre, como informó anteriormente Economis, la DGR recaudó 1.177 millones de pesos, lo cual es un 28,7% más que el mismo mes del año pasado. En ese caso, la brecha contra la inflación fue de casi 12 puntos, ya que el incremento de los precios medido por el INDEC alcanzó el 40,5%.
“La recaudación de Rentas no está ajena a lo que ocurre en el país y a lo que sucede con la recaudación de la AFIP”, explicó a Economis, una fuente del organismo recaudador.
Las rebajas del Pacto Fiscal, en duda
El panorama es preocupante para la provincia, teniendo en cuenta que los ingresos de la DGR explican aproximadamente 3 de cada 10 pesos que le ingresan al Tesoro de Misiones.
Es por eso que fuentes de la Dirección General de Rentas comentaron que contemplan para el año que viene no avanzar con el cronograma de reducción de alícuotas a los Ingresos Brutos que impone el Pacto Fiscal. Esta cuestión se está debatiendo también en otras provincias, que consideran que Macri incumplió los compromisos del Pacto cuando empezó a modificar y eliminar recursos que ya estaban contemplados dentro del acuerdo (fondo de la soja, subsidios a los colectivos, etc) para poder alcanzar el déficit cero y cumplir las metas con el FMI.
Misiones es una de las provincias que más y mejor recauda en el país. La DGR tiene la octava recaudación de la Argentina y los recursos que obtiene por Ingresos Brutos son superiores a los que generan Corrientes, Chaco y Formosa juntas. Estas provincias son beneficiadas con una mayor alícuota de Coparticipación en relación a sus habitantes que Misiones.
En rigor, Misiones, es la provincia más perjudicadas en el reparto de la Coparticipación luego de la firma del Pacto Fiscal, que implicó una reparación histórica para Buenos Aires y recursos adicionales anuales equivalentes a $60.000 millones.
Es por eso que Misiones está “obligada” a tener un organismo recaudador sumamente eficaz para paliar esta inequidad, lo cual -naturalmente-, genera el rechazo de los contribuyentes.
 
SE DESPLOMA EL SEGUNDO INGRESO DE MISIONES (RECAUDACIÓN DGR)
MONTO                       VS. 2017                   INFLACIÓN 12 MESES
NOVIEMBRE      $1.300 millones              31,5%                        48,5%
OCTUBRE            $1.200 millones              29,7%                        45,9%
SEPTIEMBRE      $1.177 millones               28,7%                        40,5%
Fuente: Economis sobre la base de datos DGR e INDEC

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