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ANSES ajusta las jubilaciones desde julio: el haber mínimo sube a $411.989 y se actualizan las bases previsionales

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La Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) oficializó una actualización del 2,15% para las jubilaciones, pensiones y parámetros previsionales que comenzará a regir con los haberes de julio. La medida replica la variación del Índice de Precios al Consumidor (IPC) de mayo y consolida el esquema de movilidad mensual vigente. Para el mercado interno, el impacto se concentra en la capacidad de consumo de millones de beneficiarios, mientras que para empleadores y estudios contables también implica nuevos valores para las bases imponibles del sistema previsional.

La actualización fue establecida mediante la Resolución 186/2026, publicada en el Boletín Oficial. Con este ajuste, el haber mínimo garantizado pasa a $411.989,33, mientras que el haber máximo asciende a $2.772.298,06. La Prestación Básica Universal (PBU) se ubicará en $188.466,31 y la Pensión Universal para el Adulto Mayor (PUAM) alcanzará $329.591,46.

El incremento responde al mecanismo de movilidad implementado por el Decreto de Necesidad y Urgencia 274/2024, que sustituyó la fórmula anterior por un esquema de actualización mensual atado a la inflación medida por el INDEC. Para julio, la variación aplicada corresponde al IPC de mayo: 2,15%.

En provincias del NEA, donde la participación de jubilaciones, pensiones y asignaciones dentro del ingreso disponible de los hogares tiene un peso significativo en numerosas economías locales, cada actualización previsional repercute sobre el consumo cotidiano. Comercios minoristas, farmacias, supermercados y prestadores de servicios suelen captar parte de esos ingresos durante los primeros días del calendario de pagos.

Sin embargo, el ajuste también mantiene el ritmo de indexación de las obligaciones previsionales para empleadores. La resolución redefine las bases imponibles utilizadas para calcular aportes y contribuciones al Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA), un dato relevante para empresas, áreas de recursos humanos y estudios contables.

Los principales cambios desde julio

Entre las modificaciones oficializadas se destacan:

  • Haber mínimo: $411.989,33.
  • Haber máximo: $2.772.298,06.
  • Prestación Básica Universal (PBU): $188.466,31.
  • Pensión Universal para el Adulto Mayor (PUAM): $329.591,46.
  • Base imponible mínima para aportes: $138.757,90.
  • Base imponible máxima: $4.509.567,41.

En el caso de quienes perciben el haber mínimo y continúan recibiendo el bono extraordinario de $70.000, el ingreso total alcanzará $481.989,33. La resolución difundida por ANSES únicamente actualiza los haberes previsionales; el bono mantiene el mismo valor nominal que viene aplicándose desde marzo de 2024.

Qué significa para empresas y trabajadores

La actualización mensual no sólo modifica los ingresos de jubilados y pensionados. También redefine parámetros técnicos utilizados en la liquidación previsional de trabajadores activos.

Las nuevas bases imponibles determinan el rango sobre el cual se calculan los aportes personales y contribuciones patronales previstos en la Ley 24.241, por lo que su actualización resulta relevante para empleadores privados, organismos públicos y profesionales dedicados a la administración laboral.

Además, la resolución establece que las remuneraciones de quienes soliciten su jubilación desde el 1 de julio de 2026 continuarán actualizándose conforme los índices fijados por la Subsecretaría de Seguridad Social para el cálculo del haber inicial.

La movilidad mensual mantiene alineadas las prestaciones previsionales con la inflación, pero también consolida un esquema en el que tanto ingresos previsionales como parámetros laborales se modifican todos los meses. Para empresas y actores económicos, la previsibilidad dependerá de la evolución del IPC y de la continuidad del bono extraordinario, cuya actualización permanece desacoplada de la fórmula de movilidad.

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ANSES ajusta 2,15% las asignaciones familiares desde julio

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La Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) oficializó un incremento del 2,15% en las asignaciones familiares, la Asignación Universal por Hijo (AUH) y los límites de ingresos del grupo familiar que determinan el acceso a estos beneficios. La actualización comenzará a regir para las prestaciones correspondientes a julio de 2026 y replica la variación del Índice de Precios al Consumidor (IPC) de mayo, siguiendo el esquema de movilidad mensual vigente.

La medida, formalizada mediante la Resolución 187/2026, tiene un alcance que trasciende a los beneficiarios directos. Para las economías regionales, especialmente en provincias como Misiones y el resto del NEA, donde una porción significativa del consumo depende de ingresos provenientes de prestaciones sociales, la actualización representa un refuerzo del ingreso disponible de miles de hogares, aunque en línea con la inflación y sin generar una mejora del poder adquisitivo real.

El ajuste responde al mecanismo de movilidad establecido tras la reforma previsional vigente, que dispone la actualización mensual de las asignaciones familiares utilizando como referencia la evolución del IPC publicado por el INDEC.

Además de incrementar los montos, la resolución actualiza los rangos de ingresos del grupo familiar (IGF) que determinan cuánto percibe cada trabajador registrado, jubilado, monotributista o beneficiario alcanzado por el régimen.

Uno de los aspectos relevantes para empleadores y áreas de recursos humanos es que si uno de los integrantes del grupo familiar percibe ingresos superiores a $3.034.844 mensuales, el grupo queda excluido del cobro de asignaciones familiares, aun cuando la suma total de ingresos permanezca por debajo del límite general establecido.

Cuáles son los principales montos desde julio

Entre las prestaciones con mayor alcance se destacan los nuevos valores de la Asignación Universal por Hijo (AUH) y de las asignaciones familiares para trabajadores registrados.

Los principales valores serán:

  • AUH y Asignación por Embarazo: $148.049.
  • AUH Zona Patagónica: $192.464.
  • Asignación Familiar por Hijo (primer rango de ingresos): $74.033.
  • Asignación por Hijo con Discapacidad: hasta $241.041, según ingresos familiares.
  • Nacimiento: $86.295.
  • Matrimonio: $129.209.
  • Adopción: $515.930.
  • Ayuda Escolar Anual: $55.672.

Para los monotributistas, las asignaciones por hijo y prenatal continuarán diferenciándose por categoría:

  • Categoría A: $74.033.
  • Categoría B: $49.940.
  • Categoría C: $30.206.
  • Categorías D a H: $15.586.

Impacto en el consumo y en las economías regionales

Aunque el incremento mantiene el poder de compra frente a la inflación, su efecto económico adquiere mayor relevancia en localidades donde las transferencias sociales representan una parte importante de los ingresos familiares.

En el NEA, el aumento alcanza no sólo a titulares de la AUH, sino también a trabajadores registrados, beneficiarios del Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA), veteranos de guerra, perceptores de prestaciones por desempleo y pequeños contribuyentes adheridos al Monotributo.

Desde la perspectiva comercial, estas actualizaciones sostienen parte del consumo de bienes esenciales —alimentos, medicamentos, indumentaria escolar y productos de primera necesidad—, segmentos con fuerte presencia de pequeñas y medianas empresas regionales.

Qué cambia para empleadores y trabajadores

La resolución también actualiza los parámetros utilizados para determinar el acceso a las asignaciones familiares dentro del empleo formal.

Entre los aspectos que deberán considerar empresas y trabajadores figuran actualización del 2,15% en todos los montos alcanzados por movilidad. Nuevos rangos de ingresos familiares para calcular las asignaciones. Exclusión automática del beneficio cuando un integrante supere ingresos mensuales de $3.034.844. Vigencia para prestaciones y hechos generadores ocurridos desde julio de 2026.

La continuidad del esquema de actualización mensual consolida un mecanismo que evita el rezago de las prestaciones frente a la inflación, pero también implica que los ingresos de los beneficiarios evolucionen al ritmo de los precios y no por encima de ellos. Para el comercio minorista y las economías regionales, el principal indicador será si la desaceleración inflacionaria permite que futuras actualizaciones comiencen a traducirse en una recuperación efectiva del consumo interno.

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Duomo acelera su expansión y abrió su primera heladería en la capital de Corrientes

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La expansión de una de las marcas gastronómicas más emblemáticas de Misiones suma un nuevo capítulo. Duomo inauguró su primera heladería en la ciudad de Corrientes, un desembarco largamente esperado por los consumidores correntinos y que marca un paso estratégico en el crecimiento regional de la empresa fundada por el empresario misionero Carlos Lancioni.

El nuevo local abrió sus puertas en Fray José de la Quintana 1203, esquina Mendoza, convirtiéndose en la sucursal número 89 de la cadena. “Nuestros amigos correntinos lo venían pidiendo hace mucho tiempo y hoy ya es una realidad”, celebró la empresa al anunciar la apertura del local, que busca convertirse en un nuevo punto de encuentro para vecinos y visitantes.

La apuesta, sin embargo, no termina allí. La empresa confirmó una nueva inversión en la capital misionera: adquirió la tradicional esquina de Colón y Sarmiento, donde proyecta instalar una segunda heladería, consolidando su presencia en uno de los principales mercados del Nordeste argentino. 

La llegada a la capital de Corrientes representa un nuevo hito para una firma que nació hace más de tres décadas en Posadas y que hoy se convirtió en una de las mayores cadenas de heladerías del NEA.

Actualmente, Duomo produce más de 1,3 millones de kilos de helado por año, cuenta con 89 heladerías en Misiones y presencia en Corrientes, Chaco y Entre Ríos, además de una red de franquicias que continúa creciendo. En total, alrededor de 500 personas trabajan directa e indirectamente vinculadas a la empresa.

Del esfuerzo personal a una red de franquicias

Detrás de ese crecimiento está la historia de Carlos Lancioni, quien comenzó prácticamente desde cero.

En una entrevista concedida a Economis, recordó que abrió su primer local alquilado en Posadas trabajando completamente solo: era heladero, cajero, vendedor e incluso albañil durante las refacciones.

“Yo estaba buscando una actividad que me permitiera trabajar por mi cuenta. Después de haber trabajado en una heladería en Alemania entendí que no necesitaba inventar un negocio revolucionario: necesitaba hacer mejor las cosas”, recordó.

Durante los primeros años vendía helados de otra marca hasta que comenzó a fabricar su propia producción con una pequeña máquina instalada inicialmente en su vivienda.

“Los primeros tres años me convenía económicamente ser empleado. Pero estaba convencido de que iba a funcionar”, explicó.

Lancioni sostiene que el diferencial de Duomo nunca fue únicamente el producto, sino la combinación entre calidad y atención al cliente. “La calidad no se puede tocar. Solo se puede mejorar. Ese es nuestro compromiso con quien entra a comprar un helado”, afirmó.

La expansión mediante franquicias también responde a esa lógica. La empresa selecciona cuidadosamente las ubicaciones para evitar saturar mercados y proteger la rentabilidad de quienes invierten en la marca.

“No nos interesa abrir heladerías solamente para vender más desde la fábrica. Queremos que al franquiciado también le vaya bien”, explicó.

El empresario reconoce que el contexto económico sigue siendo complejo para un producto considerado de consumo recreativo. “El helado no es una necesidad básica. La gente viene a darse un gusto y cuando el poder adquisitivo cae muchas veces posterga esa compra”, señaló.

Aun así, destacó que la estrategia de la empresa continúa siendo mantener un producto de calidad con precios accesibles, sin resignar estándares de elaboración.

La apertura en Corrientes y la confirmación de un segundo local sobre una de las esquinas comerciales más importantes de la ciudad muestran que, pese a la desaceleración del consumo, Duomo mantiene su plan de inversiones y apuesta a seguir consolidándose como una marca regional nacida en Misiones.

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Agricultura actualiza el marco regulatorio para microorganismos genéticamente modificados y acelera los procesos de evaluación

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La Secretaría de Agricultura, Ganadería y Pesca oficializó un nuevo régimen para la evaluación y autorización de actividades vinculadas con microorganismos genéticamente modificados (MGM), con el objetivo de modernizar el sistema regulatorio argentino, reducir la dispersión normativa y brindar mayor previsibilidad a las empresas e instituciones que desarrollan proyectos de biotecnología aplicada al agro.

La medida fue establecida mediante la Resolución 96/2026, publicada este lunes en el Boletín Oficial, y reemplaza las resoluciones 5/2018 y 52/2019, que hasta ahora regulaban los ensayos experimentales y los procesos de liberación comercial de microorganismos genéticamente modificados.

La decisión se inscribe dentro del nuevo marco general para organismos genéticamente modificados fijado por el Ministerio de Economía a comienzos de este año y busca adecuar la regulación a los avances científicos registrados durante los últimos años, incorporando tecnologías que no estaban contempladas en la normativa anterior.

Uno de los principales cambios consiste en la creación de un procedimiento único para tres tipos de trámites: la autorización de ensayos experimentales en condiciones controladas con microorganismos genéticamente modificados viables, la evaluación de bioseguridad como requisito previo a la autorización comercial y la certificación de ausencia de microorganismos viables en productos derivados de estos desarrollos.

La resolución establece que todas las evaluaciones continuarán siendo realizadas por la Comisión Nacional Asesora de Biotecnología Agropecuaria (CONABIA), con intervención de la Coordinación de Innovación y Biotecnología de la Dirección Nacional de Bioeconomía. El análisis deberá efectuarse caso por caso, considerando evidencia científica y técnica específica para cada desarrollo.

Plazos definidos y mayor previsibilidad para las empresas

Uno de los aspectos centrales de la nueva regulación es la incorporación de un plazo máximo de 90 días hábiles administrativos para concluir la evaluación técnica de las solicitudes, aunque el cómputo podrá suspenderse cuando el organismo requiera información adicional al solicitante o existan modificaciones sustanciales del proyecto presentado.

El Gobierno sostiene que la fijación de plazos claros busca otorgar mayor previsibilidad a empresas, universidades y centros de investigación que desarrollan proyectos biotecnológicos, reduciendo tiempos administrativos sin alterar los estándares de bioseguridad.

La resolución también incorpora mecanismos de consulta previa opcionales, que permitirán a los desarrolladores presentar proyectos preliminares para resolver criterios regulatorios antes del inicio formal del trámite. Estas consultas deberán responderse en un máximo de 30 días hábiles.

Bioseguridad y control durante todo el proceso

El nuevo régimen mantiene un fuerte énfasis en los controles de bioseguridad. Toda liberación experimental requerirá autorización previa y estará sujeta a inspecciones del SENASA antes, durante y después del ensayo. Asimismo, los responsables deberán informar cualquier incidente, desviación o escape del microorganismo dentro de plazos específicos y ejecutar los protocolos de contingencia previamente aprobados.

La normativa también obliga a llevar registros permanentes de actividades y existencias mediante libros rubricados, informar avances semestrales y presentar un informe final una vez concluido cada ensayo experimental.

En paralelo, se establecen obligaciones adicionales para los ensayos con animales de producción, que deberán cumplir las normas vigentes sobre bienestar animal y garantizar la correcta identificación de los ejemplares utilizados.

Impulso a la bioeconomía y articulación regulatoria

Desde la Secretaría de Agricultura argumentan que la actualización normativa permitirá fortalecer el desarrollo de la bioeconomía, facilitar la transferencia tecnológica hacia el sector productivo y mejorar la coordinación entre los distintos organismos competentes en materia de bioseguridad, inocuidad alimentaria, bioinsumos y productos fitosanitarios.

El texto oficial destaca que la experiencia acumulada durante los últimos años evidenció la necesidad de unificar procedimientos, eliminar superposiciones regulatorias y adaptar la normativa a las nuevas herramientas biotecnológicas que comenzaron a utilizarse tanto en la producción agropecuaria como en procesos agroindustriales.

En esa línea, el Gobierno busca consolidar un esquema regulatorio que combine mayores niveles de previsibilidad para la inversión privada con criterios técnicos uniformes para la evaluación de riesgos, en un contexto donde la biotecnología aparece como uno de los sectores estratégicos para incrementar la productividad y el valor agregado de las cadenas agroalimentarias argentinas.

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ARCA prorrogó hasta el 31 de julio la presentación de balances para Ganancias

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La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) extendió hasta el 31 de julio de 2026 el plazo para presentar la documentación contable exigida en el Impuesto a las Ganancias para sociedades, empresas unipersonales, fideicomisos y otros contribuyentes con cierre de ejercicio en diciembre de 2025. La medida responde a un pedido de entidades representativas de profesionales en ciencias económicas y otorga un margen adicional para cumplir con una de las obligaciones fiscales más relevantes del calendario empresarial.

La decisión quedó formalizada mediante la Resolución General 5871/2026, publicada este martes en el Boletín Oficial, y modifica de manera puntual los vencimientos previstos por la Resolución General 4.626. El cambio no altera la determinación del impuesto ni introduce modificaciones en el régimen de Ganancias, sino que posterga exclusivamente la fecha límite para remitir la Memoria, los Estados Contables, el Informe del Auditor y la documentación complementaria correspondiente al ejercicio cerrado en diciembre de 2025.

Para el universo empresario, especialmente las sociedades comerciales que confeccionan balances bajo normas contables, la medida representa un alivio administrativo en un período de elevada carga de obligaciones fiscales y societarias.

Más tiempo para cumplir una obligación clave del calendario fiscal

La resolución alcanza a los contribuyentes comprendidos en los incisos a), b), c), d) y e), y en el último párrafo del artículo 53 de la Ley de Impuesto a las Ganancias, que llevan un sistema contable que permite confeccionar balances comerciales.

Hasta ahora, esos contribuyentes debían cumplir con la presentación documental dentro de los plazos establecidos por la Resolución General 4.626. Sin embargo, ARCA consideró procedente extender el vencimiento luego de recibir solicitudes formuladas por diversas entidades representativas de profesionales en ciencias económicas, que plantearon la necesidad de contar con un plazo adicional para completar la documentación requerida.

La prórroga alcanza únicamente a los cierres de ejercicio producidos durante diciembre de 2025 y fija como nueva fecha límite el 31 de julio de 2026, inclusive.

Impacto para empresas, estudios contables y la planificación financiera

La medida tiene un efecto principalmente operativo, aunque relevante para la gestión empresarial. La confección de estados contables auditados requiere la intervención coordinada de áreas administrativas, estudios contables, auditores externos y órganos societarios, un proceso que suele concentrarse durante el primer semestre del año.

Para empresas del NEA —incluyendo industrias forestales, yerbateras, tealera, agropecuarias, comerciales y de servicios organizadas bajo figuras societarias— la extensión del plazo reduce la presión administrativa en el cierre del ejercicio fiscal y permite distribuir mejor los tiempos de elaboración y revisión de la documentación.

También representa un beneficio para los estudios profesionales, que concentran gran parte del trabajo de auditoría y certificación durante este período, especialmente en provincias donde una misma firma atiende un amplio número de pequeñas y medianas empresas.

Entre los principales efectos de la resolución se destacan:

  • Nuevo vencimiento: 31 de julio de 2026 para la presentación de la documentación contable.
  • Alcance: sociedades, empresas unipersonales, fideicomisos y demás sujetos comprendidos por la Resolución General 4.626.
  • Beneficio: mayor margen para presentar Memoria, Estados Contables, Informe del Auditor y documentación adicional.
  • No modifica: la determinación del Impuesto a las Ganancias ni el régimen tributario vigente.

Una respuesta administrativa a un planteo profesional

ARCA fundamentó la decisión en los pedidos realizados por organizaciones que representan a profesionales en ciencias económicas, quienes advirtieron sobre la necesidad de ampliar los plazos para completar la documentación exigida por el organismo recaudador.

La resolución también señala que intervinieron en su elaboración la Dirección de Legislación y las Subdirecciones Generales de Asuntos Jurídicos, Fiscalización, Recaudación e Institucional, lo que evidencia un tratamiento transversal dentro del organismo.

Aunque se trata de una modificación acotada, la decisión confirma que ARCA mantiene la posibilidad de introducir ajustes puntuales en el calendario tributario cuando existen fundamentos operativos que justifican la flexibilización de determinados vencimientos.

Para las empresas, el foco ahora estará puesto en aprovechar el nuevo plazo sin postergar la preparación de la información financiera, ya que la prórroga no modifica las obligaciones sustanciales ni elimina la necesidad de cumplir con los requisitos establecidos por el régimen vigente.

La extensión beneficia únicamente a los ejercicios cerrados en diciembre de 2025 y no implica un cambio permanente en el esquema de vencimientos del Impuesto a las Ganancias. Para el sector privado, será relevante observar si ARCA mantiene este criterio de flexibilidad ante futuros pedidos de los consejos profesionales o si la medida queda circunscripta al calendario fiscal 2026.

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