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El ENARGAS habilita consulta pública para modernizar el régimen de estaciones de GNC

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El Ente Nacional Regulador del Gas (ENARGAS) abre consulta pública para actualizar el régimen de estaciones de GNC: nuevo marco regulatorio para el sector

ENARGAS dispuso la apertura de una consulta pública de 20 días para actualizar el régimen de estaciones de carga de GNC vehicular y las pautas del seguro de caución obligatorio. La medida, publicada el 26 de noviembre de 2025, apunta a modernizar reglas, reforzar la seguridad operativa y mejorar la fiscalización en un segmento clave de la matriz energética argentina.

Un nuevo marco regulatorio para el GNC: modernización y supervisión reforzada

El ENARGAS oficializó, mediante la Resolución 900/2025 (RESOL-2025-900-APN-DIRECTORIO#ENARGAS), la apertura de un proceso de consulta pública destinado a actualizar el “Régimen para Estaciones de Carga de GNC Vehicular” y las “Pautas Mínimas del Seguro de Caución Obligatorio para Estaciones de Carga de GNC Vehicular”, incorporados como Anexo I e II.

La iniciativa se sustenta en el Informe IF-2025-128790965-APN-GIYN#ENARGAS, elaborado por la Gerencia de Innovación y Normalización. El organismo técnico sostuvo allí que: “…la reforma configura un marco regulatorio mucho más claro, riguroso y moderno, que no solo mejora la transparencia y la fiscalización del sistema, sino que también fortalece la seguridad operacional, y la capacidad de respuesta del ENARGAS y de los actores del sector frente a los desafíos actuales de la industria del GNC vehicular”.

La consulta pública tendrá una duración de 20 días hábiles administrativos, a partir de su publicación en el Boletín Oficial, período en el cual los interesados podrán presentar comentarios formales sin carácter vinculante.

El expediente completo (EX-2025-126509897-APN-GIYN#ENARGAS) queda disponible en la sede central del organismo, ubicada en Suipacha 636 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y en sus delegaciones regionales

Ejes de la actualización: seguridad, responsabilidad y trazabilidad digital

El nuevo régimen propone adecuaciones sustantivas sobre el funcionamiento, control y obligaciones de las estaciones de GNC, los habilitadores, los representantes técnicos y los responsables de mantenimiento.

Entre los aspectos centrales incluidos en los Anexos se destacan:

Refuerzo del sistema de habilitación y control

El régimen actualizado exige: Inspecciones trimestrales obligatorias por parte del habilitador. Actas en duplicado, numeradas y cargadas en el Registro Informático Centralizado (RIC). Envío mensual de todos los registros al ENARGAS dentro de los primeros 10 días hábiles. Se mantiene la posibilidad de auditorías programadas o sorpresivas por parte del ente regulador.

Escala de sanciones claras y graduadas

Las estaciones, representantes técnicos y responsables de mantenimiento podrán recibir: Apercibimiento. Multa. Suspensión de habilitación (1 a 90 días). Inhabilitación definitiva.

Las sanciones se graduarán según gravedad, reiteración, afectación a usuarios y al interés público, y posibles intentos de ocultamiento.

Seguro obligatorio y caución reforzada

Según el Anexo II, todas las estaciones deberán contar con: Seguro de responsabilidad civil con evaluación de riesgo previa a la renovación. Seguro de caución obligatorio, destinado a garantizar el cumplimiento continuo de requisitos técnicos y de funcionamiento durante toda la habilitación.

Control operativo sobre vehículos abastecidos

El régimen especial establece que cada estación debe verificar, previo a cada carga, la vigencia de las obleas obligatorias: Equipo completo para GNC (Res. ENARGAS 3442/2006). VPGN NAG-451. VPGN NAG-452.

El incumplimiento determina prohibición de carga. Las infracciones generan sanciones progresivas que van desde cortes de suministro de 24 horas, 2 días, 5 días, hasta suspensión o inhabilitación definitiva.

Transición hacia el nuevo Ente Regulador de Gas y Electricidad

La resolución cita el Decreto 452/2025, que constituyó el nuevo Ente Nacional Regulador del Gas y la Electricidad, previsto por la Ley 27.742. Aunque aún se encuentra en etapa de conformación, el decreto estableció que: “…mantendrán su vigencia las actuales unidades organizativas del ENARGAS (…) y las responsabilidades, competencias y funciones asignadas en el marco legal y reglamentario vigente”.

En este marco de transición institucional, el ENARGAS ejerce plenamente sus facultades bajo el Artículo 51 de la Ley 24.076 (T.O. 2025), que lo habilita a dictar reglas de seguridad, normas técnicas y procedimientos para el gas natural comprimido.

Además, se destaca la obligación de asegurar la publicidad de las decisiones, incluyendo sus antecedentes, reforzando el principio de transparencia administrativa.

Qué implica la consulta pública para el mercado del GNC

El segmento del GNC vehicular representa un mercado estratégico para el transporte liviano y comercial, con impacto directo en: Inversión en estaciones y mejoras de infraestructura. Costos operativos asociados a inspecciones, seguros y mantenimiento. Niveles de cumplimiento regulatorio y eventuales sanciones. Trazabilidad de equipamiento y certificaciones técnicas.

La actualización normativa tiende a homogeneizar estándares, reducir riesgos operativos y mejorar la capacidad de fiscalización. Para los operadores, el nuevo esquema podría implicar: Mayores costos iniciales por seguros, procesos y controles. Mayor previsibilidad regulatoria y reducción de contingencias sancionatorias. Requerimientos administrativos reforzados (carga digital en el RIC, actas, auditorías).

Las cámaras y actores del sector prevén analizar en detalle los Anexos técnicos para presentar propuestas durante la consulta pública, especialmente en aspectos vinculados a: Plazos de inspecciones. Exigencias documentales. Rangos de sanciones. Requerimientos de almacenamiento y compresión. Esquemas de responsabilidad operativa.

Qué puede cambiar tras la consulta pública

Aunque los aportes no serán vinculantes, el ENARGAS destacó que la participación de los sujetos interesados: “…contribuye a dotar de mayor eficacia al procedimiento, permitiendo evaluar las modificaciones concretas a ser introducidas en la normativa”.

Tras los 20 días hábiles, el organismo deberá: Evaluar las sugerencias recibidas. Ajustar los Anexos I y II en caso de considerarlo pertinente. Publicar —o no— la versión definitiva del marco actualizado.

La resolución marca un punto de inflexión en la regulación del GNC vehicular, en un contexto de modernización institucional y de exigencias crecientes de seguridad en la industria energética.

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El Gobierno fusionó el ENARGAS y el ENRE en un solo organismo

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Mediante el Decreto 452/2025, el Poder Ejecutivo constituyó formalmente el Ente Nacional Regulador del Gas y la Electricidad (ENREGE), en cumplimiento de lo establecido en el artículo 161 de la Ley N° 27.742, conocida como la Ley de Bases. Esta nueva entidad absorberá las competencias de los organismos reguladores actuales —el ENARGAS y el ENRE— y funcionará en el ámbito de la Secretaría de Energía del Ministerio de Economía.

El ENREGE contará con autarquía, independencia funcional y presupuestaria, y plena capacidad jurídica para actuar tanto en el ámbito público como privado. Su dirección estará a cargo de un Directorio de cinco miembros, designados por el Poder Ejecutivo tras un proceso de selección profesional conducido por la Secretaría de Energía.

Reforma normativa: texto ordenado de la Ley 24.076

A través del Decreto 451/2025, se aprobó el texto ordenado de la Ley N° 24.076, que establece el marco regulatorio del transporte y la distribución de gas natural. La nueva versión incorpora modificaciones clave derivadas de la Ley de Bases, con foco en:

  • Promoción de la competencia y eficiencia en el sector.
  • Garantía de tarifas justas y razonables.
  • Autorizaciones firmes de exportación de GNL por hasta 30 años.
  • Libre contratación y acceso a redes, incluso para grandes consumidores.
  • Fomento de la inversión privada en infraestructura.

Objetivos estratégicos del nuevo marco regulador

La reforma se alinea con una visión de largo plazo orientada a:

  • Proteger los derechos de los consumidores.
  • Estimular inversiones que aseguren el abastecimiento a futuro.
  • Garantizar precios competitivos en comparación internacional.
  • Consolidar un esquema tarifario transparente, con incentivos a la eficiencia operativa.

En paralelo, se facilita el desarrollo de proyectos de exportación de GNL, estableciendo un procedimiento ágil para su aprobación y garantizando condiciones jurídicas estables por tres décadas.

Los decretos instruyen la transferencia de personal, patrimonio y partidas presupuestarias del ENARGAS y el ENRE al nuevo ente, asegurando la continuidad operativa. Durante un período de transición de hasta 180 días, las estructuras actuales seguirán funcionando, mientras se implementa la nueva organización interna del ENREGE.

Se prevé además un régimen tarifario revisable cada cinco años, conforme a estándares de eficiencia y rentabilidad razonable para los prestadores.

Con la creación del ENREGE y la actualización integral de la Ley 24.076, el Gobierno busca consolidar un nuevo paradigma regulatorio para el gas y la electricidad, más transparente, competitivo y alineado con los estándares internacionales de la OCDE. La medida también apunta a reducir el peso fiscal de los subsidios y promover un entorno favorable a la inversión privada de riesgo, clave para la expansión de la infraestructura energética argentina.

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El ENRE y el Enargas aprobaron los nuevos cuadros tarifarios, mientras avanza la segementación

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Los entes reguladores del gas y la electricidad aprobaron los cuadros tarifarios que comenzarán a regir a partir de mañana, tras las audiencias públicas que se realizaron en mayo, mientras desde la Secretaría de Energía se aseguró que “esta semana” se conocerá la resolución que establecerá la segmentación para los usuarios de ambos servicios de mayor poder adquisitivo.

El Ente Nacional Regulador de la Electricidad (ENRE) aplicó la actualización del Precio Estacional de la Energía (PEST) e instruyó a las distribuidoras Edenor y Edesur a realizar la correspondiente adecuación del cuadro tarifario, según lo establecido en la resolución 405/2022 de la Secretaría de Energía, que determinó el aumento de los precios para el Mercado Eléctrico Mayorista (MEM).

En tanto, el Ente Nacional Regulador del Gas (Enargas) aprobó hoy mediante las resoluciones 207, 208, 209, 210, 211, 212, 213, 214, 215 y 216 los cuadros tarifarios a aplicar por las distribuidoras Metrogas, Naturgy Ban, Camuzzi Gas del Sur, Camuzzi Gas Pampeana, Gasnor, Gasnea, Litoral Gas, Distriibuidora de Gas del Centro, Gas Cuyana y Redengas.

Desde la Secretaría de Energía adelantaron que en el curso de “esta semana” se conocerá la resolución que establecerá la segmentación de los aumentos tarifarios de los servicios de distribución de gas y electricidad para los usuarios de mayor poder adquisitivo.

Tanto los ajustes ya anunciados para el resto de los usuarios -con y sin tarifa social- como los que se aplicarán al segmento con más recursos comenzarán a regir en junio, aclaró el secretario de Energía, Darío Martínez, quien recordó “el Gobierno y el Presidente (Alberto Fernández) han decidido poner un tope” a los incrementos y en consecuencia “ninguna tarifa puede evolucionar más que el salario”.

“A través de las Resoluciones ENRE N° 171 y N° 172 /2022 se establecieron los cargos que deberán implementar, en sus respectivas áreas las concesionarias del servicio público de distribución de energía eléctrica Edenor S.A. y Edesur S.A. a las personas usuarias residenciales, no residenciales y grandes usuarios”, indicó el ENRE en un comunicado.

La actualización refleja la modificación estacional del precio de la energía y es independiente de los ingresos de las empresas de transporte y distribución, aclaró.

Las tarifas tendrán un incremento promedio del 16,53% para aquellos que no perciban tarifa social y de un 7,7% para los que perciban dicho beneficio; y para los usuarios comerciales el incremento promedio será del 16% y para las categorías T2 y T3 del 19%, recordó el ENRE.

En tanto, en sus resoluciones, el Enargas recordó que la Secretaría de Energía de la Nación resolvió convocar a Audiencia Pública, celebrada el 10 de mayo de 2022, para el “tratamiento de los nuevos precios del gas natural en el Punto de Ingreso al Sistema de Transporte (PIST), aplicables a partir del 1° de junio de 2022”.

Asimismo, señaló que el dictado de los actos administrativos que pongan inmediatamente en vigencia los cuadros tarifarios (…), que implican una modificación en su integración en razón a la modificación de la porción del precio que asume el Estado Nacional, se efectúa “considerando los compromisos asumidos por el Estado Nacional”.

Tales compromisos son aquellos que surgen de la ley del Congreso Nacional que aprobó las operaciones de crédito público contenidas en el Programa de Facilidades Extendidas a celebrarse entre el Ejecutivo Nacional y el Fondo Monetario Internacional (FMI) para la cancelación del Acuerdo Stand By celebrado en 2018.

En el acuerdo con el Fondo Monetario Internacional (FMI) se estipuló que los aumentos anuales no podrán superar al equivalente al 40% de la variación salarial de 2021 para los beneficiarios de la tarifa social y el 80% para el resto, en tanto a los usuarios de mayor poder adquisitivo se les dejará de aplicar subsidios.

A principios de mayo, el Ministerio de Economía precisó que para estar en ese último segmento y, en consecuencia, pagar la tarifa sin subsidios, el usuario titular deberá cumplir con alguno de los siguientes requisitos: tener ingresos superiores a 3,5 canastas básicas totales, tres o más inmuebles, tres o más vehículos de menos de cinco años de antigüedad y aviones o embarcaciones de lujo, vivir en barrios cerrados o en un área ubicada dentro de los “polígonos” de alta capacidad de pago.

El último informe de la Secretaría de Hacienda indicó que los subsidios al sector energético ascendieron en abril a $116.673 millones, 132% más que en el mismo mes del año pasado y superiores al déficit primario del mes, que fue de $79.185 millones.

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GNC: Afirman que el Gobierno debería garantizar el abastecimiento más allá de las dudas sobre los precios

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Del mismo modo que sucedió en 2021, las bocas de carga de GNC del centro del país – Santa Fe, Entre Ríos, Mendoza y la región del NOA -, cuyos contratos de provisión de gas vencen a fin de mes, transitan días de incertidumbre por lo que podría suceder con el abastecimiento a partir de mayo.

Como ya adelantó este medio, debido al conflictivo escenario internacional que disparó los valores del fluido y la falta de redes de distribución, muchas comercializadoras se retiraron del mercado. El resto está compuesto por petroleras que privilegian el suministro a su red propia y otras empresas que ofrecen el producto, pero a valores entre un 30 a un 50 por ciento por encima de los del año anterior.

Ante este panorama, la Confederación de Entidades del Comercio de los Hidrocarburos de la República Argentina (CECHA) y las cámaras asociadas, comenzaron desde hace tiempo con las gestiones ante las autoridades del ENARGAS y la Secretaría de Energía para asegurarse del gas para vender. Sin embargo, a tan solo cuatro días de que finalice el mes, no hay respuestas concretas que lleven tranquilidad a los expendedores.

Se envió un listado con todas las Estaciones de Servicio que ese encuentran en esta situación”, explicaron representantes de CECHA a surtidores.com.ar. “Si bien aún no tenemos una definición, mantendremos como siempre el contacto directo con los funcionarios del sector hasta que esto se resuelva definitivamente”, indicaron.  “Si nos remontamos a un año atrás nuestros reclamos se hicieron eco al concretarse una resolución que llevó la firma del secretario de Energía Darío Martínez, por la cual se instruyó a la energética nacional a que extienda el servicio de abastecimiento a los usuarios del Servicio Otros Usuarios (Venta) Firme GNC u Otros Usuarios (Venta) Interrumpible GNC, por los volúmenes que le sean efectivamente requeridos por los citados usuarios“, agregaron.

Lo que aún está en discusión es el costo del gas. Hasta ahora, el precio de compra equivalía a un esquema escalable que arrancaba en un 13.5 por ciento del litro de nafta súper de YPF y concluye en un 15.5 por ciento según la región. En este contexto, y teniendo en cuenta las actuales condiciones del mercado, es probable que irremediablemente sufra un ajuste.

LOOK OUT SOLIDARIO

Por otro lado y en repudio a esta situación, un conjunto de operadores de diferentes localidades proponen realizar una medida de fuerza tendiente a visibilizar el conflicto ante la opinión pública, que consistiría en no despachar GNC durante una franja horaria.

Según precisaron los operadores a este medio, el cese de actividades estaría acompañado del reparto de folletos explicativos.

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