ENARGAS

Gas natural: Economía impulsa contratos directos entre productores y distribuidoras

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El Ministerio de Economía, a través de la Secretaría de Energía, dio un giro clave en la instrumentación del Plan Gas.Ar al establecer un mecanismo para ceder los contratos directos de compraventa de gas natural hoy concentrados en Energía Argentina Sociedad Anónima (EA) hacia relaciones contractuales directas entre productores y distribuidoras, con supervisión del ENARGAS. La decisión quedó formalizada en la Resolución 606/2025, firmada el 26 de diciembre de 2025 y publicada el 29 de diciembre, y se inscribe en la estrategia oficial de normalización del mercado del gas, reducción de intermediaciones estatales y retorno al marco regulatorio de la Ley 24.076, sin alterar tarifas ni los objetivos estructurales del esquema vigente.

Reconfiguración del Plan Gas.Ar y salida progresiva del Estado como intermediario

La Resolución 606/2025 introduce adecuaciones instrumentales al “Plan de Reaseguro y Potenciación de la Producción Federal de Hidrocarburos 2023–2028”, aprobado por el Decreto 892/2020, en un contexto macroeconómico sustancialmente distinto al de su creación y bajo la premisa explícita de que el Estado Nacional se retire progresivamente de actividades que pueden ser realizadas por el sector privado sin financiamiento presupuestario.

El eje central de la medida es la cesión de los contratos de compraventa de gas natural celebrados entre EA y los productores, destinados al abastecimiento de la demanda prioritaria, hacia las prestadoras del servicio público de distribución de gas por redes. Según el artículo 1°, los productores que adhieran deberán aceptar la cesión, la cual será instrumentada por EA dentro de un plazo de 30 días hábiles desde la publicación de la resolución.

Una vez perfeccionada la cesión, EA quedará liberada de todas las obligaciones futuras bajo esos contratos, aunque mantendrá a su cargo las deudas, intereses, penalidades o reclamos derivados de operaciones realizadas con anterioridad. Desde ese momento, los productores asumirán plenamente el rol de vendedores y las distribuidoras el de compradoras, estableciendo un vínculo directo conforme al artículo 12 de la Ley 24.076, que promueve la libre interacción de oferta y demanda para la formación del precio del gas en el Punto de Ingreso al Sistema de Transporte (PIST).

Cambios operativos: inversiones, compromisos de inyección y compensaciones

La resolución también redefine aspectos operativos relevantes del Plan Gas.Ar para los Productores Firmantes que adhieran voluntariamente, sin modificar los objetivos esenciales del esquema ni las tarifas finales a usuarios.

Entre los cambios más significativos se destacan:

  • Alivio en las obligaciones informativas: se elimina el deber de presentar informes trimestrales con apertura mensual sobre el avance del plan de inversiones, junto con información auditada y en carácter de declaración jurada. La obligación de invertir se mantiene intacta, así como la facultad de la Secretaría de Energía de requerir información puntual para verificar el cumplimiento. Esta dispensa no aplica a los compromisos asumidos en la Ronda 5.2, convocada por la Resolución 770/2022 y adjudicada entre 2022 y 2023.
  • Revisión del compromiso de inyección: para los productores adherentes, deja de aplicarse la regla que dividía la curva de producción comprometida por 0,7, prevista en el Numeral (i) del Punto 11 del Anexo del Decreto 892/20. El cambio reduce exigencias formales sin alterar los volúmenes comprometidos.
  • Pago provisorio más alto: el pago provisorio mensual de la compensación estatal se eleva al 90%, calculado sobre la base de la declaración jurada presentada por cada productor respecto de sus entregas, conforme a los puntos 62 a 65 del Anexo del Plan.

En el nuevo esquema, los productores cobrarán el precio del gas en el PIST en pesos por metro cúbico, incorporado en los cuadros tarifarios, y percibirán adicionalmente la compensación a cargo del Estado Nacional. Las bonificaciones tarifarias aplicadas a los usuarios finales serán recuperadas por los productores a través del mecanismo de compensación vigente.

Supervisión regulatoria y asignación de volúmenes: el rol del ENARGAS

La resolución pone especial énfasis en la Ronda 4.2 del Plan Gas.Ar, adjudicada mediante la Resolución 860/2022, cuyos volúmenes deberán ser reasignados entre distribuidoras, generadores y, eventualmente, CAMMESA. En este proceso, la actuación de EA será supervisada por el ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS (ENARGAS).

EA deberá informar a los productores involucrados cómo se distribuirán los volúmenes adjudicados, priorizando que las distribuidoras reciban el “Gas de Pico 2024” y el “Gas de Pico 2025”, según lo establecido en la Resolución 770/2022. El objetivo explícito es propiciar la firma de contratos directos entre productores y distribuidoras, reduciendo la intervención transitoria del Estado.

La adhesión al nuevo esquema es voluntaria pero indivisible: no se admitirán aceptaciones parciales ni sujetas a reservas. Productores y distribuidoras deberán manifestar su adhesión mediante el sistema Trámites a Distancia (TAD) dentro de los 30 días hábiles administrativos desde la notificación del acto. Luego de publicada la lista de adherentes, las partes contarán con otros 30 días hábiles para presentar los nuevos contratos ante la Secretaría de Energía y el ENARGAS.

Impacto económico e institucional: hacia la normalización del mercado del gas

Desde el punto de vista económico, la Resolución 606/2025 representa un primer paso concreto hacia la normalización contractual del mercado del gas natural, en línea con la emergencia energética declarada por el Decreto 55/2023 y prorrogada hasta el 9 de julio de 2026. El Gobierno busca corregir distorsiones generadas por años de congelamiento tarifario y subsidios generalizados que, según los considerandos, “comprometieron gravemente la situación financiera del Estado Nacional”.

En términos institucionales, la medida se articula con el inicio del proceso de privatización total de Energía Argentina S.A., dispuesto por el Decreto 286/2025, y refuerza el principio de que el Estado debe concentrarse en la regulación y el control, más que en la intermediación comercial.

Para los productores, el nuevo esquema ofrece mayor autonomía contractual y simplificación administrativa, aunque mantiene las obligaciones de inversión y entrega. Para las distribuidoras, implica asumir plenamente la relación comercial con los proveedores de gas. Para el sistema en su conjunto, la Secretaría de Energía apunta a reconstruir gradualmente un mercado basado en contratos privados, previsibilidad y señales de precio más transparentes, sin impacto inmediato en las tarifas finales.

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Tarifas de gas: oficializan el precio PIST de enero 2026 y mantienen subsidios focalizados

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La Secretaría de Energía del Ministerio de Economía estableció un nuevas tarifas de gas natural en el Punto de Ingreso al Sistema de Transporte (PIST) que regirá para los consumos realizados a partir de enero de 2026, en el marco del Plan Gas.Ar. La medida, formalizada mediante la Resolución 605/2025 y publicada en el Boletín Oficial el 29 de diciembre, dispone una actualización del 0,53% sobre el valor vigente y se inscribe en el sendero de recomposición tarifaria definido por el Gobierno nacional para sostener los precios energéticos en términos reales, en un contexto de desaceleración inflacionaria y restricción fiscal.

La resolución impacta directamente en las tarifas finales del servicio público de gas natural por redes, ya que el precio del PIST es uno de los componentes centrales de la factura que pagan los usuarios residenciales, comerciales e industriales, junto con los cargos de transporte y distribución. El esquema mantiene las bonificaciones focalizadas para los usuarios de menores y medianos ingresos y refuerza la estrategia oficial de reducción progresiva de subsidios generalizados.

Marco normativo, emergencia energética y continuidad del Plan Gas.Ar

La decisión se apoya en un entramado normativo amplio que incluye las Leyes Nros. 17.319 y 24.076, la Ley de Bases y Puntos de Partida para la Libertad de los Argentinos N° 27.742 y una serie de decretos que declararon y prorrogaron la emergencia del Sector Energético Nacional. En particular, el Decreto N° 55/2023 declaró la emergencia en generación, transporte y distribución de energía eléctrica y gas natural, mientras que el Decreto N° 70/2023 amplió la emergencia pública hasta el 31 de diciembre de 2025, facultando a la Secretaría de Energía a redeterminar la estructura de subsidios.

En ese marco, el Plan Gas.Ar —aprobado originalmente por el Decreto N° 892/2020— continúa siendo la herramienta central para garantizar el abastecimiento interno de gas natural, promover la producción nacional y reducir la dependencia de importaciones. El artículo 6° de ese decreto habilitó al Estado nacional a asumir una parte del precio del gas en el PIST para moderar el impacto tarifario, mecanismo que derivó en un esquema de subsidios crecientes financiados por el Tesoro.

Sin embargo, según consta en la Nota N° NO-2024-09637032-APN-MEC del Ministerio de Economía, ese esquema fue considerado incompatible con la situación fiscal, al funcionar como un subsidio generalizado a toda la demanda. A partir de allí, el Gobierno avanzó en una reestructuración gradual de precios y tarifas, acompañada por un sistema de segmentación por niveles de ingresos.

Actualización de precios, segmentación y rol del ENARGAS

La Resolución 605/2025 se inscribe en la continuidad de ese proceso. A través de la Nota N° NO-2025-142231441-APN-MEC, fechada el 23 de diciembre de 2025, el Ministerio de Economía instruyó a la Secretaría de Energía a continuar en enero de 2026 con el sendero de actualización de precios del sector energético, aplicando un incremento del 0,53% al precio del gas natural en el PIST vigente según la Resolución N° 487/2025.

El objetivo explícito, según surge de los considerandos, es “mantener dichos precios y tarifas en valores reales lo más constantes posibles”, en línea con la desaceleración inflacionaria verificada a la fecha. La actualización se complementa con lo dispuesto en el artículo 5° de la Resolución N° 41/2024, que regula la aplicación de bonificaciones y segmentación.

El esquema vigente distingue entre usuarios Nivel 1 (mayores ingresos), que pagan el costo pleno del servicio, y los Niveles 2 y 3 (menores y medianos ingresos), que acceden a bonificaciones sobre el consumo base. Desde el 1° de febrero de 2025, estas bonificaciones se rigen por la Resolución N° 24/2025, que equiparó los porcentajes aplicables al PIST para los consumos base de los Niveles 2 y 3, manteniendo la focalización de la ayuda en los hogares de menores ingresos.

La resolución también instruye al ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS (ENARGAS) a adoptar las medidas necesarias para que las facturas reflejen el nuevo precio del PIST y, cuando corresponda, las bonificaciones vigentes. Asimismo, establece que ENARSA, las empresas productoras y las distribuidoras y subdistribuidoras deberán adecuar sus contratos de abastecimiento en un plazo de cinco días corridos desde la publicación de la norma.

Impacto en tarifas y proyección institucional del nuevo regulador

Además del precio del gas en el PIST, la actualización tarifaria de enero de 2026 incorpora los ajustes correspondientes a los segmentos de transporte y distribución, conforme a las revisiones tarifarias quinquenales realizadas por el ENARGAS y a las pautas fijadas por el Ministerio de Economía en la Nota N° NO-2025-44507112-APN-MEC.

El contexto institucional también suma un elemento relevante: mediante el Decreto N° 452/2025 se creó el ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS Y LA ELECTRICIDAD, que deberá comenzar a funcionar dentro de los 180 días desde su publicación. Hasta tanto se apruebe su estructura orgánica, el ENARGAS y el ENRE mantienen sus funciones y competencias, lo que garantiza la continuidad operativa del esquema regulatorio.

En términos económicos, la resolución consolida un esquema de aumentos graduales y predecibles, orientado a reducir el peso de los subsidios energéticos sobre las cuentas públicas, sostener la inversión en el sector y asegurar el abastecimiento de gas natural. Para los usuarios finales, el impacto se traducirá en una nueva actualización tarifaria desde enero de 2026, con efectos diferenciados según el nivel de ingresos y el volumen de consumo.

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El ENARGAS habilita consulta pública para modernizar el régimen de estaciones de GNC

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El Ente Nacional Regulador del Gas (ENARGAS) abre consulta pública para actualizar el régimen de estaciones de GNC: nuevo marco regulatorio para el sector

ENARGAS dispuso la apertura de una consulta pública de 20 días para actualizar el régimen de estaciones de carga de GNC vehicular y las pautas del seguro de caución obligatorio. La medida, publicada el 26 de noviembre de 2025, apunta a modernizar reglas, reforzar la seguridad operativa y mejorar la fiscalización en un segmento clave de la matriz energética argentina.

Un nuevo marco regulatorio para el GNC: modernización y supervisión reforzada

El ENARGAS oficializó, mediante la Resolución 900/2025 (RESOL-2025-900-APN-DIRECTORIO#ENARGAS), la apertura de un proceso de consulta pública destinado a actualizar el “Régimen para Estaciones de Carga de GNC Vehicular” y las “Pautas Mínimas del Seguro de Caución Obligatorio para Estaciones de Carga de GNC Vehicular”, incorporados como Anexo I e II.

La iniciativa se sustenta en el Informe IF-2025-128790965-APN-GIYN#ENARGAS, elaborado por la Gerencia de Innovación y Normalización. El organismo técnico sostuvo allí que: “…la reforma configura un marco regulatorio mucho más claro, riguroso y moderno, que no solo mejora la transparencia y la fiscalización del sistema, sino que también fortalece la seguridad operacional, y la capacidad de respuesta del ENARGAS y de los actores del sector frente a los desafíos actuales de la industria del GNC vehicular”.

La consulta pública tendrá una duración de 20 días hábiles administrativos, a partir de su publicación en el Boletín Oficial, período en el cual los interesados podrán presentar comentarios formales sin carácter vinculante.

El expediente completo (EX-2025-126509897-APN-GIYN#ENARGAS) queda disponible en la sede central del organismo, ubicada en Suipacha 636 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y en sus delegaciones regionales

Ejes de la actualización: seguridad, responsabilidad y trazabilidad digital

El nuevo régimen propone adecuaciones sustantivas sobre el funcionamiento, control y obligaciones de las estaciones de GNC, los habilitadores, los representantes técnicos y los responsables de mantenimiento.

Entre los aspectos centrales incluidos en los Anexos se destacan:

Refuerzo del sistema de habilitación y control

El régimen actualizado exige: Inspecciones trimestrales obligatorias por parte del habilitador. Actas en duplicado, numeradas y cargadas en el Registro Informático Centralizado (RIC). Envío mensual de todos los registros al ENARGAS dentro de los primeros 10 días hábiles. Se mantiene la posibilidad de auditorías programadas o sorpresivas por parte del ente regulador.

Escala de sanciones claras y graduadas

Las estaciones, representantes técnicos y responsables de mantenimiento podrán recibir: Apercibimiento. Multa. Suspensión de habilitación (1 a 90 días). Inhabilitación definitiva.

Las sanciones se graduarán según gravedad, reiteración, afectación a usuarios y al interés público, y posibles intentos de ocultamiento.

Seguro obligatorio y caución reforzada

Según el Anexo II, todas las estaciones deberán contar con: Seguro de responsabilidad civil con evaluación de riesgo previa a la renovación. Seguro de caución obligatorio, destinado a garantizar el cumplimiento continuo de requisitos técnicos y de funcionamiento durante toda la habilitación.

Control operativo sobre vehículos abastecidos

El régimen especial establece que cada estación debe verificar, previo a cada carga, la vigencia de las obleas obligatorias: Equipo completo para GNC (Res. ENARGAS 3442/2006). VPGN NAG-451. VPGN NAG-452.

El incumplimiento determina prohibición de carga. Las infracciones generan sanciones progresivas que van desde cortes de suministro de 24 horas, 2 días, 5 días, hasta suspensión o inhabilitación definitiva.

Transición hacia el nuevo Ente Regulador de Gas y Electricidad

La resolución cita el Decreto 452/2025, que constituyó el nuevo Ente Nacional Regulador del Gas y la Electricidad, previsto por la Ley 27.742. Aunque aún se encuentra en etapa de conformación, el decreto estableció que: “…mantendrán su vigencia las actuales unidades organizativas del ENARGAS (…) y las responsabilidades, competencias y funciones asignadas en el marco legal y reglamentario vigente”.

En este marco de transición institucional, el ENARGAS ejerce plenamente sus facultades bajo el Artículo 51 de la Ley 24.076 (T.O. 2025), que lo habilita a dictar reglas de seguridad, normas técnicas y procedimientos para el gas natural comprimido.

Además, se destaca la obligación de asegurar la publicidad de las decisiones, incluyendo sus antecedentes, reforzando el principio de transparencia administrativa.

Qué implica la consulta pública para el mercado del GNC

El segmento del GNC vehicular representa un mercado estratégico para el transporte liviano y comercial, con impacto directo en: Inversión en estaciones y mejoras de infraestructura. Costos operativos asociados a inspecciones, seguros y mantenimiento. Niveles de cumplimiento regulatorio y eventuales sanciones. Trazabilidad de equipamiento y certificaciones técnicas.

La actualización normativa tiende a homogeneizar estándares, reducir riesgos operativos y mejorar la capacidad de fiscalización. Para los operadores, el nuevo esquema podría implicar: Mayores costos iniciales por seguros, procesos y controles. Mayor previsibilidad regulatoria y reducción de contingencias sancionatorias. Requerimientos administrativos reforzados (carga digital en el RIC, actas, auditorías).

Las cámaras y actores del sector prevén analizar en detalle los Anexos técnicos para presentar propuestas durante la consulta pública, especialmente en aspectos vinculados a: Plazos de inspecciones. Exigencias documentales. Rangos de sanciones. Requerimientos de almacenamiento y compresión. Esquemas de responsabilidad operativa.

Qué puede cambiar tras la consulta pública

Aunque los aportes no serán vinculantes, el ENARGAS destacó que la participación de los sujetos interesados: “…contribuye a dotar de mayor eficacia al procedimiento, permitiendo evaluar las modificaciones concretas a ser introducidas en la normativa”.

Tras los 20 días hábiles, el organismo deberá: Evaluar las sugerencias recibidas. Ajustar los Anexos I y II en caso de considerarlo pertinente. Publicar —o no— la versión definitiva del marco actualizado.

La resolución marca un punto de inflexión en la regulación del GNC vehicular, en un contexto de modernización institucional y de exigencias crecientes de seguridad en la industria energética.

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El Gobierno fusionó el ENARGAS y el ENRE en un solo organismo

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Mediante el Decreto 452/2025, el Poder Ejecutivo constituyó formalmente el Ente Nacional Regulador del Gas y la Electricidad (ENREGE), en cumplimiento de lo establecido en el artículo 161 de la Ley N° 27.742, conocida como la Ley de Bases. Esta nueva entidad absorberá las competencias de los organismos reguladores actuales —el ENARGAS y el ENRE— y funcionará en el ámbito de la Secretaría de Energía del Ministerio de Economía.

El ENREGE contará con autarquía, independencia funcional y presupuestaria, y plena capacidad jurídica para actuar tanto en el ámbito público como privado. Su dirección estará a cargo de un Directorio de cinco miembros, designados por el Poder Ejecutivo tras un proceso de selección profesional conducido por la Secretaría de Energía.

Reforma normativa: texto ordenado de la Ley 24.076

A través del Decreto 451/2025, se aprobó el texto ordenado de la Ley N° 24.076, que establece el marco regulatorio del transporte y la distribución de gas natural. La nueva versión incorpora modificaciones clave derivadas de la Ley de Bases, con foco en:

  • Promoción de la competencia y eficiencia en el sector.
  • Garantía de tarifas justas y razonables.
  • Autorizaciones firmes de exportación de GNL por hasta 30 años.
  • Libre contratación y acceso a redes, incluso para grandes consumidores.
  • Fomento de la inversión privada en infraestructura.

Objetivos estratégicos del nuevo marco regulador

La reforma se alinea con una visión de largo plazo orientada a:

  • Proteger los derechos de los consumidores.
  • Estimular inversiones que aseguren el abastecimiento a futuro.
  • Garantizar precios competitivos en comparación internacional.
  • Consolidar un esquema tarifario transparente, con incentivos a la eficiencia operativa.

En paralelo, se facilita el desarrollo de proyectos de exportación de GNL, estableciendo un procedimiento ágil para su aprobación y garantizando condiciones jurídicas estables por tres décadas.

Los decretos instruyen la transferencia de personal, patrimonio y partidas presupuestarias del ENARGAS y el ENRE al nuevo ente, asegurando la continuidad operativa. Durante un período de transición de hasta 180 días, las estructuras actuales seguirán funcionando, mientras se implementa la nueva organización interna del ENREGE.

Se prevé además un régimen tarifario revisable cada cinco años, conforme a estándares de eficiencia y rentabilidad razonable para los prestadores.

Con la creación del ENREGE y la actualización integral de la Ley 24.076, el Gobierno busca consolidar un nuevo paradigma regulatorio para el gas y la electricidad, más transparente, competitivo y alineado con los estándares internacionales de la OCDE. La medida también apunta a reducir el peso fiscal de los subsidios y promover un entorno favorable a la inversión privada de riesgo, clave para la expansión de la infraestructura energética argentina.

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El ENRE y el Enargas aprobaron los nuevos cuadros tarifarios, mientras avanza la segementación

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Los entes reguladores del gas y la electricidad aprobaron los cuadros tarifarios que comenzarán a regir a partir de mañana, tras las audiencias públicas que se realizaron en mayo, mientras desde la Secretaría de Energía se aseguró que “esta semana” se conocerá la resolución que establecerá la segmentación para los usuarios de ambos servicios de mayor poder adquisitivo.

El Ente Nacional Regulador de la Electricidad (ENRE) aplicó la actualización del Precio Estacional de la Energía (PEST) e instruyó a las distribuidoras Edenor y Edesur a realizar la correspondiente adecuación del cuadro tarifario, según lo establecido en la resolución 405/2022 de la Secretaría de Energía, que determinó el aumento de los precios para el Mercado Eléctrico Mayorista (MEM).

En tanto, el Ente Nacional Regulador del Gas (Enargas) aprobó hoy mediante las resoluciones 207, 208, 209, 210, 211, 212, 213, 214, 215 y 216 los cuadros tarifarios a aplicar por las distribuidoras Metrogas, Naturgy Ban, Camuzzi Gas del Sur, Camuzzi Gas Pampeana, Gasnor, Gasnea, Litoral Gas, Distriibuidora de Gas del Centro, Gas Cuyana y Redengas.

Desde la Secretaría de Energía adelantaron que en el curso de “esta semana” se conocerá la resolución que establecerá la segmentación de los aumentos tarifarios de los servicios de distribución de gas y electricidad para los usuarios de mayor poder adquisitivo.

Tanto los ajustes ya anunciados para el resto de los usuarios -con y sin tarifa social- como los que se aplicarán al segmento con más recursos comenzarán a regir en junio, aclaró el secretario de Energía, Darío Martínez, quien recordó “el Gobierno y el Presidente (Alberto Fernández) han decidido poner un tope” a los incrementos y en consecuencia “ninguna tarifa puede evolucionar más que el salario”.

“A través de las Resoluciones ENRE N° 171 y N° 172 /2022 se establecieron los cargos que deberán implementar, en sus respectivas áreas las concesionarias del servicio público de distribución de energía eléctrica Edenor S.A. y Edesur S.A. a las personas usuarias residenciales, no residenciales y grandes usuarios”, indicó el ENRE en un comunicado.

La actualización refleja la modificación estacional del precio de la energía y es independiente de los ingresos de las empresas de transporte y distribución, aclaró.

Las tarifas tendrán un incremento promedio del 16,53% para aquellos que no perciban tarifa social y de un 7,7% para los que perciban dicho beneficio; y para los usuarios comerciales el incremento promedio será del 16% y para las categorías T2 y T3 del 19%, recordó el ENRE.

En tanto, en sus resoluciones, el Enargas recordó que la Secretaría de Energía de la Nación resolvió convocar a Audiencia Pública, celebrada el 10 de mayo de 2022, para el “tratamiento de los nuevos precios del gas natural en el Punto de Ingreso al Sistema de Transporte (PIST), aplicables a partir del 1° de junio de 2022”.

Asimismo, señaló que el dictado de los actos administrativos que pongan inmediatamente en vigencia los cuadros tarifarios (…), que implican una modificación en su integración en razón a la modificación de la porción del precio que asume el Estado Nacional, se efectúa “considerando los compromisos asumidos por el Estado Nacional”.

Tales compromisos son aquellos que surgen de la ley del Congreso Nacional que aprobó las operaciones de crédito público contenidas en el Programa de Facilidades Extendidas a celebrarse entre el Ejecutivo Nacional y el Fondo Monetario Internacional (FMI) para la cancelación del Acuerdo Stand By celebrado en 2018.

En el acuerdo con el Fondo Monetario Internacional (FMI) se estipuló que los aumentos anuales no podrán superar al equivalente al 40% de la variación salarial de 2021 para los beneficiarios de la tarifa social y el 80% para el resto, en tanto a los usuarios de mayor poder adquisitivo se les dejará de aplicar subsidios.

A principios de mayo, el Ministerio de Economía precisó que para estar en ese último segmento y, en consecuencia, pagar la tarifa sin subsidios, el usuario titular deberá cumplir con alguno de los siguientes requisitos: tener ingresos superiores a 3,5 canastas básicas totales, tres o más inmuebles, tres o más vehículos de menos de cinco años de antigüedad y aviones o embarcaciones de lujo, vivir en barrios cerrados o en un área ubicada dentro de los “polígonos” de alta capacidad de pago.

El último informe de la Secretaría de Hacienda indicó que los subsidios al sector energético ascendieron en abril a $116.673 millones, 132% más que en el mismo mes del año pasado y superiores al déficit primario del mes, que fue de $79.185 millones.

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