ESTADO NACIONAL

Parques Nacionales definió su hoja de ruta 2024–2027 con foco en turismo, gestión y sostenibilidad

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La Administración de Parques Nacionales (APN) aprobó formalmente las “Políticas y lineamientos estratégicos del Directorio de APN para el período 2024–2027”, un documento rector que fija objetivos, prioridades y criterios de gestión para los próximos cuatro años. La decisión quedó plasmada en la Resolución 25/2026, firmada el 29 de enero en la Ciudad de Buenos Aires, y constituye una actualización clave del esquema de planificación institucional, alineada con una nueva metodología de gestión por resultados y con impacto directo en el manejo ambiental, turístico y financiero del sistema de áreas protegidas.

La medida importa porque ordena la estrategia del organismo en un contexto de mayores exigencias presupuestarias, presión turística creciente y necesidad de articular políticas ambientales con desarrollo económico sostenible. Además, brinda previsibilidad institucional y define un marco común para la toma de decisiones del Directorio y de las distintas direcciones operativas de la APN.

Un instrumento rector para la planificación institucional

El nuevo documento estratégico se tramita en el Expediente EX-2026-00310436-APN-DGA#APNAC y fue elaborado por la Dirección de Planeamiento Estratégico, creada por la Decisión Administrativa Nº 1.422/2016 como área responsable de asistir al organismo en la definición de objetivos prioritarios y cursos de acción estratégicos.

Según se detalla en los considerandos de la resolución, los lineamientos aprobados funcionan como un “instrumento técnico indispensable para la planificación y evaluación de las acciones del Organismo”. En ese marco, se establecen la orientación institucional, los objetivos estratégicos y las prioridades de gestión para el período 2024–2027, integrándose como complemento actualizado de los lineamientos ya vigentes.

La decisión también se apoya en antecedentes normativos relevantes, como la Resolución del Directorio Nº 142/2001 —que aprobó el Plan de Gestión Institucional— y la Resolución RESFC-2018-476-APN-D#APNAC, que definió lineamientos estratégicos previos. No obstante, el Directorio consideró necesario adecuar esos marcos a los requerimientos actuales y a una lógica de evaluación basada en resultados.

Cinco pilares estratégicos que ordenan la gestión

El documento aprobado estructura la estrategia de la APN sobre cinco pilares centrales, que funcionan como ejes transversales para todas las políticas y acciones del organismo:

  1. Expansión de la oferta turística, orientada a diversificar propuestas y fortalecer el rol del turismo en áreas protegidas.
  2. Innovación de la gestión, con énfasis en modernización administrativa y mejora continua.
  3. Alianzas estratégicas, que promueven la articulación con otros organismos, sectores y actores.
  4. Autonomía financiera, clave para sostener el funcionamiento del sistema de parques en un contexto fiscal restrictivo.
  5. Protección activa del patrimonio natural y cultural, núcleo histórico de la misión institucional de la APN.

Estos pilares definen criterios rectores que permiten articular políticas institucionales en distintos niveles, desde la planificación central hasta la gestión cotidiana de los parques nacionales.

Impacto institucional y proyección a mediano plazo

La aprobación de los Lineamientos Estratégicos 2024–2027 consolida un marco de previsibilidad para la APN y para los actores vinculados al sistema de áreas protegidas, incluyendo sectores turísticos, comunidades locales y organismos públicos con competencias concurrentes.

Desde el punto de vista institucional, la resolución fortalece la capacidad del Directorio para evaluar políticas, asignar recursos y monitorear resultados bajo una lógica unificada. En términos de impacto económico y ambiental, la definición explícita de prioridades —como la expansión turística con protección activa del patrimonio— anticipa tensiones y equilibrios que marcarán la agenda de gestión en los próximos años.

La medida fue adoptada en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 23, incisos f) y w), de la Ley Nº 22.351, y contó con la intervención de la Dirección de Planeamiento Estratégico y de la Dirección General de Asuntos Jurídicos. Con su publicación en el Boletín Oficial, el documento estratégico entra plenamente en vigencia como hoja de ruta institucional de la Administración de Parques Nacionales.

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El empleo público nacional cayó 7,2% interanual y cerró 2025 con 280.120 trabajadores

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El empleo en el sector público nacional volvió a retroceder y cerró diciembre de 2025 con 280.120 trabajadores, lo que representa una caída interanual del 7,2% y una baja mensual del 0,6%, según el reporte oficial del Instituto Nacional de Estadística y Censos (INDEC). La contracción se concentró principalmente en la Administración Pública Nacional, con un ajuste más marcado en la administración centralizada, que registró el mayor descenso porcentual del año.

El dato confirma una tendencia sostenida de reducción en la dotación estatal a lo largo de 2025 y tiene impacto directo sobre la estructura del gasto público, la organización administrativa del Estado nacional y el funcionamiento de áreas clave de gestión.

Fuerte ajuste en la Administración Pública Nacional

Del total de 280.120 empleados del sector público nacional, 190.936 correspondieron a la Administración Pública Nacional, que mostró una disminución interanual del 7,1%. En paralelo, las empresas y sociedades del Estado contabilizaron 89.184 trabajadores, lo que implica una caída del 7,4% respecto de diciembre de 2024.

Al desagregar la Administración Pública, el informe del INDEC revela que la administración centralizada fue la más afectada por el ajuste, con una contracción del 10,5% interanual, cerrando diciembre con 38.940 agentes. Este segmento concentra funciones estratégicas del Estado nacional, por lo que la magnitud de la caída adquiere relevancia institucional.

La administración descentralizada, en tanto, registró 116.222 empleados, con una reducción del 6,4% interanual. Por su parte, la administración desconcentrada alcanzó los 21.733 trabajadores, con una baja del 6,0%, mientras que los otros entes sumaron 14.041 agentes, lo que representa un descenso del 4,4% frente al mismo mes del año anterior.

Metodología, datos imputados y alcance del informe

El reporte oficial del INDEC precisó además que nueve entidades no informaron su dotación de personal en diciembre de 2025, motivo por el cual se imputaron 1.407 puestos de trabajo, equivalentes al 0,5% del total del empleo público nacional. Esta aclaración metodológica resulta clave para interpretar el alcance de las cifras publicadas y su comparabilidad interanual.

En términos técnicos, el informe consolida la evolución del empleo público nacional incluyendo tanto la Administración Pública como las empresas y sociedades del Estado, lo que permite observar el impacto agregado del ajuste sobre la estructura laboral del sector público.

Impacto económico e institucional del retroceso del empleo estatal

La caída del 7,2% interanual en el empleo público nacional refleja un proceso de reducción de la dotación estatal que tiene implicancias económicas e institucionales. En el plano fiscal, la disminución del número de trabajadores incide directamente sobre el gasto en personal, uno de los componentes más relevantes del presupuesto nacional.

Desde una perspectiva institucional, el ajuste se concentra con mayor fuerza en la administración centralizada, lo que puede impactar en la capacidad operativa de áreas clave del Estado. Al mismo tiempo, la reducción también alcanza a organismos descentralizados, entes desconcentrados y empresas públicas, configurando un recorte transversal en la estructura del sector público nacional.

Con estos datos, el cierre de 2025 deja un panorama de menor empleo estatal, con una contracción que se sostuvo tanto en la comparación interanual como en el último mes del año, y que marca un punto de referencia para el análisis del tamaño y funcionamiento del Estado nacional.

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Cambios en organismos clave: renunció el titular del RENAPER y el Gobierno reordenó la UIF, Transporte y ENARGAS

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El Gobierno nacional oficializó este lunes, a través de decretos publicados en el Boletín Oficial, una serie de modificaciones en organismos estratégicos del Estado, que incluyen la renuncia del titular del RENAPER, Pablo Luis Santos, y el recambio de autoridades en la Unidad de Información Financiera (UIF), la Secretaría de Transporte y el ENARGAS. Los movimientos forman parte de un reordenamiento institucional que impacta en áreas sensibles vinculadas a la identidad ciudadana, el control financiero, la infraestructura de transporte y la regulación energética.

La salida más relevante es la de Pablo Luis Santos, quien dejará la conducción de la Dirección Nacional del Registro Nacional de las Personas (RENAPER) a partir del 1° de febrero. En su lugar, el Ejecutivo designó a Diego Sebastián Pérez Lorgueilleux, formalizando así un cambio en un organismo central para la administración de documentos de identidad y el padrón poblacional.

Reordenamiento en la UIF y un enroque hacia el BICE

Los decretos también oficializaron la salida de Paul Starc como jefe de la Unidad de Información Financiera (UIF), el organismo encargado de la prevención del lavado de activos y el financiamiento del terrorismo. La vacante será ocupada por Ernesto Gaspari, a quien en el entorno oficial señalan como cercano al secretario de Inteligencia del Estado (SIDE), Cristian Auguadra.

Starc, exfiscal e identificado con el sector del asesor Santiago Caputo, no se desvinculará de la gestión pública. Según lo dispuesto, pasará a integrar el directorio del Banco de Inversión y Comercio Exterior (BICE), entidad que opera bajo la órbita del Ministerio de Economía.

Desde la Casa Rosada descartaron que el recambio en la UIF responda a tensiones políticas internas y aseguraron que se trató de una “decisión personal”. Como argumento, remarcaron que, de haber existido un conflicto, no se le habría ofrecido un nuevo cargo dentro de una entidad financiera estatal, reforzando así la lectura de continuidad institucional más que de ruptura.

Transporte y energía: cambios en áreas sensibles de la regulación

La reestructuración del organigrama también alcanzó a dos áreas clave para la economía real y los servicios públicos. En la Secretaría de Transporte, el Ejecutivo aceptó la renuncia de Luis Pierrini y designó en su reemplazo a Fernando Herrmann, formalizando un cambio en un área estratégica para la logística, la movilidad y la regulación del sistema de transporte.

En el sector energético, el Gobierno oficializó la salida del interventor del ENARGAS, Carlos Alberto María Casares, y nombró como nuevo responsable a Marcelo Alejandro Nachón. Según el decreto correspondiente, el reemplazante “reúne los antecedentes que justifican su postulación”, una fórmula habitual en este tipo de designaciones que busca respaldar la legitimidad técnica del nombramiento.

Señales políticas

Los cambios simultáneos en el RENAPER, la UIF, Transporte y el ENARGAS reflejan un ajuste fino en áreas de alto impacto institucional, donde se cruzan funciones administrativas críticas, control del sistema financiero y regulación de servicios esenciales. En términos políticos, el recambio de funcionarios en organismos sensibles sugiere una búsqueda de alineamiento interno y reorganización del esquema de gestión, sin que, al menos de manera oficial, se reconozcan conflictos abiertos.

Para los sectores involucrados, las modificaciones abren una etapa de transición operativa, con atención puesta en la continuidad de los procesos administrativos, los controles regulatorios y la ejecución de políticas en curso. En particular, el funcionamiento del RENAPER, la agenda de la UIF y las decisiones en Transporte y Energía quedarán bajo la lupa en las próximas semanas, a medida que los nuevos responsables asuman plenamente sus funciones.

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El Estado endurece reglas anticorrupción en obras públicas y concesiones

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Mediante el Decreto 5/2026, el Poder Ejecutivo reformuló los criterios de inelegibilidad en las contrataciones públicas para impedir la participación de personas humanas o jurídicas incluidas en las listas de inhabilitados del Banco Mundial y del Banco Interamericano de Desarrollo. La medida busca fortalecer la transparencia, cerrar vacíos operativos y garantizar la aplicación efectiva de los mecanismos de exclusión en obras públicas, concesiones y provisión de bienes y servicios del Estado nacional.

El decreto, firmado el 5 de enero de 2026 y publicado el 6 de enero en el Boletín Oficial, modifica el Decreto N° 1030/2016 —reglamentario del Régimen de Contrataciones de la Administración Nacional— y el Decreto N° 1169/2018, alineando la normativa local con los estándares internacionales de lucha contra la corrupción.

Reformulación normativa para asegurar la exclusión efectiva

La decisión se inscribe en el marco de las Leyes N° 13.064, N° 25.319 y del Régimen de Contrataciones establecido por el Decreto N° 1023/2001. En particular, se apoya en la Convención sobre la Lucha contra el Cohecho de Funcionarios Públicos Extranjeros en las Transacciones Comerciales Internacionales, aprobada por la Ley N° 25.319, que obliga al Estado argentino a adoptar medidas penales, civiles y administrativas para prevenir y sancionar prácticas corruptas.

Hasta ahora, la normativa exigía que la inclusión en listas de inhabilitados del Banco Mundial o del BID estuviera vinculada específicamente a conductas encuadradas en dicha Convención. Sin embargo, el propio decreto reconoce que los mecanismos de exclusión de los bancos multilaterales —los denominados debarment systems— abarcan una gama más amplia de prácticas sancionables, como conductas fraudulentas, colusorias, coercitivas, obstructivas o de apropiación indebida, sin detallar en sus listados el encuadre normativo preciso de cada caso.

Esa limitación generaba obstáculos operativos para aplicar la causal de exclusión y podía afectar los principios de legalidad, concurrencia e igualdad. Frente a ese escenario, el Poder Ejecutivo resolvió reformular la causal de inelegibilidad, ampliando su alcance para asegurar su aplicación efectiva.

Qué cambia en las contrataciones del Estado

El Decreto 5/2026 sustituye el inciso i) del artículo 68 del Anexo al Decreto N° 1030/2016 y el inciso i) del artículo 5° del Decreto N° 1169/2018. A partir de la modificación, serán inelegibles todas las personas humanas o jurídicas incluidas en las listas de inhabilitados del Banco Mundial y/o del Banco Interamericano de Desarrollo, cualquiera sea la causal que haya motivado su incorporación, mientras subsista dicha condición.

La nueva redacción establece que las jurisdicciones y entidades contratantes deberán verificar expresamente, al momento de evaluar las ofertas, que los oferentes no figuren en esas listas. La exclusión alcanza a procedimientos de contratación de obras públicas, concesiones de obras públicas y provisión de bienes y servicios de la Administración Pública Nacional.

El decreto dispone además que la norma entrará en vigencia a los quince días corridos contados desde el día hábil siguiente al de su publicación y será aplicable a los procedimientos que se autoricen o convoquen a partir de ese momento.

Impacto institucional

Desde el punto de vista institucional, la medida refuerza el enfoque preventivo del Estado frente a prácticas corruptas en el ámbito de las contrataciones públicas, uno de los sectores más sensibles en términos de uso de recursos públicos. Al ampliar las causales de exclusión, el Gobierno apunta a cerrar brechas normativas que dificultaban la aplicación de sanciones y a fortalecer la rendición de cuentas.

En términos operativos, el decreto incrementa las responsabilidades de las unidades de contratación, que deberán realizar controles activos sobre las listas de inhabilitados de los organismos multilaterales, desplazando la lógica de la mera declaración jurada de elegibilidad. Para los oferentes, el cambio eleva los estándares de cumplimiento y alinea el sistema argentino con las prácticas internacionales exigidas por los bancos de desarrollo.

La norma también se articula con el objetivo de mejorar la inserción de la Argentina en el comercio mundial, establecido en el Decreto N° 70/2023, al reforzar reglas claras y previsibles para la participación en proyectos financiados o vinculados a organismos multilaterales.

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El Gobierno extendió la intervención del ENACOM hasta enero de 2027

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El Poder Ejecutivo Nacional resolvió prorrogar por 365 días la intervención del Ente Nacional de Comunicaciones (ENACOM) y mantener en funciones a su actual interventor, mediante el Decreto 938/2025, firmado el 31 de diciembre de 2025 y publicado en el Boletín Oficial el 2 de enero de 2026. La medida extiende la intervención desde el 5 de enero de 2026 hasta el 4 de enero de 2027 y se enmarca en el proceso de evaluación, reorganización y adecuación institucional del organismo regulador a los lineamientos definidos por el Poder Ejecutivo.

El decreto ratifica como interventor al licenciado Juan Martín Ozores, con rango y jerarquía de Secretario, quien continuará ejerciendo las facultades asignadas por las Leyes 26.522 y 27.078, incluidas aquellas propias del Directorio del organismo, además de su representación legal.

Reorganización regulatoria y continuidad institucional

En los considerandos, el Gobierno fundamenta la decisión en la necesidad de consolidar los avances logrados durante el proceso de intervención, dispuesto originalmente por el Decreto 89/2024 y prorrogado luego por los Decretos 675/2024 y 448/2025. Según el texto oficial, las tareas de relevamiento, análisis y revisión de los procedimientos sustantivos y operativos del ENACOM “se encuentran en pleno proceso de ejecución”, lo que justifica la continuidad del esquema excepcional de conducción.

El Ejecutivo remarca como prioritaria la finalización de las tareas desarrolladas por comisiones técnicas y grupos de trabajo especializados, en especial en materia de servicios de comunicación audiovisual. En ese marco, la prórroga apunta a completar los trámites pendientes de adjudicación de licencias, garantizar la regularización de estaciones de radiodifusión e incorporar nuevos prestadores al sistema, reforzando la coherencia técnica de los mecanismos de fiscalización, control y sanción.

El decreto subraya que la continuidad de la intervención resulta clave para culminar la adecuación estructural del organismo, consolidar los equipos técnicos y asegurar la correcta implementación de los nuevos circuitos procedimentales, preservando la coherencia técnica alcanzada durante el proceso de reorganización.

Impacto institucional y foco en transparencia y eficiencia

La medida se inscribe en un proceso más amplio de modernización normativa y procedimental, orientado a reforzar la transparencia, previsibilidad y eficiencia de la actuación administrativa, así como la seguridad jurídica de los operadores del sector de las comunicaciones. En ese sentido, el decreto destaca la revisión y actualización integral del Reglamento General del Servicio Universal, con el objetivo de optimizar la aplicación de los recursos provenientes de los aportes de inversión obligatorios de los licenciatarios de servicios TIC.

Asimismo, el Ejecutivo considera indispensable profundizar el reordenamiento de la gestión administrativa y financiera del Fondo previsto en el artículo 97, inciso f), de la Ley 26.522, como parte de la estrategia para transparentar la asignación de recursos y asegurar el cumplimiento de los objetivos del régimen.

Desde una perspectiva institucional, la prórroga de la intervención del ENACOM confirma la decisión del Gobierno de mantener bajo conducción directa al organismo regulador de las comunicaciones, mientras se completa el proceso de reorganización interna y adecuación a los lineamientos de política pública definidos para el sector. La continuidad del interventor y la extensión del plazo buscan asegurar una transición ordenada, con foco en la simplificación regulatoria y el fortalecimiento de los mecanismos de control.

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