ESTADO NACIONAL

Fondos Rotatorios: el Gobierno habilita ampliaciones y refuerza el control del gasto público

Compartí esta noticia !

Mediante el Decreto 926/2025, el Poder Ejecutivo modificó el régimen de Fondos Rotatorios previsto en el Decreto 1344/2007, reglamentario de la Ley de Administración Financiera. La medida introduce cambios clave para permitir ampliaciones de fondos ante transferencias presupuestarias entre organismos, refuerza criterios de eficiencia para evitar saldos inmovilizados y avanza en la simplificación operativa mediante un mayor uso de medios electrónicos. El impacto es directo sobre la ejecución diaria del gasto público y la capacidad de respuesta administrativa del Estado.

Adecuaciones en el uso de Fondos Rotatorios ante cambios presupuestarios

El Decreto 926/2025, firmado por el presidente de la Nación, Javier Milei, junto al jefe de Gabinete, Manuel Adorni, y el ministro de Economía, Luis Andrés Caputo, fue dictado el 29 de diciembre de 2025 y publicado en el Boletín Oficial el 30 de diciembre. La norma modifica disposiciones centrales del Decreto N° 1344/2007, reglamentario de la Ley N° 24.156 de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional.

El eje de la medida se concentra en el artículo 81 del reglamento, que regula el funcionamiento de los Fondos Rotatorios, Fondos Rotatorios Internos y Cajas Chicas. Según el texto oficial, la modificación responde a una problemática recurrente en la administración pública: las transferencias de programas presupuestarios entre Servicios Administrativos Financieros (S.A.F.) durante el ejercicio fiscal, que pueden dejar descalzado el nivel de fondos disponibles para atender gastos inmediatos.

Hasta ahora, los Fondos Rotatorios podían constituirse hasta un límite del 3% de los créditos presupuestarios originales del ejercicio. El nuevo esquema mantiene ese tope, pero introduce una precisión clave: cuando se produzcan transferencias de programas entre jurisdicciones y entidades del Poder Ejecutivo Nacional, el S.A.F. receptor podrá ampliar su Fondo Rotatorio por un importe adicional de hasta el 3% de los créditos transferidos, siempre excluyendo la Partida Parcial 5.1.4 “Ayudas Sociales a Personas y Asignaciones Familiares”.

De manera complementaria, el S.A.F. cedente deberá adecuar su Fondo Rotatorio en función de la reducción de créditos, ajustándolo al nuevo nivel presupuestario. El objetivo explícito es evitar que los organismos que asumen nuevas funciones queden sin capacidad operativa para afrontar gastos corrientes de ejecución inmediata.

Más control sobre los montos y menos fondos inmovilizados

La reforma también refuerza el rol de la Secretaría de Hacienda en la administración del régimen. El nuevo texto del inciso f) del artículo 81 habilita a esa dependencia a restringir los montos de constitución de Fondos Rotatorios por debajo del límite máximo del 3%, cuando detecte una desproporción entre los fondos constituidos y los efectivamente ejecutados en el ejercicio inmediato anterior.

Según el decreto, esta facultad apunta a “minimizar la existencia de fondos inmovilizados en las cuentas corrientes asociadas a este régimen”, una situación que afecta la eficiencia en el uso de recursos públicos y distorsiona la gestión financiera. El criterio de evaluación será la relación entre el monto total ejecutado por el régimen y el total constituido, introduciendo así un parámetro de desempeño para la asignación de liquidez.

Este enfoque se alinea con los principios de la Ley 24.156, que promueve una administración financiera basada en la eficiencia, la economicidad y el control del gasto, en un contexto de restricción fiscal y revisión integral de los mecanismos de ejecución presupuestaria.

Simplificación operativa y avance de los medios electrónicos

Otro cambio relevante del Decreto 926/2025 se vincula con la operatoria de los Fondos Rotatorios Internos. En particular, se sustituye el inciso j) del artículo 81 del Anexo al Decreto 1344/07, eliminando la exigencia de asignación de cuentas bancarias específicas para fondos constituidos por montos iguales o inferiores a ochenta módulos (80 M).

La decisión se fundamenta en la “evolución y amplia aceptación de los medios de pago electrónicos” dentro del régimen, impulsada por las Resoluciones N° 101/2017 y 276/2018 de la Secretaría de Hacienda, que promovieron el uso de tarjetas de compra corporativas y la reducción del efectivo y los cheques. En ese marco, el decreto considera innecesario mantener exigencias operativas pensadas para un esquema financiero más tradicional.

Además, la modificación es consistente con lo dispuesto en el artículo 78, punto 8.1 del Anexo al Decreto 1344/07, que establece que los organismos del Sector Público Nacional deben operar con el menor número posible de cuentas bancarias, simplificando la gestión y fortaleciendo los controles.

Impacto institucional y posibles repercusiones

La actualización del régimen de Fondos Rotatorios tiene impacto transversal sobre toda la Administración Nacional. En términos prácticos, otorga mayor flexibilidad a los organismos que reciben nuevas competencias durante el ejercicio presupuestario, permitiéndoles sostener la ejecución cotidiana sin depender de trámites excepcionales o demoras administrativas.

Desde el punto de vista institucional, la medida refuerza el control centralizado de la liquidez, al mismo tiempo que profundiza la digitalización de los pagos y la reducción de circuitos financieros tradicionales. En un escenario de ajuste fiscal y revisión del gasto público, el decreto introduce herramientas para compatibilizar austeridad con operatividad.

Para los servicios administrativos financieros, el nuevo esquema implica una mayor responsabilidad en la gestión de fondos, con incentivos claros para evitar la acumulación de saldos ociosos. A la vez, la posibilidad de adecuar fondos ante transferencias presupuestarias reduce tensiones internas y mejora la previsibilidad en la ejecución de programas.

Compartí esta noticia !

Análisis de los ingresos, gastos y resultados del Sector Público Nacional en el primer bimestre

Compartí esta noticia !

El último informe del Centro de Economía Política Argentina (CEPA) hace foco en el análisis de los ingresos, gastos y resultados del Sector Público Nacional: datos a febrero 2022

En febrero, los ingresos totales del sector público alcanzaron los $846.031 millones lo que representa una expansión del 6% interanual respecto a 2021 en términos reales. Este aumento se vio impulsado por el crecimiento de todos los ingresos, pero particularmente se destacan los aumentos en la recaudación del IVA y los Aportes a la Contribución Social.

Los tributos de mayor peso en los ingresos totales crecieron por encima de la inflación comparados con el mismo bimestre del año anterior. La mayor actividad económica, las mejores condiciones del mercado laboral y los aumentos salariales se ven reflejados en la recaudación de los tributos asociados a estos fenómenos. Las Contribuciones a la Seguridad Social (+11% real), el IVA (+5% real), los Impuestos a los Débitos y los Créditos (+19% real) y los Derechos de Importación (+10% real) lideran los aumentos.

En el Gráfico 1 se observa que durante el 2021 los ingresos y los gastos tuvieron un comportamiento dispar, con ingresos creciendo por encima de los gastos en todos los meses menos en octubre y noviembre. El primer bimestre comienza con un aumento real de los ingresos en torno al 2%, con crecimiento en todos los conceptos asociados a la actividad económica.

A la hora de analizar la composición de los ingresos del Sector Público Nacional, vale la pena considerar que el 92% de dichos ingresos se explica por tributos. En el Gráfico 2 se observa que la Seguridad Social cumple un rol importante en los ingresos del sector público, siendo el 34% de los ingresos totales. Dentro de los impuestos, el Impuesto al Valor Agregado es el de mayor peso, y lo sigue el Impuesto a las Ganancias, Impuestos a los Débitos y Créditos y los Derechos de Exportación. Estos últimos cobran relevancia a partir de 2020 producto de la suba de los precios internacionales de commodities, de la buena cosecha de los últimos dos años y del aumento de las alícuotas que se aplicaron. Si se observa este mismo gráfico del bimestre del año anterior, vale resaltar el crecimiento del peso de las contribuciones a la Seguridad Social, que reflejan las mejoras en los indicadores de empleo. La categoría Otros Ingresos Corrientes también crece en todo 2021 y continúa en el primer bimestre del año, ya que es donde se computaron los ingresos por el Aporte Extraordinario a las Grandes Fortunas.

En materia de composición, sin embargo, los cambios mencionados no son significativos. Entre los rubros de mayor variación se observan los Derechos de Exportación (Retenciones) que en el primer bimestre de 2019 representaban 6% de los ingresos totales, en 2021 crecen 6 puntos porcentuales (pp) hasta ser el 12% y en este bimestre de 2022 caen levemente a 9%. En contraposición el IVA cae en su participación en los últimos 3 años. En 2019 el IVA era el 20% de todos los ingresos del Sector Público Nacional, y en 2022 el IVA cae 2 pp al 18%.

Conclusiones
• De acuerdo al informe fiscal que publicó CEPA para marzo 2022, en el mes de febrero los ingresos interanuales se ampliaron 6%. Los ingresos tributarios asociados a la actividad económica y al trabajo explican este aumento. En el acumulado al primer bimestre, el aumento es del 2% real.
• Los ingresos tributarios asociados a la actividad económica registraron aumentos reales, descontando la inflación. El IVA (+5%), los Derechos de Importación (+10%) y el Impuesto a los Créditos y Débitos (+19%) crecen por mejoras en la actividad. Por su parte, los Aportes a la Seguridad Social (+11%) crecen por mejoras en los datos de empleo y por el impacto de las paritarias en los salarios registrados.
• Los gastos del primer bimestre mostraron una suba del 7,6% real interanual (y 11% real respecto a 2019), explicados principalmente por las Jubilaciones (+7%) en la que se registra el impacto de la fórmula de movilidad jubilatoria, Asignaciones Familiares (+39%) y por la Inversión Pública (+12% real), que se concentra en obras de Educación (61% real vs 2021), Vivienda (89% real vs 2021) y Transporte (+32% real) destacándose las obras de Vialidad.
• El déficit primario en febrero 2022 fue de $76.284 millones. Esto es 167% real más alto que el mismo mes del año 2021, explicado por la caída en los ingresos de Derechos de Exportación principalmente. El déficit financiero de febrero fue de $136.899 millones, con un crecimiento real del 40% en relación al 2021.
• En base a los datos fiscales del primer bimestre de 2022, el país estaría en condición para cumplir con los Criterios de Ejecución fiscal que pedirá el FMI en su primera revisión.
• De acuerdo a las estimaciones de CEPA, la suba de precios internacionales impide que la segmentación de tarifas genere ahorro fiscal, con lo que los recortes presentes en el acuerdo FMI deberán provenir de otra fuente diferente.

Aquí el informe completo:

Compartí esta noticia !

Categorías

Solverwp- WordPress Theme and Plugin