ESTADO NACIONAL

Parques Nacionales extiende el plazo para definir los retiros voluntarios

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La Administración de Parques Nacionales extendió hasta el 30 de septiembre el plazo para resolver las solicitudes de adhesión al Sistema de Retiro Voluntario correspondiente al ejercicio 2026, en una decisión vinculada directamente con el reciente recambio de autoridades del organismo. La prórroga fue dispuesta con carácter excepcional y no modifica las condiciones ni los criterios establecidos para quienes se incorporaron al programa.

La Resolución 32/2026, publicada este martes en el Boletín Oficial, amplía el plazo que originalmente vencía a los 30 días corridos desde el cierre del período de adhesión. La decisión se fundamenta en las modificaciones producidas en la integración del Directorio de Parques Nacionales mediante los Decretos 960, 961, 962 y 963, dictados el 8 de septiembre.

El organismo justificó la extensión en la necesidad de garantizar la intervención de las autoridades competentes frente al estado de tramitación de las solicitudes. En otras palabras, el cambio de conducción alteró el contexto administrativo en el que debía completarse la evaluación y resolución de los pedidos de retiro voluntario.

La medida no implica una reapertura del programa ni una modificación de sus requisitos. Parques Nacionales estableció expresamente que la ampliación alcanza exclusivamente al plazo para resolver las solicitudes y que permanecen sin cambios las condiciones, criterios de evaluación y demás disposiciones del Sistema de Retiro Voluntario aprobado en junio.

El procedimiento contempla distintas etapas para analizar los pedidos y asigna al Directorio la responsabilidad de dictar el acto administrativo que determine su aceptación o rechazo. Con la nueva fecha límite, la Administración busca completar ese proceso bajo la actual composición de sus autoridades.

El cambio tiene una lectura relevante sobre la gestión de los recursos humanos del organismo. Los retiros voluntarios forman parte de las herramientas utilizadas para reordenar estructuras estatales y adaptar las dotaciones a las nuevas prioridades administrativas. En el caso de Parques Nacionales, esa reorganización debe convivir con una función específica que requiere presencia territorial y capacidad operativa en áreas protegidas distribuidas en todo el país.

Por eso, el resultado del proceso no dependerá solamente de cuántas solicitudes sean finalmente aceptadas. También será determinante cómo la Administración reorganice las funciones que queden vacantes y preserve las capacidades necesarias para administrar, conservar y controlar los territorios bajo su jurisdicción.

La resolución encomienda a la Dirección General de Recursos Humanos continuar con la tramitación de las actuaciones conforme al procedimiento previsto originalmente. La extensión, por lo tanto, busca ordenar administrativamente una transición de autoridades sin alterar las reglas bajo las cuales los trabajadores presentaron sus solicitudes.

El nuevo plazo vence el 30 de septiembre inclusive. Hasta entonces, la conducción de Parques Nacionales tendrá margen para completar la evaluación de los expedientes y adoptar las decisiones correspondientes, en un proceso que combina el recambio institucional con una revisión de la estructura de personal del organismo.

El desafío de gestión será que la reducción o reconfiguración de la planta no termine afectando las capacidades esenciales de Parques Nacionales. Una política de retiros voluntarios puede contribuir al ordenamiento administrativo, pero su resultado se mide también por la capacidad del Estado de conservar las funciones críticas que justifican la existencia del organismo.

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Prorrogan por dos años la Agencia de Transformación de Empresas Públicas y refuerza el proceso de reforma del Estado

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La administración de Javier Milei decidió extender por dos años la vigencia de la Agencia de Transformación de Empresas Públicas, el organismo creado para coordinar la reestructuración, reorganización y eventual privatización de las empresas estatales. La medida, oficializada mediante el Decreto 611/2026, busca dar continuidad a uno de los ejes centrales de la estrategia oficial de reforma del Estado, al considerar que el organismo todavía no completó los objetivos para los cuales fue creado en julio de 2024.

La decisión implica que la unidad continuará funcionando, al menos, hasta julio de 2028 o hasta que finalice el proceso de transformación de las empresas públicas, si ello ocurre antes. En paralelo, el decreto también redefine parte de su estructura, ratifica autoridades, incorpora nuevas funciones y consolida el rol de la Agencia como organismo rector del proceso de reorganización del sector empresario estatal.

El argumento del Gobierno es que la reforma aún se encuentra en desarrollo y que numerosas empresas públicas continúan atravesando procesos de revisión de su estructura jurídica, financiera y operativa. Bajo esa lógica, la continuidad de la Agencia busca garantizar un esquema centralizado de coordinación para las decisiones vinculadas con fusiones, escisiones, reorganizaciones, transferencias a provincias o eventuales privatizaciones.

El decreto ratifica a Diego Martín Chaher como titular de la Agencia con rango de secretario y dispone una reorganización interna. Luciano Masnú Lardet deja la Dirección Ejecutiva de Procesos y Privatizaciones para asumir como subtitular del organismo, mientras que Cristian Nicolás García fue designado, con carácter ad honorem, como nuevo Director Ejecutivo de Procesos y Privatizaciones. También se prorrogan las designaciones de otros funcionarios responsables de las áreas de pliegos, contratos, articulación laboral, apoyo societario y asesoramiento legal.

Más allá de los cambios de nombres, el aspecto más relevante del decreto pasa por la ampliación de las competencias institucionales. A partir de ahora, la Agencia podrá ejercer directamente la representación societaria del Estado Nacional en empresas públicas cuando así se le delegue y tendrá la responsabilidad de evaluar la idoneidad de los candidatos que el Estado proponga para integrar directorios y órganos de administración de las compañías bajo control estatal.

Ese último punto incorpora un mecanismo adicional de control previo sobre las designaciones políticas dentro de las empresas públicas, un aspecto que el Gobierno considera clave para profesionalizar la conducción de las sociedades estatales y fortalecer los criterios de gestión.

La Agencia fue creada originalmente en julio de 2024 como una unidad ejecutora temporaria dentro del Ministerio de Economía con el objetivo de centralizar todas las decisiones vinculadas con las empresas comprendidas en el artículo 8° de la Ley de Administración Financiera. Desde entonces, se convirtió en uno de los principales instrumentos para ejecutar la política de reducción del tamaño del Estado impulsada por la actual administración.

En términos de gestión pública, la prórroga también evita que el proceso quede interrumpido en plena ejecución. El decreto instruye además al Ministerio de Economía a incorporar las partidas presupuestarias correspondientes para asegurar el funcionamiento de la Agencia durante el presupuesto 2027 y los ejercicios siguientes, en caso de resultar necesario.

La continuidad del organismo constituye una señal de que el Ejecutivo mantiene sin modificaciones su hoja de ruta respecto del sector empresario estatal. La estrategia oficial combina saneamiento financiero, revisión de estructuras, profesionalización de directorios y análisis de alternativas que van desde la reorganización administrativa hasta la incorporación de capital privado o la privatización, según las características de cada empresa.

Para provincias con fuerte presencia de empresas nacionales en áreas estratégicas —como transporte, energía, infraestructura o servicios— el avance de este proceso seguirá siendo un factor de alto impacto económico y laboral. La definición del futuro de estas compañías influirá tanto sobre la inversión pública como sobre el empleo, la prestación de servicios y la competitividad regional, convirtiendo a la Agencia en uno de los organismos más relevantes dentro del programa de transformación del Estado impulsado por el Gobierno nacional.

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El Gobierno dispuso el traslado definitivo del Sable Corvo de San Martín al Regimiento de Granaderos

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El Poder Ejecutivo nacional ordenó el traslado del Sable Corvo del Libertador General Don José de San Martín a la sede principal y cuartel del Regimiento de Granaderos a Caballo “General San Martín”, en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, con el objetivo de garantizar su preservación, seguridad y custodia permanente. La medida fue formalizada mediante el Decreto 81/2026, firmado el 2 de febrero de 2026, y deroga expresamente el Decreto N° 843/2015, que había dispuesto su exhibición permanente en el Museo Histórico Nacional.

La decisión tiene un fuerte peso institucional y simbólico: redefine el esquema de guarda de uno de los bienes históricos más relevantes del patrimonio nacional y refuerza el rol del Regimiento de Granaderos como custodio de los símbolos fundacionales del Estado argentino.

Un símbolo del patrimonio histórico bajo custodia militar

El decreto recuerda que el Sable Corvo integra el patrimonio histórico de la Nación y constituye “uno de los símbolos más representativos de la soberanía nacional y de la consolidación de la independencia”. Donado al Estado Nacional en 1897, el arma fue incorporada al acervo público con el fin de asegurar su preservación y custodia estatal como testimonio material del proceso emancipador.

El texto oficial detalla que el sable fue objeto de hechos ilícitos en dos oportunidades, en 1963 y 1965, cuando se encontraba bajo guarda del Museo Histórico Nacional. Si bien fue recuperado en ambos casos, esos episodios motivaron un cambio de criterio en materia de seguridad. Como consecuencia, el Decreto N° 8756/1967 dispuso su guarda y custodia definitiva por parte del Regimiento de Granaderos a Caballo “General San Martín”, unidad creada por el propio Libertador.

Posteriormente, en 2015, el Decreto N° 843 estableció su traslado al Museo Histórico Nacional para exhibición permanente, aunque manteniendo la custodia formal del Regimiento. Esa decisión queda ahora sin efecto.

El rol del Regimiento y el valor institucional del Cuartel de Palermo

El decreto subraya que el Regimiento de Granaderos a Caballo ha tenido históricamente a su cargo la custodia del Jefe Supremo de la Nación y de los símbolos más relevantes de la historia argentina, constituyendo “una expresión de la continuidad institucional que vincula los orígenes de la República con el presente del Estado Nacional”.

En ese marco, se destaca también el valor del Cuartel de Palermo, ubicado en la Avenida Luis María Campos N° 554, declarado Monumento Histórico Nacional por el Decreto N° 1109/1997. El conjunto edilicio y sus jardines están directamente asociados a la figura del Libertador y a la tradición republicana argentina, lo que refuerza —según el Poder Ejecutivo— la coherencia histórica del traslado.

El Gobierno considera que la guarda del Sable Corvo en ese ámbito “restituye su contexto histórico propio” y garantiza condiciones adecuadas de conservación, seguridad y jerarquía institucional, en línea con el legado sanmartiniano.

Alcances de la medida

El Decreto 81/2026 establece que el sable quedará bajo la guarda y custodia exclusiva del Regimiento de Granaderos a Caballo, que será responsable de su preservación, seguridad e integridad conforme a las normas y protocolos aplicables. La decisión se inscribe, según los considerandos, en una política del Estado Nacional orientada a “honrar la historia nacional” y asegurar una administración responsable del patrimonio público.

Desde el punto de vista institucional, la derogación del decreto de 2015 implica un cambio relevante en el vínculo entre el Museo Histórico Nacional y uno de los objetos más emblemáticos de su acervo histórico reciente. Al mismo tiempo, reafirma el rol de las Fuerzas Armadas —en este caso, a través de una unidad histórica— en la custodia de símbolos fundacionales del orden republicano.

La medida fue dictada en uso de las facultades conferidas por el artículo 99, inciso 1, de la Constitución Nacional y contó con la intervención del servicio de asesoramiento jurídico correspondiente.

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Parques Nacionales definió su hoja de ruta 2024–2027 con foco en turismo, gestión y sostenibilidad

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La Administración de Parques Nacionales (APN) aprobó formalmente las “Políticas y lineamientos estratégicos del Directorio de APN para el período 2024–2027”, un documento rector que fija objetivos, prioridades y criterios de gestión para los próximos cuatro años. La decisión quedó plasmada en la Resolución 25/2026, firmada el 29 de enero en la Ciudad de Buenos Aires, y constituye una actualización clave del esquema de planificación institucional, alineada con una nueva metodología de gestión por resultados y con impacto directo en el manejo ambiental, turístico y financiero del sistema de áreas protegidas.

La medida importa porque ordena la estrategia del organismo en un contexto de mayores exigencias presupuestarias, presión turística creciente y necesidad de articular políticas ambientales con desarrollo económico sostenible. Además, brinda previsibilidad institucional y define un marco común para la toma de decisiones del Directorio y de las distintas direcciones operativas de la APN.

Un instrumento rector para la planificación institucional

El nuevo documento estratégico se tramita en el Expediente EX-2026-00310436-APN-DGA#APNAC y fue elaborado por la Dirección de Planeamiento Estratégico, creada por la Decisión Administrativa Nº 1.422/2016 como área responsable de asistir al organismo en la definición de objetivos prioritarios y cursos de acción estratégicos.

Según se detalla en los considerandos de la resolución, los lineamientos aprobados funcionan como un “instrumento técnico indispensable para la planificación y evaluación de las acciones del Organismo”. En ese marco, se establecen la orientación institucional, los objetivos estratégicos y las prioridades de gestión para el período 2024–2027, integrándose como complemento actualizado de los lineamientos ya vigentes.

La decisión también se apoya en antecedentes normativos relevantes, como la Resolución del Directorio Nº 142/2001 —que aprobó el Plan de Gestión Institucional— y la Resolución RESFC-2018-476-APN-D#APNAC, que definió lineamientos estratégicos previos. No obstante, el Directorio consideró necesario adecuar esos marcos a los requerimientos actuales y a una lógica de evaluación basada en resultados.

Cinco pilares estratégicos que ordenan la gestión

El documento aprobado estructura la estrategia de la APN sobre cinco pilares centrales, que funcionan como ejes transversales para todas las políticas y acciones del organismo:

  1. Expansión de la oferta turística, orientada a diversificar propuestas y fortalecer el rol del turismo en áreas protegidas.
  2. Innovación de la gestión, con énfasis en modernización administrativa y mejora continua.
  3. Alianzas estratégicas, que promueven la articulación con otros organismos, sectores y actores.
  4. Autonomía financiera, clave para sostener el funcionamiento del sistema de parques en un contexto fiscal restrictivo.
  5. Protección activa del patrimonio natural y cultural, núcleo histórico de la misión institucional de la APN.

Estos pilares definen criterios rectores que permiten articular políticas institucionales en distintos niveles, desde la planificación central hasta la gestión cotidiana de los parques nacionales.

Impacto institucional y proyección a mediano plazo

La aprobación de los Lineamientos Estratégicos 2024–2027 consolida un marco de previsibilidad para la APN y para los actores vinculados al sistema de áreas protegidas, incluyendo sectores turísticos, comunidades locales y organismos públicos con competencias concurrentes.

Desde el punto de vista institucional, la resolución fortalece la capacidad del Directorio para evaluar políticas, asignar recursos y monitorear resultados bajo una lógica unificada. En términos de impacto económico y ambiental, la definición explícita de prioridades —como la expansión turística con protección activa del patrimonio— anticipa tensiones y equilibrios que marcarán la agenda de gestión en los próximos años.

La medida fue adoptada en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 23, incisos f) y w), de la Ley Nº 22.351, y contó con la intervención de la Dirección de Planeamiento Estratégico y de la Dirección General de Asuntos Jurídicos. Con su publicación en el Boletín Oficial, el documento estratégico entra plenamente en vigencia como hoja de ruta institucional de la Administración de Parques Nacionales.

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El empleo público nacional cayó 7,2% interanual y cerró 2025 con 280.120 trabajadores

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El empleo en el sector público nacional volvió a retroceder y cerró diciembre de 2025 con 280.120 trabajadores, lo que representa una caída interanual del 7,2% y una baja mensual del 0,6%, según el reporte oficial del Instituto Nacional de Estadística y Censos (INDEC). La contracción se concentró principalmente en la Administración Pública Nacional, con un ajuste más marcado en la administración centralizada, que registró el mayor descenso porcentual del año.

El dato confirma una tendencia sostenida de reducción en la dotación estatal a lo largo de 2025 y tiene impacto directo sobre la estructura del gasto público, la organización administrativa del Estado nacional y el funcionamiento de áreas clave de gestión.

Fuerte ajuste en la Administración Pública Nacional

Del total de 280.120 empleados del sector público nacional, 190.936 correspondieron a la Administración Pública Nacional, que mostró una disminución interanual del 7,1%. En paralelo, las empresas y sociedades del Estado contabilizaron 89.184 trabajadores, lo que implica una caída del 7,4% respecto de diciembre de 2024.

Al desagregar la Administración Pública, el informe del INDEC revela que la administración centralizada fue la más afectada por el ajuste, con una contracción del 10,5% interanual, cerrando diciembre con 38.940 agentes. Este segmento concentra funciones estratégicas del Estado nacional, por lo que la magnitud de la caída adquiere relevancia institucional.

La administración descentralizada, en tanto, registró 116.222 empleados, con una reducción del 6,4% interanual. Por su parte, la administración desconcentrada alcanzó los 21.733 trabajadores, con una baja del 6,0%, mientras que los otros entes sumaron 14.041 agentes, lo que representa un descenso del 4,4% frente al mismo mes del año anterior.

Metodología, datos imputados y alcance del informe

El reporte oficial del INDEC precisó además que nueve entidades no informaron su dotación de personal en diciembre de 2025, motivo por el cual se imputaron 1.407 puestos de trabajo, equivalentes al 0,5% del total del empleo público nacional. Esta aclaración metodológica resulta clave para interpretar el alcance de las cifras publicadas y su comparabilidad interanual.

En términos técnicos, el informe consolida la evolución del empleo público nacional incluyendo tanto la Administración Pública como las empresas y sociedades del Estado, lo que permite observar el impacto agregado del ajuste sobre la estructura laboral del sector público.

Impacto económico e institucional del retroceso del empleo estatal

La caída del 7,2% interanual en el empleo público nacional refleja un proceso de reducción de la dotación estatal que tiene implicancias económicas e institucionales. En el plano fiscal, la disminución del número de trabajadores incide directamente sobre el gasto en personal, uno de los componentes más relevantes del presupuesto nacional.

Desde una perspectiva institucional, el ajuste se concentra con mayor fuerza en la administración centralizada, lo que puede impactar en la capacidad operativa de áreas clave del Estado. Al mismo tiempo, la reducción también alcanza a organismos descentralizados, entes desconcentrados y empresas públicas, configurando un recorte transversal en la estructura del sector público nacional.

Con estos datos, el cierre de 2025 deja un panorama de menor empleo estatal, con una contracción que se sostuvo tanto en la comparación interanual como en el último mes del año, y que marca un punto de referencia para el análisis del tamaño y funcionamiento del Estado nacional.

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