ESTADO NACIONAL

El Gobierno extendió la intervención del ENACOM hasta enero de 2027

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El Poder Ejecutivo Nacional resolvió prorrogar por 365 días la intervención del Ente Nacional de Comunicaciones (ENACOM) y mantener en funciones a su actual interventor, mediante el Decreto 938/2025, firmado el 31 de diciembre de 2025 y publicado en el Boletín Oficial el 2 de enero de 2026. La medida extiende la intervención desde el 5 de enero de 2026 hasta el 4 de enero de 2027 y se enmarca en el proceso de evaluación, reorganización y adecuación institucional del organismo regulador a los lineamientos definidos por el Poder Ejecutivo.

El decreto ratifica como interventor al licenciado Juan Martín Ozores, con rango y jerarquía de Secretario, quien continuará ejerciendo las facultades asignadas por las Leyes 26.522 y 27.078, incluidas aquellas propias del Directorio del organismo, además de su representación legal.

Reorganización regulatoria y continuidad institucional

En los considerandos, el Gobierno fundamenta la decisión en la necesidad de consolidar los avances logrados durante el proceso de intervención, dispuesto originalmente por el Decreto 89/2024 y prorrogado luego por los Decretos 675/2024 y 448/2025. Según el texto oficial, las tareas de relevamiento, análisis y revisión de los procedimientos sustantivos y operativos del ENACOM “se encuentran en pleno proceso de ejecución”, lo que justifica la continuidad del esquema excepcional de conducción.

El Ejecutivo remarca como prioritaria la finalización de las tareas desarrolladas por comisiones técnicas y grupos de trabajo especializados, en especial en materia de servicios de comunicación audiovisual. En ese marco, la prórroga apunta a completar los trámites pendientes de adjudicación de licencias, garantizar la regularización de estaciones de radiodifusión e incorporar nuevos prestadores al sistema, reforzando la coherencia técnica de los mecanismos de fiscalización, control y sanción.

El decreto subraya que la continuidad de la intervención resulta clave para culminar la adecuación estructural del organismo, consolidar los equipos técnicos y asegurar la correcta implementación de los nuevos circuitos procedimentales, preservando la coherencia técnica alcanzada durante el proceso de reorganización.

Impacto institucional y foco en transparencia y eficiencia

La medida se inscribe en un proceso más amplio de modernización normativa y procedimental, orientado a reforzar la transparencia, previsibilidad y eficiencia de la actuación administrativa, así como la seguridad jurídica de los operadores del sector de las comunicaciones. En ese sentido, el decreto destaca la revisión y actualización integral del Reglamento General del Servicio Universal, con el objetivo de optimizar la aplicación de los recursos provenientes de los aportes de inversión obligatorios de los licenciatarios de servicios TIC.

Asimismo, el Ejecutivo considera indispensable profundizar el reordenamiento de la gestión administrativa y financiera del Fondo previsto en el artículo 97, inciso f), de la Ley 26.522, como parte de la estrategia para transparentar la asignación de recursos y asegurar el cumplimiento de los objetivos del régimen.

Desde una perspectiva institucional, la prórroga de la intervención del ENACOM confirma la decisión del Gobierno de mantener bajo conducción directa al organismo regulador de las comunicaciones, mientras se completa el proceso de reorganización interna y adecuación a los lineamientos de política pública definidos para el sector. La continuidad del interventor y la extensión del plazo buscan asegurar una transición ordenada, con foco en la simplificación regulatoria y el fortalecimiento de los mecanismos de control.

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Reforma de la Ley de Inteligencia: más poder a la SIDE y nuevo esquema de ciberseguridad nacional

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El Poder Ejecutivo Nacional dispuso una reforma integral del Sistema de Inteligencia Nacional (SIN) mediante el Decreto de Necesidad y Urgencia 941/2025, publicado el 2 de enero de 2026 en el Boletín Oficial. La norma modifica la Ley de Inteligencia Nacional N° 25.520, redefine competencias clave, reorganiza organismos existentes y crea el Centro Nacional de Ciberseguridad (CNC) como nueva autoridad nacional en la materia. El objetivo declarado es reducir superposiciones, centralizar la conducción estratégica, fortalecer la contrainteligencia y mejorar la articulación interinstitucional, en un contexto de amenazas multidimensionales, cibercriminalidad y riesgos estratégicos crecientes.

La medida entra en vigencia desde su publicación y será remitida a la Comisión Bicameral Permanente del Congreso, conforme lo establece la Ley N° 26.122, para su análisis legislativo.

Reordenamiento del sistema de inteligencia y nuevo enfoque en contrainteligencia

El DNU redefine la arquitectura del SIN al ratificar a la Secretaría de Inteligencia de Estado (SIDE) como órgano superior del sistema y reorganizar sus dependencias. En ese marco, se establece que todas las actividades de Inteligencia Nacional revisten carácter encubierto, “con el fin de minimizar el Riesgo Estratégico Nacional” (nuevo artículo 2° bis).

Uno de los cambios centrales es la transformación de la Agencia de Seguridad Nacional (ASN) en la Agencia Nacional de Contrainteligencia (ANC), con un enfoque preventivo orientado a identificar y analizar amenazas como espionaje, sabotaje, injerencia, interferencia e influencia sobre el proceso decisorio del sistema republicano. La norma precisa que la contrainteligencia incluye medidas pasivas de seguridad, cuya adopción será obligatoria en todo el Sector Público Nacional bajo responsabilidad de los titulares de cada organismo.

En paralelo, la División de Asuntos Internos (DAI) pasa a denominarse Inspectoría General de Inteligencia (IGI), con funciones ampliadas de auditoría, control de desempeño, evaluación de eficacia y uso de recursos dentro del sistema.

El decreto también disuelve la Dirección Nacional de Inteligencia Estratégica Militar, transfiriendo sus bienes, presupuesto y funciones a la Dirección General de Inteligencia del Estado Mayor Conjunto de las Fuerzas Armadas (DGIEMCO), para evitar superposición de estructuras y optimizar la producción de inteligencia estratégica militar.

Ciberseguridad y ciberinteligencia: separación de funciones y nuevo organismo rector

Otro eje central del DNU es la separación funcional entre ciberseguridad y ciberinteligencia. Para ello, se crea el Centro Nacional de Ciberseguridad (CNC) como organismo descentralizado en la órbita de la Secretaría de Innovación, Ciencia y Tecnología de la Jefatura de Gabinete, que será la autoridad nacional en materia de ciberseguridad.

El CNC tendrá a su cargo la protección del ciberespacio de interés nacional, las infraestructuras críticas de información, los activos digitales estratégicos del Estado y los sistemas tecnológicos vinculados a servicios públicos esenciales. Entre sus funciones se destacan la elaboración de la política nacional de ciberseguridad, la coordinación del CERT.AR, el monitoreo y respuesta a incidentes informáticos, la definición de estándares, la articulación federal y la promoción de buenas prácticas internacionales.

Como consecuencia, la Agencia Federal de Ciberseguridad pasa a denominarse Agencia Federal de Ciberinteligencia (AFC), con competencia específica en la producción de inteligencia en el dominio del ciberespacio y el espacio radioeléctrico, enfocada en amenazas que afecten la seguridad nacional, la soberanía tecnológica y la integridad de la información pública y privada.

El personal del CNC se regirá por la Ley Marco de Empleo Público N° 25.164 y se crea una Asignación por Responsabilidad en Tareas de Ciberseguridad, de carácter remunerativo y no bonificable, cuyo monto será definido por la Secretaría de Transformación del Estado y Función Pública, con intervención de la Comisión Técnica Asesora de Política Salarial.

Comunidades de Inteligencia e Informativa: más coordinación y centralización

El decreto introduce además dos nuevas figuras institucionales: la Comunidad de Inteligencia Nacional (CITN) y la Comunidad Informativa Nacional (CIFN). Ambas funcionarán bajo la dirección de la SIDE y tendrán como finalidad integrar, coordinar y compartir información estratégica entre organismos del Estado.

La CITN estará integrada por los órganos del SIN, las áreas de inteligencia de las fuerzas federales y armadas, la Unidad de Información Financiera (UIF) y otros organismos nacionales, provinciales y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires que se incorporen mediante convenios. En tanto, la CIFN reunirá a ministerios, agencias y entes clave como Cancillería, Seguridad, Justicia, Migraciones, RENAPER, Aduanas, CONAE, ARN y CNEA, entre otros.

El texto subraya que el intercambio de información deberá realizarse con estrictos estándares de seguridad, trazabilidad y protección de datos personales, y reafirma la prohibición de producir inteligencia sobre personas por razones ideológicas, religiosas, políticas o por actividades lícitas.

Reforma de la Ley de Inteligencia Argentina by CristianMilciades

Impacto institucional, presupuestario y político

Desde el punto de vista institucional, el DNU refuerza la centralización de la conducción estratégica en la SIDE, amplía sus atribuciones presupuestarias y de coordinación, y redefine los límites entre inteligencia, contrainteligencia, seguridad y funciones policiales. También habilita, bajo condiciones específicas, la aprehensión de personas en flagrancia por parte del personal de inteligencia, con obligación de dar aviso inmediato a las fuerzas de seguridad competentes.

En términos presupuestarios, el gasto derivado de la creación del CNC será atendido con partidas de la Jurisdicción 25 – Jefatura de Gabinete de Ministros, mientras que los bienes y recursos de la ex Agencia Federal de Ciberseguridad serán transferidos al nuevo organismo.

En el plano político, la decisión de avanzar mediante un DNU se fundamenta en la “urgencia” de reducir riesgos estratégicos y evitar demoras legislativas. No obstante, la medida queda ahora sujeta al análisis del Congreso, donde deberá ser evaluada por la Comisión Bicameral Permanente, en un contexto de alta sensibilidad institucional y debate sobre el alcance del poder de inteligencia del Estado.

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El Gobierno prorrogó las pautas salariales para el sector público nacional

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El Poder Ejecutivo Nacional resolvió extender durante todo 2026 los lineamientos de negociación salarial para el Sector Público Nacional, mediante la Decisión Administrativa 43/2025, firmada el 31 de diciembre de 2025 y publicada en el Boletín Oficial el 2 de enero de 2026. La medida prorroga la vigencia de la Decisión Administrativa 28/2024, que fija pautas uniformes para las negociaciones colectivas, con el objetivo explícito de optimizar los recursos del Estado, reducir el gasto público y mantener criterios homogéneos en materia salarial.

La decisión se inscribe en la política de administración del gasto y ordenamiento fiscal impulsada por el Gobierno y alcanza a las jurisdicciones, entidades y organismos del Poder Ejecutivo Nacional comprendidos en el artículo 8°, incisos a) y c), de la Ley 24.156 de Administración Financiera.

Antecedentes normativos y objetivos de la prórroga

Los lineamientos salariales que ahora se extienden hasta el 31 de diciembre de 2026 fueron establecidos originalmente por la Decisión Administrativa 28 del 1° de febrero de 2024, en el marco de las facultades conferidas por la Ley 18.753, que asigna a la Comisión Técnica Asesora de Política Salarial del Sector Público la responsabilidad de estudiar y coordinar una política salarial armónica en el ámbito estatal.

Posteriormente, la Decisión Administrativa 1 del 6 de enero de 2025 prorrogó esas pautas durante todo el ejercicio presupuestario 2025, con el argumento de avanzar en la reducción del gasto público y la eficiencia en la administración estatal. Según se desprende de los considerandos de la nueva norma, desde su implementación “se ha logrado avanzar de manera ininterrumpida hacia el logro de los objetivos señalados, manteniendo durante el Ejercicio Presupuestario 2025 parámetros homogéneos para la negociación de salarios”.

La Decisión Administrativa 43/2025 sostiene que, en virtud de esos resultados, resulta “pertinente prorrogar los lineamientos oportunamente establecidos […] para el Ejercicio Presupuestario 2026”, reforzando la continuidad de un esquema centralizado de pautas salariales para todo el sector público nacional.

Impacto en las negociaciones colectivas y el gasto público

La medida tiene incidencia directa sobre las negociaciones colectivas de trabajo en el ámbito estatal, reguladas por la Ley 14.250 (t.o. 2004), y sobre el funcionamiento de las comisiones negociadoras definidas por los Decretos 183/1988 y 322/2017. En particular, reafirma la representación del sector empleador del Estado nacional en las discusiones paritarias y la aplicación de criterios comunes en organismos centralizados, descentralizados, instituciones de seguridad social y entes estatales comprendidos en la Ley 24.156.

Desde el punto de vista fiscal, la prórroga busca preservar previsibilidad presupuestaria y consolidar un esquema de control del gasto salarial, uno de los componentes más relevantes del gasto corriente del Estado. En ese sentido, la norma aclara que todas las referencias previas a la Ley de Presupuesto 27.701 y al Decreto 88/2023 deberán entenderse realizadas al instrumento que apruebe el Presupuesto 2026, alineando las pautas salariales con el marco presupuestario vigente.

Alcance institucional y continuidad de la política salarial

La decisión fue adoptada por el Jefe de Gabinete de Ministros, en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 100, incisos 1, 2 y 7 de la Constitución Nacional, y contó con la intervención de la Subsecretaría de Presupuesto de la Secretaría de Hacienda del Ministerio de Economía, así como de los servicios jurídicos competentes.

En términos institucionales, la prórroga consolida una política salarial coordinada y centralizada dentro del Sector Público Nacional, reforzando el rol de los organismos rectores en la definición de pautas comunes y limitando la dispersión de criterios entre jurisdicciones. La continuidad de este esquema durante 2026 anticipa un escenario de negociaciones salariales condicionadas por parámetros fiscales y presupuestarios uniformes, en línea con la estrategia general de ordenamiento del gasto público.

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INDEC: el empleo en la administración pública nacional bajó 7,8% interanual en noviembre

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La dotación de personal de la administración pública nacional, empresas y sociedades del Estado se redujo a 281.785 personas en noviembre de 2025, según datos oficiales del INDEC, y acumuló una pérdida de 59.688 empleos desde diciembre de 2023, cuando asumió el presidente Javier Milei. La cifra consolida el ajuste sobre el sector público como uno de los ejes centrales de la política económica y administrativa del Gobierno nacional, con impacto directo en el funcionamiento del Estado, el mercado laboral y la estructura institucional.

En el último mes relevado, noviembre de 2025, el empleo público cayó 0,3% respecto de octubre (785 puestos menos) y 7,8% en la comparación interanual, lo que equivale a 22.322 trabajadores menos frente a noviembre de 2024. Los datos surgen del informe técnico “Dotación de personal de la administración pública nacional, empresas y sociedades”, publicado el 30 de diciembre de 2025 por el INDEC.

Un ajuste sostenido en la administración pública nacional

El recorte se verifica en casi todos los segmentos del Estado nacional. La Administración Pública Nacional (APN) cerró noviembre con 192.219 empleados, una baja mensual de 0,2% y una caída interanual del 7,1%. Dentro de ese universo, la administración centralizada pasó de 39.272 a 39.011 trabajadores, lo que implicó una reducción mensual del 0,7% y una caída interanual del 10,7%.

La administración descentralizada, que concentra el mayor volumen de personal, también mostró una contracción: bajó 0,3% mensual, de 116.960 a 116.571 empleados, mientras que la administración desconcentrada fue el único segmento que registró una suba en noviembre, con 22.534 trabajadores, un incremento del 1,3% mensual (284 puestos más). En tanto, los otros entes redujeron su dotación 0,3%, al pasar de 14.148 a 14.103 empleados.

Si se toma el acumulado de enero a noviembre de 2025, la APN perdió 18.178 puestos de trabajo, lo que representa una caída del 6,06% en lo que va del año. El contraste es más marcado al comparar con el inicio de la actual gestión: en enero de 2024, la administración pública nacional contabilizaba 333.784 puestos, por lo que el retroceso acumulado alcanza el 15,57%.

Empresas y sociedades del Estado: menos personal y menor estructura

El ajuste también se extendió a las empresas y sociedades del Estado, que en noviembre registraron 89.566 empleados, con una caída mensual de 374 puestos (-0,4%) y una reducción interanual del 7,8%. Este segmento explica una parte relevante del recorte total, en un contexto de revisión del rol del Estado empresario y de los costos operativos de las compañías con participación estatal.

En conjunto, la dotación total del sector público nacional —administración central, organismos descentralizados, entes y empresas— pasó de casi 300 mil trabajadores a comienzos de 2025 a los 281.785 actuales, consolidando una tendencia de reducción sostenida mes a mes. El informe oficial detalla que la medición incluye a 125 entidades, aunque en noviembre 10 empresas y sociedades no informaron su dotación, por lo que 5.194 personas (1,8% del total) fueron imputadas estadísticamente.

Impacto económico e institucional del recorte

La caída de casi 60 mil empleos públicos en dos años refleja el alcance del proceso de reorganización y reducción del Estado impulsado por el Gobierno nacional desde diciembre de 2023. En términos económicos, el ajuste contribuye a la reducción del gasto corriente, especialmente en salarios, uno de los componentes más relevantes del presupuesto nacional. En el plano institucional, sin embargo, plantea interrogantes sobre la capacidad operativa de áreas clave del Estado, en particular en organismos con funciones regulatorias, técnicas o de prestación de servicios.

La evolución del empleo público se convirtió así en un indicador central para seguir la estrategia de desregulación y transformación del Estado, en un contexto de fuerte debate político sobre el tamaño del sector público, la eficiencia administrativa y el impacto social del ajuste. Con los datos de noviembre, el INDEC confirma que la tendencia descendente se mantiene y que el redimensionamiento del Estado sigue siendo uno de los pilares de la política económica vigente.

Dotacion Personal Publico Argentina by CristianMilciades

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Fondos Rotatorios: el Gobierno habilita ampliaciones y refuerza el control del gasto público

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Mediante el Decreto 926/2025, el Poder Ejecutivo modificó el régimen de Fondos Rotatorios previsto en el Decreto 1344/2007, reglamentario de la Ley de Administración Financiera. La medida introduce cambios clave para permitir ampliaciones de fondos ante transferencias presupuestarias entre organismos, refuerza criterios de eficiencia para evitar saldos inmovilizados y avanza en la simplificación operativa mediante un mayor uso de medios electrónicos. El impacto es directo sobre la ejecución diaria del gasto público y la capacidad de respuesta administrativa del Estado.

Adecuaciones en el uso de Fondos Rotatorios ante cambios presupuestarios

El Decreto 926/2025, firmado por el presidente de la Nación, Javier Milei, junto al jefe de Gabinete, Manuel Adorni, y el ministro de Economía, Luis Andrés Caputo, fue dictado el 29 de diciembre de 2025 y publicado en el Boletín Oficial el 30 de diciembre. La norma modifica disposiciones centrales del Decreto N° 1344/2007, reglamentario de la Ley N° 24.156 de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional.

El eje de la medida se concentra en el artículo 81 del reglamento, que regula el funcionamiento de los Fondos Rotatorios, Fondos Rotatorios Internos y Cajas Chicas. Según el texto oficial, la modificación responde a una problemática recurrente en la administración pública: las transferencias de programas presupuestarios entre Servicios Administrativos Financieros (S.A.F.) durante el ejercicio fiscal, que pueden dejar descalzado el nivel de fondos disponibles para atender gastos inmediatos.

Hasta ahora, los Fondos Rotatorios podían constituirse hasta un límite del 3% de los créditos presupuestarios originales del ejercicio. El nuevo esquema mantiene ese tope, pero introduce una precisión clave: cuando se produzcan transferencias de programas entre jurisdicciones y entidades del Poder Ejecutivo Nacional, el S.A.F. receptor podrá ampliar su Fondo Rotatorio por un importe adicional de hasta el 3% de los créditos transferidos, siempre excluyendo la Partida Parcial 5.1.4 “Ayudas Sociales a Personas y Asignaciones Familiares”.

De manera complementaria, el S.A.F. cedente deberá adecuar su Fondo Rotatorio en función de la reducción de créditos, ajustándolo al nuevo nivel presupuestario. El objetivo explícito es evitar que los organismos que asumen nuevas funciones queden sin capacidad operativa para afrontar gastos corrientes de ejecución inmediata.

Más control sobre los montos y menos fondos inmovilizados

La reforma también refuerza el rol de la Secretaría de Hacienda en la administración del régimen. El nuevo texto del inciso f) del artículo 81 habilita a esa dependencia a restringir los montos de constitución de Fondos Rotatorios por debajo del límite máximo del 3%, cuando detecte una desproporción entre los fondos constituidos y los efectivamente ejecutados en el ejercicio inmediato anterior.

Según el decreto, esta facultad apunta a “minimizar la existencia de fondos inmovilizados en las cuentas corrientes asociadas a este régimen”, una situación que afecta la eficiencia en el uso de recursos públicos y distorsiona la gestión financiera. El criterio de evaluación será la relación entre el monto total ejecutado por el régimen y el total constituido, introduciendo así un parámetro de desempeño para la asignación de liquidez.

Este enfoque se alinea con los principios de la Ley 24.156, que promueve una administración financiera basada en la eficiencia, la economicidad y el control del gasto, en un contexto de restricción fiscal y revisión integral de los mecanismos de ejecución presupuestaria.

Simplificación operativa y avance de los medios electrónicos

Otro cambio relevante del Decreto 926/2025 se vincula con la operatoria de los Fondos Rotatorios Internos. En particular, se sustituye el inciso j) del artículo 81 del Anexo al Decreto 1344/07, eliminando la exigencia de asignación de cuentas bancarias específicas para fondos constituidos por montos iguales o inferiores a ochenta módulos (80 M).

La decisión se fundamenta en la “evolución y amplia aceptación de los medios de pago electrónicos” dentro del régimen, impulsada por las Resoluciones N° 101/2017 y 276/2018 de la Secretaría de Hacienda, que promovieron el uso de tarjetas de compra corporativas y la reducción del efectivo y los cheques. En ese marco, el decreto considera innecesario mantener exigencias operativas pensadas para un esquema financiero más tradicional.

Además, la modificación es consistente con lo dispuesto en el artículo 78, punto 8.1 del Anexo al Decreto 1344/07, que establece que los organismos del Sector Público Nacional deben operar con el menor número posible de cuentas bancarias, simplificando la gestión y fortaleciendo los controles.

Impacto institucional y posibles repercusiones

La actualización del régimen de Fondos Rotatorios tiene impacto transversal sobre toda la Administración Nacional. En términos prácticos, otorga mayor flexibilidad a los organismos que reciben nuevas competencias durante el ejercicio presupuestario, permitiéndoles sostener la ejecución cotidiana sin depender de trámites excepcionales o demoras administrativas.

Desde el punto de vista institucional, la medida refuerza el control centralizado de la liquidez, al mismo tiempo que profundiza la digitalización de los pagos y la reducción de circuitos financieros tradicionales. En un escenario de ajuste fiscal y revisión del gasto público, el decreto introduce herramientas para compatibilizar austeridad con operatividad.

Para los servicios administrativos financieros, el nuevo esquema implica una mayor responsabilidad en la gestión de fondos, con incentivos claros para evitar la acumulación de saldos ociosos. A la vez, la posibilidad de adecuar fondos ante transferencias presupuestarias reduce tensiones internas y mejora la previsibilidad en la ejecución de programas.

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