Fondo de Asistencia Laboral

El Senado le dio media sanción a la Reforma Laboral

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Tras una maratónica sesión de más de 14 horas y con más de 40 oradores en el recinto, el Senado de la Nación aprobó este jueves a la 1.22 de la madrugada el proyecto de Modernización Laboral, conocido como Reforma Laboral. La iniciativa obtuvo 42 votos a favor y 30 en contra en general, tras lo cual se inició el tratamiento en particular de los 26 títulos que componen el texto.

Tal como estaba previsto, La Libertad Avanza consiguió el respaldo del grueso de la oposición dialoguista, mientras que el interbloque peronista votó en contra en bloque, sin fracturas pese a las tensiones internas.

A los 21 votos del oficialismo se sumaron los 10 senadores de la Unión Cívica Radical, tres del Pro, dos de Provincias Unidas y seis representantes de bloques provinciales alineados con sus gobernadores, entre ellos los misioneros del Frente Renovador de la Concordia, Carlos Arce y Sonia Rojas Decut. También acompañaron Edith Terenzi (Chubut), Beatriz Ávila (Tucumán), Flavia Royón (Salta) y Julieta Corroza (Neuquén).

Los 30 votos negativos correspondieron a 28 integrantes del interbloque peronista y a los santacruceños José Carambia y Natalia Gadano.

La votación artículo por artículo

En la votación en particular, el Título I fue aprobado por 41 votos a favor, 30 en contra y una abstención, la de Julieta Corroza. Antes de votar, las senadoras del Pro Andrea Cristina y Victoria Huala dejaron constancia en versión taquigráfica de su rechazo al artículo 44 —que finalmente acompañaron por decisión de bloque— referido a los casos de accidente o enfermedad no laboral, donde el trabajador percibirá el 50% de su remuneración básica.

El Título II, que incluye la creación del Fondo de Asistencia Laboral (FAL), fue aprobado por 41 votos a 31. En esta instancia, Flavia Royón votó en contra, tal como había anticipado. En el Título III el oficialismo amplió la ventaja a 44 votos contra 28, con el acompañamiento de Carambia y Gadano.

El resultado 42 a 30 se repitió en buena parte del articulado (títulos IV, V, VI, VIII, IX, X, XI, XII, XVI, XVIII, XIX, XX, XXI, XXII y XXIII). El Título VII fue aprobado por 41 a 30, con abstención de Alejandra Vigo, quien luego votó en contra del Título XIII (41 a 31).

En el Título XIV el resultado fue 40 a 32. Allí, el jefe del bloque Pro, Martín Göerling, había solicitado retrotraer modificaciones al texto original, propuesta que fue rechazada, aunque igualmente votó afirmativamente. En esa instancia votaron en contra Carambia y Gadano, quienes luego acompañaron el Título XVII (44 a 28).

El resultado 41 a 31 también se registró en los títulos XV y XXIV, con el voto negativo de Royón. En uno de los títulos intermedios el resultado fue 40 a 29, con ausencias de Maximiliano Abad, Carambia y Gadano. Finalmente, el título que incluyó derogaciones —entre ellas la del Estatuto del Periodista— fue aprobado por 38 votos a favor y 31 en contra.

Negociaciones hasta último momento

La sesión estuvo atravesada por negociaciones permanentes. Aunque la jefa del bloque oficialista, Patricia Bullrich, había anunciado 28 modificaciones consensuadas, los cambios continuaron ajustándose durante toda la jornada.

Uno de los puntos centrales fue la eliminación de la rebaja del impuesto a las Ganancias para sociedades (tramos 2 y 3), a pedido de los gobernadores, ya que implicaba una merma en la coparticipación. El Gobierno cedió y dejó ese debate para una futura reforma tributaria.

También se mantuvo el cobro compulsivo de los aportes solidarios sindicales, con un tope del 2% para los gremios, mientras que los aportes a cámaras empresarias continuarán en 0,5%. Se eliminó además la reducción del aporte patronal a las obras sociales —que iba a bajar del 6% al 5%— y se sostuvo el rol del empleador como agente de retención.

En materia de indemnizaciones, se definió que solo se considerarán conceptos “mensuales, normales y habituales”, excluyendo adicionales no mensuales como aguinaldo y vacaciones. La indemnización será la única reparación frente al despido sin causa.

El proyecto crea el Fondo de Asistencia Laboral (FAL), un sistema de capitalización para cubrir indemnizaciones. A propuesta de la Unión Cívica Radical, las grandes empresas aportarán 1% mensual y las micro, pequeñas y medianas 2,5%, en lugar del 3% uniforme previsto originalmente.

Cambios estructurales

Entre otros puntos relevantes, la reforma:

  • Introduce nuevas reglas para la licencia por enfermedad, habilitando mayor control médico por parte del empleador y estableciendo que, si la dolencia no deriva de la actividad laboral, el trabajador percibirá el 50% del salario.
  • Crea el mecanismo de “banco de horas”, que permitirá compensar jornadas sin computarlas como horas extra.
  • Amplía el período para tomar vacaciones entre el 1 de octubre y el 30 de abril, con posibilidad de fraccionamiento.
  • Establece el Régimen de Incentivo a la Formación Laboral (RIFL) y el Régimen de Incentivo para la Modernización e Inversión (RIMI).
  • Fija un plazo de un año para la derogación de distintos estatutos profesionales y posterga hasta 2028 la eliminación de un fondo que financia al Instituto Nacional de Cine y Artes Audiovisuales.

Otro foco de tensión fue la decisión de eliminar la posibilidad de pagar salarios mediante billeteras virtuales, manteniendo exclusivamente la vía bancaria. El Pro se pronunció públicamente a favor de las fintech y cuestionó la restricción.

Un debate con fuerte clima político

El oficialismo defendió la reforma bajo la premisa de que busca “generar trabajo” y “modernizar el sistema sin quitar derechos”, mientras que el peronismo la calificó como una ley “para despedir” y “en contra de los trabajadores”.

En las afueras del Congreso, la jornada estuvo marcada por movilizaciones sindicales y de la izquierda. Se registraron incidentes y enfrentamientos con fuerzas de seguridad, con varios detenidos.

Con la media sanción del Senado, el proyecto clave de la gestión libertaria -que introduce cambios estructurales a la Ley de Contrato de Trabajo- avanza en el tramo decisivo de su tratamiento legislativo.

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La CGT rechaza la reforma laboral y advierte un fuerte retroceso en libertad sindical

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La Confederación General del Trabajo (CGT) presentó un documento técnico en el que detalla los efectos negativos que, a su entender, tendrá el proyecto de reforma laboral enviado por el Gobierno al Congreso. Según el análisis de la central obrera, la iniciativa modifica de manera estructural el régimen de contratos de trabajo, las convenciones colectivas y el sistema sindical, ampliando el poder de los empleadores y del Estado en detrimento de los derechos laborales. En rechazo a estos cambios, la CGT convocó a una movilización el 18 de diciembre a Plaza de Mayo, como parte de un plan de lucha contra el Gobierno de Javier Milei.

Contratos de trabajo y Fondo de Asistencia Laboral: menos protección y más discrecionalidad

El documento elaborado por los especialistas de la CGT sostiene que el proyecto de ley introduce cambios profundos en la Ley de Contrato de Trabajo, con impacto directo sobre la estabilidad, la indemnización por despido y la responsabilidad de los empleadores.

Entre los puntos señalados, el artículo 2 excluye del régimen general a las contrataciones de transporte y flete, así como a los prestadores independientes de plataformas tecnológicas, conforme a su regulación específica. Para la central obrera, esta exclusión amplía zonas de informalidad y reduce la cobertura legal de amplios sectores de trabajadores.

En la misma línea, los artículos 29, 29 bis y 30 limitan la responsabilidad solidaria del empleador principal en la cadena de subcontratación. Según la CGT, esta modificación favorece el fraude laboral y desprotege los créditos laborales, al restringir la posibilidad de reclamar frente a incumplimientos.

Respecto a la indemnización por despido, el artículo 245 excluye al aguinaldo y otros rubros de la base de cálculo. El documento aclara que el Gobierno sostiene que la legislación vigente ya no incluye esos conceptos, aunque la CGT remarca que el nuevo texto elimina además el derecho del trabajador a reclamar indemnización ante la falta de registración o una registración deficiente.

Otros cambios destacados incluyen la habilitación para fraccionar las vacaciones en períodos de siete días (artículo 154), la eliminación de la obligación de preavisar el despido durante el período de prueba (artículo 48) y la limitación de la responsabilidad solidaria en casos de transferencia de establecimientos (artículo 228).

Un capítulo central del análisis se concentra en el Fondo de Asistencia Laboral (FAL). El proyecto establece que cada empleador deberá conformar una cuenta individual, financiada con una contribución mensual obligatoria del 3% de las remuneraciones, porcentaje que actualmente se destina a la ANSES para el sistema jubilatorio y de pensiones. Según la CGT, esto implica un desfinanciamiento del sistema previsional.

El FAL estará destinado exclusivamente al pago de indemnizaciones, pero el empleador podrá decidir si utiliza o no esos recursos. Además, los fondos serán inembargables y los trabajadores no podrán ejecutarlos. Solo alcanzará a trabajadores registrados con más de 12 meses de antigüedad y no cubrirá a trabajadores no registrados. El fondo, además, no responderá por extinciones laborales hasta haber recibido aportes durante al menos seis períodos mensuales, lo que, según el documento, deja amplios márgenes de desprotección.

Convenios colectivos y ultraactividad: avance del control estatal y negociación atomizada

La CGT también cuestiona con dureza las modificaciones al régimen de Convenciones Colectivas de Trabajo, particularmente los cambios a la Ley 14.250. El proyecto modifica el artículo 4°, estableciendo que las convenciones solo podrán ser homologadas si no violan normas de orden público o el “interés general”.

Para la central obrera, este criterio refuerza el control estatal sobre el contenido de los convenios e introduce un parámetro amplio y ambiguo que habilita una mayor intervención administrativa. Además, se abre la puerta a la negociación por empresa como alternativa plena frente a los convenios de actividad.

En materia de ultraactividad, el proyecto modifica el artículo 6°, disponiendo que, al vencerse una convención colectiva, solo subsisten sus cláusulas normativas, mientras que las obligacionales cesan automáticamente, salvo acuerdo entre las partes. De este modo, se elimina la ultraactividad plena y se obliga a renegociaciones más frecuentes.

El artículo 7° suprime un párrafo que legitimaba expresamente las cláusulas destinadas a fortalecer la acción sindical dentro de las empresas, como horas gremiales ampliadas, licencias sindicales especiales y aportes solidarios obligatorios.

A su vez, la sustitución de los artículos 18° y 19° redefine la relación entre convenios de distinto ámbito. Los convenios de empresa pasan a prevalecer dentro de su ámbito personal y territorial, sin exigencia de otorgar condiciones superiores ni aplicar el principio de norma más favorable. Según la CGT, los artículos 130 y 131 desarticulan el modelo argentino basado en convenios de actividad, instaurando una negociación atomizada que debilita la posición de los sindicatos nacionales y elimina pisos sectoriales homogéneos.

El artículo 132, de carácter transitorio, establece que la Secretaría de Trabajo deberá convocar a renegociar convenios vencidos dentro de un año y habilita a la autoridad administrativa a suspender la homologación de convenios ultraactivos ante “distorsiones económicas graves”.

Asociaciones sindicales y cuotas: restricciones a la acción gremial y al financiamiento

El documento de la CGT advierte que la reforma introduce “cambios sustanciales” en el Régimen de Asociaciones Sindicales (Ley 23.551), alterando el modelo de unicidad promocionada, la representación colectiva por actividad y la tutela reforzada de delegados y dirigentes.

Entre los objetivos implícitos del proyecto, la central enumera la reducción de la libertad sindical, la restricción de la acción gremial en los lugares de trabajo, la limitación de la tutela sindical y la ampliación del poder disciplinario del empleador.

El nuevo artículo 20 bis establece que las asociaciones sindicales solo podrán realizar asambleas si no afectan el normal desarrollo de la actividad, requiriendo autorización previa del empleador sobre lugar, horario y duración. Además, el tiempo de asamblea no será remunerado. Para la CGT, esto subordina el ejercicio de un derecho fundamental a la autorización empresarial, en contradicción con estándares internacionales.

El artículo 20 ter amplía la potestad sancionatoria estatal, con un catálogo amplio que permite interpretaciones extensivas sobre actividades gremiales legítimas. A su vez, la modificación del artículo 23 elimina la restricción que impedía la coexistencia de múltiples sindicatos con personería en una misma actividad o establecimiento, habilitando la competencia sindical y debilitando la representación centralizada.

Los artículos 29 y 30 permiten que sindicatos de empresa obtengan personería gremial si cuentan con más afiliados que el sindicato de actividad, y habilitan sindicatos de oficio o categoría ante “intereses diferenciados”, consolidando un esquema de pluralismo competitivo.

En cuanto a las cuotas sindicales, el artículo 38 exige consentimiento expreso del trabajador, acuerdo empleador–sindicato y autorización administrativa previa, dificultando la retención automática, clave para el financiamiento sindical. Esta lógica se refuerza con la modificación del artículo 133 de la Ley de Contrato de Trabajo, que articula un sistema basado en consentimiento individual y control estatal.

Finalmente, la reforma redefine el régimen de tutela sindical, limitando la estabilidad absoluta a delegados y representantes titulares, ampliando las causales de suspensión cautelar y habilitando la figura de “liberación de tareas” sin orden judicial previa, con comunicación posterior a la autoridad y acción judicial dentro de plazos acotados. Además, los artículos 53 bis, 54 y 55 introducen un régimen agravado de sanciones por prácticas desleales, con multas de hasta el 20% de los ingresos por cuota sindical, posibilidad de quíntuple multa y, en casos graves, pérdida de personería gremial.

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CAME, APYME e IPA reaccionan al proyecto de reforma laboral del Gobierno: qué apoyan y qué rechazan las cámaras empresariales

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El proyecto de reforma laboral enviado por el Gobierno Nacional al Congreso durante el período de sesiones extraordinarias abrió un frente de posicionamientos contrastados entre las principales cámaras empresariales del país. Mientras algunas entidades ven medidas que podrían mejorar la seguridad jurídica y reducir costos laborales, otras advierten que la iniciativa profundizará la recesión, deteriorará la masa salarial y agravará el cuadro social.

Un debate abierto: apoyos condicionados y cuestionamientos estructurales

El proyecto ingresó hoy al Senado de la Nación, lo que activó una rápida reacción de actores clave del entramado pyme. Consultados por Noticias Argentinas, referentes de CAME, IPA y APYME coincidieron en que la reforma implica un giro profundo en las reglas del mercado laboral argentino, aunque discreparon sobre sus efectos económicos, sociales y productivos.

Desde la Confederación Argentina de la Mediana Empresa (CAME), su vocero Vicente Lourenzo adelantó que la entidad todavía “analiza” el texto junto con su equipo legal y que aún no fijó una posición institucional. No obstante, señaló que la propuesta del Poder Ejecutivo contiene “artículos positivos y otros muy negativos”, lo que anticipa un debate interno en el principal nucleamiento nacional de pequeñas y medianas empresas.

La reacción más crítica provino de la Asamblea de Pequeños y Medianos Empresarios (APYME). Su presidente, Julián Moreno, calificó el proyecto como “un tiro en el pie” para los trabajadores y alertó sobre el impacto directo en la demanda interna. “En esta relación desigual, sumada a la postura con la que viene amenazando el Gobierno Nacional, van a salir perdiendo los trabajadores y, por lo tanto, la masa salarial”.

Moreno enfatizó que el consumo interno, principal motor del sector pyme, depende del salario real, que —según advirtió— sufrirá una contracción si se aprueba la iniciativa. “Será algo que va a afectar a toda la sociedad más temprano que tarde”.

Además, alertó que la reforma formaliza vínculos laborales que no lo son, lo que consideró una forma de “disimular la pauperización del empleo”. Para APYME, el contexto recesivo agrava los riesgos. “Ninguna reforma aplicada en ningún lugar del mundo, en un momento recesivo como el actual, generó empleo, actividad o mercado interno. Nunca”.

El enfoque productivo: seguridad jurídica, fondos de cese y demandas de equilibrio normativo

En contraste con las advertencias de APYME, el presidente de Industriales Pymes Argentinos (IPA), Daniel Rosato, destacó los aspectos del proyecto vinculados a la previsibilidad y protección jurídica, especialmente los referidos a sistemas alternativos de indemnización.

Rosato subrayó la relevancia del Fondo de Cese Laboral (FCL) y el Fondo de Asistencia Laboral (FAL), dos instrumentos que —según explicó— aportan certidumbre tanto para empleadores como para trabajadores. “El empleador tiene que hacer un aporte del 3% de la masa salarial a una caja, que puede ser la del ANSES, donde se va acumulando y que va a servir para pagar las indemnizaciones”.

Para IPA, estos mecanismos eliminan la necesidad de judicializar conflictos y garantizan que el empleado tenga “la indemnización siempre a su disposición”.

Sin embargo, Rosato aclaró que la reforma todavía requiere consenso con los gremios y normas que eviten desequilibrios. “Creemos que tiene que haber una ley equitativa, que genere armonía y que otorgue mayor seguridad jurídica”.

Desde esta mirada, una reforma equilibrada permitiría a las empresas “tomar gente cuando necesiten, sin problemas”, lo que en el mediano plazo apuntaría a dinamizar la inversión y reducir el temor a litigios laborales.

Un tablero político y económico en tensión: impactos posibles y escenarios en disputa

El debate se da en un contexto de recesión profunda, caída del consumo, alta capacidad instalada ociosa y un mercado laboral donde crece la informalidad. El Gobierno busca avanzar con una reforma que flexibilice condiciones y reduzca costos; sin embargo, las reacciones empresariales muestran que las pymes no son un bloque homogéneo.

Para las entidades más ligadas al mercado interno, la prioridad es proteger salarios y consumo para sostener la actividad.

Para los sectores industriales, la clave pasa por reducir litigiosidad y obtener reglas claras para contratar sin riesgo de juicios.

El desenlace legislativo —y particularmente el nivel de consenso que logre el Ejecutivo con sindicatos y bloques parlamentarios— será decisivo para determinar si la reforma se convierte en un factor de dinamización o en un nuevo frente de conflictividad laboral y política.

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