Fondos Comunes De Inversión

La CNV obliga a transparentar los fondos comunes y redefine la relación con los inversores minoristas

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La Comisión Nacional de Valores (CNV) avanzó este 26 de marzo con una modificación estructural en el régimen de fondos comunes de inversión (FCI): mediante la Resolución General 1121/2026, obligó a las sociedades gerentes a publicar una “Ficha Única” mensual por cada fondo abierto, con información estandarizada, clara y comparable. La medida entra en vigencia de forma inmediata tras su publicación en el Boletín Oficial y establece plazos de implementación de 30 días hábiles para los fondos de dinero y 60 días para el resto.

El dato no es meramente técnico. La decisión instala un nuevo piso regulatorio en el vínculo entre la industria financiera y los inversores minoristas, al forzar una exposición más directa —y homogénea— de riesgos, costos y rendimientos. En un mercado históricamente criticado por su opacidad relativa, la CNV introduce un instrumento que busca reducir asimetrías de información. La pregunta de fondo es si se trata solo de una mejora normativa o de un paso más amplio hacia un rediseño del funcionamiento del mercado de capitales.

De la normativa a la práctica: qué cambia para los actores

El nuevo esquema obliga a las sociedades gerentes a sintetizar en un único documento —de publicación mensual y acceso digital— aspectos centrales de cada fondo: política de inversión, perfil de riesgo, composición de cartera, rendimientos históricos, estructura de costos y tratamiento impositivo. Todo debe presentarse en lenguaje no técnico y orientado al inversor minorista.

La resolución no solo fija contenido, sino también formato y lógica de presentación. La información deberá ser comparable entre fondos de una misma categoría, replicando estándares internacionales como el Key Investor Document (KID) europeo. Además, los agentes de colocación deberán incorporar enlaces directos a estas fichas en todos sus canales comerciales, lo que amplía el alcance efectivo de la medida.

En términos institucionales, la CNV se apoya en facultades previstas en la Ley de Mercado de Capitales y en la normativa específica de FCI, pero también en lineamientos de la Organización Internacional de Comisiones de Valores (IOSCO). El encuadre no es menor: el organismo se alinea con estándares globales para reforzar su rol de supervisión y elevar la exigencia sobre los administradores de fondos.

Un punto clave es la exclusión de los fondos dirigidos exclusivamente a inversores calificados. La segmentación confirma que el foco está puesto en el inversor minorista, donde la asimetría de información es más crítica y donde la CNV decide intervenir con mayor intensidad.

Reordenamiento del poder en la industria financiera

La medida impacta directamente en la dinámica interna del mercado. Por un lado, fortalece la posición de los inversores, que pasan a contar con herramientas más claras para comparar productos. Por otro, introduce un factor de presión sobre las sociedades gerentes, que deberán exponer con mayor nitidez sus estructuras de costos, estrategias y resultados.

Esto puede derivar en una competencia más explícita entre fondos, donde la transparencia deje en evidencia diferencias de rendimiento y comisiones que antes podían diluirse en la complejidad técnica. En ese escenario, los actores más eficientes podrían consolidarse, mientras que otros enfrentarán mayores dificultades para sostener su posicionamiento.

Al mismo tiempo, la CNV refuerza su capacidad de disciplinamiento indirecto. Sin modificar sustancialmente las reglas de inversión, interviene sobre la forma en que la información circula. Es una estrategia regulatoria que no prohíbe ni restringe productos, pero condiciona su viabilidad a partir de la exposición pública.

Un movimiento alineado con estándares globales, pero con impacto local

La resolución se inscribe en una tendencia internacional que prioriza la divulgación clara y comparable de información financiera. Países de la región como Brasil, Chile, Perú, Colombia y México ya avanzaron en esa dirección, al igual que Europa con el KID. La CNV toma ese modelo y lo adapta al mercado local.

Sin embargo, la implementación efectiva será el verdadero test. La exigencia de actualización mensual dentro de los primeros diez días hábiles introduce una carga operativa relevante, especialmente para estructuras más pequeñas. A su vez, el cumplimiento formal no garantiza por sí mismo una mejora en la comprensión por parte de los inversores.

El movimiento deja abierto un escenario. La estandarización puede ordenar el mercado y mejorar la confianza, pero también expone tensiones: entre transparencia y competitividad, entre regulación y costos operativos, entre información disponible y capacidad real de interpretación.

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El Gobierno busca USD 250 millones más con el Bonar 2027 para enfrentar vencimientos clave

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El Ministerio de Economía intenta consolidar financiamiento en dólares mientras se acerca un pago de deuda por USD 4.200 millones

El equipo económico que conduce Luis Caputo volverá esta semana al mercado financiero con un objetivo concreto: captar otros USD 250 millones mediante el Bonar 2027 (AO27) para reforzar la caja del Tesoro de cara al vencimiento de deuda de USD 4.200 millones previsto para julio. La operación, que forma parte de una estrategia de colocaciones quincenales, no es sólo un movimiento técnico de financiamiento: funciona como un test político y financiero para el modelo que el Gobierno intenta consolidar tras meses de restricciones de crédito externo.

El antecedente inmediato alimenta el optimismo oficial. En la primera licitación del instrumento, la Secretaría de Finanzas logró captar USD 250 millones con una tasa menor a la esperada, en un contexto de fuerte demanda. El resultado dejó una señal que el Ministerio de Economía busca capitalizar: existe liquidez en dólares dentro del sistema financiero local y el Gobierno pretende canalizarla hacia deuda pública. La pregunta ahora es si ese interés se sostendrá o si el mercado exigirá rendimientos más altos a medida que avance el programa de emisiones.

Un test para el esquema de financiamiento del Gobierno

La estrategia oficial gira alrededor de una hipótesis central: existe un volumen elevado de dólares ociosos en el sistema financiero local, concentrado en depósitos privados en dólares, fondos comunes de inversión y cuentas de inversores minoristas.

Con ese diagnóstico, el Ministerio de Economía diseñó un esquema gradual de emisiones. El plan contempla licitaciones cada 15 días con un límite de USD 250 millones por subasta, hasta alcanzar un tope total de USD 2.000 millones.

El primer paso dejó señales que el Gobierno interpreta como positivas. Según el resultado oficial de la subasta inicial, las ofertas alcanzaron USD 868 millones, es decir 5,79 veces el monto finalmente adjudicado. En términos relativos, la demanda superó en 479% el volumen colocado.

El comportamiento del mercado secundario reforzó esa lectura. El rendimiento del Bonar 2027 descendió al 5,64%, por debajo del 5,89% que marcó la tasa de corte de la licitación, una señal que los analistas interpretan como indicio de demanda sostenida.

Para el Gobierno, ese dato tiene un valor político adicional: confirma —al menos en esta primera etapa— que el mercado local está dispuesto a financiar al Tesoro en dólares, incluso en ausencia de acceso pleno al crédito internacional.

El desafío estructural: cubrir un vencimiento de USD 4.200 millones

La necesidad de financiamiento no es menor. El pago de deuda previsto para julio representa uno de los compromisos más relevantes del calendario financiero del año.

Incluso si el plan oficial alcanzara su máximo potencial —es decir, USD 2.000 millones emitidos mediante el Bonar 2027— el Tesoro todavía debería cubrir al menos USD 1.800 millones adicionales, considerando el nivel actual de los depósitos en dólares.

En ese marco, cada licitación se convierte en una pieza dentro de un rompecabezas más amplio: garantizar liquidez sin alterar el equilibrio financiero ni presionar el mercado cambiario.

La arquitectura del nuevo bono busca justamente responder a esa lógica. El Bonar 2027 ofrece cupones mensuales, una amortización bullet —que concentra el pago al vencimiento— y una duration acotada de 1,57, características que apuntan a atraer inversores interesados en flujos de corto plazo y riesgo moderado.

Liquidez financiera y correlación de incentivos

El contexto actual del sistema financiero explica parte del interés por estos instrumentos. Los depósitos privados en dólares se mantienen en niveles récord, mientras que los fondos comunes de inversión en moneda extranjera manejan un volumen considerable de liquidez.

Ese escenario le da margen al Gobierno para sostener su estrategia de financiamiento local. En términos políticos, también le permite evitar —al menos por ahora— dos escenarios más complejos: recurrir a financiamiento extraordinario o generar presión sobre el mercado cambiario.

Sin embargo, el equilibrio es delicado. Analistas advierten que si la demanda comenzara a agotarse, las próximas licitaciones podrían requerir tasas de corte más altas para completar el cupo de emisión.

Ahí aparece el rasgo central del diseño oficial: la gradualidad. El Ministerio de Economía busca que el ritmo de emisiones permita que los nuevos ahorros en dólares del sistema financiero se vayan canalizando hacia el bono, evitando saltos abruptos en tasas o precios.

Lo que se juega en las próximas licitaciones

La próxima subasta del Bonar 2027 funcionará como un nuevo termómetro del vínculo entre el Gobierno y el mercado financiero local.

Si la demanda se mantiene sólida, el equipo económico podría consolidar una herramienta clave para financiar los vencimientos de deuda sin depender exclusivamente de organismos internacionales o crédito externo. En cambio, si el interés se diluye, el esquema gradual podría enfrentar sus primeros límites.

Más allá de la cifra puntual —otros USD 250 millones en esta licitación— lo que está en juego es la credibilidad del mecanismo que el Ministerio de Economía diseñó para administrar el calendario de pagos en dólares.

El mercado, por ahora, mostró disposición a participar. La incógnita es cuánto durará ese margen.

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La CNV simplifica trámites y acelera decisiones para emisores, fondos y agentes del mercado

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La Comisión Nacional de Valores (CNV) avanzó con una reforma silenciosa pero estructural de su funcionamiento interno y de sus reglas operativas. A través de la Resolución General 1112/2026, publicada este 26 de febrero en el Boletín Oficial y con vigencia desde el día siguiente, el organismo actualizó el Título XVI de sus Normas para simplificar trámites, digitalizar procesos, redefinir mecanismos de notificación y ampliar la delegación de facultades hacia las gerencias técnicas.

El cambio no introduce nuevos productos ni modifica regímenes de inversión, pero impacta de lleno en el “cómo” del mercado: tiempos administrativos, costos de cumplimiento y previsibilidad regulatoria para emisores, agentes, fondos comunes de inversión y fideicomisos financieros. En un contexto de revisión normativa y agenda de desregulación selectiva, la CNV ajusta su engranaje interno para ganar velocidad sin resignar control.

Qué cambia en la práctica: menos fricción y más gestión digital

La resolución sustituye íntegramente el Título XVI de las Normas (N.T. 2013 y mod.) y ordena aspectos que, aunque operativos, tienen efectos económicos concretos.

Uno de los ejes centrales es la consolidación de las notificaciones electrónicas. A partir de ahora, las comunicaciones por correo electrónico declarado mediante declaración jurada tendrán efectos jurídicos plenos, siempre que se cursen bajo los recaudos formales establecidos. En términos prácticos, se reducen márgenes de ambigüedad y se refuerza la responsabilidad de los sujetos regulados sobre la actualización de sus datos de contacto.

También se eliminan canales obsoletos —como el uso del fax— y se explicita el horario de atención de la mesa de entradas, un detalle menor en apariencia, pero relevante para la trazabilidad de plazos y presentaciones.

En paralelo, la norma actualiza y amplía el listado de trámites que deben iniciarse obligatoriamente a través de la plataforma de Trámites a Distancia (TAD) del sistema de Gestión Documental Electrónica (GDE). La enumeración abarca prácticamente todo el ciclo regulatorio: desde la inscripción y cancelación de agentes, la autorización de emisiones, CEDEAR, fideicomisos y fondos comunes de inversión, hasta el registro de proveedores de servicios de activos virtuales.

En la práctica, esto consolida un esquema 100% digital para la interacción con el regulador, reduciendo costos administrativos y tiempos de procesamiento, especialmente para emisores frecuentes y estructuras PyME.

Más decisiones técnicas sin pasar por el Directorio

Otro cambio relevante es la ampliación y sistematización del esquema de delegación de facultades dentro del organismo. La resolución transfiere a las gerencias y subgerencias de áreas clave —Emisoras, Fondos Comunes de Inversión, Fideicomisos Financieros, Agentes y Mercados, Registro y Control, Gobierno Corporativo y Prevención de Lavado— la potestad de resolver trámites técnicos, operativos o de bajo impacto estructural.

Esto incluye autorizaciones de emisiones dentro de programas ya aprobados, modificaciones no esenciales, cancelaciones parciales, registros y bajas, advertencias por incumplimientos formales y decisiones de archivo o caducidad de expedientes sin interés público comprometido.

El Directorio de la Comisión Nacional de Valores conserva las definiciones sustantivas, pero deja de ser un cuello de botella para decisiones repetitivas. A cambio, las gerencias deberán informar mensualmente los actos dictados en ejercicio de la delegación, manteniendo un esquema de control ex post.

Desde la lógica del mercado, el mensaje es claro: menos tiempo de espera para autorizaciones rutinarias y mayor previsibilidad en los plazos regulatorios.

Revisión normativa y simplificación estatal

La reforma se inscribe en un proceso más amplio de revisión y modernización regulatoria impulsado a nivel nacional. El texto cita expresamente el Decreto 90/2025, que ordenó a los organismos del Estado relevar y depurar normas obsoletas o innecesarias, bajo la órbita del Ministerio de Desregulación y Transformación del Estado.

En el caso del mercado de capitales, la CNV ya había avanzado en los últimos años con regímenes simplificados, autorizaciones automáticas y esquemas diferenciados para PyMEs. Esta resolución no crea un régimen nuevo, pero armoniza criterios, unifica terminología y ajusta procedimientos que habían quedado fragmentados o desactualizados.

También introduce precisiones técnicas, como la ampliación de los medios válidos para identificar al deudor cedido en operaciones de cesión de créditos, un punto relevante para fideicomisos financieros vinculados a vivienda y construcción.

Costos, tiempos y competitividad

El impacto económico de la norma es indirecto, pero no menor. La digitalización obligatoria y la delegación de facultades tienden a reducir costos administrativos para los regulados y a acortar los plazos de autorización, un factor clave para emisiones en contextos de volatilidad financiera.

Para emisores frecuentes, fondos y fiduciarios, la agilización de trámites puede traducirse en una mejor sincronización con ventanas de mercado. Para agentes y mercados, la claridad en los procedimientos y en las notificaciones reduce riesgos operativos y contingencias legales.

No hay efectos fiscales ni cambios en la carga regulatoria sustantiva. Tampoco se introducen nuevas obligaciones materiales. El beneficio está en la eficiencia del sistema y en la reducción de fricciones que, acumuladas, impactan en la competitividad del mercado de capitales local frente a alternativas externas.

Continuidad regulatoria con ajuste operativo

La resolución no implica una desregulación en sentido estricto, pero sí un reordenamiento pro-eficiencia. Refuerza la centralidad de la CNV como autoridad de control, al tiempo que descentraliza decisiones dentro de su estructura para ganar agilidad.

La señal al mercado es de continuidad normativa con ajustes operativos. No hay un cambio de reglas de juego, sino una actualización del tablero administrativo. En un contexto donde la velocidad importa tanto como la norma en sí, el regulador busca mostrarse más previsible, más digital y menos burocrático.

Hacia adelante, el termómetro del impacto real estará en los tiempos efectivos de respuesta y en la consistencia de los criterios aplicados por las distintas gerencias. Si la delegación se traduce en agilidad sin dispersión regulatoria, el mercado lo sentirá rápido.

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Apuestas online en adolescentes: aprender a invertir puede ser parte de la solución

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Por Ariel Mamani. En la Argentina de hoy, muchos padres están preocupados por cómo sus hijos adolescentes manejan el dinero. El temor central ya no es el gasto impulsivo, sino que ese dinero termine en apuestas online, un espacio que puede generar adicción, deudas y fuertes riesgos emocionales. La tecnología facilita un acceso casi ilimitado, y eso aumenta la sensación de desprotección adulta.

Lo preocupante es que, entre los gastos típicos de la adolescencia, aparece con fuerza el juego online: aproximadamente uno de cada cuatro adolescentes argentinos ya apostó dinero real, pese a estar prohibido. Además, los métodos de pago digitales permiten esquivar los controles de edad, lo que expone a muchos chicos a deudas, presiones entre pares e incluso situaciones de manipulación.

Frente a esto, surge una alternativa más saludable: la posibilidad, regulada por la Comision Nacional de Valores, de que los menores inviertan formalmente desde los 13 años bajo supervisión adulta. No es un camino sin riesgos, pero sí uno con reglas claras y sin los mecanismos que fomentan la compulsión en el juego. Para muchas familias, acompañar a sus hijos en ese terreno es una forma concreta de enseñarles que el dinero y el riesgo se pueden manejar, y no deben quedar librados al azar.

¿En qué podría invertir un adolescente que quiere cuidar su dinero?

Para aquellos adolescentes —y sus familias— que desean administrar el dinero con una mirada de futuro, invertir en el mercado de valores regulado puede ser una alternativa más sana y transparente que los caminos riesgosos del juego online. Siempre vale recordar dos puntos esenciales: esto no es una recomendación de inversión, y toda inversión tiene riesgos, incluso las más conservadoras.

Un primer dato de utilidad es que invertir no requiere grandes sumas. En Argentina existen acciones cuyo valor unitario es muy bajo, algunas por debajo de los cien pesos, y solo un puñado supera los 10.000 pesos por acción. Además, alternativas como los fondos comunes de inversión o los instrumentos que replican acciones extranjeras(cedears) suelen permitir empezar con montos pequeños, a veces desde alrededor de mil pesos. Esto abre la puerta a que un adolescente pueda aprender, de manera gradual y acompañada, cómo funciona el ahorro a largo plazo.

A continuación, dos alternativas posibles, explicadas desde cero:

1.    Inversión que sigue a las 500 empresas más grandes de Estados Unidos

Existe un tipo de instrumento que permite invertir de manera indirecta en un conjunto de 500 compañías líderes de Estados Unidos. En lugar de elegir una sola empresa, esta opción agrupa a todas juntas, lo cual reparte el riesgo. Históricamente, este conjunto de empresas tuvo un rendimiento promedio cercano al 10% anual en dólares, considerando datos de largo plazo.

Por qué resulta interesante:

 Probabilidades históricas favorables: En un año, la probabilidad de haber ganado dinero supera el 70%. A cinco años, ronda el 87%. A diez años, más del 90%. Y cuando se miran períodos de veinte años, los registros históricos muestran que nunca dio resultado negativo en un periodo de mas de cien años.
Acompaña la evolución del dólar: Cuando se accede a esta inversión desde Argentina a través de instrumentos que la “replican”, su valor se mueve de acuerdo al tipo de cambio ‘ccl (contado con liqui)’ tambien llamado dólar cable. Es decir, tiende a subir cuando sube el dólar.

2.    Bonos que ajustan por inflación (Bonos CER)

Un bono es, básicamente, un préstamo que una persona le hace al Estado, con la promesa de que ese dinero será devuelto en una fecha futura junto con un interés (similar a un plazo fijo). En el caso de los bonos CER, ese interés está pensado para seguir el ritmo de la inflación, más un extra.

Para entenderlos, sirve compararlos con un plazo fijo ajustado por inflación (como el UVA):

En el plazo fijo ajustado, el dinero queda “inmovilizado” por un período fijo. Si se elige una opción que permita retirarlo antes, el rendimiento se reduce considerablemente.
En cambio, un bono puede venderse en cualquier dia hábil, lo que da más flexibilidad. Pero, a diferencia del plazo fijo, su precio puede subir o bajar. Eso significa que, si se sale antes del vencimiento, se puede ganar más de lo previsto… o perder.

En el contexto actual, los bonos que ajustan por inflación suelen ofrecer un rendimiento de aproximadamente 7% por encima de la inflación, versus un plazo fijo uva cuyo rendimiento suele ser 1% más inflación. Por eso muchos los consideran una herramienta atractiva para proteger el poder adquisitivo del dinero en el tiempo.

Conclusión

El crecimiento del juego online en adolescentes expone una carencia más profunda: la falta de educación financiera temprana. Entender cómo funciona el dinero, el riesgo y el largo plazo no solo ayuda a invertir mejor, sino también a evitar decisiones impulsivas. En ese sentido, educar financieramente desde chicos no es un lujo, sino una herramienta clave para cuidar, prevenir y formar adultos con mayor libertad de elección.

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ARCA fija nuevos criterios de reporte para operaciones financieras y fondos comunes

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La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) introdujo cambios relevantes en el régimen de información de operaciones financieras mediante la Resolución General 5814/2026. La norma elimina el mecanismo de actualización semestral por inflación de los umbrales de información y redefine criterios clave para el reporte de operaciones en el mercado financiero, con impacto directo en bancos, agentes de mercado de capitales y fondos comunes de inversión.

La resolución fue dictada el 13 de enero de 2026 y publicada en el Boletín Oficial el 14 de enero, con aplicación a la información correspondiente al período mensual diciembre de 2025 y siguientes. Modifica la Resolución General 4.298, que regula los Títulos I y II del Régimen Informativo de Operaciones Financieras.

Fin de la actualización automática por inflación de los montos informativos

Uno de los cambios centrales es la eliminación del último párrafo del artículo 2° del Título I de la Resolución General 4.298. Hasta ahora, esa disposición obligaba a ARCA a actualizar semestralmente los importes mínimos de información en función de las variaciones del Índice de Precios al Consumidor (IPC) Nivel General, según datos del INDEC, con vigencia desde el 1 de febrero y el 1 de agosto de cada año.

Según los considerandos de la Resolución General 5814/2026, la decisión se fundamenta en que los importes ya habían sido incrementados de manera significativa por la Resolución General 5.699, y en un contexto de estabilidad de las variables macroeconómicas, el organismo considera oportuno suprimir la obligación de actualización automática de esos umbrales.

Desde el punto de vista institucional, la medida implica un cambio de criterio en la administración del régimen informativo, que pasa de un esquema indexado a uno de montos fijos definidos por norma, con el objetivo declarado de optimizar la información contenida en las bases de datos del organismo.

Nuevas precisiones para agentes del mercado de capitales

La resolución también introduce modificaciones sustantivas en el Título II, que alcanza a agentes de liquidación y compensación, agentes de colocación y distribución integral de fondos comunes de inversión y sociedades depositarias de fondos comunes de inversión.

Se sustituye íntegramente el artículo 5°, detallando con mayor precisión las operaciones alcanzadas por el régimen informativo, entre ellas: Compras y ventas de títulos valores públicos o privados negociados en el país. Suscripciones y rescates de cuotapartes de fondos comunes de inversión. Operaciones de pase y/o caución. Movimientos de fondos y saldos entre agentes y comitentes o cuotapartistas.

La norma fija nuevos umbrales mensuales netos a partir de los cuales surge la obligación de informar: $100.000.000 para personas humanas. $30.000.000 para personas jurídicas.

Para determinar si se superan esos montos, se establece un método de cálculo acumulado, que obliga a sumar: El total mensual neto de compras, ventas, suscripciones y rescates. Las posiciones tomadoras y colocadoras en pases y cauciones. Los movimientos de ingresos y egresos de fondos.

Si la sumatoria total mensual alcanza o supera los montos fijados, deberá informarse la totalidad de las operaciones, incluso aquellas que individualmente no superen los umbrales.

Ajustes técnicos y criterios de conversión a pesos

La Resolución General 5814/2026 también redefine aspectos técnicos del artículo 6° del Título II. Entre ellos:

  • Se aclara que los montos netos atribuibles a cada operación deben calcularse deduciendo comisiones, aranceles u otros gastos directos.
  • Se precisa el criterio de conversión a pesos para operaciones y saldos en moneda extranjera, utilizando el tipo de cambio comprador del Banco de la Nación Argentina, según corresponda al día de la liquidación o al último día hábil del mes informado.
  • Se simplifica la identificación de los sujetos informados, reemplazando el dato por apellido y nombres, razón social o denominación.

Estos cambios apuntan a homogeneizar criterios de valuación y reporte, reduciendo ambigüedades operativas para los sujetos obligados

Posibles repercusiones

La eliminación de la actualización automática por IPC introduce mayor previsibilidad normativa, aunque también implica que los umbrales de información podrían perder representatividad real si la inflación vuelve a acelerarse. Para el sector financiero y de mercado de capitales, la norma consolida un esquema de control focalizado en operaciones de gran volumen, con umbrales elevados y reglas más precisas.

Desde la perspectiva fiscal y de control, ARCA refuerza la calidad y consistencia de la información financiera recibida, alineando el régimen informativo con un escenario de menor volatilidad macroeconómica y mayor énfasis en operaciones relevantes desde el punto de vista tributario.

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