Mejoró el resultado fiscal pese a fuerte suba del pago de intereses

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La Argentina pagó por los servicios de su deuda externa un 88% más de intereses en el mes de septiembre en comparación con igual mes del año pasado, informó hoy el Ministerio de Hacienda. Sin embargo, pese a esa fuerte suba, el resultado financiero mostró un rojo 20% menor al del mismo período del 2016, al pasar de -77.500 i.a. a 61.932 i.a. Esto se debe a que el Estado nacional redujo fuertemente su rojo primario (que no incluye el pago de intereses de la deuda), que pasó de 61.868 en octubre de 2016 a 32.495 el mes pasado. Esa caída fue del 47%.

“La reducción anual del resultado primario se explica por ingresos que se incrementaron 31,8% interanual y gastos que lo hicieron en 6%”, indicó Hacienda.

La cartera que conduce Nicolás Dujovne advirtió que “octubre es el cuarto mes consecutivo en que los ingresos crecieron más que los gastos primarios. En lo que va del año (acumulado de 10 meses), los ingresos han crecido 31% interanual mientras que los gastos primarios aumentaron 24% interanual, una diferencia de 7 puntos porcentuales”. Y también destacó que “octubre es también el cuarto mes consecutivo en el cual el Resultado Primario del Sector Público No Financiero (SPNF) se reduce con respecto a igual mes del año pasado”.

El déficit acumulado en los primeros diez meses del año equivale a 2,5% del PBI, 0,9% puntos porcentuales por debajo del 3,4% del período enero-octubre de 2016, refleja El Cronista.

Dujovne explicó: “El Resultado Fiscal de octubre confirma que estamos avanzando hacia la solvencia fiscal. La Argentina va en camino a cerrar el primer año, desde 2004, donde los recursos crecerán por arriba del gasto, y donde el gasto consolidado disminuye notablemente en relación al PBI”.

En base al desagregado de ingresos, el Gobierno sostiene que su crecimiento es expresión de “una mayor actividad económica”. Esto porque “por los impuestos que siguen mostrando mayor dinamismo son Ganancias (35% i.a), IVA (39% i.a), Aportes y contribuciones a la seguridad social (34% i.a) y a los Créditos y débitos (28% i.a)”.

“Con respecto a los gastos, varios rubros evidenciaron bajas en términos interanuales. Por el lado de los subsidios económicos, hubo una reducción del 49% i.a., principalmente en el sector energético de 65% i.a. y transporte de 2% i.a”.

Aún quienes más repudian el rubro gastos, no suelen elogiar la caída experimentada en el “gasto de capital”, que se asocia con inversión en infraestructura u obra pública. Este rubro vio una merma del 28% i.a, aunque el informe de Hacienda lo atribuye a “la elevada base de comparación del año anterior, cuando sobresalió un aporte extraordinario al programa Pro.Cre.Ar”. Y aclara que “en términos de nivel, el Gasto de Capital de octubre de este año estuvo prácticamente en línea con el promedio mensual de 2017”.

Los resultados fiscales de octubre reavivaron la discusión entre los economistas acerca del resultado primario y el fiscal, es decir entre computador o no los gastos por el pago de servicios de la deuda externa.

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Quienes inviertan en emprendimientos en Misiones podrán deducir hasta el 85% de Ganancias

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Según informó el Ministerio de Producción, quienes inviertan en emprendimientos podrán deducir entre el 75 y el 85% de los aportes en la determinación del Impuesto a las Ganancias. El organismo aclaró que la deducción podrá ejecutarse “siempre que no supere el 10% de la ganancia neta del ejercicio”, y explicó que el excedente “se podrá aplicar en los cinco ejercicios fiscales siguientes a aquel en el que se efectuaron los aportes”. El beneficio es retroactivo y comprende inversiones realizadas desde julio de 2016.

Para el caso de aportes de inversión en proyectos radicados en las provincias de Salta, Jujuy, Tucumán, La Rioja, Catamarca, Misiones, Corrientes, Chaco, Formosa y Santiago del Estero, la deducción ser del 85%. Según detalló Producción en un comunicado, la inversión se tiene que mantener durante un mínimo de dos años, estar destinada a capitalizar un emprendimiento y ser de activos financieros liquidables en plazos de hasta 24 horas y en moneda local.

Para acceder al beneficio, el Ministerio implementó el “Registro de Instituciones de Capital Emprendedor”, en el que se deberán inscribir las instituciones y los inversores interesados. “Desde el Gobierno Nacional seguimos trabajando en mejorar las condiciones para que cada vez más emprendedores puedan desarrollarse y crecer en el país. Esta medida, que es parte de la Ley de Emprendedores, apunta a generar facilidades para los argentinos que apuestan por las ideas argentinas”, sostuvo el secretario de Emprendedores y PyMEs, Mariano Mayer.

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Asimetrías: diputados insisten en que Misiones sea un territorio aduanero especial

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La Cámara de Diputados aprobó en la sesión de anoche un nuevo reclamo tendiente a resolver las asimetrías que padece Misiones. Instaron a los legisladores nacionales por Misiones a que impulsen la creación un territorio aduanero especial, para todo el ámbito de la Provincia, que consista en exenciones impositivas y arancelarias, en virtud de la situación geopolítica en el corazón del MERCOSUR.

 

El régimen aduanero diferencial, podría contribuir a tener un mecanismo de fondo que modifique de manera sustancial la ecuación económica (actualmente recesiva) de Misiones funcionando este nuevo sistema como un régimen promocional a la industria y al desarrollo económico regional.

Según la iniciativa impulsada por los diputados Marcelo Rodríguez y Carlos Báez, este régimen ayudaría a revertir el crónico retraso regional y cambiaría drásticamente la estructura sectorial, la cual es tradicionalmente primaria, no sólo de Misiones sino que del país; generando un epicentro de inversiones y productividad.

Los impuestos nacionales que se hallarían exentos en las actividades promovidas, en el esquema actual, serían Impuesto a las Ganancias, a la Ganancia Mínima Presunta, al Valor Agregado (I.V.A.), transferencia de inmuebles de personas físicas y sucesiones indivisas e internos.

Se destaca que los principales beneficios para la Nación, otorgada por el área o territorio aduanero especial, alentarían la radicación de nuevas empresas, con el fin de minimizar costos, optimizar el uso de la capacidad instalada y alentar el establecimiento de nuevos  emprendimientos, que permitan una producción eficiente, lo que redundará en definitiva en un beneficio para todo el país.

“Con la economía tradicional, más la actividad de servicios turísticos y el escaso desarrollo tecnológico-industrial actual y que se vislumbra, no habrá trabajo de calidad ni en cantidad suficiente, para las nuevas generaciones actuales y de un futuro cercano, con lo cual desperdiciaremos nuestro formidable capital humano, que sumado al enorme potencial hidroeléctrico casi totalmente desaprovechado, deberían ser las grandes palancas del desarrollo socio económico provincial, que además nos fortalezcan como un poderoso vínculo y factor de inserción regional en el Mercosur y la Unasur”, señalan los legisladores.

Por ello, un régimen aduanero de promoción industrial como lo es un Área Aduanera Especial, “cambiará rotundamente esta realidad”, para transformarla en un crecimiento del comercio local en principio con la radicación de empresas e industrias lo que redundará en un aumento de todo el comercio regional.

El mecanismo de beneficios fiscales para las actividades llevadas a cabo en el ámbito de Misiones, no afectará la recaudación nacional en razón de la baja incidencia de Misiones en el sistema recaudatorio. “Al aumentar la industrias en Misiones, estaríamos generando mejores empleos y agregando valor a los productos, lo que al exportar ayudaría al equilibrio de la balanza de pagos, aumentar el consumo, mejorar la calidad de vida de los habitantes y bajar los costos de producción y logísticos por la posición geopolítica de Misiones”, aseguran los diputados.

 

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Ya se puede deducir el alquiler de Ganancias

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Se publicó en el Boletín Oficial la resolución de AFIP que reglamenta este derecho, que exige la presentación del contrato por única vez y de la factura en forma mensual

Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) puso en vigencia hoy el sistema para que los inquilinos puedan descontar de ganancias hasta un 40% del monto que paguen por sus alquileres.

Así lo dispuso en la resolución general 4003-E, firmada por el titular del organismo, Alberto Abad, que reglamenta la modificación en el impuesto a las ganancias votada el año pasado por el Congreso Nacional.

Al mencionar el nuevo régimen de deducciones habilitado por esta ley, el inciso H establece que podrá descontarse “el 40% de las sumas pagadas en concepto de alquileres de inmuebles destinados a casa habitación del contribuyente o causante en el caso de sucesiones indivisas, hasta el límite de la ganancia no imponible prevista en el inciso a) del Artículo 23 de esta ley del gravamen, siempre y cuando el beneficiario de la renta no resulte titular de ningún inmueble, cualquiera sea la proporción”. Esta suma equivale a 4330 pesos mensuales.

El presidente de la Cámara Inmobiliaria de Misiones, Luis Sosa, había anticipado a Economis que esta nueva reglamentación permitiría deducir de Ganancias un porcentaje. Sobre el impacto en el mercado inmobiliario misionero, había descrito que sería mínimo porque los trabajadores que tributan ganancias y alquilan en la provincia son un sector muy pequeño del mercado.

La resolución de la AFIP aclara que “a efectos del cómputo de esta deducción será requisito necesario que el monto de los alquileres abonados -en función de lo acordado en el contrato de locación respectivo- se encuentre respaldado mediante la emisión de una factura o documento equivalente por parte del locador, en la forma que establezca esta Administración Federal”.

Además, se explicó, “en el primer período fiscal en que se efectúe el cómputo de la deducción y, con cada renovación del contrato, el beneficiario de la renta deberá remitir a este Organismo a través del servicio Sistema de Registro y Actualización de Deducciones del Impuesto a las Ganancias (SiRADIG) – TRABAJADOR, una copia del contrato de alquiler, en formato .pdf”.

En la página de la AFIP se deberá cargar por única vez el contrato de alquiler y, en forma mensual, los datos de cada factura que compruebe el pago de la mensualidad: número de factura, CUIT del emisor, fecha del comprobante y monto. El beneficio, vigente a partir de ahora, será retroactivo a enero (dado que ganancias es un impuesto de carácter anual), por lo que, cuanto antes se carguen los datos, mejor será para el inquilino porque podrá descontar el pago del alquiler.

Para ello, la AFIP modificó el formulario 572 para habilitar esta y otras deducciones habilitadas por la ley.

En la AFIP aclararon que se trata de una obligación de los locadores poco onerosa y que surge de la ley del impuesto a las ganancias. El jefe de la AFIP, ofreció su mail para los inquilinos que tengan que denunciar a sus locadores que se nieguen a entregar una factura (aabad@afip.gob.ar)

De hecho, si un dueño de un departamento es jubilado o empleado y recibe pagos de alquileres por hasta $ 10.000, solo deberá abonar $ 131 pesos por mes por la categoría B del monotributo; si la suma se eleva hasta $ 14.000, el monto se eleva a $ 224 por la categoría C; y por hasta $ 22.000, el pago es de $ 368 por la categoría D.

 

La normativa de la AFIP además detalló el listado de todas las deducciones vigentes a partir de la nueva ley de Ganancias, incluyendo las horas extras, los viáticos en el caso de los viajantes, para los cónyuges, para los hijos hasta 18 años (antes era 24), junto a los tradicionales: aportes a obra social, a fondos de jubilaciones y pensiones, cuota sindical, cuotas médico asistenciales, prima de seguro para el caso de muerte, gastos de sepelio, donaciones, honorarios por gastos médicos, créditos hipotecarios, servicio doméstico y otras.

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El “blanqueo” de la AFIP podría incrementar el precio de los alquileres

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La deducción del alquiler de vivienda única, medida retroactiva a enero pasado, fue incorporada en la ley de Ganancias de este año. Ahora, la AFIP está reglamentando su implementación –que beneficia a los inquilinos alcanzados por Ganancias– pero ya originó un debate sobre si podría aumentar o no el costo de los alquileres porque al declarar el inquilino el alquiler, los propietarios deberán ‘blanquear’ el cobro del mismo, con el pago del impuesto, algo que en una alta proporción no están haciendo actualmente.

La intención de la AFIP es, justamente, revolucionar ese mercado que, considera, tiene un nivel de evasión que alcanza el 50%. Ocurre que hasta estos días, no había interés entre las partes en tener el contrato de locación en blanco. Lo máximo que existía eran facturas precarias (en algunos casos recibos con talonarios comprados en librerías sin avales de la AFIP), al sólo efecto de tener un documento legal que certifique el pago del inquilino. El documento deberá cambiar ahora por una factura legal avalada, que dejará al propietario expuesto ante el organismo que comanda Alberto Abad.

Esta semana la AFIP oficializó que el inquilino que quiera deducir su alquiler (“destinados a su casa habitación”) del impuesto a las Ganancias deberá presentar los datos de una factura emitida por el propietario del inmueble o, en su defecto, por la inmobiliaria.

Desde la reforma del impuesto a las Ganancias que votó el Congreso a fin de año, cada contribuyente que alquile una vivienda podrá descontar hasta el 40% de lo que paga del tributo, con un tope equivalente a la ganancia neta no imponible, equivalente a 51.967 pesos por año. Para eso, no deberá tener ninguna propiedad a su nombre.

Así, un inquilino que paga 6000 pesos por mes podrá deducir hasta $ 2400 mensuales. Quien abone un alquiler mensual de $ 15.000, podrá descontar de Ganancias hasta 4.330 pesos por mes.

Para hacerlo, el contribuyente deberá ingresar al Siradig, el sistema de la AFIP en el que carga su declaración jurada de Ganancias. El titular del fisco, Alberto Abad, indicó que esta posiblidad estará operativa a partir de la segunda quincena de febrero. Pero el beneficio será retroactivo a enero.

La primera vez que se informe la deducción, el contribuyente deberá adjuntar el contrato de alquiler en un archivo de formato PDF. El contrato no requiere ninguna particularidad en especial. Allí constarán los datos del inmueble que alquila.

Luego, cada mes, el inquilino deberá cargar en el fisco los datos de la factura que sirva de comprobante de pago del alquiler: número de cuit, fecha y monto.

Este dato es clave, ya que, según admite la AFIP, la gran mayoría de los contratos de alquiler hoy están en negro y el propietario no emite factura. “No queremos perjudicar a la persona que alquila, sino blanquear al propietario”, dijo Abad a la prensa. El locador puede emitir una factura como autónomo o como monotributista.

La AFIP aclaró que también tomará por válida una factura emitida por la inmobiliaria. En ese caso, el fisco luego constatará a quién pertenece el inmueble, si está declarado y qué impuestos abona por esa operación.

Los documentos que se deberán presentar, amenazan con crear una catarata de conflictos entre los propietarios locadores y locatarios.

Esta nueva deducción incluida en la reforma del impuesto hará bajar obviamente los ingresos por Ganancias; por eso buscará compensar dando transparencia al mercado de alquileres; el que, según la sospecha del propio organismo, tiene un nivel de evasión por encima de la media del sistema tributario. Esto es, más de un 30%. Incluso, dentro de la AFIP, se habla de más del 50% de evasión; en especial en los centros urbanos.

Misiones no es ajena a esta situación, el contador  Juan Carlos Troche consideró que la medida es positiva para todos los trabajadores con salarios superiores a los 20 mil pesos, que son quienes están incluidos en el regimen de pago de Ganancias. Estimo que la medida generará un leve incremento en los costos de alquileres.

El contador planteó que con esta medida la AFIP busca encuadrar al alquiler de las viviendas como una actividad comercial, algo que tradicionalmente no es vista de esta forma. Explicó que los contratos de locales comerciales si cumplen todos los trámites legales, porque los comerciantes deben presentar las facturas del alquiler para poder deducir de los impuestos.

Se calcula que el 60 por ciento de los alquileres de viviendas en Posadas solamente se hacen con contratos particulares, incluso muchos de los realizados a través de inmobiliarias no son llevados a la AFIP/Rentas a sellar y por ende no tienen facturas legales, solamente comprobantes de pago.

Con las nuevas medidas de la AFIP, lo locatarios/inquilinos podrán pedir la emisión de facturas legales, lo cual podría conllevar a una renegociación de los alquileres, lo cual podría significar un incremento del contrato.

La idea de que la medida generará un incremento esta basada en que para emitir facturas legales tanto el propietario como la inmobiliaria debe pagar los costos del sellado del contrato como los impuestos por la explotación comercial de la propiedad.

El traslado al valor locativo del costo tributario del propietario, podrá ser asumido igual convenientemente por el inquilino que pueda descontar alquileres de ganancias, pero no así por los inquilinos que no sufren descuentos por impuesto a la ganancias que deberán asumir el mayor precio con su salario.

La nueva normativa podría además generar que algunos propietarios estén más dispuestos a rentar su inmueble a potenciales inquilinos que “no necesiten” factura; hecho que generaría desigualdad de condiciones a la hora de la búsqueda del alquiler.

Si bien la medida es positiva para inquilinos que paguen ganancias, resulta llamativo que no se haya aplicado el mismo criterio para descontar intereses de créditos hipotecarios ya que los $ 20.000 anuales de intereses de préstamos hipotecarios que se pueden deducir no fueron actualizados, más aun en un contexto donde el gobierno estaría tratando de impulsar este tipo de créditos. El alquiler corre con ventaja con relación a la cuota de una hipoteca para el impuesto a las ganancias.

A nivel nacional las organizaciones de inquilinos creen que este punto puede traer algún inconviente y que, en algunos casos, provocaría una renegociación de los términos del contrato.

Pero la AFIP lo niega: “De ninguna manera va a aumentar el alquiler. El precio está dado por la oferta de vivienda. Es la apuesta que tenemos que hacer para pagar más impuestos”, insistió Abad.

El titular del fisco fue más allá y reclamó que el inquilino que no reciba la factura haga la denuncia. Y hasta dio su e-mail personal para recibir reclamos: aabad@afip.gob.ar.

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