El Gobierno quiere reducir la carga del Impuesto a las Ganancias a las empresas

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El Gobierno nacional va a reducir la carga impositiva a las empresas desde el primero de enero de 2025, si es que el Congreso aprueba la modificación del Impuesto a las Ganancias que envió el viernes pasado. Se trata de la actualización de quebrantos impositivos por el Indice de Precios al Consumidor (IPC).

La modificación establece que desde el primer día de este año los quebrantos impositivos de las empresas van a poder actualizarse por inflación minorista, algo que por el momento se podía hacer solo por IPC mayorista, cuyo efecto es que al hacer la liquidación anual del tributo el gravamen determinado sea mas alto.

Junto con ello, el proyecto establece una nueva “minimoratoria” para empresas que presentaron declaración jurada de Ganancias ajustadas por inflación con anterioridad (que en ese momento no se podía realizar) para que pueda rectificar su declaración jurada en favor de ARCA y pagar en 36 cuotas.

Hay que tener en cuenta que los quebrantos impositivos pueden no coincidir con los quebrantos contables puesto que los primeros pueden generarse por ajustes al balance contable realizados conforme a lo establecido por la legislación que rige el Impuesto a las Ganancias.

De esa manera, una empresa que al finalizar este año su ejercicio fiscal podrá computar sus pérdidas impositivas por la inflación del año y abonar menos.

El tributarista Mario Volman, profesor de la Universidad de Buenos Aires, explicó a Ambito sobre los alcances de la propuesta del Poder Ejecutivo:.

  • “Los quebrantos que se verifiquen a partir de declaraciones juradas desde el 1ro de enero de 2025 se actualizan por IPC”
  • “Si el contribuyente tenía quebrantos del 2023 y 2024 y tiene una declaración jurada con ganancias a partir del 1 de enero de 2025, por cierres perfeccionados a partir de esa fecha, también se permite actualización por IPC , desde la fecha de cierre de ese ejercicio hasta la fecha de cierre del ejercicio 2025”.
  • “Si el contribuyente tenía un quebranto del 2021 que es un período fiscal no prescripto y lo computó actualizado por inflación en el 2023, ese contribuyente que actuó en contra de lo que establece la ley en el articulo 93, tiene la posibilidad de rectificar a favor del fisco la declaración jurada y pagar el impuesto en 36 cuotas sin intereses y sin multas de la ley penal tributaria”.
  • “Si el contribuyente tenía un quebranto del 2021 y lo computó en moneda nominal respetando la ley en el 2023, no se le permite actualizar el quebranto, porque es anterior al 1ro de enero de 2025. Es decir, no tiene posibilidad de rectificar en favor del contribuyente”.
  • “Si por un ejercicio iniciado a partir del 1ro de enero, una empresa tiene utilidad por $5.000.000 y tiene un quebranto del 2022, 2023 y 2024 de $3.000.000, que actualizado por inflación dieran $5.000.000, no da impuesto a ingresar”
  • “Si por ese ejercicio que comienza el 1ro de enero de 2025 la empresa genera quebranto, ese quebranto va a ser actualizable, va a ser computable contra la base del ejercicio 2026”.

MENSAJE Nº 02-2025 – Que comunica el Proyecto de Ley – Sustituye el undécimo párrafo del artículo 25 de la Ley de Impuesto a las Ganancias, texto ordenado en 2019 y sus modificaciones

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Más trabajadores pagarán Ganancias

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El ajuste en 11,78% que dispuso ARCA, por debajo de la recuperación de los salarios, incorporará a miles de contribuyentes al régimen del impuesto. Efecto sobre el consumo y la presión fiscal

En 2025, el número de trabajadores alcanzados por el Impuesto a las Ganancias se estima aumentará considerablemente. Este fenómeno, según advierten los especialistas, se debe al crecimiento de los salarios que ha superado la inflación en los últimos meses, lo que coloca a muchos empleados en un umbral de ingresos más alto, obligándolos a tributar. Como resultado, trabajadores que hasta ahora no tenían que abonar este impuesto podrían comenzar a hacerlo, generando un impacto directo en su poder adquisitivo.

A partir de enero de 2025, las escalas del impuesto a las Ganancias se ajustaron 11,78%, según la variación del Índice de Precios al Consumidor (IPC) entre septiembre y diciembre de 2024. Esto establece que el mínimo imponible para comenzar a tributar será de $2.280.700 brutos, equivalente a un salario neto de bolsillo de $1.892.937, sin deducciones por familiares o gastos personales.

Para quienes deduzcan cónyuge y dos hijos menores de 18 años, el piso de tributación subirá a $3.024.494 brutos-$2.516.337 neto-. Los trabajadores autónomos también verán ajustes: los ingresos mensuales promedio para tributar oscilarán entre $1.468.658 y $1.631.843, dependiendo de la categoría.

Estas modificaciones podrían incorporar a miles de trabajadores y autónomos al régimen de Ganancias, aumentando la presión fiscal sobre un sector que ya enfrenta múltiples cargas impositivas. “Las autoridades fiscales y económicas deberán seguir de cerca este fenómeno, ya que el aumento de los contribuyentes podría generar más presión sobre los ingresos de los trabajadores sin un aumento proporcional de sus ingresos reales”, afirmó Juan Luis Bour, economista jefe y director de FIEL.

Mayor presión fiscal

Según el contador Sebastián Domínguez, el aumento de contribuyentes alcanzados por Ganancias responde directamente a la combinación de aumentos salariales por encima de la inflación y ajustes insuficientes en las escalas del impuesto.

“La única solución para revertir esta situación sería una modificación legal a través del Congreso. El Ejecutivo no puede hacerlo por decreto”, explicó. Además, destacó que el Gobierno había planteado en el pasado la posibilidad de eliminar Ganancias para los empleados, pero que esto solo sería viable mediante una reforma tributaria integral.

En ese sentido, Domínguez también resaltó que no es posible evitar el impuesto a través de acuerdos paritarios que incluyan sumas no remunerativas.

“Por cómo quedó la reforma, todos los conceptos no remunerativos son gravados por Ganancias. Esto difiere del esquema anterior, donde se podían incluir conceptos que no pagaban este impuesto”, explicó.

Además, agregó el experto tributarista, “tampoco es posible aplicar esquemas donde el aguinaldo quede exento del tributo, una idea que se había propuesto pero que no fue contemplada en las últimas modificaciones”.

El contador Carlos Schestakow coincidió en que el fenómeno del aumento de los contribuyentes está ligado al ajuste automático por IPC combinado con un crecimiento real de los salarios. “Si el IPC está por debajo del aumento de los salarios, es posible que se sumen nuevos contribuyentes. Además, quienes ya están alcanzados por Ganancias podrían saltar de escalón y comenzar a pagar más”, detalló.

Según Schestakow, las deducciones disponibles para los trabajadores de la cuarta categoría no son suficientes para compensar este aumento. “Sobre el sueldo bruto, se tributa sobre el 83%, ya que se descuentan jubilación y obra social, pero las demás deducciones tienen un impacto limitado”, puntualizó.

El especialista también subrayó el regreso a un sistema más estricto respecto de los conceptos gravados. “Lo no remunerativo, que antes podía ser exento, ahora también es alcanzado por Ganancias. Esto vuelve a aumentar la carga fiscal sobre los trabajadores”, concluyó Schestakow.

El economista Daniel Garro, director de Value International Group, comentó que este escenario tendrá consecuencias tanto para el consumo como para la recaudación del Estado. “Si los salarios se recuperan por encima de la inflación y el mínimo imponible se ajusta por IPC, matemáticamente más gente pagará Ganancias. Eso significa menos dinero disponible para el consumo y más ingresos para el fisco”, explicó.

Garro también vinculó esta situación con el contexto político actual. “La sociedad empieza a tomar conciencia del costo de sostener el Estado, especialmente después de los desequilibrios heredados. Los gobernadores, que no quieren perder recaudación, ejercen una fuerte presión para mantener este sistema”.

Jorge Colina, economista y director del Instituto para el Desarrollo Social Argentino (Idesa), sostuvo que el piso de Ganancias es lo suficientemente alto como para que solo afecte a trabajadores con altos ingresos y capacidad de consumo. “Hoy Ganancias no está alcanzando a sectores que nunca antes estuvieron incluidos. Además, con la actualización del Monotributo y su incorporación al sistema, la situación se ha corregido”, argumentó. Colina descartó un impacto significativo en el consumo general, dado que el grupo afectado tiene mayor poder adquisitivo.

Colina también enfatizó que la recaudación generada por este impuesto no representa un porcentaje significativo del total, por lo que su impacto fiscal sería menor al esperado. “Es importante que el debate se enfoque en las implicancias de largo plazo y no sólo en los efectos inmediatos sobre los trabajadores”, concluyó.

Escalas progresivas y efectos sobre el salario

Juan Luis Bour subrayó que la presión tributaria sobre el salario formal aumenta conforme suben los ingresos. “Cuando los salarios crecen en términos reales y las escalas de Ganancias son progresivas, el impacto es inevitable. Si el salario sube un 5% real, pero el impuesto reduce 0,5% de ese aumento, se termina con un crecimiento neto menor”, explicó.

Bour también se refirió a la eliminación de exenciones que antes permitían reducir la carga fiscal. “Hoy no hay manera de evitar Ganancias. Todo es taxable. Eso significa que, de aquí en adelante, la presión fiscal será mayor para los trabajadores formales”, concluyó.

Además, el economista alertó que la evolución de los salarios deberá ser monitoreada mensualmente para evaluar cómo se ajustan los ingresos reales a esta nueva realidad impositiva.

En su análisis, Bour destacó que el efecto más visible será para aquellos trabajadores que ingresen por primera vez al régimen. “El impacto de pasar de no pagar Ganancias a comenzar a hacerlo es significativo. Aunque sus ingresos netos aumenten, la percepción es que están perdiendo poder adquisitivo”, apuntó.

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Ganancias: extienden nuevamente el plazo para completar el formulario con las deducciones del impuesto

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La AFIP comunicó la nueva fecha límite para que los trabajadores presenten la declaración jurada.

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) extendió nuevamente el plazo para que los trabajadores informen las deducciones anuales del Impuesto a las Ganancias correspondientes al 2023, mediante la Resolución General 5514/2024.

La medida dispuso prorrogar la fecha límite hasta el 30 de junio inclusive, siendo la tercera vez que el organismo nacional extiende el periodo establecido para llevar a cabo la presentación del formulario de declaración jurada.

La normativa especificó que “los beneficiarios de las rentas comprendidas en las Resoluciones Generales Nros. 2.442 y 4.003, sus modificatorias y complementarias, podrán, con carácter de excepción, efectuar la presentación del formulario de declaración jurada F. 572 Web, a través del servicio “Sistema de Registro y Actualización de Deducciones del Impuesto a las Ganancias (SiRADIG) – TRABAJADOR”, correspondiente al período fiscal 2023, hasta el 30 de junio de 2024, inclusive”.

Asimismo, indicó que “los agentes de retención practicarán la liquidación anual prevista en el artículo 9° de la Resolución General N° 2.442 y en el inciso a) del artículo 21 de la Resolución General N° 4.003, sus respectivas modificatorias y complementarias, correspondiente al período fiscal 2023, hasta el 31 de julio de 2024, inclusive”.

Además, precisó que “el importe determinado en dicha liquidación anual será retenido o, en su caso, reintegrado, cuando se efectúe el primer pago posterior a la fecha de dicha liquidación o en los siguientes si no fuera suficiente, y hasta el 9 de agosto de 2024, inclusive”.

A su vez, el texto oficial explicó que “deberá informarse e ingresarse el referido importe hasta las fechas de vencimiento establecidas para la presentación de la declaración jurada e ingreso del saldo resultante que operan en el mes de agosto de 2024, del Sistema de Control de Retenciones (SICORE), previsto por la Resolución General N° 2.233, sus modificatorias y complementarias, informándolo en el período julio de 2024 y consignando como fecha de retención el 31 de julio de 2024″.

A qué se debe la nueva prórroga

La decisión de realizar una nueva postergación del plazo fijado está vinculada a la demora en el tratamiento y la sanción de la nueva legislación sobre Ganancias, que está incluida en la Ley Bases y el paquete fiscal, que el Ejecutivo envió al Congreso.

El tributarista Sebastián Domínguez, CEO de SDC Asesores Tributarios, explicó que la relevancia de la aprobación reside en que la Constitución Nacional “impide al Poder Ejecutivo dictar decretos de necesidad y urgencia en materia tributaria” y recordó que “el gobierno anterior instruyó a la AFIP a modificar las escalas del Impuesto a las Ganancias para 2023, sin que el Congreso Nacional ratificara estas modificaciones”.

De esta manera, sostuvo que “sin la prórroga, los empleadores deberían realizar las liquidaciones anuales con las escalas originales de la ley, lo que podría resultar en deudas para los empleados”, y agregó que “estas deudas absorberían total o parcialmente las percepciones informadas por los empleados y, en algunos casos, podrían ser mayores”.

Continuando en esa línea, Domínguez señaló que “desde el punto de vista de los empleados hay una nueva demora en la devolución de las percepciones de ganancias que informaron a sus empleadores” y aseguró que “el problema principal radica en que, si la liquidación anual se realizara hoy, es probable que, en lugar de recibir una devolución, los empleados se enfrenten a una deuda a pagar”.

En vistas a una solución definitiva, indicó que “el paquete fiscal que cuenta con media sanción de Diputados y está en tratamiento por parte del Senado, resuelve el problema incorporando las modificaciones a la ley del impuesto a las ganancias”.

En este sentido, la Resolución sostuvo que “en aras de dar continuidad a los actos de gobierno tendientes a brindar seguridad jurídica a los contribuyentes y responsables respecto del alcance del impuesto a las ganancias, el Poder Ejecutivo Nacional puso a consideración del Honorable Congreso de la Nación un proyecto normativo enviado mediante Mensaje (PEN) N° 20/24 a fin de dejar establecidas, con jerarquía de ley, las aludidas medidas de política tributaria”.

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Ganancias: se extiende hasta el 30 de abril el plazo para presentar el SIRADIG de AFIP

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AFIP extendió el plazo para presentar el SIRADIG, formulario para deducir gastos en Ganancias, hasta el 30 de abril. Esto permite a los trabajadores contar con más tiempo para informar sus deducciones.

AFIP prorrogó hasta el 30 de abril de 2024 el plazo para que los trabajadores informen a sus empleadores las deducciones anuales del Impuesto a las Ganancias del año 2023. La medida busca brindar seguridad jurídica a la liquidación anual del impuesto y se enmarca en el proyecto de ley presentado por el Gobierno para validar las disposiciones provisorias dictadas durante el año pasado.

Más noticias de AFIP

¿Qué significa esto?

  • Los trabajadores tienen más tiempo para presentar el SIRADIG.
  • La liquidación anual por parte de los empleadores se realizará durante el mes de mayo.
  • Las devoluciones del impuesto retenido en exceso a los trabajadores se realizarán hasta el 10 de junio de 2024.

¿Por qué se extendió el plazo?

El objetivo de la prórroga es brindar seguridad jurídica a la liquidación anual del Impuesto a las Ganancias del año 2023. El Gobierno ha presentado un proyecto de ley ante el Congreso para validar, con jerarquía de ley, las disposiciones provisorias dictadas por el Poder Ejecutivo durante el año pasado.

¿Qué debo hacer si ya presenté el SIRADIG?

No es necesario que hagas nada. Tu presentación se tendrá en cuenta para la liquidación anual del Impuesto a las Ganancias del año 2023.

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Impuesto a las Ganancias: el Gobierno confirmó que presentará el proyecto para restituirlo

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Luego de diversas negociaciones con los gobernadores, el ministro del Interior, Guillermo Francos, aseguró en Expoagro que se enviará al Congreso un nuevo proyecto de Impuesto a las Ganancias luego de que se removiera en el tramo final de la campaña presidencial.

“Es un pedido de los gobernadores, que los ayudemos a solucionar sus problemas fiscales. En ese sentido, nosotros vamos a plantear la puesta en vigencia del impuesto a los ingresos”, sostuvo Francos en el encuentro agropecuario.

El Impuesto a las Ganancias fue un reclamo apenas llegó al poder el actual Gobierno ya que lo recaudado pasa directo a la coparticipación de las provincias y al removerse durante la gestión pasada, las distintas administraciones provinciales dejaron de percibirlo.

La confirmación llega luego de que el Poder Ejecutivo vuelva a enviar la Ley Bases para ser aprobada en Diputado y Senadores además del llamado a los gobernadores para que se sumen a los 10 puntos del Pacto de Mayo que se realizará en Córdoba.

Impuesto a las Ganancias y Ley Ómnibus 

“El Pacto de Mayo es un objetivo de mucha más trascendencia que todo lo que tengamos en el medio. Creo que en ese camino los gobernadores y el Gobierno nacional se van a poner de acuerdo en solucionar los problemas que tienen las provincias y la Nación“, aseguró el ministro Francos durante sus declaraciones a la prensa.

El funcionario que se muestra con más diálogo frente a las provincias sostuvo que “los gobernadores están preocupados por su situación fiscal, a partir del recorte que se hizo en la gestión anterior con el famoso tema del impuesto a las ganancias, y la Nación está interesada en algunas normas que estaban dentro de la Ley Bases, y que nosotros consideramos necesarias para acelerar el proceso de desarrollo y crecimiento de la Argentina”.

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