GAS

“El gas es vital para el desarrollo industrial”

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El Movimiento Industrial Misionero (MIM) realizó una nueva capacitación, esta vez el tema fue el gas y su importancia para el desarrollo. La charla a cargo del ingeniero José María Tomaselli, Director de Gas en Sub Secretaria de Obras y Servicios Públicos desglosó la importancia del gas para la matriz productiva.

La charla vía Zoom, comenzó a las 18 horas, Tomaselli, se refirió a diversas alternativas que se podrían implementar hasta que se construya el tantas veces aplazado gasoducto que traería gas natural a la provincia, como ser traer gas licuado en barcazas, aprovechando el puerto de Posadas y su cercanía al Parque Industrial, proponiendo también solicitar una compensación energética que ayude a equiparar los costos con las zonas del país que cuentan con gas natural.

Explicó que si bien para el sector domiciliario no es tan urgente, salvo en las zonas urbanas, la mayor demanda es en el sector productivo. Planteó los beneficios comparativos a la hora de usar gas y no leña para el secado de yerba o té, además de las otras potencialidades en el sector industrial misionero. Afirmó que el “gas es vital para el desarrollo industrial de la provincia”

Como ejemplo de posible atractivo para la llegada del gas en barcazas, Tomaselli dijo que sería interesante abastecer de gas a los parques industriales de la provincia.

Como ejemplo dio la situación que se da en Posadas con el conglomerado urbano de Itaembé Guazú de Posadas que cuenta con una zona de instalación de una red distribuidora de gas domiciliario que llega a la provincia en camiones, allí tres mil usuarios consumen unos 3 mil metros cúbicos diarios. Aclaró es una cifra muy baja mencionando la posibilidad de traer el gas licuado mediante barcazas; pero al tener el puerto cercano al Parque Industrial se puede asociar ambos consumos para que el negocio sea atractivo y a la vez beneficiar a la industria misionera.

Destacó Tomaselli que el sector industrial del paísconsume en promedio unos 35 millones de metros cúbicos y que ese consumo no se vio muy afectado por la pandemia. A la par se refirió a la fluctuación del consumo de gas en el sector doméstico, principalmente en calefacción que es lo que más incide y hace picos durante el invierno, en verano el consumo es de electricidad y baja bastante el consumo de gas, por lo que precisó que son complementarios.

Comentó que “una de las excusas para no traer el gasoducto a Misiones siempre fue que acá hace calor, por eso no habría demanda domiciliaria. Pero si vemos Santiago del Estero, donde si hace mucho calor en verano, el consumo de gas domiciliario está en línea con el del resto del país”.

Agregó que muchas de las usinas que generan electricidad consumen un 40% gas natural sumado a un  30 por ciento de energía hidroeléctrica pero destacó que el gas interviene directamente en la industria e indirectamente para la generación de electricidad que también va destinada a la industria en gran medida.

Con estos datos el director de gas de la provincia consideró que no se descarte que “en la provincia podamos tener un soporte energético para la generación de una usina mediana para complementar con Urugua-í o con la interconexión, que podamos hace funcionar con gas natural líquido y tener una fuente segura y podría estar en el propio Parque Industrial de Posadas”.

En el mismo sentido comentó que la tecnología  está permitiendo que aún sin tener el gasoducto, “podamos acceder a alternativas que tienen algún costo mayor pero ahí es donde debemos jugar como provincia, con nuestros legisladores nacionales para solicitar compensación. No es descabellado plantear a nivel nacional la compensación energética, por ser la única provincia que no tiene conexión de gas natural”.

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Acusan a Lanziani de manejar Energía por videoconferencia y poner en peligro la presión en los gasoductos del sur

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El line pack del sistema de TGS cayó un 8% en la última semana. Es porque el secretario de Energía no decidió cómo abastecer a Camuzzi Gas del Sur, que toma gas del mercado sin contrato porque no encuentra quien le venda al precio que figura en los cuadros tarifarios.

Una decisión —o inacción—  del secretario de Energía, Sergio Lanziani, decantó en una brusca caída de la presión del sistema de transporte de gas que opera TGS, que conecta a la zona metropolitana con toda la patagonia. El descenso del line pack en los caños —cayó de 212 millones de metros cúbicos el domingo 5 de abril a menos de 198 MMm3 ayer— obligó a la transportista a enviar una dura nota al Enargas, el ente regulador del gas.

En la carta advierte que si los niveles de presión siguen cayendo deberá solicitar un comité de emergencia por el riesgo que esa situación trae aparejada para todo el sistema. La escena es paradójica. Mientras las petroleras cierran pozos de gas por falta de demanda —se estima que hay entre 20 y 25 MMm3/día cerrados—, la presión en los caños cae precisamente por la ausencia de gas. En algún punto resulta insólito.

  • ¿Qué es lo que sucede entonces?

El 31 de marzo, cuando venció el contrato de suministro de la estatal IEASA (ex Enarsa) a Camuzzi Gas del Sur, la distribuidora que más gas despacha en el país, Lanziani decidió no extender ese vínculo. El mercado descontaba que el contrato se prorrogaría. Era casi una formalidad. ¿Por qué? Camuzzi Gas del Sur vende el gas subsidiado a los usuarios de la Patagonia. Sus tarifas son más baratas que en el resto del país por cuestiones climatológicas.

Por eso, durante el gobierno de Mauricio Macri se decidió que IEASA, que canaliza la importación de Gas Natural Licuado (GNL), colocara esa oferta a precio subsidiado en Camuzzi Gas del Sur. La decisión hacía sentido. Pero Lanziani pidió tiempo para revisar el esquema antes de prorrogar el contrato, como publicó El Cronista la semana pasada.

Desde IEASA se corrieron con una excusa legal. Argumentaron que sin una instrucción precisa del secretario de Energía no podían seguir entregando gas a Camuzzi Gas del Sur.

Andrés Cirnigliano, el joven presidente de IEASA, tomó la postura más conservadora. Se negó a seguir transfiriendo gas subsidiado (en una operación que involucra millones de pesos de subvenciones del Tesoro). No quiso correr con la responsabilidad sin una orden explícita de Lanziani. Algunos interlocutores intentaron hacerle entender que con esa decisión estaba poniendo en riesgo la sustentabilidad del sistema —como finalmente empezó a ocurrir esta semana—, pero él desligó el tema en cabeza del secretario de Energía, que supuestamente permanece en Misiones desde el 13 de marzo, aunque algunos señalaron que volvió a Buenos Aires después de ser descubierto en Oberá en medio de una investigación por la propagación de fake news.

Difícil gestionar un sector estratégico como el energético por videoconferencia desde hace casi un mes.

  • ¿Cómo se explica el desbalance que afectó el line pack de TGS?

En marzo, Camuzzi Gas del Sur le compró el gas a IEASA a un precio neto de US$ 1,70. En rigor, el contrato firmado en marzo de 2019 fijó un precio de US$ 2,70 por millón de BTU y lo pesificó a 41 pesos (el valor del dólar durante la primera quincena de ese mes). Hoy, con la divisa cotizando sobre los 65 pesos, esos US$ 2,70 se convirtieron en 1,70 dólares. El problema es que, por la inacción de Lanziani, Camuzzi no encuentra ningún productor que quiera venderle gas a ese precio.

La distribuidora hace lo que puede hacer: ofrece comprar gas al precio que tiene reconocido, de forma indirecta, en los cuadros tarifarios que están vigentes. Si accediera a comprar gas más caro, debería pedirle al ente regulador que la autorice a aumentar las tarifas residenciales. Una alternativa que en este contexto de crisis ni siquiera tiene sentido discutir.

La postura de los productores también era previsible. ¿Por qué vender el gas a US$ 1,70 cuando ese precio está lejos de permitir la inversión en nuevos desarrollos? Por todo esto, es complejo entender la dilación de Lanziani.

Parálisis

Frente a ese escenario de parálisis gubernamental, lo que terminó sucediendo es que Camuzzi Gas del Sur tomara gas del sistema para distribuir entre los hogares y PyMEs de la Patagonia pero como ningún productor respalda esa operación (e inyecta producción para cubrir lo que despacha Camuzzi), la presión del sistema de transporte de TGS cae día a día.

Según fuentes privadas consultadas por EconoJournal, el line pack de TGS cayó esta semana a un ritmo de 3 o 4 MMm3 por día. “El fin de semana largo por Semana Santa y las temperaturas templadas pronosticadas ayudarán a que la demanda se ralentiza y ayude al sistema. Pero, aún así, si la situación no está solucionada para dentro de 3 o 4 días puede convertise en algo más grave”, explicaron desde una distribuidora de la zona centro del país.

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Es oficial: el aumento del gas pasa para enero de 2020

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El Gobierno indicó que debido a “las circunstancias macroeconómicas”, un ajuste podría “generar efectos adversos” en el consumo y la actividad económica por lo que tomó la decisión de postergar un aumento de gas hasta el año que viene. La medida fue comunicada mediante una resolución publicada hoy en el ‘Boletín Oficial’

El Gobierno oficializó una decisión que ya había anticipado en la primera mitad del año: la de postergar para enero de 2020 el aumento en las tarifas de gas previsto para octubre. La medida fue comunicada mediante la Resolución 521/2019, publicada hoy en el ‘Boletín Oficial’.

De acuerdo al cronograma tarifario establecido, los incrementos en el costo de este servicio debían aplicarse en abril y octubre.

El primero fue implementado de manera escalonada a lo largo de tres meses (10% en abril, 9 en mayo y 8 en junio), pero ante la situación de volatilidad económica que atravesó el país en marzo y abril, el Gobierno decidió postergar el nuevo aumento. La resolución del miércoles, que llega en un nuevo escenario de crisis, oficializa esa decisión.

“Que en caso de emitirse los correspondientes cuadros tarifarios a partir de octubre del corriente año, en las actuales circunstancias macroeconómicas, podrían generarse efectos adversos en materia de reactivación del consumo y de la actividad económica en general”, indica la resolución que lleva la firma del secretario de Energía, Gustavo Lopetegui.

Y agrega: “Ello hace aconsejable el diferimiento, para el 1° de enero de 2020, del ajuste semestral de los márgenes de transporte y distribución que comprenderá las variaciones operadas desde el 1º de octubre de 2019 hasta la emisión de los respectivos cuadros tarifarios”.

El documento aclara que, no obstante la decisión, el Gobierno “se encuentra llevando adelante un programa de convergencia fiscal” y que por ende no se encuentra en condiciones de absorber el costo que implica el diferimiento.

Por ello, para lograr el objetivo, decidió habilitar a las empresas licenciatarias de transporte y distribución de gas a “readecuar sus obligaciones, esencialmente aquellas que impliquen inversiones obligatorias a su cargo, sin que ello afecte en modo alguno sus obligaciones frente a los usuarios abastecidos”.

“Que, en tal sentido, corresponde que el Enargas evalúe y autorice las modificaciones que propongan las prestadoras respecto de los programas de inversiones obligatorias comprometidas, respetando la exacta incidencia entre los montos que se dejan de percibir en concepto de tarifa y los montos de inversión”, explica la Resolución. Las empresas tendrán 30 días para presentar sus propuestas al ente regulador para su evaluación y autorización.

En tanto, respecto de las subdistribuidoras de gas por redes y las tarifas de gas propano indiluido, el documento establece su “eventual compensación, derivada del diferimiento del ajuste tarifario, teniendo en cuenta que no cuentan con un plan de inversiones obligatorias en curso”.

El Gobierno destacó a su vez que la medida se suma a otras implementadas a lo largo del año para mitigar el costo que las tarifas tienen para los usuarios residenciales: el escalonamiento del incremento de abril y la decisión de diferir el pago del 22% de la tarifa durante los meses de invierno -de mayor consumo- para su compensación en los de verano, donde el uso del servicio cae drásticamente.

Resolución 521/2019

MINISTERIO DE HACIENDA – SECRETARÍA DE GOBIERNO DE ENERGÍA

Ciudad de Buenos Aires, 03/09/2019

VISTO el expediente EX-2019-79255845-APN-DGDOMEN#MHA, lo dispuesto en la ley 24.076 y su reglamentación aprobada por el decreto 1738 del 18 de septiembre de 1992, y los modelos de licencia para la prestación de los servicios de transporte y de distribución aprobadas por el decreto 2255 del 2 de diciembre de 1992, y
CONSIDERANDO:

Que se ha llevado adelante una política de normalización institucional y regulatoria en materia de prestación del servicio de gas por redes, tanto en materia de transporte como de distribución, que tuvo su punto más trascendente en la culminación del procedimiento de Revisión Tarifaria Integral (RTI) que implicó el sinceramiento de los componentes que afectan económicamente la prestación del servicio.

Que, asimismo, finalizada la emergencia, se retomó la libre negociación contractual del fluido, tal como lo prevé el Marco Regulatorio aprobado por la ley 24.076.

Que el Gobierno Nacional ha adoptado diversas medidas a fin de que la normalización regulatoria no impacte en forma plena en los usuarios residenciales del servicio de gas, debiendo destacarse -durante el año en curso- el dictado de las resoluciones 148 del 29 de marzo de 2019 y 336 del 21 de junio de 2019 de esta Secretaría de Gobierno de Energía (RESOL-2019-148-APN-SGE#MHA y RESOL-2019-336-APN-SGE#MHA).

Que mediante la primera de ellas se dispuso una bonificación, para abril y mayo de 2019, en beneficio de los usuarios residenciales de gas natural y de propano indiluido por redes, en el precio del gas en el punto de ingreso al sistema de transporte (PIST) del veintisiete por ciento (27%) para los consumos correspondientes a abril de 2019 y del doce por ciento (12%) para los consumos correspondientes a mayo de 2019.

Que por la segunda de las resoluciones mencionadas se estableció, en beneficio de los usuarios residenciales de gas natural y de propano indiluido por redes, con carácter excepcional, el diferimiento de pago del veintidós por ciento (22%) en las facturas emitidas a partir del 1o de julio, hasta el 31 de octubre de 2019.

Que ambas medidas dictadas en este ejercicio han implicado beneficios para los usuarios residenciales, cuyos costos han sido afrontados por el Estado Nacional mediante las partidas presupuestarias específicas.

Que a partir del 1o de octubre corresponde el establecimiento de nuevos cuadros tarifarios que contemplen el ajuste semestral previsto en las Actas Acuerdo de Renegociación de los Contratos de Licencia y las resoluciones dictadas en consecuencia por el Ente Nacional Regulador del Gas (ENARGAS).

Que tal periodicidad prevista en el numeral 9.4.1.1 de las Reglas Básicas de la Licencia de Distribución de Gas (RBLD) para julio y enero de cada año fue modificada por las resoluciones emitidas en el marco de la Revisión Tarifaria Integral (RTI).

Que las Actas Acuerdo de Renegociación de los Contratos de Licencia previeron entre las Pautas de la Revisión Tarifaria Integral que, a través de ese procedimiento, se debían introducir los mecanismos no automáticos de adecuación semestral de la tarifa.

Que, en tal sentido, el anexo V de cada una de las resoluciones del ENARGAS por las que se aprobó la RTI previó el citado mecanismo y, además, previó como periodicidad para el ajuste, los meses de abril y octubre de cada año, con excepción de 2017 que sería en abril y diciembre.

Que en caso de emitirse los correspondientes cuadros tarifarios a partir de octubre del corriente año, en las actuales circunstancias macroeconómicas, podrían generarse efectos adversos en materia de reactivación del consumo y de la actividad económica en general.

Que ello hace aconsejable el diferimiento, para el 1° de enero de 2020, del ajuste semestral de los márgenes de transporte y distribución que comprenderá las variaciones operadas desde el 1o de octubre de 2019 hasta la emisión de los respectivos cuadros tarifarios.

Que el Estado Nacional se encuentra llevando adelante un programa de convergencia al equilibrio fiscal que le impide, en esta oportunidad, hacer frente a la compensación que implicará el diferimiento de tal ajuste.

Que, por ello, y para el mantenimiento de la ecuación económico financiera de los contratos de licencia, corresponde arbitrar las medidas pertinentes a fin de que, sin impactar en las economías de los hogares ni en el erario público, se compensen las sumas correspondientes al diferimiento de los ajustes tarifarios previstos.

Que la vía más apta para ello consiste en la readecuación de las obligaciones de las licenciatarias de transporte y distribución de gas, esencialmente aquellas que impliquen inversiones obligatorias a su cargo, sin que ello afecte en modo alguno sus obligaciones frente a los usuarios abastecidos.

Que, en tal sentido, corresponde que el ENARGAS evalúe y autorice las modificaciones que propongan las prestadoras respecto de los programas de inversiones obligatorias comprometidas en la RTI, respetando la exacta incidencia entre los montos que se dejan de percibir en concepto de tarifa y los montos de inversión.

Que dado que las subdistribuidoras de gas por redes aplican a sus usuarios finales las mismas tarifas que las aprobadas para la distribuidora zonal, corresponde establecer su eventual compensación, derivada del diferimiento del ajuste tarifario, teniendo en cuenta que no cuentan con un plan de inversiones obligatorias en curso.

Que resulta conveniente que tal compensación sea asumida por la distribuidora zonal como bonificación y agregada, en su exacta incidencia, en el cómputo de la readecuación de inversiones a ser presentada ante la autoridad regulatoria.

Que en cuanto a las tarifas de gas propano indiluido por redes, también corresponde establecer su eventual compensación, derivada del diferimiento del ajuste tarifario, teniendo en cuenta que no cuentan con un plan de inversiones obligatorias en curso y una relación directa con una licenciataria.

Que dicha compensación deberá ser asumida -en el caso de tratarse de subdistribuidoras- por los proveedores de propano como bonificación, la que será solventada por el Estado Nacional y, en el caso de las licenciatarias, esta compensación deberá ser agregada, en su exacta incidencia, en el cómputo de la readecuación de inversiones a ser presentada ante la autoridad regulatoria.

Que en cuanto al ajuste estacional de tarifas finales del servicio completo, consistente en el traslado de la variación del precio de gas en PIST, el numeral 9.4.2.3 de las RBLD establece que los ajustes por variación en el precio de gas comprado se aplican a partir del 1o de abril (invernal) y del 1o de octubre (estival) de cada año.

Que estos ajustes estacionales deben ser solicitados por la prestadora cuando acredite haber contratado por lo menos el cincuenta por ciento (50%) de sus necesidades del período estacional respectivo.

Que en ese supuesto, al precio estimado se sumarán, con su signo, las diferencias diarias acumuladas (DDA).

Que conforme al inciso 5) del artículo 37 del decreto 1738 del 18 de septiembre de 1992, reglamentario de la ley 24.076, las variaciones del precio de gas deben ser trasladadas a la tarifa final del usuario de tal manera que “no produzcan beneficios ni pérdidas al Distribuidor ni al Transportista bajo el mecanismo, en los plazos y con la periodicidad que se establezca en la correspondiente habilitación”.

Que el diferimiento del ajuste estacional, en iguales términos al ajuste semestral, debe asegurar tal neutralidad a las prestadoras del servicio público de gas.

Que para ello se debe adecuar la cantidad de meses contemplados para el cálculo de las DDA, adicionando tres (3) meses al cómputo y extender, en forma excepcional, el período estacional en curso hasta el 1o de enero de 2020, a los efectos de lo dispuesto en el artículo 8o del decreto 1053 del 15 de noviembre de 2018.

Que esta medida se dicta en virtud de las facultades establecidas en el apartado VIII bis del anexo II al decreto 174 del 2 de marzo de 2018.

Por ello,
EL SECRETARIO DE GOBIERNO DE ENERGÍA RESUELVE:

ARTÍCULO 1o.- Diferir el ajuste semestral de los márgenes de transporte y distribución previsto a partir del 1o de octubre de 2019, para el 1° de enero de 2020, oportunidad en la cual se aplicará el valor correspondiente al índice de actualización inmediato anterior disponible.

ARTÍCULO 2o.- A fin de compensar a las prestadoras en el marco de lo dispuesto en el numeral 9.8 de las Reglas Básicas de la Licencia de Distribución de Gas (RBLD) aprobadas por el decreto 2255 del 2 de diciembre de 1992, se dispone la revisión y adecuación -en su exacta incidencia- de las inversiones obligatorias a su cargo.

ARTÍCULO 3o.- A los fines de la compensación prevista en el artículo precedente, las prestadoras de los servicios de transporte y distribución de gas natural deberán presentar ante el ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS (ENARGAS), dentro del plazo de treinta (30) días corridos desde la publicación de este acto, sus propuestas de readecuación de las inversiones obligatorias a su cargo, a fin de que la autoridad regulatoria las evalúe y autorice, con las adecuaciones pertinentes, respetando la exacta incidencia entre los montos que se dejan de percibir en concepto de tarifa -incluyendo las bonificaciones a las subdistribuidoras de su área de licencia- y los montos de inversión comprometidos. Tales adecuaciones no podrán afectar en modo alguno el cumplimiento de sus obligaciones frente a los usuarios actualmente abastecidos respecto de la seguridad y continuidad de la prestación
del servicio a su cargo.

ARTÍCULO 4°.- El diferimiento establecido en el artículo 1° de esta resolución será de aplicación a las tarifas de propano indiluído por redes. A tal fin, respecto de las licenciatarias, la compensación será determinada en su exacta incidencia en el cómputo de la readecuación de inversiones a ser presentada ante la autoridad regulatoria de conformidad con lo dispuesto en el artículo 3° de esta resolución.

Tratándose de subdistribuidoras, la compensación será reconocida a los proveedores de propano como bonificación a ser solventada por el Estado Nacional.

ARTÍCULO 5o.- Diferir el ajuste tarifario por variación del precio de gas en el punto de ingreso al sistema de transporte (PIST) previsto con vigencia a partir del 1o de octubre de 2019, para el 1° de enero de 2020, oportunidad en que se efectuarán las adecuaciones pertinentes a los períodos a considerar para el cálculo de las diferencias diarias acumuladas (DDA).

A los efectos de la implementación de las disposiciones de este artículo, resultará de aplicación al período de diferimiento dispuesto, lo establecido en el artículo 8o del decreto 1053 del 15 de noviembre de 2018

ARTÍCULO 6°.- Las erogaciones resultantes de lo establecido en esta resolución serán imputadas a las partidas presupuestarias respectivas de la Secretaría de Gobierno de Energía.

ARTÍCULO 7°.- Comuníquese, publíquese, dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. Gustavo Sebastián Lopetegui e. 04/09/2019 N° 65955/19 v. 04/09/2019

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Con un DNU, el Gobierno habilitó un millonario negocio para el gas de Vaca Muerta

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Con un nuevo gasoducto, buscan impulsar la producción de Vaca Muerta. El objetivo es que la construcción de la primera etapa esté completa para el invierno de 2021, lo que permitirá reemplazar el gas natural licuado. La adjudicataria no podrá trasladar el costo a tarifa, pero tiene 17 años de concesión desregulada.

El Gobierno instruyó a la Secretaría de Energía a convocar a licitación pública para adjudicar una licencia de transporte de gas natural y la construcción de un gasoducto desde la Cuenca Neuquina hasta el Gran Buenos Aires y el Litoral, bajo un régimen especial temporario que regirá por un plazo de 17 años.

Se trata del decreto 465/2019 que Mauricio Macri firmó como punto de partida del proceso de una licitación que será convocada antes de fin de mes para la construcción del gasoducto que permita además transportar la producción de los yacimientos no convencionales de Vaca Muerta.

La obra tiene un costo aproximado de US$ 2.000 millones y el Estado Nacional no pondrá un solo peso. Para su concreción habilitó una arquitectura legal extraordinaria que denominó Régimen Especial Temporario (REM) con el que el adjudicatario tendrá 17 años para pactar “libremente” el valor de transporte con las operadoras.

El gobierno seguramente quiere que Vaca Muerta siga los pasos de la industria petrolera de los Estados Unidos. Ya que la industria petrolera de USA ha rebasado los 12 millones de barriles por día (mbd) de producción, un nuevo récord para el que lleva siendo el mayor productor de petróleo del mundo desde principios de 2018. La rápida expansión de la técnica del fracking (fracturación hidráulica) para extraer shale oil (petróleo de esquisto) está llevando en volandas a la producción total de EEUU que ya bombea 2 mbd más cada día que Arabía Saudí, país que ha liderado históricamente la producción de oro negro.

La concesión es de 35 años más de 10 de prórroga y comienza a regir desde la puesta en funciones del gasoducto. A partir del año 18 quedará alcanzado por la normativa vigente y las tarifas ajustadas para el transporte del gas.

El proyecto, que estará dividido en dos etapas, surgió de la pasada convocatoria que Nación hizo para destrabar el cuello de botella que la Cuenca Neuquina arrastra desde 2015 en la evacuación de gas. Entre los interesados que acercaron sus iniciativas se anotaron YPF, Transportadora Gas del Sur (TGS) y Transportadora gas del Norte (TGN), entre otras. En las últimas dos tienen participación los empresarios Marcelo Mindlin (TGS) y Paolo Rocca y Eduardo Eurnekian (TGN).

La primera de las etapas, de 570 kilómetros, conectará la planta separadora de Tratayen, a la vera de la Ruta 7, con la localidad de Saliqueló en la provincia de Buenos Aires. Este tramo está cotizado en unos 800 millones de dólares y es clave porque la cabecera quedaría cerca de la conexión con el puerto de Bahía Blanca donde YPF ya licuefacciona gas para su exportación como GNL.

Para el segundo tramo se busca conectar Saliqueló con el norte bonaerense, San Nicolas, separados por 440 kilómetros. Esta obra se llevará el resto del presupuesto estimado para todo el proyecto. Además se incluye la ampliación de los tramos finales del gasoducto operado por TGS que permitiría cubrir la demanda insatisfecha en los grandes centros de consumo durante los picos invernales sin necesidad de importar.

Desde el viernes, fecha de publicación del DNU 465, corre el plazo de 10 días que tiene la comisión Bicameral del Congreso para revisar la norma presidencial. El objetivo del gobierno nacional es apurar los plazos de construcción del gasoducto.

Vencido el plazo de observación legislativo, Nación convocará a la licitación pública internacional. Buscan que la megaobra, sería el primer gasoducto que se construye después de 30 años, se adjudique en octubre, antes de las elecciones. De acuerdo a las proyecciones privadas los trabajos estarían finalizados en el invierno de 2021.

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En Misiones la garrafa de 10 kilos no puede superar los 320 pesos en boca de expendio

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El Ministerio de Acción Cooperativa, Mutual, Comercio e Integración administrado por Elida Vigo informa a través de la oficina de Defensa del Consumidor que, conforme lo dispuesto por la Secretaría de Energía de la Nación, en la provincia de Misiones el precio de la garrafa de 10 kg en boca de expendio de distribuidoras NO puede ser superior a $ 320 (pesos trescientos veinte).
En ese marco el titular de la Dirección de Comercio Interior de este Ministerio, Alejandro Garzón Maceda, explicó que en la venta a domicilio los precios pueden ser mayores debido al flete y como ese servicio no está regulado, el costo lo establece cada empresa distribuidora.
El nuevo precio, en vigencia desde este mes de mayo, también incluye la suba en las garrafas de 12 kg (hasta $334,10 + IVA) y de 15 kg (hasta $417,62 + IVA). Lo que representa un incremento de 37% desde el 1 de abril de 2018, en tanto que en relación a los precios máximos dispuestos en abril de 2017 son del 76,8% para los envases de 10 kilogramos y llegan a 119,1%, para los de 12 y 15 kg.
Mediante la misma resolución, el Gobierno Nacional dispuso que a partir del 1º de mayo el monto del subsidio a los beneficiarios del Programa Hogar se actualice en 164 pesos. Es decir 12 pesos más que el vigente desde el 1º de febrero, más las cargas de IVA e Ingresos Brutos.
Por consultas: Oficina de Defensa del Consumidor sita en Avenida Mitre 2180 de Posadas (casi Junín, frente a El Mástil) o llamando por teléfono al 0800 888 53267 y al (376) 4447625. De lunes a viernes, entre 7:30 y las 12:00 horas.
En tanto que en el interior de la provincia, pueden hacerlo en las delegaciones con sede en
Eldorado: Av. San Martín 2.062 – 2º Piso – Edificio Cristal – (03751) 421152
Montecarlo: Av. Libertador 1.274 – (03751) 480025
Oberá: Larrea 731 – (03755) 453045
Puerto Iguazú: Av. Victoria Aguirre 396 – (03757) 425032 / 447590.

 
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