GASOIL

El Gobierno anunció aumentos en el impuesto al combustible a partir de enero de 2026

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El Poder Ejecutivo nacional oficializó una actualización parcial de los impuestos a los combustibles líquidos y al dióxido de carbono que comenzará a regir el 1° de enero de 2026. La medida, instrumentada a través del Decreto 929/2025 y publicada en el Boletín Oficial el 31 de diciembre, impactará en los precios de la nafta y el gasoil, aunque mantiene el esquema de postergación gradual de los aumentos impositivos con el objetivo declarado de preservar la actividad económica y sostener el equilibrio fiscal.

El nuevo esquema redefine los montos fijos de los gravámenes establecidos en la Ley 23.966 y modifica el cronograma dispuesto previamente por el Decreto 617/2025. En los hechos, durante enero solo se trasladará una parte del ajuste total previsto por la normativa vigente, mientras que el incremento remanente fue diferido hasta el 1° de febrero de 2026.

Qué sube desde enero: montos, productos y regiones alcanzadas

Según el detalle incorporado al Decreto 617/2025 mediante el Decreto 929/2025, para los hechos imponibles que se perfeccionen entre el 1° y el 31 de enero de 2026, los impuestos se incrementarán en los siguientes valores:

En el caso de las naftas sin plomo (hasta y más de 92 RON) y la nafta virgen, el impuesto sobre los combustibles líquidos aumentará $17,291 por litro, mientras que el impuesto al dióxido de carbono se incrementará en $1,059 por litro.

Para el gasoil, el esquema es diferencial. El gravamen general del impuesto sobre los combustibles líquidos subirá $14,390 por litro, mientras que la alícuota diferencial aplicable a determinadas regiones del país —como las provincias de Neuquén, La Pampa, Río Negro, Chubut, Santa Cruz y Tierra del Fuego, el Partido de Patagones (Buenos Aires) y el Departamento de Malargüe (Mendoza)— tendrá un incremento de $7,792 por litro. A esto se suma una suba de $1,640 por litro correspondiente al impuesto al dióxido de carbono.

Estos montos surgen de la actualización de los valores fijos previstos en los artículos 4°, 7° inciso d) y 11 del Título III de la Ley 23.966, que regula el régimen de impuestos sobre los combustibles líquidos y al CO₂.

El marco legal y la lógica del diferimiento impositivo

La normativa se apoya en un esquema de actualización trimestral basado en la variación del Índice de Precios al Consumidor (IPC) que informa el INDEC, tal como lo establece el artículo 7° del Anexo del Decreto 501/2018. Dicho mecanismo contempla ajustes en enero, abril, julio y octubre de cada año, considerando la inflación acumulada desde enero de 2018.

Sin embargo, desde 2024 el Poder Ejecutivo viene aplicando sucesivos diferimientos de esos incrementos. En particular, el Decreto 617/2025 había postergado hasta el 1° de enero de 2026 los aumentos remanentes correspondientes al año calendario 2024 y a los tres primeros trimestres de 2025 para la nafta y el gasoil.

Ahora, el Decreto 929/2025 introduce una nueva modificación: reemplaza la fecha “1° de enero de 2026” por “1° de febrero de 2026” para la aplicación total del ajuste pendiente. De este modo, durante enero se aplicará solo una parte del incremento, extendiendo por un mes más el esquema gradual que el Gobierno viene sosteniendo.

En los considerandos, el Ejecutivo fundamenta la decisión en la necesidad de “continuar estimulando el crecimiento de la economía a través de un sendero fiscal sostenible”, combinando el cumplimiento del marco legal de actualización impositiva con un manejo dosificado de su impacto en los precios.

Impacto económico y reacciones esperables

La actualización parcial de los impuestos tendrá incidencia directa en los valores de la nafta y el gasoil, con efectos indirectos sobre los costos logísticos, el transporte y la cadena de precios en general. No obstante, el diferimiento del ajuste completo busca atenuar el traslado inmediato a los surtidores, en un contexto donde los combustibles siguen siendo un insumo clave para la actividad productiva y el consumo.

Para las regiones alcanzadas por la alícuota diferencial del gasoil, el esquema mantiene un tratamiento impositivo reducido, aunque también incorpora una suba en enero. Al mismo tiempo, el cronograma ratifica que los aumentos pendientes —incluidos los que quedaron sin aplicar en 2024 y gran parte de 2025— terminarán de trasladarse a partir de febrero de 2026, lo que anticipa nuevas presiones sobre los precios relativos del sector energético.

Desde el punto de vista fiscal, la medida consolida la estrategia oficial de recomponer gradualmente la recaudación asociada a los impuestos a los combustibles, sin aplicar un shock pleno en un solo mes, pero sin renunciar al sendero de actualización previsto por la ley.

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No se detiene la merma del consumo de combustible: en Misiones las ventas cayeron 10,3% en noviembre

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Según la Secretaría de Energía de la Nación, en noviembre de 2025 la venta de combustibles al público en Misiones totalizó 34.855 metros cúbicos, registrando una nueva caída de importante magnitud en la comparación interanual: -10,3% respecto a igual mes de 2024. A la vez que también mostraron una caída en la comparación mensual que llegó a -3,6%. 

Durante este mes de análisis, el 59% de las ventas misioneras fue de naftas, que presentaron una merma del 6,5% interanual con bajas en ambos tipos (la súper -6,5% y la premium -6,6%).

El gasoil, por su parte, concentró el 41% de las  ventas y registró una baja del 15,2% interanual, explicado por el amplio descenso en el  gasoil común (-19,9%) mientras que el premium cayó en -3,6%. 

La tendencia misionera es altamente negativa: de los últimos cuatro meses, cayó en tres de ellos en doble dígito. Así, el resultado acumulado muestra bajas: entre enero y noviembre se comercializaron 405.744 metros cúbicos totales y su descenso es del 2,3% contra igual período del 2024, un resultado apoyado en la baja del gasoil (-5,8%)  mientras que la nafta muestra todavía una suba aunque muy leve (0,4%). 

En el plano regional, si bien Misiones sigue concentrando el mayor volumen de consumo del NEA (33,0% del total regional) mostró el desempeño relativo más débil. Su caída del  10,3% fue la mayor de la región, por encima de Corrientes (-7,1%) y Chaco (-3,1%) mientras que Formosa tuvo una leve suba (+1,1%). 

En el plano nacional, el total país mostró una caída interanual del 6,5% en noviembre y, en ese marco, sólo una provincia (Formosa) presentó alzas. Entre los distritos que cerraron el mes con caídas, Córdoba mostró la más fuerte (-13,7%).

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Por la suba de precios, las ventas de combustibles cayeron 6,5% interanual en noviembre

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La venta de combustibles al público volvió a caer con fuerza en noviembre de 2025, en un contexto de precios en alza y un presupuesto familiar cada vez más exigido. Según datos de Surtidores.com, el volumen total comercializado alcanzó 1.376.311 metros cúbicos, frente a 1.472.085,27 m³ del mismo mes de 2024, lo que implicó una contracción interanual del 6,51%. El retroceso fue particularmente severo en el gasoil, con impacto directo sobre el transporte y la actividad productiva.

El dato confirma una tendencia de retracción del consumo energético asociada al encarecimiento sostenido de los combustibles y a la pérdida de capacidad de gasto de hogares y empresas, en un escenario macroeconómico restrictivo.

Gasoil en caída y señales de enfriamiento productivo

La baja más pronunciada se registró en el diésel Grado 2, cuya demanda se desplomó 18,63% interanual, reflejando una menor actividad del sector productivo, especialmente transporte, logística y economías regionales. En términos generales, el gasoil cayó 18,6%, constituyéndose en el principal factor de arrastre negativo del mes.

En contraste, los combustibles Premium mostraron mayor estabilidad: la nafta Premium registró un leve aumento interanual del 1,08%, mientras que el gasoil Grado 3 creció 0,5%. Estos datos sugieren que la contracción del consumo se concentra en los segmentos de mayor volumen y uso intensivo, más sensibles al precio.

La nafta súper, por su parte, cayó 3,42% interanual, una señal de ajuste también en el consumo cotidiano de los hogares, que priorizan gastos esenciales frente a incrementos persistentes en los valores en surtidor.

Comparación mensual y disparidad territorial

En la comparación mensual, noviembre mostró una baja del 1,67% respecto de octubre de 2025, un dato que debe leerse teniendo en cuenta que octubre tuvo 31 días y noviembre 30, lo que atenúa parcialmente la magnitud del descenso, aunque no revierte la tendencia.

El relevamiento provincial exhibe una caída generalizada: de las 24 jurisdicciones, solo Formosa logró un crecimiento interanual de la demanda, con un alza del 1,1%. En el otro extremo, las mayores retracciones se registraron en Jujuy (-11,31%), Santa Cruz (-12,22%) y Córdoba (-13,72%), tres provincias con fuerte dependencia del transporte y la actividad productiva.

Esta heterogeneidad territorial refleja cómo el impacto de los precios se amplifica en regiones con mayor consumo de gasoil y menor margen para absorber costos.

Ventas por compañía y efectos sectoriales

En el análisis por empresas, todas las compañías redujeron sus ventas interanuales, con una sola excepción: Gulf, que registró un crecimiento del 14,61% en noviembre frente a igual mes de 2024. El resto de las marcas mostró retrocesos, en línea con la contracción general del mercado.

La caída del consumo de combustibles no solo afecta a las estaciones de servicio, sino que tiene repercusiones económicas más amplias: encarece la logística, presiona sobre los costos de producción y reduce la movilidad, en un contexto donde los aumentos de precios funcionan como un freno adicional a la actividad.

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YPF baja 2% las naftas de manera gradual y diferenciada para moderar la inflación

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YPF anunció que reducirá en promedio un 2% el precio de las naftas en todo el país a lo largo de esta semana. La baja se implementará de manera paulatina y con diferencias regionales, bajo un esquema de micro pricing, con el objetivo explícito de incidir sobre la inflación de diciembre y reflejar de forma más precisa los costos reales del negocio.

Una baja progresiva y diferenciada por regiones

El presidente y CEO de YPF, Horacio Marín, confirmó que la petrolera estatal comenzará a aplicar desde esta semana una reducción promedio del 2% en el precio de las naftas, que no se realizará de manera uniforme ni simultánea en todo el territorio nacional. “Todos los días un poquito, no en todos los lados iguales”, explicó el directivo al detallar la modalidad de implementación.

La decisión responde al criterio de micro pricing que utiliza la compañía, un esquema que ajusta los precios en función de las particularidades de cada región, contemplando diferencias estructurales vinculadas a logística, demanda y costos operativos. En ese marco, Marín subrayó que la baja no será homogénea, sino que reflejará las condiciones específicas de cada mercado local.

Según explicó, esta política busca trasladar de forma más precisa los cambios en las variables económicas que inciden sobre el negocio de combustibles, evitando distorsiones entre regiones y procurando una mayor coherencia entre costos y precios finales.

Impacto inflacionario y política de precios

Uno de los objetivos centrales de la medida es impactar sobre la inflación de diciembre, en un contexto donde los precios de los combustibles tienen un efecto directo e indirecto sobre la estructura de costos de la economía. Desde YPF señalaron que la reducción forma parte de una política de precios que Marín definió como un “acuerdo de honestidad con los consumidores”.

En esa línea, el titular de la compañía remarcó que YPF continuará monitoreando de manera permanente los principales factores que inciden en la formación de precios: el valor internacional del crudo, el tipo de cambio y los costos logísticos. La evolución de estas variables será determinante para definir futuros ajustes, tanto a la baja como al alza.

El enfoque gradual apunta también a evitar movimientos bruscos que generen desalineamientos en el mercado, en un sector altamente regulado y sensible desde el punto de vista económico y político.

Gasoil: un escenario distinto y ajustes selectivos

En contraste con la decisión sobre las naftas, Marín aclaró que la situación del gasoil presenta particularidades diferentes. En ese segmento, anticipó que habrá aumentos en algunos tipos de productos, aunque sin detallar porcentajes ni plazos específicos.

Esta diferenciación refuerza la lógica del micro pricing, que no solo distingue por regiones, sino también por tipo de combustible y estructura de costos asociada. De este modo, la política comercial de YPF busca combinar señales de alivio en un segmento clave para el consumo masivo, como las naftas, con ajustes puntuales donde los costos así lo requieren.

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El Gobierno crea un régimen para estaciones de servicio móviles y modulares

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El Gobierno habilita estaciones de servicio móviles y crea un nuevo régimen para garantizar el abastecimiento de combustibles en todo el país

El Gobierno nacional formalizó la incorporación de las estaciones de servicio móviles al Registro de Bocas de Expendio de Combustibles, habilitando una modalidad que busca resolver el desabastecimiento en localidades sin infraestructura fija, reducir costos logísticos y dinamizar la competencia en el mercado de combustibles. La medida, instrumentada mediante la Resolución 504/2025 de la Secretaría de Energía, publicada el 11 de diciembre de 2025, constituye uno de los cambios regulatorios más profundos en décadas dentro del sector energético argentino.

Un nuevo régimen para ampliar la cobertura territorial del expendio de combustibles

La Secretaría de Energía incorporó a las estaciones de servicio móviles —tanto modulares como cisternas— al Registro de Bocas de Expendio de Combustibles Líquidos, Consumo Propio, Almacenadores, Distribuidores y Comercializadores, creado por la Resolución 1102/2004.

El artículo 1° de la Resolución 504/2025 establece formalmente que todas las personas físicas o jurídicas habilitadas para la venta minorista bajo modalidad móvil quedan incorporadas al registro oficial, integrándose al sistema regulado nacional.

La norma se apoya en un marco legal amplio, que incluye: Ley 17.319 de hidrocarburos. Decreto 2407/1983, que regula seguridad en estaciones de servicio. Decreto 70/2023, que ordena promover un sistema económico de libre concurrencia. Ley 27.742, de Bases y Puntos de Partida para la Libertad de los Argentinos, que restringe la intervención estatal al mínimo necesario. Decreto 46/2025, que introdujo la figura de estaciones de servicio móviles y autorizó tanques sobre superficie.

Según la resolución, las estaciones móviles constituyen “una herramienta fundamental” para abastecer a localidades que hoy carecen de estaciones fijas en un radio considerable, situación que obliga a los habitantes a trasladarse “incluso por varios kilómetros” para acceder al combustible.

La Secretaría destaca que la modalidad permite “una rápida instalación y reubicación”, ofreciendo soluciones flexibles y de menor costo que la construcción de estaciones tradicionales con tanques soterrados.

Estándares técnicos más estrictos, auditorías obligatorias y sanciones severas

Los anexos técnicos incorporados por la Resolución 504/2025 establecen requisitos detallados para asegurar la operación segura y confiable de estas nuevas bocas de expendio.

Estaciones modulares portátiles (Anexo I)

Definidas como equipos autónomos tipo container con tanque sobre el terreno, dispensadores y sistemas de control, deben cumplir normas internacionales como UL-2085, disponer de tanques “protegidos” de doble pared, detectores de pérdidas, alarmas automáticas y sistemas de corte a distintos niveles de llenado.

La capacidad máxima permitida es de 40 m³, y las instalaciones deben: Ubicarse a 15 metros de los límites del predio. Operar sobre playas de hormigón armado resistentes a tránsito pesado. Contar con sistemas de contención de derrames y planes de contingencia certificados. Mantener auditorías de seguridad emitidas por entidades habilitadas, con vigencia anual.

Estaciones móviles cisterna (Anexo II)

Definidas como vehículos cisterna equipados para despacho minorista, no pueden superar los 4.500 litros de capacidad y deben cumplir estándares NFPA385 y ADR. Solo pueden reabastecerse en terminales habilitadas con carga ventral, quedando prohibido el uso de surtidores convencionales.

Entre los requisitos más estrictos figuran. Distancias mínimas de 7,5 metros respecto de edificaciones y 15 metros de fuentes de ignición. Extintores, kits de control de derrames y bandejas de contención obligatorias. Prohibición total del autodespacho en esta modalidad. Operación atendida permanentemente por personal capacitado.

Además, hasta que existan sistemas tecnológicos de control continuo, la Secretaría dispuso que todas las operaciones mediante estaciones cisterna tributarán según el régimen de zonas no exentas, en virtud de las limitaciones actuales para verificar el lugar exacto de expendio, conforme el Título III de la Ley 23.966.

Régimen sancionatorio

El artículo 7° aclara que los incumplimientos serán sancionados según lo previsto en el artículo incorporado por la Ley 26.022 a la Ley 23.966, lo que habilita multas equivalentes a hasta 160.000 litros de nafta súper, además de inhabilitaciones inmediatas.

Desregulación energética: impacto económico y proyección para las economías regionales

La resolución se inscribe en un proceso más amplio de “modernización y desregulación del sector energético” impulsado por el Gobierno Nacional, orientado a: Reducir costos logísticos de abastecimiento. Fomentar mayor competencia entre operadores. Ampliar la cobertura territorial del mercado de combustibles. Asegurar el acceso en localidades sin infraestructura fija.

La Secretaría reconoce que numerosas localidades a lo largo del país no cuentan con estaciones habilitadas, situación que impacta directamente en actividades productivas, transporte y cadenas de valor regionales.

La incorporación de estaciones modulares y móviles podría dinamizar sectores vinculados al turismo, actividades agropecuarias, industria forestal y logística rural. También se espera que reduzca costos de transporte para particulares que hoy deben recorrer decenas de kilómetros para acceder a combustibles básicos.

Al mismo tiempo, la medida abre un nuevo nicho para operadores privados, fabricantes de equipamiento modular y prestadores de servicios de auditoría y control.

En términos institucionales, la delegación de facultades a la Subsecretaría de Combustibles Líquidos refuerza un esquema de fiscalización centralizado, que buscará evitar prácticas irregulares, desplazamientos oportunistas hacia zonas exentas y riesgos ambientales.

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