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El Gobierno endurece las restricciones al empleo público y limita las altas de personal durante 2026

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El Poder Ejecutivo Nacional estableció un nuevo esquema de restricciones a las designaciones y contrataciones de personal en el Sector Público Nacional para todo el Ejercicio 2026, mediante el Decreto 934/2025, firmado el 31 de diciembre de 2025 y publicado en el Boletín Oficial el 2 de enero de 2026. La norma deroga el Decreto 1148/2024 y consolida una política de control estricto de la planta estatal, con el objetivo de garantizar un uso eficiente y responsable del presupuesto nacional y sostener el equilibrio fiscal.

El decreto alcanza a las jurisdicciones y entidades comprendidas en el artículo 8°, incisos a) y c), de la Ley 24.156 de Administración Financiera, y establece una prohibición general de incorporaciones, con un sistema acotado de excepciones y un mecanismo de reemplazo condicionado por bajas efectivas.

Prohibición general de designaciones y alcance normativo

El artículo 1° del decreto dispone que los organismos del Sector Público Nacional no podrán efectuar designaciones ni contrataciones de personal “de cualquier naturaleza” durante 2026. La prohibición incluye:

  • designaciones a término en plantas transitorias;
  • contrataciones bajo el régimen del artículo 9° de la Ley 25.164;
  • contrataciones por tiempo indeterminado, plazo fijo, tiempo parcial o trabajo eventual previstas en la Ley de Contrato de Trabajo;
  • contrataciones de servicios profesionales autónomos;
  • designaciones transitorias en cargos simples de la planta permanente;
  • contrataciones con o sin relación de dependencia, aun bajo estatutos especiales o financiamiento no presupuestario.

De esta manera, el Gobierno refuerza un marco de congelamiento del empleo público, alineado con la política de transformación del Estado y adecuación de las estructuras administrativas “dentro de los límites impuestos por un gasto público adecuado al mantenimiento del equilibrio fiscal”, según se desprende de los considerandos.

Excepciones, reemplazos y control de las altas

Pese a la prohibición general, el decreto contempla excepciones explícitas. Entre ellas se encuentran las designaciones en universidades, el Cuerpo de Guardaparques Nacionales, el Sistema Nacional de Manejo del Fuego, el personal de establecimientos hospitalarios y de investigación dependientes del Ministerio de Salud, el Servicio Penitenciario Federal y las Fuerzas Armadas y de Seguridad, excluido el personal civil.

También quedan exceptuadas las designaciones de personal de gabinete, las coberturas derivadas de concursos de selección en plantas permanentes, el cumplimiento del Cupo de Discapacidad previsto por la Ley 22.431 y las contrataciones realizadas a través del Programa de Movilidad y Búsquedas Internas (MoBI).

Para el resto de los casos, el artículo 3° introduce un criterio de reemplazo restrictivo: los organismos solo podrán disponer una (1) alta por cada dos (2) bajas de personal, cualquiera sea su causa, siempre que las bajas se produzcan durante 2026. No se computarán, a tal efecto, las desvinculaciones derivadas de planes de retiro voluntario u otros acuerdos de partes.

Cada solicitud de alta deberá contar con la validación de la Subsecretaría de Modernización y Desarrollo del Empleo Público, dependiente del Ministerio de Desregulación y Transformación del Estado, lo que refuerza el control centralizado sobre la dotación de personal.

Impacto institucional y extensión al sector empresarial estatal

El decreto habilita, además, a que las jurisdicciones que hayan implementado procesos de racionalización de personal puedan ser exceptuadas del régimen 1 a 2 por razones estratégicas, previa intervención de la Secretaría de Transformación del Estado y de la Secretaría de Hacienda del Ministerio de Economía.

En paralelo, el artículo 5° instruye a los representantes del Estado Nacional en empresas, sociedades y fondos fiduciarios con participación estatal mayoritaria a adoptar medidas similares, extendiendo la política de contención del empleo más allá de la administración central.

Desde una perspectiva institucional, el Decreto 934/2025 consolida una estrategia de control del empleo público como herramienta de política fiscal, limitando la expansión de la planta estatal y priorizando la reorganización interna antes que nuevas incorporaciones. El esquema apunta a redefinir el tamaño y la composición del Estado, en función de “necesidades estratégicas”, bajo un estricto seguimiento presupuestario.

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El Gobierno habilitó aumentos para funcionarios y dejó afuera a Milei y Villarruel

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El presidente Javier Milei firmó el Decreto 931/2025, mediante el cual el Poder Ejecutivo Nacional resolvió ordenar y actualizar la estructura salarial de las autoridades superiores del Estado, extendiendo a ministros y funcionarios de alto rango los incrementos pactados en paritarias del empleo público. La medida, publicada en el Boletín Oficial el 2 de enero de 2026, excluye expresamente al Presidente de la Nación y a la Vicepresidenta Victoria Villarruel, y establece además un mecanismo automático de congelamiento salarial si se pierde el superávit fiscal financiero.

El decreto fija que los aumentos comenzarán a regir a partir de enero de 2026, sin efectos retroactivos, y se enmarca en el proceso de reorganización del empleo público impulsado por el Gobierno tras la emergencia económica declarada a fines de 2023.

Del congelamiento a la actualización salarial: el giro tras el ajuste inicial

En los considerandos, el Poder Ejecutivo reconstruye el contexto macroeconómico que motivó las decisiones adoptadas desde el inicio de la gestión. A fines de 2023, la Argentina atravesaba una crisis económica y financiera de “extrema gravedad”, con una inflación interanual del 211,4%, una caída de la actividad del 4,5%, un déficit primario del 2,9% del PBI y un déficit fiscal financiero del 6,1% del PBI. La pobreza alcanzaba al 52,9% de la población y la indigencia al 18,1%, los niveles más altos desde 2004.

Frente a ese escenario, el Gobierno dictó el DNU 70/2023, que declaró la emergencia pública hasta el 31 de diciembre de 2025, y avanzó con un fuerte ajuste del gasto. En ese marco, el Decreto 235/2024 había congelado las remuneraciones de las autoridades superiores en los valores vigentes al 31 de diciembre de 2023, como “señal de austeridad institucional” y parte del esfuerzo de ordenamiento fiscal.

Según detalla el decreto, esa política se complementó con la eliminación de 8 ministerios, 110 secretarías y subsecretarías y 409 direcciones, lo que implicó la supresión de 519 cargos jerárquicos, y con una reducción de aproximadamente 60.000 agentes del Sector Público Nacional entre diciembre de 2023 y octubre de 2025. El ahorro anual estimado por esa reducción fue de $3,49 billones, sin afectar —según el texto— la prestación de servicios esenciales.

Superávit fiscal, baja de la inflación y nuevo esquema remunerativo

El Poder Ejecutivo fundamenta el cambio de criterio salarial en los resultados alcanzados. De acuerdo con el decreto, en octubre de 2025 la inflación interanual se ubicó en 31,3%, mientras que el Sector Público Nacional acumuló 22 meses de superávit fiscal. En los primeros once meses del año, el superávit financiero fue de 0,6% del PBI y el superávit primario de 1,7% del PBI, consolidando —según el Gobierno— el “ancla fiscal” del programa económico.

Además, sobre la base de datos del INDEC y estimaciones del Consejo Nacional de Coordinación de Políticas Sociales, el decreto señala que la pobreza habría descendido del 54,8% en el primer trimestre de 2024 al 27,5% en el tercer trimestre de 2025.

Con ese telón de fondo, el Ejecutivo consideró necesario avanzar hacia un “ordenamiento equitativo” de las remuneraciones de las autoridades superiores, para asegurar un esquema “adecuado, competitivo y coherente con las responsabilidades asumidas”, sin comprometer la sostenibilidad fiscal. El decreto remarca que este paso forma parte de una estrategia de largo plazo orientada a profesionalizar la conducción del Estado, basada en criterios de mérito, transparencia y rendición de cuentas.

Qué establece el decreto y a quiénes alcanza

El Decreto 931/2025 dispone extender a partir de enero de 2026 el porcentaje acumulado de incrementos salariales acordados en las Actas Acuerdo de la Comisión Negociadora del Convenio Colectivo de Trabajo General para la Administración Pública Nacional de 2024 y 2025 a:

  • Ministros, secretarios y subsecretarios del Poder Ejecutivo Nacional comprendidos en el Decreto 838/1994.
  • Autoridades superiores incluidas en los regímenes de los Decretos 1716/1992 y 140/2007.
  • Funcionarios con rango y jerarquía equivalente.

El texto aclara de manera explícita que los cargos de Presidente de la Nación y Vicepresidente de la Nación quedan excluidos, tanto de los incrementos dispuestos como de los que se acuerden en el futuro.

Asimismo, el decreto fija que si la Administración Pública Nacional registra un déficit fiscal financiero acumulado, conforme la información oficial del Ministerio de Economía, las remuneraciones quedarán automáticamente congeladas, sin necesidad de un acto administrativo adicional, hasta que se restablezca el superávit.

Impacto político e institucional

La medida introduce un criterio fiscal explícito como condicionante salarial para la alta conducción del Estado, vinculando los aumentos a la sostenibilidad de las cuentas públicas. Al mismo tiempo, marca el cierre de la etapa de congelamiento aplicada durante la emergencia inicial y abre una fase de normalización selectiva de las remuneraciones jerárquicas.

Desde el plano institucional, el decreto también instruye a la Secretaría de Transformación del Estado y Función Pública a diseñar un nuevo sistema de empleo público, basado en mérito, evaluación de desempeño y esquemas salariales asociados a responsabilidad y funciones. Además, invita al Poder Judicial, al Poder Legislativo, a las provincias, municipios y a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a replicar el mecanismo de congelamiento automático ante déficit, reforzando la señal de disciplina fiscal.

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INDEC: el empleo en la administración pública nacional bajó 7,8% interanual en noviembre

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La dotación de personal de la administración pública nacional, empresas y sociedades del Estado se redujo a 281.785 personas en noviembre de 2025, según datos oficiales del INDEC, y acumuló una pérdida de 59.688 empleos desde diciembre de 2023, cuando asumió el presidente Javier Milei. La cifra consolida el ajuste sobre el sector público como uno de los ejes centrales de la política económica y administrativa del Gobierno nacional, con impacto directo en el funcionamiento del Estado, el mercado laboral y la estructura institucional.

En el último mes relevado, noviembre de 2025, el empleo público cayó 0,3% respecto de octubre (785 puestos menos) y 7,8% en la comparación interanual, lo que equivale a 22.322 trabajadores menos frente a noviembre de 2024. Los datos surgen del informe técnico “Dotación de personal de la administración pública nacional, empresas y sociedades”, publicado el 30 de diciembre de 2025 por el INDEC.

Un ajuste sostenido en la administración pública nacional

El recorte se verifica en casi todos los segmentos del Estado nacional. La Administración Pública Nacional (APN) cerró noviembre con 192.219 empleados, una baja mensual de 0,2% y una caída interanual del 7,1%. Dentro de ese universo, la administración centralizada pasó de 39.272 a 39.011 trabajadores, lo que implicó una reducción mensual del 0,7% y una caída interanual del 10,7%.

La administración descentralizada, que concentra el mayor volumen de personal, también mostró una contracción: bajó 0,3% mensual, de 116.960 a 116.571 empleados, mientras que la administración desconcentrada fue el único segmento que registró una suba en noviembre, con 22.534 trabajadores, un incremento del 1,3% mensual (284 puestos más). En tanto, los otros entes redujeron su dotación 0,3%, al pasar de 14.148 a 14.103 empleados.

Si se toma el acumulado de enero a noviembre de 2025, la APN perdió 18.178 puestos de trabajo, lo que representa una caída del 6,06% en lo que va del año. El contraste es más marcado al comparar con el inicio de la actual gestión: en enero de 2024, la administración pública nacional contabilizaba 333.784 puestos, por lo que el retroceso acumulado alcanza el 15,57%.

Empresas y sociedades del Estado: menos personal y menor estructura

El ajuste también se extendió a las empresas y sociedades del Estado, que en noviembre registraron 89.566 empleados, con una caída mensual de 374 puestos (-0,4%) y una reducción interanual del 7,8%. Este segmento explica una parte relevante del recorte total, en un contexto de revisión del rol del Estado empresario y de los costos operativos de las compañías con participación estatal.

En conjunto, la dotación total del sector público nacional —administración central, organismos descentralizados, entes y empresas— pasó de casi 300 mil trabajadores a comienzos de 2025 a los 281.785 actuales, consolidando una tendencia de reducción sostenida mes a mes. El informe oficial detalla que la medición incluye a 125 entidades, aunque en noviembre 10 empresas y sociedades no informaron su dotación, por lo que 5.194 personas (1,8% del total) fueron imputadas estadísticamente.

Impacto económico e institucional del recorte

La caída de casi 60 mil empleos públicos en dos años refleja el alcance del proceso de reorganización y reducción del Estado impulsado por el Gobierno nacional desde diciembre de 2023. En términos económicos, el ajuste contribuye a la reducción del gasto corriente, especialmente en salarios, uno de los componentes más relevantes del presupuesto nacional. En el plano institucional, sin embargo, plantea interrogantes sobre la capacidad operativa de áreas clave del Estado, en particular en organismos con funciones regulatorias, técnicas o de prestación de servicios.

La evolución del empleo público se convirtió así en un indicador central para seguir la estrategia de desregulación y transformación del Estado, en un contexto de fuerte debate político sobre el tamaño del sector público, la eficiencia administrativa y el impacto social del ajuste. Con los datos de noviembre, el INDEC confirma que la tendencia descendente se mantiene y que el redimensionamiento del Estado sigue siendo uno de los pilares de la política económica vigente.

Dotacion Personal Publico Argentina by CristianMilciades

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Fondos Rotatorios: el Gobierno habilita ampliaciones y refuerza el control del gasto público

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Mediante el Decreto 926/2025, el Poder Ejecutivo modificó el régimen de Fondos Rotatorios previsto en el Decreto 1344/2007, reglamentario de la Ley de Administración Financiera. La medida introduce cambios clave para permitir ampliaciones de fondos ante transferencias presupuestarias entre organismos, refuerza criterios de eficiencia para evitar saldos inmovilizados y avanza en la simplificación operativa mediante un mayor uso de medios electrónicos. El impacto es directo sobre la ejecución diaria del gasto público y la capacidad de respuesta administrativa del Estado.

Adecuaciones en el uso de Fondos Rotatorios ante cambios presupuestarios

El Decreto 926/2025, firmado por el presidente de la Nación, Javier Milei, junto al jefe de Gabinete, Manuel Adorni, y el ministro de Economía, Luis Andrés Caputo, fue dictado el 29 de diciembre de 2025 y publicado en el Boletín Oficial el 30 de diciembre. La norma modifica disposiciones centrales del Decreto N° 1344/2007, reglamentario de la Ley N° 24.156 de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional.

El eje de la medida se concentra en el artículo 81 del reglamento, que regula el funcionamiento de los Fondos Rotatorios, Fondos Rotatorios Internos y Cajas Chicas. Según el texto oficial, la modificación responde a una problemática recurrente en la administración pública: las transferencias de programas presupuestarios entre Servicios Administrativos Financieros (S.A.F.) durante el ejercicio fiscal, que pueden dejar descalzado el nivel de fondos disponibles para atender gastos inmediatos.

Hasta ahora, los Fondos Rotatorios podían constituirse hasta un límite del 3% de los créditos presupuestarios originales del ejercicio. El nuevo esquema mantiene ese tope, pero introduce una precisión clave: cuando se produzcan transferencias de programas entre jurisdicciones y entidades del Poder Ejecutivo Nacional, el S.A.F. receptor podrá ampliar su Fondo Rotatorio por un importe adicional de hasta el 3% de los créditos transferidos, siempre excluyendo la Partida Parcial 5.1.4 “Ayudas Sociales a Personas y Asignaciones Familiares”.

De manera complementaria, el S.A.F. cedente deberá adecuar su Fondo Rotatorio en función de la reducción de créditos, ajustándolo al nuevo nivel presupuestario. El objetivo explícito es evitar que los organismos que asumen nuevas funciones queden sin capacidad operativa para afrontar gastos corrientes de ejecución inmediata.

Más control sobre los montos y menos fondos inmovilizados

La reforma también refuerza el rol de la Secretaría de Hacienda en la administración del régimen. El nuevo texto del inciso f) del artículo 81 habilita a esa dependencia a restringir los montos de constitución de Fondos Rotatorios por debajo del límite máximo del 3%, cuando detecte una desproporción entre los fondos constituidos y los efectivamente ejecutados en el ejercicio inmediato anterior.

Según el decreto, esta facultad apunta a “minimizar la existencia de fondos inmovilizados en las cuentas corrientes asociadas a este régimen”, una situación que afecta la eficiencia en el uso de recursos públicos y distorsiona la gestión financiera. El criterio de evaluación será la relación entre el monto total ejecutado por el régimen y el total constituido, introduciendo así un parámetro de desempeño para la asignación de liquidez.

Este enfoque se alinea con los principios de la Ley 24.156, que promueve una administración financiera basada en la eficiencia, la economicidad y el control del gasto, en un contexto de restricción fiscal y revisión integral de los mecanismos de ejecución presupuestaria.

Simplificación operativa y avance de los medios electrónicos

Otro cambio relevante del Decreto 926/2025 se vincula con la operatoria de los Fondos Rotatorios Internos. En particular, se sustituye el inciso j) del artículo 81 del Anexo al Decreto 1344/07, eliminando la exigencia de asignación de cuentas bancarias específicas para fondos constituidos por montos iguales o inferiores a ochenta módulos (80 M).

La decisión se fundamenta en la “evolución y amplia aceptación de los medios de pago electrónicos” dentro del régimen, impulsada por las Resoluciones N° 101/2017 y 276/2018 de la Secretaría de Hacienda, que promovieron el uso de tarjetas de compra corporativas y la reducción del efectivo y los cheques. En ese marco, el decreto considera innecesario mantener exigencias operativas pensadas para un esquema financiero más tradicional.

Además, la modificación es consistente con lo dispuesto en el artículo 78, punto 8.1 del Anexo al Decreto 1344/07, que establece que los organismos del Sector Público Nacional deben operar con el menor número posible de cuentas bancarias, simplificando la gestión y fortaleciendo los controles.

Impacto institucional y posibles repercusiones

La actualización del régimen de Fondos Rotatorios tiene impacto transversal sobre toda la Administración Nacional. En términos prácticos, otorga mayor flexibilidad a los organismos que reciben nuevas competencias durante el ejercicio presupuestario, permitiéndoles sostener la ejecución cotidiana sin depender de trámites excepcionales o demoras administrativas.

Desde el punto de vista institucional, la medida refuerza el control centralizado de la liquidez, al mismo tiempo que profundiza la digitalización de los pagos y la reducción de circuitos financieros tradicionales. En un escenario de ajuste fiscal y revisión del gasto público, el decreto introduce herramientas para compatibilizar austeridad con operatividad.

Para los servicios administrativos financieros, el nuevo esquema implica una mayor responsabilidad en la gestión de fondos, con incentivos claros para evitar la acumulación de saldos ociosos. A la vez, la posibilidad de adecuar fondos ante transferencias presupuestarias reduce tensiones internas y mejora la previsibilidad en la ejecución de programas.

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Presupuesto 2026: La Libertad Avanza suma apoyo peronista y se encamina a su aprobación en el Senado

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El oficialismo logró un respaldo clave del peronismo y quedó a un paso de aprobar en el Senado el Presupuesto 2026, un hito institucional para el gobierno de Javier Milei, que desde su asunción en diciembre de 2023 administró el Estado nacional con la prórroga del presupuesto sancionado en 2022. Con el acompañamiento de cuatro senadores del bloque Convicción Federal, La Libertad Avanza tendría los votos necesarios para la aprobación en general del proyecto el viernes 26 de diciembre, aunque persiste una fuerte disputa política por el artículo 30, vinculado al financiamiento educativo, científico y técnico.

La definición del Presupuesto no solo ordena el esquema de gastos y recursos del próximo año, sino que también expone una reconfiguración de alianzas en la Cámara alta, con un primer quiebre visible dentro del peronismo entre los gobernadores provinciales y el sector que responde a la conducción parlamentaria de José Mayans.

Apoyo peronista y números para la votación en general

Según confirmaron fuentes parlamentarias, cuatro de los cinco senadores del bloque Convicción Federal votarán a favor del Presupuesto 2026 en general. Se trata de Fernando Salino (San Luis), Carolina Moisés (Jujuy), Guillermo Andrada (Catamarca) y Sandra Mendoza (Tucumán). En tanto, Fernando Rejal (La Rioja) aún no definió su posición, debido al rechazo del gobernador Ricardo Quintela a la iniciativa.

Andrada y Mendoza responden políticamente a los gobernadores Raúl Jalil y Osvaldo Jaldo, respectivamente, ambos alineados con el oficialismo nacional en esta instancia presupuestaria. El respaldo de este sector peronista permitiría al Gobierno alcanzar hasta 48 votos en la votación en general, despejando el principal interrogante que enfrentaba el proyecto en el Senado.

La Libertad Avanza cuenta con 21 senadores propios, incluyendo a Luis Juez, y suma además el apoyo de una decena de legisladores radicales, tres del PRO, dos del Frente de la Concordia de Misiones, uno de Independencia (Tucumán), uno por Salta, uno de La Neuquinidad, otro de Chubut y cinco de Provincias Unidas.

Este armado parlamentario permitiría sancionar la ley de Presupuesto, siempre y cuando se logre también el respaldo artículo por artículo, una condición indispensable para su conversión definitiva en ley.

El artículo 30, el punto crítico del debate

La principal incertidumbre para el oficialismo se concentra en el artículo 30, que propone la derogación de los artículos que fijan pisos mínimos de inversión en áreas estratégicas del Estado. En concreto, el texto elimina:

  • La obligación de destinar el 6% del PBI al sistema educativo.
  • El 1% del PBI al Sistema Nacional de Ciencia y Tecnología.
  • El 0,2% de los gastos del Sector Público a las escuelas técnicas.

En este punto, Convicción Federal anticipó que no acompañará la iniciativa, a diferencia de la votación en general. Para este artículo, el oficialismo solo cuenta con el respaldo del PRO, la mayoría del radicalismo y algunos bloques provinciales, por lo que la aprobación dependerá en gran medida de la presencia efectiva de los senadores opositores en el recinto al momento de la votación.

Voceros parlamentarios admitieron que la definición del artículo 30 es hoy el único aspecto que genera preocupación en el oficialismo, ya que su rechazo podría obligar a reabrir negociaciones o introducir modificaciones al texto.

Tensiones internas en el peronismo y negociaciones abiertas

El respaldo parcial de Convicción Federal marca uno de los primeros quiebres relevantes dentro del peronismo en el Senado, diferenciando a los legisladores que responden a gobernadores del Partido Justicialista de la bancada conducida por José Mayans, alineada con la ex presidenta Cristina Fernández de Kirchner.

A esta fragmentación se suma la incógnita sobre la posición del Frente Cívico de Santiago del Estero, integrado por el ex gobernador Gerardo Zamora y Elia del Carmen Moreno. En la Cámara de Diputados, de los siete legisladores vinculados a Zamora, cinco votaron en contra del Presupuesto y dos se ausentaron, lo que mantiene abierta la expectativa sobre su comportamiento en el Senado.

Las negociaciones continuarán hasta el mismo viernes, incluso durante la sesión, con el objetivo de asegurar los votos necesarios para cada uno de los artículos. El oficialismo ya definió que no incluirá el Capítulo 11, rechazado previamente en Diputados, que contemplaba la derogación de las leyes de Emergencia en Discapacidad y Financiamiento Universitario.

Un presupuesto clave para el Gobierno

La eventual aprobación del Presupuesto 2026 representará un hito político e institucional para el Gobierno de Javier Milei, al tratarse del primer presupuesto propio sancionado por el Congreso desde el inicio de su gestión. Al mismo tiempo, el debate expone las tensiones estructurales en torno al rol del Estado, el financiamiento de áreas estratégicas y la relación entre Nación y provincias, en un escenario de fuerte ajuste fiscal y reconfiguración del sistema político.

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