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La CONARE agiliza el reconocimiento de refugiados: delega nuevas funciones a su Secretaría Ejecutiva

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La Comisión Nacional para los Refugiados (CONARE) aprobó la Resolución 491/2025, que otorga a su Secretaría Ejecutiva la facultad de determinar la viabilidad de las solicitudes de asilo y el tipo de procedimiento aplicable. La medida busca reducir demoras y garantizar mayor celeridad en los procesos de reconocimiento de la condición de refugiado.

La Comisión Nacional para los Refugiados (CONARE), organismo dependiente de la Jefatura de Gabinete de Ministros, emitió la Resolución 491/2025, publicada el 16 de octubre en el Boletín Oficial, mediante la cual se delega en la Secretaría Ejecutiva de la Comisión la competencia para evaluar la viabilidad o improcedencia de las solicitudes de estatuto de refugiado.

La decisión se enmarca en el Decreto 646/2025, que aprobó la nueva Reglamentación de la Ley N° 26.165 de Reconocimiento y Protección al Refugiado, norma que regula los procedimientos de solicitud, evaluación y cesación de la condición de refugiado en Argentina.

El cambio normativo responde a la necesidad de “agilizar la tramitación de las solicitudes” y de evitar las demoras derivadas de la ausencia de procedimientos uniformes, tal como se expresa en los considerandos del decreto:

“La falta de procedimientos específicos ocasiona serias demoras en la obtención de respuestas expeditas e incertidumbre jurídica tanto para los solicitantes como para la propia Administración Pública Nacional.”

De acuerdo con la nueva estructura, la Secretaría Ejecutiva de la CONARE será la encargada de realizar la evaluación preliminar de cada solicitud, determinando si corresponde tramitarla por el procedimiento ordinario, sumario, excepcional por extradición o el rechazo “in limine” en caso de manifiesta improcedencia.

La CONARE, integrada por representantes del Estado nacional y organismos especializados, conservará la decisión final sobre los casos de rechazo, que deberán resolverse mediante resolución de firma conjunta.

Procedimientos y plazos bajo el nuevo régimen

La reglamentación aprobada por el Decreto 646/2025 establece cuatro modalidades de tramitación que la Secretaría Ejecutiva deberá aplicar conforme a los artículos 3° y 41 de la norma:

  1. Procedimiento ordinario, cuando la solicitud requiera una evaluación completa;
  2. Procedimiento sumario, para casos de tramitación simplificada;
  3. Procedimiento excepcional por extradición, aplicable a personas con procesos judiciales internacionales;
  4. Rechazo “in limine”, cuando la solicitud resulte manifiestamente improcedente.

La Secretaría Ejecutiva deberá pronunciarse sobre la viabilidad del pedido en un plazo máximo de diez (10) días desde que el solicitante manifieste su voluntad de ser reconocido como refugiado. Si se propone el rechazo “in limine”, la recomendación deberá elevarse a la CONARE mediante providencia fundada o medio electrónico.

En los casos en que el organismo requiera información adicional, los plazos se reiniciarán desde la celebración de una nueva entrevista personal o desde la presentación de un nuevo informe técnico.

Asimismo, la resolución dispone que la cesación de la condición de refugiado de alcance general deberá resolverse en un plazo no mayor a 60 días, una vez notificada la persona afectada y evaluadas las posibles razones de excepción previstas en la ley.

Participación institucional y alineamiento con estándares internacionales

Durante la redacción y aprobación de la medida, participaron representantes del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados (ACNUR) y de la Fundación Comisión Católica Argentina de Migraciones, quienes integran habitualmente las sesiones de la CONARE como asesores técnicos y observadores internacionales.

La resolución reafirma el principio de obligatoriedad en el ejercicio de las competencias administrativas, conforme al artículo 3° de la Ley N° 19.549 de Procedimiento Administrativo, que prohíbe delegaciones no autorizadas. En este caso, la delegación fue expresamente conferida por la propia Comisión para dotar de mayor eficacia a la Secretaría Ejecutiva.

El nuevo esquema administrativo permitirá reducir los tiempos de instrucción de los expedientes y fortalecer la capacidad de respuesta del Estado argentino ante el aumento de solicitudes de refugio, en consonancia con los estándares internacionales de protección humanitaria y derecho de asilo.

Con esta reforma, la Argentina moderniza su política de refugio, garantizando un equilibrio entre celeridad procesal y control institucional, y reafirmando su compromiso con los principios del Derecho Internacional de los Refugiados.

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Modernización vial: Nación posterga un año la adopción total del sistema de peaje electrónico

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El Gobierno prorrogó hasta diciembre de 2026 la implementación obligatoria del sistema de peajes automáticos “free flow” en todas las rutas nacionales.

La medida, establecida por el Decreto 733/2025, busca dar mayor flexibilidad a Vialidad Nacional para adecuar los plazos de acuerdo con las condiciones técnicas y contractuales de cada tramo concesionado.

Nuevo cronograma para modernizar el cobro de peajes

El Gobierno nacional modificó este lunes el cronograma de implementación del sistema de peajes automáticos “free flow” en la red vial nacional, extendiendo el plazo hasta el 31 de diciembre de 2026, según el Decreto 733/2025, publicado en el Boletín Oficial y firmado por el presidente Javier Milei, el ministro del Interior Guillermo Francos y el ministro de Justicia interino Mariano Cúneo Libarona.

La disposición sustituye el artículo 20 del Decreto 196/2025, que establecía una adopción más acelerada del sistema sin barreras, otorgando ahora a la Dirección Nacional de Vialidad (DNV) la facultad de modificar los plazos cuando las condiciones técnicas, operativas o contractuales de cada tramo así lo requieran.

De este modo, la DNV —dependiente de la Secretaría de Transporte del Ministerio de Economía— deberá fijar un nuevo cronograma de implementación que contemple la coexistencia de vías automáticas canalizadas con barreras y vías “free flow”, hasta completar la transición hacia el sistema plenamente automatizado.

De los peajes manuales al sistema inteligente

El “free flow” constituye la etapa final del proceso de modernización iniciado con el Decreto 196/2025, que había dispuesto la instalación progresiva de peajes automáticos sin barreras en todas las rutas nacionales concesionadas.

El sistema utiliza identificación electrónica de vehículos mediante el dispositivo TelePASE, cámaras y sensores que registran automáticamente el paso del vehículo, eliminando la necesidad de detenerse en cabinas. Con ello se busca reducir tiempos de tránsito, evitar congestiones y mejorar la seguridad vial.

La norma define cuatro tipos de vías:

  • Manuales: con barreras y cobro presencial;
  • Automáticas canalizadas: con identificación por TelePASE y barreras que se levantan automáticamente;
  • Mixtas: que operan de forma manual o automática;
  • Free flow: sin barreras ni detenciones, totalmente automatizadas.

La Agencia Nacional de Seguridad Vial (ANSV) participó en el proceso de revisión técnica del decreto, asegurando que la transición hacia el sistema electrónico mantenga los estándares de seguridad y control en la circulación.

Según el texto oficial, el Gobierno considera “prioritaria la construcción de infraestructura vial y la consolidación de la red de caminos, rutas y autopistas del país”, promoviendo la participación del sector privado en la inversión, operación y mantenimiento de los corredores viales.

Contexto normativo y objetivos de la medida

La medida se inscribe dentro del proceso de concesión y privatización de la empresa Corredores Viales S.A., autorizado mediante el Decreto 97/2025, bajo el régimen de obra pública por peaje previsto en la Ley 17.520.

El Decreto 28/2025 había fijado que los tramos de la Red Vial Nacional serían licitados en un plazo de 12 meses bajo dicho régimen, mientras que el Decreto 196/2025 introdujo la obligación de incorporar el sistema de cobro automático “free flow” en cada ruta concesionada.

El nuevo Decreto 733/2025 ajusta el cronograma a las “realidades operativas de cada tramo”, otorgando a Vialidad Nacional un margen de acción para administrar los tiempos de instalación e integración tecnológica.

En los fundamentos, el Ejecutivo destaca que la política pública en materia vial apunta a promover el uso obligatorio del TelePASE como herramienta base del nuevo esquema de cobro, garantizando el pago del servicio y desalentando la evasión.

Asimismo, busca asegurar la previsibilidad y sustentabilidad económica de las concesiones viales, fortaleciendo la recaudación y reduciendo costos operativos mediante la digitalización del sistema.

Impacto y proyecciones del nuevo esquema vial

La transición hacia un sistema de cobro totalmente automático representa una transformación estructural del modelo de gestión vial. Permite reducir los costos de operación y mantenimiento, mejora la fluidez del tránsito y disminuye la emisión de gases contaminantes generados por la detención de vehículos en las cabinas tradicionales.

No obstante, el proceso requiere inversiones significativas en infraestructura tecnológica, readecuación de contratos de concesión y compatibilidad con los distintos sistemas de peaje vigentes en las rutas nacionales y provinciales.

El Gobierno apuesta a que, hacia fines de 2026, toda la red nacional concesionada funcione bajo esquemas automáticos canalizados y/o “free flow”, dando un paso hacia un sistema vial inteligente y más eficiente.

De acuerdo con la nueva redacción del decreto, la DNV podrá extender los plazos más allá de 2026 si las condiciones técnicas o contractuales de ciertos tramos así lo justifican, asegurando una implementación “eficaz, previsible y adaptada a las realidades regionales”.

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Argentina obtiene préstamo del BCIE por USD 100 millones para reforzar la Prestación Alimentar

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Argentina asegura financiamiento por USD 100 millones del BCIE para reforzar la seguridad alimentaria

El Gobierno aprobó el contrato de préstamo con el Banco Centroamericano de Integración Económica (BCIE) para financiar la cuarta fase del Programa de Apoyo a la Seguridad Alimentaria en Argentina. Los fondos estarán destinados principalmente a sostener la Prestación Alimentar y serán ejecutados por el Ministerio de Capital Humano.

Un préstamo clave para sostener políticas alimentarias

Mediante el Decreto 687/2025, publicado el 26 de septiembre en el Boletín Oficial, el Poder Ejecutivo aprobó el Contrato de Préstamo BCIE N° 2355, por el cual el Banco Centroamericano de Integración Económica (BCIE) otorgará hasta USD 100 millones a la República Argentina.

El financiamiento respaldará la continuidad del Programa de Apoyo a la Seguridad Alimentaria. Fase IV, cuyo objetivo es garantizar recursos para la Prestación Alimentar, una de las principales herramientas de asistencia directa a familias en situación de vulnerabilidad.

El programa se organizará en cuatro componentes: 1) Apoyo a la Prestación Alimentar, 2) Auditoría Externa, 3) Imprevistos y 4) Comisión BCIE. La ejecución quedará bajo la órbita del Ministerio de Capital Humano, a través de la Secretaría Nacional de Niñez, Adolescencia y Familia y de la Dirección General de Programas y Proyectos Sectoriales y Especiales.

Condiciones financieras y marco institucional

El Banco Central de la República Argentina (BCRA) evaluó la operación y concluyó que el préstamo tendrá un impacto limitado en la balanza de pagos, al considerarlo consistente con la dinámica prevista para las operaciones externas.

En paralelo, la Oficina Nacional de Crédito Público informó que el costo financiero resulta inferior al que el país podría obtener en el mercado, lo que justifica el acuerdo en términos de eficiencia del endeudamiento.

El decreto faculta al Ministro de Economía y al Secretario de Finanzas a firmar el contrato y su documentación complementaria. Asimismo, se autorizó al titular de Economía a introducir modificaciones que no impliquen cambios sustanciales en el destino de los fondos ni en los montos.

La aprobación del préstamo del BCIE refleja la estrategia del Gobierno de recurrir a organismos multilaterales para reforzar programas sociales clave en un contexto de restricciones fiscales.

El apoyo financiero permitirá sostener la Prestación Alimentar, política que apunta a garantizar la cobertura alimentaria básica de millones de familias en situación de pobreza. El desembolso, además, funcionará como un alivio fiscal al cubrir parte del costo de este programa en el presupuesto nacional.

El decreto, suscripto por el presidente Javier Milei, el ministro del Interior Guillermo Francos y el ministro de Economía Luis Caputo, marca la continuidad de la cooperación con el BCIE, organismo que ya financió fases anteriores del mismo programa.

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Milei derogó el decreto que otorgaba a Galasso rango de subsecretario en Cultura

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El Gobierno derogó el decreto que designaba a Norberto Galasso como “Embajador de la Cultura Popular”

El Poder Ejecutivo nacional, mediante el Decreto 692/2025 publicado en el Boletín Oficial, dispuso la derogación del Decreto 515/2014 que había designado al historiador y escritor Norberto Félix Galasso como “Embajador de la Cultura Popular Argentina”, con rango y jerarquía de subsecretario. La medida forma parte del plan de austeridad impulsado por la actual administración para reducir el gasto público y revisar funciones dentro de la Administración Pública Nacional.

Una designación honorífica con rango jerárquico

El Decreto 515/2014, emitido durante la gestión presidencial de Cristina Fernández de Kirchner, otorgó a Galasso la distinción de “Embajador de la Cultura Popular Argentina”. La norma le confería rango equivalente a subsecretario, aunque no implicaba la creación de una unidad organizativa ni la asignación de responsabilidades operativas dentro de la Secretaría de Cultura de la Nación.

La designación contemplaba una remuneración mensual, financiada con partidas específicas del presupuesto de la jurisdicción Presidencia de la Nación – Subjurisdicción Secretaría de Cultura. Durante más de una década, esta figura se mantuvo en la estructura administrativa con carácter simbólico, representando un reconocimiento institucional a la trayectoria del intelectual vinculado a la divulgación histórica y cultural.

Fundamentos de la derogación: austeridad y eficiencia en la gestión pública

El Decreto 692/2025 establece que la decisión se enmarca en la política de austeridad y revisión del funcionamiento del Estado. El texto oficial subraya la necesidad de “implementar medidas orientadas a mejorar el funcionamiento del Estado para lograr una gestión pública transparente, ágil, eficiente, eficaz y de calidad en la atención del bien común”.

Asimismo, el Gobierno argumentó que mantener esta designación honorífica suponía un gasto permanente que no estaba vinculado a funciones operativas ni a la estructura institucional de Cultura. Bajo esta lógica, la derogación se presenta como parte de una estrategia más amplia de reducción de costos y reestructuración de competencias en la Administración Pública Nacional.

La medida, firmada por el presidente Javier Milei y el ministro del Interior, Lisandro Catalán, entrará en vigencia a partir de su publicación en el Boletín Oficial.

La decisión de derogar la figura de “Embajador de la Cultura Popular” se inscribe en una línea de acciones orientadas a revisar cargos simbólicos, honoríficos o con bajo nivel de operatividad, priorizando la racionalización del gasto público.

En términos institucionales, la medida puede interpretarse como un paso hacia la eliminación de reconocimientos con rango jerárquico dentro de la administración estatal, lo que genera un precedente respecto a futuros cargos honoríficos o de representación cultural.

En el plano político y cultural, la derogación abre el debate sobre el rol del Estado en la promoción de la cultura popular y la legitimidad de figuras representativas financiadas con recursos públicos. Mientras el Gobierno enfatiza la necesidad de eficiencia y austeridad, distintos sectores culturales podrían interpretar la medida como un retroceso en el reconocimiento oficial de referentes históricos y sociales.

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Desregulación: derogan normas de Abastecimiento, COPREC y Precios Justos

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La Secretaría de Industria y Comercio derogó 71 normas que establecían controles y obligaciones sobre el comercio interno, en el marco de la Resolución 357/2025 publicada en el Boletín Oficial. La medida busca “eliminar trabas burocráticas y transparentar el comercio interno”, dejando sin efecto regulaciones derivadas de leyes derogadas como la de Abastecimiento, Góndolas y programas en desuso como Precios Justos.

La Resolución 357/2025, firmada por el secretario de Coordinación de Producción, Pablo Agustín Lavigne, en ejercicio de las competencias de la Secretaría de Industria y Comercio, entró en vigencia el 24 de septiembre de 2025 tras su publicación en el Boletín Oficial.

El texto deroga 71 disposiciones vigentes, de las cuales:

  • 27 estaban vinculadas a la Ley de Abastecimiento (20.680), eliminada al inicio de la actual gestión.
  • 24 correspondían al COPREC (Servicio de Conciliación Previa en las Relaciones de Consumo), disuelto por Decreto 55/2025.
  • 20 regulaban programas ya dados de baja, como Precios Justos, Ley de Góndolas, El Mercado en tu Barrio y el Programa de Estímulo al Pequeño Productor de Granos.

El Ministerio de Economía sostuvo que muchas de estas disposiciones “habilitaban controles de precios abusivos, exigían información que no era utilizada para ningún fin específico y fijaban regulaciones para programas desarticulados”.

La decisión se enmarca en los lineamientos de la Ley 27.742 de Bases y Puntos de Partida para la Libertad de los Argentinos y el Decreto 70/2023, que sentaron las bases para la reconstrucción de la economía nacional.

En esa línea, el Gobierno viene impulsando un proceso de depuración normativa:

  • En 2024, las resoluciones 51/2024, 226/2024 y 433/2024 ya habían avanzado en la derogación de regulaciones de precios, requisitos de información y autorizaciones para importaciones.
  • En enero de 2025, el Decreto 55/2025 disolvió el COPREC, considerado un organismo redundante que generaba sobrecostos y burocracia.
  • En septiembre de 2025, el Decreto 650/2025 unificó funciones bajo la órbita de la Secretaría de Coordinación de Producción.

La resolución publicada ahora continúa esa línea y refuerza la política de ordenamiento jurídico y reducción de cargas regulatorias.

La eliminación de normas vinculadas a precios de referencia, márgenes de utilidad y distribución en góndolas implica el fin de mecanismos de control directo sobre sectores como el consumo masivo, hidrocarburos, televisión paga y alimentos frescos.

Para el Gobierno, el cambio permitirá “una gestión pública más ágil y transparente, con reglas claras para ciudadanos y operadores económicos”. Sin embargo, analistas advierten que la ausencia de instrumentos de control podría generar tensiones en sectores sensibles al consumo popular, donde las regulaciones funcionaban como herramientas de contención de precios y competencia.

La medida también tiene impacto sobre la seguridad jurídica, al eliminar normas redundantes y contradictorias, y se inscribe en una estrategia de alineamiento con políticas de desregulación económica y reducción del Estado.

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