HOMICIDIO

Reforma del Código Penal: el Gobierno endurece penas y el 82% de los delitos será de cumplimiento efectivo

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El Gobierno impulsa una reforma integral del Código Penal, subirán penas en casi 20 delitos y el 82% tendrá cumplimiento efectivo

El Gobierno presentó este lunes una reforma estructural del Código Penal que endurece las penas en casi veinte delitos, elimina la prescripción para crímenes considerados de alta gravedad y establece que el 82% de los delitos deberán cumplirse de manera efectiva. La iniciativa, anunciada por el jefe de Gabinete, Manuel Adorni, y la ministra de Seguridad, Patricia Bullrich, redefine el régimen penal argentino con impacto directo en el funcionamiento judicial, el sistema penitenciario y la política criminal del Estado.

Endurecimiento de penas y ampliación de figuras agravadas

Según explicaron Adorni y Bullrich, el proyecto eleva de forma significativa los mínimos y máximos de una amplia gama de delitos, comenzando por el homicidio simple, cuya escala pasará de los actuales 8 a 25 años a 10 a 30 años. Para el homicidio agravado, que ya contempla la prisión perpetua, se sumarán nuevos supuestos, incluyendo: víctimas que sean Presidente, Jefe de Gabinete o ministros, personal educativo asesinado por su condición de tal, víctimas menores de 16 años o mayores de 65, hechos cometidos en lugares de concurrencia masiva o con armas aptas para causar muertes múltiples, crímenes perpetrados por miembros de organizaciones criminales o dentro de centros de detención.

La reforma también modifica delitos de alta incidencia cotidiana. Lesiones leves: de 1 mes–1 año a 1–3 años. Lesiones por conducción imprudente: la figura simple será de 2–6 años y la agravada de 3–6 años. Abuso de armas: máximo de 6 años. Omisión de auxilio: pasa de multa a 1–6 años, con agravante de 2–8 años si la víctima es menor de 13 o mayor de 65. Hurto: se eleva a 3 años. Robo: nuevas escalas diferenciadas y figuras específicas para modalidades como “motochorros”, “viudas negras” y robos en lugares de concurrencia masiva. El robo simple será de 3–8 años con fuerza en las cosas y de 3–10 años cuando haya violencia.

En delitos vinculados a integridad sexual y menores, la reforma endurece significativamente las penas. Pornografía infantil: de 3–6 años a 3–12 años. Posesión con fines de distribución: pasa de 6 meses–2 años a 4–12 años. Trata de personas: límite máximo de 10 años en la figura básica y 15 años en la agravada.

Para delitos contra la administración pública, se intensifica el castigo por cohecho, que será de 3–10 años, con un tercio adicional en contrataciones públicas. Cuando el autor sea Presidente, Vicepresidente o Jefe de Gabinete, la escala sube a 5–15 años.

La usurpación, delito de alto impacto territorial, tendrá una pena de 10 años en su figura simple y 12 años en la agravada, además de multas.

Imprescriptibilidad, fin de la excarcelación automática y nuevas reglas para la ejecución de condenas

El proyecto incorpora cambios profundos en materia de prescripción. Según el Gobierno, existen delitos cuya gravedad “no puede verse condicionada por el tiempo”. Por ello, se declara imprescriptible una amplia lista de conductas, entre ellas: homicidio agravado, abuso sexual y grooming, producción y distribución de material de abuso sexual infantil, corrupción de menores, trata de personas, secuestro extorsivo, terrorismo y su financiamiento, tráfico y contrabando de estupefacientes, procesos contra organizaciones criminales, atentados al orden constitucional.

La reforma también suma nuevos actos que interrumpen el plazo de prescripción, como la orden de captura o el pedido de extradición.

En cuanto al cumplimiento efectivo de las penas, el proyecto elimina la posibilidad de ejecución condicional en un conjunto amplio de delitos. Según la presentación oficial, el sistema actual habilita la “puerta giratoria”, ya que condenas menores a tres años pueden cumplirse en libertad. Con los nuevos mínimos más altos, el 82% de los delitos deberá cumplirse efectivamente.

Entre los delitos que ya no permitirán excarcelación condicional se encuentran: estragos agravados, robos especialmente agravados, tenencia de arma de guerra sin autorización, portación ilegal de armas de fuego de uso civil.

También se modifican las reglas de libertad anticipada, excluyendo: homicidio, robo seguido de muerte, robo con armas, delitos dolosos cometidos por funcionarios en ejercicio.

Respecto de la ejecución de condenas, se establece que comenzarán a cumplirse cuando el tribunal rechace el recurso extraordinario federal, sin esperar indefinidamente la intervención de la Corte Suprema.

La reforma incluye dos medidas de alto impacto institucional. La pérdida de la jubilación de privilegio para funcionarios públicos condenados por cualquier delito. Y la confirmación de que la prisión perpetua “implicará para siempre”.

El proyecto también fortalece el marco de la legítima defensa, introduciendo una presunción favorable a quien responde ante un ataque.

Impacto institucional y reacciones esperadas

El Gobierno presenta la reforma como un salto cualitativo en política criminal, enfocado en la prevención, la disuasión y el castigo efectivo. La ministra Patricia Bullrich ubicó los cambios dentro de una estrategia de “tolerancia cero” frente al delito, mientras que Adorni enmarcó el proyecto como parte de un rediseño normativo integral.

El nuevo esquema tendrá consecuencias directas en: el sistema penitenciario, que deberá albergar más condenados y por plazos más extensos; la Justicia penal, que incorporará nuevas figuras, escalas y causales de interrupción de prescripción; la función pública, dado el impacto de la pérdida de jubilaciones de privilegio; la sociedad civil y las víctimas, que adquieren nuevas instancias de participación en decisiones vinculadas con beneficios penitenciarios.

También se prevé una reconfiguración del mapa delictivo, especialmente en delitos urbanos como robo, hurto y abuso de armas, y en delitos federales como narcotráfico y trata.

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La fiscalía ratificó que el fiscal Nisman fue víctima de un homicidio

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A pocos días de cumplirse los diez años de que el fiscal federal Natalio Alberto Nisman fuera hallado muerto de un disparo en la cabeza en el baño del departamento que alquilaba en el barrio porteño de Puerto Madero, la Fiscalía en lo Criminal y Correccional Federal N°3 de la Capital Federal difunde un pormenorizado informe sobre la investigación en la que ratificó que el representante del Ministerio Público Fiscal fue asesinado por su trabajo en la UFI-AMIA y, en particular, por su investigación y denuncias en torno al Memorándum de Entendimiento con la República Islámica de Irán.

El informe Investigación Causa N°3559: homicidio del fiscal federal Natalio Alberto Nisman, consta de 52 páginas en las que la fiscalía a cargo del fiscal federal Eduardo Taiano, con intervención del auxiliar fiscal Hernán Kleiman, hace un pormenorizado repaso de la década que lleva la investigación, las medidas adoptadas desde su inicio en el fuero nacional criminal y correccional y las que se realizaron desde que en 2016 la causa quedó radicada en el fuero federal, con la investigación delegada en su fiscalía.

El reporte está dividido en siete capítulos con un índice interactivo que permite navegar por cada título o subtítulo del documento y culmina con una serie de conclusiones.

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Bariloche: solicitan que sea declarado culpable de femicidio el acusado que se autopercibe mujer

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Un fiscal solicitó hoy que se declare culpable al ciudadano brasileño acusado del homicidio de Eduarda Santos, cometido en febrero de 2022 en la ciudad de Bariloche. La defensa reiteró que el acusado es inocente, que no existió femicidio porque Fernando se percibe mujer desde la adolescencia.

El fiscal jefe Martín Losada, en su alegato final solicitó al jurado popular que participa del debate que Fernando Alves Ferreira (29) –quien solicitó ser llamado “Amanda”- sea hallado responsable del delito de “homicidio triplemente calificado por alevosía, femicidio y mediante el empleo de un arma de fuego, en concurso real con portación de arma de fuego de uso civil condicional sin la debida autorización legal”.

Para el fiscal, hubo “violencia de género” como agravante independientemente de que el acusado diga que se autopercibe mujer. Señalando que tuvo oportunidad de cambiar su identidad en varias oportunidades. Pero este deseo, surgió a comienzos de año, cuando pidió ser reconocido como “Amanda”, pero que lo hizo con “fines utilitarios”.

El defensor oficial penal Nelson Vigueras, abogado de Fernando Alves Ferreira, aclaró que en este caso no habría femicidio -ya que se autopercibe mujer y ambas mujeres eran amigas-, tampoco alevosía y que el acusado debe ser declarado no culpable por “razones de inimputabilidad”, dado que al momento del hecho estaba “perturbada”.

El abogado Vigueras había manifestado: “No hay femicidio porque no estamos en presencia de un hombre.”

Alves Ferreira prefirió no hacer declaraciones en sus “últimas palabras”, por lo que el jurado popular recibió las instrucciones y pasó a deliberar, por lo que se estima que arribe a un veredicto en las próximas horas.

Para el fiscal Losada, en cambio, Alves Ferreira asesinó a Eduarda –madre de seis hijos- entre las 00.50 y las 2.30 del 16 de febrero de 2022, en el cruce de la ruta provincial 77 y el sendero peatonal hacia lago Escondido, cuando manipuló una pistola Magnum calibre .357 y disparó nueve veces a una distancia no mayor a los 1,20 metros.

De acuerdo a Losada, se trató de un asesinato con alevosía porque Eduarda no tuvo opción de defenderse, ya que estuvo a merced de su atacante. Fuentes judiciales indicaron que fue llevada en la camioneta del imputado, hacia un lugar oscuro a varios kilómetros de la vivienda que compartían en la calle Beethoven, para ser bajada del vehículo en el cual también viajaban sus hijos.

Además, explicó que la violencia de género que padecía la víctima, al asegurar que Eduarda dependía económicamente de su agresor y que no tenía familiares ni amigos.

De acuerdo a la investigación, el acusado -que estaba en pareja con otro hombre- había contratado a Eduarda para tener hijos, y a cambio la mantenía económicamente. Para el fiscal, la joven se convirtió en una molestia cuando empezó a poner límites y obstáculos respecto a la libre disposición de las criaturas que en ese entonces no superaban los dos años de edad.

Luego, apuntó hacia el argumento de la defensa respecto a la imposibilidad de que se acuse a Alves Ferreira de femicidio porque se autopercibe como mujer. Sosteniendo la conveniencia de la autopercepción.

Sin embargo, Fernando aún conserva su nombre en el DNI ya que según dice su defensor, “cambiar el nombre en un Registro Civil, es un derecho, no una obligación”.

“Botox, brillo labial, su forma de caminar, su forma de sentarse, su tono de voz, en septiembre del 2020 se hizo una lipoaspiración para adecuar su cintura a lo que ella considera una figura más femenina”, declaró el defensor del imputado y agregó que, aunque no están de acuerdo, pedirán la exteriorización formalmente, trámite que valida en el documento el cambio de género.

El defensor, además sostuvo que “no hubo cosificación” ya que ambas “eran dos amigas” sin “una subordinación de un género sobre otro” y en “una relación de igualdad”.

Fuente: Telam

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Ex miss Argentina presa por homicidio en accidente de tránsito gozará de salidas transitorias

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La abogada y ex miss Argentina Rocío Santa Cruz, condenada a tres años de prisión de cumplimiento efectivo por un accidente de tránsito ocurrido en 2016 en Posadas y donde falleció un motociclista, fue beneficiada hoy con salidas transitorias, informaron fuentes judiciales.

Santa Cruz fue condenada a prisión efectiva por el “homicidio culposo en accidente de tránsito” de Víctor Ramón Cabrera, a quien atropelló y mató con su auto.

La mujer fue condenada en un principio a 4 años de prisión por el juez Correccional de Menores 2, César Raúl Jiménez, pero el Superior Tribunal de Justicia de la provincia ordenó que se dicte un nuevo fallo con una reducción de la pena.

La Corte misionera consideró que no se pudo probar que Santa Cruz haya cometido un exceso de velocidad al momento de atropellar y matar a la víctima.

En ese contexto, el juez de Instrucción Juan Manuel Monte tomó la causa y condenó a Santa Cruz a 3 años de prisión de cumplimiento efectivo,

Ahora, el Juzgado de Instrucción N° 2 resolvió que Santa Cruz cumpla con un “período de prueba” con tres salidas transitorias de 48 horas de la Unidad Penal V de mujeres, para “evaluar su desempeño extramuros” antes de resolver si la beneficia con la libertad condicional o no.

“En razón de la evolución y la contracción de la Sra. Santa Cruz al tratamiento penitenciario, si bien se encuentra instada su libertad condicional, considero que previo a la concesión de dicho beneficio (libertad condicional) la interna debe ser incorporada el período de pruebas con salidas transitorias, a fin de poder evaluar su comportamiento extramuros y su readaptación a la vida en sociedad”, dice la resolución judicial.

De esta manera, la abogada saldrá de prisión desde el 24 al 25 de diciembre; del 31 del mismo mes y año hasta el 1º de enero del 2022; y desde el 7 hasta el 8 de enero del 2022.

La resolución se adoptó luego del pedido de la defensa de la interna y por sugerencia del fiscal Christian Antúnez.

Luego los especialistas de la unidad penal deberán informar si Santa Cruz se encuentra en condiciones de acceder a la libertad condicional.

Entre las razones del beneficio otorgado a Santa Cruz, la Justicia consideró que “se ha decidido incorporar a la misma al periodo de tratamiento, en su subfase de confianza”.

Además, valoraron que la licenciada en psicología Candela Caloggero, jefa del servicio criminológico del SPP (UP-V), “da cuenta de que Santa Cruz comenzó a trabajar en taller de costura sin dificultad, mostrando buen desempeño, adaptándose al grupo de compañeras y personal”.

Y además, “continúa adaptándose de manera favorable y óptima al régimen penitenciario, con buena predisposición a otras tareas. El trato con el personal sigue siendo de respeto, sin dificultad, mostrando voluntad y compromiso a las tareas encomendadas, al igual que la relación con sus pares. No presenta sanciones ni llamados de atención”.

“Por lo expuesto, debe hacerse lugar al pedido de readecuación de fase y/o incorporación a la etapa de prueba como plantea la defensa particular de la ciudadana Rocío Santa Cruz, instando a la misma a que continúe su evolución y contracción al tratamiento carcelario”, cierra un comunicado de la justicia.

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Una comisión del Senado brasileño pedirá acusar a Bolsonaro de homicidio masivo por su gestión de la pandemia

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Un informe del Senado brasileño recomendará presentar cargos por “homicidio masivo” contra el presidente Jair Bolsonaro por su gestión de la pandemia, que ha dejado más de 600.000 muertos en el país. El texto de más de 1.700 páginas, al que tuvo acceso el diario El País, indica que el mandatario dejó que el virus de la covid-19 se expandiera para intentar que la población alcanzara la inmunidad de rebaño con el objetivo de que la economía del gigante sudamericano se reactivara cuanto antes.

El informe de la Comisión de Investigación Parlamentaria del Senado (CPI, en sus siglas en portugués), también recomienda que se presenten cargos contra otras 69 personas y se presentará este miércoles oficialmente en el Senado, donde debe ser votado el día 26. De salir adelante, la acusación pasaría a la Fiscalía, un órgano afín a Bolsonaro.

Desde mayo, la comisión ha recibido los testimonios de decenas de expertos y miembros del Gobierno sobre la gestión del presidente de la pandemia. En la práctica, Bolsonaro podría ser acusado de genocidio o de homicidio intencionado de personas que creyeron en sus campañas a favor de la cloroquina y la ivermectina, medicamentos sin eficacia comprobada contra el coronavirus y que el presidente promovió públicamente.

Desde marzo de 2020, el Centro de Investigaciones y Estudios de Derecho Sanitario de la Facultad de Salud Pública de la Universidad de São Paulo (USP) y Conectas Derechos Humanos, una de las más respetadas organizaciones de justicia de Latinoamérica, han recopilado y desmenuzado las normas federales y estatales referentes al coronavirus y han producido un boletín llamado Derechos en la pandemia: mapeo y análisis de las normas jurídicas que dan respuesta a la covid-19 en Brasil. Esta semana, lanzan una edición especial en la que afirman: “nuestro estudio ha revelado la existencia de una estrategia institucional de propagación del virus, promovida por el Gobierno brasileño liderado por el presidente de la República”.

Existe intención, existe un plan y existe una acción sistemática en las regulaciones gubernamentales y en las declaraciones de Bolsonaro, según señala el estudio. “Los resultados disipan la persistente interpretación de que parte del Gobierno federal es incompetente y negligente a la hora de gestionar la pandemia. Muy al contrario, la sistematización de los datos, aunque incompletos por la falta de espacio en la publicación para tantos eventos, revela el compromiso y la eficacia de la acción del Gobierno federal para difundir ampliamente el virus en el territorio nacional, declaradamente con el objetivo de reanudar la actividad económica lo antes posible y a cualquier precio”, afirma el editorial de la publicación. “Esperamos que esta línea del tiempo ofrezca una visión global de un proceso que vivimos de forma fragmentada y a menudo confusa”.

El estudio lo coordinan Deisy Ventura, una de las juristas más respetadas de Brasil, que investiga la relación entre pandemias y el derecho internacional y coordinadora del doctorado en Salud Global y Sostenibilidad de la USP; Fernando Aith, profesor titular del Departamento y Política, Gestión y Salud de la Facultad de Salud Pública de la USP y director del CEPEDISA/USP, un centro pionero en la investigación sobre el derecho de la salud en Brasil; Camila Lissa Asano, coordinadora de Programas de Conectas Derechos Humanos; y Rossana Rocha Reis, profesora del Departamento de Ciencias Políticas y del Instituto de Relaciones Internacionales de la USP.

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