HOTESUR

Casación reabre causas contra Cristina Fernández y dispone juicios por Hotesur y Memorándum con Irán

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La Cámara Federal de Casación Penal dispuso hoy que se realicen los juicios orales por las causas Hotesur-Los Sauces, por supuesta asociación ilícita y lavado de dinero, y del Memorándum de Entendimiento con Irán, por presunto encubrimiento, en los que está imputada la vicepresidenta de la Nación, Cristina Fernández de Kirchner.

Con los votos de los jueces Diego Barroetaveña y Daniel Petrone, de la Sala I, el máximo tribunal penal del país dejó sin efecto los sobreseimientos dictados por los tribunales orales respectivos, según las resoluciones conocidas hoy en los tribunales locales.

Sin embargo, esas medidas son apelables ante la Corte Suprema de Justicia.

En el caso Hotesur-Los Sauces, donde hay imputaciones por asociación ilícita y lavado de dinero en el alquiler de propiedades y hoteles pertenecientes a la familia Kirchner, los jueces revocaron los sobreseimientos dispuestos por el Tribunal Oral Federal 5 a fines de 2021.

No obstante, ratificaron que queda fuera del proceso Florencia Kichner, hija de los expresidentes Néstor y Cristina Kirchner, porque tenía 12 años de edad en el momento en que se habrían producido los hechos.

Así, Casación dispuso que vayan a juicio oral la actual Vicepresidenta de la Nación, su hijo, el diputado nacional Máximo Kirchner; Romina Mercado, Patricio Pereyra Arandia, Lázaro Báez, Martín Báez, Osvaldo Sanfelice, Víctor Manzanares, Leandro Báez, Sabrina Báez, Carlos Sancho, Cristóbal López y Fabián De Sousa, entre otros.

Asimismo, fueron apartados los jueces del TOF 5 Daniel Obligado y Adrián Grünberg.

Esos jueces habían dicho que los fondos que se habían usado para pagar alquileres de habitaciones en el complejo hotelero -la base de la sospecha de supuesto lavado de dinero- eran de “origen lícito” pues estaban bancarizados y “estuvieron respaldados por normas y decisiones emanadas de organismos oficiales y/o autoridades”.

Además, aquellos magistrados habían sostenido que debía aplicarse la ley más benigna, y que hasta 2011 -los hechos investigados habrían ido desde 2008 hasta 2015- el “autolavado” (maniobra para blanquear dinero propio) no estaba contemplado por la ley argentina.

“La apariencia de licitud de los activos estuvo dada desde el primer momento; es decir, desde que se realizaran los traspasos de fondos por las contrataciones de obra pública, licencias o concesiones, o se dispusieran beneficios impositivos o de otro tipo; todos ellos respaldados por la normativa de rigor”, habían sostenido Obligado y Grünberg.

Los jueces de Casación Barroetaveña y Petrone objetaron ese planteo.

En cuanto al Memorándum de Entendimiento con Irán firmado en 2013, cuyo objetivo era destrabar la investigación del atentado a la mutual judía AMIA (de 1994, que provocó 85 muertes), Barroetaveña y Petrone también revocaron los sobreseimientos y ordenaron que se haga el juicio oral.

El Tribunal Oral Federal 8 había sobreseído, también en 2021, a la expresidenta y otros consortes de causa que estaban acusados de encubrimiento de aquel atentado.

Ahora la Casación resolvió revocar esa medida y ordenó el debate oral y público. También dispuso apartar a los jueces del TOF Daniel Obligado y José Antonio Michilini y a la jueza Gabriela López Iñiguez.

El Memorándum tenía como objetivo, según el Gobierno de entonces, acelerar el esclarecimiento del atentado con, entre otras acciones, interrogar en el exterior a los jerarcas iraníes acusados por la masacre.

El acuerdo fue aprobado en el Congreso argentino, mientras que Irán lo hizo a través de una medida ejecutiva.

El fallecido fiscal Alberto Nisman denunció a Fernández de Kirchner y otros dirigentes y funcionarios kirchneristas de encubrimiento del atentado a través de este instrumento, pero finalmente los jueces del TOF 8 sostuvieron, en síntesis, que “el Memorándum de Entendimiento con Irán, más allá de que se lo considere un acierto o desacierto político, no constituyó un delito”.

Ahora Casación, después de un extenso análisis del caso, señaló que “los defectos de fundamentación en que incurrió el tribunal a quo afectan la garantía constitucional de defensa en juicio que asiste a los recurrentes y, de conformidad con el estándar de arbitrariedad definido por la CSJN, justifican la invalidación de la resolución recurrida”.

Los querellantes -la Delegación de Asociaciones Israelitas Argentinas (DAIA) y familiares de víctimas de la AMIA- habían apelado los sobreseimientos de los acusados.

Por ejemplo, la DAIA dijo que “no puede considerarse una ‘cuestión política no justiciable’ la suscripción de un Memorándum de Entendimiento, que según la acusación, tenía como finalidad el encubrimiento de los acusados en un atentado terrorista”.

“Tal plan criminal -de probarse en juicio obvio- no podría quedar exento de responsabilidad penal, pues no sería una simple decisión de ‘política internacional’. En modo alguno puede considerarse una decisión política ‘válida’ y ‘no justiciable’ la de encubrir a los sindicados como responsables de un atentado terrorista”.

Los acusados en la causa del Memorándum fueron Cristina Fernández, Eduardo Antonio Zuain, Carlos Alberto Zannini, Oscar Parrilli, Angelina María Esther Abbona, Juan Martín Mena, Andrés Larroque, Luis Ángel D´Elía, Fernando Esteche, Jorge Alejandro Khalil y Ramón Héctor Allan Bogado.

Esta noche, tras conocerse el fallo de 77 fojas de Barroetaveña y Petrone, el diputado nacional Leopoldo Moreau (FdT) calificó lo resuelto como “un caso más de justicia a la carta, a gusto del cliente, en este caso el bloque de poder que viene sistemáticamente llevando adelante la persecución política contra Cristina Kirchner”.

“Este era un fallo que fue adelantado por Barroetaveña a sus mandantes de La Nación y Clarín”, agregó Moreau, y señaló que en el caso particular del Memorándum con Irán lo resuelto por los jueces de Casación “implica subordinarse a una falacia inventada por los fondos buitres encabezados por Paul Singer”.

“Singer fue quien en 2015 movió sus hilos en la justicia y el periodismo argentino para desplazar a Cristina con tal de cobrar lo que ya le habían regalado los jueces de la Corte de EEUU, que él había coimeado”, completó Moreau en declaraciones a Télam.

La exmandataria y actual Vicepresidenta fue condenada en diciembre pasado a seis años de prisión e inhabilitación perpetua para ejercer cargos públicos por el Tribunal Oral Federal 2 en el marco de la causa Vialidad, sobre la obra pública en Santa Cruz.

La expresidenta apeló ese fallo en abril último a través de un escrito de 395 páginas firmado por sus abogados Carlos Beraldi y Ary Llernovoy, quienes advirtieron que el veredicto del TOF 2 no contaba “con pruebas directas” y que se fundó “en una serie de circunstancias que los magistrados calificaron como indicios”.

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Sobreseyeron a Cristina Kirchner y a sus hijos en la causa Hotesur

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El Tribunal Oral Federal (TOF) 5 sobreseyó hoy a la vicepresidenta Cristina Fernández de Kirchner y a sus hijos en la causa en la que se los investigó por supuesto lavado de dinero con alquileres de propiedades y plazas hoteleras de las sociedades Hotesur y Los Sauces.

Los jueces decidieron “sobreseer a Cristina Elisabet Fernández en orden al hecho que fuera calificado como lavado de activos en concurso ideal con admisión de dádivas, en calidad de coautora, por el que fuera imputada en los requerimientos de elevación a juicio de las partes acusadoras”, según consta en el fallo al que accedió Télam.

La decisión, tomada por los jueces Adrián Grünberg y Daniel Obligado, con la disidencia de la magistrada Adriana Palliotti, implica que no se haga un juicio oral y público, aunque el fallo aún puede ser apelado y revisado en instancias superiores.

“Se trató de una causa mal instruida donde no se había aplicado la ley más benigna cuando debió haberse aplicado, como en relación al presunto delito de autolavado. Además, no surge del expediente que estuvieran acreditadas las supuestas dádivas: se especula con que se simularon alquileres cuando la ocupación fue real y los valores los del mercado”, sostuvo una fuente con acceso al expediente.

El sobreseimiento de la expresidenta y sus hijos Máximo y Florencia había sido solicitado por el abogado Carlos Beraldi a través de un escrito en el que remarcó que los peritajes incorporados a la causa habían permitido probar que todo el “producto de la actividad hotelera y de alquileres fue bancarizado”, por lo que “la inexistencia de dinero negro es evidente”.

Llamado a opinar, el fiscal Diego Velasco, pidió rechazar el reclamo de sobreseimiento de los imputados de los casos Hotesur y Los Sauces, que tramitan juntos, y dictaminó que debía realizarse el juicio oral.

Los sobreseimientos alcanzaron a también a los empresarios Cristóbal López, Fabián De Sousa y Lázaro Báez; a Romina de los Ángeles Mercado, hija de la gobernadora de Santa Cruz Alicia Kirchner, y el contador Osvaldo Sanfelice, entre otros.

En el fallo de 375 páginas al que tuvo acceso esta agencia, los jueces Obligado y Grümberg señalaron que en el momento en el que iniciaron los supuestos delitos, el año 2008, no estaba penado el denominado “autolavado” porque regía una ley más benigna, por lo que mal podría sancionarse esa conducta en la actualidad.

“La apariencia de licitud de los activos estuvo dada desde el primer momento; es decir, desde que se realizaran los traspasos de fondos por las contrataciones de obra pública, licencias o concesiones, o se dispusieran beneficios impositivos o de otro tipo; todos ellos respaldados por la normativa de rigor.

Por lo tanto, podemos concluir en que las conductas aquí investigadas no fueron idóneas para producir el resultado de peligro concreto requerido por el delito de lavado de dinero”, señalaron los magistrados.

Y en uno de los puntos más salientes de la sentencia, remarcaron: “En las condiciones descriptas, cabe concluir que las conductas enrostradas a Cristina Fernández de Kirchner, Lázaro Antonio Báez, Cristóbal López y Carlos Fabián de Sousa –de haber sucedido con el alcance atribuido por la acusación, cuestión sobre la que no abrimos juicio– no eran punibles cuando comenzaron a ejecutarse”.

También cuestionaron la utilización de la figura de las supuestas dádivas y señalaron contradicciones en la propia acusación fiscal: “Es claro que no puede considerarse que el delito de ´ofrecimiento´ de dádivas se consumó al comienzo de la presunta maniobra, puesto que, como lo reiteraron los representantes del Ministerio Público, esas dádivas ingresaron a la empresa Los Sauces en forma de fondos que respondían a pago de alquileres; vale decir que la figura, en todo caso, se habría consumado en este último ´tramo´, con la efectiva ´presentación´ o ´entrega´ de esas dádivas/fondos”.

Los jueces fueron críticos con la postura asumida por el fiscal Velasco en tanto pretendía que se llevara a cabo el juicio como instancia necesaria para debatir las cuestiones planteadas por las defensas y remarcaron que el Código Procesal Penal habilita a los magistrados a abordar los planteos en este momento y definir en esta instancia si corresponde o no la realización del debate oral.

Por su parte, la jueza Palliotti votó en disidencia y se manifestó “convencida que el único ámbito para discutir la totalidad de los planteos formulados por los defensores resulta ser, inexorablemente, el debate oral, público, contradictorio y continuo, principal etapa del procedimiento penal que garantiza la inmediación entre las partes”.

La magistrada cuestionó los elementos en los que se basaron los planteos defensistas, y remarcó que a realización del juicio favorecerá “la confrontación de las evidencias recabadas durante la instrucción y la adecuada discusión de los hechos, responsabilidades y encuadramientos legales, frente a un tribunal imparcial, que garantice el cumplimiento de los principios y garantías constitucionales que informan el proceso penal”.

Tras conocerse el fallo, el ministro de Justicia, Martín Soria, escribió en su cuenta personal de Twitter que “los hechos y las pruebas pesan más que las tapas” de los diarios más vendidos de la Argentina y definió al caso Hotesur-Los Sauces, como una “causa armada”.

“Hotesur. Dólar Futuro. Qunita. Memorándum. Cuando no hay una Mesa Judicial con funcionarios apretando jueces, los hechos y las pruebas pesan más que las tapas de Clarín o La Nación… ¡y las causas armadas se caen a pedazos!”, escribió el ministro.

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Hotesur: procesaron por lavado a Cristina Kirchner y a sus hijos

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El fallo además incluyó el embargo sobre los más de 4 millones de dólares encontrados a nombre de Florencia Kirchner en cajas de seguridad de distintos bancos.
El juez federal Julián Ercolini procesó este lunes por lavado de dinero a la ex presidenta Cristina Kirchner y a sus hijos, Máximo y Florencia, a raíz del alquiler de plazas hoteleras de la firma Hotesur y los “retornos” que habría pagado el empresario Lázaro Báez.
Fuentes judiciales informaron a NA que el magistrado trabó embargos de hasta 800 millones de pesos y dictó, además, el procesamiento de Báez y su hijo Martín; de Víctor Manzanares, contador de los Kirchner; de la sobrina de la ex presidenta, Romina Mercado; y de Osvaldo Sanfelice, quien administraba los negocios inmobiliarios de los Kirchner.
El fallo además incluyó el embargo sobre los más de 4 millones de dólares encontrados a nombre de Florencia Kirchner en cajas de seguridad de distintos bancos.
En la causa aún no hay detenidos y los procesamientos se basan en las indagatorias que tomó el juez en diciembre del año pasado.
Fuente NA

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