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Desde mañana sabado (2/6) aumentan los combustibles

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A través de un comunicado de prensa el Ministerio de Energía informó los incrementos que tendrán el gasoil y las naftas desde mañana, en base a la aplicación de los nuevos impuestos al combustible.
El Comunicado:
El Ministerio de Energía y Minería comunica que como consecuencia de las negociaciones encaradas con los Productores y Refinadores de petróleo crudo y comercializadores de naftas y gasoils en el país, para morigerar el impacto en los precios finales de estos combustibles del incremento de costos de la Industria, particularmente el precio del crudo de referencia internacional BRENT, la tasa de cambio y el costo de los biocombustibles, adicionalmente a la suspensión ya implementada de los aumentos de precios durante mayo, se limitará el traslado a precios de lo mismos durante los meses de junio y julio del corriente año según las pautas que abajo se mencionan.
A partir del día de mañana (02/06/18) los precios finales de las naftas y gasoils aumentarán hasta 5,0% y 4,5% en todo el país (dicho aumento incluye el traslado a precios del aumento del Impuesto a los Combustibles Líquidos y al Dióxido de Carbono del 6,7% dispuesto por la AFIP a partir del día de la fecha).
Adicionalmente se dispondrá de un aumento de hasta 3% para todas las naftas y gasoils comercializadas en el país a aplicar en el mes de Julio del corriente año.
Los productores de petróleo crudo acompañarán este esfuerzo limitando los precios de la compra-venta de su producción en el mercado interno durante los meses de mayo, junio y julio del corriente año. Dicha limitación será motivo de un Acuerdo a suscribir entre las partes.
El Acuerdo de Estabilidad de Precios con Cuenta Compensatoria firmado el pasado 8 de mayo con las empresas YPF S.A., Shell C.A.P.S.A. y Pan American Energy LLC Sucursal Argentina (y toda otra empresa que haya adherido o adhiera al mismo) ha sido reformulado teniendo en cuenta los términos pactados en el día de la fecha.
En los próximos dos meses continuaremos monitoreando la evolución del mercado para evaluar la continuidad de este acuerdo, su eventual modificación y/o efectuar las compensaciones que el mismo requiera.

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Afip ratificó la suba de impuestos a naftas y gasoil: impacto será de 1,6% en surtidores

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En medio de la negociación entre el Gobierno nacional y las petroleras para extender el congelamiento de precios de las naftas y el gasoil, la AFIP oficializó la suba de 6,5% del impuesto a los combustibles líquidos y al dióxido de carbono.
La medida, entró en vigencia este viernes primero de junio con la publicación dela Resolución General 4257, que establece una actualización trimestral del monto fijo en pesos según la inflación acumulada en los primeros tres meses del año.
En dicha reforma (ley 27430) se dispuso el siguiente cambio: se estableció actualizar en forma trimestral los montos fijos del impuesto sobre la base de las variaciones del Índice de Precios al Consumidor (IPC) elaborado por el Indec. Hasta esta reforma, el impuesto se calculaba en base a un porcentaje sobre el precio de venta de los combustibles.


“A los fines de establecer el monto de los impuestos previstos en el primer párrafo del Artículo 4º, en el inciso d) del Artículo 7° y en el primer párrafo del Artículo 11, todos del Título III de la Ley N° 23.966 de Impuestos sobre los Combustibles Líquidos y al Dióxido de Carbono, texto ordenado en 1998 y sus modificaciones, esta Administración Federal dará a conocer los importes actualizados considerando la variación del Índice de Precios al Consumidor (IPC) que publique en su página oficial el Instituto Nacional de Estadística y Censos”, sostuvo la Resolución firmada por Leandro Cuccioli.
La norma es explícita en que se debe tomar los índices de enero, febrero y marzo, que marcaron 1,8%, 2,4% y 2,3%, respectivamente, y acumularon 6,5%. El próximo ajuste trimestral regirá desde el primero de septiembre, con los IPC de abril, mayo y junio.
Por ese motivo, desde hoy por cada litro de nafta que se vende en una estación de servicio en el país el Estado nacional retendrá $ 7,177, mientras que para el gasoil la retención para el fisco será de $ 4,426. Antes, se pagaba $ 6,726 y $ 4,148, respectivamente.
Asimismo, la AFIP tributará un $ 0,440 adicional por litro de nafta para combatir la contaminación que provoca el humo de los caños de escape y de $ 0,505 en el caso del gasoil. Los valores anteriores eran de $ 0,412 y $ 0,473.
El renovado impuesto se aplicará sobre el 88% del valor de las naftas en las estaciones, ya que el 12% restante corresponde a bioetanol, que está exento. En el caso del gasoil se paga sobre el 90% del precio, porque el 10% se mezcla con biodiesel, también libre de impuestos.
En definitiva, el impacto en los surtidores será de 41 centavos en las naftas y de 27 centavos en el gasoil. Teniendo en cuenta que el litro de súper en las estaciones YPF de la ciudad de Buenos Aires se paga $ 25,24 y el gasoil común $ 22,06, las petroleras podrán aplicar un ajuste de hasta 1,62% para la primera y de 1,22% para el segundo.
Este viernes continuará la negociación entre el Gobierno y las petroleras para definir el mecanismo de “compensación” por no trasladar a las bocas de expendio el total del porcentaje de aumento atrasado desde fines de abril. El acuerdo ya establece un piso 12%, pero las compañías hablan de 30%.
En medio de la negociación, Aranguren recibió la renuncia indeclinable del subsecretario de Coordinación Administrativa del Ministerio y una noticia que provocarán nuevos dolores de cabeza: sindicalistas camioneros y petroleros paralizaron las operaciones y bloquean yacimientos neuquinos para rechazar el despido de 300 trabajadores de YPF.

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Por un aumento de impuestos en AFIP, sube el combustible

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Si el ministro de Energía, Juan José Aranguren, no “veta” la entrada en vigencia del renovado impuesto a los combustibles, la AFIP aumentaría a partir del viernes entre 6,5% la tasa al despacho de naftas y el gasoil y al dióxido de carbono, con lo que se estima que los valores en los surtidores subirán alrededor de 1,45% a partir del primero 1 de junio.
Desde la AFIP informaron a través de twitter los fundamentos de la actualización impotisitiva, indicando que “hasta esta reforma votada por el Congreso, el impuesto se calculaba en base a un porcentaje sobre el precio de venta de los combustibles. A partir del cambio legislativo, se calcula en base a un valor fijo, estipulado por la norma, que se actualiza por el IPC. Con este cambio en la metodología de cálculo en el tributo a los combustibles se evitó que el aumento en el precio sea mayor, dado que el impuesto no aumentó a la par del incremento registrado en los últimos meses en el valor final del producto”.


El virtual “descongelamiento” de precios no atenta contra el acuerdo firmado entre Aranguren y las tres principales petroleras del país (YPF, Shell y Axion), ya que la letra chica del convenio al que accedió ámbito.com contemplaba un incremento en las naftas y gasoil por la entrada en vigencia del exITC (Impuesto a la Transferencia de Combustibles) en el segundo semestre del año.
“A los efecto de contribuir a la estabilización en el corto plazo de precios de la economía y en miras del interés económico general, los Refinadores se comprometen a no realizar modificaciones de los precios netos de impuestos actualmente vigentes de sus combustibles durante los primeros dos meses del acuerdo (mayo y junio 2018)”, reza el Punto 3 del acuerdo firmado el 8 de mayo pasado.
Fuentes del mercado aclararon que este apartado permite a las compañías trasladar el aumento de impuestos a las bocas de expendio, porque solo se comprometieron mantener el precio neto menos la variación de impuestos. “Sabían que en el segundo trimestre se tenía que ajustar porque así lo dice la ley”, afirmó un analista del sector.


La ley es la de reforma tributaria número 27.430. Esa norma establece una actualización trimestral del tributo en función de la inflación minorista. En un principio se creyó que el aumento de junio se basaba en el IPC del INDEC de marzo, abril y mayo, pero la ley es explícita que se debe tomar los índices de enero, febrero y marzo, que marcaron 1,8%, 2,4% y 2,3%, respectivamente, y acumularon 6,5%.
El Artículo 133 de la ley modificó el cálculo del renovado impuesto. “Los montos fijos consignados se actualizarán por trimestre calendario, sobre la base de las variaciones del Índice de Precios al Consumidor (IPC), que suministre el Instituto Nacional de Estadística y Censos, considerando las variaciones acumuladas de dicho índice desde el mes de enero de 2018, inclusive”, indica el texto de la normativa, y fija en $ 6,726 el tributo a la nafta y en $ 4,148 para el gasoil, ambos por litro.
En tanto, el Artículo 139 fija el impuesto al dióxido de carbono en un monto fijo por litro de $ 0,412 para la nafta y de $ 0,473 para el gasoil.
Si se le aplica el 6,7% a los dos ítems como anticipó econojournal, el impuesto a la nafta crecerá a $ 7,20 y el del gasoil a $ 4,46. El impacto esperable en el precio final de los combustibles nafta será de hasta 1,45%, por lo que el litro de súper en una YPF de la ciudad de Buenos Aires pasará de $ 25,24 a $ 25,60, mientras que el diésel común subirá de $ 22,06 a $ 22,38.
La decisión de la AFIP quedará sujeta a la voluntad de Aranguren. El ministro tiene todo el jueves para hablar con los privados y definirse. Las pretensiones de las petroleras están dividas. A la hora 0 del viernes debe empezar a regir la reforma tributaria. Los más probable es que Hacienda se imponga y finalmente se aplique la modificación. “Es marginal”, justifican fuentes oficiales cercanas a Nicolás Dujovne.
Este medio reveló en las últimas el acuerdo firmado con las petroleras y el ministro. Ese documento prevé un “compromiso” del Estado nacional con las empresas si no se logra trasladar el total del porcentaje de aumento atrasado a los surtidores. La difusión del texto original suscripto provocó reacciones dispares en el sector petrolero, que ya calcula un incremento de precios “pisado” de 30%, según la variación del Brent y el tipo de cambio, principalmente.
Ante los rumores de una inminente actualización del exITC, la AFIP emitió un comunicado que recuerda la puesta en marcha del nuevo cálculo impositivo. “Hasta esta reforma, el impuesto se calculaba en base a un porcentaje sobre el precio de venta de los combustibles. Con este cambio en la metodología de cálculo se evitó que el aumento en el precio de los combustibles sea mayor, dado que el impuesto no aumentó a la par del incremento registrado en los últimos meses en el valor final del producto”, afirmó el organismo, aunque evitó dar el porcentaje final de actualización.

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La CEM presentó a la AFIP pedido de plan de pagos extraordinarios

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Desde la Confederación Económica de Misiones (CEM) pidieron la instrumentación de un plan de regularización de deudas impositivas y previsionales que tienen las pequeñas y medianas empresas (pymes) con la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP).
El pedido  se justifica en la necesidad de encontrar respuestas al contexto de sobresaltos  del contexto económico que llevó  involuntariamente a las pymes a una situación irregular con el fisco.
Pan especial
En una nota dirigida a la jefa de la Región Posadas del organismo nacional María Dahlgren Santalucía, las entidades asociadas a la CEM solicitaron “la posibilidad de generar un plan especial pagadero en hasta 300 cuotas mensuales, con el fin que las pymes beneficiadas puedan continuar operando con sus propios recursos, sin la necesidad de incurrir en nuevos pasivos y la fijación de una tasa de interés a la del plazo fijo a 180 días del Banco Nación”.
También se instó a que aquellas empresas que hayan iniciado concurso preventivo  “puedan reformular los planes de facilidades de pago a los que estén adheridas para que puedan mejorar sus posibilidades de financiamiento”.
La demanda también alude a que esta solicitud sea remitida al titular de la AFIP, Leandro Cuccioli.
Alivianar la carga
“La intención es alivianar la pesada carga que vienen arrastrando una amplia gama de contribuyentes que hoy se encuentran faltos de recursos para poder atender planes de facilidades caídos y las obligaciones mensuales”, expresó Alejandro Haene, presidente de la CEM, quien agregó que “de esta forma se descomprimiría una situación por demás difícil que se encuentran atravesando todos los sectores ligados al fisco nacional a lo largo y a lo ancho de la provincia de Misiones”.

 
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La Justicia permitió a tabacalera cordobesa no pagar un impuesto a cigarrillos

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Un fallo del juzgado federal Nº 1 de Córdoba concedió una medida cautelar solicitada por Centro Tabacalera SA, compañía de esa provincia, por el cual la firma queda exceptuada, por seis meses, del pago de un tributo que grava la producción y comercialización de productos derivados del tabaco.
La firma había recurrido a la justicia para indicar que el pago de este tributo afectaría su normal operación y sus ganancias, indicando, según la demanda, que el pago del tributo era “arbitrario e inconstitucional”.
En un fallo conocido esta semana, el juez Ricardo Bustos Fierro dio la razón a la demandante y dispuso “hacer lugar a la medida cautelar solicitada por el plazo de seis meses”, ordenándole a la AFIP no cobrarle este tributo.
Se trata del pago de un impuesto interno mínimo de $ 28 por cada paquete de 20 unidades de cigarillos vendido.
De acuerdo con lo que opina la industria, de extenderse a otras compañías, podría significar una merma de la recaudación de unos $ 2500 millones sólo en 2018.
El mismo juzgado había rechazado, en noviembre pasado, una medida cautelar similar solicitada por la misma empresa.
En esa oportunidad, al rechazar la cautelar, el juez había indicado que no se verificaban “en grado de verosimilitud suficiente los requisitos exigidos por el artículo 230 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación y artículo 13 de la ley 26.854, tomando en consideración que se encuentra involucrado el interés público en la recaudación de los recursos fiscales”.
En ésta oportunidad, al otorgar la medida cautelar, el mismo juzgado indicó que la firma actora “podría verse afectada en la real capacidad contributiva, lo que redundaría en perjuicio de su desenvolvimiento económico con las consecuencias que pudieran reflejarse tanto en lo impositivo, como laboral y previsional”.

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