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Puerto Iguazú: rescinden el contrato con Delta y quedan sin operar dos embarcaciones turísticas

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Puerto Iguazú pierde sus paseos fluviales, el Gobierno formaliza la salida de Delta tras dos años de operaciones. La rescisión del convenio expone un vacío en la oferta turística y deja vacante un espacio clave en la terminal fluvial en Puerto Iguazú. ¿Se abre una nueva licitación o un rediseño del esquema turístico?

El Gobierno provincial formalizó el 15 de abril de 2026 la rescisión del convenio con Delta Argentina Uruguay S.A. para el uso de la plazoleta y permisos de muelle en el puerto de Iguazú, tras el cese de operaciones de la firma desde el 1° de marzo. La medida, instrumentada mediante la Disposición Nº 028 de la Subsecretaría de Transporte, Puertos, Aeropuertos y Redes de Comunicación, no solo pone fin a un vínculo administrativo reciente —vigente desde agosto de 2024— sino que reabre interrogantes sobre el control, explotación y reconfiguración del frente turístico fluvial en uno de los puntos más sensibles del circuito económico provincial.

Un retiro operativo que activa decisiones administrativas

La secuencia es formal, pero con implicancias políticas. La empresa comunicó la interrupción de sus servicios turísticos fluviales y solicitó la baja de los permisos de uso del muelle correspondientes a las embarcaciones Delta Queen (Matrícula N° 0834) y Delta Eco 1 (Matrícula N° 0285), junto con la rescisión del convenio por el uso de la plazoleta donde funcionaba su boletería.

Ese pedido activó un mecanismo previsto en el propio acuerdo firmado en 2024: la posibilidad de rescindir de común acuerdo, sin derecho a reclamo por parte del permisionario sobre las mejoras realizadas. En ese punto aparece un dato institucional clave: todas las obras fijas incorporadas al espacio pasan automáticamente a integrar el patrimonio portuario, bajo la figura de “accesión de dominio”, conforme al reglamento vigente.

La Subsecretaría avanzó entonces en una decisión integral: rescindió el convenio original, derogó las disposiciones que habían otorgado los permisos (Nº 115/2024, 104/2024 y 140/2024) y formalizó la recepción de las instalaciones sin objeciones, cerrando la relación administrativa sin litigios ni compensaciones.

Marco legal claro, impacto operativo abierto

Desde el punto de vista normativo, la resolución se apoya en instrumentos preexistentes y evita zonas grises. No hay conflicto contractual ni disputa judicial en puerta. Pero esa prolijidad administrativa no elimina el impacto político y económico de fondo: el retiro de un operador privado de un nodo estratégico del turismo fluvial en Iguazú.

El esquema vigente contemplaba permisos “precarios y onerosos”, lo que indica una lógica flexible de concesión. Esa flexibilidad, sin embargo, también expone la fragilidad de los modelos de explotación si no hay continuidad operativa. La salida de Delta deja no solo un espacio físico disponible —la plazoleta en la terminal fluvial— sino también infraestructura ya instalada que ahora pasa a manos del Estado.

La Prefectura Naval Argentina, la Dirección de Vías Navegables y la propia Subsecretaría quedan ahora como actores institucionales con capacidad de redefinir el uso inmediato del área.

Reacomodamiento de actores y señales al sector

En términos de correlación de fuerzas, la decisión no surge de una confrontación sino de un retiro empresarial. Sin embargo, el efecto político es similar al de una intervención: el Estado recupera control directo sobre un activo estratégico.

Esto puede fortalecer la posición del Gobierno provincial en futuras negociaciones con operadores turísticos, al contar con infraestructura disponible sin necesidad de inversión inicial. Pero también plantea una señal ambigua al sector privado: la viabilidad de los proyectos en el puerto dependerá no solo de permisos administrativos, sino de la sostenibilidad económica de la operación.

El movimiento podría reactivar el interés de otros actores del turismo fluvial o incluso abrir la puerta a un rediseño del esquema de concesiones. La ausencia de conflicto judicial facilita ese proceso, pero no elimina la necesidad de una definición política sobre el modelo de gestión.

Un espacio liberado y una decisión pendiente

Con la rescisión formalizada y el espacio ya restituido, el foco se traslada a lo que aún no ocurrió: qué hará el Gobierno con ese activo en el corto plazo. La infraestructura existe, la ubicación es estratégica y la demanda turística en Iguazú sigue siendo uno de los motores económicos de la provincia.

La pregunta ya no es administrativa sino política: si se optará por una nueva concesión, una explotación directa o un esquema mixto. Cada alternativa implica distintos niveles de control estatal, inversión privada y riesgos operativos.

Por ahora, la Disposición Nº 028 cierra un capítulo sin conflicto. Pero, al mismo tiempo, deja abierto un escenario donde el puerto de Iguazú vuelve a ser una pieza en disputa dentro del tablero turístico y económico provincial.

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La concesión del Puerto de Posadas será por 15 años y Misiones busca operadores internacionales

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Misiones puso en marcha un proceso clave para el desarrollo logístico regional: la Administración Portuaria de Posadas y Santa Ana (APPSA) lanzó la Licitación Pública Nacional e Internacional N° 01/2026 para la concesión integral del Puerto de Posadas, con el objetivo de modernizar su infraestructura y consolidar un esquema operativo bajo gestión privada.

El llamado contempla la adecuación, mantenimiento, ampliación, modernización, equipamiento y operación del puerto, además de la provisión de un servicio de flete fluvial regular. Todo el esquema se desarrollará bajo un modelo de riesgo empresario, sin aval del Estado provincial, lo que marca una clara señal hacia la atracción de inversiones privadas.

La concesión tendrá un plazo de 15 años, con posibilidad de renovación, lo que abre una ventana de largo plazo para operadores logísticos y actores del comercio exterior interesados en posicionarse en un nodo estratégico sobre el río Paraná.

El pliego podrá adquirirse desde el 13 de abril hasta el 11 de junio de 2026 en la sede de la APPSA, con un costo de 1.000 dólares, mientras que la presentación de ofertas vencerá el 11 de junio a las 13 horas. La apertura de sobres está prevista para el 12 de junio en la Casa de Gobierno de Misiones, en Posadas.

El proceso licitatorio se inscribe en una estrategia más amplia de la provincia para fortalecer su infraestructura logística, mejorar la competitividad exportadora y potenciar el uso del transporte fluvial, en un contexto donde los costos logísticos se han convertido en un factor determinante para las economías regionales.

Con esta iniciativa, Misiones busca consolidar al Puerto de Posadas como una plataforma clave para el comercio regional, articulando producción, transporte y acceso a mercados internacionales desde una lógica de eficiencia y escala.

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La ANPyN extiende la rebaja del 16,7% en el peaje del Canal Martín García

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La Agencia Nacional de Puertos y Navegación (ANPyN) dispuso una nueva bonificación del 16,7% en la tarifa de peaje para los buques que utilicen el Canal Martín García, aplicable al tramo comprendido entre las secciones 0.0 y 1.2 de la Vía Navegable Troncal. La medida fue formalizada mediante la Resolución 1/2026, publicada el 8 de enero de 2026, con efecto retroactivo al 4 de enero y una vigencia de 30 días corridos, en continuidad con las rebajas ya otorgadas en noviembre y diciembre de 2025. El objetivo es sostener las condiciones de navegabilidad, ordenar el tráfico y acompañar el proceso de reorganización institucional del sistema portuario y de vías navegables.

Continuidad operativa en la Vía Navegable Troncal

La decisión se inscribe en un esquema de administración transitoria de la Vía Navegable Troncal, cuya concesión para el mantenimiento del sistema de señalización, dragado, redragado y control hidrológico fue otorgada en 2021 a la Administración General de Puertos Sociedad del Estado por el Decreto 427/2021. Posteriormente, el Decreto 699/2024 declaró servicio público a las actividades vinculadas al dragado, balizamiento y señalización de las vías navegables de jurisdicción nacional.

En agosto de 2024, el Decreto 709/2024 delegó en la entonces Subsecretaría de Puertos y Vías Navegables la facultad de llamar y adjudicar la licitación pública nacional e internacional para la modernización y operación del sistema, bajo el régimen de concesión previsto en la Ley 17.520. En ese marco, se dispuso una revisión integral del contrato de concesión firmado el 2 de septiembre de 2021, aprobada luego por las Disposiciones 24 y 28 de octubre de 2024.

Con la creación de la Agencia Nacional de Puertos y Navegación mediante el DNU 3/2025, el Estado reordenó el esquema institucional: la ANPyN pasó a ser la continuadora jurídica de la ex Subsecretaría y asumió las funciones de autoridad de aplicación y control del contrato de la Vía Navegable Troncal, mientras se dispuso la disolución y liquidación de la AGP S.A.U.

La bonificación del Canal Martín García: alcance y fundamentos

En ese contexto operativo y regulatorio, la ANPyN había resuelto en noviembre de 2025 una bonificación temporaria del 16,7% en el peaje del Canal Martín García, por 30 días desde el 5 de noviembre, medida que fue renovada en diciembre por un período idéntico. La Resolución 1/2026 extiende nuevamente el beneficio, con carácter retroactivo desde el 4 de enero de 2026, y por 30 días corridos desde su entrada en vigencia.

El descuento aplica en ambos sentidos del trayecto comprendido entre las secciones 0.0 a 1.2 del contrato de concesión y alcanza a todos los buques que utilicen el Canal Martín García. La decisión apunta a mantener la competitividad del corredor, facilitar el ordenamiento del tráfico en el Río de la Plata y acompañar las tareas de mantenimiento de la navegabilidad en un período de transición institucional.

Impacto económico

La reiteración de la bonificación tiene efectos directos sobre los costos logísticos de los usuarios del sistema fluvial, en un corredor clave para el comercio exterior y el transporte regional. En términos institucionales, la medida refuerza el rol de la ANPyN como autoridad rectora del sistema, al tiempo que garantiza continuidad operativa mientras avanzan los procesos licitatorios y de reorganización previstos por los decretos vigentes.

En el corto plazo, el esquema de rebajas temporarias sugiere una estrategia de gestión activa del peaje para sostener el flujo de tránsito y evitar distorsiones en la elección de rutas. Hacia adelante, el impacto dependerá de la definición del nuevo contrato de concesión y de las condiciones económicas que establezca la futura licitación para la Vía Navegable Troncal.

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Fin de la bonificación ZAP: nuevo esquema de costos en el Puerto Buenos Aires

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La Administración General de Puertos S.A.U. (AGP) resolvió derogar la bonificación del cien por ciento (100%) aplicada al cargo de la Zona de Apoyo Portuario (ZAP) para los contenedores llenos que ingresan a las terminales concesionadas del Puerto Buenos Aires, mediante la Resolución 148/2025, dictada el 23 de diciembre de 2025 y publicada en el Boletín Oficial el 26 de diciembre.

La medida entrará en vigencia el 1° de enero de 2026 y marca un cambio relevante en el esquema tarifario portuario, con impacto directo sobre la operatoria logística y la estructura de costos del sistema.

La decisión se inscribe en el nuevo enfoque de explotación privada de la infraestructura portuaria, impulsado por la Ley de Bases N° 27.742, y busca garantizar la sustentabilidad económica y financiera de la Zona de Apoyo Portuario, cuya operación fue transferida a un permisionario privado.

Antecedentes del sistema ZAP y evolución del esquema tarifario

El Sistema de Control de Tránsito Vehicular Portuario (CTVP) fue implementado en 2012 con el objetivo de ordenar el preingreso de camiones a las terminales portuarias y evitar interferencias con la circulación externa, en cumplimiento del Artículo 47 del Pliego de la Licitación Pública Nacional e Internacional N° 6/93 para la concesión de las terminales de Puerto Nuevo.

En octubre de 2017, la entonces AGP asumió la gestión operativa de la Zona de Apoyo Portuario, estableciendo un cargo tarifario de US$ 10 más IVA por cada contenedor lleno de 20 o 40 pies que ingresara o egresara de las terminales concesionadas. Dicho monto debía ser facturado y recaudado por las terminales, por cuenta y orden de la AGP, bajo el concepto “ZAP”.

Posteriormente, a partir del 1° de octubre de 2018, se dispuso una bonificación del 100% del cargo para los contenedores llenos ingresados a las terminales, esquema que fue mantenido —con distintas adecuaciones normativas— hasta la actualidad.

En 2023, el valor del cargo ZAP fue actualizado a US$ 14,50, importe que se mantiene vigente, aunque neutralizado por la bonificación total ahora derogada.

Cambio de política: explotación privada y necesidad de sustentabilidad financiera

La Resolución 148/2025 fundamenta la eliminación de la bonificación en el cambio de paradigma en la gestión portuaria, alineado con las políticas públicas que promueven que los agentes privados asuman actividades previamente desarrolladas por el Estado.

En ese marco normativo, el Decreto de Necesidad y Urgencia N° 3/25 creó la Agencia Nacional de Puertos y Navegación (ANPYN) y el Decreto N° 602/25 fijó los lineamientos del proyecto de infraestructura portuaria. En consonancia con esas directrices, la AGP otorgó a Terminales Río de la Plata S.A. un Permiso de Uso de la Zona de Apoyo Portuario, transfiriendo la operación y explotación integral del sector al permisionario.

Según el texto oficial, para asegurar la viabilidad económica de esa explotación privada, resulta indispensable contar con los recursos generados por la tarifa ZAP, lo que torna incompatible la continuidad de una bonificación total sobre el cargo. Por ese motivo, se dispuso la derogación expresa del apartado que establecía el beneficio del 100% para cada contenedor lleno de 20 o 40 pies.

Impacto operativo y repercusiones en la actividad portuaria

Con la entrada en vigencia de la resolución el 1° de enero de 2026, los contenedores llenos que ingresen a las terminales concesionadas del Puerto Buenos Aires volverán a estar alcanzados por el cargo ZAP, actualmente fijado en US$ 14,50, conforme a la normativa vigente.

Desde una perspectiva económica, la medida implica un reordenamiento de los costos logísticos asociados al tránsito portuario, al tiempo que refuerza un esquema en el que la infraestructura y los servicios de apoyo deben autofinanciarse. En términos institucionales, consolida el rol del sector privado en la operación de áreas clave del sistema portuario, bajo supervisión estatal.

La resolución también establece las notificaciones formales a Terminales Río de la Plata S.A. y Terminal 4 S.A., y ordena su comunicación a la Agencia Nacional de Puertos y Navegación, reforzando la articulación entre los organismos del nuevo esquema portuario.

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Vía Navegable Troncal: el Gobierno aprobó el informe final y acelera la concesión por peaje

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La Agencia Nacional de Puertos y Navegación (ANPYN) dio por concluida la etapa previa de observaciones a los proyectos de pliegos para la concesión de la Vía Navegable Troncal (VNT), uno de los activos estratégicos más relevantes para el comercio exterior argentino. A través de la Resolución 66/2025, publicada el 17 de diciembre de 2025, el organismo aprobó el Informe Final que sistematiza los aportes técnicos, económicos y jurídicos realizados por 40 interesados y habilitó el avance hacia la etapa final de elaboración del pliego para una licitación pública nacional e internacional bajo el régimen de concesión de obra pública por peaje, a riesgo empresario y sin aval del Estado.

La decisión marca un hito institucional clave en el proceso de relicitación de la VNT, al cerrar una instancia de participación amplia y técnica que busca reforzar la transparencia, la previsibilidad regulatoria y la solidez jurídica del futuro contrato.

Un proceso participativo para redefinir la concesión de la Vía Navegable Troncal

La resolución se inscribe en el marco normativo definido por el Decreto N° 709 del 8 de agosto de 2024 y su reglamentación mediante el Decreto N° 713 del 9 de agosto de 2024, así como por el Decreto de Necesidad y Urgencia N° 3 del 3 de enero de 2025, que creó la ANPYN como ente autárquico y continuador jurídico de la ex Subsecretaría de Puertos y Vías Navegables y de la Administración General de Puertos Sociedad Anónima Unipersonal (AGP SAU).

En ese contexto, la ANPYN abrió formalmente, mediante la Resolución 61/2025 del 4 de diciembre de 2025, el Procedimiento de Observaciones Previas a los proyectos de Pliego de Especificaciones Técnicas y de Bases y Condiciones Particulares, conforme al artículo 9° del Anexo II del Decreto Reglamentario N° 713/2024. El mecanismo contempló un plazo de diez días corridos desde su publicación en el Boletín Oficial y habilitó la recepción de aportes escritos a través del correo institucional licitacionvnt@anpyn.gob.ar, con fecha límite el 14 de diciembre de 2025.

Finalizado el plazo, la Agencia confirmó la recepción de cuarenta (40) presentaciones, realizadas tanto por personas físicas como jurídicas, que abarcaron a usuarios, cámaras sectoriales, empresas especializadas, sindicatos, universidades, organizaciones civiles y otros actores vinculados al sistema fluvial y portuario.

Aportes técnicos, económicos y jurídicos que fortalecen el pliego

El Informe Final aprobado por la Resolución 66/2025 da cuenta de un análisis integral de las observaciones recibidas, con intervención de las gerencias técnicas, legales, comerciales, ambientales y de control de gestión de la ANPYN. Según se detalla en los considerandos, las presentaciones se concentraron en aspectos centrales del proyecto de concesión, vinculados a las especificaciones técnicas de dragado y balizamiento, los niveles de servicio exigidos, los plazos de ejecución, los mecanismos de control y fiscalización, y la estructura económico-financiera del contrato.

Entre las modificaciones significativas consideradas en el proceso se destacan la disminución de la tarifa mínima prevista para las distintas etapas de la concesión, la readecuación del plan económico-financiero, la reformulación de cláusulas contractuales, la actualización de documentación técnica y batimétrica, y ajustes en los criterios de diseño y operación de la vía navegable. El objetivo, según el texto oficial, es avanzar hacia un pliego “flexible, con criterios de excelencia y responsabilidad”, capaz de adaptarse a las demandas futuras del comercio y a las condiciones cambiantes del entorno operativo.

Un elemento central del proceso fue la participación de la Conferencia de las Naciones Unidas sobre Comercio y Desarrollo (UNCTAD), en el marco del Memorando de Entendimiento suscripto el 28 de mayo de 2025. La intervención de este organismo internacional derivó en un informe de recomendaciones y buenas prácticas que aportó un enfoque técnico alineado con estándares internacionales, reforzando la consistencia jurídica, económica y ambiental del proyecto licitatorio.

Impacto económico e institucional de una definición estratégica

La Vía Navegable Troncal constituye la principal arteria logística del país para el transporte fluvial y el comercio regional e internacional. Abarca el tramo comprendido entre el kilómetro 1238 del río Paraná, en el punto denominado Confluencia, hasta la Zona de Aguas Profundas Naturales del Río de la Plata exterior, actualmente en el kilómetro 239,1 del canal Punta Indio, e incluye el sistema Paraná–Paraguay–Río de la Plata.

En ese sentido, la conclusión de la etapa de observaciones representa un paso decisivo para destrabar un proceso licitatorio de alto impacto económico, que condiciona costos logísticos, competitividad exportadora y previsibilidad para los usuarios del sistema. La modalidad definida —concesión de obra pública por peaje, a riesgo empresario y sin respaldo estatal— refuerza el perfil de un esquema en el que la eficiencia operativa y la capacidad de inversión del futuro concesionario serán determinantes.

Desde el plano institucional, la resolución consolida el rol de la ANPYN como autoridad de aplicación y coordinadora del proceso, en un contexto de reordenamiento del sistema portuario y de navegación tras la disolución de la AGP SAU. Al mismo tiempo, la incorporación de observaciones y la aprobación de un Informe Final con criterios técnicos, económicos y jurídicos explícitos buscan reducir la conflictividad futura y dotar al proceso de mayor legitimidad frente a los distintos actores involucrados.

Con la etapa de observaciones formalmente cerrada, el organismo queda habilitado para avanzar hacia la versión final del pliego y el posterior llamado a Licitación Pública Nacional e Internacional, un paso clave para definir el modelo de gestión de la principal vía fluvial del país en los próximos años.

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