Alivio fiscal: ATM sube el piso para retenciones y percepciones de Ingresos Brutos
La Agencia Tributaria Misiones emitió una resolución que introduce modificaciones significativas al Régimen de Retención y Percepción del Impuesto sobre los Ingresos Brutos. Esta resolución, ratificada por el Ministerio de Hacienda, actualiza los montos y requisitos para los agentes de retención y percepción, adaptándolos a la realidad económica actual. Según fuentes oficiales, se trata de un beneficio fiscal para unas dos mil empresas de Misiones.
El beneficio alcanzará a los contribuyentes de alto interés fiscal y los contribuyentes cuya sumatoria de bases imponibles, declaradas o determinadas por la Dirección en el último ejercicio fiscal anterior, atribuibles a la totalidad de actividades desarrolladas -incluidas las que corresponderían a las exentas y/o no gravadas-, cualquiera sea la jurisdicción en que se lleven a cabo las mismas superen la suma de 1.300 millones anuales de facturación bruta. Una vez superado ese límite, deberán actuar como Agentes de Retención del Impuesto sobre los Ingresos Brutos por toda adquisición de bienes o servicios que realicen.
También estarán comprendidos en este régimen los contratos de compra-venta, permuta, dación en pago o similares. Si la operación sujeta a retención se encuentra alcanzada por otro régimen de retención no resultara de aplicación.
Principales Cambios
- Facturación Anual: Se eleva el límite de facturación anual para ser considerado agente de retención y/o percepción de $650.000.000 a $1.300.000.000, lo que representa un aumento del 100%.
- Monto Mínimo de Retención/Percepción: El monto mínimo para aplicar la retención o percepción se incrementa de $4.500 a $10.000, un aumento del 122%.
Estos ajustes buscan mantener el poder adquisitivo y las condiciones vigentes en enero de 2024, considerando la inflación anual del 118% registrada en 2024.
- Importe para la Percepción: Se establece que cualquier factura que supere los $302.115 estará sujeta a la percepción del Impuesto sobre los Ingresos Brutos, que es del 3,31%. Este importe se calcula considerando que al aplicar la alícuota del 3,31% a dicho monto se obtiene la suma de $10.000, que es el nuevo mínimo para aplicar la percepción.
Ejecutivos de la ATM explicaron que estas modificaciones se basan en la necesidad de brindar mayor competitividad a los agentes económicos y facilitar el cumplimiento de las obligaciones fiscales. Además, se han tenido en cuenta las numerosas consultas e inquietudes recibidas por parte de los contribuyentes obligados a actuar como agentes de retención y/o percepción.
La Resolución General N° 02/2025-D.G.R. entrará en vigencia a partir del anticipo de febrero de 2025.