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La Corte mueve fichas en la selección de jueces y busca acotar la discrecionalidad en los concursos

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La Corte Suprema dio un paso institucional con impacto directo en el sistema de poder judicial: presentó el Proyecto de Reglamento de Concursos para la Selección de Magistrados, aprobado por acordada 4/2026 el 25 de marzo. La iniciativa, impulsada por Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti, propone cambios estructurales en el mecanismo que define las ternas de jueces que luego se elevan al Poder Ejecutivo. El movimiento no es menor. En un escenario donde la designación de magistrados suele condensar disputas políticas de fondo, la Corte busca incidir en las reglas del juego. ¿Se trata de una corrección técnica o de una señal de reposicionamiento en la arquitectura del poder judicial?

Un rediseño con foco en mérito y control del proceso

El nuevo reglamento apunta a reorganizar el proceso de concursos que administra el Consejo de la Magistratura, organismo encargado de seleccionar a los candidatos. La Corte no desconoce ese rol, pero se posiciona como actor que “colabora” en la mejora del sistema. En esa línea, plantea la necesidad de corregir “disfuncionalidades sistémicas”, una definición que sugiere críticas al funcionamiento actual sin explicitarlas.

El eje del proyecto se ordena alrededor de cuatro conceptos: idoneidad, mérito, transparencia y trazabilidad. En términos concretos, propone reducir márgenes de discrecionalidad en la evaluación, fortalecer el peso del rendimiento académico y garantizar el anonimato en las pruebas de oposición. También introduce reglas más previsibles para la instancia de entrevistas, uno de los tramos históricamente más sensibles del proceso.

La lógica es clara: desplazar criterios difusos y acotar espacios donde las decisiones puedan quedar sujetas a interpretaciones políticas o corporativas. En esa redefinición, el tránsito burocrático pierde centralidad frente a la evaluación del mérito real.

Una señal institucional en un terreno compartido

El movimiento de la Corte se inscribe en una zona delicada: la selección de magistrados es un proceso compartido entre el Consejo de la Magistratura, el Poder Ejecutivo y el Senado. La acordada no modifica formalmente ese esquema, pero introduce un intento de influir en su funcionamiento interno.

La propia Corte se define como “cabeza de este poder del Estado”, lo que le otorga, en su interpretación, un rol activo en la mejora del sistema judicial. Esa autodefinición no es neutra. Marca una voluntad de intervenir en la dinámica institucional más allá de su función jurisdiccional.

La amplia convocatoria al acto —con presencia de consejeros, jueces, representantes del Ministerio Público, legisladores y actores del ámbito académico— refuerza esa lectura. No se trató solo de una presentación técnica, sino de un gesto político hacia el conjunto del sistema judicial y sus alrededores.

Impacto y correlación de fuerzas

El proyecto puede reconfigurar equilibrios dentro del Consejo de la Magistratura, especialmente si avanza en la reducción de márgenes de discrecionalidad. Sectores que encuentran en las instancias menos regladas un espacio de influencia podrían ver acotado su margen de acción.

Al mismo tiempo, la iniciativa refuerza el peso de criterios objetivos en la selección, lo que podría modificar la lógica de construcción de consensos para definir ternas. En términos políticos, esto introduce una variable adicional en la relación entre el Consejo, el Ejecutivo y el Senado, donde la validación final de los jueces se convierte en un punto de negociación.

El impacto no es inmediato, pero sí potencialmente profundo. La forma en que se seleccionan magistrados condiciona la composición futura del Poder Judicial y, por extensión, su orientación en fallos clave.

Un proceso en construcción

El reglamento presentado no tiene aplicación directa: deberá ser considerado por el Consejo de la Magistratura, que conserva la competencia para llevar adelante los concursos. Ese dato abre un escenario de negociación institucional.

En las próximas semanas, la atención estará puesta en cómo el Consejo procesa la propuesta y qué aspectos adopta o resiste. También será relevante observar si el proyecto logra consenso amplio o si activa tensiones internas entre los distintos estamentos que integran el organismo.

La Corte dio una señal. El sistema judicial deberá ahora decidir cómo responde.

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Passalacqua propuso al fiscal Andrés Poujade para el STJ

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El gobernador de Misiones, Hugo Passalacqua, propuso formalmente al abogado Andrés Poujade para integrar el Superior Tribunal de Justicia (STJ), en el marco de la cobertura de una vacante en el máximo órgano judicial de la provincia. La postulación abre ahora el proceso institucional previsto, que incluye la evaluación de antecedentes y el posterior tratamiento legislativo para su eventual designación. Poujade cubriría la vacante dejada por Ramona Velázquez, quien se acaba de jubilar.

Oriundo de Posadas, Poujade es egresado de la Universidad de Buenos Aires y cuenta con una formación académica que combina el derecho local con una marcada proyección internacional. Entre sus estudios de posgrado se destaca una especialización en Francia, donde obtuvo un máster en Derecho Francés y Europeo de Negocios y Nuevas Tecnologías, un perfil que incorpora herramientas vinculadas a la regulación económica y los desafíos jurídicos de la era digital.

En el plano profesional, se desempeña actualmente como fiscal de Cámara en lo Penal y de Menores de Misiones, cargo al que accedió mediante concurso público con acuerdo legislativo. Se trata de una posición clave dentro del Ministerio Público, con intervención en instancias superiores del proceso penal y en causas de significativa complejidad.

En paralelo, integra el Tribunal Electoral de la provincia como vocal titular, rol desde el cual participa en la organización, control y validación de los procesos electorales, una función que refuerza su perfil institucional dentro del sistema republicano provincial.

Su trayectoria incluye además participación en espacios de formación continua en derecho penal, derechos humanos, gestión judicial y políticas públicas, así como actividad en el ámbito de la docencia universitaria, lo que configura un perfil técnico con anclaje académico.

La propuesta del Ejecutivo se inscribe en un momento de recambio dentro del STJ, un tribunal que no solo actúa como última instancia judicial en la provincia, sino que también define criterios interpretativos con impacto directo en la seguridad jurídica, el clima de inversiones y la relación entre los poderes del Estado.

De avanzar el proceso legislativo, Poujade podría incorporarse a un cuerpo que concentra decisiones estratégicas para el funcionamiento institucional de Misiones. Su eventual llegada aportaría un perfil con fuerte base penal, formación internacional y experiencia en organismos clave del sistema judicial.

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El Gobierno formalizó la salida de Cúneo Libarona y designa a Juan Bautista Mahiques

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El Gobierno nacional reconfiguró la conducción del Ministerio de Justicia. Con la publicación del Decreto 133/2026 en el Boletín Oficial del 5 de marzo, el presidente aceptó la renuncia de Mariano Cúneo Libarona y designó en su reemplazo a Juan Bautista Mahiques, quien asumirá formalmente el cargo a partir de esa misma fecha.

La decisión implica un cambio en una de las áreas más sensibles de la administración nacional: la relación con el Poder Judicial, el diseño de la política penal y la arquitectura institucional del sistema de justicia. La salida de Cúneo Libarona se hizo efectiva el 4 de marzo, mientras que el nuevo ministro toma funciones desde el 5 de marzo, sin período de transición formal.

El movimiento ocurre en un momento en el que la agenda judicial continúa siendo un eje central del Gobierno, tanto en materia de reformas institucionales como en la articulación con tribunales y organismos del sistema.

Cambio inmediato en la conducción del Ministerio

El decreto presidencial tiene un alcance breve pero institucionalmente significativo. En términos operativos, la norma dispone tres acciones concretas: Acepta la renuncia de Mariano Cúneo Libarona al cargo de ministro de Justicia a partir del 4 de marzo de 2026. Agradece formalmente los servicios prestados durante su gestión. Designa a Juan Bautista Mahiques como nuevo ministro, con inicio de funciones el 5 de marzo de 2026.

El acto administrativo se dicta en ejercicio de las facultades del presidente establecidas en el artículo 99 inciso 7 de la Constitución Nacional, que habilita al Poder Ejecutivo a nombrar y remover a los ministros del gabinete.

La medida no introduce cambios estructurales en el funcionamiento del ministerio ni modifica competencias institucionales. Sin embargo, redefine la conducción política del área.

Una cartera clave para la agenda judicial

El Ministerio de Justicia ocupa un lugar central en la arquitectura institucional del Estado. Desde esa cartera se coordinan políticas vinculadas al sistema penitenciario federal, el registro de sociedades y asociaciones, el funcionamiento de organismos registrales y la relación administrativa con diversos organismos del sistema judicial.

También es el ámbito desde el cual el Ejecutivo canaliza iniciativas legislativas relacionadas con reformas judiciales, modernización institucional y políticas penales.

La salida de Cúneo Libarona implica el cierre de una etapa dentro de la gestión del gobierno libertario en esa cartera. El decreto, sin embargo, no detalla los motivos de la renuncia ni establece lineamientos específicos para la nueva conducción.

Seguridad jurídica y clima de inversión

Aunque el cambio se produce en el plano político-administrativo, el Ministerio de Justicia tiene un vínculo directo con variables que impactan en el clima económico.

La estabilidad institucional del sistema judicial, la previsibilidad regulatoria y la seguridad jurídica son factores que inciden en: Decisiones de inversión. Resolución de conflictos empresariales. Funcionamiento del mercado de capitales. Cumplimiento de contratos

En ese sentido, la conducción del área suele ser observada de cerca por el sector privado, especialmente en contextos donde el Gobierno impulsa reformas regulatorias o cambios institucionales.

Por ahora, el decreto no adelanta cambios de política ni redefine programas en curso, por lo que el impacto inmediato se limita al reemplazo de la autoridad política del ministerio.

Señales políticas dentro del gabinete

El nombramiento de un nuevo ministro también tiene lectura política dentro del esquema del gabinete nacional.

Los cambios en áreas estratégicas suelen funcionar como herramientas de reorganización interna del Ejecutivo o como ajustes en la implementación de políticas públicas. En este caso, el decreto refleja una decisión directa del Presidente de redefinir la conducción del Ministerio de Justicia sin alterar la estructura formal de la cartera.

El documento tampoco establece un esquema transitorio ni menciona reformas institucionales asociadas al cambio de liderazgo, lo que sugiere que la modificación responde principalmente a una reorganización en la conducción política del área.

Lo que habrá que observar

El reemplazo abre una nueva etapa en el Ministerio de Justicia. Más allá del cambio de nombres, el impacto real dependerá de la agenda que adopte la nueva gestión.

En los próximos meses, tres variables permitirán medir el alcance del cambio: la orientación de las políticas judiciales impulsadas por la cartera, la relación institucional con el Poder Judicial y organismos del sistema, y el rol del ministerio en las reformas regulatorias que afectan al clima de negocios.

En un contexto donde la institucionalidad jurídica continúa siendo un factor clave para la economía, la evolución de esa agenda marcará la verdadera dimensión del recambio.

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Argentina cayó cinco puestos en el ranking global de corrupción durante el segundo año de Javier Milei

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En el segundo año de gestión del presidente Javier Milei, Argentina retrocedió cinco lugares en el Índice de Percepción de la Corrupción 2025, elaborado por Transparencia Internacional. El país se ubicó en el puesto 104 sobre 182 naciones, con un puntaje de 36 sobre 100, un punto menos que en la medición previa.

El índice -uno de los indicadores de gobernanza más utilizados a nivel global por inversores, organismos multilaterales y analistas institucionales- ordena a los países desde los más transparentes hasta los más afectados por prácticas corruptas en el sector público. En 2024, Argentina había ocupado el puesto 99 entre 180 países relevados.

La edición 2025 incorporó a Belice y Brunei, ampliando la base de comparación internacional. Aun así, el desempeño argentino mostró un deterioro relativo tanto en el ranking como en el puntaje absoluto, lo que la dejó por debajo del promedio continental, que se ubicó en 42 puntos.

Señales institucionales y agenda anticorrupción

Desde Poder Ciudadano, capítulo local de Transparencia Internacional, atribuyeron el retroceso a la falta de avances en políticas anticorrupción. Su director ejecutivo, Pablo Secchi, sostuvo que durante los dos primeros años de gobierno “no se impulsaron medidas para prevenir ni sancionar la corrupción”, y mencionó casos como Libra y la Agencia Nacional de Discapacidad (ANDIS) como episodios que no tuvieron respuestas institucionales contundentes.

El resultado deja a Argentina en una posición similar a la de países como Belice y Ucrania, y por debajo de naciones con menor peso económico global como Zambia, Lesoto, Gambia y República Dominicana, lo que refuerza las alertas sobre la calidad institucional y el funcionamiento de los mecanismos de control del Estado.

Comparación regional y global

En América, Argentina se ubicó en el puesto 19 sobre 33 países. Canadá (75 puntos) y Uruguay (73) encabezaron la región, mientras que Haití (16), Nicaragua (14) y Venezuela (10) mostraron los peores desempeños.

A nivel global, el ranking fue liderado por Dinamarca (89 puntos) y Finlandia (88), mientras que Sudán del Sur y Somalia cerraron la lista con apenas 9 puntos. Venezuela quedó en el puesto 180, con 10 puntos.

El presidente de Poder Ciudadano, Martín D’Alessandro, advirtió que “el desarrollo económico sostenido requiere políticas de integridad estables en el tiempo” y señaló que la falta de avances en esta agenda constituye “una deuda institucional cada vez más urgente”.

Impacto económico e institucional

Desde Transparencia Internacional remarcaron que la corrupción no es solo un problema ético, sino un factor que incide directamente en la calidad de los servicios públicos, la seguridad jurídica y la competitividad económica. En su informe regional, la organización alertó que la inacción estatal permitió en varios países de América Latina la expansión del crimen organizado y la erosión de la confianza en las instituciones.

El presidente global de la ONG, François Valérian, sostuvo que “la corrupción no es inevitable” y llamó a fortalecer la rendición de cuentas, la supervisión independiente y el rol de la sociedad civil como pilares de una estrategia anticorrupción sostenible.

Cómo se elabora el índice

El Índice de Percepción de la Corrupción mide la percepción de empresarios y expertos sobre la corrupción en el sector público. Se construye a partir de entre tres y trece fuentes internacionales -como el Banco Mundial, el Foro Económico Mundial y el Economist Intelligence Unit- y no releva la opinión del público general.

En el caso argentino, el puntaje surge del promedio de ocho encuestas internacionales, y su metodología permite la comparación interanual. Transparencia Internacional aclara que, dado el carácter oculto de muchas prácticas corruptas, la percepción de actores especializados sigue siendo el mejor proxy disponible para medir la integridad del Estado.

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Milei retiró al Estado como querellante en la causa del megacrédito al FMI y descomprimió el frente judicial de Mauricio Macri

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Mediante el Decreto 87/2026, publicado en un suplemento vespertino del Boletín Oficial el 5 de febrero, el presidente Javier Milei, junto al ministro de Justicia Mariano Cúneo Libarona, ordenó que la Procuración del Tesoro de la Nación cese su rol como querellante particular en la causa judicial que investiga el megacrédito otorgado por el FMI durante la gestión de Mauricio Macri. La decisión implica un cambio institucional relevante en la estrategia del Estado frente a uno de los expedientes más sensibles en materia de endeudamiento externo, con impacto político, jurídico y económico, y se produce en coincidencia con la llegada de una misión del Fondo Monetario Internacional al país.

El decreto y el giro institucional en la causa del FMI

El Decreto 87/2026 deroga el artículo 1° del Decreto 239/2021, que había instruido a la Procuración del Tesoro a constituirse como querellante en la Causa N° 3561/2019, caratulada “Macri, Mauricio y otros s/ defraudación por administración fraudulenta y defraudación contra la administración pública”. En consecuencia, se ordena formalmente que el organismo abandone su intervención penal en representación del Estado Nacional.

El texto oficial fundamenta la medida en una resolución judicial dictada el 2 de febrero de 2026, mediante la cual la jueza interviniente archivó la causa, al considerar que no se cometieron los delitos denunciados. Según se detalla en los considerandos, gran parte de los cuestionamientos planteados en el expediente fueron interpretados como discrepancias con decisiones de política económica, adoptadas dentro de las facultades discrecionales del Poder Ejecutivo, y por lo tanto no susceptibles de control penal.

En ese marco, el decreto sostiene que los efectos macroeconómicos adversos derivados de dichas decisiones “no permiten reconducir, por sí solos, estas conductas al ámbito del derecho penal”, alineándose con el criterio judicial que descartó la tipificación de delitos como violación de deberes de funcionario público, abuso de autoridad, malversación de fondos públicos, administración fraudulenta y defraudación contra la administración pública.

El megacrédito, las irregularidades denunciadas y el trasfondo económico

El expediente judicial tiene su origen en el acuerdo stand by firmado con el FMI el 12 de junio de 2018, por un monto cercano a US$57.000 millones, el más grande en la historia argentina y el mayor préstamo otorgado por el propio Fondo. La decisión había sido anunciada por Mauricio Macri en cadena nacional el 8 de mayo de 2018, bajo el argumento de “evitar una gran crisis económica” y corregir desequilibrios fiscales.

Sin embargo, distintos informes oficiales posteriores —incluidos los de la Auditoría General de la Nación (AGN)— señalaron graves irregularidades administrativas y normativas. Entre ellas, se destacó que el crédito representó 127 veces la capacidad de endeudamiento de Argentina con el FMI, incrementando la vulnerabilidad externa en lugar de fortalecer la posición financiera del país. Además, se indicó que el 71% de los fondos se destinó al pago de deuda pública previa, especialmente emisiones realizadas entre 2016 y 2018, y que las comisiones y gastos reconocidos al Fondo equivalieron a más del 50% del presupuesto del CONICET en 2018.

Las denuncias también subrayaron el incumplimiento del artículo 61 de la Ley de Administración Financiera N° 24.156, la falta de dictamen del Banco Central sobre el impacto en la balanza de pagos, la ausencia de intervención del Congreso, y la no aplicación de la Resolución 108/09 que exige la aprobación por decreto de préstamos multilaterales. Asimismo, se cuestionó que el entonces ministro de Hacienda no tenía facultades suficientes para autorizar la operación, y que no se realizaron análisis de costos, riesgos ni sostenibilidad de la deuda.

Pese a ese cúmulo de observaciones, el archivo judicial de la causa y el nuevo decreto presidencial desactivan la participación penal directa del Estado, aunque el texto aclara que ello no implica renunciar a eventuales acciones civiles para el recupero de daños y perjuicios, si estos pudieran acreditarse.

Impacto político y posibles repercusiones

La publicación del decreto en un suplemento vespertino del Boletín Oficial, en lugar de esperar la edición habitual, reforzó las lecturas políticas del movimiento. La decisión beneficia directamente a Mauricio Macri, al retirar al Estado como parte activa en una causa emblemática de su gestión, en un contexto donde el expresidente se muestra distanciado políticamente de Javier Milei.

Desde el plano institucional, el Gobierno justificó la medida en la necesidad de evitar superposiciones de funciones y de priorizar el uso eficiente de los recursos públicos, remarcando que la titularidad de la acción penal corresponde al Ministerio Público Fiscal, conforme a los artículos 120 de la Constitución Nacional y 33 de la Ley 24.946. El decreto enfatiza que la Procuración del Tesoro no cuenta con áreas especializadas en litigación penal compleja, y que su intervención en ese fuero es excepcional.

En términos económicos y de señal política, el giro se produce en paralelo a la auditoría del FMI sobre la economía argentina, lo que abre interrogantes sobre el mensaje que el Gobierno busca enviar al organismo internacional respecto del pasado reciente y del tratamiento institucional del endeudamiento externo.

primera-seccion_05-02-2026_suplemento-1 by CristianMilciades

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