Ley Bases

El Gobierno reglamentó la libre exportación de hidrocarburos: elimina trabas, crea un registro único y acelera las ventas al exterior

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El Gobierno nacional dio un nuevo paso en su agenda de desregulación económica al reglamentar el régimen de libre exportación de hidrocarburos y crear un procedimiento simplificado que reemplaza buena parte de los controles administrativos vigentes desde hace casi una década. La medida, oficializada mediante la Resolución 166/2026 de la Secretaría de Energía, busca acelerar las operaciones de exportación de petróleo, combustibles y gas licuado, reduciendo la intervención estatal a situaciones vinculadas exclusivamente con la seguridad del abastecimiento interno.

La decisión se inscribe dentro del proceso de reformas impulsado por la administración de Javier Milei tras la aprobación de la Ley Bases y la modificación del régimen hidrocarburífero. El nuevo esquema reconoce que los productores tienen el dominio sobre los hidrocarburos que extraen y, por lo tanto, pueden comercializarlos y exportarlos libremente, salvo que existan razones técnicas o económicas que justifiquen una objeción por parte del Estado.

Uno de los cambios centrales es la creación del Registro de Operaciones de Exportación, que funcionará bajo la órbita de la Subsecretaría de Hidrocarburos. Allí quedarán asentadas todas las notificaciones de exportación, las eventuales objeciones oficiales y las Constancias de Libre Exportación, documento que garantizará la estabilidad jurídica de cada operación durante todo el programa de embarques.

La resolución alcanza a las exportaciones de aceites crudos de petróleo, aceites de mineral bituminoso, gasolinas —excepto las de aviación—, gasoil, propano, butano y Gas Licuado de Petróleo (GLP). Además, faculta a la Secretaría de Energía a incorporar o excluir productos del régimen según las necesidades del mercado interno.

Fin de un trámite que el Gobierno consideró burocrático

La normativa elimina uno de los requisitos más cuestionados por las empresas del sector: la obligación de demostrar previamente que el producto había sido ofrecido al mercado interno antes de obtener la autorización para exportar.

Ese mecanismo, establecido por la Resolución 241/2017, obligaba a publicar ofertas de venta para potenciales compradores locales antes de habilitar cualquier operación internacional. Según el Gobierno, la experiencia demostró que ese procedimiento no garantizaba el abastecimiento nacional y terminaba generando distorsiones incompatibles con el nuevo marco de libertad económica.

En consecuencia, también fueron derogadas las resoluciones 303/1994, 241/2017 y 175/2023, consolidando un único procedimiento para todas las exportaciones de hidrocarburos líquidos y sus derivados.

Un sistema basado en la “no objeción”

El nuevo régimen no requiere una autorización previa tradicional. En cambio, las empresas deberán notificar la operación a través de la plataforma Trámites a Distancia (TAD), mientras que la Secretaría de Energía dispondrá de un plazo determinado para formular objeciones si considera que la exportación puede afectar el abastecimiento interno o incumple alguno de los requisitos técnicos establecidos.

Para las exportaciones de petróleo crudo, gasolinas y gasoil el plazo máximo de análisis será de 30 días hábiles administrativos, mientras que para propano, butano y GLP será de 7 días hábiles.

Si transcurridos esos plazos la autoridad no se pronuncia, operará el silencio administrativo positivo. En ese caso, la empresa podrá exigir la emisión de la Constancia de Libre Exportación, documento que asegura que el derecho a exportar no podrá ser interrumpido durante toda la vigencia del programa autorizado.

Cuándo podrá intervenir el Estado

Aunque el nuevo régimen amplía significativamente la libertad comercial, la Secretaría de Energía conserva la facultad de objetar una exportación cuando existan fundamentos técnicos o económicos.

Entre las principales causales figuran la insuficiente disponibilidad de hidrocarburos para abastecer el mercado interno en condiciones razonables, la falta de acreditación de reservas o capacidad de producción para contratos de largo plazo, la presentación de información falsa o incompleta, la inexistencia de infraestructura suficiente para concretar la operación, prácticas anticompetitivas o variaciones imprevistas y significativas de los precios internos.

En caso de objeción, las empresas dispondrán de cinco días hábiles para presentar descargos o proponer alternativas, como reemplazar el volumen objetado mediante importaciones equivalentes o reducir parcialmente la exportación comprometida.

La reglamentación también incorpora un tratamiento específico para los contratos de exportación que superen los doce meses de duración. En esos casos, las empresas deberán acreditar la disponibilidad futura de producción, reservas o contratos firmes de abastecimiento que respalden los volúmenes comprometidos.

Asimismo, cuando las exportaciones requieran nuevas obras de infraestructura, los proyectos podrán articularse con el Régimen de Incentivo para Grandes Inversiones (RIGI). Si la empresa ya inició el trámite de adhesión al régimen, bastará con presentar la constancia correspondiente sin necesidad de duplicar la documentación técnica.

Un nuevo marco para atraer inversiones

La Resolución 166/2026 completa la reglamentación del nuevo esquema hidrocarburífero surgido tras las modificaciones introducidas por la Ley Bases. Para el Gobierno, el objetivo es reducir cargas burocráticas, brindar mayor previsibilidad a las exportaciones y alinear el funcionamiento del sector con principios de libre competencia, precios de mercado e integración al comercio internacional.

En términos económicos, la medida apunta a ofrecer mayor seguridad regulatoria para proyectos de largo plazo, especialmente en desarrollos vinculados con Vaca Muerta y futuras inversiones en infraestructura energética, manteniendo al mismo tiempo la posibilidad de intervención estatal únicamente cuando exista riesgo comprobado para el abastecimiento interno.

Anexo 1 Resolución 166/2026 by CristianMilciades

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Privatización de Corredores Viales: precalifican ofertas y definen quién administrará ocho corredores estratégicos

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El Ministerio de Economía dio un nuevo paso en el proceso de privatización de Corredores Viales S.A. al aprobar la primera etapa de la licitación nacional e internacional que permitirá concesionar ocho de los principales corredores viales del país. La medida habilita el avance hacia la apertura de las ofertas económicas y acerca al Gobierno a uno de los procesos de infraestructura más relevantes impulsados desde la sanción de la Ley Bases.

La Resolución 1024/2026, firmada por el ministro Luis Caputo, valida el trabajo realizado por la comisión evaluadora, precalifica a las empresas que cumplieron los requisitos técnicos y financieros y deja fuera de competencia a dos ofertas por incumplimientos en la documentación económica exigida en los pliegos.

La licitación forma parte del proceso de privatización total de Corredores Viales S.A., empresa que fue declarada “sujeta a privatización” por la Ley 27.742. El objetivo oficial es reemplazar el actual esquema estatal por concesiones privadas bajo el régimen de obra pública por peaje, transfiriendo al sector privado la construcción, mantenimiento, explotación y ampliación de la infraestructura vial.

La denominada “Red Federal de Concesiones – Etapa III” comprende ocho grandes corredores: Centro, Centro Norte, Mesopotámico, Noroeste, Litoral, Noreste, Chaco-Santa Fe y Cuyo. Se trata de rutas nacionales estratégicas para el transporte de cargas, las exportaciones agroindustriales y la conectividad entre regiones productivas.

En total participaron 22 grupos empresarios que presentaron 50 ofertas para los distintos corredores, reflejando un elevado nivel de competencia en un negocio considerado clave para el desarrollo de la infraestructura logística del país.

Entre los oferentes precalificados aparecen algunas de las principales constructoras argentinas, como José Cartellone Construcciones Civiles, Benito Roggio e Hijos, Panedile, Supercemento, CPC, José J. Chediack, Lemiro Pablo Pietroboni, Luciano Construcciones, además de diversas uniones transitorias conformadas específicamente para competir en diferentes tramos.

La resolución también confirmó la exclusión de las propuestas presentadas por la UTE integrada por Compacto S.A., Edmacar Constructora Vial S.A. y Tolcon S.A. para los tramos Centro y Cuyo. Según explicó el Ministerio de Economía, la empresa intentó incorporar documentación económico-financiera nueva durante la etapa de subsanación, algo que la comisión evaluadora consideró incompatible con las reglas del proceso licitatorio.

El Gobierno rechazó además la impugnación presentada por esa unión empresaria y dispuso la pérdida de la garantía constituida para cuestionar el dictamen de precalificación, al considerar que aceptar la nueva documentación hubiera vulnerado el principio de igualdad entre todos los participantes.

Con la etapa técnica concluida, el cronograma continúa este martes 22 de julio con la apertura de los sobres económicos a través del sistema electrónico CONTRAT.AR. Allí comenzará la definición sobre qué empresas quedarán finalmente a cargo de cada uno de los corredores concesionados.

El proceso constituye uno de los pilares de la reorganización del sistema vial nacional impulsada por el Gobierno. La administración nacional sostiene que el nuevo esquema permitirá atraer inversiones privadas para mejorar el estado de las rutas, incorporar tecnología, optimizar el mantenimiento y reducir la participación del Estado en la gestión operativa.

Sin embargo, el avance del proceso también abre interrogantes sobre el impacto que tendrá el nuevo modelo en el costo de los peajes, la continuidad de las obras y el equilibrio entre rentabilidad privada y prestación de un servicio público esencial para millones de usuarios y para el transporte de la producción argentina.

Para provincias como Misiones, Corrientes, Entre Ríos, Chaco y Santa Fe, la licitación reviste especial importancia debido a que los corredores Litoral, Mesopotámico y Noreste concentran buena parte del movimiento de cargas vinculado con las economías regionales, el comercio exterior y la actividad turística. La calidad de esas rutas incide directamente sobre los costos logísticos, la competitividad de las exportaciones y la seguridad vial.

La resolución aprobada por Economía representa, así, un paso decisivo hacia la adjudicación definitiva de las concesiones, en un proceso que redefinirá durante los próximos años quién administra una parte sustancial de la red vial nacional y bajo qué condiciones se financiarán las inversiones en infraestructura.

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Agricultura elimina ocho normas fitosanitarias históricas para simplificar el marco regulatorio del SENASA

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El Gobierno nacional profundizó el proceso de desregulación del sistema agropecuario al derogar ocho resoluciones fitosanitarias que, en algunos casos, llevaban más de tres décadas vigentes. La medida fue oficializada mediante la Resolución 114/2026 de la Secretaría de Agricultura, Ganadería y Pesca y forma parte del proceso de simplificación normativa impulsado por el Ministerio de Economía en línea con la Ley Bases.

La decisión no modifica las exigencias sanitarias actuales para productores, importadores o exportadores, sino que elimina normas que, según el diagnóstico oficial, habían perdido vigencia práctica porque fueron reemplazadas por procedimientos más modernos administrados por el Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (SENASA).

El objetivo de la medida es reducir la dispersión normativa y facilitar la identificación de las reglas efectivamente vigentes para los distintos actores de la cadena agroalimentaria. En otras palabras, el Gobierno busca que productores, empresas, despachantes y organismos de control trabajen sobre un marco regulatorio actualizado, evitando superposiciones con disposiciones que ya habían sido absorbidas por nuevas regulaciones.

Las resoluciones derogadas habían sido dictadas entre 1992 y 2013 y regulaban aspectos muy específicos del comercio agroalimentario. Entre ellas figuraban la prórroga para implementar la Autorización Fitosanitaria de Importación (AFIDI), restricciones al ingreso de bananas provenientes de países con determinadas plagas cuarentenarias, requisitos para importar maquinaria agrícola usada, normas para la importación de papa semilla y el histórico Cuaderno Fitosanitario obligatorio para productores de manzanas y peras, un sistema manual de registro que fue reemplazado hace años por herramientas digitales de trazabilidad.

También quedaron sin efecto normas relacionadas con límites de residuos de plaguicidas y exigencias sanitarias para el ingreso y tránsito de frutos de banano en provincias como Misiones y Formosa, materias que actualmente se encuentran reguladas mediante esquemas fitosanitarios más recientes y alineados con estándares internacionales.

Desde Agricultura sostienen que el régimen sanitario argentino evolucionó significativamente durante las últimas décadas. La incorporación de análisis de riesgo fitosanitario, certificaciones electrónicas, sistemas informáticos de control y mecanismos modernos de trazabilidad permitió reemplazar procedimientos que respondían a una realidad técnica y comercial muy distinta de la actual.

En ese sentido, la resolución enfatiza que mantener formalmente normas que ya no tienen aplicación efectiva genera inseguridad jurídica, incrementa la complejidad administrativa y dificulta tanto el cumplimiento por parte del sector privado como las tareas de fiscalización estatal.

Para provincias con fuerte perfil agroexportador como Misiones, la medida tiene un impacto principalmente administrativo. La derogación no implica flexibilizar controles sanitarios ni reducir estándares de calidad, sino consolidar un digesto normativo más claro para operadores vinculados al comercio de frutas, productos vegetales, maquinaria agrícola e insumos agropecuarios.

El Gobierno también aclara que la eliminación de estas normas no afecta derechos adquiridos ni invalida actuaciones administrativas realizadas durante su vigencia. Se trata, en esencia, de una depuración del ordenamiento jurídico que busca reflejar la realidad regulatoria vigente y facilitar el acceso a la normativa aplicable.

La decisión se inscribe dentro de la estrategia oficial de revisión integral del marco regulatorio nacional, que combina desregulación, digitalización de procesos y simplificación administrativa como herramientas para reducir costos de cumplimiento, mejorar la competitividad del sector agroindustrial y fortalecer la seguridad jurídica en el comercio agroalimentario.

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Intercargo: el Gobierno extiende plazos y ajusta el proceso de privatización

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El Ministerio de Economía introdujo nuevas modificaciones al proceso de privatización de Intercargo, la empresa que presta servicios de asistencia en tierra a aeronaves. La decisión posterga la presentación de ofertas hasta el 25 de junio y ajusta aspectos procedimentales de la licitación nacional e internacional con la que el Estado busca vender el 100% de su participación accionaria.

La Resolución 833/2026 incorpora la Circular Modificatoria N°4 al pliego de la licitación pública que definirá el futuro de Intercargo. Aunque los cambios no alteran la estructura de la privatización, sí modifican plazos y mecanismos administrativos con un objetivo claro: ampliar márgenes para la participación de interesados y fortalecer la seguridad jurídica del proceso antes de la adjudicación.

La nueva hoja de ruta fija como fecha límite para consultas el 17 de junio y establece que las ofertas podrán presentarse hasta el 25 de junio de 2026 a las 9:59 horas, mientras que la apertura de la primera etapa se realizará ese mismo día.

Detrás de la actualización aparece una señal relevante para el mercado: el Gobierno continúa afinando las condiciones de venta de uno de los activos más importantes incluidos en el programa de privatizaciones impulsado por la Ley Bases.

Intercargo ocupa una posición central dentro del ecosistema aerocomercial argentino. La compañía presta servicios de rampa, una actividad que incluye asistencia a aeronaves en tierra, carga y descarga de equipajes, movimiento de mercancías y diversas operaciones necesarias para el funcionamiento de vuelos comerciales.

La eficiencia de estos servicios impacta directamente sobre los costos operativos de aerolíneas, operadores logísticos, empresas exportadoras y terminales aeroportuarias.

Por esa razón, el proceso de privatización trasciende el debate patrimonial sobre la venta de una empresa estatal. Lo que está en discusión es la futura configuración de un servicio considerado crítico para la competitividad del sistema aerocomercial argentino.

Qué cambió en la licitación

Las modificaciones aprobadas por Economía buscan ordenar etapas administrativas que habían generado observaciones dentro del procedimiento.

Los principales cambios incluyen: prórroga de los plazos para consultas y presentación de ofertas. Adecuación de los tiempos de intervención de organismos de control como la Sindicatura General de la Nación (SIGEN) y la Procuración del Tesoro. Reordenamiento de los plazos posteriores a la adjudicación. Ajustes en los tiempos previstos para la firma del contrato de compraventa.

Desde la perspectiva de los potenciales inversores, la extensión de los plazos suele interpretarse como una herramienta para mejorar la calidad y cantidad de oferentes, especialmente en procesos internacionales que requieren auditorías, análisis regulatorios y evaluaciones financieras complejas.

Más tiempo para estructurar ofertas

En los procesos de privatización, los cambios de cronograma no necesariamente reflejan dificultades. Muchas veces responden a la necesidad de ampliar la competencia y garantizar que los interesados cuenten con información suficiente para formular propuestas.

El propio Ministerio de Economía fundamentó la modificación en la necesidad de mejorar, ampliar y corregir aspectos del pliego para fortalecer los principios que rigen los procedimientos de privatización.

Para los inversores estratégicos, el valor de Intercargo no depende únicamente de sus activos actuales, sino también de la evolución futura del mercado aerocomercial argentino, de la dinámica del transporte de cargas aéreas y del crecimiento proyectado de la conectividad nacional e internacional.

El transporte aéreo de cargas adquiere relevancia creciente para productos de alto valor agregado, mercancías perecederas y sectores que requieren rapidez logística para acceder a mercados externos. En el NEA, donde la distancia respecto de los principales centros de consumo y exportación constituye un factor estructural de competitividad, cualquier mejora en la eficiencia aeroportuaria puede traducirse en menores costos operativos para determinados segmentos productivos.

La discusión no pasa únicamente por la propiedad de la empresa, sino por la capacidad del sistema para ofrecer servicios más eficientes, previsibles y alineados con estándares internacionales.

Un proceso observado por el mercado

La privatización de Intercargo se convirtió en uno de los casos testigo de la estrategia oficial de transformación de empresas públicas.

A diferencia de otros activos estatales, la compañía opera en una actividad directamente vinculada al comercio exterior, al turismo y a la conectividad empresarial. Por esa razón, el resultado de la licitación será observado tanto por el sector aerocomercial como por inversores interesados en infraestructura logística.

El próximo hito será la apertura de ofertas prevista para el 25 de junio. Más allá del valor económico que finalmente alcance la operación, el indicador más relevante para el mercado será el nivel de competencia logrado en la licitación. La cantidad y calidad de los oferentes permitirá medir el interés real que despiertan los activos argentinos dentro del actual proceso de reorganización del sector público y ofrecerá señales sobre las perspectivas de inversión en infraestructura logística y transporte.

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El RIGI ya supera los US$133.000 millones en proyectos y consolida a la energía y la minería como los grandes motores de inversión

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A menos de dos años de su puesta en marcha, el Régimen de Incentivo para Grandes Inversiones (RIGI) comienza a exhibir la magnitud de la apuesta oficial para transformar la matriz exportadora argentina. Con proyectos presentados por más de US$133.000 millones, el esquema impulsado a través de la Ley Bases se convirtió en el principal vehículo para canalizar inversiones de gran escala en sectores estratégicos, particularmente energía y minería, que concentran prácticamente la totalidad de los capitales comprometidos.

Los datos relevados por la Bolsa de Comercio de Rosario muestran que más del 22% de las inversiones ya obtuvo aprobación administrativa, mientras el resto continúa atravesando distintas etapas de evaluación. El volumen involucrado coloca al régimen en el centro de la estrategia económica del Gobierno nacional, que busca acelerar el ingreso de divisas y ampliar la capacidad exportadora del país mediante proyectos intensivos en capital.

Con foco en energía y minería, el RIGI suma más de US$ 133.000 millones en proyectos presentados (aprobados y en evaluación), con provincias protagonistas como Neuquén y San Juan. Un proyecto de “Súper RIGI” busca sumar inversiones en nuevas industrias.

El Régimen de Incentivo para Grandes Inversiones (RIGI), incorporado en el marco de la Ley Bases es instrumento para canalizar inversiones de gran escala en sectores estratégicos de la economía argentina. Desde su implementación, las inversiones presentadas al régimen ya superan los US$ 133.000 millones, reflejando el interés de empresas nacionales e internacionales por participar en iniciativas vinculadas principalmente a energía, minería, infraestructura e industria. Del total relevado, más del 22% del capital solicitante ya obtuvo aprobación oficial, mientras que una porción significativa continúa en diferentes etapas de evaluación administrativa.

La composición sectorial de las inversiones muestra un marcado enfoque en actividades asociadas a la minería y energética. En conjunto, estos dos sectores explican más del 99% del monto total presentado al RIGI, consolidándose como los sectores de mayor relevancia dentro del régimen.

En particular, la energía concentra cerca del 64% del volumen de inversiones presentadas, con iniciativas por más de US$ 85.456 millones. Actualmente, el sector registra alrededor de US$ 66.353 millones bajo análisis, mientras que US$ 19.103 millones ya fueron aprobados. Por su parte, la minería lleva US$ 9.952 millones aprobados sobre un total cercano a US$ 46.000 millones. El 22% del capital aplicado al RIGI en energía ya tiene aprobación administrativa, proporción que se ubica en el 21% en el caso de la minería.

Dentro de los proyectos mineros presentados en el marco del RIGI, las iniciativas vinculadas al cobre concentran la mayor parte de las inversiones, con montos comprometidos por aproximadamente US$ 31.500 millones. Este total surge de proyectos de gran escala como El Pachón, Vicuña, Minera Agua Rica (MARA), Los Azules y San Jorge.

No obstante, gran parte de estas inversiones continúa en etapa de evaluación. Del total asociado al cobre, US$ 3.563 millones ya fueron aprobados, mientras que el litio presenta un mayor volumen de capital autorizado, con proyectos aprobados por más de US$ 4.528 millones. Por su parte, el oro y otros proyectos mineros completan el esquema minero del régimen, con inversiones aprobadas cercanas a US$ 1.861 millones.

Dentro del sector energético, los proyectos vinculados a petróleo y gas concentran la mayor parte de las inversiones comprometidas en el marco del RIGI, con montos por aproximadamente US$ 55.300 millones. Las recientes presentaciones de los proyectos LLL Oil y El Trapial por parte de YPF y Chevron apuntalaron fuertemente las solicitudes en este sector. 

Por otro lado, el GNL aparece como el segundo segmento de mayor relevancia, con inversiones aprobadas por US$ 15.156 millones. Esta inversión se concentra exclusivamente en el proyecto de licuefacción de gas natural de Southern Energy, reflejando el interés por impulsar la capacidad de licuefacción y exportación de GNL en Argentina. Asimismo, los proyectos asociados a infraestructura midstream totalizan más de US$ 11.000 millones, combinando iniciativas ya aprobadas y otras aún bajo análisis. En menor medida, también se observan inversiones vinculadas a energías renovables, petroquímicas y procesamiento de gas, completando el mapa energético de proyectos presentados al régimen.

Distribución provincial de las inversiones presentadas al RIGI

Las inversiones presentadas en el marco del RIGI tienen varios protagonistas a lo largo del país. Neuquén lidera el ranking provincial con proyectos por aproximadamente US$ 62.434 millones, equivalente a cerca del 47% del total relevado. En segundo lugar, se ubica San Juan, con US$ 25.000 millones, seguida por Rio Negro con US$ 19.588 millones, concentrando estas dos provincias el 19% y 15% de las aplicaciones al RIGI respectivamente.

En conjunto, estas tres provincias concentran alrededor de US$ 107.000 millones, superando el 80% de las inversiones presentadas relevadas bajo el régimen. La composición sectorial explica buena parte de esta concentración, dado que en dichas jurisdicciones predominan proyectos vinculados a energía y cobre, que implican elevadas necesidades de capital y con una orientación fundamental hacia la generación de exportaciones.

Por detrás aparecen Catamarca, con inversiones cercanas a US$ 9.615 millones, y Salta, con aproximadamente US$ 8.748 millones, aquí con protagonismo de proyectos de litio. El resto de las provincias reúnen en conjunto alrededor de US$ 7.700 millones, mostrando una participación significativamente menor dentro del total presentado al régimen. La distribución geográfica refleja el peso estratégico que poseen las provincias cordilleranas y patagónicas en materia de recursos naturales, infraestructura energética y proyectos exportadores de gran escala.

No debemos perder de vista que existen dos RIGIs muy relevantes para el agro argentino. Primeramente, ya se encuentra aprobada y en ejecución la Terminal Multipropósito Timbúes en Santa Fe, una nueva terminal para el Gran Rosario, el principal nodo portuario agroexportador del mundo. Asimismo, Pampa Energía espera ingresar al RIGI para construir una planta de fertilizantes en el Polo Industrial de Bahía Blanca. Con el denominado proyecto Fertil Pampa podría incrementarse la producción nacional de urea en 2,1 millones de toneladas, aproximándose a duplicar la capacidad productiva del país para este fertilizante estratégico.

En paralelo al avance de los proyectos actualmente presentados bajo el RIGI, el Gobierno nacional envió al Congreso un proyecto de ley para crear un nuevo régimen orientado a promover inversiones en actividades económicas sin desarrollo previo en el país, denominado informalmente “Súper RIGI”.

La iniciativa apunta a proyectos de gran escala, con un piso mínimo de inversión de US$ 1.000 millones, y contempla beneficios fiscales, aduaneros y cambiarios superiores a los del régimen vigente. Entre las actividades que podrían quedar alcanzadas se mencionan desarrollos de hidrógeno verde, plantas de GNL onshore, infraestructura vinculada a inteligencia artificial y data centers abastecidos con gas natural, además de iniciativas asociadas al agregado de valor de minerales críticos.

El nuevo esquema también busca incentivar industrias vinculadas a la electromovilidad, biotecnología avanzada, infraestructura digital y manufacturas tecnológicas de alto valor agregado. A nivel fiscal, el Súper RIGI aplica una tasa del 15% en el impuesto a las Ganancias. En cuanto a la amortización, este esquema permite un beneficio acelerado: se deduce un 60% durante el primer año y un 20% en cada uno de los dos años posteriores.

En el ámbito del comercio exterior, el llamado Súper RIGI elimina los derechos de exportación desde el primer momento (a diferencia del RIGI, que lo hace recién a partir del tercer año). Además, libera de aranceles a todas las importaciones que sean indispensables para arrancar el proyecto, un marco más amplio que la limitación del RIGI, que solo aplica a bienes de capital e informática.

Por su parte, se elimina progresivamente la obligación de liquidar las divisas generadas por exportaciones de productos adheridos al proyecto: será obligatorio liquidar el 80% de las divisas en el 1° año y el 60% en el 2° año. Finalmente, desde el 3° año no será obligatorio liquidar divisas por estas operaciones.

Por último, para que este nuevo régimen entre en vigencia a nivel local, los gobiernos provinciales y municipales deben adherirse bajo dos condiciones clave: limitar el cobro de Ingresos Brutos a un máximo del 0,5% y garantizar que las tasas municipales no se calculen en base al nivel de facturación.

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