Ley de Glaciares

Mendoza y una comparación necesaria

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Las bases científicas que hoy justifican el desastre ambiental llevado a cabo en Mendoza son perfectamente comparables con los argumentos pseudocientíficos que argumentaron el holocausto de la Alemania nacional socialista.

La “eugenesia” es un término que refiere a las prácticas y creencias que promueven la idea de “mejorar” la genética humana propiciando la reproducción de aquellos que posean las características “deseables” en tanto a aspecto o inteligencia y, por otro lado, evitan la multiplicación de aquellos que posean características “indeseables”. El término fue acuñado en 1883 por Francis Galton, primo hermano de Charles Darwin, quien lo definió como “la ciencia de la mejora de la raza“. En sus inicios, la eugenesia ganó popularidad entre intelectuales y políticos, especialmente a principios del siglo XX, en países como Estados Unidos, Reino Unido, Alemania y los países nórdicos. A lo largo de la historia, la eugenesia, ha sido argumento de diversas violaciones de los derechos humanos, a continuación, unos ejemplos: La colonización de América se sustentó en una eugenesia basada en la supremacía racial y religiosa, que consideraba a indígenas y africanos como razas inferiores. Promovió su eliminación, desplazamiento, mestizaje forzado y el “blanqueamiento” de la población para “mejorar” la composición humana del continente según el modelo europeo, sentando así las bases ideológicas de la eugenesia moderna. “La conquista del desierto” en Argentina, también representó la purga de indígenas de la Patagonia por orden de Sarmiento, cuyo busto se venera en las escuelas primarias de Argentina. La esclavitud tanto en estados unidos como en el resto de América, en el transcurso de los siglos XIX y XX, fue respaldada por la nueva teoría “científica” que dio en llamarse eugenesia, lo que derivó en el holocausto, el genocidio sionista sobre palestina, y otras guerras y segregación hacia todo aquello que no cumpla con el estándar de raza deseable.

Pero, qué tiene que ver esto con Mendoza?

Al igual que con la eugenesia, los argumentos que intentan respaldar la megaminería de cobre bajo los términos que establece el gobierno nacional son una farsa demasiado evidente, claro, al mismo tiempo que representa un peligro inminente para millones de personas.

El proyecto San Jorge ha causado revueltas en la población civil por el asunto del agua, pero ¿Por qué? Claro, por un lado, el proyecto megaminero de producción de cobre fino requerirá 141 Litros de agua dulce por segundo, 12,1 Millones de Litros al día, suficiente para satisfacer a 4,7 Millones de personas, el 10% del País. Por otro lado, las perforaciones de las que se obtiene agua potable en Mendoza promedian los 120m de profundidad, y como el “tajo” del PSJ (Proyecto San Jorge) trasciende los 300m, el agua potable se acidificará con residuos tóxicos. Mendoza dedica actualmente el 82% de su agua a la irrigación de cultivos, los cuales, por su alta calidad, hacen que podamos hoy enorgullecernos del prestigio de nuestros vinos y frutas provenientes de la “capital del vino”.

Pero, ¿Que importa? Lo importante es que estamos trayendo inversiones del exterior ¿No? Lo importante es que estamos creando trabajo ¿No?

El PSJ es el primer gran proyecto de Mendoza en adherirse al nuevo Régimen de Incentivo de las Grandes Inversiones (RIGI), impulsado por el gobierno de LLA. La Inversión necesaria para crear el PSJ es de 3.5 billones de pesos, con lo que se esperan lograr entre 16 y 27 años de producción de cobre en un mundo con demanda extrema de cobre debido al desarrollo tecnológico. En contraposición a Chile, de dónde se extrae gran parte del cobre de todo el mundo, nosotros tendremos una renta del 16% de las ganancias para el Estado, mientras que en Chile no baja del 45%. Y a esto se le suma que los recursos que actualmente administra el Estado no se dirigen a la educación ni a proyectos que beneficien a los trabajadores.

¿Puestos de trabajo?

A Alfredo Cornejo, gobernador de Mendoza y simpatizante político de las estrategias económicas de Javier Milei, le enorgullece anunciar la masiva cantidad de empleos que generará el PSJ: 3.900 puestos de trabajo durante la construcción del proyecto (2 a 3 años) y 2.400 puestos una vez en marcha (16 a 27 años). No hace falta aclarar que fui sarcástico cuando el número de beneficiados cabe en cuatro cifras mientras que el de afectados es de siete. Es difícil defender esta iniciativa cuando todos los números hablan de genocidio silencioso (hay cada vez más macanas y menos derechos), destrucción del medio ambiente y de regalar nuestros recursos naturales a empresas suizas.

Comparar el proyecto megaminero de San Jorge con la eugenesia de la Alemania nazi no es exagerado, ya que las consecuencias de que más proyectos como este sigan llegando al país implican que no sea solo el agua la que se nos quite en pos de un propósito que es ajeno a la población civil.

Lamentablemente lo más probable sea que las miles de personas que se manifestaron en contra del PSJ no logren cambiar nada, ya que 3.5 billones de pesos es mucho dinero y el gobierno nacional parece tener claras sus intenciones cuando invierte en “seguridad” y compra aviones F-16 en lugar de comprar aviones hidrantes para los incendios de este verano.

Hay quienes afirman que, de lograrse masividad en las protestas contra el proyecto, podría evitarse su construcción. Yo, aunque la realidad me aplaste cada vez más, “elijo creer”.

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Glaciares en debate: críticas técnicas y constitucionales a la reforma que el Senado tratará en febrero

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El proyecto del Poder Ejecutivo que modifica la Ley 26.639 de presupuestos mínimos para la protección de glaciares y del ambiente periglacial obtuvo dictamen en el Senado tras un trámite acelerado, pero enfrenta un rechazo contundente de especialistas, organizaciones ambientales y referentes científicos, que advierten sobre un debilitamiento estructural del régimen de protección ambiental, riesgos para la seguridad hídrica y mayor incertidumbre jurídica. La iniciativa será tratada en el recinto el próximo 10 de febrero.

El debate se desarrolló en una reunión conjunta de las comisiones de Ambiente y Desarrollo Sustentable y de Minería, Energía y Combustibles del Senado de la Nación, realizada en el Salón Arturo Illia del Palacio Legislativo. En apenas dos días, el oficialismo logró dictaminar el proyecto pese a las objeciones técnicas, constitucionales y ambientales planteadas durante las exposiciones. El tratamiento parlamentario, inicialmente previsto para el 26 de diciembre, fue finalmente postergado para febrero.

Cambios estructurales y cuestionamientos constitucionales

Durante el encuentro, los expositores coincidieron en que la reforma propuesta introduce modificaciones de fondo a la Ley 26.639, sancionada hace 15 años, al alterar el esquema de presupuestos mínimos de protección ambiental previsto en la Constitución Nacional. Según advirtieron, la iniciativa reduce el alcance del régimen nacional y fragmenta los criterios de protección de bienes comunes estratégicos como el agua.

Andrés Nápoli, director ejecutivo de la Fundación Ambiente y Recursos Naturales (FARN), sostuvo que el proyecto “reduce el área de protección glaciar —que actualmente alcanza apenas el 0,21% del territorio nacional— con el objetivo de habilitar proyectos de megaminería de alta montaña hoy expresamente prohibidos”. Además, remarcó que la iniciativa transfiere a las provincias la facultad de definir qué glaciares deben ser protegidos, lo que “desmantela el esquema de protección ambiental uniforme y común para todo el país”.

En la misma línea, Enrique Viale, presidente de la Asociación Argentina de Abogados Ambientalistas, afirmó que la reforma “tira por la borda la arquitectura constitucional de las leyes de presupuestos mínimos” y alertó sobre el precedente que podría sentar para otras normas ambientales vigentes. “¿Qué va a pasar después? ¿Vienen por los bosques, por los ríos, por la Ley General del Ambiente?”, planteó.

Ciencia, crisis climática y falta de participación

Desde el ámbito científico, las críticas se centraron en la ausencia de consultas previas y en la celeridad del tratamiento legislativo. Manuel Jaramillo, director ejecutivo de Fundación Vida Silvestre Argentina, calificó como “inadmisible” que el proyecto no haya sido consultado con el Instituto Argentino de Nivología, Glaciología y Ciencias Ambientales (IANIGLA), organismo de referencia establecido por la propia ley vigente para la elaboración del Inventario Nacional de Glaciares.

Pablo E. Villagra, director del IANIGLA, recordó que el Inventario Nacional de Glaciares fue concluido en 2018, recibió reconocimiento de la comunidad glaciológica internacional y no presenta errores significativos, además de encontrarse actualmente en proceso de actualización.

Agostina Rossi, de Greenpeace Argentina, advirtió que “cuando el riesgo aumenta, las normas se fortalecen, no se debilitan”, y sostuvo que la distinción entre glaciares “útiles” y “no útiles” carece de sustento científico. “Los glaciares y el ambiente periglacial no son obstáculos: son aliados para enfrentar la crisis climática”, afirmó.

Las organizaciones también cuestionaron la escasa participación pública y el carácter exprés del proceso legislativo, señalando que la iniciativa no replica el nivel de debate y consenso que acompañó la sanción original de la ley.

Minería, inversiones y licencia social

Desde el sector empresario minero, la Cámara Argentina de Empresarios Mineros (CAEM) y la Cámara Argentina de Proveedores Mineros (CAPMIN) plantearon que la ley vigente presenta imperfecciones que generan incertidumbre normativa y que la reforma busca adecuar el marco regulatorio del sector. Alfredo Vitaller, por CAEM, sostuvo que acompañan la protección de los glaciares “en tanto cumplan su función como reserva de agua”.

Sin embargo, desde las organizaciones ambientales y científicas se advirtió que la reforma no generará mayor seguridad jurídica ni atraerá inversiones de largo plazo. Hernán Casañas, director ejecutivo de Aves Argentinas, afirmó que “las empresas serias buscan certidumbres y estándares ambientales altos” y que “los flujos de inversión más importantes van a los países con mayor protección ambiental”. En ese sentido, remarcó que flexibilizar la ley “profundizará la incertidumbre normativa y debilitará la licencia social para operar”.

Durante la jornada también expusieron los gobernadores de San Juan y Catamarca, quienes defendieron la necesidad de compatibilizar la protección ambiental con el desarrollo minero. El gobernador de Catamarca destacó que la actividad genera cerca de 3.000 empleos directos y un efecto multiplicador de aproximadamente 5.000 puestos adicionales, subrayando su impacto en la economía local y en la diversificación productiva.

Un debate abierto con impacto institucional

Con dictamen favorable, el proyecto será tratado en el recinto del Senado el próximo 10 de febrero, tras un nuevo llamado a sesiones extraordinarias. Las organizaciones ambientales, científicas y sociales reiteraron su pedido para que no se avance con una reforma que, según sostienen, reduce los niveles de protección ambiental, vulnera la Constitución Nacional y pone en riesgo la seguridad hídrica en un contexto de crisis climática.

“La Ley de Glaciares es clara, constitucional y vigente: debe cumplirse, no vaciarse”, enfatizaron los expositores, al tiempo que reclamaron un debate más amplio, con base científica y participación efectiva, antes de modificar uno de los pilares del régimen ambiental argentino.

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Milei busca modificar la Ley de Glaciares para reducir discrecionalidad y fortalecer el rol de las provincias

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El presidente Javier Milei envió al Honorable Congreso de la Nación un proyecto de reforma de la Ley de Presupuestos Mínimos para la Protección de Glaciares (Ley 26.639) con el objetivo de “ordenar el marco normativo vigente”, evitar interpretaciones arbitrarias y consolidar un esquema de federalismo ambiental compatible con la Constitución Nacional. El anuncio fue realizado este 15 de diciembre de 2025 a través de un comunicado oficial de la Oficina del Presidente y abre un debate de fuerte impacto económico, político e institucional, en particular sobre inversiones productivas, competencias provinciales y protección ambiental.

Una ley cuestionada por su aplicación y un intento de ordenar el marco normativo

A más de 15 años de su sanción, la denominada Ley de Glaciares es señalada por el Poder Ejecutivo como una norma que “ha demostrado graves falencias interpretativas”, que derivaron en inseguridad jurídica, paralización de inversiones productivas y afectación del legítimo ejercicio de las competencias provinciales sobre los recursos naturales.

Según el comunicado oficial, la iniciativa enviada al Congreso propone “reglas claras”: protege los glaciares que cumplen una función hídrica efectiva, fortalece los estándares ambientales vigentes y elimina la discrecionalidad que, “bajo pretextos ideológicos”, habría obstaculizado el desarrollo económico del país. El planteo del Gobierno apunta a reducir la incertidumbre regulatoria que, en la práctica, impactó sobre proyectos productivos en distintas regiones.

Federalismo ambiental, provincias y artículo 41 de la Constitución

El proyecto reafirma el mandato constitucional del artículo 41, que establece la obligación de proteger el ambiente sin impedir el desarrollo humano, y del artículo 124, que reconoce a las provincias el dominio originario de los recursos naturales existentes en su territorio. En esa línea, la reforma busca fortalecer el rol de las autoridades provinciales en la evaluación de impacto ambiental, reconociendo su capacidad técnica y científica.

Además, el texto oficial destaca la necesidad de una articulación eficiente con el Inventario Nacional de Glaciares, con el fin de contar con información “precisa, actualizada y útil para la toma de decisiones”. Desde la Casa Rosada se presenta esta estrategia como una “verdadera reforma de federalismo ambiental”, orientada a compatibilizar protección ambiental, seguridad jurídica y desarrollo productivo.

Impacto político y económico: inversiones, provincias y sectores productivos

La iniciativa se inscribe en la hoja de ruta del Gobierno desde el primer día de gestión: terminar con la “parálisis regulatoria”, ordenar el Estado, respetar la Constitución y liberar las fuerzas productivas. En el plano político, el proyecto se vincula también con los compromisos asumidos en el Pacto de Mayo y con reclamos históricos de provincias integrantes de la Mesa del Litio —Catamarca, Jujuy y Salta— y de la Mesa del Cobre —Mendoza y San Juan—, donde la aplicación de la Ley de Glaciares fue un factor central en las discusiones sobre inversiones mineras.

Desde el Ejecutivo anticipan que el debate legislativo deberá garantizar la correcta participación ciudadana y sostienen que la reforma representa “un paso decisivo para poner a la Argentina de pie”, con reglas claras, federalismo real, desarrollo productivo y crecimiento económico, sin abandonar los estándares de protección ambiental.

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Glaciares, minería y federalismo, los cambios clave que impulsa el Gobierno en la ley ambiental

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El Gobierno nacional avanza con un proyecto de adecuación de la Ley de Glaciares N° 26.639 que redefine el alcance del ambiente periglacial, introduce criterios técnicos más precisos y refuerza las competencias provinciales en materia ambiental. La iniciativa, a la que accedió Energy Report, propone un giro regulatorio de alto impacto económico e institucional: pasar de un esquema de prohibiciones amplias y definiciones imprecisas a un régimen basado en evaluaciones ambientales rigurosas, seguridad jurídica y federalismo ambiental, con especial incidencia en proyectos mineros y energéticos en la cordillera.

Un cambio de enfoque en la protección ambiental y el federalismo

El proyecto de adecuación de la Ley de Glaciares, aún en etapa de discusión y previo a su ingreso al Congreso, busca ordenar el marco regulatorio vigente sin alterar el carácter de los glaciares como bienes públicos ni su función estratégica como reservas hídricas. La propuesta se apoya en el principio de utilización racional de los recursos naturales consagrado en la Constitución Nacional y explicita la necesidad de compatibilizar la preservación ambiental con el desarrollo productivo.

Según el texto, el nuevo objeto de la ley mantiene la protección de glaciares y del ambiente periglacial, pero aclara que dicha protección debe interpretarse de manera armónica con el artículo 41 de la Constitución Nacional y con el dominio originario de las provincias sobre los recursos naturales establecido en el artículo 124. De este modo, se introduce un criterio de equilibrio entre preservación y uso racional, atendiendo a las necesidades presentes sin comprometer las de las generaciones futuras.

El proyecto, calificado como “confidencial” y que será remitido al Congreso por el Poder Ejecutivo conforme al Decreto 865/25 del presidente Javier Milei, cuenta con consenso político para su envío, aunque fuentes oficiales no descartan ajustes menores antes de su tratamiento parlamentario. Por la intensidad de la agenda legislativa prevista entre el 10 y el 30 de diciembre, el debate podría postergarse hasta febrero.

Inventario de Glaciares, principio precautorio y evaluaciones ambientales

Uno de los ejes centrales de la adecuación es la redefinición del Inventario Nacional de Glaciares. La nueva redacción limita su alcance a glaciares y geoformas periglaciales que cumplan funciones hídricas estratégicas, ya sea como reservas de agua o como proveedores para la recarga de cuencas hidrográficas. El inventario se mantiene como herramienta de consulta obligatoria, pero sin menoscabar las atribuciones de las autoridades competentes, un punto clave para la gestión provincial.

El proyecto incorpora además el artículo 3° bis, que introduce expresamente el principio precautorio. En ese marco, todas las geoformas incluidas en el inventario se consideran protegidas hasta que la autoridad ambiental competente verifique que no cumplen funciones hídricas. Una vez constatada la inexistencia de dichas funciones, esas geoformas dejan de estar alcanzadas por la Ley de Glaciares, aunque continúan bajo el amparo general de la Ley General del Ambiente. Esta disposición apunta a corregir uno de los principales cuestionamientos a la normativa vigente: la protección automática y permanente de geoformas sin función hídrica comprobada.

En cuanto a la actualización del inventario, el artículo 5° mantiene al IANIGLA como organismo responsable del relevamiento y monitoreo, pero refuerza el rol de las provincias, que podrán informar la existencia de nuevos glaciares o la pérdida de funciones hídricas de aquellos ya inventariados. Un punto de alto impacto jurídico establece que la omisión del IANIGLA en actualizar el inventario no invalida las autorizaciones otorgadas por la autoridad ambiental provincial competente, despejando una de las mayores fuentes de inseguridad jurídica del régimen actual.

Prohibiciones, competencias y respaldo político de las provincias

El artículo 6° conserva la prohibición de actividades que alteren de modo relevante la condición natural o las funciones de glaciares y ambientes periglaciales con función hídrica comprobada. Continúan expresamente vedadas actividades como la minería y los hidrocarburos en esos casos, pero la novedad es que la determinación de qué constituye una “alteración relevante” queda sujeta a la evaluación de impacto ambiental realizada por la autoridad competente de cada jurisdicción, reemplazando la prohibición genérica por un análisis técnico caso por caso.

El artículo 7° refuerza este enfoque al exigir evaluación de impacto ambiental previa para todas las actividades proyectadas y, cuando corresponda, evaluación ambiental estratégica, además de consolidar la participación ciudadana conforme a la Ley General del Ambiente. Se mantienen las excepciones para actividades científicas, deportivas no motorizadas y acciones de emergencia.

Finalmente, el artículo 8° redefine el esquema de autoridades competentes: cada jurisdicción determinará su autoridad ambiental y, en áreas protegidas nacionales, intervendrá la Administración de Parques Nacionales. Se asigna expresamente a las provincias la identificación de los glaciares y ambientes periglaciales que cumplen funciones hídricas, reforzando el federalismo ambiental.

El proyecto cuenta con respaldo político de gobernadores de provincias cordilleranas, que enviaron una carta al presidente Javier Milei en nombre de la Mesa del Litio (Jujuy, Salta y Catamarca) y la Mesa del Cobre (Jujuy, Salta, Catamarca, Mendoza y San Juan). En la misiva, firmada por los gobernadores de San Juan, Marcelo Orrego, y de Catamarca, Raúl Jalil, advierten que la aplicación actual de la ley generó incertidumbre regulatoria, paralización de inversiones y conflictos de competencia. “Termina por obstaculizar su finalidad última: promover el desarrollo sostenible de nuestras provincias y de la Nación, sin comprometer a las generaciones futuras”, señalaron.

En conjunto, la adecuación de la Ley de Glaciares propone un cambio de paradigma regulatorio. El debate en el Congreso será determinante para definir si la Argentina logra compatibilizar protección ambiental efectiva, respeto por las autonomías provinciales y desarrollo productivo en una de las normas más sensibles del entramado regulatorio nacional.

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Milei convocó a extraordinarias: Presupuesto 2026 y reformas clave definirán el cierre del año político

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El Presidente Javier Milei convocó al Congreso a sesiones extraordinarias con un temario económico y penal de alto voltaje institucional

Milei oficializó la convocatoria a sesiones extraordinarias entre el 10 y el 30 de diciembre de 2025, con un temario focalizado en reformas estructurales: Presupuesto 2026, Inocencia Fiscal, Compromiso para la Estabilidad Fiscal y Monetaria, Modernización Laboral, Reforma del Código Penal y adecuación de la Ley de Glaciares. El paquete se formalizó mediante el Decreto 865/2025, publicado el 9 de diciembre de 2025, y coloca al Congreso frente a un cierre de año dominado por debates clave para el ordenamiento macroeconómico y el rediseño del régimen penal y ambiental del país.

Un temario económico y penal para cerrar el año legislativo

El Decreto 865/2025, firmado por el Presidente y el Jefe de Gabinete Manuel Adorni, establece en su Artículo 1° la convocatoria a sesiones extraordinarias del 10 al 30 de diciembre de 2025.

El Artículo 2° incorpora el Anexo I (IF-2025-135305231-APN-JGM), donde se enumeran los seis asuntos que integran el temario:

  1. Proyecto de Ley de Presupuesto General de la Administración Nacional para 2026 (Msje. JGM 104/25, Exp. 14-JGM-2025).
  2. Proyecto de Ley de Inocencia Fiscal (Msje. 14/25, Exp. 3-PE-2025).
  3. Proyecto de Ley de Compromiso Nacional para la Estabilidad Fiscal y Monetaria (Msje. 29/25, Exp. 11-PE-2025).
  4. Proyecto de Ley de Modernización Laboral (a ser enviado por el Poder Ejecutivo).
  5. Proyecto de Ley de Reforma del Código Penal (a ser enviado por el Poder Ejecutivo).
  6. Proyecto de adecuación del Régimen de Presupuestos Mínimos de Glaciares – Ley Nº 26.639 (a ser enviado por el Ejecutivo).

El texto se ampara en los artículos 63 y 99 inciso 9 de la Constitución Nacional, que habilitan al Presidente a convocar al Congreso fuera del período ordinario y a fijar la agenda temática.

Un Congreso presionado a definir las anclas de 2026

La inclusión del Presupuesto 2026 como primer punto deja en claro la urgencia del Ejecutivo en asegurar el marco fiscal para el próximo año, en un escenario donde el ordenamiento de cuentas públicas es central para la estrategia económica oficial.

El paquete se completa con dos iniciativas fiscales. Inocencia Fiscal: un proyecto ya ingresado a Diputados, orientado a modificar o establecer reglas sobre el accionar del contribuyente. Compromiso Nacional para la Estabilidad Fiscal y Monetaria: también en trámite legislativo.

La convocatoria incorpora además tres proyectos aún no remitidos, lo que sugiere negociaciones en curso: una Modernización Laboral, clave en los planteos del Gobierno sobre competitividad. Una Reforma del Código Penal, cuyo alcance no fue detallado. La adecuación de la Ley 26.639 de Glaciares, un tema ambiental sensible en la agenda política federal.

El decreto fue registrado con fecha 5 de diciembre de 2025 y publicado el 9 de diciembre, según el cierre del Boletín Oficial.

Escenarios legislativos y tensiones posibles

La amplitud y profundidad del temario anticipan un diciembre de negociaciones densas entre bloques, gobernadores y el Poder Ejecutivo. La presencia de iniciativas fiscales, penales, laborales y ambientales, todas de alto impacto, perfila un cierre de año legislativo con potenciales tensiones entre oficialismo, oposiciones y actores sectoriales.

En particular: El Presupuesto 2026 marcará la hoja de ruta económica del próximo año. La Modernización Laboral podría activar resistencias sindicales. La Reforma Penal y la adecuación de la Ley de Glaciares impactarán en provincias, organizaciones ambientales y el sistema de justicia.

La convocatoria a extraordinarias se convierte así en un test político para medir la capacidad del Gobierno de avanzar con reformas estructurales en un Congreso que será la arena principal de disputa institucional en el cierre de 2025.

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