LEY DE GONDOLAS

Cómo es el reglamento de las inspecciones para hacer cumplir la Ley de Góndolas

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El Boletín Oficial publicó la resolución de la Secretaría de Comercio Interior que establece las condiciones que deben cumplir los supermercados al exhibir sus productos.

La Secretaría de Comercio Interior del Ministerio de Desarrollo Productivo estableció el reglamento para realizar las inspecciones para el seguimiento y control de cumplimiento de la Ley de Góndolas, y otras condiciones que tendrán que cumplir las cadenas de supermercados.

Así lo hizo a través de la Resolución 190/2021 publicada este viernes en el Boletín Oficial, en la que la Secretaría recordó que la Ley de Góndolas “tiene como objetivo brindar a las y los consumidores una mayor oferta en las grandes cadenas de supermercados y posibilitar un trato equitativo con las micro y pequeñas empresas, cooperativas y emprendimientos de la agricultura familiar”.

En este sentido, el reglamento de inspecciones detallado en la resolución establece que los inspectores que realicen los controles deberán utilizar cintas métricas aprobadas por el Área de Metrología Legal de la Secretaría, y estipula que la comunicación de todo lo concerniente a la ley será por vía remota mediante el Sistema de Trámites a Distancia (TAD).

Además, determina que los productos deben estar agrupados en las góndolas de conformidad con las 65 categorías previamente fijadas por Comercio Interior.

Esto permitirá, por un lado, que el consumidor pueda comparar fácilmente los productos, y por el otro, facilitará las inspecciones y así controlar el cumplimiento de la ley.

Por otra parte, la resolución establece que las cadenas de supermercados alcanzadas deberán remitir dentro de los próximos 30 días hábiles una declaración jurada que contenga el plano con la disposición de los productos, la indicación de todos los bienes que están dados de alta para la venta, agrupados por categoría, y con indicación de su empresa proveedora.

En caso de no contar al menos con cinco oferentes distintos por cada categoría, deberán informar el por qué.

Respecto de los inspectores, deberán acreditarse y presentarse en los locales de venta durante el horario de atención al público, y el responsable del establecimiento deberá facilitarles el acceso a todas las áreas de exhibición que existan para controlar el cumplimiento de la ley.

La Ley de Góndolas fija que se deberá contar con al menos cinco proveedores distintos por cada categoría de productos y que ninguno supere el 30% del espacio de exhibición en góndolas; que por cada categoría exista al menos un 25% de espacio de exhibición en góndolas para micro y pequeñas empresas.

También, determina que por cada categoría exista al menos un 5% de espacio de exhibición en góndolas para empresas de agricultura familiar, campesina, indígena y sectores de la economía popular.

Además, prescribe que los productos de menor precio de cada categoría deberán exhibirse a una altura media para una rápida identificación por los consumidores; en tanto, en los exhibidores que están al lado de las cajas del supermercado, la mitad del espacio de exhibición para la venta tiene que destinarse a micro y pequeñas empresas, mutuales y cooperativas.

Inicialmente, Comercio Interior realizará un monitoreo de la implementación de la norma formulando las advertencias correspondientes a las cadenas de supermercados obligadas; luego, si la situación lo amerita, se podrán aplicar sanciones.

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El Gobierno reglamentó la Ley de Góndolas

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Casi 20 días después de sancionada por el Congreso de la Nación, este martes (17/3) el gobierno nacional promulgó la Ley de Góndolas, en momentos en que se denuncian subas de precios en alimentos y productos utilizados para la higiene para prevenir el coronavirus.

Después de haber sido sancionada por el Congreso de la Nación el 28 de febrero pasado, recién este martes (17/3) el gobierno nacional reglamentó la Ley de Góndolas que busca ordenar la presentación de los productos en los supermercados a fin de promover la competencia y beneficiar a los consumidores.

La novedad ocurre cuando se ha desatado la pandemia por el coronavirus y aumentó la demanda de productos para prevenir contagios como desinfectantes, alcohol en gel, lavandinas, etc.

Pero, también, hubo un aumento en la compra de otros productos y de alimentos de parte de quienes deben afrontar el aislamiento.

De acuerdo con el decreto 268/2020 publicado en el Boletín Oficial, se puso en vigencia la normativa que “tiene por objetivo contribuir a que el precio de los productos alimenticios, bebidas, de higiene y limpieza del hogar sea transparente y competitivo, en beneficio de los consumidores”.

También, “mantener la armonía y el equilibrio entre los operadores económicos alcanzados por la ley, con la finalidad de evitar que realicen prácticas comerciales que perjudiquen o impliquen un riesgo para la competencia u ocasionen distorsiones en el mercado“.

Para ello propone ampliar la oferta de productos artesanales y regionales nacionales producidos por las micro, pequeñas y medianas empresas (mipymes) y proteger su actuación.

También postula fomentar a través de un régimen especial, la oferta de productos del sector de la agricultura familiar, campesina e indígena, y los productos generados a partir de cooperativas y asociaciones mutuales.

La ley será aplicable exclusivamente respecto de la comercialización de alimentos, bebidas, productos de higiene personal y artículos de limpieza del hogar.

Pero la aplicación no será inmediata. La autoridad tiene 90 días para confeccionar el listado de las distintas categorías de productos alcanzados, y arbitrará los medios para su publicidad a la población en general.

La normativa estableció que queda prohibido generar una exclusión anticompetitiva de proveedores por el alquiler de espacios en góndolas o locaciones virtuales, o sitios preferenciales en ellos.

Precisó que en especial será considerada una exclusión anticompetitiva el pago de cánones o comisiones impuestas, que por sus características o magnitud obliguen al proveedor a optar por un solo canal de distribución.

En góndolas y locaciones virtuales la exhibición de productos de un proveedor o grupo empresario no podrá superar el 30% del espacio disponible que comparte con productos de similares características.

La participación deberá involucrar a no menos de cinco proveedores o grupos empresarios.

Asimismo, deberá garantizarse un 25% del espacio disponible para productos de similares características y diferente marca, para la exhibición de productos producidos por micro y pequeñas empresas nacionales inscriptas en el Registro de Mipymes o en el Registro Nacional de Agricultura Familiar (Renaf) y producidos por cooperativas y asociaciones mutuales.

Además, se dispondrá de un 5% adicional para productos originados por la agricultura familiar, campesina o indígena, y los sectores de la economía popular.

En góndolas los productos de menor precio conforme la unidad de medida deberán encontrarse a una altura equidistante entre el primero y último estante.

En locaciones virtuales, deberá garantizarse que los productos de menor precio conforme la unidad de medida se publiquen en la primera visualización de productos de la categoría en cuestión.

En las islas de exhibición y exhibidores contiguos a las cajas se deberán presentar en un 50% del espacio productos elaborados por mipymes o producidos por cooperativas y asociaciones mutuales.

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El Senado sancionó la Ley de Góndolas con el apoyo de la oposición

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El proyecto fue aprobado con 56 votos afirmativos y cuatro abstenciones. Fue la última sesión extraordinaria del año.

El Senado sancionó, con el apoyo de la oposición, el proyecto de Ley de Góndolas, que busca ordenar la distribución de los productos en los supermercados y favorecer a las pymes y a las economías regionales, en el marco de la política gubernamental para combatir las subas de los precios de los alimentos.

La senadora del Frente de Todos, Ana Almirón, que preside la comisión de Legislación General y fue la encargada de exponer los argumentos en favor de la iniciativa, destacó la necesidad de sancionar la ley en “un momento muy complejo del país en el que está en juego la pobreza y el hambre”.

“Es una deuda pendiente, en un momento complejo donde el precio de los alimentos tiene impacto en la economía de las familias”, sostuvo la legisladora por Corrientes en representación del oficialismo.

Almirón también cuestionó la posición del sector empresarial “que se aprovechan, dijo, del hambre de los argentinos”, con decisiones que impactan en la suba de precios.

Argumentos de la oposición
Desde la oposición, el interbloque de Cambiemos objetó la iniciativa al calificarla de “inocua” y advirtió que ya existen “herramientas” como las leyes de defensa de la competencia y de defensa del consumidor que sirven para controlar la suba de precios, pero que “lamentablemente no se aplican”.

Ernesto Martínez, senador de Cambiemos por Córdoba, dijo que la ley “es puro eslogan y marketing” y afirmó que la norma “no sirve absolutamente para nada”, mientras que su par, Esteban Bullrich, adelantó que se abstendría de votar a favor y sostuvo que “la mejor manera” de solucionar el problema “es bajando impuestos” como el IVA.

El senador Alberto Weretilnek, de Juntos Somos Río Negro, adelantó el apoyo a la normativa pero también la cuestionó, al entender que “no va a garantizar una mejora en el precio de los productos” ya que “es una ley “que se queda por la mitad”.

“Abunda en lo que ya tenemos, pero va a generar innumerables conflictos en la aplicación”, declaró en alusión a las críticas de los supermercadistas sobre las dificultades de la puesta en marcha de la medida en las góndolas de los supermercados.

El proyecto

La ley, que deberá implementarse en un plazo de 60 días, alcanzaría a trece empresas que facturan $1.700 millones al año y comprenden el 26 por ciento de la cadena comercial del país.

Los almacenes, autoservicios chinos y kioscos -canales de venta que concentran alrededor de 70 por ciento de las ventas minoristas-, quedarán excluidos, establece la normativa.

La ley comprende a los supermercados e hipermercados que cuenten con más de 50 bocas de expendio en todo el país.

El proyecto establece que las cadenas comerciales podrán otorgar a un grupo empresario o proveedor el 30 por ciento de una góndola, que deberá compartir con al menos otros cinco proveedores.

También determina que se le deberá brindar 25 por ciento a los productos de las pymes y un 5 por ciento a los de la agricultura familiar.

Además, se establece que en las islas de exhibición y anaqueles contiguos a las cajas –que configuran los sectores más codiciados– se deberán presentar en un 50 por ciento del espacio productos elaborados por micro y pequeñas empresas nacionales, o por cooperativas y mutuales.

El objetivo de la normativa es fomentar la competencia, permitir el ingreso de nuevas marcas y lograr una diversidad y baja de precios en beneficio del consumidor, explicaron fuentes parlamentarias y oficiales.


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