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El Gobierno prorrogó la continuidad de Ferrovías en la Línea Belgrano Norte

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La Secretaría de Transporte del Ministerio de Economía dispuso extender hasta el 30 de junio de 2027 la continuidad en la explotación de los Servicios Ferroviarios de Pasajeros de la Línea Belgrano Norte a cargo de Ferrovías Sociedad Anónima Concesionaria, o hasta tanto se adjudiquen los servicios en el marco de la licitación pública vigente, lo que ocurra primero. La decisión quedó formalizada mediante la Resolución 90/2025, firmada el 22 de diciembre de 2025 y publicada en el Boletín Oficial el 29 de diciembre, y apunta a garantizar la regularidad, continuidad, obligatoriedad e igualdad del servicio en un contexto de transición institucional del sistema ferroviario.

La medida se inscribe en el proceso de reordenamiento ferroviario definido por la Ley 27.132, en un escenario atravesado por la emergencia pública ferroviaria y por la redefinición del esquema concesional de las líneas metropolitanas bajo jurisdicción nacional.


Un contrato histórico, prórrogas sucesivas y un nuevo marco ferroviario

La concesión de la Línea Belgrano Norte fue aprobada originalmente por el Decreto 430/1994, mediante el cual el entonces Ministerio de Economía y Obras y Servicios Públicos suscribió el contrato con Ferrovías Sociedad Anónima Concesionaria. Posteriormente, el acuerdo fue modificado por el Decreto 1417/1999 y complementado por un acta acuerdo aprobada por el Decreto 167/2001.

El plazo contractual se fijó en 24 años desde la toma de posesión, con posibilidad de prórrogas sucesivas de 10 años. Sin embargo, la sanción de la Ley 26.352 y, posteriormente, de la Ley 27.132, modificó sustancialmente el esquema ferroviario argentino. Esta última declaró de interés público nacional la reactivación de los ferrocarriles de pasajeros y cargas y estableció principios rectores como la administración estatal de la infraestructura, la participación pública y privada en la operación y la protección de los derechos de los usuarios.

En ese marco, la Resolución 1339/2017 del entonces Ministerio de Transporte rechazó la prórroga contractual solicitada por Ferrovías y dispuso la continuidad transitoria del servicio por 18 meses, conforme lo previsto en el artículo 19 del contrato de concesión. Ese plazo fue extendido en reiteradas oportunidades por las resoluciones 359/2019, 77/2020, 188/2023 y 999/2024 del Ministerio de Economía. La última extensión previa había sido otorgada por 60 días, mediante la Resolución 63/2025 de la Secretaría de Transporte.

Licitación en curso y suspensión de la adecuación contractual

En paralelo, el Estado Nacional avanzó con un proceso de licitación integral. A través del Decreto 423/2019, se llamó a Licitación Pública Nacional e Internacional para otorgar la concesión de las líneas General Urquiza y Belgrano Norte, proceso que fue reformulado por el Decreto 170/2023, que migró de un modelo de concesión integral a uno centrado en operación y mantenimiento.

La Resolución 90/2025 detalla que Ferrovías solicitó una prórroga del plazo establecido por la Resolución 999/2024 con el objetivo de concluir y elevar una propuesta de adecuación contractual, en los términos del artículo 3° de la Ley 27.132 y del Decreto 1027/2018, modificado por el Decreto 478/2025, que delega en la Secretaría de Transporte la facultad de revisar los contratos vigentes, incluyendo eventuales extensiones de hasta 10 años.

La empresa presentó formalmente su propuesta el 28 de octubre de 2025, pero tras el análisis técnico y jurídico correspondiente, la Secretaría de Transporte resolvió no avanzar en esta instancia con la adecuación contractual, priorizando la consistencia con el marco normativo vigente y la continuidad de los procesos licitatorios en curso.

Por ese motivo, el Gobierno optó por extender administrativamente la continuidad operativa hasta el 30 de junio de 2027, o hasta la adjudicación de la licitación, lo que ocurra primero.

Impacto institucional y reglas de salida para el concesionario

La resolución establece además que, si la adjudicación del proceso licitatorio se produce antes del vencimiento del plazo, la prestación a cargo de Ferrovías finalizará con la toma de posesión del nuevo concesionario, “sin derecho a reclamo alguno por este concepto”, debiendo la empresa colaborar y facilitar el cambio de operador del servicio. Esta cláusula fija con claridad las condiciones de transición y reduce la incertidumbre jurídica en la etapa final de la concesión.

La medida se dicta en un contexto de emergencia pública ferroviaria, declarada por el DNU 525/2024 y reglamentada por el Decreto 526/2024, que abarca tanto la infraestructura como la operación de los servicios ferroviarios de pasajeros y cargas. No obstante, la resolución aclara que dicha emergencia no altera los efectos de los contratos de concesión vigentes ni subroga las obligaciones y responsabilidades de los operadores privados.

Desde el punto de vista institucional, la decisión refuerza el rol de la Secretaría de Transporte como autoridad delegada para administrar la transición del sistema ferroviario, con intervención de la Comisión Nacional de Regulación del Transporte (CNRT) y de la Administración de Infraestructuras Ferroviarias Sociedad Anónima (ADIF).

Continuidad del servicio y definición pendiente

La extensión hasta 2027 garantiza previsibilidad operativa para la Línea Belgrano Norte, uno de los corredores ferroviarios metropolitanos más relevantes, pero también pone de relieve la demora en la definición del esquema concesional definitivo. Mientras se completa el proceso licitatorio iniciado en 2019 y reformulado en 2023, el Estado prioriza asegurar la continuidad del servicio público bajo un régimen transitorio.

La resolución, firmada por el secretario de Transporte, Luis Octavio Pierrini, entra en vigencia a partir de su suscripción y se suma a una serie de decisiones que delinean la hoja de ruta del Gobierno en materia de política ferroviaria y reorganización del transporte público.

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Extienden hasta 2027 la operación de la Línea Urquiza mientras sigue la licitación

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La Secretaría de Transporte del Ministerio de Economía resolvió extender hasta el 30 de junio de 2027 el plazo de continuidad en la explotación de los Servicios Ferroviarios de Pasajeros de la Línea Urquiza a cargo de Metrovías Sociedad Anónima, o hasta tanto se adjudiquen los servicios en el marco de la licitación pública vigente, lo que ocurra primero. La decisión fue formalizada mediante la Resolución 91/2025, firmada el 22 de diciembre de 2025 y publicada en el Boletín Oficial el 29 de diciembre, y busca garantizar la regularidad, continuidad y obligatoriedad del servicio mientras el Estado define el esquema definitivo de concesión.

La medida tiene impacto directo en la gobernanza del sistema ferroviario metropolitano, en un contexto de emergencia pública ferroviaria, procesos licitatorios inconclusos y revisión integral de los contratos heredados bajo el marco normativo de la Ley 27.132.

Un contrato vencido, extensiones sucesivas y un marco legal en revisión

El servicio de la Línea General Urquiza se encuentra concesionado desde 1993, cuando el entonces Ministerio de Economía y Obras y Servicios Públicos aprobó el contrato con Metrovías S.A. mediante el Decreto 2608/1993, luego modificado por el Decreto 393/1999. El plazo original fue de 24 años, con posibilidad de prórrogas sucesivas de 10 años.

Sin embargo, el proceso de reordenamiento ferroviario iniciado por la Ley 26.352 y profundizado por la Ley 27.132, que declaró de interés público nacional la reactivación ferroviaria, modificó sustancialmente el rol del Estado. Esa normativa estableció la administración estatal de la infraestructura, habilitando la participación pública y privada en la operación, y facultó al Poder Ejecutivo a rescatar, renegociar o reconvertir concesiones.

En ese marco, la Resolución 1325/2017 del entonces Ministerio de Transporte rechazó la solicitud de prórroga contractual de Metrovías y dispuso la continuidad transitoria del servicio por 18 meses, plazo que fue extendido de manera sucesiva por las resoluciones 360/2019, 76/2020, 187/2023 y 1000/2024 del Ministerio de Economía. La última extensión previa había sido por 60 días, mediante la Resolución 62/2025 de la Secretaría de Transporte.

Licitación en curso y decisión de no avanzar aún con la adecuación contractual

En paralelo, el Estado lanzó un proceso licitatorio de mayor alcance. Mediante el Decreto 423/2019 se llamó a Licitación Pública Nacional e Internacional para la concesión de las Líneas Urquiza y Belgrano Norte, proceso que fue reformulado por el Decreto 170/2023, migrando de un modelo de concesión integral a uno centrado en operación y mantenimiento.

La Resolución 91/2025 detalla que Metrovías presentó una propuesta de adecuación contractual el 24 de octubre de 2025, en el marco del artículo 3° de la Ley 27.132 y del Decreto 1027/2018, modificado por el Decreto 478/2025, que delega en la Secretaría de Transporte la facultad de revisar los contratos vigentes, incluso con posibilidad de extensión por hasta 10 años.

No obstante, tras el análisis técnico y jurídico correspondiente, la Secretaría de Transporte resolvió no avanzar en esta instancia con la adecuación contractual, considerando la necesidad de mantener coherencia con el marco normativo vigente y con los procesos licitatorios en curso. Por ello, optó por una extensión administrativa del plazo de operación, como mecanismo transitorio.

El texto de la resolución es explícito: la continuidad se extiende “hasta el 30 de junio de 2027, o hasta tanto se adjudiquen los servicios en el marco de la licitación aprobada por decreto 423/2019, con la modificación del decreto 170/2023, lo que ocurra primero”.

Impacto institucional y efectos sobre el sistema ferroviario

La decisión se inscribe en un escenario de emergencia pública ferroviaria, declarada por el DNU 525/2024 y reglamentada por el Decreto 526/2024, que abarca tanto la infraestructura como la operación de los servicios de pasajeros y cargas. La resolución aclara que dicha emergencia no altera los efectos de los contratos vigentes ni subroga las responsabilidades de los concesionarios.

Desde el punto de vista institucional, la medida refuerza el rol de la Secretaría de Transporte como autoridad delegada para administrar la transición del modelo ferroviario, mientras que la Comisión Nacional de Regulación del Transporte (CNRT) y la Administración de Infraestructuras Ferroviarias Sociedad Anónima (ADIF) continúan como organismos clave en el control y la administración de la red.

En términos prácticos, el artículo 2° de la resolución establece que, si la licitación se adjudica antes del 30 de junio de 2027, Metrovías deberá cesar la prestación sin derecho a reclamo alguno, colaborando con el traspaso al nuevo operador. Esto introduce una cláusula de salida clara y reduce la incertidumbre sobre eventuales compensaciones futuras.

Continuidad del servicio y definición pendiente

La extensión hasta 2027 garantiza previsibilidad operativa para la Línea Urquiza, una de las trazas estratégicas del sistema metropolitano, pero también deja en evidencia la dilación en la definición estructural del esquema concesional. Mientras avanza el proceso licitatorio, el Estado opta por un esquema de transición que prioriza la continuidad del servicio público sobre una resolución contractual definitiva.

La resolución, firmada por el secretario de Transporte, Luis Octavio Pierrini, entra en vigencia desde su suscripción y marca un nuevo capítulo en la larga transición del sistema ferroviario argentino hacia el modelo previsto por la Ley 27.132.

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La ANPYN relanza la licitación de la hidrovía, clave para el 80% de las exportaciones

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El Gobierno convocó a licitación internacional de la hidrovía. Y fija el 27 de febrero de 2026 como fecha clave para el eje logístico de las exportaciones argentinas.

La Agencia Nacional de Puertos y Navegación (ANPYN) oficializó el llamado a Licitación Pública Nacional e Internacional N° 1/2025 para la concesión de la Vía Navegable Troncal, una infraestructura crítica por la que circula aproximadamente el 80% de las exportaciones argentinas. La convocatoria quedó formalizada mediante la Resolución 67/2025, publicada en el Boletín Oficial, y establece como fecha límite para la presentación de ofertas el 27 de febrero de 2026 a las 13:00 horas, a través del portal CONTRAT.AR.

El proceso apunta a la modernización, ampliación, operación y mantenimiento del sistema de señalización y las tareas de dragado, redragado y mantenimiento de la principal arteria fluvial del país, considerada estratégica para el comercio regional e internacional y para el desarrollo de las economías regionales. El relanzamiento se produce luego de que la licitación anterior fuera dejada sin efecto en febrero de 2025, tras registrarse una única oferta.

Alcance de la concesión y fundamentos normativos

La licitación comprende el tramo que se extiende desde el kilómetro 1238 del Río Paraná, en el punto denominado Confluencia, hasta la Zona de Aguas Profundas Naturales en el Río de la Plata exterior, alcanzando el kilómetro 239,1 del canal Punta Indio. Incluye las vías del Canal Ingeniero Emilio Mitre y los ríos Paraná de las Palmas, Paraná Bravo, Paraná Guazú, Talavera y Paraná–Océano Atlántico.

En los considerandos de la resolución, la ANPYN fundamenta la medida en el marco legal vigente. Se apoya, entre otras normas, en la Ley 17.520, modificada por la Ley 27.742, que faculta al Poder Ejecutivo Nacional a otorgar concesiones de obras e infraestructuras públicas mediante el cobro de peajes o tarifas, y en la Ley 20.094, que establece que las aguas navegables interjurisdiccionales son bienes públicos sujetos a jurisdicción nacional.

Asimismo, se recuerda que por el Decreto 699/2024 se declaró servicio público a las actividades de dragado, señalización, balizamiento y control hidrológico de las vías navegables, y que el Decreto 709/2024 delegó en la entonces Subsecretaría de Puertos y Vías Navegables la facultad de convocar y adjudicar la licitación. Tras la reorganización institucional dispuesta por el DNU 3/2025, esas competencias quedaron en cabeza de la ANPYN, creada como ente autárquico en la órbita del Ministerio de Economía y continuadora jurídica de la ex Subsecretaría y de la Administración General de Puertos.

Del fracaso de la licitación anterior a un nuevo esquema participativo

El nuevo llamado sucede a la Licitación N° 1/2024, cuya apertura del Sobre N° 1 se realizó el 12 de febrero de 2025 y arrojó como resultado una única oferta, presentada por la firma Dredging, Environmental and Marine Engineering NV. En ese contexto, y apelando al principio de concurrencia para garantizar mayor competencia, la ANPYN resolvió dejar sin efecto ese procedimiento por razones de “oportunidad, mérito y conveniencia”.

A partir de allí, el organismo avanzó en un proceso de reformulación de los pliegos que incluyó la creación de una Mesa de Diálogo Interdisciplinaria para el Desarrollo Fluvial de la Vía Navegable Troncal, aprobada por Resolución 18/2025. Ese espacio permitió la participación de usuarios, cámaras, provincias, puertos, sindicatos, universidades y organismos internacionales, y derivó en aportes técnicos, legales y económicos.

En paralelo, el 28 de mayo de 2025 la ANPYN suscribió un Memorando de Entendimiento con la Conferencia de las Naciones Unidas sobre Comercio y Desarrollo (UNCTAD), que participó de las mesas de diálogo y elaboró un informe de Recomendaciones y Buenas Prácticas para el proceso licitatorio. Según la resolución, este trabajo conjunto aportó un marco técnico alineado con estándares internacionales.

El proceso también incluyó una audiencia pública informativa, realizada el 3 de noviembre de 2025, en los términos de la Ley General del Ambiente N° 25.675, y una etapa de observaciones previas a los proyectos de pliegos, abierta por Resolución 61/2025. En ese período se recibieron 40 presentaciones, principalmente sobre aspectos técnicos, económicos y ambientales, que fueron sistematizadas en un informe final aprobado el 16 de diciembre de 2025.

Impacto económico e institucional de una licitación estratégica

La resolución subraya que la Vía Navegable Troncal concentra cerca de 60 terminales portuarias y constituye la principal ruta fluvial del país para el transporte de cargas. En ese sentido, la ANPYN destaca que la libre navegación en condiciones competitivas se ha constituido como una política de Estado, en línea con lo establecido en el artículo 26 de la Constitución Nacional.

Desde el punto de vista económico, el nuevo llamado busca garantizar previsibilidad operativa, continuidad del servicio y mejoras en eficiencia logística, en un corredor clave para las exportaciones agroindustriales y el comercio exterior. En términos institucionales, el proceso apunta a reforzar la transparencia y la legitimidad del esquema concesional, incorporando instancias de participación y control ambiental.

La Comisión Evaluadora estará integrada por Ariel Romeo Cherubini, Francisco Mansanta y Cristian Luis Rigueiro como miembros titulares, con suplentes designados, y tendrá a su cargo el análisis de las propuestas técnicas y económicas que se presenten.

Con el cronograma ya definido y los pliegos aprobados, la licitación de la hidrovía entra en una fase decisiva. El resultado del proceso será determinante para el futuro del principal sistema fluvial argentino y para la competitividad logística del país en los próximos años.

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Parques Nacionales adjudicó por $111,8 millones la nueva portada del Parque Nacional Iguazú

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Parques Nacionales adjudicó la obra de la nueva portada de acceso al Parque Nacional Iguazú por $111,8 millones. La Administración de Parques Nacionales (APN) adjudicó la construcción de la nueva portada de acceso al Parque Nacional Iguazú, en la provincia de Misiones, por un monto total de $111.862.136,86, mediante la Resolución 466/2025, firmada el 18 de diciembre de 2025. La obra fue otorgada a La Mantovana de Servicios Generales S.A. tras un proceso de Licitación Pública Nacional, y será financiada con partidas correspondientes a los ejercicios 2025 y 2026, consolidando una inversión clave en infraestructura turística y operativa en uno de los destinos más relevantes del sistema de áreas protegidas del país.

Una licitación estratégica para el principal parque turístico del país

El procedimiento se tramitó bajo el Expediente EX-2025-102087554-APN-DNIN#APNAC y tuvo como objeto la ejecución de la obra denominada “Construcción de portada de acceso al Parque Nacional Iguazú”. El llamado se encuadró en la Licitación Pública Nacional N° 74-0026-LPU25, autorizada previamente por la Resolución del Directorio RESFC-2025-323-APN-D#APNAC, que también aprobó la totalidad de la documentación técnica y administrativa del proceso.

La licitación se desarrolló conforme al marco normativo vigente, incluyendo la Ley N° 13.064 de Obras Públicas, la Ley N° 22.351 de Parques Nacionales, el Decreto N° 1.023/2001 de Régimen de Contrataciones de la Administración Nacional y sus modificatorias, así como las disposiciones específicas de la Oficina Nacional de Contrataciones. La convocatoria fue publicada en el sistema electrónico CONTRAT.AR, cumpliendo con la publicidad exigida por la normativa.

Durante el proceso se emitieron seis circulares aclaratorias y la apertura de ofertas se realizó el 28 de noviembre de 2025. Para el renglón único se presentaron tres oferentes: La Mantovana de Servicios Generales S.A., PRAT S.R.L. y Mateo Constructora S.R.L.

Evaluación técnica, dictamen y adjudicación

La evaluación de las propuestas estuvo a cargo de una Comisión Evaluadora integrada por Julieta Trimarco, Alejandro Boccacci y María Angélica Borri, con Vanesa Soledad Larrosa y Pablo Cristian López como miembros suplentes, conforme lo dispuesto por el Directorio de la APN.

El 12 de diciembre de 2025, la Comisión emitió el Dictamen de Preadjudicación, recomendando adjudicar la obra a La Mantovana de Servicios Generales S.A. (CUIT 30-69605181-6) por considerar su oferta admisible y económicamente conveniente. En contraste, las propuestas de PRAT S.R.L. y Mateo Constructora S.R.L. fueron calificadas como inconvenientes desde el punto de vista económico.

El dictamen fue publicado en CONTRAT.AR el 15 de diciembre de 2025 y no recibió impugnaciones dentro del plazo previsto. Posteriormente, la Dirección General de Administración certificó la existencia de crédito presupuestario, habilitando la adjudicación definitiva.

Mediante la Resolución 466/2025, el Directorio de la APN aprobó todo lo actuado y formalizó la adjudicación por un monto de $111.862.136,86, autorizando además al Presidente del Directorio a suscribir el contrato a través del sistema electrónico de contrataciones.

Financiamiento, control de obra e impacto institucional

La inversión será imputada al Programa 24, Proyecto 77, Obra 51, Fuente de Financiamiento 12, distribuyéndose en dos ejercicios: $33.558.641,06 correspondientes a 2025 y $78.303.495,80 a 2026. La Dirección Nacional de Infraestructura designará al profesional responsable del seguimiento, supervisión, control y recepción de la obra.

Desde el plano institucional, la resolución reafirma el rol de la APN como organismo rector del sistema de áreas protegidas, utilizando los mecanismos formales de contratación pública para ejecutar obras de infraestructura en parques nacionales estratégicos. En términos económicos y operativos, la nueva portada de acceso apunta a mejorar la gestión del flujo de visitantes, optimizar los controles y reforzar la infraestructura de ingreso a un parque que concentra una porción sustantiva del turismo nacional e internacional.

La decisión también tiene impacto en el sector de la obra pública, al activar inversión en Misiones bajo reglas de competencia abierta y transparencia administrativa. Asimismo, fortalece la capacidad operativa del Parque Nacional Iguazú, un activo central para el turismo y la conservación, alineando inversión pública, planificación institucional y normativa vigente.

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Privatización energética: el Gobierno preadjudica centrales hidroeléctricas a Central Puerto, Edison y BML

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El Gobierno preadjudicó las centrales hidroeléctricas Alicurá, El Chocón, Cerros Colorados y Piedra del Águila por más de USD 700 millones. La firma de contratos será en Cipolletti el 22 de diciembre

El Ministerio de Economía formalizó la preadjudicación del Concurso Público Nacional e Internacional para la venta del 100% del capital accionario de las sociedades concesionarias de los complejos hidroeléctricos Alicurá, El Chocón, Cerros Colorados y Piedra del Águila. La medida, instrumentada a través de la Resolución 2059/2025, consolida uno de los procesos más relevantes de privatización energética del año, con impactos directos sobre el mercado eléctrico, las cuentas públicas y la estrategia de desinversión del Estado nacional.

La resolución, firmada el 18 de diciembre de 2025 en la Ciudad de Buenos Aires por el ministro Luis Andrés Caputo, aprueba lo actuado en la segunda etapa del procedimiento licitatorio y define los oferentes preadjudicatarios, los montos comprometidos, el orden de mérito y la estructura accionaria que regirá tras la transferencia.

Marco normativo y antecedentes: reversión de concesiones y privatización

El proceso se inscribe en un entramado normativo amplio, que combina las leyes 15.336, 23.696 y 27.742, junto con una serie de decretos y resoluciones dictadas entre 1993 y 2025. Las concesiones originales de los complejos hidroeléctricos fueron otorgadas por los decretos 1661/1993 y 2665/1993, mientras que la actual etapa responde a la necesidad de revertir esas concesiones y redefinir su explotación.

Con ese objetivo, la Secretaría de Energía instruyó a Energía Argentina S.A. (ENARSA) y Nucleoeléctrica Argentina S.A. (NASA) a constituir sociedades específicas para asumir transitoriamente la generación eléctrica. Así nacieron Alicurá Hidroeléctrica Argentina S.A., El Chocón Hidroeléctrica Argentina S.A., Cerros Colorados Hidroeléctrica Argentina S.A. y Piedra del Águila Hidroeléctrica Argentina S.A., con un esquema accionario del 98% en manos de ENARSA y 2% de NASA.

La Ley 27.742 declaró a ambas empresas sujetas a privatización, en línea con la Ley 23.696, y los decretos 286/2025 y 695/2025 habilitaron la privatización total de ENARSA y parcial de NASA. En ese marco, el Decreto 718/2024 dispuso la realización de un Concurso Público Nacional e Internacional, competitivo y expeditivo, para la venta del paquete accionario mayoritario de las sociedades hidroeléctricas.

El concurso, las ofertas y los montos preadjudicados

El procedimiento licitatorio, identificado como Concurso Público Nacional e Internacional de Etapa Múltiple N° 504/2-0001-CPU25, avanzó con la apertura de sobres a través de la plataforma CONTRAT.AR. El 7 de noviembre de 2025 se abrieron las ofertas técnicas (Sobre N°1), y el 28 de noviembre de 2025, las ofertas económicas (Sobre N°2).

Tras la evaluación de la Comisión Evaluadora “ad hoc” y la intervención de organismos de control como la Sindicatura General de la Nación y la Procuración del Tesoro, el Ministerio resolvió preadjudicar:

  • Alicurá Hidroeléctrica Argentina S.A. (Renglón N°1)
    A Edison Inversiones S.A.U., Energética del Norte S.A.U., Consorcio de Empresas Mendocinas para Potrerillos S.A. y Edison Holding S.A., por USD 162.040.002,17.
  • Chocón Hidroeléctrica Argentina S.A. (Renglón N°2)
    A BML Inversora S.A.U., Energrain S.A., Orazul Energy Generating S.A., Orazul Energy Cerros Colorados S.A., Limabaz S.A.U., BML Generadora S.A., MSU Energy Green S.A. y BML Energía S.A., por USD 235.671.294.
  • Cerros Colorados Hidroeléctrica Argentina S.A. (Renglón N°3)
    A Edison Inversiones S.A.U., Energética del Norte S.A.U., Consorcio de Empresas Mendocinas para Potrerillos S.A. y Edison Holding S.A., por USD 64.174.002,32, luego de una instancia de mejora de precios.
  • Piedra del Águila Hidroeléctrica Argentina S.A. (Renglón N°4)
    A Central Puerto S.A., por USD 245.000.000.

En conjunto, las preadjudicaciones totalizan más de USD 700 millones, un ingreso relevante para el Tesoro en un contexto de consolidación fiscal y reducción del peso del Estado en la actividad empresaria.

Impacto económico, energético e institucional

La resolución también desestimó ofertas consideradas “precio vil o no serio”, como las presentadas por Hidroeléctrica Futaleufú S.A., Genneia S.A. y Aluar Aluminio Argentino S.A.I.C. para determinados renglones, y fijó con precisión la estructura accionaria que regirá tras la transferencia: en Alicurá y Cerros Colorados, Edison Holding S.A. adquirirá el 100% de las acciones; en El Chocón, BML Energía S.A. concentrará el 99%; y en Piedra del Águila, Central Puerto S.A. controlará la totalidad del capital.

Desde una perspectiva económica, la operación redefine el mapa del mercado eléctrico argentino, al transferir activos estratégicos de generación hidroeléctrica a operadores privados con fuerte presencia en el sector. En términos fiscales, se alinea con la política de privatizaciones impulsada por la Ley 27.742, orientada a reducir el déficit, obtener recursos extraordinarios y disminuir la exposición del Estado a riesgos operativos.

En el plano institucional, el proceso refuerza el rol del Ministerio de Economía como autoridad de aplicación, conforme al Decreto 695/2024, y deja en manos de la Secretaría de Energía la firma de los contratos de concesión y transferencia, prevista para el 22 de diciembre de 2025 en Cipolletti, provincia de Río Negro. Los contratos adquirirán vigencia a partir de su publicación en el Boletín Oficial.

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