Ministerio de Economía

Caputo propone cancelar deudas de obra pública con bonos

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El Ministerio de Economía creó un Régimen Simplificado de Extinción de Obligaciones para saldar deudas con contratistas mediante títulos públicos. El esquema alcanza obligaciones acumuladas entre 2022 y 2025 y establece un cupo máximo de $221.119,5 millones, priorizando la regularización de pasivos sin ampliar el gasto presupuestario.

La medida, oficializada mediante la Resolución 1/2026 de la Secretaría de Coordinación de Infraestructura, introduce un mecanismo voluntario para que empresas contratistas acepten bonos del Tesoro como forma de cancelación de certificados de obra, redeterminaciones de precios, acopio de materiales y obligaciones derivadas de contratos rescindidos. El objetivo oficial es ordenar los pasivos heredados de la obra pública preservando la estrategia de equilibrio fiscal.

Para el sector constructor, la resolución representa un cambio relevante: el Estado reconoce la existencia de obligaciones pendientes, pero reemplaza el pago en efectivo por instrumentos financieros que podrán mantenerse hasta su vencimiento o negociarse en el mercado secundario. La decisión traslada parte del costo financiero a las empresas, aunque también abre una vía para destrabar créditos cuya percepción permanecía incierta.

Un mecanismo para normalizar pasivos sin afectar el presupuesto

El régimen estará disponible para contratos ejecutados bajo la Ley 13.064 y también para obras financiadas por organismos multilaterales, siempre que dependan de las Secretarías de Obras Públicas o Transporte.

Las empresas tendrán 10 días hábiles desde la entrada en vigencia de la resolución para solicitar su adhesión mediante la plataforma Trámites a Distancia (TAD). Posteriormente deberán presentar la liquidación de sus acreencias, acompañada por la documentación respaldatoria y el cálculo de intereses por mora cuando correspondan. El procedimiento y el modelo de adhesión fueron aprobados en un anexo específico de la resolución.

Una vez validados los montos, ambas partes suscribirán un acta acuerdo que formalizará la cancelación de las obligaciones mediante títulos públicos.

Tres bonos para cancelar la deuda

El esquema combina tres instrumentos del Tesoro Nacional, distribuidos prácticamente en partes iguales:

  • 33% en una Lecap con vencimiento el 30 de octubre de 2026.
  • 33% en un Boncap con vencimiento el 15 de enero de 2027.
  • 34% en un Boncap con vencimiento el 30 de abril de 2027.

Los títulos serán entregados a su valor técnico al día hábil anterior a la transferencia y el programa tendrá un límite global de $221.119.509.519, que funcionará como cupo máximo de adhesión.

La adhesión implica renunciar a reclamos futuros

Uno de los aspectos más relevantes para las empresas es que el ingreso al régimen no sólo supone aceptar bonos como medio de pago.

La resolución establece que cada contratista deberá desistir expresamente de los reclamos administrativos o judiciales vinculados al contrato alcanzado y renunciar a futuras acciones relacionadas con la ecuación económica o financiera derivada de la modalidad de cancelación elegida.

Desde la óptica jurídica, el mecanismo busca otorgar certeza al Estado respecto del cierre definitivo de cada obligación una vez entregados los títulos.

Para muchas firmas, la posibilidad de convertir créditos demorados en activos financieros puede mejorar la previsibilidad patrimonial, aunque no necesariamente la liquidez inmediata.

La decisión también introduce un nuevo criterio para evaluar el riesgo contractual con el Estado nacional: los pagos pendientes podrán transformarse en instrumentos financieros cuya rentabilidad dependerá tanto de su vencimiento como de las condiciones del mercado secundario.

La eficacia del régimen dependerá del nivel de adhesión de las constructoras y del comportamiento de los títulos públicos utilizados para cancelar las acreencias. Si los bonos conservan liquidez y valor de mercado, el mecanismo podría acelerar el saneamiento de pasivos de la obra pública. Si, por el contrario, las empresas enfrentan dificultades para convertir esos activos en financiamiento operativo, persistirá el desafío de recomponer el capital de trabajo en un sector que continúa condicionado por la escasa ejecución de nuevas obras nacionales.

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Habilitan a Aerowise para prestar servicios de rampa y operaciones

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La autorización otorgada a Aerowise S.A.S. amplía el universo de prestadores aeroportuarios bajo el esquema de desregulación del mercado aerocomercial. Para las economías regionales, la incorporación de nuevos operadores puede traducirse en una mayor competencia en servicios clave para la logística aérea y la conectividad.

El Ministerio de Economía autorizó a Aerowise S.A.S. a prestar servicios aeroportuarios operacionales y de rampa en la Argentina, una actividad estratégica para el funcionamiento cotidiano de los aeropuertos y el movimiento de pasajeros y cargas. La habilitación, oficializada mediante la Disposición 14/2026 de la Subsecretaría de Transporte Aéreo, se enmarca en el proceso de apertura del mercado aerocomercial impulsado por el Gobierno nacional desde 2024.

La decisión no implica la incorporación de una nueva aerolínea sino de un proveedor de infraestructura y asistencia en tierra, un segmento históricamente concentrado y determinante para la eficiencia operativa de las terminales aéreas.

Un mercado que suma nuevos jugadores

La autorización fue concedida luego de que la empresa acreditara los requisitos de capacidad técnica, económica y financiera exigidos por el Código Aeronáutico y recibiera dictámenes favorables de las áreas técnicas de la Administración Nacional de Aviación Civil (ANAC).

El régimen vigente, reglamentado mediante el Decreto 599/2024 y la Resolución 49/2024 de la Secretaría de Transporte, establece que estas autorizaciones tienen una vigencia de 15 años, con renovación automática condicionada al cumplimiento de los estándares de seguridad operacional.

El objetivo oficial es ampliar la competencia en un segmento esencial para el transporte aéreo, donde las empresas de rampa realizan tareas como asistencia a aeronaves durante las operaciones en tierra. Carga y descarga de equipajes y mercaderías. Servicios operacionales en plataforma. Apoyo logístico para vuelos de pasajeros y carga.

Estas actividades inciden directamente sobre los tiempos de rotación de las aeronaves, los costos operativos de las compañías aéreas y la eficiencia de la infraestructura aeroportuaria.

Qué impacto puede tener para las economías regionales

La incorporación de nuevos prestadores cobra relevancia para provincias cuya competitividad depende cada vez más de la conectividad aérea y del transporte de productos de alto valor agregado.

En el NEA, donde los aeropuertos cumplen un rol creciente para el turismo, la exportación de productos perecederos y la movilidad empresarial, una mayor oferta de servicios aeroportuarios puede contribuir a reducir costos operativos y mejorar la disponibilidad de servicios para las compañías que operan o proyectan nuevas rutas.

Aunque la disposición no modifica las condiciones comerciales de los aeropuertos ni garantiza reducciones inmediatas de tarifas, sí profundiza un esquema de competencia que busca eliminar barreras de ingreso para nuevos operadores privados.

La estrategia oficial de desregulación

La autorización a Aerowise se inscribe dentro del proceso de liberalización del mercado aerocomercial iniciado durante la actual gestión, que reemplazó un sistema con mayores restricciones administrativas por un régimen basado en autorizaciones sujetas al cumplimiento de estándares técnicos y de seguridad.

El nuevo modelo separa con mayor claridad dos funciones: por un lado, el acceso al mercado para prestar servicios; por otro, la fiscalización permanente de la seguridad operacional, responsabilidad que continúa bajo la órbita de la ANAC.

Para el sector privado, esta diferenciación reduce incertidumbre regulatoria y facilita la incorporación de inversiones en actividades complementarias al transporte aéreo.

La medida introduce algunos elementos relevantes para operadores aeroportuarios y empresas vinculadas a la logística Aerowise S.A.S. queda habilitada para prestar servicios aeroportuarios operacionales y de rampa en todo el país. La autorización tendrá una vigencia de 15 años, renovable automáticamente si mantiene los estándares exigidos. La empresa acreditó solvencia técnica y financiera, conforme al Código Aeronáutico. El Gobierno continúa ampliando la competencia en actividades auxiliares del transporte aéreo.

La apertura del mercado de servicios de rampa será relevante en la medida en que logre traducirse en mayor competencia efectiva dentro de los aeropuertos argentinos. Para las provincias del NEA, donde la conectividad aérea es un factor de competitividad para el turismo, el comercio y las exportaciones, la incorporación de nuevos operadores puede mejorar la eficiencia logística. El desafío será verificar si esta mayor oferta termina reflejándose en menores costos operativos para las aerolíneas y, en consecuencia, en una red aérea más dinámica para las economías regionales.

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Crucero del Norte asegura por otra década sus rutas internacionales con Paraguay

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El Gobierno nacional prorrogó por otros diez años el permiso de explotación de Crucero del Norte para operar servicios públicos de transporte automotor internacional de pasajeros entre Argentina y Paraguay. La medida, oficializada mediante la Resolución 879/2026 del Ministerio de Economía, garantiza la continuidad de una de las principales conexiones terrestres del Mercosur y aporta previsibilidad a una empresa con fuerte presencia en Misiones, provincia estratégica para la integración regional.

La decisión extiende, desde el 28 de junio de 2026, la autorización originalmente otorgada en 2006 y renovada en 2015, consolidando la permanencia de la compañía en corredores internacionales de alta demanda. La prórroga se enmarca en el régimen establecido por el Acuerdo de Transporte Internacional Terrestre (ATIT), que regula los servicios de pasajeros entre los países miembros de la Asociación Latinoamericana de Integración (ALADI).

La resolución destaca que la empresa acreditó el cumplimiento de los requisitos técnicos y regulatorios exigidos por la normativa vigente. La Dirección Nacional de Transporte Automotor de Pasajeros verificó que Crucero del Norte mantiene su inscripción en el Registro Nacional de Transporte Automotor de Pasajeros, mientras que la Comisión Nacional de Regulación del Transporte (CNRT) certificó las condiciones del parque móvil habilitado para prestar estos servicios.

El acto administrativo también refleja la continuidad del esquema regulatorio impulsado tras la reforma del sistema de transporte interjurisdiccional instrumentada mediante el Decreto 883/2024, que unificó los registros nacionales del sector y reorganizó las competencias de control sin modificar el marco internacional previsto por el ATIT.

La autorización renovada comprende tres servicios regulares entre Buenos Aires y Asunción, todos atravesando el Paso Internacional San Ignacio de Loyola, con distintas modalidades operativas y frecuencias semanales. Según el anexo de la resolución, Crucero del Norte continuará explotando una línea de servicio convencional económico con tres frecuencias semanales, una línea ejecutiva con cuatro frecuencias y otra diferencial también con tres servicios por semana.

Para Misiones, donde Crucero del Norte tiene su base operativa y una fuerte inserción en el transporte regional, la renovación representa un respaldo institucional para una empresa que históricamente desempeñó un rol clave en la conectividad del Nordeste argentino con Paraguay y el resto del Mercosur. La continuidad de estas rutas resulta relevante tanto para el movimiento de pasajeros como para la actividad turística, comercial y laboral entre ambos países.

La resolución mantiene, además, las obligaciones ya previstas para la empresa en materia de seguros internacionales y presentación de declaraciones juradas de horarios, conforme a las normas que regulan el transporte internacional por carretera.

Desde el punto de vista regulatorio, la medida no implica una nueva adjudicación sino la extensión de un permiso previamente otorgado, luego de que los organismos técnicos verificaran la capacidad operativa de la firma y el cumplimiento de las exigencias establecidas para este tipo de servicios.

Con esta decisión, el Ministerio de Economía busca asegurar la continuidad de corredores internacionales considerados estratégicos para la integración regional, al tiempo que brinda previsibilidad a las empresas que operan bajo el régimen del transporte terrestre internacional.

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Impuesto a los combustibles: el Gobierno autoriza un aumento parcial de $22 por litro de nafta y $31 por litro de gasoil

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La política de actualización gradual de los impuestos sobre los combustibles suma un nuevo capítulo. Mediante el Decreto 562/2026, el Gobierno nacional modificó el cronograma previsto para la actualización de los tributos que gravan la nafta y el gasoil, manteniendo la estrategia de diferir parte de la carga fiscal para reducir el impacto inmediato sobre los precios en surtidor.

La medida posterga nuevamente una parte de los incrementos acumulados correspondientes a las actualizaciones previstas por la Ley 23.966, que se calculan trimestralmente según la evolución del Índice de Precios al Consumidor (IPC). En lugar de trasladar la totalidad del ajuste desde julio, el Ejecutivo resolvió aplicar únicamente una fracción y dejar el resto para el 1 de agosto de 2026.

Para el entramado productivo, la decisión tiene una lectura que va más allá del surtidor. El combustible representa uno de los principales costos transversales de la economía argentina: impacta sobre el transporte de cargas, la logística de exportación, la producción agropecuaria, la industria y el comercio.

En provincias como Misiones, donde buena parte de la actividad económica depende del transporte terrestre de largas distancias, cualquier variación en el precio del gasoil repercute sobre toda la cadena de costos, desde la producción primaria hasta la distribución comercial.

Un incremento parcial para contener el traslado a precios

El decreto establece que durante todo julio regirá únicamente una actualización parcial de los impuestos.

Los incrementos fiscales fijados son:

  • Naftas: aumento de $21,192 por litro en el Impuesto sobre los Combustibles Líquidos y $1,298 en el impuesto al dióxido de carbono.
  • Gasoil: incremento de $18,959 por litro en el impuesto específico, $10,266 correspondientes al tratamiento diferencial y $2,161 por dióxido de carbono.

La actualización completa de los remanentes acumulados durante 2024, los primeros dos trimestres de 2025 y parte de 2026 quedó reprogramada para los hechos imponibles que se produzcan desde el 1 de agosto, salvo que el Gobierno vuelva a modificar el cronograma, una práctica que se repitió durante los últimos meses.

Una herramienta para administrar el impacto inflacionario

Aunque los impuestos a los combustibles tienen una actualización prevista por ley, el Poder Ejecutivo viene utilizando decretos para escalonar su aplicación.

La lógica económica detrás de esta decisión responde a dos objetivos simultáneos: Por un lado, evitar que un incremento tributario significativo acelere la inflación mensual mediante un aumento inmediato de los combustibles. Por otro, mantener cierta previsibilidad sobre los costos de transporte para los sectores productivos mientras continúa el proceso de desaceleración inflacionaria.

El propio decreto fundamenta la decisión en la necesidad de “continuar estimulando el crecimiento de la economía a través de un sendero fiscal sostenible”, combinando el objetivo de equilibrio de las cuentas públicas con una implementación gradual de la carga impositiva.

La postergación parcial del impuesto no elimina futuros aumentos, pero sí distribuye su impacto en el tiempo, permitiendo una planificación más gradual de costos operativos.

Para el sector privado, los principales efectos son menor presión inmediata sobre los costos logísticos durante julio. Reducción del impacto inflacionario derivado del precio de los combustibles. Persistencia de incertidumbre respecto del ajuste previsto para agosto. Mayor previsibilidad de corto plazo para industrias, transportistas y cadenas comerciales.

Un alivio transitorio que mantiene pendiente el ajuste fiscal

La estrategia oficial no implica una reducción de impuestos, sino un diferimiento de su aplicación.

Eso significa que la presión tributaria prevista por la legislación permanece vigente, aunque distribuida en distintos momentos para amortiguar sus efectos sobre la inflación y el consumo.

Desde la óptica fiscal, el Estado posterga parte de la recaudación potencial; desde la mirada empresarial, se evita un incremento más pronunciado del costo operativo en un solo mes.

El principal interrogante pasa por agosto. Si el cronograma establecido en el decreto se cumple sin nuevas modificaciones, el mercado enfrentará la aplicación del remanente acumulado de las actualizaciones impositivas. La decisión que adopte el Gobierno dependerá del comportamiento de la inflación, la evolución del precio internacional del petróleo y la estrategia oficial para sostener la desaceleración de los precios sin resignar recursos fiscales.

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Agricultura actualiza el marco regulatorio para microorganismos genéticamente modificados y acelera los procesos de evaluación

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La Secretaría de Agricultura, Ganadería y Pesca oficializó un nuevo régimen para la evaluación y autorización de actividades vinculadas con microorganismos genéticamente modificados (MGM), con el objetivo de modernizar el sistema regulatorio argentino, reducir la dispersión normativa y brindar mayor previsibilidad a las empresas e instituciones que desarrollan proyectos de biotecnología aplicada al agro.

La medida fue establecida mediante la Resolución 96/2026, publicada este lunes en el Boletín Oficial, y reemplaza las resoluciones 5/2018 y 52/2019, que hasta ahora regulaban los ensayos experimentales y los procesos de liberación comercial de microorganismos genéticamente modificados.

La decisión se inscribe dentro del nuevo marco general para organismos genéticamente modificados fijado por el Ministerio de Economía a comienzos de este año y busca adecuar la regulación a los avances científicos registrados durante los últimos años, incorporando tecnologías que no estaban contempladas en la normativa anterior.

Uno de los principales cambios consiste en la creación de un procedimiento único para tres tipos de trámites: la autorización de ensayos experimentales en condiciones controladas con microorganismos genéticamente modificados viables, la evaluación de bioseguridad como requisito previo a la autorización comercial y la certificación de ausencia de microorganismos viables en productos derivados de estos desarrollos.

La resolución establece que todas las evaluaciones continuarán siendo realizadas por la Comisión Nacional Asesora de Biotecnología Agropecuaria (CONABIA), con intervención de la Coordinación de Innovación y Biotecnología de la Dirección Nacional de Bioeconomía. El análisis deberá efectuarse caso por caso, considerando evidencia científica y técnica específica para cada desarrollo.

Plazos definidos y mayor previsibilidad para las empresas

Uno de los aspectos centrales de la nueva regulación es la incorporación de un plazo máximo de 90 días hábiles administrativos para concluir la evaluación técnica de las solicitudes, aunque el cómputo podrá suspenderse cuando el organismo requiera información adicional al solicitante o existan modificaciones sustanciales del proyecto presentado.

El Gobierno sostiene que la fijación de plazos claros busca otorgar mayor previsibilidad a empresas, universidades y centros de investigación que desarrollan proyectos biotecnológicos, reduciendo tiempos administrativos sin alterar los estándares de bioseguridad.

La resolución también incorpora mecanismos de consulta previa opcionales, que permitirán a los desarrolladores presentar proyectos preliminares para resolver criterios regulatorios antes del inicio formal del trámite. Estas consultas deberán responderse en un máximo de 30 días hábiles.

Bioseguridad y control durante todo el proceso

El nuevo régimen mantiene un fuerte énfasis en los controles de bioseguridad. Toda liberación experimental requerirá autorización previa y estará sujeta a inspecciones del SENASA antes, durante y después del ensayo. Asimismo, los responsables deberán informar cualquier incidente, desviación o escape del microorganismo dentro de plazos específicos y ejecutar los protocolos de contingencia previamente aprobados.

La normativa también obliga a llevar registros permanentes de actividades y existencias mediante libros rubricados, informar avances semestrales y presentar un informe final una vez concluido cada ensayo experimental.

En paralelo, se establecen obligaciones adicionales para los ensayos con animales de producción, que deberán cumplir las normas vigentes sobre bienestar animal y garantizar la correcta identificación de los ejemplares utilizados.

Impulso a la bioeconomía y articulación regulatoria

Desde la Secretaría de Agricultura argumentan que la actualización normativa permitirá fortalecer el desarrollo de la bioeconomía, facilitar la transferencia tecnológica hacia el sector productivo y mejorar la coordinación entre los distintos organismos competentes en materia de bioseguridad, inocuidad alimentaria, bioinsumos y productos fitosanitarios.

El texto oficial destaca que la experiencia acumulada durante los últimos años evidenció la necesidad de unificar procedimientos, eliminar superposiciones regulatorias y adaptar la normativa a las nuevas herramientas biotecnológicas que comenzaron a utilizarse tanto en la producción agropecuaria como en procesos agroindustriales.

En esa línea, el Gobierno busca consolidar un esquema regulatorio que combine mayores niveles de previsibilidad para la inversión privada con criterios técnicos uniformes para la evaluación de riesgos, en un contexto donde la biotecnología aparece como uno de los sectores estratégicos para incrementar la productividad y el valor agregado de las cadenas agroalimentarias argentinas.

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