Ministerio de Seguridad Nacional

El Gobierno crea un Consejo Federal de Delitos Económicos para coordinar la lucha contra el lavado y el enriquecimiento ilícito

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El Gobierno nacional formalizó la creación del Consejo Federal de Delitos Económicos, un nuevo organismo de coordinación destinado a fortalecer la prevención y la investigación del lavado de activos, el enriquecimiento ilícito y otras formas de criminalidad económica en todo el país. La medida fue oficializada este 11 de marzo mediante la Resolución 230/2026 del Ministerio de Seguridad Nacional, publicada en el Boletín Oficial y firmada por la ministra Alejandra Monteoliva.

El nuevo consejo funcionará en el ámbito de la Subsecretaría de Investigación Criminal de la Secretaría de Lucha contra el Narcotráfico y la Criminalidad Organizada y tendrá como misión central generar un espacio de coordinación interjurisdiccional para abordar la criminalidad económica, un fenómeno que, según el propio Gobierno, se volvió cada vez más complejo por la internacionalización de las operaciones financieras ilícitas.

La iniciativa introduce una herramienta institucional para ordenar el intercambio de información entre fuerzas federales, policías provinciales y la Policía de la Ciudad de Buenos Aires. En términos políticos, la decisión refuerza la estrategia del Gobierno de colocar el seguimiento del dinero y los activos ilícitos en el centro de la política de seguridad.

Un organismo para mapear la criminalidad económica en todo el país

El Consejo Federal de Delitos Económicos tendrá un conjunto amplio de funciones orientadas a mejorar el diagnóstico y la prevención de delitos vinculados con el movimiento ilegal de dinero.

Entre sus tareas principales se encuentra recolectar y sistematizar información sobre delitos económicos cometidos en el territorio nacional, tanto a partir de fuentes abiertas como de datos provistos por las fuerzas policiales y de seguridad.

El organismo también deberá desarrollar indicadores e informes periódicos que sirvan como insumo para las investigaciones y para la elaboración de políticas públicas en materia de criminalidad económica.

Otro eje central será la elaboración de un mapa de situación del delito económico, con análisis a nivel nacional, regional y provincial. Ese diagnóstico permitirá identificar patrones, detectar nuevas modalidades delictivas y proponer medidas de prevención.

El consejo también tendrá la tarea de coordinar el intercambio de información entre organismos competentes para generar sistemas de alerta temprana frente a posibles maniobras financieras ilícitas.

Articulación entre Nación y provincias

El diseño del organismo refleja una lógica federal.

El Consejo estará integrado por un representante titular y un suplente de cada provincia y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires que decidan adherir a la iniciativa, además de representantes de la Dirección de Investigación de Delitos Económicos y de cada una de las fuerzas policiales y de seguridad federales dependientes del Ministerio de Seguridad Nacional.

La coordinación funcional quedará a cargo de la Dirección de Investigación de Delitos Económicos, que depende de la Dirección Nacional de Investigaciones de Delitos Federales dentro de la Subsecretaría de Investigación Criminal.

Ese organismo tendrá la responsabilidad de convocar las reuniones, conducir las mesas de trabajo y producir la documentación técnica que surja de las deliberaciones del consejo.

La resolución también establece que las provincias y la Ciudad de Buenos Aires deberán adherir formalmente mediante un acta de adhesión para participar del espacio.

Un enfoque centrado en la criminalidad financiera

La resolución oficial fundamenta la creación del consejo en la creciente complejidad de los delitos económicos.

Según el Ministerio de Seguridad Nacional, la criminalidad económica se caracteriza por operaciones legales e ilegales de alta complejidad, que en algunos casos pueden involucrar instituciones o funcionarios públicos y que generan beneficios económicos significativos.

En ese contexto, el seguimiento de los flujos financieros se convirtió en una pieza central de las investigaciones sobre criminalidad organizada.

El documento también menciona que delitos como el lavado de activos, el enriquecimiento ilícito, el soborno transnacional o la evasión fiscal suelen apoyarse en estructuras financieras internacionales que dificultan su rastreo.

Por ese motivo, el Gobierno sostiene que resulta necesario contar con un espacio federal que permita analizar estas modalidades delictivas de manera coordinada.

Compromisos internacionales y recuperación de activos

El marco jurídico que respalda la iniciativa incluye compromisos internacionales asumidos por el Estado argentino.

Entre ellos se encuentran la Convención de las Naciones Unidas contra el Tráfico Ilícito de Estupefacientes, la Convención contra la Delincuencia Organizada Transnacional, la Convención Interamericana contra el Terrorismo y la Convención de Naciones Unidas contra la Corrupción.

Estos acuerdos obligan a los Estados a desarrollar mecanismos para identificar bienes de origen ilícito y recuperar activos provenientes de actividades criminales.

El Consejo Federal de Delitos Económicos aparece así como una herramienta destinada a reforzar la capacidad institucional para cumplir con esos compromisos.

Un organismo sin presupuesto propio

La resolución establece que el funcionamiento del consejo no implicará erogaciones presupuestarias adicionales para el Estado nacional.

Los representantes que integren el organismo actuarán sin dejar sus funciones habituales y sin que su designación implique cargos superiores dentro de la estructura estatal.

El consejo deberá reunirse al menos una vez por año calendario, aunque la normativa también prevé una comunicación permanente entre las jurisdicciones participantes para actualizar el diagnóstico de la criminalidad económica.

Además, la Dirección de Investigación de Delitos Económicos podrá convocar a especialistas de organismos públicos, entidades privadas o instituciones internacionales cuando se requiera su participación en temas específicos.

Un nuevo eslabón en la arquitectura de seguridad

La creación del Consejo Federal de Delitos Económicos se inscribe dentro del esquema institucional que organiza el sistema de seguridad interior en Argentina.

El Ministerio de Seguridad Nacional tiene la conducción del esfuerzo policial del Estado y la coordinación de las fuerzas federales, mientras que el Consejo de Seguridad Interior funciona como órgano asesor en el diseño de políticas en la materia.

El nuevo organismo suma un espacio especializado enfocado exclusivamente en la dimensión financiera del delito.

Lo que viene: adhesiones provinciales y funcionamiento operativo

El funcionamiento efectivo del consejo dependerá ahora de la adhesión de las provincias y de la Ciudad de Buenos Aires.

La participación de las jurisdicciones será clave para que el organismo logre consolidar una red federal de información sobre delitos económicos.

También será determinante observar cómo se integran los distintos niveles de fuerzas policiales dentro del sistema y qué capacidad real tiene el consejo para transformar la información en estrategias concretas de prevención e investigación.

La criminalidad económica opera con estructuras cada vez más complejas y transnacionales. En ese escenario, el nuevo consejo abre un espacio institucional que busca ordenar el análisis y la coordinación entre jurisdicciones.

Su impacto dependerá de cómo evolucione ese trabajo conjunto y de si logra convertir el intercambio de información en herramientas efectivas contra los flujos financieros ilícitos.

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Plan Paraná máxima intensidad: más de $950 millones fuera del delito en Misiones y Corrientes

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Efectivos de la Prefectura Naval Argentina decomisaron más de 268 kilogramos de estupefacientes, valuados en más de 950 millones de pesos, en el marco de dos operativos realizados en las provincias de Misiones y Corrientes, como parte de las acciones que el Ministerio de Seguridad Nacional desarrolla de manera permanente para prevenir y combatir el delito en la frontera.

El primer procedimiento tuvo lugar en la localidad misionera de Garupá, cuando personal que realizaba tareas de vigilancia detectó que una embarcación proveniente de la República del Paraguay arribó a la costa argentina, a la altura del kilómetro 1.595 del río Paraná, y regresó inmediatamente hacia su país de origen.

Ante la presunción de encontrarse frente a una maniobra ilícita, los efectivos se dirigieron al lugar y hallaron un cargamento compuesto por 155 paquetes de sustancia prensada, con un peso superior a los 139 kilogramos y un valor estimado en 494 millones de pesos.

El segundo operativo se desarrolló en la localidad correntina de Ituzaingó, a partir de tareas de investigación que indicaban un posible ingreso de droga en la zona. Con el apoyo de “Rita”, una perra entrenada para la detección de narcóticos, el personal desplegó un patrullaje terrestre en el sector conocido como “Ex Puerto Fiplasto”, a la altura del kilómetro 1.232 de la Ruta Nacional Nº 12.

Durante un intenso rastrillaje en un área de pinales próxima a la costa, el can marcó un punto cubierto por hojas secas. Al inspeccionarlo, los prefectos constataron la presencia de 13 bultos que contenían 52 envoltorios con sustancia prensada, con un peso superior a los 128 kilogramos y un valor estimado en más de 457 millones de pesos.

Intervinieron en las causas la Fiscalía Federal Nº 1, a cargo del Dr. Jorge Peruchi Dalsanto, y la Unidad Fiscal de Corrientes, que dispusieron el secuestro de los estupefacientes.

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Capturaron en Misiones a un prófugo internacional vinculado al primer comando capital

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En el marco del “Plan Guaçurarí” y bajo lineamientos del Ministerio de Seguridad Nacional, efectivos del Departamento Federal de Investigaciones (DFI) de la Policía Federal Argentina (PFA) detuvieron en Misiones a un ciudadano brasileño sobre quien pesaba un pedido de captura internacional por delitos graves, entre ellos homicidio, tráfico de estupefacientes y tenencia ilegal de armas.

La investigación se inició cuando personal de la División Unidad Operativa Federal (DUOF) Eldorado tomó conocimiento de la posible presencia, en la zona rural de San Antonio, de un ciudadano brasileño que estaría brindando apoyo logístico a personas vinculadas al narcotráfico en la región fronteriza.

A partir de esa información, los efectivos desplegaron tareas de inteligencia que incluyeron vigilancias discretas, relevamientos encubiertos, análisis de bases de datos y consultas a canales oficiales de cooperación internacional, logrando establecer la identidad del investigado y su lugar de residencia.

Según la información aportada por las autoridades brasileñas, el imputado se había fugado en febrero de 2021 de la Cadeia Pública de Capitão Leônidas Marques, en el estado de Paraná, República Federativa del Brasil, en el marco de una evasión múltiple protagonizada por nueve internos que perforaron la estructura del establecimiento penitenciario para huir.

Tras esa fuga, Interpol Brasil emitió una Notificación Roja con fines de captura internacional y extradición.

Cooperación internacional y verificación de antecedentes

Mediante un fluido intercambio de información con la Policía Federal de Brasil, la Policía Civil y la Agencia Brasileña de Inteligencia (ABIN), se confirmó que el prófugo registraba antecedentes por homicidio agravado mediante arma de fuego, lesiones, tráfico de estupefacientes, asociación para el tráfico internacional de drogas y uso ilegítimo de arma de fuego.

Asimismo, surgió que mantenía vínculos con la organización criminal brasileña Primeiro Comando da Capital (PCC).

Con los datos reunidos, se determinó que el buscado residía en una zona de chacras cercana a la Ruta Provincial N° 24, en la localidad misionera de San Antonio, donde convivía con una mujer y dos menores de edad.

Con intervención del Juzgado Federal de Primera Instancia de Puerto Iguazú, a cargo del Dr. Marcelo Alejandro Cardozo, Secretaría de la Dra. Carla Lentini, se ordenó el allanamiento del inmueble, procedimiento en el que se concretó su detención.

Durante el operativo se secuestraron aproximadamente 750 gramos de marihuana, 25 gramos de clorhidrato de cocaína y 20 gramos de pasta base fraccionados para su comercialización, además de un revólver calibre 38, una escopeta de fabricación casera, una carabina calibre 22, más de 300 cartuchos de distintos calibres, un DNI argentino apócrifo con la fotografía del detenido, dos teléfonos celulares y documentación de interés.

Dada la peligrosidad del imputado, el procedimiento contó con la colaboración del Grupo Especial de Operaciones Federales (GEOF), la DUOF Puerto Iguazú y la División Video y Comunicaciones Aeronáuticas de la PFA.

El detenido, brasileño y de 53 años, quedó a disposición del magistrado interviniente, a la espera del proceso de extradición correspondiente.

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El Gobierno disuelve el IOSFA y crea dos nuevas obras sociales para las Fuerzas Armadas y de Seguridad

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El Poder Ejecutivo Nacional dispuso la disolución y liquidación del Instituto de Obra Social de las Fuerzas Armadas (IOSFA) y creó dos nuevos entes autárquicos para la cobertura de salud del personal militar y de las fuerzas federales de seguridad. La medida fue instrumentada mediante el Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) 88/2026, firmado el 5 de febrero de 2026 y publicado en el Boletín Oficial, con el argumento central de corregir un desequilibrio financiero persistente y garantizar la continuidad del derecho a la salud de los afiliados.

El decreto establece un nuevo esquema institucional: por un lado, la Obra Social de las Fuerzas Armadas (OSFA), que funcionará bajo la órbita del Ministerio de Defensa; y por otro, la Obra Social de las Fuerzas Federales de Seguridad (OSFFESEG), dependiente del Ministerio de Seguridad Nacional. Ambas entidades se crean como entes autárquicos, comprendidos en el artículo 8°, inciso c) de la Ley 24.156, con personería jurídica propia y capacidad para actuar en el ámbito del derecho público y privado.

La decisión impacta directamente sobre la estructura de financiamiento, la administración y la cobertura sanitaria de miles de afiliados del sistema de salud de las Fuerzas Armadas, la Gendarmería Nacional Argentina y la Prefectura Naval Argentina, en un contexto de presión creciente sobre los costos médico-asistenciales y los medicamentos.

Reorganización institucional y fundamentos del DNU

El DNU 88/2026 se apoya en una extensa fundamentación normativa e institucional. El texto recuerda que el IOSFA fue creado en 2013 mediante el Decreto 637/2013, con el objetivo de unificar las coberturas médico-asistenciales del personal de las Fuerzas Armadas y de determinadas Fuerzas de Seguridad Federales. Sin embargo, el Ejecutivo señala que, con el paso de los años, esa integración derivó en problemas estructurales de sostenibilidad.

Según los considerandos, el IOSFA atravesó un desequilibrio financiero persistente, asociado al incremento sostenido de los costos de las prestaciones de salud, al encarecimiento de los medicamentos, a la heterogeneidad del padrón de afiliados y a la dispersión territorial de los beneficiarios. A ello se suman las diferencias funcionales, operativas y laborales entre el personal militar —regido por la Ley de Defensa Nacional 23.554— y las fuerzas federales de seguridad, encuadradas en la Ley de Seguridad Interior 24.059 y dependientes del Ministerio de Seguridad Nacional.

En este marco, el Ejecutivo consideró “institucionalmente necesario establecer entidades diferenciadas que permitan garantizar el derecho a la salud (…) mediante coberturas adecuadas, sostenibles y específicamente adaptadas a las características de cada universo prestacional”.

La urgencia invocada para dictar un DNU se fundamenta en la imposibilidad de esperar los plazos del trámite legislativo ordinario, ante el riesgo de una afectación actual o inminente del derecho a la salud de los afiliados del IOSFA. El decreto fue dictado al amparo del artículo 99, inciso 3, de la Constitución Nacional, y deberá ser analizado por la Comisión Bicameral Permanente del Congreso, conforme a la Ley 26.122, que regula el control parlamentario de los decretos de necesidad y urgencia.

Dos nuevas obras sociales y un período de transición de hasta 365 días

El decreto crea formalmente la OSFA en el ámbito del Ministerio de Defensa y la OSFFESEG en el Ministerio de Seguridad Nacional. Ambas tendrán alcance en todo el territorio nacional y estarán sujetas al control de sus respectivas carteras.

La OSFA contará con un Directorio integrado por representantes de cada Fuerza Armada, con presidencia rotativa. Su población beneficiaria incluirá al personal militar en actividad, personal civil de las Fuerzas Armadas, retirados, jubilados y pensionados, además de los grupos familiares primarios. La normativa establece que, al igual que en el régimen anterior, las prestaciones no podrán ser inferiores al Programa Médico Obligatorio (PMO) aprobado por el Decreto 492/1995.

Por su parte, la OSFFESEG tendrá un Directorio de cinco miembros, designados y removidos por el titular del Ministerio de Seguridad Nacional. Su cobertura alcanzará al personal de la Gendarmería Nacional Argentina y la Prefectura Naval Argentina, tanto en actividad como retirado, además del personal civil y los grupos familiares correspondientes. El anexo aprobado fija parámetros estrictos de financiamiento: al menos el 80% de los recursos deberá destinarse a prestaciones de salud, con un tope del 8% para gastos administrativos.

El decreto dispone la disolución y liquidación del IOSFA, con la transferencia total de sus activos y personal a los nuevos entes. No obstante, establece un período de transición de hasta 365 días corridos, durante el cual se deberá asegurar un traspaso ordenado de afiliados, presupuestos, bienes, recursos humanos y obligaciones. Durante ese lapso, el IOSFA continuará brindando cobertura a afiliados que se encuentren en tratamientos de salud no susceptibles de interrupción.

El Ministerio de Defensa deberá notificar la transferencia definitiva de los afiliados de las Fuerzas Armadas dentro de los 60 días corridos desde la entrada en vigencia del decreto, mientras que el Ministerio de Seguridad Nacional contará con un plazo de 180 días corridos para completar el traspaso de los afiliados de las fuerzas federales.

Impacto económico, control y escenarios posibles

Desde el punto de vista económico y fiscal, la medida busca reordenar el financiamiento del sistema de salud de las Fuerzas Armadas y de Seguridad, bajo criterios de sostenibilidad y segmentación por perfiles de riesgo y demanda. El decreto prevé que, una vez concretada la transferencia de afiliados, cesarán las obligaciones de los ministerios de seguir girando aportes al IOSFA, redireccionándose los recursos a las nuevas obras sociales.

El proceso de liquidación del IOSFA estará supervisado por un Administrador designado por el Ministerio de Defensa, con asesoramiento de una Comisión Especial Ad-Hoc integrada por representantes de los ministerios de Defensa, Seguridad Nacional, Salud y Economía. Además, la Sindicatura General de la Nación (SIGEN) designará un síndico para el control y la auditoría del proceso.

En términos institucionales, la creación de dos entes diferenciados implica una reconfiguración del sistema de salud público no estatal vinculado a la defensa y la seguridad, con reglas propias de administración, compras y contrataciones, alineadas con la Ley 24.156 y el Decreto 1023/2001. El Ejecutivo también se reserva la facultad de aprobar las estructuras orgánicas, los regímenes de recursos humanos y los sistemas de control de ambas obras sociales.

Entre las repercusiones posibles, el sector de prestadores de salud deberá adaptarse a nuevos esquemas contractuales y a dos interlocutores institucionales distintos. Para los afiliados, el principal interrogante estará puesto en la continuidad efectiva de las prestaciones durante el período de transición y en la capacidad de las nuevas obras sociales para estabilizar sus finanzas en un contexto de alta inflación de costos médicos.

El decreto deroga expresamente los Decretos 637/2013 y 2271/2013 a partir de la disolución definitiva del IOSFA y entra en vigencia desde su publicación en el Boletín Oficial, marcando un punto de inflexión en la política sanitaria para las Fuerzas Armadas y de Seguridad de la Argentina.

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Cambios en la Ley de Ministerios y ampliación del poder operativo de Interior y Seguridad

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El Gobierno modificó por DNU la Ley de Ministerios y amplió las competencias del Ministerio del Interior y del Ministerio de Seguridad Nacional

El Poder Ejecutivo Nacional oficializó, a través del Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) 825/2025, una reestructuración de la Ley de Ministerios N.º 22.520. La norma redefine atribuciones clave del Ministerio del Interior —que absorberá funciones de registro de identidad, relaciones legislativas y políticas deportivas— y fortalece el rol del Ministerio de Seguridad Nacional en materia de seguridad interior, política migratoria y control fronterizo. La decisión, que entra en vigencia con su publicación en el Boletín Oficial, deberá ser evaluada por la Comisión Bicameral Permanente del Congreso.

Reforma institucional: más atribuciones para Interior y reorganización del esquema de competencias

El DNU 825/2025, fechado el 19 de noviembre de 2025, introduce cambios estructurales en la Ley de Ministerios N.º 22.520 (t.o. por Decreto 438/92). Según los considerandos, el Gobierno argumenta que las modificaciones son “impostergables para la gestión” y se encuadran en las facultades previstas en el artículo 99, incisos 1 y 3 de la Constitución Nacional.

El decreto redefine funciones dentro del Ministerio del Interior. En particular, otorga:

  • El contralor del registro y certificación de identidad, incorporando formalmente la conducción del Registro Nacional de las Personas (RENAPER).
  • Las relaciones con el Poder Legislativo Nacional, integrando esta área dentro del esquema del Ministerio.
  • La política deportiva nacional, abarcando deporte de alto rendimiento, amateur y recreativo.

Asimismo, el DNU modifica los incisos 35 y 40 del artículo 16 para redefinir competencias en materia de turismo y su representación internacional. También suprime los incisos 38 y 46 al 51, eliminando funciones previas del esquema ministerial.

La medida incluye una sustitución integral del artículo 17, ampliando el alcance del Ministerio del Interior a 33 funciones específicas: desde el régimen electoral, los actos patrióticos y la política federal de frontera, hasta la creación de condiciones para el desarrollo territorial, la definición de políticas de deporte, la asignación de becas deportivas y la representación internacional vinculada al deporte.

Nueva estructura del Ministerio de Seguridad Nacional y alcance de la reforma

El DNU también reemplaza por completo el artículo 22 bis, redefiniendo las atribuciones del Ministerio de Seguridad Nacional, que ahora concentra:

  • La planificación y ejecución integral de la seguridad interior.
  • La dirección y coordinación de Fuerzas Policiales y de Seguridad Nacionales, Provinciales y de CABA.
  • La política criminal y el funcionamiento del sistema penitenciario.
  • Las políticas migratorias, incluyendo el otorgamiento de condición de refugiado y el derecho de asilo.
  • La producción de inteligencia penal correspondiente a las fuerzas de seguridad.
  • La supervisión de la seguridad aeroportuaria, el régimen de armas, explosivos y afines, y la aplicación de la Ley de Manejo del Fuego N.º 26.815.
  • El control fronterizo en Pasos Internacionales, Centros de Frontera y Áreas de Control Integrado, en coordinación con países limítrofes.
  • La planificación de infraestructura para seguridad y control de fronteras.

El decreto también incorpora la coordinación de estadísticas criminales federales, la intervención en zonas de frontera (Ley 22.352) y la articulación con el Sistema Nacional para la Gestión Integral del Riesgo y la Protección Civil (Ley 27.287).

Con este rediseño, el Ministerio de Seguridad asume un rol más amplio que abarca desde migraciones hasta la tutela del sistema penitenciario, consolidando un esquema de centralización operativa.

Proceso legislativo, efectos institucionales y próximos pasos

El decreto instruye a dar cuenta inmediata a la Comisión Bicameral Permanente del Congreso, de acuerdo con lo previsto en la Ley 26.122, que regula la intervención parlamentaria en los Decretos de Necesidad y Urgencia. La Bicameral tiene un plazo de 10 días hábiles para emitir un dictamen sobre su validez o invalidez, y cada Cámara deberá pronunciarse mediante resolución expresa conforme al artículo 82 de la Constitución Nacional.

La entrada en vigencia del DNU se produce el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial, según el artículo 5°, y lleva las firmas de Javier Milei y los ministros miembros del Gabinete.

La reforma reorganiza áreas sensibles para la administración estatal: identidad, relaciones federales, política deportiva, seguridad interior y migraciones. También reconfigura la distribución de responsabilidades entre Interior y Seguridad, con efectos operativos para provincias, municipios, organismos descentralizados y fuerzas de seguridad.

De cara al debate legislativo, se prevén repercusiones en sectores vinculados a la política federal, la administración electoral, el sistema deportivo nacional, el régimen migratorio y la articulación con gobiernos provinciales.

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