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Puertos argentinos: la ANPyN lanza un nuevo registro nacional y fija plazo de reinscripción hasta 2026

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El Gobierno actualiza el Registro Nacional de Puertos, todos los operadores deberán reinscribirse en el nuevo sistema digital antes de octubre de 2026

La Agencia Nacional de Puertos y Navegación (ANPyN) dispuso un plazo de un año para la regularización total del sistema portuario. La medida busca modernizar la gestión, eliminar registros superpuestos y fortalecer el control sobre la actividad portuaria nacional.

Reinscripción obligatoria y nuevo marco institucional del sistema portuario

Mediante la Resolución 51/2025, publicada en el Boletín Oficial el 27 de octubre, la Agencia Nacional de Puertos y Navegación (ANPyN) dispuso la reorganización integral del Registro Nacional de Puertos, una herramienta clave prevista en la Ley 24.093 de Actividades Portuarias.

La norma establece un plazo de un año, contado desde su entrada en vigencia, para que todos los puertos públicos, privados y sujetos comprendidos en la Ley 24.093 cumplan con la obligación de inscripción, actualización o verificación de sus datos en el Registro Nacional de Puertos.

La presentación deberá realizarse exclusivamente a través de la plataforma de Trámites a Distancia (TAD) y el Registro Legajo Multipropósito (RLM) del Sistema de Gestión Documental Electrónica (GDE), bajo carácter de declaración jurada.

De acuerdo con el texto oficial, el Registro Nacional de Puertos actuará en el ámbito de la Gerencia de Coordinación Técnica de la ANPyN, con funciones de identificación, inscripción, actualización, seguimiento y fiscalización de todos los actores portuarios.

Además, la ANPyN podrá intimar en cualquier momento a los operadores a ratificar o ampliar la información declarada, bajo apercibimiento de suspensión de actividades hasta que se cumpla con la inscripción.

Reestructuración institucional: un nuevo marco digital y transparente

La resolución firmada por el director ejecutivo de la ANPyN, Iñaki Miguel Arreseygor, es una pieza central en la implementación del nuevo régimen de administración portuaria derivado del Decreto de Necesidad y Urgencia 3/2025, que creó la Agencia como ente autárquico en reemplazo de la ex Subsecretaría de Puertos y Vías Navegables y de la Administración General de Puertos S.A.U.

La norma deroga el Registro de Amarraderos Fluviales creado en 2016 para evitar duplicidades y superposiciones administrativas, y reemplaza el Anexo I de la Disposición 43/2018, actualizando los requisitos documentales y operativos conforme a los estándares modernos de gestión pública.

Según los considerandos, el objetivo es “promover una gestión pública transparente, ágil y eficiente”, garantizando un conocimiento integral y actualizado del sistema portuario nacional. La integración del GDE, el RLM y la plataforma TAD permitirá —por primera vez— una trazabilidad completa de los datos y una administración electrónica de los legajos.

El artículo 4° de la resolución dispone, además, que la inscripción en el Registro será condición obligatoria para cualquier trámite administrativo ante la ANPyN, consolidando su rol como autoridad de aplicación única de la Ley 24.093, tal como lo dispone el artículo 13 del DNU 3/2025.

Impacto y alcance de la medida: control, fiscalización y modernización del sector portuario

La regularización del Registro Nacional de Puertos impactará directamente en autoridades portuarias, concesionarios, operadores logísticos, terminales privadas, astilleros y puertos provinciales, que deberán adecuar su documentación dentro del plazo fijado.

El nuevo registro digital busca consolidar una base de datos unificada y verificable, que servirá como herramienta para políticas de control, planificación y desarrollo portuario, en línea con los principios de simplificación administrativa y transparencia establecidos en el Decreto 891/2017.

La medida refuerza además la capacidad de la ANPyN para fiscalizar el cumplimiento de la normativa, ya que el artículo 7° faculta al organismo a requerir información fehaciente o intimar a la inscripción en caso de incumplimiento, lo que podrá derivar en la suspensión de operaciones portuarias.

El texto ordena notificar la resolución a la Prefectura Naval Argentina, la Dirección General de Aduanas y otras entidades vinculadas al sistema portuario, con el fin de asegurar la articulación interinstitucional y la difusión de las nuevas disposiciones.

En su fundamento, la ANPyN resalta que “mantener actualizado el registro es esencial para la seguridad, eficiencia y competitividad del sistema portuario argentino”, especialmente en un contexto donde la infraestructura logística y la navegación interior cobran creciente relevancia en la matriz exportadora nacional.

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Modernización normativa en el Instituto Nacional de Vitivinicultura

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El Instituto Nacional de Vitivinicultura avanza en la desburocratización del sector con la derogación de normas obsoletas. La Resolución 35/2025 elimina regulaciones en desuso y se enmarca en el plan nacional de simplificación administrativa impulsado por el Gobierno

El Instituto Nacional de Vitivinicultura (INV), con sede en Mendoza, dispuso mediante la Resolución 35/2025, publicada el 6 de octubre en el Boletín Oficial, la derogación de un conjunto de resoluciones consideradas obsoletas o innecesarias.

La medida, firmada por el presidente del organismo, Carlos Raúl Tizio Mayer, se enmarca en el proceso de simplificación y modernización del Estado Nacional, establecido por los Decretos 891/2017 y 90/2025, que instruyen a los organismos públicos a revisar, ordenar y actualizar su normativa interna.

El texto oficial detalla que la Dirección Nacional de Fiscalización del INV realizó un relevamiento normativo que permitió identificar resoluciones que habían perdido vigencia o cuya aplicación respondía a contextos temporales específicos. Entre ellas, se incluyen aquellas que fijaban anualmente el grado alcohólico de los vinos para su circulación —una disposición que por su naturaleza agrícola se actualiza cada año— y otras que exigían información puntual ante situaciones excepcionales.

“Diversas resoluciones del Instituto han perdido actualidad y relevancia en el proceso de desburocratización que está llevando a cabo el Estado Nacional”, señala la norma en sus considerandos.

Un paso en el proceso de simplificación administrativa nacional

La resolución se dicta en cumplimiento de las “Buenas Prácticas en Materia de Simplificación” establecidas por el Decreto 891/2017, que promueve una gestión pública más ágil, transparente y orientada a resultados.

Posteriormente, el Decreto 90/2025 dispuso la realización de un relevamiento normativo integral en todo el sector público, con el objetivo de identificar y derogar normas en desuso que obstaculicen la gestión o generen superposición de funciones.

En el caso del INV, el análisis técnico-jurídico permitió determinar que muchas de las resoluciones vigentes carecían de efectos prácticos en la actualidad, por lo que su derogación busca reducir cargas administrativas, mejorar la eficiencia institucional y favorecer la competitividad del sector vitivinícola argentino.

La Coordinación de Asuntos Jurídicos del organismo intervino en el proceso, garantizando que las medidas adoptadas se ajustaran a las facultades conferidas por las Leyes 14.878 y 24.566 y el Decreto 684/2025, que regulan las competencias del INV.

“Corresponde dejar sin efecto las resoluciones que, por sus características, son pasibles de ello”, establece el artículo primero del texto normativo.

Impacto y proyección en la industria vitivinícola

Si bien la Resolución 35/2025 no afecta las normas operativas vigentes sobre la producción, comercialización o fiscalización de vinos, representa un avance en la digitalización y simplificación de los procesos administrativos del INV, un aspecto clave en un contexto donde el sector vitivinícola enfrenta desafíos de competitividad, costos logísticos y acceso a mercados internacionales.

La eliminación de regulaciones en desuso contribuye a agilizar los trámites para productores, bodegas y exportadores, reduciendo tiempos y requisitos innecesarios, en línea con los objetivos generales del Gobierno de modernizar el Estado y facilitar la interacción entre organismos públicos y privados.

Asimismo, la medida se inscribe dentro del proceso de armonización normativa que busca dotar de mayor coherencia al entramado regulatorio que rige la actividad vitivinícola, una industria estratégica para las economías regionales de Cuyo y el noroeste argentino.

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