NCM

Aduanas redefine la clasificación de diez productos y aporta mayor previsibilidad al comercio exterior

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La Dirección General de Aduanas avanzó con una nueva actualización de la Nomenclatura Común del Mercosur (NCM), incorporando criterios de clasificación para diez mercaderías que abarcan desde insumos industriales y productos químicos hasta maquinaria, artículos plásticos y componentes textiles. Aunque se trata de una medida de carácter técnico, su impacto alcanza directamente a importadores, exportadores, despachantes y sectores productivos que dependen de una correcta determinación arancelaria para planificar costos y operaciones.

La Resolución General 5857/2026 oficializó los criterios de clasificación 16/26 al 25/26, emitidos tras consultas específicas realizadas por operadores económicos. El objetivo es establecer con precisión la posición arancelaria de cada producto dentro de la Nomenclatura Común del Mercosur, una definición que determina derechos de importación, eventuales beneficios tributarios, requisitos regulatorios y controles aduaneros.

Para el sector privado, la relevancia de estas decisiones radica en que una clasificación incorrecta puede derivar en ajustes fiscales, multas, demoras logísticas o controversias con la autoridad aduanera. La resolución aporta seguridad jurídica al fijar criterios oficiales que luego sirven como referencia para futuras operaciones similares.

Entre los productos clasificados aparecen insumos vinculados a la industria manufacturera, la construcción, la química especializada y la maquinaria agrícola.

Uno de los casos de mayor relevancia industrial corresponde a una tela cauchutada de alta resistencia utilizada en aplicaciones técnicas, que fue ubicada en la posición arancelaria 5906.99.00. También se clasificó una zeolita sintética tipo chabasita —utilizada en procesos químicos e industriales— dentro de la partida 2842.10.90.

La resolución incorpora además la clasificación de una cortadora de césped autopropulsada profesional de 23 HP, destinada al mantenimiento de grandes superficies, que fue encuadrada en la posición 8433.11.00 correspondiente a maquinaria para corte de césped.

Desde el punto de vista productivo, este tipo de definiciones resulta especialmente relevante para fabricantes, importadores y distribuidores de equipamiento, ya que permite conocer con anticipación el tratamiento aduanero aplicable.

Impacto para la industria, la logística y los importadores

La actualización también alcanza productos de uso masivo y componentes utilizados en procesos industriales.

Entre ellos figuran:

  • Contenedores plásticos de uso doméstico clasificados en la posición 3924.90.00.
  • Cintas textiles utilizadas en la confección de lencería clasificadas en la posición 6307.90.90.
  • Componentes para sistemas de cierre tipo velcro destinados a pañales descartables ubicados en la posición 3926.90.90.
  • Anteojos de sol sin montura clasificados en la posición 9004.10.00.
  • Instrumentos de trazado utilizados en construcción incluidos en la posición 9017.20.00.

Cada una de estas definiciones repercute sobre cadenas de abastecimiento que dependen de insumos importados o de exportaciones con valor agregado.

Una posición arancelaria correcta permite calcular costos reales de importación, evaluar oportunidades de exportación y evitar contingencias fiscales posteriores. También mejora la previsibilidad para inversiones en equipamiento o incorporación de nuevas tecnologías.

En un contexto donde la competitividad depende cada vez más de la eficiencia logística y del acceso a mercados internacionales, las resoluciones de clasificación funcionan como una herramienta de ordenamiento técnico que reduce incertidumbre para los operadores.

La publicación de estos criterios confirma una tendencia creciente hacia una mayor precisión técnica en la administración aduanera. Para las empresas, el desafío no pasa únicamente por conocer las alícuotas que pagan sus productos, sino por verificar que la clasificación utilizada en cada operación coincida con los criterios oficiales vigentes. En un escenario de creciente apertura comercial, la gestión aduanera se convierte en una variable estratégica tan importante como el costo financiero o la logística internacional.

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ARCA definió nuevas clasificaciones arancelarias NCM para 15 mercaderías

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La Dirección General de Aduanas, dependiente de la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA), oficializó una nueva tanda de criterios de clasificación arancelaria en la Nomenclatura Común del Mercosur (NCM) mediante la Resolución General 5813/2026, publicada en el Boletín Oficial el 15 de enero de 2026. La medida ordena la ubicación arancelaria de un conjunto diverso de mercaderías —que abarcan alimentos, indumentaria, dispositivos electrónicos, productos veterinarios y bienes de uso doméstico— y tiene impacto directo en la determinación de tributos, controles y regímenes aplicables a las operaciones de comercio exterior.

La resolución consolida en un único acto administrativo los Criterios de Clasificación Nros. 76/25 al 90/25, emitidos tras consultas específicas tramitadas bajo el procedimiento previsto en la Resolución General N° 1.618, con intervención de las áreas técnicas competentes.

Marco normativo y procedimiento de clasificación arancelaria

La medida se dictó en el marco del Expediente Electrónico EX-2025-04425024-ARCA-SECADVCLAR#SDGTLA, que reunió consultas de clasificación arancelaria iniciadas a través de distintos expedientes electrónicos entre los años 2023 y 2025. Según se detalla en los considerandos, las mercaderías analizadas fueron sometidas al procedimiento formal de consulta de clasificación en la Nomenclatura Común del MERCOSUR, conforme a lo establecido por la normativa vigente.

La Dirección General de Aduanas fundamentó la decisión en razones de oportunidad, mérito y conveniencia, a fin de resolver en un solo acto resolutivo un conjunto de consultas ya evaluadas técnicamente. Intervinieron la Dirección de Legislación y las Subdirecciones Generales de Asuntos Jurídicos y Técnico Legal Aduanera, y la resolución se emitió bajo la forma de resolución general, conforme al Anexo de la Disposición N° 199 (AFIP) del 17 de octubre de 2022.

El acto administrativo se sustenta en las facultades conferidas por los artículos 4° y 7° del Decreto N° 618/1997, el Decreto N° 953/2024, el artículo 8° del Decreto N° 13/2025 y la delegación efectuada mediante la Disposición N° 204 (AFIP) del 2 de agosto de 2017.

Productos alcanzados y posiciones arancelarias definidas

El Anexo aprobado por la Resolución General 5813/2026 detalla la ubicación en la NCM de 15 mercaderías, con especificación técnica exhaustiva y asignación de su respectiva posición arancelaria. Entre los productos clasificados se incluyen:

  • Preparación alimenticia tipo “salsa barbacoa”, ubicada en la posición 2103.20.90.
  • Guantes para arquero de fútbol y guantes de protección recubiertos en PVC, ambos clasificados en 6116.10.00.
  • Hilado retorcido de filamentos de poliamida, en la posición 5406.00.10.
  • Luminarias LED para uso exterior, clasificadas en 9405.11.90, y fuentes luminosas para evaluación de color, en 9405.49.00.
  • Medicamento veterinario en comprimidos destinado al tratamiento de osteoartritis, ubicado en 3004.90.59.
  • Termo de acero inoxidable, en 9617.00.10.
  • Acumulador eléctrico de plomo con compresor y lámpara LED, clasificado en 8507.10.90.
  • Artículo de roten (ratán) tipo mantel individual, en 4602.12.00.
  • Bebida alcohólica compuesta a base de cerveza y jugo de lima, en 2206.00.90.
  • Blusa femenina de algodón, en 6106.10.00.
  • Dispositivo portátil de radiotelemando para alarmas, en 8526.92.00.
  • Smart Watch con funcionalidad de telefonía celular autónoma (eSIM), clasificado en 8517.13.00.
  • Baúl plástico con ruedas, en la posición 4202.12.10.

Cada clasificación se encuentra asociada a un criterio técnico numerado (76/25 a 90/25) y a su respectivo expediente de origen, lo que otorga trazabilidad administrativa y respaldo documental a la decisión adoptada.

Impacto operativo y relevancia para el comercio exterior

La correcta clasificación arancelaria en la NCM constituye un elemento central para el cálculo de derechos de importación y exportación, la aplicación de regímenes de control, licencias, prohibiciones y el encuadre en políticas comerciales del MERCOSUR. En ese sentido, la resolución aporta certeza normativa a los operadores de comercio exterior respecto del tratamiento aduanero de mercaderías de uso extendido en sectores como alimentos, indumentaria, tecnología, iluminación, productos veterinarios y bienes de consumo masivo.

La norma establece que la resolución entra en vigencia el día de su publicación, y dispone su difusión a través del Boletín de la Dirección General de Aduanas, además de la remisión de copia al Ministerio de Economía y al Comité Técnico N° 1 Aranceles, Nomenclatura y Clasificación de Mercaderías de la Comisión de Comercio del MERCOSUR, reforzando su carácter institucional y regional.

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