Gobernadores del Litoral reclaman reactivación de la Hidrovía y denuncian irregularidades en la licitación

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Los gobernadores de la Región Litoral elevaron un reclamo formal al Poder Ejecutivo para que se reanude el proyecto de la Hidrovía Paraná-Paraguay y se garantice la participación de las provincias en las mesas de negociación.

A través de una carta firmada por Gildo Insfrán (Formosa), Maximiliano Pullaro (Santa Fe), Rogelio Frigerio (Entre Ríos), Gustavo Valdés (Corrientes), Leandro Zdero (Chaco) y Hugo Passalacqua (Misiones), los mandatarios exigieron que se retome el proceso de licitación tras su reciente anulación y que se escuchen las necesidades de cada distrito involucrado.

La última reunión sobre el corredor fluvial se llevó a cabo a fines de 2024, cuando los gobernadores ya habían insistido en la importancia de incluir a todas las provincias del tramo norte, desde la confluencia de Corrientes hasta Misiones y Formosa. Según los funcionarios, esta ampliación es clave para potenciar la competitividad regional en el comercio internacional y asegurar un desarrollo equitativo.

“Es fundamental que nuestra visión sea escuchada para que la hidrovía se convierta en una verdadera herramienta de desarrollo para todas las provincias”, afirmaron en el documento, en el que también remarcaron la necesidad de garantizar el dragado, balizamiento, mantenimiento e inversiones para la totalidad del corredor fluvial.

Denuncias por irregularidades en la licitación

En paralelo, la licitación de la Vía Navegable Troncal quedó envuelta en una nueva controversia tras la denuncia de DEME, una de las compañías de dragado más importantes del mundo. La empresa cuestionó el “notorio direccionamiento” del pliego lanzado por el Gobierno argentino y advirtió que las irregularidades denunciadas ante la Justicia podrían generar sobrecostos innecesarios para productores y exportadores.

Según la compañía, el proceso licitatorio privilegia aspectos técnicos por encima de la oferta económica, otorgando un 60 % del puntaje a la propuesta financiera en tres etapas y solo un 40 % a la evaluación técnica final. “Esta fórmula permite que el actual operador pueda ofertar una tarifa más alta y, aun así, ganar la licitación”, señaló DEME en un comunicado.

La firma también cuestionó el tiempo establecido para la presentación de ofertas, que consideró insuficiente, y denunció que la documentación técnica proporcionada favorece al concesionario actual. Además, alertó sobre la exigencia de un calado máximo de 8 metros “sin justificación técnica” y la solicitud de una garantía de 10 millones de dólares en caso de impugnación.

La situación ha encendido las alarmas entre las provincias del Litoral, que reclaman mayor transparencia y participación en un proyecto clave para el desarrollo económico de la región.

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El estado de Paraná logró lo que la Corte le negó a Misiones: posesión plena de las Cataratas del Iguazú

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El Estado de Paraná logró revertir una sentencia en la Justicia Federal y garantizó que las Cataratas del Iguaçu, una de las 7 Maravillas Naturales del Mundo, ahora son cien por ciento paranaenses, con el reconocimiento oficial del título de propiedad y dominio del área con 1.085,3280 hectáreas constituida por los Saltos de Santa María, dentro del Parque Nacional del Iguaçu. El estado vecino de Brasil logró así lo que en 2018 la Corte Suprema de Justicia argentina le negó a Misiones, pese a que la Constitución nacional reserva a las provincias el dominio originario de los recursos naturales existentes en su territorio. Sin embargo, cuando Misiones quiso crear el Parque Provincial Iguazú, aguas arriba de las Cataratas, una zona que no cuenta con la debida protección ambiental de los organismos federales, la Corte le negó esa decisión, alegando que la provincia no puede “arrogarse la propiedad de un establecimiento de utilidad nacional”.

En 2008 la Provincia había aprobado por ley la creación del Parque Provincial Iguazú, en uso de sus competencias constitucionales (Arts. 121 y 124 de la CN), sobre el río Iguazú y para resguardar y regular los recursos y el uso de ese lugar tan especial como lo son las Cataratas.

El estado de Paraná, en una batalla similar, consiguió un resultado distinto y la Justicia federal le dio la razón. Ahora es dueña plena del área brasileña del conjunto de caídas en la frontera con Argentina, incluyendo el tradicional Hotel das Cataratas. “Sin duda, un logro en el área jurídica histórica para Foz do Iguaçu y todo el pueblo de Paraná”, celebró el abogado y consultor legislativo Gilmar Cardoso, que acompañó el trámite de la acción.

El actual contrato de concesión del Parque Nacional del Iguaçu, fue ganado por la mayor oferta por un plazo de 30 años por R$ 1.926.758.253,97, por el Consorcio Novo PNI, que está formado por el Grupo Cataratas que ya era gestor del parque y por la Construcap [empresa que es concesionaria del parque Ibirapuera, en São Paulo].

La normativa prevé que el 7% de la recaudación operacional bruta obtenida por la concesionaria debe ser recaudado mensualmente al órgano gestor (ICMBio). Ahora esos recursos entrarían en las arcas públicas paranaenses, generando empleo, renta y moviendo la economía estatal, destaca el abogado Gilmar Cardoso.

“La recaudación onerosa a ser pagada por el ICMBio, antes de la Ley Estadual 20.222/2020 creada a partir de un proyecto del diputado Luiz Fernando Guerra, era gratuita, aun siendo del Estado”, resalta el abogado. Después de esto, la Unión entró con acción para derribar la propiedad del Estado, “para mantener la tasa de administración por la gestión del parque, pagada por la concesionaria bajo su titularidad”.

La decisión en sesión presencial el miércoles del Tribunal Regional Federal (TRF4), con sede en Porto Alegre (RS), ocurrió por unanimidad y acompañó el voto del Desembargador-Relator Luiz Antonio Bonat y dio providencia para el Recurso de Apelación del Estado de Paraná en el proceso contra la Unión brasileña.

La iniciativa, a través de la Abogacía General y del ICMBio – Instituto Chico Mendes de Conservación de la Biodiversidad, buscaba la cancelación de la Matrícula nº 35.598, del 2º Oficio de Registro de Inmuebles de la Comarca de Foz do Iguaçu, del inmueble que sede el Parque Nacional y donde está instalado el Hotel das Cataratas, en nombre del Estado de Paraná.

El abogado explica que en este proceso las partes disputaban la cancelación de la Matrícula nº 35.598, en nombre del Estado de Paraná, referente a los “Saltos de Santa María”, para resguardar el patrimonio público federal, sosteniendo que las tierras en litigio, estando situadas en la franja de frontera de 66 kilómetros, integraban, cuando de la titulación por el Estado de Paraná, el patrimonio de la Unión.

Alegaban que el área total de 1.085,3280 hectáreas, constituida por los Saltos de Santa María, fue indebidamente registrada en nombre del Gobierno del Estado de Paraná. 

El fallo marca que la alegada titularidad del área por la Unión, choca con la Constitución de 1891 que transfirió a los Estados la propiedad de las tierras baldías, manteniendo en el dominio de la Unión apenas aquellas indispensables a la defensa de las fronteras, fortificaciones, construcciones militares y carreteras federales.

El área en cuestión no es baldía, ya que fue concedida por el Ministerio de la Guerra a Jesus Val en la antigua Colonia Militar del Iguaçu, y en el momento en que el área fue titulada por el particular, se incorporó al dominio privado perdiendo el carácter baldío, siendo el título definitivo expedido con el artículo 9º de la Ley 733/1900.

Por lo tanto, es inaplicable la posición de la Unión, en el sentido de que “las concesiones de tierras baldías situadas en la franja de frontera, hechas por los Estados, autorizan, apenas, el uso, permaneciendo el dominio con la Unión, aun cuando se mantenga inerte o tolerante, en relación a los poseedores”.

El inmueble se sitúa a la margen del Río Iguaçu, junto a los “Saltos de Santa María, en la frontera con Argentina, y fue objeto de colonización a cargo del Ministerio de la Guerra, en el inicio del siglo XX, siendo atribuida la posesión particular, conforme Título Definitivo de la Colonia Militar de Foz do Iguassu. Posteriormente el particular vendió el inmueble al Estado de Paraná.

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Avanzan los planes para construir un nuevo puente sobre el Paraná entre Chaco y Corrientes

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El proyecto para construir un nuevo puente sobre el río Paraná, que conectará las provincias de Chaco y Corrientes, avanza con un ambicioso diseño y una inversión millonaria. La obra, financiada parcialmente por el Banco Interamericano de Desarrollo (BID), busca mejorar la conectividad y optimizar la circulación en las rutas nacionales 11 y 12.

El puente tendrá una longitud de 772 metros y un ancho de 25,7 metros, mientras que los viaductos de acceso se extenderán por 5,6 kilómetros y la autopista de acceso abarcará 28,2 kilómetros. Estas características estructurales permitirán beneficiar a 88.000 personas al día, mejorando la conectividad de forma sostenible entre ambas provincias.

El financiamiento inicial proviene de un préstamo de 345 millones de dólares aprobado por el BID para la primera etapa de la construcción. El costo total del proyecto está presupuestado en 356.500 millones de pesos y está previsto que las ofertas para su licitación (Nro. 01-2023) sean abiertas el 19 de marzo de 2025, bajo la coordinación del Ministerio de Obras Públicas.

El plan incluye, además del puente principal, infraestructura complementaria como intercambiadores viales en ambas provincias, puentes tipo cajón para cruzar calles vecinales, un puente sobre el Ferrocarril Urquiza, calles colectoras y obras de protección hidráulica.

El objetivo de esta obra es no solo mejorar la calidad de circulación en las rutas nacionales, sino también fortalecer la integración regional, generando impacto positivo en las economías locales y reduciendo tiempos de traslado en una de las zonas más transitadas del noreste argentino.

El proyecto, calificado como prioritario en el marco del Plan de Conectividad Nacional, reafirma el compromiso del Estado Nacional con el desarrollo sostenible y la infraestructura de transporte en Argentina.

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Tribunal rechazó pedido de suspensión de cobro de peaje en la Hidrovía Paraná-Paraguay

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La justicia federal rechazó el pedido realizado por empresas para que se suspenda el cobro de peaje en la Hidrovía Paraná-Paraguay, en el tramo entre Confluencia y Santa Fe.

Así lo decidió la Cámara en lo Civil y Comercial Federal al rechazar una apelación presentada por las firmas Petrolera San Antonio y Mercopar, en contra de un fallo de primera instancia que rechazó el pedido de suspensión del cobro del peaje establecido en el artículo 3 de la Resolución 1023/22 del Ministerio de Transporte de la Nación.

Las demandantes firmas también pidieron que se ordene a las autoridades nacionales abstenerse de aplicar medidas tendientes al cobro de la tasa o que embargara o interdictara la navegación de las embarcaciones con las que ejercen su actividad comercial transportando mercadería por los ríos Paraguay y Paraná.

Las empresas argumentaron que la Resolución 1023/22, al pretender cobrar una tasa de peaje en la vía troncal navegable desde el kilómetro 1.238 hasta el kilómetro 548 del río Paraná, constituía un “obstáculo” a la navegación internacional y un incumplimiento de los tratados internacionales y de la Constitución nacional.

Señalaron, además, que si bien las normas del Acuerdo de Transporte Fluvial por la Hidrovía Paraguay Paraná, suscripto con las Repúblicas de Bolivia, Federativa del Brasil, Paraguay y Oriental del Uruguay, aprobado por la República Argentina mediante la Ley 24.385, prevén un Protocolo para la Solución de Controversias, el arbitraje solo es para los países signatarios entre sí e inoponible a particulares.

La Sala II de la Cámara en lo Civil y Comercial, en coincidencia con lo dispuesto en primera instancia, consideró que las empresas no habían agotado la vía administrativa, requisito que las normas imponen como paso previo al reclamo judicial.

El tribunal remarcó que, como el planteo de Petrolera San Antonio y Mercopar era una “clara impugnación” del reglamento del Poder Ejecutivo Nacional 1023/22, se debió primero cumplir con el artículo 24 de la Ley de Procedimientos Administrativos 19.549 que exige como requisito la interposición de un reclamo administrativo ante la misma autoridad que emitió.

Los camaristas Eduardo Gottardi, Florencia Nallar y Alfredo Gusman recordaron que la ley 26.854 impone que en estos casos la demanda judicial debe estar precedida por el agotamiento de la vía administrativa o que, solicitada la suspensión de los efectos de un acto, no se hubiese obtenido respuesta en el término de cinco días, lo que no se probó en esta causa.

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Hidrovía Paraná-Paraguay: incorporan a los trabajadores al análisis de las operaciones

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La secretaria de Relaciones Económicas Internacionales, Cecilia Todesca Bocco, acompañada de los subsecretarios del Mercosur y Negociaciones Económicas Internacionales, Federico González Perini, y de Asuntos de América Latina, Gabriel Fuks, recibió al Secretario General de la Federación Marítima Portuaria y de la Industria Naval de la República Argentina (FeMPINRA), Juan Carlos Schmid, y a su asesor, Ricardo Luján.

La reunión tuvo como fin abordar la temática de la Vía Navegable Troncal Paraguay-Paraná y conocer la opinión de los trabajadores marítimos, portuarios y de la industria naval, aportando elementos que contribuyan al debate estratégico, la defensa de los intereses nacionales y a potenciar la generación de trabajo argentino que impulse el desarrollo regional.

Las autoridades de Cancillería coincidieron en fomentar la participación de entidades intermedias, actores empresarios y gobiernos locales contemplando los intereses de los habitantes de las poblaciones que atraviesa la Vía Navegable Troncal. En ese sentido, se comprometieron específicamente a que la voz de los trabajadores pueda ser escuchada en los distintos ámbitos de debate y negociación.

Finalmente, Juan Carlos Schmid expresó la necesidad de desarrollar una estrategia articulada de las distintas áreas de gobierno que priorice, por sobre todas las cosas, los intereses nacionales.

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