PARQUES NACIONALES

Parques Nacionales incorporará 40 guardaparques y abre una señal de gestión en áreas protegidas

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El Directorio de la Administración de Parques Nacionales formalizó el 9 de abril la apertura de un concurso para cubrir 40 cargos de guardaparques técnicos (categoría GT-2), en el marco de la Resolución 112/2026 publicada este 13 de abril en el Boletín Oficial. La decisión, respaldada por el presupuesto vigente y el nuevo régimen de carrera aprobado en 2022, reactiva el ingreso de personal en áreas protegidas en un momento donde el Gobierno redefine prioridades en la administración pública. ¿Se trata de un refuerzo operativo o de una señal política sobre la presencia estatal en territorios estratégicos?

Un proceso encuadrado en la nueva carrera de guardaparques

La medida no surge de manera aislada. Se inscribe en el rediseño institucional del Cuerpo de Guardaparques Nacionales establecido por el Convenio Colectivo homologado por el Decreto 647/2022, que introdujo un esquema de carrera con dos agrupamientos: Técnico y de Conservación Territorial.

En ese marco, la resolución activa el mecanismo formal de selección previsto en ese régimen, con convocatoria abierta y publicación obligatoria en el Boletín Oficial, la cartelera de empleo público y sedes del organismo. El objetivo es avanzar con la cobertura de cargos financiados en la planta permanente, específicamente en el Agrupamiento Técnico.

El proceso incluye además la implementación de una etapa clave: el Curso de Habilitación para el Agrupamiento Técnico, cuya currícula fue aprobada días antes. Esta instancia funciona como filtro profesional y operativo, y define el ingreso efectivo al sistema.

Para sostener el procedimiento, el organismo designó un comité de selección con representación interna y externa, e incorporó veedores sindicales de UPCN y ATE, en línea con lo establecido por el propio régimen. También se nombró una coordinación concursal encargada de ordenar las etapas y garantizar los plazos.

Recursos, presupuesto y continuidad operativa

El llamado se apoya en la Ley de Presupuesto 2026 y en la decisión administrativa que distribuyó los créditos del ejercicio. No es un dato menor: la cobertura de estos cargos implica disponibilidad efectiva de recursos en un contexto donde el gasto público está bajo revisión.

Desde el punto de vista operativo, la medida responde a una necesidad explícita: sostener el proceso de incorporación continua de personal en áreas protegidas. En términos prácticos, eso significa reforzar la presencia territorial del Estado en parques nacionales, donde las tareas técnicas —monitoreo, conservación, control— requieren personal calificado.

El dato cuantitativo es preciso: 40 vacantes en el nivel técnico, una escala acotada pero significativa dentro de la estructura del organismo.

Entre ajuste y selectividad

En términos de correlación de fuerzas, la decisión introduce un matiz en la política de empleo público. Mientras otras áreas avanzan en recortes o reestructuraciones, Parques Nacionales habilita ingresos, aunque bajo un esquema regulado y con requisitos específicos.

El movimiento puede leerse como una señal de selectividad: no se expande el Estado de manera general, pero se refuerzan funciones consideradas estratégicas. La conservación ambiental, la gestión territorial y el control en áreas protegidas aparecen, en este caso, como prioridades que justifican la incorporación de personal.

Al mismo tiempo, la inclusión de sindicatos como veedores mantiene un canal institucional activo en un contexto donde las relaciones laborales en el sector público atraviesan tensiones. No hay ruptura, pero tampoco expansión indiscriminada.

Un proceso que recién empieza

La apertura del concurso no resuelve por sí sola la cuestión de fondo: la capacidad operativa real en parques nacionales dependerá de la ejecución efectiva del proceso, la formación de los seleccionados y su despliegue en territorio.

En las próximas semanas habrá que observar dos variables. Por un lado, el nivel de convocatoria y la competencia por los cargos, que marcará el atractivo del sistema. Por otro, la velocidad del proceso, en un esquema que exige múltiples etapas administrativas y formativas.

El Gobierno mueve una pieza en un tablero más amplio: el del rediseño del Estado. Pero el impacto final no se medirá en la resolución publicada, sino en cuántos de esos 40 cargos terminan efectivamente ocupados y operativos en el terreno.

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Irregularidades en la venta de entradas a las Cataratas: concesionaria denunció fallas estructurales del sistema oficial

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La concesionaria Iguazú Argentina S.A., perteneciente a la empresa Enríquez, denunció una serie de irregularidades en la comercialización de entradas al Parque Nacional Iguazú, y apuntó de manera directa a las falencias del Sistema de Emisión de Tickets Electrónicos y Control de Acceso (SETECA), plataforma que depende y es administrada exclusivamente por la Administración de Parques Nacionales, que depende de Manuel Adorni.

Según detalló la concesionaria, el foco del problema no se encuentra en la operatoria privada del área Cataratas, sino en un sistema tecnológico obsoleto, vulnerable y carente de controles básicos, que durante años permitió maniobras fraudulentas vinculadas a la emisión de entradas bonificadas o exentas.

La Administración de Parques Nacionales (APN) abrió una auditoría en el sistema de cobros del Parque Nacional Iguazú tras los reclamos formales realizados por la concesionaria Iguazú Argentina S.A., que venía advirtiendo sobre presuntas irregularidades en el funcionamiento del sistema SETECA, la plataforma oficial utilizada para la comercialización de entradas en el Área Cataratas.

Un sistema obsoleto y sin validaciones mínimas

El SETECA, impuesto por la Administración de Parques Nacionales como único canal de venta y control de accesos, presentó deficiencias estructurales que hoy quedan expuestas. Entre las principales irregularidades detectadas se destacan la falta de validación de identidad, la inexistencia de controles antifraude y graves brechas en la trazabilidad de las operaciones.

De acuerdo con la información relevada, el sistema permitía la compra de entradas correspondientes a categorías exentas —como jubilados o residentes locales— sin verificar la identidad del beneficiario ni la correspondencia del Documento Nacional de Identidad con la persona que finalmente utilizaba el ticket. Tampoco existían mecanismos automáticos para detectar patrones anómalos de compra, el uso de correos electrónicos genéricos o datos de identidad evidentemente falsos.

Estas falencias, que están lejos de los estándares actuales del comercio electrónico y del turismo internacional, dificultaban además el seguimiento posterior de las operaciones y la identificación de los actores detrás de compras masivas irregulares.

Auditoría interna y despidos

Las maniobras salieron a la luz a partir de controles internos y una auditoría iniciada y conducida por la propia concesionaria. Según informó Iguazú Argentina S.A., al detectarse un patrón de uso indebido del sistema por parte de personal interno en connivencia con terceros, la empresa actuó de manera inmediata.

Como parte de ese accionar, se aplicaron las medidas disciplinarias correspondientes, que incluyeron la desvinculación de los empleados involucrados en las prácticas fraudulentas. Desde la compañía subrayaron que estas decisiones se tomaron dentro del ámbito de responsabilidad que les compete, frente a un sistema que no está bajo su control ni administración.

Una modernización tecnológica impostergable

La situación volvió a poner en evidencia la necesidad urgente de modernizar la gestión de accesos a uno de los destinos turísticos más importantes del país. Desde la concesionaria remarcaron que un sitio de jerarquía internacional como Cataratas del Iguazú no puede sostenerse sobre una plataforma que no garantiza la integridad de las operaciones ni la transparencia en la recaudación.

En ese sentido, señalaron que existen soluciones tecnológicas ampliamente disponibles en el mercado —como validación de identidad en tiempo real, códigos QR dinámicos y herramientas de inteligencia artificial para detección de anomalías— que ya fueron oportunamente propuestas a la Administración de Parques Nacionales y que hubieran permitido prevenir este tipo de maniobras.

La responsabilidad de implementar un nuevo sistema, aclararon, recae contractualmente en el organismo nacional.

Un problema advertido y no resuelto

El caso no es nuevo. Las fragilidades del SETECA habían sido advertidas desde distintos sectores, pero las actualizaciones se demoraron y las licitaciones para su modernización no prosperaron durante años. Recién en el ejercicio 2025, la Administración de Parques Nacionales avanzó con una licitación formal para la provisión de tickets soporte del sistema, sin que ello implicara una solución integral de fondo.

Investigaciones periodísticas previas ya habían señalado que el sistema permitía la carga de datos falsos —correos inexistentes, DNI genéricos o teléfonos inválidos— y la emisión de entradas exentas a valor cero sin controles posteriores, una situación que derivó en estafas a turistas y en un perjuicio económico tanto para el Estado como para la concesionaria, según consignó La Voz de Cataratas.

Responsabilidades y conclusión

Desde Iguazú Argentina S.A. insistieron en que la problemática no se origina en la gestión de la concesionaria, sino en la imposición de un sistema de venta de entradas obsoleto y vulnerable por parte de la Administración de Parques Nacionales. La empresa no solo habría sido perjudicada por estas maniobras, sino que fue la que detectó el fraude, lo denunció y actuó con las herramientas a su alcance.

La solución definitiva, concluyen, no pasa por medidas reactivas sino por una modernización tecnológica integral del sistema de accesos a los parques nacionales, una deuda pendiente del organismo nacional en un destino que recibe millones de visitantes al año y que se promociona como uno de los íconos naturales del mundo.

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Parques Nacionales definió su hoja de ruta 2024–2027 con foco en turismo, gestión y sostenibilidad

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La Administración de Parques Nacionales (APN) aprobó formalmente las “Políticas y lineamientos estratégicos del Directorio de APN para el período 2024–2027”, un documento rector que fija objetivos, prioridades y criterios de gestión para los próximos cuatro años. La decisión quedó plasmada en la Resolución 25/2026, firmada el 29 de enero en la Ciudad de Buenos Aires, y constituye una actualización clave del esquema de planificación institucional, alineada con una nueva metodología de gestión por resultados y con impacto directo en el manejo ambiental, turístico y financiero del sistema de áreas protegidas.

La medida importa porque ordena la estrategia del organismo en un contexto de mayores exigencias presupuestarias, presión turística creciente y necesidad de articular políticas ambientales con desarrollo económico sostenible. Además, brinda previsibilidad institucional y define un marco común para la toma de decisiones del Directorio y de las distintas direcciones operativas de la APN.

Un instrumento rector para la planificación institucional

El nuevo documento estratégico se tramita en el Expediente EX-2026-00310436-APN-DGA#APNAC y fue elaborado por la Dirección de Planeamiento Estratégico, creada por la Decisión Administrativa Nº 1.422/2016 como área responsable de asistir al organismo en la definición de objetivos prioritarios y cursos de acción estratégicos.

Según se detalla en los considerandos de la resolución, los lineamientos aprobados funcionan como un “instrumento técnico indispensable para la planificación y evaluación de las acciones del Organismo”. En ese marco, se establecen la orientación institucional, los objetivos estratégicos y las prioridades de gestión para el período 2024–2027, integrándose como complemento actualizado de los lineamientos ya vigentes.

La decisión también se apoya en antecedentes normativos relevantes, como la Resolución del Directorio Nº 142/2001 —que aprobó el Plan de Gestión Institucional— y la Resolución RESFC-2018-476-APN-D#APNAC, que definió lineamientos estratégicos previos. No obstante, el Directorio consideró necesario adecuar esos marcos a los requerimientos actuales y a una lógica de evaluación basada en resultados.

Cinco pilares estratégicos que ordenan la gestión

El documento aprobado estructura la estrategia de la APN sobre cinco pilares centrales, que funcionan como ejes transversales para todas las políticas y acciones del organismo:

  1. Expansión de la oferta turística, orientada a diversificar propuestas y fortalecer el rol del turismo en áreas protegidas.
  2. Innovación de la gestión, con énfasis en modernización administrativa y mejora continua.
  3. Alianzas estratégicas, que promueven la articulación con otros organismos, sectores y actores.
  4. Autonomía financiera, clave para sostener el funcionamiento del sistema de parques en un contexto fiscal restrictivo.
  5. Protección activa del patrimonio natural y cultural, núcleo histórico de la misión institucional de la APN.

Estos pilares definen criterios rectores que permiten articular políticas institucionales en distintos niveles, desde la planificación central hasta la gestión cotidiana de los parques nacionales.

Impacto institucional y proyección a mediano plazo

La aprobación de los Lineamientos Estratégicos 2024–2027 consolida un marco de previsibilidad para la APN y para los actores vinculados al sistema de áreas protegidas, incluyendo sectores turísticos, comunidades locales y organismos públicos con competencias concurrentes.

Desde el punto de vista institucional, la resolución fortalece la capacidad del Directorio para evaluar políticas, asignar recursos y monitorear resultados bajo una lógica unificada. En términos de impacto económico y ambiental, la definición explícita de prioridades —como la expansión turística con protección activa del patrimonio— anticipa tensiones y equilibrios que marcarán la agenda de gestión en los próximos años.

La medida fue adoptada en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 23, incisos f) y w), de la Ley Nº 22.351, y contó con la intervención de la Dirección de Planeamiento Estratégico y de la Dirección General de Asuntos Jurídicos. Con su publicación en el Boletín Oficial, el documento estratégico entra plenamente en vigencia como hoja de ruta institucional de la Administración de Parques Nacionales.

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ONG reclama ante la Justicia la nulidad de una norma que habilita eventos en el Parque Iguazú

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La Asociación Civil Orembaé presentó este martes una acción de amparo ambiental ante el Juzgado Federal de Puerto Iguazú contra la Administración Nacional de Parques Nacionales (APN) y el Estado Nacional, con el objetivo de frenar la autorización de eventos sociales dentro del área de Cataratas del Parque Nacional Iguazú. La demanda busca la nulidad de la Resolución APN N.º 460/2025, al considerar que vulnera normas ambientales, derechos de comunidades indígenas y principios jurídicos de protección del ambiente.

El planteo judicial introduce un fuerte cuestionamiento institucional a la gestión de actividades en una de las áreas protegidas más sensibles del país, con potencial impacto ambiental, político y regulatorio.

El eje del amparo: nulidad de la Resolución APN 460/2025

La acción presentada solicita que se declare la nulidad absoluta e insanable de la Resolución APN N.º 460/2025, norma que habilita la realización de “microeventos” de hasta 60 personas en áreas protegidas, bajo un régimen definido como experimental y con procedimientos administrativos simplificados.

En paralelo, Orembaé requirió una medida cautelar de no innovar, con el objetivo de que se suspendan de manera inmediata los efectos de la resolución y se prohíba autorizar nuevos eventos hasta que exista una sentencia definitiva. También solicitó la habilitación de la feria judicial, dada la urgencia ambiental del planteo.

Según la organización, la resolución cuestionada introduce cambios sustanciales en los criterios de gestión del Parque Nacional Iguazú sin respetar los recaudos técnicos y legales exigidos por la normativa vigente.

Evaluación de Impacto Ambiental y principio precautorio

Uno de los ejes centrales del reclamo es la presunta violación del régimen de Evaluación de Impacto Ambiental. Orembaé sostiene que la resolución asimila los eventos sociales a proyectos de “impacto insignificante”, lo que permite evitar la elaboración de un Informe de Impacto Ambiental, exigido por la propia normativa de Parques Nacionales para actividades de este tipo.

La asociación advierte que esta clasificación resulta incompatible con la fragilidad ecosistémica del área Cataratas, donde la acumulación de actividades humanas puede generar efectos ambientales significativos.

En ese sentido, el amparo señala que la aplicación de un régimen “experimental” en un entorno de extrema sensibilidad ambiental vulnera el principio precautorio, al no existir garantías técnicas suficientes respecto de la capacidad de carga del área ni evaluaciones previas sobre los impactos acumulativos.

“El Parque Nacional no puede gestionarse bajo un método de ensayo y error sin comprometer la integridad de la biósfera. El impacto ambiental no se mide por un solo evento, sino por la acumulación de actividades sobre ecosistemas frágiles que ya soportan una fuerte presión”, expresó Martín Ferroni, abogado representante de la asociación.

Comunidades indígenas y regresión en la protección ambiental

Otro aspecto relevante del amparo es la omisión de la Consulta Previa, Libre e Informada a las comunidades indígenas con presencia en el Parque Nacional Iguazú. Orembaé sostiene que este derecho, reconocido por el Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) y de jerarquía supralegal, fue ignorado en el proceso de adopción de la resolución.

Además, la organización denuncia que la Resolución APN 460/2025 implica un retroceso en los estándares de protección ambiental, al flexibilizar criterios que regían previamente en la gestión del parque, lo que —según argumentan— configura una regresión ambiental prohibida por los principios generales del derecho ambiental.

Desde la asociación reafirmaron que el recurso judicial busca evitar consecuencias irreversibles sobre uno de los patrimonios naturales más importantes del país y sostuvieron que la vía judicial resulta necesaria frente a una decisión administrativa que, a su criterio, compromete la integridad del área protegida.

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Faenaron un guanaco en el Nahuel Huapí y deberán pagar $6 millones

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Tres hombres se beneficiaron de la suspensión de juicio a prueba y deberán abonar $6 millones, entre otras condiciones, por haber matado y faenado a un guanaco dentro del Parque Nacional Nahuel Huapí.

Tal como indicó el sitio Fiscales.gob, el juez de Garantías de Zapala, Ezequiel Andreani, homologó el acuerdo que que detiene temporalmente el proceso hacia un juicio oral, permite evitar una condena y antecedentes penales si cumplen con las reglas de conducta fijadas.

Los tres señalados fueron imputados por el delito de caza furtiva de fauna silvestre, por dispararle y faenar al ejemplar dentro del ambiente natural, por lo que se comprometieron a donar, cada uno, la suma de dos millones de pesos.

El dinero será abonado en tres cuotas consecutivas a la Fundación Civil Ñacurutú – Red de rescate y atención de fauna silvestre de la zona de San Martín de los Andes, Junín de los Andes, Villa La Angostura y áreas aledañas-, que coopera con el Refugio Aluminé, en la provincia de Neuquén.

No solo deben pagar la multa

No obstante, deberán realizar el curso de concientización sobre caza ilegal de fauna que lleva como enfoque zoología y es dictado por el Instituto Edutin Academy, con una duración de seis meses y certificación final.

Asimismo, se estableció la inhabilitación especial voluntaria por el término de un año para la adquisición y uso de cualquier tipo de armas de fuego, como así también la entrega de los correspondientes permisos de caza.

Una vez concluído el periodo anual y según el cumplimiento de los acuerdos, el magistrado tendrá la resolución sobre el posible sobreseimiento y la extinción de la acción penal. Los acusados deberán abonar la primera cuota para que les sea devuelta una camioneta que fue secuestrada en el lugar de los hechos.

Los hechos

El delito se cometió el pasado 8 de octubre cuando un comisario retirado de la Policía de Neuquén denunció haber visto una camioneta con varias personas que faenaban ejemplares de guanaco.

Los efectivos se acercaron a la Ruta Provincial N°63 y detectaron que, en la camioneta, se encontraban tres personas y restos recientes del animal protegido por la Ley N°22.351 de Parques Nacionales.

En el lugar se incautaron cortes de carne fresca de guanaco dentro de sus mochilas y en la caja del vehículo, así como dos lomos, dos paletas con cuero, cuchillos y una vaina servida calibre 223, aunque el arma no fue encontrada ya que se la habría llevado una cuarta persona que se dio a la fuga antes de la llegada de las autoridades.

Uno de los imputados se presentó y entregó voluntariamente el rifle utilizado para cazar al ejemplar, el pasado 2 de diciembre, junto a la documentación del arma y las correspondientes credenciales.

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