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El Gobierno activa la privatización de la Vía Navegable Troncal con tres ofertas y promete US$ 10.000 millones de inversión

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El Gobierno dio un paso decisivo en la privatización de la Vía Navegable Troncal, el corredor por el que circula el 80% del comercio exterior argentino y de países de la región. El ministro Luis Caputo informó que se presentaron tres oferentes internacionales —Jan De Nul NV, DEME y DTA Engenharia— en la licitación pública internacional para la modernización, operación y mantenimiento del sistema, con una inversión estimada en más de US$ 10.000 millones a lo largo de 25 años.

El proceso, que cuenta con aval técnico de la Conferencia de las Naciones Unidas sobre Comercio y Desarrollo (UNCTAD), se encamina ahora hacia la adjudicación y la firma de un contrato de concesión a riesgo empresarial y sin aval del Estado. En términos políticos, la señal es clara: el Ejecutivo busca consolidar un esquema de infraestructura estratégica financiado por capital privado y con estándares internacionales de transparencia, en línea con su estrategia de desestatización y reducción de riesgos fiscales.

Licitación internacional y respaldo multisectorial

La apertura de sobres completó una etapa central del proceso licitatorio. El esquema se estructuró en tres instancias: primero, la evaluación de antecedentes operativos y capacidad técnica y financiera; luego, el análisis del Plan de Trabajo con un sistema de puntajes; finalmente, la ponderación de la oferta económica, con mayor peso para asegurar la tarifa más baja posible.

El pliego se elaboró con respaldo de la UNCTAD, que auditó criterios de transparencia y competitividad. El Gobierno subrayó que se trata de una de las licitaciones “más participativas y transparentes”, apoyada por la Bolsa de Comercio de Rosario, la Cámara de la Industria Aceitera – Centro de Exportadores de Cereales (CIARA–CEC), la Cámara de Puertos Privados Comerciales, la Cámara de Actividades Portuarias y Marítimas, además de los gobiernos de Entre Ríos, Santa Fe, Misiones, Corrientes, Formosa, Chaco y Buenos Aires. También expresaron respaldo entidades agropecuarias como Confederaciones Rurales Argentinas, Sociedad Rural Argentina, Coninagro y Federación Agraria, junto a organizaciones ambientalistas.

Ese alineamiento no es menor. La vía navegable concentra intereses productivos, portuarios y fiscales de las principales provincias exportadoras. La definición del nuevo concesionario impactará en tarifas, profundidad de dragado y previsibilidad operativa para un complejo agroindustrial que depende de la logística fluvial.

Competitividad y costos logísticos: el eje económico

El objetivo declarado del proyecto es permitir que buques de gran calado operen a plena capacidad, reducir costos logísticos y mejorar la competitividad del comercio exterior. En una economía donde la balanza comercial y el ingreso de divisas resultan determinantes, cualquier mejora en eficiencia portuaria tiene efecto macroeconómico.

La inversión proyectada —más de US$ 10.000 millones en 25 años— supone un volumen relevante de capital privado destinado a dragado, señalización y mantenimiento. El contrato a riesgo empresarial implica que el concesionario asume el financiamiento y recupera la inversión vía tarifa, sin garantías estatales.

Para el sector agroexportador y portuario, la clave estará en el equilibrio entre tarifa y servicio. El pliego pondera la oferta económica con mayor peso, lo que busca asegurar un costo competitivo. Sin embargo, el esquema también exige capacidad técnica y financiera comprobada, un punto crítico en una infraestructura que define la salida de granos, aceites y subproductos.

Las provincias del litoral observan el proceso con interés directo: una vía más eficiente puede traducirse en mayor actividad portuaria, empleo y recaudación asociada al comercio exterior.

Señales al mercado y consolidación del rumbo

La apertura de sobres refuerza el mensaje de que el Gobierno prioriza participación privada en activos estratégicos y busca reducir exposición fiscal. La concesión sin aval estatal y con inversión comprometida a largo plazo encaja en esa narrativa.

Al mismo tiempo, el respaldo multisectorial y la auditoría de la ONU funcionan como escudo político ante un tema históricamente sensible. La vía navegable no es solo una obra de infraestructura; es un nodo de poder económico.

Queda por delante la evaluación técnica y económica de las propuestas y la adjudicación final. Allí se definirá qué empresa operará durante 25 años una de las arterias logísticas más relevantes del Cono Sur. La decisión marcará no solo el futuro del sistema portuario, sino también la capacidad del país para sostener competitividad exportadora en un contexto internacional exigente.

El proceso ya está en marcha. La discusión ahora se traslada al terreno de la ejecución y al delicado equilibrio entre tarifa, inversión y control público.

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Licitación internacional para concesionar rutas: el tramo de Misiones aparece en la oferta

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El Ministerio de Economía autorizó el llamado a Licitación Pública Nacional e Internacional N° 504-0001-LPU26 para concesionar por peaje ocho tramos estratégicos de la Red Vial Nacional, en el marco de la privatización total de Corredores Viales SA. La medida, formalizada mediante la Resolución 174/2026, publicada el 23 de febrero de 2026, constituye un paso operativo clave en la implementación del Decreto 97/2025 y profundiza el rediseño del esquema de infraestructura vial bajo el régimen de la Ley 17.520.

La decisión impacta de lleno en la estructura del sistema de concesiones, en la política de financiamiento de obras viales y en el equilibrio fiscal, dado que el nuevo esquema busca transferir al sector privado la operación, mantenimiento y explotación de corredores actualmente bajo la órbita estatal.

Marco normativo y avance del proceso de privatización

El proceso se inscribe en una secuencia normativa iniciada con el Decreto 794/2017, que dispuso la constitución de Corredores Viales SA bajo el régimen de la Ley General de Sociedades N° 19.550. Posteriormente, los Decretos 1010/2017, 659/2019, 779/2020 y 1036/2020 le otorgaron concesiones de obra pública por peaje sobre diversos corredores nacionales.

El punto de inflexión se produjo con el artículo 7° de la Ley 27.742, que declaró a Corredores Viales SA “sujeta a privatización” en los términos de los Capítulos II y III de la Ley 23.696. Luego, el Decreto 97 del 14 de febrero de 2025 autorizó el procedimiento de privatización total bajo la modalidad de concesión de obra pública por peaje, conforme la Ley 17.520.

En ese marco, el artículo 2° del Decreto 97/2025 encomendó al Ministerio de Economía —con asistencia de la Unidad Ejecutora Especial Temporaria “Agencia de Transformación de Empresas Públicas”— adoptar las medidas necesarias para concretar la privatización. Además, el artículo 3° lo facultó a efectuar el llamado y adjudicación de la licitación y a modificar la conformación de los tramos.

La Resolución 1284/2025 del Ministerio de Economía dio inicio formal al procedimiento. Luego, mediante el Proyecto “Red Federal de Concesiones”, se diseñó un nuevo esquema de gestión privada orientado —según se consigna en los considerandos— a “eliminar el déficit y equilibrar las cuentas del Estado Nacional”.

Etapa III: tramos, pliegos y cronograma

La Etapa III comprende los tramos denominados Cuyo, Centro Norte, Noroeste, Chaco Santa Fe, Litoral, Noreste, Centro y Mesopotámico, que incluyen parte de los corredores actualmente concesionados a Corredores Viales SA y abarcan tramos de las Rutas Nacionales Nros. 7, 9, 11, 12, 16, 18, 19, 34, 66, 105, 1V-66, A-012 y A016.

La Resolución 174/2026:

  • Autoriza el llamado a la Licitación Pública Nacional e Internacional de Etapa Múltiple N° 504-0001-LPU26.
  • Aprueba el Pliego de Bases y Condiciones Generales, el Pliego de Bases y Condiciones Particulares, los Formularios de Cotización, el Modelo de Contrato, el Reglamento de Explotación y el Régimen de Infracciones y Sanciones.
  • Establece que la documentación podrá descargarse del portal CONTRAT.AR, conforme al Decreto 416/2025.

El cronograma es preciso:

  • Consultas a los pliegos: hasta el 4 de mayo de 2026 a las 13:00 horas.
  • Presentación de ofertas: hasta el 18 de mayo de 2026 a las 12:00 horas.
  • Apertura de ofertas: 18 de mayo de 2026 a las 13:00 horas, mediante acto público electrónico en CONTRAT.AR.

Además, el llamado será publicado durante siete días en el Boletín Oficial y en el sitio web del Ministerio de Economía, y durante tres días en el portal del Banco Mundial “DGMARKET”, lo que refuerza el carácter internacional del proceso.

En paralelo, se creó una Comisión Evaluadora ad hoc integrada por tres miembros titulares y tres suplentes, formalizando la instancia técnica de análisis de ofertas.

Audiencias públicas, tasación previa y control institucional

El proceso incluyó audiencias públicas convocadas por la Dirección Nacional de Vialidad mediante la Resolución 924/2025, en el marco del Decreto 1172/2003. Los informes de cierre fueron aprobados por la Resolución 1244/2025, correspondientes a las audiencias celebradas el 30 de junio, 2, 4 y 7 de julio de 2025.

Asimismo, en cumplimiento del artículo 19 de la Ley 23.696, la Dirección Nacional de Vialidad presentó la tasación previa exigida para procesos de privatización.

La medida cuenta con intervención de la Secretaría de Transporte, la Secretaría de Coordinación de Infraestructura, la Unidad Ejecutora Especial Temporaria “Agencia de Transformación de Empresas Públicas”, la Sindicatura General de la Nación y el servicio jurídico permanente del Ministerio de Economía, lo que evidencia un encuadre institucional amplio.

Impacto económico y sectores involucrados

La licitación de la Etapa III redefine el mapa de concesiones viales nacionales. El nuevo esquema delega en operadores privados la construcción, explotación, administración, reparación, ampliación, conservación y mantenimiento de los corredores, junto con la posibilidad de desarrollar “explotaciones complementarias o colaterales que permitan obtener ingresos adicionales”.

En términos económicos, la decisión: Reconfigura la estructura de financiamiento de la red vial nacional. Transfiere riesgos operativos al sector privado. Busca reducir el déficit asociado a la gestión estatal directa.

Para el mercado, la convocatoria internacional amplía el universo potencial de oferentes y podría generar competencia en condiciones técnicas y económicas.

Desde el plano político e institucional, la medida consolida la hoja de ruta trazada por el Decreto 97/2025 y materializa la declaración de privatización dispuesta por la Ley 27.742. El avance hacia la adjudicación marcará un hito en la transformación del modelo de gestión vial.

Nueva arquitectura concesional

La Etapa III completa el despliegue progresivo del proyecto “Red Federal de Concesiones”. Con las Etapas I, II y II-B ya iniciadas mediante las licitaciones 504-0007-LPU25, 504-0013-LPU25 y 504-0015-LPU25, el proceso entra en una fase decisiva.

Si la adjudicación avanza según el cronograma previsto, el Estado habrá dado un paso estructural en la reorganización del sistema vial bajo concesión, alineando el marco normativo con un esquema de gestión privada orientado a la eficiencia operativa y el equilibrio fiscal.

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Hidroeléctricas del Comahue: el Gobierno precalifica oferentes y avanza hacia la venta del 100% del capital accionario

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El Ministerio de Economía avanzó en la privatización hidroeléctrica del Comahue: aprueba la primera etapa del concurso y define la apertura de ofertas económicas para el 28 de noviembre

El Gobierno nacional dio un nuevo paso decisivo en el proceso de privatización de los complejos hidroeléctricos Alicurá, El Chocón, Cerros Colorados y Piedra del Águila, al aprobar la primera etapa del Concurso Público Nacional e Internacional para vender el 100% de las acciones de las sociedades creadas para operar esas centrales. La medida, formalizada mediante la Resolución 1910/2025 del Ministerio de Economía, habilita la precalificación de oferentes y fija para el 28 de noviembre, a las 10:00, la apertura de las ofertas económicas.

Un proceso estructural: marco normativo, actores y avances del procedimiento

La resolución —firmada el 26 de noviembre de 2025 por el ministro Luis Caputo— se apoya en un extenso andamiaje normativo que incluye las leyes 15.336, 23.696 y 27.742, y decretos clave como el 718/2024, el 286/2025 y el 590/2025, que ordenaron la reversión, reorganización societaria y posterior privatización de las principales represas del Comahue.

Los complejos hidroeléctricos Alicurá, El Chocón, Cerros Colorados y Piedra del Águila, cuyas concesiones iniciales datan de 1993, fueron incorporados al programa de privatización mediante las instrucciones impartidas por la Secretaría de Energía. Así, ENARSA y Nucleoeléctrica Argentina (NASA) conformaron cuatro sociedades operadoras, con la composición accionaria establecida en 98% ENARSA y 2% NASA, para transitar la etapa de transición previa a la venta.

La Ley 27.742 declaró a ambas compañías sujetas a privatización. Luego, los decretos 286/2025 y 695/2025 autorizaron la privatización total de ENARSA y la privatización parcial de NASA, respectivamente, habilitando así el traspaso de activos estratégicos al sector privado.

El decreto 718/2024 instruyó la realización de un concurso público competitivo y estableció que la adjudicación de las acciones activaría formalmente las nuevas concesiones para generación hidroeléctrica.

En agosto de 2025, la Resolución 1200 del Ministerio de Economía lanzó el concurso, aprobó el Pliego de Bases y Condiciones (PLIEG-2025-91224663-APN-SE#MEC), fijó el llamado internacional y constituyó una Comisión Evaluadora ad hoc. Posteriormente, las resoluciones 1569/2025 y 1649/2025 dictaron ocho circulares de aclaraciones y modificaciones, y redefinieron fechas claves para el proceso.

Oferentes, precalificación y exclusión: cómo quedó el mapa empresarial tras la apertura del Sobre N.º 1

El 7 de noviembre a las 17:00, a través de la plataforma CONTRAT.AR, se realizó la apertura automática del Sobre N.º 1, correspondiente a antecedentes, información jurídica y técnica. Se presentaron nueve ofertas que incluyeron a firmas como Central Puerto, Enel Argentina, Pampa Energía, AES, Hidroeléctrica Futaleufú, y diversos consorcios integrados por empresas nacionales e internacionales.

La Comisión Evaluadora verificó inscripciones en CONTRAT.AR, analizó la documentación, solicitó subsanaciones por errores no esenciales. Y trasladó observaciones a los oferentes el 13 de noviembre, cumpliendo el procedimiento previsto en el Pliego.

Concluido el análisis, recomendó precalificar a las firmas que cumplieron los requisitos para pasar a la segunda etapa. La resolución adopta esa recomendación y detalla, renglón por renglón, los grupos habilitados:

Renglón 1 — Alicurá Hidroeléctrica Argentina S.A.

Se precalificaron:

  • EDISON INVERSIONES S.A.U., ENERGÉTICA DEL NORTE S.A.U., CONSORCIO DE EMPRESAS MENDOCINAS PARA POTRERILLOS S.A. y EDISON HOLDING S.A.
  • HIDROELÉCTRICA FUTALEUFÚ S.A., GENNEIA S.A. y ALUAR ALUMINIO ARGENTINO S.A.I.C.
  • BML INVERSORA S.A.U. y empresas asociadas (ENERGRAIN, ORAZUL ENERGY GENERATING, ORAZUL ENERGY CERROS COLORADOS, LIMABAZ S.A.U., BML GENERADORA S.A., MSU ENERGY GREEN S.A. y BML ENERGIA S.A.).
  • CENTRAL COSTANERA S.A. y CENTRAL PUERTO S.A.
  • PAMPA ENERGÍA S.A.
  • ENEL ARGENTINA S.A. y ENEL GENERACIÓN EL CHOCÓN S.A.
  • AES ARGENTINA GENERACIÓN S.A.

Renglón 2 — El Chocón Hidroeléctrica Argentina S.A.

Se habilitaron los mismos grupos que en el Renglón 1, excepto AES, que no concursó en esta categoría.

Renglón 3 — Cerros Colorados Hidroeléctrica Argentina S.A.

Se precalificaron:

  • EDISON (en todas sus sociedades vinculadas).
  • HIDROELÉCTRICA FUTALEUFÚ, GENNEIA y ALUAR.
  • El consorcio BML y asociadas.
  • ENEL y ENEL GENERACIÓN EL CHOCÓN S.A.

Renglón 4 — Piedra del Águila Hidroeléctrica Argentina S.A.

Se precalificaron:

  • EDISON y empresas asociadas.
  • FUTALEUFÚ–GENNEIA–ALUAR.
  • CENTRAL PUERTO S.A.
  • PAMPA ENERGÍA S.A.
  • ENEL y ENEL GENERACIÓN EL CHOCÓN.

Oferta desestimada

La resolución desestima formalmente, para todos los renglones, la oferta de IPS RENEWAL S.A., conforme al Dictamen de Precalificación.

El dictamen no recibió impugnaciones dentro del plazo previsto por el Pliego (art. 1.5.3.7), por lo que quedó firme.

Fecha clave para las ofertas económicas y publicación internacional

El Ministerio fija la apertura del Sobre N.º 2 —ofertas económicas— para el 28 de noviembre de 2025 a las 10:00, mediante la plataforma CONTRAT.AR.

Además, ordena publicar la resolución en: CONTRAT.AR, DGMARKET del Banco Mundial y el sitio web de la Secretaría de Energía

También instruye la notificación electrónica a cada oferente, siguiendo la trazabilidad establecida en el procedimiento.

La medida entra en vigencia desde su firma.

Un proceso de alto volumen regulatorio y horizonte estratégico

La aprobación de la primera etapa consolida el avance de uno de los procesos de privatización más relevantes desde la entrada en vigencia de la Ley 27.742. El paquete accionario en venta —100% de las acciones Clase A, B y C de las cuatro sociedades— representa el traspaso total del control operativo y estratégico de los complejos hidroeléctricos que abastecen una porción significativa del sistema eléctrico argentino.

La magnitud de los grupos precalificados permite anticipar un escenario de fuerte competencia en la etapa económica. Con la participación de generadoras tradicionales, compañías globales, consorcios de capitales mixtos y actores ligados a industrias electrointensivas.

Las decisiones que surjan de la apertura del 28 de noviembre marcarán el rumbo de la nueva etapa concesionada. Incluyendo el esquema de remuneración del período y el marco regulatorio establecido en el decreto 718/2024.

Para las provincias donde operan los complejos, así como para el sistema eléctrico en su conjunto. La adjudicación abrirá interrogantes sobre inversiones, políticas de mantenimiento, gestión de caudales y compromisos de abastecimiento.

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Corredores Viales: Economía habilitó la Etapa II del nuevo sistema de concesiones bajo la Ley 17.520

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Economía avanza con la privatización de Corredores Viales y lanza la licitación internacional de la Red Federal de Concesiones – Etapa II

El Ministerio de Economía autorizó el llamado a la Licitación Pública Nacional e Internacional N.º 504-0013-LPU25 para concesionar los tramos Sur, Atlántico, Acceso Sur y Pampa de la Red Federal de Concesiones. La medida, formalizada mediante la Resolución 1843/2025, constituye un paso central en el proceso de privatización de Corredores Viales S.A., declarado por la Ley 27.742 y habilitado por el Decreto 97/2025.

Un paso clave en la privatización de Corredores Viales S.A.

La Resolución 1843/2025, firmada el 19 de noviembre de 2025, profundiza la reconfiguración del esquema vial nacional al autorizar formalmente la licitación para concesionar bajo el régimen de la Ley 17.520 los tramos definidos en la Etapa II del proyecto “Red Federal de Concesiones”.

El proceso se inscribe en la estructura de privatizaciones previstas por la Ley 27.742, que declaró “sujeta a privatización” a Corredores Viales S.A., empresa constituida por Decreto 794/2017 y actualmente operadora de corredores nacionales asignados sucesivamente mediante los Decretos 1010/2017, 659/2019, 779/2020 y 1036/2020.

El Decreto 97/2025 habilitó la privatización total de la compañía mediante concesión de obra pública por peaje, a la vez que designó al Ministerio de Economía como autoridad encargada del proceso, con asistencia de la Unidad Ejecutora Especial Temporaria “Agencia de Transformación de Empresas Públicas”.

En ese marco, la cartera económica dictó la Resolución 1284/2025 que dio inicio al procedimiento privatizador y encargó a la Secretaría de Transporte la propuesta de tramos, el relevamiento del estado de la infraestructura y la elaboración de la documentación licitatoria.

Cómo será la Etapa II: tramos, audiencias públicas y documentación licitatoria

La Etapa II incorpora cuatro tramos estratégicos —Sur, Atlántico, Acceso Sur y Pampa— integrados por sectores de las rutas nacionales 3, 205, 226, A-005, así como de las autopistas Ezeiza–Cañuelas, Jorge Newbery y Riccheri.

Para avanzar con esta etapa, la Dirección Nacional de Vialidad convocó audiencias públicas mediante la Resolución 827/2025, en cumplimiento del Decreto 1172/2003. Las audiencias se realizaron el 11 y 12 de junio de 2025, y sus Informes de Cierre fueron aprobados por la Resolución 1136/2025.

En paralelo, Vialidad presentó la tasación previa exigida por el artículo 19 de la Ley 23.696, paso indispensable para cualquier proceso de privatización.

La resolución firmada por Economía aprueba un extenso cuerpo documental compuesto por:

  • Pliego de Bases y Condiciones Generales (IF-2025-127089568-APN-DNV#MEC)
  • Pliego de Bases y Condiciones Particulares
  • Formularios de Cotización
  • Modelo de Contrato
  • Pliego de Especificaciones Técnicas Generales
  • Pliegos de Especificaciones Técnicas Particulares de cada tramo
  • Reglamento de Explotación
  • Reglamento de Infracciones y Sanciones

Toda la documentación estará disponible en el portal CONTRAT.AR, de acuerdo con el Decreto 416/2025.

Fechas clave del proceso licitatorio y creación de la comisión evaluadora

La Resolución 1843/2025 establece un cronograma preciso para el procedimiento: Consultas a los pliegos: hasta el 21 de enero de 2026 a las 13:00. Presentación de ofertas: hasta el 6 de febrero de 2026 a las 12:00. Apertura de ofertas: 6 de febrero de 2026 a las 13:00, mediante acto público electrónico en CONTRAT.AR

Además, el Ministerio ordena publicar el llamado: 7 días en el Boletín Oficial y la web del Ministerio, 3 días corridos en el sitio internacional DGMARKET del Banco Mundial

Para garantizar la evaluación técnica y económica, se crea una Comisión Evaluadora ad hoc, integrada por:

Titulares: Marcelo Roberto Saenz Urquiza, José Manuel Urdiroz, Luciano Lissi. Suplentes: Martha Karina Dipp, Marcelo Guillermo Bianchi, Micaela Renée Lapuente.

La Secretaría de Transporte queda facultada para emitir circulares aclaratorias durante el proceso.

Impacto institucional: un cambio estructural en la gestión vial nacional

La Etapa II de la Red Federal de Concesiones representa una transformación profunda del esquema de operación y mantenimiento de rutas nacionales. La resolución señala que el objetivo es permitir que el sector privado gestione tramos críticos para: construcción y ampliación de infraestructura, mantenimiento y conservación, prestación de servicios al usuario, y la generación de nuevas explotaciones complementarias.

El Ministerio de Economía subraya que el nuevo sistema apunta a “eliminar el déficit y equilibrar las cuentas del Estado Nacional”, en línea con las metas generales de reducción del gasto y reordenamiento del sector público.

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AySA: Milei oficializó el nuevo marco legal que habilita su privatización

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El Gobierno aprobó el nuevo marco regulatorio del agua y saneamiento, paso clave en la privatización de AySA. Con la entrada en vigencia del nuevo Marco Regulatorio, el Ejecutivo avanza un paso más en la reconfiguración del sistema de agua y saneamiento del Área Metropolitana de Buenos Aires.

El Decreto 805/2025, publicado este miércoles 12 de noviembre en el Boletín Oficial, aprueba el texto ordenado del Marco Regulatorio de la Ley 26.221. La medida da sustento jurídico al proceso de privatización de Agua y Saneamientos Argentinos S.A. (AySA), y redefine los parámetros técnicos, económicos y ambientales del servicio público de agua potable y cloacas en el AMBA.

El DNU 805/2025 no sólo ordena un entramado normativo disperso, sino que sienta las bases legales para la transición de AySA hacia un esquema de gestión privada, bajo principios de eficiencia, transparencia y rentabilidad, en un sector clave para la infraestructura y la salud pública.

Un nuevo marco legal para la prestación del servicio

El Poder Ejecutivo Nacional, mediante el Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) 805/2025, aprobó el texto ordenado del “Marco Regulatorio” de la Ley 26.221, que regula la concesión y el control del servicio público de agua potable y desagües cloacales en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y 26 partidos del conurbano bonaerense.

La decisión se enmarca en el proceso de privatización de AySA, declarado por la Ley 27.742 —Ley de Bases y Puntos de Partida para la Libertad de los Argentinos—, que habilitó al Poder Ejecutivo a transferir al sector privado empresas estatales, bajo los principios de transparencia, competencia y eficiencia.

Según el decreto, el nuevo texto “brinda certeza jurídica al contexto normativo que rige la prestación del servicio público a cargo de esa sociedad”, un paso considerado indispensable para avanzar con la licitación prevista en un plazo de ocho meses desde el inicio formal del proceso (agosto de 2025, según la Resolución 1198/25 del Ministerio de Economía).

Redefinición institucional y corrección técnica del régimen tarifario

El Anexo I del decreto —de más de 120 artículos y cinco anexos complementarios— actualiza la estructura normativa que define el funcionamiento del sistema, los derechos y obligaciones de la concesionaria, y el rol de los organismos de control.

El texto reafirma que el acceso al agua es un “derecho humano esencial”, aunque subraya que la prestación deberá garantizarse bajo criterios de eficiencia, equidad y sostenibilidad económica. Establece además un régimen tarifario basado en el equilibrio económico-financiero de la concesión, con revisiones periódicas, incentivos a la inversión y un sistema de subsidios focalizados para sectores vulnerables.

Una de las modificaciones técnicas más relevantes recae sobre el Artículo 20 del Anexo E (Cargo por Construcción), donde se corrige un error material del Decreto 493/25 que había invertido los criterios de cálculo para usuarios con medidor y sin medidor. La nueva redacción restituye la fórmula anterior, que establece que el monto a facturar será “equivalente al valor del cargo fijo más el cargo variable en régimen no medido, y sólo al cargo fijo en régimen medido, calculado en ambos casos para 180 días”.

El objetivo, según la Secretaría de Obras Públicas, es “restablecer la coherencia técnica del esquema tarifario previo” y evitar “criterios contrarios al espíritu de la norma que distorsionen los costos reales del servicio”.

Hacia un nuevo modelo de concesión

El nuevo marco consolida el rol de tres entidades clave:

  • El Ente Regulador de Agua y Saneamiento (ERAS): encargado del control tarifario, la calidad del servicio y la atención de reclamos de usuarios.
  • La Agencia de Planificación (APLA): responsable de los planes de expansión, inversiones y planificación estratégica.
  • El Ministerio de Economía: autoridad concedente y órgano rector del proceso de privatización.

En su preámbulo, el texto establece que “la eficiencia deberá entenderse de forma complementaria con la equidad”, y que las tarifas “deben ser justas y razonables, permitiendo a la concesionaria cubrir costos operativos e inversiones con una rentabilidad comparable a otras actividades de riesgo similar”.

La reglamentación también delimita con precisión el ámbito territorial de la concesión —Ciudad Autónoma de Buenos Aires y 26 partidos del conurbano—, aunque habilita futuras ampliaciones mediante convenios con municipios que adhieran al régimen.

En términos ambientales, el decreto reafirma las obligaciones de la concesionaria en materia de tratamiento de efluentes, control de vertidos industriales y protección de las fuentes de agua cruda, con la intervención de la Subsecretaría de Recursos Hídricos y la Subsecretaría de Ambiente.

Contexto político y proyecciones del proceso de privatización

El DNU 805/2025 se dicta en un momento clave del plan de transformación de empresas públicas impulsado por el Gobierno de Javier Milei, que ya avanzó con la venta o reestructuración de más de una decena de sociedades estatales. AySA, por su magnitud —con más de 15 millones de usuarios y un presupuesto anual superior a 300 mil millones de pesos—, constituye una de las operaciones más sensibles en términos económicos, políticos y sociales.

La Unidad Ejecutora Especial “Agencia de Transformación de Empresas Públicas”, dependiente del Ministerio de Economía, deberá concretar la venta de AySA antes de abril de 2026. El proceso contempla distintas modalidades, incluyendo la posibilidad de participación mixta con capital privado nacional o extranjero, bajo licitación internacional.

Desde el punto de vista institucional, la aprobación del marco regulatorio ordenado era condición previa para la valuación y el diseño del nuevo contrato de concesión.
El Gobierno sostiene que la medida “fortalece la seguridad jurídica y la previsibilidad regulatoria”, mientras que fuentes del sector sindical y técnico advierten que el traspaso al sector privado podría implicar “ajustes tarifarios significativos” y redefinición de planteles laborales.

La decisión, en última instancia, será evaluada por la Comisión Bicameral Permanente del Congreso, que deberá pronunciarse sobre la validez del decreto conforme a la Ley 26.122, en un plazo de diez días hábiles.

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