Programa Hogar

Energía redefine el control del mercado de garrafas y elimina un sistema de información vigente desde 2003

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El Gobierno nacional dio un nuevo paso en la reorganización del mercado de combustibles al aprobar un nuevo sistema de información para los operadores de Gas Licuado de Petróleo (GLP) y eliminar un régimen vigente desde hace más de dos décadas. La decisión quedó formalizada a través de la Resolución 64/2026 de la Secretaría de Energía, firmada el 12 de marzo y publicada el 16 de marzo, que redefine la forma en que el Estado monitorea el mercado de garrafas y la cadena de abastecimiento.

La medida se inscribe dentro del proceso de reconfiguración regulatoria del sector energético impulsado por el Gobierno, que en los últimos meses avanzó en la desregulación de precios y en la reducción de intervenciones administrativas en distintos segmentos del mercado. En este caso, la Secretaría de Energía apunta a reordenar los mecanismos de información y control del sector del GLP, una industria sensible por su impacto directo en el consumo doméstico, especialmente en zonas donde no existe acceso a redes de gas natural.

La resolución introduce una tensión clásica de la política energética argentina: cómo reducir la burocracia estatal sin perder capacidad de control sobre un mercado clave para el abastecimiento interno.

Un nuevo sistema de información para operadores de GLP

El núcleo de la resolución consiste en la creación de un Sistema de Información para los operadores inscriptos en el Registro Nacional de la Industria del Gas Licuado de Petróleo (RNIGLP), que deberán reportar datos sobre su actividad bajo un nuevo esquema regulatorio.

Este sistema reemplaza al que regía desde 2003, cuando la Secretaría de Energía había establecido un modelo de declaraciones periódicas para los actores del sector. Aquella estructura había sido diseñada en un contexto de fuerte intervención estatal en el mercado energético.

La nueva normativa elimina ese régimen histórico al derogar la Resolución 375/2003, uno de los pilares administrativos del sistema de control del mercado de GLP durante más de veinte años.

El Gobierno sostiene que el nuevo esquema busca mejorar la calidad de los datos, reducir errores en los procesos administrativos y simplificar la carga de información para los operadores, concentrando las obligaciones declarativas en datos considerados esenciales para monitorear el mercado.

Al mismo tiempo, la Secretaría de Energía mantendrá la facultad de requerir información adicional cuando lo considere necesario para el cumplimiento de sus funciones regulatorias.

La información reportada por las empresas será publicada en el sitio web oficial del organismo, lo que introduce un componente de transparencia pública en el seguimiento del sector.

Control de stock y límites de compra

La resolución también introduce un elemento operativo relevante: la aprobación de una metodología de cálculo para los Volúmenes Máximos Permitidos (VMP) de compra de GLP para los operadores del mercado.

El objetivo declarado es garantizar condiciones de seguridad y abastecimiento, evitando distorsiones en la cadena de suministro.

En la práctica, el sistema funcionará como un mecanismo de control indirecto sobre el manejo de stock y el volumen de operaciones de cada actor de la industria, un aspecto clave en un mercado donde los problemas de distribución pueden derivar rápidamente en tensiones de abastecimiento.

La aplicación técnica de este sistema quedará en manos de la Subsecretaría de Combustibles Líquidos, que recibió la delegación de facultades para implementar los mecanismos previstos en los anexos de la resolución.

Cambios en el control de garrafas y cilindros

Otro punto central de la medida es la modificación del régimen de control sobre los envases de GLP, que incluye garrafas y cilindros utilizados en la distribución.

Las empresas fraccionadoras deberán mantener un registro detallado de fabricación, reacondicionamiento, transformación, baja o destrucción de envases, así como de las certificaciones correspondientes.

La información deberá presentarse ante la autoridad de aplicación con carácter de declaración jurada y periodicidad semestral, un cambio respecto al esquema anterior que exigía reportes mensuales.

La Secretaría de Energía podrá requerir información adicional o realizar verificaciones presenciales para controlar el cumplimiento de estas obligaciones.

El sistema busca mantener la trazabilidad del parque de envases, un elemento clave para garantizar condiciones de seguridad en la cadena de distribución de GLP.

Un cambio en línea con la nueva arquitectura regulatoria

La resolución se apoya en el nuevo marco institucional que el Gobierno viene construyendo para el sector energético.

Entre los antecedentes citados se encuentran:

  • El Decreto 70/2023, que estableció el principio de funcionamiento de la economía bajo reglas de libre competencia.
  • La Ley 27.742, orientada a promover la iniciativa privada y limitar intervenciones estatales innecesarias.
  • El Decreto 446/2025, que modificó el marco regulatorio del GLP para eliminar interferencias en precios, oferta y demanda.
  • El Decreto 943/2025, que creó el régimen de Subsidios Energéticos Focalizados (SEF) y dispuso la futura migración de los beneficiarios del Programa Hogar a ese esquema.

Ese contexto explica por qué el Gobierno decidió revisar los sistemas administrativos heredados de etapas regulatorias anteriores.

La Secretaría de Energía plantea que el nuevo esquema permitirá reducir la carga operativa para los operadores del sector, al mismo tiempo que mejorará las herramientas estatales de monitoreo del abastecimiento interno.

Un mercado sensible en plena transición regulatoria

El mercado de GLP ocupa un lugar particular dentro de la política energética argentina. A diferencia del gas natural por redes, las garrafas siguen siendo la principal fuente de energía para millones de hogares, especialmente en regiones donde la infraestructura de gasoductos no llega.

Por esa razón, cualquier cambio en la regulación del sector tiene impacto directo en la política social y energética del Gobierno.

La resolución no modifica precios ni subsidios de forma directa, pero reordena los mecanismos administrativos que sostienen el control del mercado, en un momento en que el Estado intenta reducir su intervención sin abandonar la supervisión del abastecimiento.

La pregunta de fondo es cómo evolucionará ese equilibrio.

La implementación del nuevo sistema de información y del cálculo de volúmenes máximos marcará el verdadero alcance de la reforma administrativa. En las próximas semanas será clave observar cómo se adaptan los operadores del sector y qué capacidad mantiene el Estado para monitorear un mercado que el propio Gobierno busca desregular.

Por ahora, la resolución funciona como una pieza más dentro de un rediseño regulatorio más amplio que todavía está en desarrollo.

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Energía redefine subsidios y cambia los consumos base de luz y gas según región

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La Secretaría de Energía del Ministerio de Economía dio un paso decisivo en la implementación del nuevo esquema de Subsidios Energéticos Focalizados (SEF) al dictar la Resolución 13/2026, que redefine los consumos base de electricidad según zonas bioambientales, formaliza la gestión operativa del Registro de Subsidios Energéticos Focalizados (ReSEF) y delega amplias facultades técnicas y operativas para la administración del régimen. La medida, publicada el 16 de enero de 2026, tiene impacto directo en las facturas de electricidad, gas natural, gas propano por redes y GLP en garrafas, y busca corregir inequidades territoriales, mejorar la focalización del gasto público y reforzar los mecanismos de control y transparencia.

Un nuevo esquema de subsidios con foco territorial y control patrimonial

La resolución se inscribe en el proceso de reestructuración de los subsidios energéticos iniciado por el Decreto 465/2024, que estableció una transición hacia un esquema que refleje los costos reales de la energía, promueva la eficiencia energética y garantice el acceso al consumo indispensable de los hogares vulnerables. Ese período transitorio, iniciado el 1 de junio de 2024, fue prorrogado hasta el 9 de julio de 2026 y concluyó formalmente con la creación del régimen unificado de Subsidios Energéticos Focalizados (SEF) mediante el Decreto 943/2025.

Con la Resolución 13/2026, la Secretaría de Energía instruyó a la Subsecretaría de Transición y Planeamiento Energético a asumir la gestión integral del ReSEF, que se conforma a partir de la información del Registro de Acceso a los Subsidios a la Energía (RASE) y permite la actualización de datos mediante declaraciones juradas, tanto por medios digitales como de manera presencial a través de ANSES. El objetivo es administrar el padrón de beneficiarios, instrumentar criterios de inclusión y exclusión, aplicar indicadores de exteriorización patrimonial y operar los mecanismos de revisión y control, incluyendo las plataformas Mi Argentina y Trámites a Distancia (TAD).

En ese marco, la resolución delega en la Subsecretaría facultades para definir y aplicar indicadores de capacidad económica, realizar cruces de información con bases de ANSES, ARCA y SINTyS, y coordinar acciones con entes reguladores nacionales y autoridades provinciales, todo ello bajo los parámetros de la Ley 25.326 de Protección de Datos Personales.

Consumos base diferenciales: el NEA y NOA logran un reconocimiento bioclimático

Uno de los ejes centrales de la norma es la introducción de consumos base diferenciales de electricidad según zonas bioambientales, en línea con el artículo 4° del Decreto 943/2025 y a partir de los aportes recibidos en la consulta pública convocada por la Resolución 484/2025. Provincias del NEA y NOA habían advertido que los parámetros promedio nacionales no reflejaban la realidad de regiones con temperaturas extremas, donde el consumo eléctrico asociado a climatización, agua y conservación de alimentos constituye una demanda inelástica.

Con base en análisis técnicos de CAMMESA y en la norma IRAM 11603:2012, la resolución fijó nuevos umbrales para los meses de verano (enero, febrero y diciembre):

  • Zonas “Muy cálido” (Ia y Ib): 550 kWh/mes
  • Zonas “Cálido” (IIa y IIb): 370 kWh/mes
  • Resto del país: 300 kWh/mes

En los meses de mayo a agosto, el consumo base se mantiene en 300 kWh/mes para todas las zonas, mientras que en marzo, abril, septiembre, octubre y noviembre se fija en 150 kWh/mes. Según la Secretaría, este esquema responde al principio de equidad horizontal, al reconocer diferencias objetivas y verificables entre regiones sin eliminar los topes ni desnaturalizar la focalización del subsidio.

Gas, garrafas y el fin de la Tarifa Social Federal

En materia de gas, la resolución mantiene los bloques de consumo base de gas natural establecidos en las Resoluciones 686/2022 y 91/2024, que ya contemplan criterios geográficos y estacionales, y extiende esos parámetros al gas propano indiluido por redes. Para ello, se definió la correspondencia entre categorías: los usuarios R1 de gas propano se asimilan a los volúmenes de la categoría R23 de gas natural, y los R2 a los de la categoría R34, conforme al anexo técnico aprobado.

Asimismo, se instruyó la migración del Programa Hogar al régimen SEF en un plazo máximo de seis meses, incluyendo la determinación del consumo base indispensable de GLP en garrafas de 10 kilos, la forma de percepción del beneficio y la instrumentación de pagos mediante entidades financieras o billeteras digitales interoperables. En paralelo, se dispuso que, al momento de aplicarse el SEF a gas natural y gas propano por redes, cesará la Tarifa Social Federal de Gas, vigente desde 2016.

Impacto en facturas y escenarios posibles

La resolución establece que el nuevo régimen SEF impactará en las facturas de electricidad, gas natural y gas propano por redes a partir de la publicación de la norma y de los precios mayoristas (PEST, Precio Anualizado Uniforme y precio de gas propano redes) que resulten aplicables. En términos prácticos, esto implica una reconfiguración del esquema de subsidios con efectos distributivos diferenciados según región, consumo y situación patrimonial del hogar.

Para los usuarios del NEA y NOA, la incorporación de consumos base más altos en verano representa un alivio relativo frente a escenarios de calor extremo. Para el Estado nacional, el desafío pasa por sostener la focalización, evitar filtraciones hacia hogares con capacidad de pago y contener el impacto fiscal. En ese equilibrio se juega la aceptación social del nuevo esquema y su viabilidad en un contexto de revisión integral del gasto en energía.

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Aprueban asistencia a empresas de la cadena de gas en garrafas por $ 1.262,4 millones

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La Secretaría de Energía dispuso la transferencia de $ 1.262,4 millones a un conjunto de distribuidoras, productoras y fraccionadoras que forman parte de la cadena del Gas Licuado de Petróleo (GLP), con el propósito de asegurar el suministro de garrafas en hogares de bajos recursos en el marco del Programa Hogar.

La medida fue dispuesta a través de diez resoluciones publicadas hoy en el Boletín Oficial, que especifican el reparto de 2 asistencias a productoras, 26 a fraccionadoras y 214 a distribuidoras correspondientes a diferentes períodos entre octubre de 2021 y diciembre de 2022.

El total de las asistencias ascendió a $ 1.262.447.775,64, correspondiendo $ 915.284.293,99 a las fraccionadoras, $ 333.659.415,71 a las distribuidoras y $ 13.504.065,94 a las productoras.

La Resolución 871/2023 dispuso un aporte de $ 10.146.247,31 a la productora Trafigura Argentina y la 872/2023 asignó a la productora Capex $ 3.357.818,63.

Las asistencias a las fraccionadoras se detallan en las resoluciones 879/2023 ($ 665.155.564,82 para 20 firmas), 880/2023 ($ 247.202.943,17 para 4 compañías) y 880/2023 ($ 2.925.786 para dos empresas).

En cinco resoluciones se especificaron las transferencias derivadas a las distribuidoras: $ 78.783.702,68 mediante la resolución 873/2023; $ 71.944.553,29 por la 874/2023; $ 40.038.232,32 mediante la resolución 875/2023; $ 74.733.045,64 a través de la resolución 876 y $ 68.159.881,78 por la 878/2023.

El Programa Hogar fue creado mediante el decreto 470/2015, y su financiamiento se estableció a través del fondo fiduciario para atender las necesidades de GLP de sectores de bajos recursos y para la expansión de redes de gas natural.

La iniciativa fue relanzada el 24 de abril de este año por el ministro de Economía y candidato presidencial de Unión por la Patria, Sergio Massa, y la directora ejecutiva de la Administración Nacional de la Seguridad Social (Anses), Fernanda Raverta.

El 19 de abril de 2022, Energía había extendido hasta fines de año la “asistencia económica transitoria” que se otorga a las empresas de la cadena de gas en garrafas, a través de la Resolución 271/2022.

Esa asistencia, dirigida a las empresas registradas en el Registro Nacional de la Industria del Gas Licuado de Petróleo y dispuesta en agosto del año pasado, tiene como objetivo solventar los precios máximos de referencia del Programa que no poseen modificaciones desde julio de 2022, y la “variación experimentada en los valores y costos asociados en la cadena de comercialización del GLP”.

Asimismo, cuando el destino sea otro del de venta a distribuidores de envases de hasta 45 kilos, pasará a ser un porcentaje en vez de una suma fija; por lo cual la asistencia económica transitoria seguirá siendo el equivalente al 20% de la facturación en concepto de venta de GLP (neto de impuestos) que facturen mensualmente las empresas.

En cuanto al aporte, cuando el destino fuese otro del de venta a distribuidores en envases de hasta 45 kilos, la modificación establece que “las empresas fraccionadoras podrán solicitar un reconocimiento del 20% del precio máximo de referencia vigente de venta de fraccionadores a distribuidores por cada tonelada facturada”.

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Aprueban asistencia para empresas de la cadena de gas en garrafas por $ 320 millones

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La Secretaría de Energía dispuso la transferencia de $ 320 millones a un conjunto de empresas que forman parte de la cadena del Gas Licuado de Petróleo (GLP), con el propósito de asegurar el suministro de garrafas en hogares de bajos recursos en el marco del Programa Hogar.

La resolución 754/2022, publicada hoy en el Boletín Oficial, dispuso la erogación de $ 320.016.514,97 en once asistencias a distribuidoras, cuatro a fraccionadoras y cinco a productoras.

El Programa Hogar fue creado mediante el decreto 470 del 30 de marzo de 2015, y su financiamiento se estableció a través del fondo fiduciario para atender las necesidades de GLP de sectores de bajos recursos y para la expansión de redes de gas natural.

El 19 de abril, Energía había extendido hasta fin de año la “asistencia económica transitoria” que se otorga a las empresas de la cadena de gas en garrafas, a través de la resolución 271/2022.

Esa asistencia, dirigida a las empresas registradas en el Registro Nacional de la Industria del Gas Licuado de Petróleo y dispuesta en agosto del año pasado, tiene como objetivo solventar los precios máximos de referencia del Programa que no poseen modificaciones desde junio de 2021, y la “variación experimentada en los valores y costos asociados en la cadena de comercialización del GLP”.

Asimismo, cuando el destino sea otro del de venta a distribuidores de envases de hasta 45 kilos, pasará a ser un porcentaje en vez de una suma fija; por lo cual la asistencia económica transitoria seguirá siendo el equivalente al 20% de la facturación en concepto de venta de GLP (neto de impuestos) que facturen mensualmente las empresas.

En cuanto al aporte cuando el destino fuese otro del de venta a distribuidores en envases de hasta 45 kilos, la modificación establece que “las empresas fraccionadoras podrán solicitar un reconocimiento del 20% del precio máximo de referencia vigente de venta de fraccionadores a distribuidores por cada tonelada facturada”.

La última modificación de los valores fue establecida en la resolución 609 del 29 de julio de este año, que elevó los subsidios por garrafa a $ 546 en julio, $ 573 en agosto y $ 602 a partir de septiembre.

Para los productores, el precio máximo de referencia, tanto para butano como para propano, fue de $ 16.667,11 por tonelada en julio, $ 17.500,47 en agosto y $ 18.375,49 a partir de septiembre.

Para una garrafa de 10 kilogramos, los precios máximos de referencia, antes de IVA e Ingresos Brutos, sin apartamientos ni servicio de venta a domicilio, son a partir de septiembre de $ 343,63 para el fraccionador, $ 603,16 para el distribuidor y $ 633,32 al público.

En el caso de la garrafa de 12 kilos, los precios son de $ 412,36, $ 723,79 y $ 759,98, mientras que para la de 15 kilos son de $ 515,45, $ 904,74 y $ 949,98, respectivamente.

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Cuatro millones de hogares argentinos fueron beneficiados por el Programa Hogar en septiembre

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Durante el último mes la Secretaría de Energía estuvo presente en siete provincias para asesorar y garantizar el acceso a los programas de inclusión social energética para los que más lo necesitan.

Como acompañamiento al subsidio, la Secretaría de Energía realizó en  septiembre un total de 94 operativos en diversos puntos del país en los que puso a  disposición garrafas al precio de referencia. Este programa benefició a 4.067.778 de hogares, con una inversión de 6.353 millones de pesos, que subsidió el 80% del costo de 10.554.232 garrafas.

Con un criterio federal, la Secretaría de Energía llevó a cabo operativos de abastecimientos de garrafas en Buenos Aires, Jujuy, Mendoza, Misiones, San Juan, San Luis y Tucumán. Las actividades, que también incluyeron a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (CABA), se focalizaron en acercar a la comunidad la garrafa de 10 kg al precio establecido por la Resolución 609/2022.

Al mismo tiempo, dentro del nuevo proceso de segmentación tarifaria, se brindó asesoramiento acerca de la continuidad de la Tarifa Social para los consumos de gas y electricidad correspondiente al Área Metropolitana de Buenos Aires (AMBA).

“El equipo territorial trabaja coordinadamente, de manera eficiente e inteligente, junto a otros organismos estatales a nivel municipal, provincial y nacional, al mismo tiempo que, se trabaja en conjunto con organizaciones barriales/comunitarias, lo que nos permite estar en contacto directo con las necesidades de las personas, según la demanda de las distintas realidades que presentan cada uno de los territorios”, destacó Ricardo Ramírez, Director Nacional de Desarrollo Tecnológico y Relaciones con la Comunidad.

Sobre el Programa Hogar

El Programa Hogar es un subsidio directo otorgado por la Secretaría de Energía de la Nación, que garantiza el derecho y el acceso a la energía a hogares y entidades de bien público de todo el país que no cuentan con conexión a la red de gas natural por redes, al cubrir gran parte del precio de gas licuado de petróleo (GLP) envasado (garrafa).

Esta política de inclusión social está destinada para sectores sociales residenciales de bajos recursos y entidades de bien público, como comedores, clubes de barrio, centros de atención infantil y comunitarios, entre otras, que no cuentan con servicio de gas natural o no están conectados a la red de distribución domiciliaria de su localidad.

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