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El INTI deja de prestar servicios metrológicos legales y certificaciones

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El Instituto Nacional de Tecnología Industrial (INTI) dispuso el cese progresivo de la prestación de servicios metrológicos legales y certificaciones vinculadas a instrumentos de medición reglamentados, mediante la Resolución 213/2025, publicada el 30 de diciembre de 2025 en el Boletín Oficial. La decisión redefine el rol operativo del organismo dentro del Sistema Nacional de Aplicación de la Ley 19.511, transfiere en los hechos mayor protagonismo a laboratorios y organismos de certificación acreditados ante el Organismo Argentino de Acreditación (OAA) y busca reducir costos, plazos y superposiciones administrativas en el mercado interno. El cronograma de salida se extenderá entre enero y junio de 2026, con impacto directo en industrias, comercios, servicios públicos y actividades donde el control metrológico es obligatorio.

Desburocratización y reordenamiento del sistema metrológico legal

La Resolución RESFC-2025-213-APN-CD#INTI se inscribe en el proceso de simplificación regulatoria impulsado por el Poder Ejecutivo Nacional a partir del Decreto 891/2017, que aprobó las Buenas Prácticas en Materia de Simplificación. En sus considerandos, el Consejo Directivo del INTI reconoce demoras recurrentes en los trámites de aprobación de modelo, verificación primitiva y verificación periódica de instrumentos de medición, así como una “situación de superposición” entre las funciones del propio Instituto y las competencias delegadas a laboratorios de ensayo y organismos de certificación privados acreditados ante el OAA.

El marco normativo que sustenta la medida es amplio. La Ley 19.511 estableció el Sistema Métrico Legal Argentino (SIMELA) y la obligatoriedad de que todo instrumento de medición reglamentado sea sometido a controles oficiales cuando se utiliza en transacciones comerciales, actividades industriales, agropecuarias, mineras, de servicios o en reparticiones públicas. El Decreto 960/2017 reglamentó esa ley y habilitó a la entonces Secretaría de Comercio —hoy Secretaría de Industria y Comercio— a delegar funciones en el INTI y en entidades públicas o privadas acreditadas.

En esa línea, la Resolución de la Secretaría de Industria y Comercio N° 276/2024 amplió formalmente la participación del OAA y de los organismos certificadores acreditados como integrantes del Servicio Nacional de Aplicación, y autorizó a laboratorios privados acreditados a realizar ensayos, certificaciones y verificaciones que antes concentraba el INTI. Según el texto oficial, el sistema cuenta hoy con “una oferta suficiente de laboratorios y organismos de certificación acreditados ante el OAA” en todo el territorio nacional, lo que permite al Instituto “centrar sus acciones en el marco de Metrología Científica e Industrial”.

En términos institucionales, la resolución redefine el perfil del INTI como articulador del Sistema Nacional de la Calidad, con foco en desarrollo tecnológico, innovación metrológica y elaboración de patrones y muestras testigo, dejando de operar directamente en servicios regulados que el mercado ya puede cubrir bajo esquemas de acreditación.

Qué servicios deja de prestar el INTI y desde cuándo

El artículo 1° dispone la cesación de los servicios regulados y certificaciones detallados en los Anexos I y II, que abarcan tanto actividades de laboratorio de ensayos como de organismo de certificación. Entre los instrumentos alcanzados se incluyen, entre otros:

  • Instrumentos de pesar no automáticos (Resoluciones SCyNE N° 3207/1980 y SIyC N° 25/2025).
  • Instrumentos automáticos para pesaje en movimiento de vehículos de carretera (Resolución SCI N° 492/2022).
  • Medidores de agua potable fría (Resolución SCI N° 402/2020).
  • Medidores de energía eléctrica en corriente alterna (Resolución SCI N° 247/2019).
  • Surtidores de nafta, kerosene y gas oil (Decreto N° 5410/1932 y Resolución SCI N° 50/1989).
  • Termómetros clínicos, etilómetros, cinemómetros, taxímetros, pesas patrón y medidas de capacidad, entre otros.

El cronograma de implementación establece una salida escalonada por regiones:

  • Área Metropolitana de Buenos Aires (AMBA): cese efectivo a partir del 31 de enero de 2026, alcanzando a más de 40 municipios.
  • Provincias de Buenos Aires, Catamarca, Chaco, Chubut, Corrientes, Entre Ríos, Formosa, Jujuy, La Pampa, La Rioja, Misiones, Neuquén, Río Negro, Salta, Santa Cruz, Santiago del Estero, Tierra del Fuego y Tucumán: desde el 30 de abril de 2026.
  • Córdoba, Mendoza, San Juan, San Luis y Santa Fe: a partir del 30 de junio de 2026.

La resolución aclara que los convenios, órdenes de trabajo y pedidos de certificación vigentes al momento del dictado de la norma “serán cumplidos y permanecerán vigentes hasta su finalización”, lo que busca evitar disrupciones contractuales y operativas durante la transición.

Asimismo, se instruyó a la Dirección Técnica de Metrología Legal y al Organismo de Certificación del INTI a elaborar un plan de transición que contemple el resguardo documental, la preservación de registros, la publicación de procedimientos técnicos vigentes, la comunicación a usuarios y organismos de control, el inventario del equipamiento y un cronograma de cierre operativo.

Impacto económico, sectores alcanzados y posibles reacciones

La medida tiene implicancias directas para sectores donde la metrología legal es crítica: comercio minorista y mayorista, energía, agua potable, transporte, industria manufacturera, servicios públicos, control de tránsito y actividades de fiscalización. En la práctica, importadores, fabricantes, prestadores de servicios y operadores comerciales deberán canalizar sus trámites de aprobación de modelo y verificaciones a través de laboratorios y organismos de certificación acreditados ante el OAA.

Desde el punto de vista económico, el objetivo explícito es reducir tiempos y costos de transacción, eliminando cuellos de botella administrativos que, según el INTI, “redundan en un perjuicio para los consumidores”. La mayor competencia entre prestadores acreditados podría traducirse en mayor oferta de servicios, plazos más cortos y mayor previsibilidad regulatoria.

En términos institucionales, el reordenamiento consolida un esquema más descentralizado de control metrológico, alineado con estándares de acreditación y supervisión, aunque también plantea desafíos de coordinación y fiscalización para la Autoridad de Aplicación. El rol del OAA y de los organismos certificadores privados se vuelve central, mientras que el INTI redefine su función estratégica dentro del sistema.

Las reacciones esperables incluyen una adaptación progresiva de empresas y organismos de control locales al nuevo esquema, así como un seguimiento atento por parte de sectores regulados que dependen de verificaciones periódicas para operar. La resolución subraya que no implica erogaciones adicionales para el presupuesto del INTI, pero sí una reconfiguración profunda de su oferta de servicios históricos.

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Corrientes extendió por un año la emergencia energética ante el aumento de la demanda y las restricciones de insumos

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El Gobierno de Corrientes acumula 11 años bajo emergencia energética: el Gobierno prorrogó por un año más el régimen de excepción

El Poder Ejecutivo de Corrientes prorrogó por 360 días la emergencia energética provincial, vigente de manera ininterrumpida desde 2014. La medida, dictada a través del Decreto N° 1.050/2024, otorga facultades extraordinarias para realizar contrataciones directas y priorizar obras ante un sistema eléctrico tensionado por el crecimiento de la demanda, las altas temperaturas y las restricciones de insumos importados.

Emergencia prorrogada: facultades extraordinarias y continuidad operativa

El Gobierno de Corrientes resolvió extender por 360 días la emergencia energética en todo el territorio provincial, que fue declarada inicialmente en 2014 y desde entonces se renueva de manera consecutiva. La decisión se formalizó mediante el Decreto N° 1.050 de fecha 17 de mayo de 2024, y alcanza al período 2025-2026, con el objetivo de “favorecer la concreción de trabajos y obras para atender situaciones de emergencia debido al aumento de la demanda y las perspectivas climáticas extremas”.

El régimen de excepción faculta a la Dirección Provincial de Energía de Corrientes (DPEC) a ejecutar contrataciones directas, acelerar obras prioritarias y realizar mantenimientos urgentes. Según se detalla en los fundamentos, la medida permite “mantener la calidad del suministro eléctrico y acompañar el aumento continuo del consumo derivado del crecimiento demográfico y económico de la región”.

La DPEC sostiene que, bajo el marco de la emergencia, se ejecutan tareas de reposición de servicio, mantenimiento correctivo y preventivo, y ampliación de redes, en un contexto de limitaciones en el mercado eléctrico nacional y dificultades de acceso a insumos importados esenciales para el mantenimiento y finalización de obras.

Restricciones de insumos y desafíos del sistema eléctrico

El decreto provincial reconoce que, pese a los avances sostenidos en obras y mantenimiento, las restricciones a las importaciones y las limitaciones del mercado financiero afectan la disponibilidad de materiales y componentes eléctricos básicos.
Estas dificultades impactan directamente en la ejecución de obras indispensables, lo que “indudablemente repercute en la calidad y estabilidad del servicio eléctrico”.

En paralelo, desde la Dirección de Desarrollo en Energías Renovables, dependiente de la Secretaría de Energía de la Provincia, se subraya que la vigencia de la emergencia ha permitido respuestas rápidas ante contingencias y contrataciones ágiles para obras consideradas fundamentales, en particular en zonas rurales o aisladas.
Entre las obras destacadas se mencionan intervenciones en Isla Apipé Chico, San Luis del Palmar, Herlitzka y Sauce, donde se desarrollan tareas de extensión de redes, mejoras de distribución y proyectos de energización de comunidades rurales.

De acuerdo con fuentes técnicas, los mecanismos de excepción también facilitaron la continuidad de proyectos de acceso universal a la energía eléctrica, una política provincial que busca reducir brechas territoriales y mejorar la calidad de vida en áreas de baja densidad poblacional.

Once años bajo emergencia: contexto y proyección

Corrientes se encuentra bajo emergencia energética de manera ininterrumpida desde 2014, lo que la convierte en una de las provincias con mayor permanencia en régimen de excepción en materia eléctrica.
El esquema ha permitido sostener un flujo constante de obras menores y medianas, aunque también refleja la persistencia de un déficit estructural en infraestructura energética, en especial en zonas rurales y del interior provincial.

El decreto prorrogado enfatiza la necesidad de garantizar la seguridad del suministro ante la creciente demanda estacional y los picos de consumo, asociados a temperaturas extremas y riesgo de incendios durante el verano.

Con esta nueva extensión, el Gobierno provincial busca mantener un margen de flexibilidad operativa para ejecutar obras esenciales y gestionar contratos sin los plazos administrativos ordinarios, en un contexto nacional donde el abastecimiento energético y la importación de equipos se encuentran condicionados por restricciones financieras y logísticas.

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La CAC exige a Caputo intervención por normas provinciales que encarecen el comercio interno

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La Cámara Argentina de Comercio y Servicios (CAC) advirtió formalmente al ministro de Economía, Luis Caputo, sobre la proliferación de regímenes provinciales que obligan al pago a cuenta del Impuesto sobre los Ingresos Brutos para el ingreso de mercaderías provenientes de otras jurisdicciones. Según la entidad, estas medidas generan barreras al comercio interprovincial, aumentan los costos logísticos y fiscales y constituyen “aduanas interiores” contrarias al espíritu constitucional.

Los casos alcanzan a Chaco, Formosa, Jujuy, Misiones, Salta, San Luis, Catamarca y Neuquén, donde se aplican regímenes de percepción y pago a cuenta que encarecen la operatoria. Para la entidad empresaria estos regímenes constituyen una seria barrera al comercio interjurisdiccional, generan ineficiencias operativas, aumentan la carga burocrática y elevan los costos de las empresas.

A continuación, se detallan los mismos:

  • Provincia del Chaco – Administración Tributaria Provincial: Resolución General N° 1566 y sus complementarias Resoluciones Generales N° 1570, N° 1588, N° 1594, N° 1707 y N° 2094.
  • Provincia de Formosa – Dirección General de Rentas: Resolución General N° 50/2020 y N° 35/2021.
  • Provincia de Jujuy – Dirección Provincial de Rentas: Resolución General N° 1661/2024 y sus complementaria/modificatoria Resolución General N° 1670/2024 y     N°1713/2025.
  • Provincia de Misiones – Dirección General de Rentas: Decreto 2913/2007 y Resolución General N° 56/2007 y sus complementarias/modificatorias.
  • Provincia de Salta – Dirección General de Rentas: Decreto No 2419/2009, las Resoluciones     Generales No 12/2016, 07/2023, 15/2023, 04/2024 y 08/2025.
  • Provincia de San Luis – Dirección Provincial de Ingresos Públicos: Resolución General 8/2016 y sus complementarias/modificatorias.
  • Provincia de Catamarca – Administración General de Rentas: Resolución 61/2012.
  • Provincia de Neuquén – Dirección Provincial de Rentas: Proyecto de ley 16.487 ingresado por el Bloque Neuquén Federal, el 5 de marzo de 2024.

En este contexto, la Entidad solicitó la intervención de las autoridades nacionales para garantizar el pleno respeto del marco constitucional y resguardar el normal desenvolvimiento del comercio en el país.

Marco constitucional y reclamo al Gobierno nacional

La CAC fundamentó su rechazo en que el artículo 75 inciso 13 de la Constitución Nacional otorga al Congreso la facultad de “regular el comercio con las provincias y de éstas entre sí”, lo cual, según la entidad, invalida cualquier normativa que implique obstáculos locales a la libre circulación de bienes.

En este sentido, reclamó la intervención de las autoridades nacionales para “garantizar el pleno respeto del marco constitucional y resguardar el normal desenvolvimiento del comercio en el país”.

El planteo de la CAC no solo interpela a los gobiernos provinciales, que buscan reforzar su recaudación en un contexto de ajuste fiscal, sino también al Ejecutivo nacional, que debe equilibrar la autonomía tributaria de las provincias con el mandato constitucional de un mercado interno integrado y sin distorsiones.

El reclamo de la Cámara se inscribe en un debate de fondo sobre la presión fiscal y la competitividad del sector privado. La proliferación de regímenes de retención de Ingresos Brutos impacta especialmente en pymes y empresas de logística, que enfrentan sobrecostos administrativos y financieros.

De prosperar la intervención nacional, podrían iniciarse acciones judiciales de inconstitucionalidad o instancias de coordinación fiscal en el marco del Consenso Fiscal. Sin embargo, en un contexto de alta dependencia de las provincias de la recaudación propia, es previsible que surjan resistencias políticas.

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