Regulación Financiera

La CNV abre la discusión sobre los fondos que administrarán el nuevo sistema de asistencia laboral

Compartí esta noticia !

La Comisión Nacional de Valores (CNV) puso en marcha el proceso de elaboración participativa para reglamentar los Productos de Inversión Colectiva de Fondos de Asistencia Laboral (PIC FAL), una de las piezas centrales del nuevo esquema creado por la Ley de Modernización Laboral. La iniciativa busca establecer cómo se constituirán, administrarán e invertirán los recursos destinados a afrontar obligaciones derivadas de la extinción de las relaciones laborales.

La Resolución General 1161/2026, publicada este jueves en el Boletín Oficial, no constituye todavía la regulación definitiva, sino que abre una instancia formal para que empresas, entidades financieras, profesionales, trabajadores y ciudadanos puedan presentar opiniones y propuestas sobre el proyecto. La CNV fijó un plazo de 15 días hábiles para realizar las presentaciones a través de su sitio web.

El mecanismo elegido tiene una relevancia particular porque permite discutir antes de su aprobación definitiva la arquitectura financiera de un régimen que trasladará recursos de los empleadores hacia vehículos de inversión específicamente afectados al cumplimiento de obligaciones laborales. La CNV plantea así una instancia de participación que busca aportar seguridad jurídica, transparencia y eficiencia a la implementación de los PIC FAL.

El proyecto contempla que los fondos puedan estructurarse mediante Fondos Comunes de Inversión Abiertos de Asistencia Laboral (FCIA FAL) o Fideicomisos Financieros de Asistencia Laboral (FF FAL). En ambos casos, los recursos deberán provenir exclusivamente de las contribuciones efectuadas por los empleadores en los términos establecidos por la Ley de Modernización Laboral.

Uno de los puntos centrales de la propuesta es la creación de la Cuenta Individual del Empleador, que funcionará como un patrimonio separado, de afectación específica, independiente, inenajenable e inembargable. La cuenta estará vinculada a un ID FAL, un identificador único que permitirá relacionar al empleador con el vehículo elegido o, eventualmente, asignado de oficio, y asegurar la trazabilidad de los aportes.

El esquema busca resolver uno de los desafíos operativos más sensibles del nuevo sistema: que los aportes puedan ser individualizados por empleador sin transformar al fondo colectivo en una suma de patrimonios separados por trabajador. Para ello, la propuesta establece que la cuenta individual estará compuesta por el PIC FAL elegido y una cuenta comitente donde se registrarán las participaciones correspondientes al empleador.

La reglamentación también prevé una salida para aquellos empleadores que no informen un ID FAL válido. En esos casos, la CNV podrá asignarles de oficio un vehículo elegible, a partir de la información suministrada por la ARCA. La entidad habilitada que reciba esa asignación deberá informar el ID FAL y avanzar con la apertura de la cuenta correspondiente.

Otro aspecto relevante es que los empleadores conservarán la posibilidad de portar sus inversiones hacia otro PIC FAL, incluso cuando el nuevo vehículo sea administrado por una entidad habilitada diferente. El proyecto establece que el traspaso deberá concretarse, como máximo, dentro de los diez días hábiles desde la solicitud, sujeto a la inexistencia de obligaciones pendientes de pago. Cuando el cambio sea entre entidades habilitadas diferentes, la regla general establece una periodicidad mínima de seis meses, aunque se contemplan excepciones para las asignaciones de oficio.

Desde el punto de vista financiero, la CNV propone un régimen de inversión acotado. Los PIC FAL sólo podrán canalizar los recursos hacia títulos de deuda del Estado Nacional, instrumentos de deuda de provincias y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, depósitos en entidades financieras autorizadas por el BCRA y obligaciones negociables emitidas en Argentina por empresas privadas. La política de liquidez deberá ser definida por cada vehículo en función de su estrategia y de la composición de su cartera.

La propuesta incorpora además límites destinados a reducir potenciales conflictos de interés. Cuando un PIC FAL esté constituido para uno o varios empleadores determinados, no podrá adquirir instrumentos emitidos por esos mismos empleadores o destinados a financiarlos, salvo que se cumplan simultáneamente determinadas condiciones: que la participación del empleador en el patrimonio del vehículo no supere el 5% y que la inversión vinculada a ese empleador tampoco exceda el 5% del patrimonio neto del PIC FAL.

La CNV también busca evitar que los costos de administración erosionen el objetivo económico del sistema. El proyecto establece que el límite anual de 1% previsto para honorarios, comisiones, gastos y demás contraprestaciones tendrá carácter global e integral. Esto significa que deberá abarcar las remuneraciones de todos los actores necesarios para estructurar y operar los vehículos, incluyendo entidades habilitadas, sociedades depositarias, agentes y asesores, entre otros.

Quedan fuera de ese límite las comisiones y gastos transaccionales directamente vinculados con las operaciones de inversión y las tasas de fiscalización y control de la propia CNV. La intención regulatoria es que el tope opere sobre el costo ordinario de administración y no sobre los gastos directamente asociados a la ejecución de las inversiones.

En materia de funcionamiento, el proyecto establece que los recursos acumulados en las cuentas individuales no podrán ser rescatados libremente. Su utilización estará vinculada al pago de las obligaciones previstas por la Ley de Modernización Laboral ante los distintos supuestos de extinción de la relación laboral, con las excepciones contempladas expresamente por la normativa.

Para los trabajadores, el punto decisivo estará en el mecanismo de verificación y pago. Los reglamentos de gestión de los fondos o los contratos de fideicomiso deberán definir cómo se determinarán y abonarán las sumas correspondientes frente a una desvinculación laboral. La propuesta incluso establece una excepción específica al procedimiento general de entrega de fondos a clientes para permitir que la entidad habilitada efectúe directamente el pago al trabajador en los supuestos contemplados por la ley.

La CNV propone, además, un régimen de autorización automática de oferta pública para los PIC FAL. Esto apunta a acelerar la puesta en funcionamiento de los vehículos, aunque la propia documentación deberá dejar expresamente establecido que esa autorización automática no implica que el organismo haya emitido juicio ni realizado un control sobre la veracidad de los documentos. Esa responsabilidad recaerá sobre las entidades habilitadas y los demás responsables previstos por la Ley de Mercado de Capitales.

El proyecto también fija requisitos de escala para las entidades que quieran administrar estos vehículos. Los fiduciarios financieros deberán contar, como regla general, con al menos diez fideicomisos financieros con oferta pública y un monto en circulación equivalente a 50 millones de UVA, mientras que las sociedades gerentes deberán administrar al menos diez fondos comunes de inversión y alcanzar un patrimonio mínimo equivalente a 50 millones de UVA. Para las entidades financieras se contemplan excepciones en el caso de los fiduciarios.

En el caso de los fideicomisos financieros FAL, la propuesta flexibiliza algunos requerimientos tradicionales del mercado de capitales para adaptarlos a la naturaleza del nuevo régimen: no se exigirá un monto máximo de emisión previamente determinado, ni la confección y publicación de un prospecto o suplemento de prospecto. Tampoco se requerirá colocación primaria mediante los mecanismos tradicionales ni listado o negociación de los certificados en un mercado autorizado.

El proyecto establece asimismo obligaciones de información para los fideicomisos, que deberán publicar datos estructurados, estados contables anuales, contratos de fideicomiso e informes mensuales de valuación de los activos. Estos últimos deberán difundirse a través de la Autopista de la Información Financiera de la CNV dentro de los 20 días hábiles posteriores al cierre de cada mes.

La instancia abierta por la CNV puede convertirse así en un punto relevante para definir cómo funcionará en la práctica uno de los componentes financieros de la reforma laboral. La discusión ya no pasa únicamente por la creación legal del Fondo de Asistencia Laboral, sino por cuestiones concretas que determinarán su funcionamiento cotidiano: quién administrará los recursos, dónde se invertirán, cuánto costará administrarlos, cómo se identificará cada aporte, qué ocurrirá cuando una empresa no elija un vehículo y cómo se garantizará que los fondos estén disponibles cuando aparezca la obligación laboral.

Las opiniones y propuestas deberán presentarse dentro de los 15 días hábiles previstos por la Resolución General 1161/2026. La documentación incorporada al procedimiento incluye un formulario específico para que particulares y representantes de personas jurídicas puedan presentar sus observaciones y propuestas, junto con la documentación respaldatoria correspondiente.

El paso siguiente será que la CNV evalúe los aportes recibidos antes de avanzar con la versión definitiva de la normativa. En términos de política pública, la oportunidad es significativa: el debate regulatorio permitirá ajustar antes de la implementación efectiva los mecanismos que deberán convertir las contribuciones empresarias en un fondo con capacidad financiera para responder frente al cese laboral, procurando al mismo tiempo preservar trazabilidad, liquidez, diversificación y costos controlados.

Anexo 1 Resolución General 1161/2026 CNV by CristianMilciades

Anexo 2 Resolución General 1161/2026 CNV by CristianMilciades

Compartí esta noticia !

El FMI prevé que la tokenización transformará la infraestructura financiera sin reemplazar a las instituciones tradicionales

Compartí esta noticia !

La tokenización de activos avanza como uno de los procesos con mayor potencial para redefinir la arquitectura del sistema financiero global. Sin embargo, lejos de anticipar un escenario de desintermediación total, un nuevo documento de trabajo del Fondo Monetario Internacional (FMI) concluye que la evolución tecnológica dará lugar a un modelo híbrido, donde la automatización convivirá con instituciones tradicionales responsables de garantizar la estabilidad del mercado.

El trabajo, titulado Financial Market Infrastructures Evolution in a Tokenized Economy y elaborado por Yaiza Cabedo, Tommaso Mancini-Griffoli, Fabian Schär y Nicolas Zhang, analiza cómo las infraestructuras de mercado financiero (FMIs) podrían evolucionar a partir de la tokenización de activos y el uso de tecnología de registros distribuidos (DLT).

La principal conclusión del estudio es que muchas de las funciones hoy desempeñadas por los depósitos centrales de valores, las cámaras compensadoras y los repositorios de operaciones podrán ser ejecutadas mediante contratos inteligentes (smart contracts), aunque las tareas que requieren criterios jurídicos, gobernanza institucional y capacidad de decisión seguirán dependiendo de entidades responsables y reguladas.

El informe sostiene que actividades como el registro de activos, la liquidación de operaciones, la administración de garantías y buena parte de los procesos de reporte regulatorio pueden migrar progresivamente hacia plataformas blockchain, reduciendo tiempos operativos, costos de intermediación y riesgos derivados de procesos manuales.

No obstante, los investigadores remarcan que funciones críticas vinculadas con la resolución de conflictos, la aplicación de normas, la administración de incumplimientos, la supervisión prudencial y la responsabilidad legal no pueden ser sustituidas completamente por código informático.

Una nueva generación de infraestructura financiera

El documento describe tres posibles modelos de evolución tecnológica.

El primero consiste en una infraestructura completamente integrada sobre una única blockchain, donde emisión, negociación, compensación y liquidación ocurren sobre el mismo registro distribuido.

El segundo plantea una arquitectura basada en un libro común (common ledger), que permite compartir información y coordinar operaciones entre distintos participantes, aunque manteniendo ciertos activos en registros separados.

El tercero contempla un esquema de múltiples blockchains compatibles, conectadas mediante protocolos de interoperabilidad, una alternativa considerada más realista para la transición desde las infraestructuras actuales.

Según el FMI, el escenario más probable será precisamente este último: una convivencia entre nuevas tecnologías y las instituciones financieras existentes.

Liquidaciones instantáneas y automatización

Uno de los principales beneficios identificados es la posibilidad de realizar liquidaciones prácticamente instantáneas mediante contratos inteligentes.

En plataformas completamente integradas, los activos y los pagos podrían intercambiarse de manera simultánea y automática, eliminando buena parte del riesgo de contraparte que actualmente existe entre la negociación y la liquidación.

Asimismo, la automatización permitiría ejecutar llamadas de margen, administrar garantías y realizar compensaciones multilaterales de manera mucho más eficiente, siempre que los activos y el dinero tokenizado se encuentren registrados en la misma infraestructura tecnológica.

Sin embargo, el propio informe aclara que estas ventajas disminuyen cuando las operaciones involucran distintas plataformas o requieren información proveniente del mundo físico, donde siguen siendo necesarias verificaciones externas.

Más transparencia, pero también nuevos riesgos

El FMI también identifica mejoras significativas para las tareas de supervisión.

Al registrar todas las operaciones sobre blockchain, los reguladores podrían acceder prácticamente en tiempo real a información estandarizada, facilitando el monitoreo del mercado y reduciendo costos de reporte. La propia blockchain podría convertirse en una fuente única de información para autoridades regulatorias y organismos de control.

No obstante, la tokenización también introduce nuevos desafíos.

Entre los principales riesgos aparecen errores de programación en contratos inteligentes, vulnerabilidades informáticas, problemas de gobernanza sobre quién controla la emisión de activos digitales, incertidumbre jurídica frente a bifurcaciones (forks) de blockchain y una creciente concentración tecnológica alrededor de determinados protocolos o emisores de activos digitales.

Los autores advierten además que la custodia de activos tokenizados respaldados por bienes físicos —como inmuebles, bonos o materias primas— requiere marcos legales sólidos que aseguren que el token represente efectivamente un derecho ejecutable sobre el activo subyacente.

La confianza seguirá siendo institucional

Uno de los mensajes centrales del documento es que la confianza del sistema financiero continuará dependiendo tanto de la tecnología como de las instituciones.

Aunque blockchain reduce la necesidad de intermediación en numerosos procesos operativos, aspectos como la resolución de controversias, la responsabilidad jurídica, la supervisión prudencial y la administración de crisis financieras requieren organismos con legitimidad institucional y capacidad de intervención.

Por ello, el FMI concluye que la tokenización no implica la desaparición de las infraestructuras tradicionales del mercado financiero, sino una profunda reconfiguración de sus funciones.

En lugar de reemplazar a las instituciones, la tecnología permitirá automatizar procesos repetitivos y mejorar la eficiencia operativa, mientras los organismos reguladores y las infraestructuras financieras evolucionarán hacia un rol más enfocado en la gobernanza, la supervisión y la preservación de la estabilidad sistémica.

Compartí esta noticia !

Mercado de capitales y agro: la CNV flexibiliza transferencias y acelera controles en una señal directa al negocio granario

Compartí esta noticia !

La Comisión Nacional de Valores (CNV) oficializó la Resolución General 1140/2026, introduciendo una rectificación normativa estratégica que habilita a los agentes del mercado de capitales a recibir fondos de clientes originados en actividades de corretaje de granos, forestales y agroindustriales desde cuentas corporativas específicas. Para el sector productivo de Misiones, la medida destraba el flujo de caja operativo hacia instrumentos de inversión y financiamiento bursátil, simplificando la triangulación financiera de las PyMEs del NEA.

La normativa subsana un vacío procedimental en los regímenes de Prevención de Lavado de Activos y Financiamiento del Terrorismo (PLA/FT). Al convalidar que los Agentes de Liquidación y Compensación (ALyC) Agro y los Agentes de Negociación (AN) transfieran saldos consolidados de sus operaciones comerciales garantizando la trazabilidad individual mediante CUIT, el regulador elimina la obligatoriedad de que cada productor primario deba estructurar transferencias espejo individuales desde cuentas a la vista. Simultáneamente, la CNV descentralizó las inscripciones del Registro de Auditores Externos directamente en su Subgerencia de Control, un paso burocrático que agilizará los balances auditados requeridos para la emisión de Obligaciones Negociables (ON) regionales.

Vía libre para el financiamiento bursátil del agro a través de los ALyC y agentes de corretaje

La Comisión Nacional de Valores (CNV) modificó su normativa para permitir una operatoria más ágil y trazable en transferencias vinculadas al corretaje agropecuario y, al mismo tiempo, delegó facultades operativas para acelerar registros y controles dentro del mercado de capitales. Aunque el cambio parece técnico, tiene impacto concreto sobre cadenas exportadoras como la forestoindustria, la yerba mate y el negocio agroindustrial del NEA, donde el acceso al financiamiento y la velocidad de liquidación son variables críticas en un contexto de márgenes ajustados.

La Resolución General 1140/2026 introduce dos movimientos relevantes: por un lado, habilita mecanismos más flexibles para que intermediarios agropecuarios operen fondos destinados al mercado de capitales con trazabilidad validada; por otro, descentraliza decisiones administrativas dentro de la CNV para acelerar procesos regulatorios y registros.

Para Misiones, donde muchas empresas medianas enfrentan restricciones de escala y costos financieros más altos que en los grandes centros urbanos, la medida puede convertirse en un instrumento indirecto de mejora operativa.

El núcleo económico de la resolución está en la modificación del régimen de recepción de fondos para ALyC vinculados al negocio agroindustrial. La CNV habilita que los Agentes de Liquidación y Compensación especializados en actividades agropecuarias puedan recibir fondos desde cuentas específicas afectadas a operaciones de corretaje de granos y actividades agroindustriales, siempre que exista trazabilidad completa de origen.

Traducido al lenguaje empresario: el organismo busca reducir trabas operativas sin relajar controles antilavado.

La decisión tiene impacto sobre: operaciones de cobertura financiera del agro. Canalización de liquidez hacia instrumentos bursátiles. Agilidad en movimientos de capital de empresas agroindustriales. Y menores tiempos administrativos para operaciones vinculadas a exportación.

En economías regionales, donde la gestión de flujo de caja suele ser más volátil que en industrias urbanas, la velocidad de acreditación y aplicación de fondos tiene peso estratégico.

Para sectores exportadores del NEA, especialmente empresas forestales, tealera y yerbateras con vínculos comerciales internacionales, cualquier reducción de fricción financiera puede mejorar capacidad de cobertura cambiaria, administración de capital de trabajo y acceso a herramientas bursátiles.

Por qué el efecto puede sentirse distinto en Misiones

La economía misionera convive con un problema estructural: el costo de operar lejos de los centros financieros tradicionales.

Mientras empresas radicadas en Buenos Aires tienen acceso más directo a ALyCs, bancos de inversión y mercados de cobertura, las firmas del NEA suelen enfrentar: mayores costos de intermediación, menor profundidad financiera, menor acceso a instrumentos sofisticados, y menor velocidad operativa.

A eso se suma la condición fronteriza de Misiones. Las denominadas asimetrías fronterizas —diferencias cambiarias, impositivas y de costos respecto de Paraguay y Brasil— obligan a las empresas locales a trabajar con márgenes más estrechos y estructuras financieras más sensibles.

En ese contexto, cualquier mejora regulatoria que facilite operatorias legales, trazables y más rápidas puede tener un efecto más relevante en provincias periféricas que en los grandes centros económicos.

El movimiento de la CNV también dialoga con una tendencia más amplia del Gobierno nacional: desburocratizar circuitos financieros para ampliar la participación privada y acelerar el financiamiento productivo sin expansión del gasto público.

La resolución reconoce explícitamente las actividades de corretaje de granos y agroindustriales, un dato político no menor.

La agroindustria sigue siendo el principal generador de divisas del país y el Gobierno busca evitar cuellos regulatorios que ralenticen operaciones financieras vinculadas al comercio exterior.

Aunque Misiones no tiene el peso cerealero de la región pampeana, sí posee cadenas exportadoras sensibles al crédito y al capital operativo: Yerba mate: necesita financiamiento estacional para acopio e industrialización. Forestoindustria: requiere capital intensivo y plazos largos de recuperación. Té y tabaco: dependen de liquidez para exportación y cobertura de costos. Turismo receptivo: cada vez más vinculado a herramientas de pagos digitales y servicios financieros integrados.

La posibilidad de operar con mayor trazabilidad y menos capas administrativas podría facilitar esquemas financieros más dinámicos para empresas medianas regionales.

Una CNV más rápida y menos centralizada

La resolución también delega facultades técnicas a distintas gerencias internas de la CNV, especialmente en registros de auditores y controles societarios.

La lectura política es clara: el organismo intenta acelerar tiempos administrativos en un mercado que reclama menos burocracia.

Entre los cambios más relevantes aparecen: delegación de inscripción y cancelación de registros de auditores. Agilidad para reformas societarias menores. Más velocidad en autorizaciones técnicas. Y descentralización operativa dentro del regulador.

Para empresas del interior que buscan acceder al mercado de capitales, emitir obligaciones negociables o estructurar fideicomisos productivos, la demora regulatoria suele representar un costo oculto relevante.

La simplificación administrativa puede no generar impacto inmediato en el bolsillo del consumidor misionero, pero sí influir en el costo financiero empresario, especialmente en un escenario de tasas reales todavía elevadas.

La clave no estará solamente en la norma, sino en la capacidad del sistema financiero para incorporar efectivamente a empresas medianas del interior.

Misiones mantiene una economía exportadora con fuerte dependencia logística y costos estructurales altos. Si las reformas regulatorias derivan en mayor acceso a instrumentos financieros, menor burocracia y operaciones más ágiles, podrían mejorar competitividad regional sin necesidad de subsidios directos.

El interrogante de mediano plazo es otro: si el mercado de capitales argentino logrará federalizarse o si estas ventajas seguirán concentradas en operadores del AMBA. Para el NEA, la diferencia entre ambas opciones no es técnica. Es productiva.

Compartí esta noticia !

La CNV redefine su poder de control con una nueva regulación que agiliza investigaciones

Compartí esta noticia !

El Directorio de la Comisión Nacional de Valores (CNV) avanzó en su agenda de reforma regulatoria y aprobó la Resolución General N° 1131, una norma que reordena y simplifica los procedimientos de investigaciones y sumarios dentro del organismo. La decisión, enmarcada en el proceso de modernización iniciado y comunicado el 3 de septiembre de 2025, no sólo busca reducir cargas administrativas: apunta a redefinir cómo el Estado supervisa, investiga y sanciona en el mercado de capitales. La pregunta de fondo es si este rediseño consolida un esquema de control más eficiente o si abre un nuevo equilibrio entre agilidad y rigor regulatorio.

El presidente de la CNV, Roberto E. Silva, explicitó el sentido político de la medida: “seguimos avanzando con la simplificación, reordenamiento y modernización de las Normas CNV”, al tiempo que subrayó que el nuevo esquema “refleja nuestro compromiso con un enfoque más ágil, eficiente y moderno de la supervisión”. La clave está en esa combinación: menos burocracia, pero mayor capacidad de control.

Un rediseño de procedimientos que modifica la dinámica de fiscalización

La RG N° 1131 introduce cambios concretos en las dos fases críticas del poder regulador: la investigación y la instancia sancionatoria. En términos operativos, habilita audiencias informativas y testimoniales por videoconferencia, siempre que existan razones fundadas vinculadas a la distancia y a pedido del declarante. Este punto, que puede parecer técnico, redefine la logística del control y reduce barreras para la producción de prueba.

Al mismo tiempo, la norma endurece el tratamiento de las denuncias: establece la obligatoriedad de ratificarlas entre los cuatro y veinte días hábiles desde su presentación. Si ese paso no se cumple, la CNV puede considerarlas como no presentadas. Es un cambio que introduce un filtro más estricto en la activación de investigaciones, trasladando parte de la carga al denunciante.

En los sumarios abreviados, la simplificación también avanza sobre la representación legal. Se elimina la obligación de ratificación posterior cuando el sumariado actúa mediante apoderado en la audiencia preliminar, lo que acelera los tiempos procesales.

El paquete se completa con la unificación de horarios para vistas de expedientes —alineados con la RG N° 1112—, la actualización de términos y siglas, la adecuación de formalidades a tecnologías vigentes y la revisión de la “Grilla de Conductas Infractoras Pasibles de Procedimiento Sumarial Abreviado”. En paralelo, la CNV dispone la publicación en su web de resoluciones clave —inicio y cierre de sumarios, exclusiones y suspensiones preventivas— desde el momento de su notificación, lo que introduce un componente adicional de exposición pública.

Control más ágil, pero con nuevas reglas de juego

La reforma impacta directamente en la relación entre el regulador y los actores del mercado. Por un lado, fortalece la capacidad operativa de la CNV: menos tiempos muertos, mayor digitalización y procesos más estandarizados. Por otro, redefine incentivos.

El endurecimiento en la validación de denuncias puede desalentar presentaciones sin sustento, pero también eleva el umbral de acceso al sistema. A la vez, la publicación temprana de resoluciones amplía la transparencia, aunque introduce un factor reputacional inmediato para los involucrados.

En términos políticos, el movimiento refuerza la línea del Gobierno de avanzar en una desburocratización con foco en eficiencia, sin resignar herramientas de control. La CNV se posiciona así como un organismo que busca intervenir con mayor precisión, en lugar de ampliar estructuras.

Un paso más en la reconfiguración del Estado regulador

La RG N° 1131 no modifica leyes de fondo, pero sí altera la mecánica cotidiana del control estatal sobre el mercado de capitales. Es un cambio silencioso en términos legislativos, pero relevante en la práctica.

En las próximas semanas, el foco estará en cómo se implementan estos procedimientos y si efectivamente reducen tiempos sin afectar la calidad de las investigaciones. También habrá que observar cómo reaccionan los actores del mercado ante un esquema que combina simplificación con mayor visibilidad pública de los procesos.

La reforma ya está en marcha. Su impacto real, sin embargo, se medirá en la tensión entre velocidad y profundidad del control, una variable que todavía está en desarrollo.

Compartí esta noticia !

La CNV endurece el control sobre los ALyC y fija límites de liquidez y apalancamiento desde mayo

Compartí esta noticia !

La Comisión Nacional de Valores avanzó el 27 de abril de 2026 con la Resolución General 1130, una reforma que redefine el régimen informativo y operativo de los Agentes de Liquidación y Compensación (ALyC), al imponer límites concretos de liquidez y apalancamiento y exigir reportes mensuales más detallados. La medida entra en vigencia de inmediato tras su publicación y activa un cronograma que comienza en mayo.

El dato central no es solo técnico: por primera vez, el regulador establece umbrales explícitos que, de no cumplirse, obligan a los agentes a dejar de operar sin necesidad de intimación previa. La pregunta que abre la decisión es evidente: ¿se trata de un ajuste preventivo para ordenar riesgos acumulados o de una señal de mayor intervención en un mercado bajo observación?

Más control, más datos y límites operativos explícitos

La resolución se inscribe en el marco de la Ley de Mercado de Capitales y profundiza una línea que la CNV venía consolidando con normas previas. El objetivo declarado es mejorar la capacidad de monitoreo sobre el sistema, especialmente en lo que respecta al apalancamiento y la exposición financiera de los agentes.

El cambio clave es doble. Por un lado, se amplía el régimen informativo: los ALyC deberán reportar mensualmente indicadores financieros vinculados a liquidez y apalancamiento, además de detallar sus tenencias diarias de moneda extranjera en cartera propia. Por otro, se establecen límites prudenciales concretos.

En materia de liquidez, se fija que el activo corriente debe ser igual o superior al pasivo corriente en todo momento. En paralelo, se introducen otros indicadores que miden la capacidad de respuesta frente a obligaciones con clientes y operaciones financieras.

En cuanto al apalancamiento, el límite computable no podrá superar cinco veces el patrimonio neto ajustado. El cálculo incorpora pasivos financieros y excluye ciertos componentes, pero el criterio es claro: restringir niveles de endeudamiento que puedan amplificar riesgos sistémicos.

La norma también define qué ocurre ante incumplimientos. Si un agente supera los límites y no regulariza la situación en dos días hábiles, debe suspender su actividad de forma automática. Solo se admiten desvíos transitorios y acotados bajo condiciones estrictas, lo que introduce un margen operativo pero bajo vigilancia.

Un esquema progresivo que ordena sin frenar de golpe

Consciente del impacto, la CNV diseñó un cronograma de adecuación gradual. Desde mayo, el ratio mínimo de liquidez arranca en 0,85, sube a 0,90 en junio y alcanza 0,95 en julio. En paralelo, el límite de apalancamiento se reduce progresivamente: de 8 veces en mayo a 6 en julio.

Este esquema evita un shock inmediato, pero fija un sendero claro de convergencia. Los agentes que hoy estén por fuera de esos parámetros deberán ajustar su estructura financiera en pocas semanas.

Además, la resolución obliga a adaptar los sistemas contables y de control interno. A partir de 2027, los ALyC deberán tener estructuras contables alineadas con los nuevos criterios, incluyendo la segregación estricta de cuentas y la imposibilidad de compensar saldos entre activos y pasivos.

Más poder regulador, menos margen operativo

El movimiento fortalece a la CNV como autoridad de control en un segmento donde el apalancamiento y las operaciones complejas ganaron peso en los últimos años. La exigencia de información diaria sobre moneda extranjera y mensual sobre indicadores financieros amplía la capacidad de supervisión en tiempo casi real.

Para los ALyC, en cambio, implica una reducción del margen operativo, especialmente para aquellos con estructuras más agresivas de financiamiento. La obligación de cumplir límites en todo momento —y no solo en cortes periódicos— cambia la lógica de gestión.

En términos de mercado, la medida puede impactar en la dinámica de financiamiento y en el volumen de ciertas operaciones, en particular aquellas vinculadas a préstamos de valores o estrategias apalancadas. También podría influir en la relación con clientes, dado que parte de los indicadores se construyen sobre saldos exigibles de comitentes.

Un nuevo estándar que pone el foco en el riesgo sistémico

La resolución no aparece aislada. Se conecta con una serie de normas recientes que ampliaron los requerimientos informativos sobre pasivos financieros y operaciones con valores negociables. El hilo conductor es claro: construir un mapa más preciso del riesgo en el mercado de capitales.

A partir de mayo, la CNV empezará a recibir datos mensuales sobre liquidez, apalancamiento y exposición en moneda extranjera. Ese flujo de información, combinado con límites operativos, redefine el equilibrio entre libertad operativa y control regulatorio.

Queda por ver cómo reaccionarán los agentes en las primeras semanas de implementación y si el proceso de adecuación genera tensiones en la operatoria diaria. El nuevo esquema ya está en marcha. Lo que todavía está en construcción es su impacto real sobre la dinámica del mercado.

Compartí esta noticia !

Categorías

Solverwp- WordPress Theme and Plugin