salario mínimo vital y móvil

El salario mínimo sube a $383.800 en septiembre y llegará a $437.000 en abril de 2027

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El Gobierno fijó por laudo una nueva escala para el Salario Mínimo, Vital y Móvil (SMVM), luego de que empresarios y representantes de los trabajadores no alcanzaran un acuerdo en la reunión del Consejo Nacional del Empleo, la Productividad y el Salario Mínimo, Vital y Móvil. El piso salarial partirá de $383.800 desde septiembre y tendrá incrementos mensuales hasta alcanzar $437.000 en abril de 2027.

La Resolución 4/2026, publicada este miércoles en el Boletín Oficial, establece los nuevos valores para los trabajadores comprendidos en el régimen de contrato de trabajo, el Régimen de Trabajo Agrario y los empleados de la Administración Pública Nacional y de los organismos del Estado Nacional que actúen como empleadores.

La decisión se tomó después de que la reunión convocada para el 28 de agosto terminara sin consenso. Ante la falta de acuerdo, la normativa establece que corresponde emitir un laudo para determinar tanto el salario mínimo como los valores de referencia de la prestación por desempleo.

El nuevo esquema contempla una actualización escalonada. Desde el 1° de septiembre de 2026, el salario mínimo para trabajadores mensualizados con jornada legal completa queda establecido en $383.800, mientras que para los trabajadores jornalizados se fija en $1.919 por hora.

A partir de octubre, el piso mensual ascenderá a $391.200 y el valor horario a $1.956. En noviembre llegará a $398.800 y $1.994, respectivamente, mientras que en diciembre será de $406.400 mensuales y $2.032 por hora.

La actualización continuará durante 2027. En enero, el SMVM será de $414.200; en febrero, de $422.000; en marzo, de $429.600; y finalmente en abril alcanzará los $437.000. Los valores horarios correspondientes serán de $2.071, $2.110, $2.148 y $2.185, respectivamente.

La secuencia implica que el salario mínimo pasará de $383.800 en septiembre a $437.000 en abril, una suba nominal acumulada de aproximadamente 13,9%. El incremento se distribuye en ocho etapas, lo que permite anticipar el valor del piso salarial durante los próximos meses, aunque su impacto real sobre el poder adquisitivo dependerá de la evolución de los precios y de los ingresos efectivos de cada trabajador.

Un aspecto central de la resolución es que estos valores funcionan como un piso legal para las relaciones laborales alcanzadas por la normativa. No significan que todos los trabajadores registrados perciban exactamente ese monto: cuando existen convenios colectivos con salarios superiores, esos acuerdos continúan operando por encima del mínimo establecido.

La decisión también tiene impacto sobre el sistema de protección frente al desempleo. La prestación continuará calculándose en función del 75% de la mejor remuneración mensual, normal y habitual del trabajador durante los seis meses anteriores al cese laboral.

Sin embargo, la resolución establece límites vinculados directamente con el salario mínimo. La prestación por desempleo no podrá ser inferior al 50% del SMVM vigente ni superar el 100% de ese mismo valor. De esta manera, cada actualización del salario mínimo modifica también los pisos y techos aplicables al seguro de desempleo.

El mecanismo elegido vuelve a poner en el centro la discusión sobre la capacidad del salario mínimo para funcionar como referencia efectiva de ingresos laborales. El dato relevante no será solamente cuánto aumenta nominalmente, sino cuánto representa ese nuevo piso frente al costo de vida y frente a las remuneraciones que efectivamente perciben los trabajadores de menores ingresos.

Desde una perspectiva de soluciones, la principal herramienta que introduce la resolución es la previsibilidad: al fijar de antemano los valores hasta abril de 2027, empleadores y trabajadores cuentan con una referencia cierta para planificar costos laborales e ingresos. El desafío será que esa previsibilidad no quede desfasada frente a la evolución de los precios, porque un aumento nominal previamente definido puede perder capacidad de compra si la inflación supera el ritmo de actualización.

La resolución deja así establecido un sendero salarial hasta el segundo trimestre de 2027, en un contexto en el que el Consejo Nacional no logró construir un acuerdo entre las partes. El nuevo piso será de $383.800 en septiembre y llegará a $437.000 en abril, mientras que la evolución de la inflación determinará cuánto de ese incremento se transforma efectivamente en una mejora del poder adquisitivo.

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Fracasó el Consejo del Salario y el Gobierno definirá el nuevo mínimo

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La reunión del Consejo del Salario terminó nuevamente sin acuerdo y dejó en manos del Gobierno nacional la definición del próximo Salario Mínimo, Vital y Móvil (SMVM). Los representantes sindicales reclamaron llevar el piso salarial a $911.000, mientras que el sector empresario presentó una propuesta muy inferior, que llevaría el mínimo a unos $468.000 en abril de 2027.

La distancia entre ambas posiciones volvió a bloquear el consenso y profundizó el cuestionamiento sindical sobre el funcionamiento de un ámbito concebido para establecer un piso de ingresos para los trabajadores que no cuentan con mecanismos de negociación colectiva.

El SMVM vigente se ubica en $376.600, de acuerdo con el cronograma de actualización establecido en noviembre de 2025. Además de funcionar como referencia para las remuneraciones más bajas, el valor del salario mínimo interviene en la determinación de distintos programas sociales, prestaciones y subsidios.

El resultado de la reunión tiene, por lo tanto, un alcance que excede a los trabajadores alcanzados directamente por el salario mínimo. Una modificación del SMVM también puede alterar parámetros utilizados por distintas políticas públicas y, al mismo tiempo, constituye una señal sobre el nivel de ingresos que el Estado considera compatible con las condiciones económicas actuales.

Una brecha salarial que volvió a hacer inviable el acuerdo

La propuesta empresaria quedó muy lejos de la demanda sindical. Según lo planteado durante la reunión, las cámaras ofrecieron incrementos de 1,8% para septiembre y de 1,7% mensual desde octubre hasta abril, lo que llevaría el salario mínimo a aproximadamente $468.000 al final del período.

La CGT y las dos CTA, en cambio, reclamaron un mínimo de $911.000.

La diferencia no fue solamente numérica. Para las centrales sindicales, la propuesta empresaria mantiene al SMVM en niveles insuficientes para cubrir las necesidades básicas de los trabajadores y profundiza la pérdida de capacidad adquisitiva acumulada.

Rodolfo Aguiar, secretario general de ATE, cuestionó que el salario mínimo haya quedado desconectado de su función original. Sostuvo que el Consejo debería operar como una instancia de negociación para quienes no tienen paritarias y cuestionó que el valor vigente no alcance para cubrir las necesidades consideradas esenciales.

La discusión vuelve así sobre una cuestión estructural del mercado laboral argentino: qué nivel de ingresos debe garantizarse como piso cuando una parte de los trabajadores no tiene capacidad de negociación colectiva y depende de la referencia fijada por el Consejo.

La virtualidad abrió otro frente de conflicto

El desacuerdo salarial estuvo acompañado por una disputa institucional. La CGT y las dos CTA reclamaron que el Consejo volviera a sesionar de manera presencial, pero el Gobierno mantuvo la modalidad virtual.

Las centrales obreras participaron de la comisión técnica salarial, donde se presentan las propuestas, pero luego decidieron retirarse y no participar del plenario.

Jorge Sola, uno de los cotitulares de la CGT, cuestionó la falta de presencialidad y sostuvo que la modalidad adoptada no garantiza, a criterio sindical, el nivel de diálogo tripartito que debería caracterizar al organismo. También anticipó que la central analiza recurrir nuevamente a la Organización Internacional del Trabajo (OIT).

El Gobierno defendió exactamente lo contrario. El Ministerio de Capital Humano sostuvo que la virtualidad permite registrar y grabar las reuniones, garantizar trazabilidad y dejar constancia de las posiciones expresadas por cada sector.

La cartera conducida por Sandra Pettovello afirmó que las reuniones fueron convocadas de esa manera con el objetivo de preservar la paz social y mantener un ámbito de diálogo ordenado. También señaló que algunas organizaciones objetaron el formato y decidieron retirarse de la instancia plenaria.

La controversia sobre el formato terminó adquiriendo un peso político mayor porque se superpuso con la discusión de fondo: la capacidad del Consejo para alcanzar acuerdos efectivos sobre el ingreso mínimo.

El Gobierno queda nuevamente con la decisión final

Ante la falta de acuerdo, el Ministerio de Capital Humano confirmó que el Gobierno procederá a determinar el nuevo salario mínimo mediante los mecanismos previstos para estos casos.

El desenlace reproduce una dinámica que se volvió recurrente durante los últimos años: cuando empresarios y trabajadores no alcanzan un consenso, el Ejecutivo termina estableciendo el valor mediante una decisión administrativa.

Para el Gobierno, esta facultad permite cerrar un proceso que no logró reunir las condiciones para un acuerdo. Para las organizaciones sindicales, en cambio, la reiteración de este mecanismo erosiona el sentido institucional del Consejo del Salario.

El conflicto también se desarrolló alrededor de versiones sobre un eventual piso salarial de bolsillo cercano a $800.000, que implicaría un salario bruto de aproximadamente $1.100.000. Esa posibilidad no formó parte formalmente de la agenda de la reunión, pero había generado expectativas y críticas en las horas previas.

Los dirigentes sindicales interpretaron esas versiones como una operación política, debido a que no hubo una propuesta concreta del Gobierno durante la negociación.

A esto se sumó la ausencia del secretario de Trabajo, Julio Cordero, quien fue reemplazado en la reunión por la subsecretaria Claudia Testa. La CGT vinculó esa ausencia con una supuesta pérdida de relevancia política del Consejo.

Qué está en juego detrás del nuevo salario mínimo

La discusión no se reduce a determinar cuánto aumentará el SMVM. El punto central es qué función cumple hoy el salario mínimo dentro de una economía donde las paritarias constituyen el principal mecanismo de actualización para una parte significativa de los trabajadores formales, mientras otros sectores dependen de referencias estatales.

El valor vigente de $376.600 queda, además, muy por debajo de las pretensiones sindicales y de los niveles planteados informalmente en las últimas horas. La decisión que adopte el Ejecutivo determinará cuánto de esa brecha se reduce y cuánto permanece.

También tendrá consecuencias indirectas. El SMVM es utilizado como referencia para distintas prestaciones y programas, por lo que una actualización más elevada puede ampliar determinados beneficios vinculados al salario mínimo, mientras que una recomposición más acotada preservaría un esquema de menor incidencia fiscal.

La definición será, en consecuencia, una señal simultáneamente laboral, social y fiscal.

El Gobierno deberá resolver ahora entre una propuesta empresaria que ubica el mínimo muy por debajo del reclamo sindical y una demanda de $911.000 que supone una recomposición significativamente mayor. En el medio queda un Consejo del Salario que, una vez más, no consiguió transformar la negociación tripartita en un acuerdo.

El desafío de fondo será evitar que el salario mínimo quede reducido a una cifra administrativa desconectada de su objetivo original: funcionar como un piso efectivo de protección para quienes tienen menor capacidad de negociación en el mercado laboral. La próxima resolución del Ejecutivo no solo fijará un nuevo monto; también definirá, en los hechos, cuánto peso conserva ese instrumento dentro de la política salarial argentina.

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El Gobierno convocó al Consejo del Salario: el 28 de agosto definirán el nuevo piso salarial

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El Gobierno nacional convocó formalmente al Consejo Nacional del Empleo, la Productividad y el Salario Mínimo, Vital y Móvil para el próximo 28 de agosto, en una jornada que tendrá como eje la determinación del nuevo piso salarial y la actualización de los montos mínimo y máximo de la prestación por desempleo.

La convocatoria fue establecida mediante la Resolución 1/2026 del Consejo Nacional del Empleo, la Productividad y el Salario Mínimo, Vital y Móvil, firmada el 19 de agosto y publicada este jueves. La norma dispone que la sesión plenaria ordinaria se realizará el viernes 28 de agosto a las 12.30, mediante una plataforma virtual. En caso de ser necesario, habrá una segunda sesión a las 14.00 del mismo día.

Antes del plenario, a las 10.00, se reunirá la Comisión del Salario Mínimo, Vital y Móvil y Prestaciones por Desempleo. Será en esa instancia donde se tratarán específicamente los dos temas que luego serán elevados al Consejo: la determinación del Salario Mínimo, Vital y Móvil y la fijación de los montos mínimo y máximo de la prestación por desempleo.

La decisión adquiere relevancia porque el salario mínimo funciona como una referencia dentro del esquema laboral argentino y, además, interviene en distintas prestaciones y parámetros vinculados con la normativa de empleo. La discusión del 28 de agosto permitirá conocer qué nivel de actualización pretende establecer el Gobierno y qué posición llevarán los representantes de trabajadores y empleadores.

La resolución recuerda que el Consejo está integrado por 16 representantes de los empleadores y 16 representantes de los trabajadores, además de su Presidencia. El órgano tiene entre sus atribuciones legales determinar el salario mínimo, vital y móvil y los montos de la prestación por desempleo, de acuerdo con lo establecido por la Ley Nacional de Empleo.

La convocatoria se produce después de que el Gobierno modificara durante los últimos meses distintos componentes de su estructura administrativa y laboral. La resolución incorpora entre sus antecedentes el Decreto 378/2026, que aprobó una nueva conformación organizativa del Ministerio de Capital Humano, cartera que asumió las competencias y obligaciones que anteriormente correspondían al Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social.

Desde el punto de vista económico, la discusión tendrá una doble dimensión. Por un lado, la actualización del salario mínimo impactará sobre el ingreso de los trabajadores alcanzados por ese parámetro y sobre referencias que utilizan distintos programas y obligaciones laborales. Por otro, la actualización del seguro de desempleo busca determinar el nivel de cobertura económica disponible para quienes pierden su empleo dentro de las condiciones previstas por el sistema.

La convocatoria, sin embargo, no anticipa ningún porcentaje ni monto. La Resolución 1/2026 se limita a poner en marcha formalmente el procedimiento institucional para que la Comisión del Salario Mínimo y el plenario del Consejo discutan y determinen los nuevos valores. Por lo tanto, cualquier cifra sobre el futuro salario mínimo o la prestación por desempleo todavía forma parte de la negociación y no de una decisión oficial.

El cronograma concentrará así en una misma jornada la discusión técnica y política del nuevo piso salarial. A las 10 comenzará la reunión de la comisión específica, a las 12.30 está prevista la primera sesión plenaria y, eventualmente, a las 14 se realizará una segunda convocatoria. El resultado deberá surgir de los temas elevados por la comisión al plenario.

Para los trabajadores y las empresas, el dato relevante será el resultado concreto de esa negociación: cuánto se modificará el ingreso mínimo de referencia y cómo quedarán los límites de la prestación por desempleo. En un contexto en el que el poder adquisitivo, el costo laboral y la protección frente a la pérdida de empleo forman parte de una misma discusión económica, la próxima reunión del Consejo del Salario volverá a poner en el centro una pregunta decisiva: cuál será el nuevo piso de ingresos que el Estado reconoce para el mercado laboral argentino.

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Nuevo índice APP: cuántos pedidos necesita hacer un delivery para no ser pobre

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El Coeficiente de Alcance del Pedido Promedio (APP) pone números concretos a una pregunta clave del trabajo en plataformas: ¿cuántos pedidos necesita realizar un repartidor para cubrir gastos básicos y alcanzar ingresos mínimos? El último relevamiento muestra una mejora respecto de septiembre, aunque advierte una creciente desigualdad entre plataformas, con trayectorias de ingresos cada vez más dispares.

El índice toma como referencia un pedido promedio de $3.032,9, sin propina, calculado a partir de valores de PedidosYa y Rappi, y lo cruza con indicadores oficiales de ingresos, canastas básicas y costos de vida. El resultado permite traducir el esfuerzo laboral en una métrica directa: cantidad de pedidos necesarios para vivir.

Los números que explican la precariedad

De acuerdo con el informe, un hogar tipo de cuatro integrantes necesita realizar 454 pedidos mensuales para cubrir la canasta básica total y no ser considerado pobre. En el caso de una persona sola, sin alquiler, el umbral de pobreza se ubica en 140 pedidos, mientras que la canasta básica alimentaria individual se cubre con apenas 63 pedidos, señala un informe fue elaborado por la Fundación Encuentro.

El estudio también permite dimensionar el costo de la crianza: criar a un niño requiere 170 pedidos mensuales, mientras que un bebé demanda 152 pedidos. El alquiler promedio representa 244 pedidos, aunque en un monoambiente de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires el valor baja a 167 pedidos, evidenciando fuertes diferencias territoriales.

En términos de ingresos laborales, para alcanzar el ingreso promedio individual en Argentina se necesitan 328 pedidos, mientras que llegar al Salario Mínimo Vital y Móvil requiere 110 pedidos. Incluso los costos formales del trabajo aparecen medidos en esta lógica: el monotributo A equivale a 12 pedidos, y un tanque de nafta, insumo básico para repartir, se cubre con solo 2 pedidos.

El dato clave: mejora promedio, brecha creciente

El APP muestra una mejora general respecto de septiembre, pero no es homogénea. El informe advierte que las distintas plataformas presentan trayectorias divergentes, lo que amplía la brecha de ingresos entre repartidores según la app en la que trabajen, aun realizando esfuerzos similares.

En un sector caracterizado por la ausencia de paritarias, escalas salariales y referencias claras de esfuerzo e ingreso, el índice APP aporta una herramienta concreta para ordenar el debate público sobre precarización laboral, ingresos reales y regulación del trabajo en plataformas.

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