SEGURIDAD SOCIAL

El Gobierno otorgará un bono extraordinario previsional de hasta $70.000 en enero de 2026

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El Poder Ejecutivo dispuso el otorgamiento de un Bono Extraordinario Previsional de hasta $70.000, que será abonado en enero de 2026 a jubilados, pensionados y titulares de prestaciones contributivas y no contributivas a cargo de la ANSES, mediante el Decreto 918/2025, dictado el 23 de diciembre de 2025 y publicado en el Boletín Oficial el 24 de diciembre. La medida apunta a compensar los efectos negativos de la fórmula de movilidad establecida por la Ley 27.609, especialmente sobre los beneficiarios de menores ingresos, y se inscribe en el esquema de asistencia previsional extraordinaria vigente desde enero de 2024.

El bono tendrá carácter no remunerativo, no estará sujeto a descuentos y no será computable para ningún otro concepto, reforzando el ingreso disponible de los adultos mayores alcanzados por la medida.

Fundamentos del decreto y antecedentes del sistema previsional

El decreto se apoya en la estructura normativa del sistema previsional argentino, conformado originalmente por la Ley 24.241, que creó el Sistema Integrado de Jubilaciones y Pensiones (SIJP), luego unificado en el Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA) mediante la Ley 26.425, bajo un régimen público de reparto. A ello se suma la Ley 27.260, que instituyó la Pensión Universal para el Adulto Mayor (PUAM), y el marco de las pensiones no contributivas por vejez, invalidez, madres de siete hijos o más y pensiones graciables.

En los considerandos, el Poder Ejecutivo señala que la Ley 27.609, que rige el índice de movilidad jubilatoria desde marzo de 2021, presentó “graves y serios inconvenientes”, al no contemplar la variación de precios y generar un “gran desfasaje entre la evolución de las variables económicas y su traslado a los haberes”. Ese esquema, según el decreto, produjo efectos perjudiciales para jubilados y pensionados, en particular para aquellos de menores ingresos.

Como respuesta, desde enero de 2024 hasta diciembre de 2025 se instrumentaron ayudas económicas previsionales y bonos extraordinarios mensuales, mientras que el Decreto 274/2024 modificó la fórmula de movilidad, estableciendo desde julio de 2024 la actualización mensual de los haberes conforme al Índice de Precios al Consumidor (IPC) que publica el INDEC. En ese contexto, el bono de enero de 2026 se define como una compensación adicional por los efectos acumulados de la normativa anterior.

Alcance del bono y criterios de liquidación

El Bono Extraordinario Previsional alcanzará a un amplio universo de beneficiarios. Según el artículo 2°, será liquidado por titular a:

  • Personas titulares de prestaciones contributivas previsionales a cargo de la ANSES otorgadas bajo la Ley 24.241, regímenes nacionales generales anteriores, regímenes especiales derogados o ex cajas provinciales y municipales transferidas a la Nación, cuya movilidad se rija por el artículo 32 de la Ley 24.241, así como las prestaciones del régimen del Decreto 160/2005.
  • Beneficiarios de la Pensión Universal para el Adulto Mayor (PUAM).
  • Titulares de pensiones no contributivas por vejez, invalidez, madres de siete hijos o más y demás pensiones no contributivas y graciables a cargo de la ANSES.

El decreto establece dos criterios de cálculo:

  • Para quienes perciban haberes totales iguales o inferiores al haber mínimo previsional garantizado, el bono será abonado en su monto máximo, fijado en $70.000.
  • Para quienes superen el haber mínimo, el bono será variable, de modo tal que la suma del haber previsional y el bono no exceda el tope resultante del haber mínimo más $70.000.

En todos los casos, los beneficios deberán encontrarse vigentes en el mes de liquidación, y en el caso de pensiones con copartícipes, estas serán consideradas como un único titular a los fines del derecho al bono.

Impacto fiscal, institucional y proyección

Desde el punto de vista institucional, el decreto faculta a la ANSES a dictar las normas complementarias necesarias para la implementación, pago, control y eventual recupero de percepciones indebidas, mientras que la Jefatura de Gabinete de Ministros deberá realizar las adecuaciones presupuestarias correspondientes para financiar la medida.

El impacto económico del bono se concentrará en enero de 2026, reforzando el ingreso disponible de los sectores previsionales de menores recursos y manteniendo la lógica de transferencias compensatorias extraordinarias que caracterizó la política previsional durante 2024 y 2025. La decisión también anticipa que, aun con la nueva fórmula de movilidad indexada por inflación, el Ejecutivo considera necesario instrumentar refuerzos adicionales para amortiguar los efectos de los cambios normativos previos sobre los haberes.

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Federico Pipet asumió la presdidencia de la Caproce

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La Caproce renovó autoridades: Federico Pipet asumió la presidencia y anunció objetivos para modernizar el sistema previsional de los profesionales contables

La Caja de Profesionales de Ciencias Económicas de Misiones (Caproce) puso en funciones a sus nuevas autoridades el 1° de diciembre. El contador Federico Pipet encabeza la nueva gestión, con un directorio integrado por representantes de las tres zonas de la provincia. La institución, creada a principios de los 2000 como un ente público no estatal de seguridad social, anticipa una agenda centrada en eficiencia administrativa, ampliación de beneficios y mejora de los sistemas de capitalización.

Transición institucional y estructura del nuevo directorio

La Caja de Profesionales de Ciencias Económicas (Caproce) formalizó el cambio de autoridades el 1° de diciembre, con la asunción del nuevo presidente, Cr. Federico Pipet, electo por la lista Compromiso Caproce. Pipet es egresado de la Universidad Nacional de Misiones (UNaM) en 2005, docente universitario y cuenta con una Especialización en Mercado de Capitales y una Diplomatura en Prevención de Lavado, ambas otorgadas por la Universidad de Buenos Aires (UBA).

El nuevo directorio está compuesto íntegramente por contadores públicos que representan las distintas zonas de la provincia:

Zona Sur: Marianela Fellau y Daniel Malica

Zona Centro: Cristina Woniatczuk y Macarena Schulz

Zona Norte: Leandro Niveyro y Guillermo Novak

Caproce es un ente público no estatal, administrado por sus afiliados, creado a comienzos de los años 2000 con el objetivo de administrar el sistema de seguridad social de los matriculados en el Consejo Profesional de Ciencias Económicas de Misiones.

Funciones previsionales y servicios financieros: un esquema de capitalización con enfoque solidario

El organismo opera bajo un sistema de capitalización individual para la jubilación, pero sostiene un componente solidario que se traduce en diversas coberturas sociales.

Entre ellas: Jubilación por invalidez, Pensión por fallecimiento, Beneficios por maternidad, nacimiento o adopción, Cobertura por incapacidad transitoria, Asistencia por fallecimiento, Atención de familiar a cargo,

Además, Caproce otorga créditos a tasas convenientes, con montos significativos y plazos de hasta 60 cuotas, una herramienta financiera que permite a los afiliados acceder a financiamiento más accesible que el disponible en el sistema bancario tradicional, “dos o tres veces más oneroso”, según destaca la institución. Ese esquema favorece simultáneamente a los nuevos profesionales y a los afiliados, que obtienen una “buena rentabilidad” por sus aportes.

Los desafíos de la nueva gestión: más afiliados, eficiencia administrativa y una futura obra social

La nueva conducción adelantó que los próximos dos años estarán orientados a fortalecer a la Caproce en tres ejes estratégicos:

Incorporación de nuevos afiliados: La gestión buscará ampliar la base de profesionales activos, con foco en quienes recién inician su carrera y enfrentan mayores dificultades para integrarse al mercado laboral.

Mayor eficiencia en la administración: La modernización de procesos internos se vincula con la necesidad de analizar alternativas de inversión más rentables para mejorar el rendimiento de las cuentas de capitalización y proyectar mejores jubilaciones futuras.

Caminar hacia una obra social para jubilados: Pipet confirmó la intención de iniciar el proceso para desarrollar una futura obra social para profesionales jubilados, un objetivo de largo plazo que requerirá articular con otras cajas provinciales.

El nuevo equipo directivo asegura que trabajará bajo un criterio de transparencia y participación: “La principal intención es poner todos los temas sobre la mesa, brindar información a los afiliados, llevar las discusiones a las asambleas y lograr una mejor Caproce para todos”, señalaron.

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Recaudación tributaria: IVA y Ganancias sostienen el mes, mientras exportaciones caen 59%

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La recaudación tributaria de noviembre creció 19,7% interanual, afectada por la alta base de comparación del año pasado

La recaudación tributaria nacional alcanzó en noviembre $15,598.232 millones, lo que representa una variación interanual de 19,7%, según el informe oficial elaborado por ARCA. Sin embargo, ese aumento quedó condicionado por la extraordinaria base de comparación de noviembre de 2024, cuando ingresaron montos excepcionales vinculados a la moratoria de la Ley 27.743, anticipos de Ganancias y Bienes Personales y el Impuesto PAIS —que ya no se encuentra vigente—. Sin esos efectos, el crecimiento real habría rondado el 29%, lo que cambia la lectura macrofiscal y el pulso de la recaudación en pleno cierre del año.

Un noviembre condicionado: impacto de la moratoria 27.743 y de los ingresos excepcionales de 2024

La dinámica de noviembre volvió a estar atravesada por los ingresos extraordinarios registrados un año atrás. Según ARCA, en noviembre de 2024 ingresaron. Pagos de la moratoria de la Ley 27.743, tanto el pago a cuenta del régimen amplio con condonación del 20% de intereses como cuotas de adhesiones realizadas entre agosto y octubre de ese año. Anticipos de Ganancias y Bienes Personales – Personas Humanas correspondientes al período fiscal 2024, afectados por el corrimiento del calendario de vencimientos. Recaudación del Impuesto PAIS, hoy sin vigencia. Ingresos por el Impuesto de Regularización de Activos, correspondientes al pago adelantado del 75% del Impuesto Especial de Regularización (Etapa 1). Aportes del Régimen Especial de Ingreso de Bienes Personales (REIBP), por el vencimiento del pago inicial del 75% para bienes exteriorizados en la Etapa I.

Estas particularidades explican por qué la comparación interanual se ve distorsionada y por qué la variación real —sin ingresos no recurrentes— superaría el 29%.

En el acumulado enero–noviembre, la recaudación llegó a $166.581.948 millones, con un incremento de 440,8% interanual.

Desempeño por impuestos: IVA y Ganancias impulsan, mientras Exportaciones continúa en caída

IVA: crecimiento sostenido, aunque moderado por factores técnicos

El IVA neto recaudó $5.461.513 millones, con una suba del 27,9% interanual. El IVA Impositivo avanzó 24,4%, mientras que el IVA Aduanero creció 19,6%.

Entre los factores que limitaron el crecimiento del IVA Impositivo se destacan la moratoria vigente en 2024 y un mayor acogimiento a planes de pago. En el caso del IVA Aduanero, los ingresos crecieron por el aumento del tipo de cambio y de las importaciones, aunque fueron moderados por la derogación de la suspensión de certificados de exclusión y la menor cantidad de días hábiles.

Ganancias: aumento del 27,7%, sostenido por cambios normativos

El impuesto a las Ganancias alcanzó $3.355.886 millones, con un crecimiento interanual del 27,7%. Impactó de manera positiva. La modificación del Régimen de Anticipos (RG 5.685/2025), que elevó la alícuota del sexto anticipo de 8,33% a 11,11%. Mayores retenciones y un mejor cumplimiento por parte de sociedades con cierre junio, el segundo vencimiento de mayor peso anual.

Créditos y Débitos: avance del 24,4%

El tributo registró $1.249.678 millones, con una suba del 24,4%, moderada por la menor cantidad de días hábiles.

Seguridad Social: suba del 29,8%, impulsada por salarios

Los ingresos del sistema previsional crecieron 29,8%, hasta $3.825.861 millones, motorizados por el aumento de la remuneración bruta promedio.

Exportaciones: caída del 59,3% por baja de alícuotas y anticipos

Los Derechos de Exportación registraron uno de los desempeños más débiles del mes: $240.207 millones, lo que implica una contracción del 59,3% interanual.

Entre los factores que explican este desplome: Baja de aranceles del Decreto 526/2025. Adelantamiento de pagos durante la baja temporal de alícuotas del Decreto 38/2025 (vigente hasta el 30 de junio). Suspensión de alícuotas por Decreto 682/2025, que llevó a que operaciones habituales de noviembre se liquidaran alícuota cero en septiembre. Menos días hábiles.

Importaciones: fuerte crecimiento del 59,6%

Los Derechos de Importación y otros alcanzaron $598.429 millones, con un salto del 59,6%, explicado por el aumento del tipo de cambio y de las importaciones respecto al año previo.

Bienes Personales: reducción del 52,6%

Con apenas $58.174 millones, Bienes Personales volvió a mostrar una caída pronunciada, explicada por los ingresos excepcionales de 2024 vinculados al REIBP y a la moratoria.

Impuesto a los combustibles: crecimiento del 53,7%

En Impuesto a los Combustibles ingresaron$ 446.536 millones con una variación interanual de 53,7%. El incremento se explica en mayor medida por las actualizaciones del impuesto.

Señales mixtas para el cierre del año fiscal

La foto de noviembre muestra un sistema recaudatorio que crece en términos reales pero aún condicionado por distorsiones del año anterior. Las áreas más dinámicas estuvieron vinculadas al mercado interno (IVA, Ganancias, Seguridad Social), mientras que los recursos asociados al sector externo mostraron un desempeño dispar: fuerte caída en Exportaciones y fuerte alza en Importaciones.

En términos políticos, el Gobierno nacional busca exhibir estos números como evidencia de un sendero de estabilización fiscal progresivo, en un contexto en el que la recaudación es clave para cumplir con las metas de equilibrio. Sin embargo, la fuerte dependencia de factores normativos excepcionales, ajustes técnicos y volatilidad cambiaria muestra que la consolidación no está exenta de riesgos.

En paralelo, la recuperación del consumo —reflejada en el IVA— y del empleo formal —visible en Seguridad Social— aparece como un dato relevante para las provincias, ya que una parte significativa de esos tributos se coparticipa. Para los gobernadores, la señal es positiva, aunque persiste la preocupación por la contracción en los impuestos asociados al comercio exterior.

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El Ejecutivo modifica el presupuesto y redefine fondos para seguridad, salud y energía

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El Gobierno refuerza partidas clave y autoriza cambios estructurales en el Fondo Gasífero: Milei firmó el DNU 849/2025 que reconfigura el presupuesto 2025

En un contexto de emergencia económica y con un Presupuesto prorrogado por segundo año consecutivo, el Poder Ejecutivo dictó el Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) 849/2025, que modifica de forma integral el Presupuesto General de la Administración Nacional y habilita transferencias millonarias para cubrir obligaciones previsionales, gastos esenciales y programas sociales. La medida incluye la posibilidad de transformar o disolver el Fondo de Desarrollo Gasífero Argentino (FONDESGAS), un punto clave para la infraestructura energética.

Un DNU para reordenar las cuentas públicas en un año sin presupuesto aprobado

El DNU, publicado en el Boletín Oficial y fechado el 28 de noviembre de 2025, sostiene su justificación en la “situación de suma gravedad” económica y en el hecho de que por segundo año consecutivo el Congreso no sancionó una Ley de Presupuesto, luego de que el Ejecutivo enviara su proyecto el 15 de septiembre de 2024.

Para sostener la administración del Estado, el Gobierno recuerda que el Decreto 1131/24 prorrogó el Presupuesto 2023 (Ley 27.701), mientras que la Decisión Administrativa 3/25 estableció los créditos correspondientes a esa prórroga.

El marco de emergencia se fundamenta además en: El Decreto 70/2023, que declaró la emergencia pública económica, financiera, fiscal, administrativa, previsional, tarifaria, sanitaria y social hasta el 31 de diciembre de 2025. La Ley 27.742 (Bases), que declaró la emergencia administrativa, económica, financiera y energética por un año.

Bajo este contexto, el Gobierno afirma que “resulta necesario asegurar una distribución razonable de los recursos” para evitar que se vea afectada la prestación de “servicios esenciales” del Estado.

Recomposición previsional, seguridad y gasto social: el detalle de los refuerzos presupuestarios

Asignaciones para jubilaciones, retiros y sentencias judiciales

Uno de los puntos centrales del DNU es la asignación de $406.557.027.778 destinados al pago de deudas previsionales originadas en sentencias judiciales firmes vinculadas a las Fuerzas Armadas y de Seguridad.

El reparto es el siguiente: Caja de Retiros, Jubilaciones y Pensiones de la Policía Federal:
$352.748.607.000. Instituto de Ayuda Financiera para Pago de Retiros y Pensiones Militares (IAF):
$53.808.420.778

El Gobierno explica que el refuerzo responde a los aumentos salariales otorgados durante 2025 a las Fuerzas de Seguridad (Resoluciones 176/25, 520/25 y 944/25) y al Personal Militar (Resoluciones conjuntas 11/25, 24/25 y 63/25), que impactan directamente en los haberes de retirados y pensionados.

Modificaciones en cargos y traspasos

El DNU incorpora también modificaciones de personal, registradas en las planillas anexas IF-2025-127772174-APN-SSP#MEC.

Entre ellas, se destacan: Transferencia de cargos desde la Jefatura de Gabinete y el Ministerio de Justicia hacia el Ministerio de Seguridad Nacional, en línea con el Decreto 605/2025.

El ajuste busca adecuar la dotación de agentes tras la reubicación de dependencias como el Registro Nacional de Datos Genéticos.

Salud, discapacidad, educación y programas sociales

El DNU también refuerza partidas para: Hospitales de alta complejidad SAMIC, incluidos Garrahan, El Cruce, Cuenca Alta, René Favaloro, Bicentenario Esteban Echeverría y el Presidente Néstor Kirchner. Agencia Nacional de Discapacidad (ANDIS): para el pago de pensiones no contributivas y del subsidio extraordinario a beneficiarios. Secretaría Nacional de Niñez, Adolescencia y Familia: financiamiento de Prestación Alimentar. Secretaría de Educación: Política salarial docente y no docente de universidades. Compra de computadoras. Becas PROGRESAR, comedores escolares y Jornada Extendida. Programas de empleo: Volver al Trabajo, Fomentar e Intercosecha. ANSeS: Prestaciones previsionales con impacto de la Ley de Movilidad Previsional (N° 26.417). Programa 19 (Asignaciones Familiares). Prestación por desempleo.Programa 32 – Acciones de Nutrición (Programa 1000 Días). Transferencias al PAMI. Prestación Mensual de Oncopediatría.

Empresas públicas y organismos: financiamiento adicional

La jurisdicción Obligaciones a Cargo del Tesoro (91) recibe refuerzos para sostener: Radio y Televisión Argentina S.A.U. Educ.ar S.A.U. Casa de Moneda S.A.U. Yacimientos Carboníferos Río Turbio. Belgrano Cargas y Logística S.A. SOFSE (Sociedad Operadora Ferroviaria). ACUMAR. ENARD. Incremento de capital del IDB Investment Corporation.

Asimismo se readecúa el Servicio de la Deuda Pública para cubrir servicios financieros del ejercicio en curso.

Economía queda habilitado a disolver el Fondo de Desarrollo Gasífero

Uno de los artículos con mayor impacto político y sectorial es el artículo 4°, que autoriza al Ministerio de Economía a modificar, transformar, disolver o liquidar el Fondo de Desarrollo Gasífero Argentino (FONDESGAS).

El DNU instruye a Energía Argentina S.A. (ex Enarsa), fiduciaria del fondo, a brindar “colaboración y asistencia” a la Secretaría de Energía para garantizar la transición hacia un nuevo instrumento de financiamiento de obras de transporte de gas.

La habilitación refleja el giro del Gobierno hacia mecanismos alternativos para financiar infraestructura energética en un contexto de severo ajuste fiscal y restricciones de financiamiento.

El sector energético podría mostrar distintas reacciones: desde empresas interesadas en nuevos esquemas de inversión hasta gobernadores y actores del gasoducto troncal que podrían advertir por eventuales retrasos o redefiniciones.

Control legislativo obligatorio

Como establece la Ley 26.122, el DNU debe ser remitido a la Comisión Bicameral Permanente, que deberá dictaminar su validez y enviarlo al recinto de ambas Cámaras para su tratamiento.

El artículo 7° del decreto cumple con ese paso formal: “Dese cuenta a la Comisión Bicameral Permanente del H. Congreso de la Nación”.

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RENATRE celebró la extensión del Decreto 514/21 que garantiza empleo formal y estabilidad social en el agro

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El Registro Nacional de Trabajadores Rurales y Empleadores (RENATRE) celebró la decisión del Poder Ejecutivo Nacional de prorrogar por un año la vigencia del Decreto 514/2021, a través del Decreto 777/2025, firmado el 29 de octubre.

La medida garantiza la continuidad de un instrumento central para compatibilizar el trabajo rural temporario con los programas sociales, permitiendo que miles de familias rurales mantengan sus ingresos formales sin perder los beneficios estatales.

El presidente del RENATRE, José Voytenco, calificó la resolución como “una muy buena noticia para los trabajadores y trabajadoras rurales de todo el país”. Tras semanas de gestiones y advertencias institucionales sobre la necesidad de extender la norma.

“El 514 fue durante cuatro años una herramienta efectiva para romper el círculo de la informalidad. Y ampliar la cobertura de la seguridad social en el sector rural”, señaló Voytenco. Destacando que la prórroga “demuestra que se pueden implementar políticas que surgen del diálogo, el consenso y la comprensión”.

Con la extensión del decreto, más de 120 mil trabajadores rurales podrán seguir accediendo al empleo formal sin perder la asistencia social. Un equilibrio que resultó clave para combatir la informalidad en las economías regionales y en el trabajo estacional agrícola.

Un instrumento clave para la formalización del empleo en el agro

El Decreto 514/2021 fue sancionado durante la pandemia, en un contexto de fuerte inestabilidad laboral. Con el propósito de permitir que quienes se desempeñan en tareas temporarias o estacionales del sector agropecuario pudieran incorporarse al empleo registrado. Sin perder los beneficios de los programas sociales como el Potenciar Trabajo.

La medida fue considerada desde su implementación como un avance significativo en la política de formalización del empleo rural. Al atacar una de las causas estructurales de la informalidad: la incompatibilidad entre la asistencia estatal y la contratación formal de corto plazo.

El presidente del RENATRE destacó que la norma “contribuyó a dar previsibilidad a los productores y a generar confianza en los trabajadores. Que dejaron de ver el empleo registrado como una amenaza a su estabilidad familiar”.

La continuidad de este esquema evita, además, un retroceso en los niveles de formalización alcanzados en los últimos años y sostiene el funcionamiento del sistema de seguridad social rural. Impulsado por el RENATRE, que cubre desde aportes jubilatorios hasta prestaciones por desempleo, formación profesional y salud laboral

Hacia una ley permanente de trabajo rural compatible con programas sociales

Desde el RENATRE y la UATRE impulsan que el Decreto 514/2021 se convierta en ley. Con el objetivo de dotar de estabilidad normativa a una política que ya demostró resultados concretos.

“Estamos trabajando con distintos diputados y diputadas nacionales para que esta herramienta adquiera carácter permanente. Y contribuya al desarrollo sostenido del sector agropecuario argentino”, afirmó Voytenco.

La institucionalización del decreto en una norma de carácter legal sería un paso decisivo para consolidar un modelo de empleo rural registrado. Con reglas claras tanto para empleadores como para trabajadores, y una mayor previsibilidad en la planificación productiva.

Para el RENATRE, el desafío hacia adelante será articular esta política con la modernización tecnológica, la capacitación laboral y el fortalecimiento del rol del trabajador rural en las cadenas de valor agroindustrial.

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