Tierra del Fuego

Cruce por un buque británico en Ushuaia: Tierra del Fuego cuestionó el amarre y Ravier responsabilizó a la provincia

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El amarre del buque petrolero VS Promise, de bandera británica, en el puerto de Ushuaia generó un nuevo contrapunto político e institucional entre el Gobierno de Tierra del Fuego y la administración de Javier Milei. La provincia cuestionó que la embarcación haya ingresado y permanecido en la terminal fueguina, mientras que el vocero presidencial, Adrián Ravier, aseguró que el procedimiento también requirió autorización del Ejecutivo provincial.

El episodio adquiere una dimensión adicional porque el puerto de Ushuaia, propiedad de Tierra del Fuego, se encuentra intervenido por el Gobierno nacional desde enero a través de la Agencia Nacional de Puertos y Navegación (ANPyN). Según la posición provincial, esa intervención no elimina las competencias locales vinculadas con las normas que regulan la actividad portuaria y la cuestión Malvinas.

El Ejecutivo fueguino expresó su “repudio y rechazo enérgico” al amarre del buque británico y reclamó al presidente Javier Milei que informe de manera inmediata y pública cuáles fueron los criterios políticos, estratégicos y administrativos utilizados para autorizar la operación.

El planteo provincial se apoya, además, en una normativa fueguina que restringe la permanencia, el amarre y el abastecimiento en sus puertos de embarcaciones con bandera británica. Para Tierra del Fuego, la aplicación de esa legislación adquiere especial relevancia debido a que la provincia incluye constitucionalmente en su territorio a las Islas Malvinas, Georgias del Sur, Sandwich del Sur y los espacios marítimos correspondientes.

“Resulta inadmisible que, mientras el Reino Unido mantiene la ocupación ilegítima de una parte integrante del territorio de Tierra del Fuego, una embarcación de bandera británica opere en el puerto de la capital de la provincia”, sostuvo la administración fueguina al cuestionar el ingreso del petrolero.

Ravier contradijo la versión provincial

El conflicto escaló este martes cuando el vocero presidencial, Adrián Ravier, afirmó durante una conferencia de prensa que el amarre del buque no implica una pérdida de soberanía para la Argentina y sostuvo que la operación había contado con intervención de autoridades provinciales.

Según Ravier, antes del amarre el buque debió obtener también autorización del Gobierno de Tierra del Fuego, debido a que la monoboya involucrada en la operación es de jurisdicción provincial. De esta manera, el Gobierno nacional desplazó parte de la responsabilidad sobre la autorización hacia la administración fueguina.

La afirmación introduce un punto de controversia central: mientras Tierra del Fuego cuestiona que una embarcación de bandera británica haya podido operar en Ushuaia y exige explicaciones a la Nación, el Ejecutivo nacional sostiene que la operación contó con las autorizaciones correspondientes y que no representa una afectación de la soberanía argentina.

La discusión no se limita al episodio puntual del VS Promise. También vuelve a poner en primer plano la disputa por las competencias sobre el puerto de Ushuaia, actualmente bajo intervención nacional, y el alcance de las atribuciones provinciales en una jurisdicción particularmente sensible por su relación institucional con la cuestión Malvinas.

Un buque que llegó desde el norte de Tierra del Fuego

El VS Promise se encontraba previamente en la terminal Río Cullen, en el norte de Tierra del Fuego, donde habría cargado crudo antes de trasladarse hacia Ushuaia. El secretario de Malvinas, Antártida, Islas del Atlántico Sur y Asuntos Internacionales de la provincia, Andrés Dachary, señaló que todavía buscaban determinar cuál será el destino final de la carga y qué empresa petrolera contrató la embarcación.

El dato agrega una dimensión económica al conflicto político. El buque está vinculado al transporte de crudo y su recorrido conecta infraestructura energética del norte fueguino con el principal puerto de la capital provincial, en un momento en que la administración de las terminales y las actividades vinculadas con hidrocarburos forman parte de una discusión más amplia entre Nación y provincia.

La situación permanece atravesada por el proceso judicial relacionado con la intervención del puerto de Ushuaia. Así, un movimiento operativo de una embarcación terminó exponiendo nuevamente una disputa de fondo: quién decide sobre una infraestructura estratégica de Tierra del Fuego y bajo qué marco se aplican las restricciones provinciales vinculadas con embarcaciones de bandera británica.

El episodio también adquiere relevancia diplomática en un contexto en el que la posición argentina sobre Malvinas continúa siendo un componente sensible de la política exterior. La controversia deja planteado un problema institucional concreto que deberá ser esclarecido más allá del cruce político: qué autoridad autorizó efectivamente el amarre del VS Promise, bajo qué normativa y cómo se compatibilizó esa decisión con las restricciones vigentes en Tierra del Fuego.

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Tierra del Fuego flexibiliza compromisos de inversión industrial tras suspender aportes al fondo productivo

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Las empresas radicadas bajo el régimen promocional fueguino podrán reformular proyectos de inversión previamente aprobados luego de que el Gobierno redujera a cero los aportes obligatorios al Fondo para la Ampliación de la Matriz Productiva Fueguina (FAMP-Fueguina). La medida busca adecuar compromisos asumidos bajo un esquema de financiamiento que cambió de manera sustancial durante 2026.

La Secretaría de Industria, Comercio y de la Pequeña y Mediana Empresa oficializó a través de la Resolución 152/2026 una modificación normativa que permite a las firmas beneficiarias del régimen de promoción industrial de Tierra del Fuego revisar montos y plazos de ejecución de proyectos productivos propios aprobados por el FAMP-Fueguina. La decisión surge después de que, en enero, el Gobierno nacional redujera a cero el aporte mensual obligatorio que las empresas debían realizar para sostener el fondo fiduciario creado en 2021.

La resolución no elimina las inversiones comprometidas, pero introduce una válvula de ajuste para proyectos que habían sido diseñados bajo un escenario financiero distinto. Las empresas tendrán 30 días hábiles para presentar adecuaciones y deberán obtener la aprobación del Comité Ejecutivo del fondo.

Un cambio técnico con impacto sobre la planificación industrial

La modificación responde a una situación particular generada por la propia política industrial nacional. El FAMP-Fueguina fue concebido como una herramienta para financiar proyectos destinados a diversificar la matriz productiva de la provincia y mejorar la competitividad de sus industrias.

Para acceder a la extensión del régimen de promoción hasta 2038, las empresas radicadas en Tierra del Fuego debían realizar aportes periódicos al fondo. A su vez, una parte de esos recursos podía ser aplicada a proyectos de inversión propios previamente autorizados.

La reducción del aporte obligatorio a cero, dispuesta este año por el Ministerio de Economía, alteró las condiciones bajo las cuales muchas compañías habían estructurado sus planes de inversión. La nueva resolución reconoce ese cambio y habilita la revisión de los proyectos sin perder la finalidad original vinculada a la ampliación de la matriz productiva.

Para el sector industrial, el punto relevante es que la norma introduce mayor previsibilidad jurídica frente a modificaciones regulatorias que afectan los flujos de financiamiento originalmente previstos.

Claves de la resolución Aporte obligatorio al FAMP-Fueguina: continúa reducido al 0%. Proyectos ya aprobados: podrán reformularse en montos y cronogramas. Objetivos productivos: no podrán modificarse. Plazo para solicitar cambios: 30 días hábiles desde la entrada en vigencia. Inversiones retenidas: deberán mantenerse afectadas al proyecto autorizado. Ejecución máxima: los proyectos tendrán un plazo de hasta 48 meses para concretarse.

Señales para la política industrial argentina

La decisión también deja una señal sobre la evolución del régimen fueguino. Aunque el esquema de beneficios fiscales mantiene vigencia hasta 2038, el Gobierno continúa ajustando los mecanismos complementarios creados para financiar la diversificación económica de la provincia.

La resolución incorpora además mayores exigencias para el uso efectivo de fondos retenidos. Las empresas que no ejecuten las inversiones comprometidas dentro de los plazos fijados deberán transferir esos recursos al FAMP-Fueguina junto con intereses calculados según la tasa activa del Banco Nación.

Desde una perspectiva empresarial, la medida reduce riesgos de incumplimiento derivados de cambios regulatorios, pero al mismo tiempo refuerza los mecanismos de control sobre la ejecución efectiva de las inversiones comprometidas.

El aspecto que merece seguimiento es la velocidad con que las empresas reformulen sus proyectos y el impacto que ello tendrá sobre las metas originales de diversificación productiva. El desafío para el FAMP-Fueguina será sostener inversiones concretas aun cuando desapareció, al menos temporalmente, la principal fuente de aportes que alimentaba el fondo.

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Industria fueguina: Economía suspendió el aporte al FAMP por pérdida de competitividad

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El Ministerio de Economía resolvió reducir al 0% el aporte obligatorio que las empresas industriales radicadas en Tierra del Fuego debían realizar al Fondo para la Ampliación de la Matriz Productiva Fueguina (FAMP), en el marco del régimen de promoción de la Ley 19.640. La medida, formalizada mediante la Resolución 20/2026 de la Secretaría de Industria y Comercio, busca recomponer la ecuación económico-financiera del sector ante cambios tributarios y arancelarios que afectaron la competitividad, y tiene impacto directo sobre la inversión, el empleo y la continuidad productiva en la provincia.

La resolución fue firmada el 20 de enero de 2026 en la Ciudad de Buenos Aires por el Secretario de Coordinación de Producción, en ejercicio de las competencias de la Secretaría de Industria y Comercio, y publicada en el Boletín Oficial el 21 de enero de 2026.

El régimen fueguino, la prórroga hasta 2038 y el rol del FAMP

La decisión se inscribe en el entramado normativo del Régimen de Promoción Industrial de Tierra del Fuego, establecido por la Ley N° 19.640, cuyo objetivo original fue reafirmar la soberanía nacional mediante un esquema fiscal y aduanero especial que impulsara el desarrollo económico en la entonces jurisdicción nacional.

Ese régimen permitió la radicación de empresas industriales generadoras de empleo directo e indirecto y, con el Decreto N° 727 del 22 de octubre de 2021, el Poder Ejecutivo extendió hasta el 31 de diciembre de 2038 la vigencia de los derechos y obligaciones de las firmas con proyectos vigentes, otorgando previsibilidad a largo plazo. Como contrapartida, ese mismo decreto estableció que las empresas debían realizar aportes mensuales obligatorios equivalentes al 15% del beneficio obtenido en concepto de IVA, destinados al Fondo para la Ampliación de la Matriz Productiva Fueguina (FAMP – Fueguina), creado por el Decreto N° 725/21.

El FAMP fue concebido como un fideicomiso de administración orientado a financiar proyectos productivos que ampliaran la matriz económica provincial y mejoraran la competitividad. Sin embargo, el artículo 5° del Decreto N° 727/21 ya preveía que, ante modificaciones en las condiciones tributarias o arancelarias que alteraran la competitividad, la Autoridad de Aplicación pudiera reducir el porcentaje del aporte, hasta tanto se restablecieran las condiciones originales.

Pérdida de competitividad y pedido del sector industrial

Según los considerandos de la Resolución 20/2026, las empresas que integran la Unión Industrial Fueguina (UIF) y la Asociación de Fábricas Argentinas Terminales de Electrónica (AFARTE) presentaron formalmente su reclamo en el expediente administrativo, advirtiendo que la plena vigencia del Decreto N° 333 del 19 de mayo de 2025 y el conjunto de medidas de desregulación económica en curso generaron una pérdida crítica de competitividad para el sector.

El planteo sostuvo que el impacto no se limitó a un segmento específico, sino que alcanzó a toda la actividad productiva de la provincia, comprometiendo la continuidad operativa y el sostenimiento del empleo. En ese marco, y conforme al procedimiento previsto en el artículo 5° de la Resolución N° 228/2022, se realizó la consulta al Comité Ejecutivo del FAMP – Fueguina, que dictaminó favorablemente sobre la afectación de los proyectos vigentes y recomendó hacer lugar a la reducción solicitada.

Los informes técnicos incorporados al expediente concluyeron que se verificaron modificaciones en las condiciones tributarias y arancelarias vigentes al momento del dictado del Decreto N° 727/21, configurándose el supuesto legal que habilita la reducción del aporte. En función de ello, se dispuso llevar el aporte obligatorio a CERO POR CIENTO (0%), con aplicación extensiva a todas las empresas adheridas a las prórrogas establecidas por los Decretos N° 727/21 y N° 594/23.

Alcances, límites y efectos sobre el empleo y la inversión

La resolución aclara que la reducción del aporte no libera a las empresas del cumplimiento de los proyectos productivos que hubieran sido aprobados por el Comité Ejecutivo del FAMP en los términos del artículo 6° bis del Decreto N° 727/21. En caso de incumplimiento, las firmas deberán integrar al fondo los aportes retenidos, más los intereses correspondientes.

Asimismo, se establece que el Comité Ejecutivo del FAMP – Fueguina será el encargado de fijar las pautas para operativizar esta previsión, y que la medida rige desde el día de su suscripción y se mantendrá vigente mientras subsistan las condiciones que motivaron su dictado.

Desde el punto de vista económico e institucional, la decisión representa una señal de alivio fiscal para el entramado industrial fueguino en un contexto de cambios regulatorios y de presión sobre costos. Al mismo tiempo, reabre el debate sobre el equilibrio entre la necesidad de financiar políticas de diversificación productiva y la urgencia de preservar la competitividad, la inversión y el empleo en una provincia altamente dependiente del régimen promocional.

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Tierra del Fuego: el Gobierno avaló el proceso productivo para módulos electrónicos automotrices

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El Ministerio de Economía aprobó formalmente el proceso productivo para la fabricación de módulos electrónicos para vehículos en el Área Aduanera Especial de Tierra del Fuego, un paso clave para la acreditación de origen industrial y el acceso a los beneficios fiscales del régimen establecido por la Ley N° 19.640. La medida fue instrumentada mediante la Resolución 17/2026 de la Secretaría de Industria y Comercio, firmada el 15 de enero y publicada en el Boletín Oficial el 19 de enero de 2026, y fija condiciones técnicas, plazos de adecuación y obligaciones productivas para las empresas alcanzadas.

La resolución define que el proceso aprobado reviste carácter de transformación sustancial, requisito central para el reconocimiento de origen fueguino, con impacto directo sobre la industria electrónica vinculada al sector automotor y sobre la arquitectura del régimen de promoción industrial vigente en la provincia.

Marco normativo y aval institucional del proceso productivo

La medida se inscribe en el régimen especial fiscal y aduanero creado por la Ley N° 19.640, que otorga beneficios impositivos y aduaneros a las actividades industriales desarrolladas en el ex Territorio Nacional de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur. En ese marco, el Artículo 8° del Decreto N° 490/2003 establece que los productos aprobados deben cumplir con un proceso productivo mínimo previamente validado por la autoridad de aplicación para poder acreditar origen.

La aprobación del proceso productivo surge a partir de una presentación realizada por FAMAR Fueguina S.A.U., que propuso un Proceso Productivo Base (PPB) para la fabricación de módulos electrónicos para vehículos. Dicha propuesta recibió aval institucional en distintas instancias formales: la Provincia de Tierra del Fuego, mediante la Nota N° 73 del 11 de noviembre de 2025, expresó su acompañamiento favorable en el marco del Artículo 15 del Decreto N° 1.139/1988, mientras que la Comisión para el Área Aduanera Especial (CAAE) tomó conocimiento y prestó conformidad a través del Acta N° 642 del 11 de diciembre de 2025.

A su vez, la Dirección de Política Automotriz y Regímenes Especiales de la Secretaría de Industria y Comercio analizó técnicamente la propuesta y recomendó su aprobación mediante el Informe Técnico IF-2025-140805354-APN-DPAYRE#MEC. Con estos antecedentes, la autoridad de aplicación concluyó que la secuencia de operaciones se encontraba en condiciones de ser aprobada.

Exigencias técnicas, trazabilidad y plazos de adecuación

La Resolución 17/2026 aprueba la secuencia completa de operaciones industriales detalladas en el Anexo I, que forma parte integrante de la norma, y establece que dicho proceso constituye transformación sustancial en los términos de los Artículos 21, inciso b), y 24, inciso a), de la Ley N° 19.640.

Entre los aspectos centrales, se exige que los insumos y componentes ingresen al Área Aduanera Especial en formato CKD (Completely Knocked Down), salvo excepciones técnicas debidamente autorizadas. Además, se fijan obligaciones estrictas en materia de calidad, trazabilidad y control, incluyendo registros auditables de ensayos, identificación de materias primas, fechas de producción, instalaciones involucradas y controles finales.

El proceso productivo aprobado contempla distintos esquemas industriales según el tipo de módulo electrónico:

  • módulos tipo PCBA,
  • módulos con gabinete, y
  • módulos con subconjunto actuador,
    cada uno con secuencias detalladas de ensamblado, soldadura, programación, control y embalaje, incluyendo procesos como soldadura por reflow, inserción SMT y THT, programación de memorias, armado de gabinetes y verificación final de calidad.

La norma fija un plazo máximo de CIENTO OCHENTA (180) días corridos desde su entrada en vigencia para que las empresas adecuen sus procesos productivos. Vencido ese plazo, las industrias deberán tramitar un nuevo inicio de producción, tanto para productos nuevos como para aquellos que ya cuenten con acreditación de origen, conforme al Punto 2.1 del Anexo XIV de la Resolución N° 4.712/1980 de la ex Administración Nacional de Aduanas.

Impacto económico y productivo en el régimen fueguino

Desde una perspectiva económica e institucional, la aprobación del proceso productivo fortalece la seguridad jurídica del régimen 19.640, al precisar criterios técnicos que permiten validar el origen industrial de módulos electrónicos destinados al sector automotor. Para las empresas instaladas en Tierra del Fuego, la resolución implica reglas claras sobre integración productiva, contenido industrial y exigencias de control, condiciones necesarias para sostener los beneficios fiscales y aduaneros del esquema promocional.

Al mismo tiempo, la medida refuerza el rol de la autoridad de aplicación en la fiscalización de procesos industriales complejos y en la armonización entre desarrollo productivo, control aduanero y cumplimiento normativo. En términos sectoriales, la industria electrónica automotriz se posiciona como una de las actividades alcanzadas por estándares productivos más precisos, con potencial impacto sobre inversiones, planificación industrial y estrategias de integración local dentro del Área Aduanera Especial.

La resolución entra en vigencia a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial, consolidando un nuevo marco técnico para la producción de módulos electrónicos bajo el régimen fueguino.

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Impuestos a los celulares: qué cambia desde este jueves y por qué esperan una baja de precios

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Desde este jueves 15 de enero, el arancel de importación para teléfonos celulares se reduce a cero en la Argentina. La medida, dispuesta por el Decreto 333/2025, completa un esquema de reducción progresiva iniciado en 2024 y apunta a bajar precios, ampliar la oferta y facilitar el acceso a la tecnología, en un mercado marcado por fuertes distorsiones de precios y una brecha significativa con países vecinos.

El Gobierno nacional oficializó la eliminación total del arancel que gravaba la importación de celulares, una decisión que impacta de lleno en la estructura de costos del sector electrónico y que, según la evaluación oficial, debería trasladarse a los precios finales al consumidor. Hasta ahora, el tributo se había reducido al 9,5%, como parte de una transición que culmina con la alícuota en 0%.

El marco normativo y los objetivos de la medida

La eliminación del arancel se instrumenta a través del Decreto 333/2025, publicado en el Boletín Oficial el 14 de mayo de 2025, que estableció un cronograma de reducción gradual hasta su eliminación total. En los fundamentos de la norma, el Ejecutivo sostuvo que la decisión busca mejorar las condiciones de oferta, reducir los precios de mercado y facilitar el acceso de los consumidores a dispositivos tecnológicos.

Lo expuesto mejorará las condiciones de oferta de los bienes objeto de la medida, reducirá los precios de mercado y facilitará, consecuentemente, el acceso de los consumidores a dichos productos, promoviendo la inclusión digital y el desarrollo tecnológico”, señala el texto del decreto.

Desde el Gobierno estiman que la quita del arancel permitirá mayor competencia entre fabricantes e importadores, con impacto directo sobre los precios, especialmente en los segmentos de gama media y alta, donde la Argentina presenta valores sensiblemente superiores a los de la región.

En ese sentido, el Jefe de Gabinete, Manuel Adorni, destacó públicamente la decisión en la antesala de su entrada en vigencia. “A partir de mañana, los aranceles de importación de celulares pasarán a ser del 0%. Menos impuestos, más competencia y mejores precios para todos”, expresó en sus redes sociales, y agregó: “Dios bendiga a la República Argentina”.

Impacto sectorial y tensiones con la industria fueguina

La medida afecta directamente a la industria electrónica radicada en Tierra del Fuego, históricamente protegida por esquemas arancelarios diferenciales y beneficios fiscales. La eliminación del arancel a los celulares importados reconfigura el escenario competitivo, al reducir la ventaja relativa de los equipos ensamblados localmente frente a los productos terminados provenientes del exterior.

Si bien el Gobierno reconoce el impacto sobre el entramado industrial fueguino, sostiene que la prioridad es abaratar el acceso a la tecnología para un mayor número de consumidores y corregir distorsiones de precios que limitan la inclusión digital. En la visión oficial, la reducción de costos para los usuarios finales y el estímulo a la competencia compensan las tensiones que puedan generarse en el esquema productivo vigente.

Brecha de precios y expectativa de ajuste en el mercado

Uno de los argumentos centrales detrás de la eliminación del arancel es la brecha de precios con países limítrofes, particularmente Paraguay. En modelos de alta gama, la diferencia supera el 100% entre los valores locales y los precios en el exterior, lo que alimentó durante años el denominado “tour de compras” tecnológico.

Una comparación de precios actuales ilustra la magnitud de esa brecha:

  • iPhone 17 Pro (256 GB)
    • Argentina: $2.899.999
    • Paraguay: US$1.190 (aprox. $1.695.750)
    • Brecha: $1.204.249
  • iPhone 17 Pro Max (256 GB)
    • Argentina: $3.399.999
    • Paraguay (modelo 1TB): US$1.930 (aprox. $2.750.250)
    • Nota: en Paraguay se consigue el modelo de 1TB a un precio menor que el de 256 GB en Argentina.
  • iPhone 13 (128 GB)
    • Argentina: $1.199.999
    • Paraguay: US$460 (aprox. $655.500)
    • Brecha: $544.499

Con la eliminación del arancel, el Gobierno apuesta a comprimir estas diferencias, aunque el traslado pleno a precios dependerá de otros factores, como impuestos internos, costos logísticos y márgenes comerciales.

Proyección: más acceso, precios a la baja y reordenamiento del sector

En el corto plazo, el Ejecutivo espera que la quita del arancel se traduzca en bajas graduales de precios y en una mayor variedad de modelos disponibles en el mercado local. A mediano plazo, la medida podría redefinir el equilibrio entre producción local e importaciones, obligando a la industria a revisar su esquema de costos y competitividad.

Para los consumidores, el objetivo explícito es claro: celulares más baratos y mayor acceso a tecnología, en un contexto donde el precio de los dispositivos se convirtió en una barrera relevante para la conectividad y la inclusión digital.

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