transparencia pública

Bajo la lupa judicial, Adorni se sumó al régimen de Inocencia Fiscal

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La adhesión del jefe de Gabinete, Manuel Adorni, al Régimen Simplificado de Ganancias volvió a poner en el centro de la escena a la denominada Ley de Inocencia Fiscal, una de las herramientas tributarias impulsadas por el gobierno de Javier Milei para facilitar la regularización fiscal de contribuyentes.

Según registros de la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA), Adorni solicitó este miércoles su incorporación al esquema simplificado para el período fiscal 2025. El trámite se concretó apenas diez días después de que su esposa, Bettina Angeletti, realizara el mismo procedimiento.

La decisión adquiere relevancia política porque ocurre en momentos en que la situación patrimonial del funcionario es observada por la Justicia Federal. Además, se produce antes de la presentación de su declaración jurada patrimonial ante la Oficina Anticorrupción.

Qué implica el régimen simplificado

El Régimen Simplificado de Ganancias fue incorporado por la Ley 27.799, conocida como Ley de Inocencia Fiscal.

El mecanismo permite presentar declaraciones juradas con menos exigencias formales y simplifica la relación entre el contribuyente y el organismo recaudador.

Su principal atractivo es el denominado “tapón fiscal”. Se trata de una presunción de exactitud sobre las declaraciones presentadas bajo este esquema.

En la práctica, el beneficio limita futuras revisiones sobre períodos fiscales anteriores, siempre que la información declarada resulte consistente y no existan diferencias relevantes detectadas por la administración tributaria.

La adhesión no implica un blanqueo de capitales. Tampoco supone la exteriorización automática de activos no declarados.

Además, el régimen no impide investigaciones por otros delitos. Entre ellos, enriquecimiento ilícito, lavado de activos o corrupción.

La situación de Adorni

Los registros oficiales muestran que Adorni desarrolla actividades económicas desde 2013.

Su actividad principal figura como prestación de servicios personales. También registra actividades vinculadas al asesoramiento empresarial, contabilidad, auditoría y servicios de información.

El funcionario se encontraba inscripto en el Impuesto a las Ganancias desde enero de 2020. Ahora optó por migrar al esquema simplificado para el ejercicio fiscal 2025.

La decisión generó preguntas sobre las razones del cambio. Distintas fuentes judiciales señalan que el movimiento será analizado junto con otros elementos patrimoniales y fiscales que actualmente forman parte de investigaciones en curso.

Desde el entorno oficial remarcan que se trata de una herramienta legal disponible para cualquier contribuyente que cumpla los requisitos establecidos por la normativa.

Otros funcionarios que ingresaron al régimen

La adhesión de Adorni no es un caso aislado. A partir de registros de ARCA, se estableció que varios funcionarios nacionales también optaron por el esquema simplificado. Entre ellos aparece el ministro de Desregulación y Transformación del Estado, Federico Sturzenegger, quien se incorporó en abril.

También figura Felipe Núñez, director del BICE y asesor del Ministerio de Economía.

La nómina incluye además a Santiago Oría, responsable audiovisual de la Presidencia; Aime Ayelén Vázquez, jefa de Gabinete de Asesores de la Jefatura de Gabinete; y el exjefe de Gabinete Guillermo Francos.

También se registró la adhesión de Juan Alberto Pazo, uno de los impulsores de la reglamentación del régimen.

A ellos se sumó recientemente José Luis Espert, eyectado del oficialismo en medio del escándalo por financiamiento narco, quien realizó el trámite un día antes que Adorni.

Transparencia y costo político

El caso de Adorni tiene una dimensión política adicional. Como principal vocero del Gobierno durante gran parte de la gestión y actual jefe de Gabinete, fue una de las figuras encargadas de defender el discurso oficial de transparencia, austeridad fiscal y control del gasto público.

Por eso, su incorporación al régimen simplificado genera debate político. Mientras el oficialismo sostiene que se trata de una herramienta legal y abierta a todos los contribuyentes, sectores críticos señalan que la decisión ocurre en un contexto de creciente escrutinio sobre la evolución patrimonial de funcionarios nacionales.

En los próximos meses, la adhesión será evaluada junto con la documentación fiscal, patrimonial y financiera que distintas áreas del Estado y la Justicia analizan sobre el funcionario y su entorno familiar.

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Renunció un funcionario clave de Caputo tras admitir bienes no declarados en el exterior

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El ministro de Economía, Luis Caputo, aceptó la renuncia de uno de los funcionarios más cercanos de su equipo: Carlos María Frugoni, quien dejó su cargo tras admitir irregularidades en su declaración patrimonial.

Frugoni se desempeñaba como secretario de Coordinación de Infraestructura, un área estratégica que articula sectores clave como transporte y obra pública. Su salida se produce luego de reconocer la existencia de siete propiedades en Miami que no habían sido declaradas, junto con al menos dos sociedades comerciales vinculadas a esos activos, sin documentación presentada ante organismos de control como la Oficina Anticorrupción y la Agencia de Recaudación y Control Aduanero.

El ahora exfuncionario calificó la omisión como “un error”, pero su situación derivó en denuncias por presunto enriquecimiento ilícito y omisión maliciosa en la declaración de bienes, lo que aceleró su salida en medio de creciente presión pública y judicial.

Tras la renuncia, el Gobierno designó en su reemplazo a Fernando Herrmann, quien se desempeñaba como secretario de Transporte. A su vez, ese cargo será ocupado por el subsecretario Mariano Plencovich, en un contexto marcado por tensiones aún no resueltas en el sistema de transporte del Área Metropolitana de Buenos Aires.

La Secretaría de Infraestructura es un nodo clave dentro del esquema económico del Gobierno, ya que bajo su órbita operan áreas directamente vinculadas al ajuste fiscal, como la obra pública —afectada por la paralización de proyectos— y el transporte, donde la reducción de subsidios impacta de forma directa en las tarifas.

Patrimonio en el exterior y sociedades no declaradas

Según trascendió, Frugoni habría utilizado sociedades constituidas en Estados Unidos —Genova LLC y Waki LLC, registradas en el estado de Delaware— como vehículo para la adquisición y administración de propiedades en Florida entre 2020 y 2022. Los inmuebles tendrían valores estimados entre 140.000 y 310.000 dólares cada uno.

La falta de declaración de estos activos ante los organismos correspondientes encendió las alertas en el sistema de control patrimonial, en un contexto donde la transparencia de los funcionarios se encuentra bajo fuerte escrutinio.

Trayectoria y antecedentes

Antes de asumir en Infraestructura, Frugoni había sido titular de la Comisión Nacional de Regulación del Transporte y previamente ocupó cargos relevantes en la gestión porteña, incluyendo la presidencia de Autopistas Urbanas.

Durante su paso por la administración de la Ciudad de Buenos Aires, estuvo vinculado a procesos de adjudicación de obras de gran escala, como el Paseo del Bajo, cuya licitación fue objeto de cuestionamientos judiciales por modificaciones en criterios y plazos.

También se registraron controversias en torno a la cesión de terrenos vinculados al predio del KDT, en operaciones que involucraron a empresas con vínculos en el sector privado.

La salida de Frugoni se da en un escenario de creciente sensibilidad política en torno a casos de integridad pública dentro de la administración nacional. Desde el Gobierno sostienen que la renuncia fue solicitada para preservar estándares institucionales, mientras que fuentes cercanas al exfuncionario indican que recibió asesoramiento para regularizar su situación, lo que incluyó su salida del cargo.

El episodio vuelve a poner en el centro del debate la relación entre gestión pública, transparencia y control patrimonial, en un momento donde el oficialismo enfrenta tensiones tanto en el plano económico como político.

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Puerto Esperanza endurece el control del gasto: prohíben al Concejo otorgar ayudar y subsidios

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El intendente de Puerto Esperanza, Horacio Zarza firmó el Decreto N° 06, una norma que redefine los límites en el manejo de fondos públicos dentro del municipio y apunta directamente a frenar prácticas irregulares detectadas en el Concejo Deliberante. La medida establece una prohibición expresa para que el cuerpo legislativo disponga o ejecute gastos de carácter social, como entrega de subsidios, mercaderías o asistencia directa a vecinos e instituciones.

El decreto se sustenta en la Carta Orgánica Municipal, la Ley VII N° 11 de Contabilidad y resoluciones del Tribunal de Cuentas de la Provincia de Misiones, y refuerza la división de funciones entre el Ejecutivo y el Legislativo. Según el texto, el Departamento Ejecutivo es el único órgano con facultades para ejecutar el gasto público, mientras que el Concejo Deliberante debe limitarse a tareas legislativas y de control.

La decisión se produce tras la detección de una “reiteración sistemática de prácticas administrativas irregulares”, entre ellas la entrega de vales de combustible, subsidios en dinero y mercadería sin cumplir los procedimientos legales ni contar con la intervención de los órganos de control. Estas acciones, advierte el decreto, configuraban un esquema de funcionamiento “asimilable a una municipalidad paralela”.

Bloqueo del gasto y advertencia a funcionarios

Uno de los puntos centrales de la norma es el bloqueo operativo de cualquier gasto originado en el Concejo que exceda sus competencias. La Secretaría de Hacienda y la Contaduría Municipal deberán rechazar, no registrar ni pagar erogaciones que no se ajusten al marco legal vigente.

Además, el decreto establece responsabilidad personal para los funcionarios que autoricen o intervengan en gastos irregulares. Las sanciones pueden incluir la obligación de reintegrar fondos, denuncias ante el Tribunal de Cuentas e incluso acciones penales por incumplimiento de deberes de funcionario público.

En paralelo, se fija un régimen estricto para la asistencia social: cualquier ayuda económica o entrega de bienes deberá tramitarse exclusivamente a través del Ejecutivo, con informe socioambiental, verificación de vulnerabilidad, control sanitario en casos médicos y cumplimiento de los procedimientos administrativos y de rendición.

Desde el Ejecutivo sostienen que la medida busca “restablecer la legalidad, proteger el erario público y garantizar la transparencia en el uso de los recursos”. En ese marco, se instruyó a las áreas administrativas a informar cualquier irregularidad al Tribunal de Cuentas y elevar reportes periódicos al intendente.

El decreto entra en vigencia inmediata y marca un punto de inflexión en la dinámica institucional del municipio, al cerrar la puerta a prácticas discrecionales y reforzar el control sobre el gasto público en un contexto de creciente presión sobre las finanzas locales.

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El Banco Central resiste la auditoría sobre el oro enviado al exterior

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A casi dos años del primer traslado de lingotes de oro al exterior, el Banco Central mantiene bloqueado el intento de auditoría sobre esas operaciones y tensiona su relación con los organismos de control del Estado. La entidad conducida por Santiago Bausili continúa sin entregar la documentación requerida por la Auditoría General de la Nación (AGN), incluso después de que la Justicia ordenara responder los pedidos de acceso a la información pública.

El episodio no es menor dentro de la arquitectura institucional del país. En juego está la capacidad de los órganos de control vinculados al Congreso para supervisar la administración de las reservas internacionales del Banco Central, uno de los activos más sensibles de la política económica.

Según fuentes vinculadas a la AGN, el organismo aún no recibió precisiones sobre dónde se encuentra el oro enviado al exterior ni bajo qué condiciones se realizó la operación, lo que impide avanzar con el trabajo técnico de auditoría.

La tensión abre una pregunta de fondo: si el Banco Central puede limitar el acceso a la información sobre una operación vinculada a las reservas o si debe someterse plenamente a los mecanismos de control institucional.

Transferencias de lingotes y documentación ausente

El origen del conflicto se remonta a cuatro transferencias de oro realizadas en 2024, que la AGN identificó en la documentación oficial. Las fechas registradas son 18 de junio, 2 de julio, 31 de julio y 13 de agosto de ese año.

En cada envío se trasladaron 250 lingotes de oro.

Cuando el organismo de control intentó iniciar la auditoría, solicitó documentación básica para reconstruir el procedimiento administrativo y financiero de las operaciones. Entre los materiales requeridos se encontraban actas, dictámenes e informes internos.

Sin embargo, el Banco Central no entregó esa información. Según lo reconstruido por fuentes cercanas al proceso, el argumento central de la entidad fue el carácter confidencial y reservado de los expedientes vinculados a las reservas internacionales.

La respuesta del Central introdujo además un elemento inesperado: en notas internas enviadas al organismo de control sostuvo que no existen contratos de colocación de los lingotes con el Banco de Pagos Internacionales (BIS) ni con otros depositarios del exterior, ni en la actualidad ni al cierre de 2024.

La afirmación complica la reconstrucción administrativa de las transferencias y alimenta la controversia sobre el alcance real de la operación.

El límite del control parlamentario

La AGN es el órgano técnico encargado de auditar la administración del sector público y depende institucionalmente del Congreso de la Nación. Por ese motivo, el conflicto con el Banco Central adquiere una dimensión política que excede la discusión técnica.

A fines de 2025, cuando el organismo todavía no tenía completo su cuerpo de auditores, su conducción —encabezada por Juan Manuel Olmos— optó por elevar el caso a la Comisión Bicameral Revisora de Cuentas Mixta del Congreso, sugiriendo que se evaluaran medidas legales para garantizar el acceso a la información.

Ese paso marcó el ingreso formal del conflicto en la arena parlamentaria.

Con la posterior designación de los auditores faltantes, la AGN recuperó plenas facultades institucionales para avanzar con acciones legales destinadas a exigir al Banco Central la documentación necesaria para la auditoría.

Confidencialidad versus control público

El Banco Central sostiene que la información solicitada tiene carácter secreto y confidencial y que se encuentra en expedientes reservados. Bajo ese argumento, el organismo ofreció una modalidad de acceso restringido: permitir que los auditores revisen los documentos desde computadoras del propio Central.

El problema es que esa propuesta impide copiar, fotografiar o tomar notas, lo que en la práctica imposibilita construir evidencia documental para un informe técnico.

Para el equipo de la AGN, esa limitación convierte el acceso en un ejercicio meramente visual, insuficiente para respaldar una auditoría formal.

La discusión gira en torno a un punto clave del sistema de control público: si un organismo auditado puede imponer condiciones que vuelvan impracticable el trabajo de fiscalización.

El argumento final del Banco Central

Cuando la AGN evaluó aceptar parcialmente las condiciones propuestas por el Banco Central, apareció una nueva objeción.

La entidad sostuvo que no existe ningún contrato que pueda ser auditado, lo que según su interpretación dejaría sin objeto el análisis técnico solicitado por el organismo de control.

“Los informes del servicio jurídico del BCRA respecto de cada contrato no se han tenido que elaborar ya que no hay contratos”, indicaron desde el Central.

Ese planteo refuerza el carácter atípico del caso. En operaciones financieras vinculadas a reservas internacionales, la existencia de acuerdos formales suele constituir la base documental para cualquier auditoría posterior.

Antecedentes que tensionan el argumento oficial

Desde la AGN señalan que existen antecedentes recientes que contradicen la negativa del Banco Central.

En 2024, el organismo aprobó el informe titulado “Procedimientos empleados por el BCRA para la administración de reservas internacionales”, una auditoría que incluyó el análisis de la totalidad de las reservas del Central, no solo del oro.

En esa oportunidad, el Banco Central proporcionó la información solicitada para la revisión técnica.

La diferencia de criterios entre aquel proceso y el actual refuerza la percepción dentro del organismo de control de que el conflicto responde más a una decisión institucional que a una limitación operativa.

La intervención judicial

El caso también ingresó en el terreno judicial. El 22 de diciembre del año pasado, la Cámara Contencioso Administrativo Federal ordenó al Banco Central que responda los pedidos de acceso a la información pública relacionados con el traslado de los lingotes.

A pesar de esa resolución, la AGN sostiene que no recibió la documentación necesaria para avanzar con la auditoría.

El incumplimiento o la demora en la respuesta abre un nuevo frente institucional que podría derivar en medidas judiciales adicionales si el conflicto se prolonga.

Un episodio que pone en juego el sistema de control del Estado

Más allá del destino específico del oro, el conflicto expone una discusión más amplia sobre el funcionamiento de los organismos de control en la estructura del Estado.

El Banco Central, por su autonomía institucional, mantiene una posición particular dentro de la administración pública. Pero la AGN tiene mandato constitucional para auditar la gestión de los recursos públicos, incluidas las reservas.

El choque entre ambos criterios deja en evidencia una zona gris del sistema institucional: hasta dónde llega la confidencialidad financiera y dónde comienza el control parlamentario.

Un frente que todavía no se cerró

Con la AGN nuevamente integrada y con el antecedente de una orden judicial vigente, el conflicto parece lejos de resolverse.

En las próximas semanas se definirá si el organismo de control avanza con nuevas acciones legales o si el Banco Central modifica su posición y habilita el acceso pleno a la documentación.

Lo que está en juego no es solo el seguimiento de una operación puntual. También se discute el alcance real de los mecanismos de control sobre uno de los activos estratégicos del país: las reservas internacionales.

La historia, por ahora, sigue abierta.

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El INYM cambia sanciones por DDJJ y refuerza control en el mercado yerbatero

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El mercado de la yerba mate arrancó marzo con cambios concretos en su marco regulatorio. El Instituto Nacional de la Yerba Mate (INYM) publicó este 4 de marzo en el Boletín Oficial las Resoluciones 20/2026, 21/2026 y 23/2026, un paquete normativo que redefine el régimen de sanciones por incumplimientos formales, restablece la publicidad del padrón de operadores y vuelve a exigir la declaración mensual del “palo de descarte”.

Las tres normas rigen desde su publicación y forman parte del proceso de adecuación interna del organismo al Decreto 812/2025, que limitó la capacidad del INYM para dictar reglas que distorsionen precios o interfieran en la libre oferta y demanda. En ese contexto, el Instituto avanza con una depuración regulatoria que combina simplificación administrativa con mayor trazabilidad formal.

El dato clave es doble: por un lado, la falta de presentación de tres declaraciones juradas anuales ya no generará una “inhabilitación” automática, sino la baja de la inscripción hasta regularizar; por otro, se restituye la publicación abierta del listado completo de operadores habilitados.

Qué cambia en la práctica

La Resolución 20/2026 introduce el ajuste más sensible para el funcionamiento cotidiano del sector. Deroga la suspensión automática de inscripción prevista en la Resolución 115/2015 y modifica el artículo 9° del régimen simplificado de control de declaraciones juradas.

Desde ahora, cuando un operador omita presentar tres declaraciones juradas en un mismo año calendario, el INYM deberá intimarlo por diez días hábiles. Si no regulariza, procederá a dar de baja su inscripción a partir del mes siguiente. La actividad quedará paralizada hasta que el operador presente todas las DDJJ pendientes y pague las multas correspondientes.

La diferencia no es menor. Se elimina la inhabilitación como figura indefinida que podía generar nuevos incumplimientos en cascada, y se reemplaza por una baja registral con condición clara de levantamiento. El mensaje es más ordenado: quien no declara, no opera; pero puede volver si regulariza.

En paralelo, la Resolución 21/2026 revierte la decisión de 2023 que había eliminado de la web oficial el listado completo de operadores inscriptos y los inhabilitados. El INYM volverá a publicar nombre, CUIT, número de operador, categoría, domicilio comercial y estado de inscripción, además de mantener la herramienta de búsqueda individual.

Se trata de información no sensible, según fundamenta la norma, y vinculada a la función de control público. En términos económicos, la medida mejora la transparencia del mercado y facilita la verificación entre actores de la cadena.

Finalmente, la Resolución 23/2026 reincorpora la obligación de declarar la cantidad de kilogramos de “palo de descarte” existente al cierre de cada período mensual. Esa exigencia había quedado derogada por una resolución anterior, pero el propio Instituto detectó que su eliminación generaba inconsistencias con el régimen vigente de declaraciones juradas. Ahora vuelve a integrarse al sistema informático del organismo.

Contexto institucional: adecuación al nuevo marco

Las resoluciones se inscriben en la Ley 25.564, que regula la actividad yerbatera, y en el proceso de revisión normativa iniciado tras la modificación del decreto reglamentario en 2025. El Poder Ejecutivo estableció que el INYM no puede dictar normas que generen distorsiones en precios o barreras de entrada.

Frente a esa instrucción, el organismo inició un relevamiento integral de su stock normativo. Parte de ese proceso implicó derogar medidas consideradas excesivas o potencialmente restrictivas. Sin embargo, la revisión dejó zonas grises que ahora se corrigen.

El ajuste sobre declaraciones juradas apunta a evitar sanciones que se transformen en un círculo vicioso administrativo. Al mismo tiempo, la reposición de datos públicos busca reforzar la transparencia sin afectar la protección de datos personales, apoyándose en la Ley 25.326 y en el principio de máxima publicidad de la Ley 27.275.

En síntesis, el Instituto intenta compatibilizar simplificación con capacidad de fiscalización.

Impacto económico: más previsibilidad formal

En términos de inversión y actividad, el paquete no introduce cambios en precios ni en condiciones comerciales. Tampoco altera cupos, volúmenes ni parámetros productivos. Su impacto es indirecto, pero relevante para la dinámica del sector.

Para los operadores —productores, secaderos, molinos y comercializadores— la modificación del régimen sancionatorio aporta previsibilidad. Se establecen plazos claros y un procedimiento definido antes de la baja registral. Esto reduce la discrecionalidad y ordena la relación administrativa con el regulador.

La restitución del listado público puede favorecer la competencia leal. Facilita verificar quién está habilitado para operar y reduce la opacidad en transacciones comerciales. En cadenas regionales como la yerbatera, donde conviven actores de distinto tamaño, la información pública cumple una función de control cruzado.

La reintroducción de la declaración del palo de descarte, en tanto, refuerza la trazabilidad productiva. Para los secaderos implica retomar una carga informativa mensual, aunque el Instituto la presenta como coherente con el esquema vigente y no como una exigencia nueva.

No hay efectos fiscales directos ni anuncios de mayores recursos. El foco está puesto en ordenar el cumplimiento formal.

Señales políticas: simplificar sin desregular

El paquete combina dos movimientos que, en apariencia, van en sentidos distintos. Por un lado, elimina mecanismos de suspensión automática y corrige rigideces administrativas. Por otro, refuerza la publicidad de datos y reestablece obligaciones declarativas.

La señal política parece apuntar a una regulación más transparente y menos coercitiva en lo formal, pero sin resignar capacidad de control. No se advierte un giro hacia la desregulación plena, sino una adaptación al nuevo límite impuesto por el Ejecutivo respecto de la no intervención en precios y mercado.

El INYM mantiene su rol de autoridad de registro y fiscalización. Lo que ajusta es el modo de ejercerlo.

Qué mirar hacia adelante

En los próximos meses habrá que observar si el nuevo esquema reduce efectivamente la litigiosidad y los incumplimientos recurrentes. También será relevante medir si la publicación abierta del padrón mejora la trazabilidad y la transparencia en las operaciones.

El reordenamiento normativo está en marcha. El desafío para el Instituto será sostener equilibrio entre simplificación administrativa y control efectivo en un sector que combina arraigo regional, peso exportador y alta sensibilidad política.

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