Tribunales

Reforma laboral: ratifican la competencia de la Justicia del Trabajo 

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El Ministerio Público Fiscal se expidió a favor de que sea la Justicia Nacional del Trabajo, y no el fuero Contencioso Administrativo Federal, la que entienda en la acción de inconstitucionalidad promovida por la CGT contra más de 80 artículos de la reforma laboral.

El expediente abierto por la Secretaría de Trabajo contra una causa impulsada por la CGT activó un conflicto entre fueros. De un lado, la Justicia laboral. Del otro, el contencioso administrativo federal.

La discusión gira en torno a la Ley 27.802, eje de la reforma que modifica contratos, negociación colectiva y estructura sindical. El Estado sostiene que, al tratarse de una norma pública y al estar involucrado el Poder Ejecutivo, el caso debe tramitar en el fuero administrativo. La contraparte insiste en que el núcleo del conflicto sigue siendo laboral.

No es una diferencia técnica. Es una disputa de poder institucional.

Reforma, decreto y estrategia judicial

En un dictamen clave que sienta posición sobre el conflicto de competencias desatado tras la sanción de la Ley N° 27.802 de Reforma Laboral, el Fiscal General ante la Cámara Contencioso Administrativo Federal Rodrigo Cuesta se pronunció por la competencia de la Justicia Nacional del Trabajo para entender en la acción declarativa de inconstitucionalidad presentada por la Confederación General del Trabajo de la República Argentina (CGT) contra el Estado nacional.

El dictamen, al que tuvo acceso este medio, se enmarca en una contienda positiva de competencia trabada entre el Juzgado Nacional del Trabajo N° 63 y el Juzgado Contencioso Administrativo Federal N° 12, que reclamó para sí la causa con base en la reforma del artículo 20 de la Ley 18.345 introducida por el artículo 79 de la nueva ley.

La CGT inició una acción declarativa en los términos del artículo 322 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación solicitando la declaración de inconstitucionalidad de más de 80 artículos de la Ley 27.802 (publicada el 6 de marzo de 2026), que modificó aspectos centrales de la Ley de Contrato de Trabajo (20.744), la ley de asociaciones sindicales (23.551), la ley de negociación colectiva (14.250), la ley de jornada de trabajo (11.544) y la propia ley de organización de la justicia laboral (18.345), entre otras.

Derecho del Trabajo

En su presentación, el representante del Ministerio Público Fiscal descartó de plano que la competencia deba desplazarse al fuero contencioso administrativo, pese a la presencia del Estado Nacional como demandado y a la invocación del precedente “Rizzo” de la Corte Suprema (Fallos 345:1219).

El Fiscal sostuvo que la causa se inserta en el derecho del trabajo, individual y colectivo, y que las cuestiones de inconstitucionalidad planteadas deberán resolverse a la luz de los principios de esa rama especializada, sin que entren en juego, “a priori”, normas o principios del derecho administrativo.

Por otra parte, si bien la nueva redacción del artículo 20 de la Ley 18.345 –modificado por el art. 79 de la Ley 27.802, de Modernización Laboral– atribuye al fuero contencioso administrativo federal las causas laborales en que sea parte el Estado Nacional, el fiscal advirtió que esa norma no resulta aún dirimente en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

El punto central del dictamen descansa en el artículo 90 de la misma Ley 27.802, que aprobó el “Acuerdo de Transferencia de la Función Judicial en Materia Laboral del Ámbito Nacional a la Justicia del Trabajo de la CABA”. Dicho acuerdo, celebrado entre el Estado Nacional y el Gobierno porteño, establece que las causas laborales contra el Estado Nacional serán competencia del fuero Contencioso Administrativo Federal recién a partir de su entrada en vigencia efectiva, supeditada a la aprobación legislativa y a la firma de un convenio de transferencia de recursos, condiciones aún no cumplidas.

El Fiscal concluyó, de manera terminante, que “mediante la suscripción del Acuerdo de Transferencia, el Estado Nacional supeditó […] la aplicación del art. 79 de la Ley 27.802 […] a la efectiva entrada en vigencia del referido acuerdo”, por lo que la modificación legal “no es dirimente” en este estadio.

El juez laboral había rechazado la inhibitoria planteada por el Estado Nacional argumentando que la reforma al artículo 20 sólo impide traer a juicio al Estado Nacional en su rol de empleador, y que apartar a los justiciables del fuero especializado en materia laboral podría no superar un test de convencionalidad.

Un caso que trasciende el expediente

El expediente ya escaló a instancias superiores. La resolución marcará un precedente sobre cómo se procesan futuras reformas impulsadas por el Gobierno.

El dato de fondo: cuando la política económica entra en zona de conflicto judicial, cada interpretación cuenta como una señal. Para el mercado, para los gremios y para la propia dinámica del Estado.

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Edificio de Tribunales: la familia judicial se realizó controles de salud y colaboró con el Banco de Sangre, Tejidos y Biológicos de Misiones

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La presidente del Superior Tribunal de Justicia misionero, Rosanna Pía Venchiarutti Sartori, en compañía de la ministra Valeria Fiore Cáceres, estuvo presente en la jornada organizada por el Ministerio de Salud Pública y el Instituto de Previsión Social Misiones que desplegó la campaña de salud “IPS te cuida” y la Jornada de donación voluntaria de sangre en el marco de un operativo de salud que recorre toda la Provincia. 

La jornada comenzó a las 8:00 en el Salón de Usos Múltiples donde el equipo de Rama Activa del IPS brindó una charla informativa sobre la prestación de servicios del mismo, en la que participaron, además,  las áreas de Enfermería; Inmunización; Turismo; Farmacia y Servicios Fúnebres con el objetivo de realizar una valiosa intervención sobre el  autocuidado.

Algunas prestaciones, coberturas y servicios que se difundieron desde esta rama del IPS son:

  • Visitadores sanatoriales
  • Diálisis
  • Prótesis
  • Ortopedia
  • Ópticas
  • Trasplantes
  • Cirugías cardiovasculares
  • Reintegros

Además, se cuenta con Departamento de Salud Mental que brinda atención integral con un abordaje de trabajo social, psicología, psiquiatría, nutrición y asesoramiento jurídico. Para acceder a la atención comunicarse a través de Whatsapp al número 3764-121259.

El Instituto de Previsión Social lleva adelante Programas Especiales que brindan cobertura del 100% en prestaciones médicas, prácticas y medicamentos. Estos programas son:

  • Hombre Sano: Programa de prevención y detección de enfermedades de próstata y del sistema urinario.
  • Mujer Sana: Programa de prevención y de detección del cáncer de mama y útero.
  • Diabetes: Programa de atención primaria y prevención de la diabetes.
  • Predhicar: Programa de prevención y control de la hipertensión arterial.
  • Atención integral al paciente oncológico: orientado a mejorar la calidad de vida de los afiliados, atendiendo a la enfermedad como un proceso al cual se debe acompañar desde un abordaje integral y multidisciplinario (Tratamiento del dolor, Visita social, Drenaje Linfático, Atención psicológica y Acompañamiento nutricional).

Para comunicarse con el Departamento de Oncología del IPS llamar al 3764-447765.

Además, el equipo realizó controles de glucosa, hipertensión, parámetros vitales, entre otros.

Por otro lado, el Ministerio de Salud Pública, a través del Banco de Sangre, Tejidos y Biológicos de Misiones, estuvo presente realizando extracciones de sangre con el fin de cubrir las demandas del sistema sanitario de la Provincia, sosteniendo el stock ideal de reservas de sangre.

Estuvieron presentes Florencia Córdoba, directora de la Rama activa del Instituto de Previsión Social; el vicepresidente del Instituto, Iván Pelinski, como también representantes de distintas áreas de la salud y administrativa del IPS. 

De esta manera, el trabajo interinstitucional llevado adelante en el Edificio de Tribunales funcionó como una instancia clave para colaborar con la salud y bienestar de la comunidad misionera.

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Se realizará en Tribunales las Jornadas de Capacitaciones Itinerantes y Federales en Materia de Cooperación Jurídica Internacional

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Los días 15 y 16 de junio se realizarán, en el Salón de Usos Múltiples del Edificio de Tribunales, las “Jornadas de Capacitaciones Itinerantes y Federales en materia de Cooperación Jurídica Internacional” organizadas por el Centro de Capacitación y Gestión Judicial en conjunto con el Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio Internacional y Culto de la República Argentina.

Las jornadas están dirigidas a funcionarios y magistrados del Poder Judicial de Misiones y se llevarán a cabo tanto de forma presencial como a través de videoconferencia mediante Cisco WebEx, lo que permitirá la participación de las cinco circunscripciones judiciales.

El Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio Internacional y Culto facilitará la presencia de los disertantes, entre los cuales se encuentran María Eugenia Melazza, asesora legal de Cooperación Internacional en materia Penal; Mariana Pilar Olier, asesora legal de Cooperación Internacional en materia Civil, Comercial, Laboral y Administrativa; y de manera virtual, las asesoras legales de Restitución Internacional de Niñas, Niños y Adolescentes, Yamila Barberis y Luciana Deniccio.

Programa de actividades

Jueves 15:

Primera Parte: Cooperación Jurídica Internacional en Materia Penal, de 14:00 a 16:00 hs.

Viernes 16:

Segunda Parte: Restitución Internacional de Niños, Niñas y Adolescentes y Contacto Fronterizo, de 14:00 a 16:00 hs.

Tercera Parte: Cooperación Jurídica Internacional en Materia Civil, Comercial, Laboral y Administrativa, de 16:30 a 18:30 hs.

Los interesados pueden inscribirse completando el formulario que se accede a través de este enlace: https://docs.google.com/forms/d/e/1FAIpQLSedtlvHWl3epR3CusI2FrOOevo2-5LV8pDugMEWTmN7STQoug/viewform

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Los puntos principales de los escritos de Cristina: nulidad y apartamiento del juez y el fiscal

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La expresidente y actual senadora Cristina de Kirchner concurrió este lunes a los tribunales de Comodoro Py para la indagatoria a la que fue citada en el marco de la causa por presuntas coimas en la obra pública durante su mandato y el de su esposa, Néstor Kirchner. 
Cristina no declaró, sino que presentó un escrito con su descargo por la causa, con duras críticas al proceso judicial y en el que apuntó a la familia de su sucesor. “Mauricio Macri, hijo de Franco, primo hermano de Ángelo Calcaterra, hermano del alma de Nicolás ‘Nicky’ Caputo, todos ellos socios entre sí y de otros empresarios en materia de energía y obra pública. Todos emblemáticos integrantes de la “Patria Contratista” surgida durante la última dictadura militar y consolidada durante la década de los ’80 y los ’90. Además, resulta absurdo que dichos empresarios intenten aparecer como víctimas de ese proceso o esas prácticas”, afirmó la exmandataria.
En uno de los escritos, la exmandataria pidió el apartamiento del juez Claudio Bonadio -a quien calificó de “juez enemigo”- y del fiscal federal Carlos Stornelli. Y señaló que las actuaciones deben ser remitidas al juez federal Julian Ercolini, quien sigue las causas Hotesur y Los Sauces.
En la causa Los Sauces Cristina Kirchner está imputada también como jefa de una asociación ilícita junto a sus hijos Máximo y Florencia, y en esa investigación también se sospecha de irregularidades con la obra pública.
En un segundo escrito, pidió la nulidad de la causa por el origen que tuvo la misma: “A partir de la asunción de Mauricio Macri como Presidente de la Nación he sido sometida a una múltiple persecución judicial, sólo comparable a aquella que se llevó a cabo en tiempos en que se encontraba suspendida la vigencia de la Constitución Nacional”.
En un tercer escrito, recusó a Bonadio y al fiscal Stornellli: fueron “elegidos a dedo el juez y el fiscal, estos decidieron armar una nueva causa y auto colocarse como competentes para manejarla y sacarla a la luz, como parece ser una costumbre en el fuero federal, cuando las circunstancias políticas resultaran apropiadas”.
“En este sentido, la caída abrupta de la imagen del gobierno de turno, el agravamiento de los problemas económicos y las denuncias de corrupción en contra de las máximas autoridades de la alianza gobernante, en particular, la de una de sus figuras emblemáticas por haber recibido financiación para las campañas electorales de los años 2015 y 2017 a través de centenares de personas que negaron haber realizado dichos aportes se constituyó en la oportunidad perfecta”, evaluó.
Tras denunciar “graves arbitrariedades” por parte de Bonadio en su contra en otras causas, la exmandataria apuntó contra la investigación que ahora sigue el magistrado.
“En el marco de este proceso, siguiendo las mismas prácticas delictivas de siempre, Bonadio dispuso arrestos ilegales, ordenó procesamientos infundados, trabó embargos millonarios y dictó prisiones preventivas ilegítimas, manteniendo incluso la increíble calificación legal escogida”, señaló.
La senadora señaló que desde que asumió el presidente Mauricio Macri se dictaron en su contra “cinco procesamientos” y subrayó: “increíblemente, fui imputada y procesada en tres causas distintas por haber sido la jefa de la misma presunta asociación ilícita que, según se afirma en todos los casos, se habría montado para obtener dinero ilegítimo por parte de empresarios que recibieron contratos de obra pública entre los años 2003 y 2015”.
Subrayó también: “pareciera ser que además de desempeñarme como jefa del Poder Ejecutivo por el voto popular durante ocho años, habría tenido el tiempo suficiente para liderar todos los emprendimientos criminales de los que ahora se me acusa”.
“Semejante disparate, construido de una manera totalmente ajena al marco constitucional y legal vigente resultó posible habida cuenta de las interferencias que sobre la justicia viene desarrollando el Poder Ejecutivo de la Nación y en virtud de la protección mediática que todas estas operaciones han recibido en los últimos dos años y medio”, añadió.
Para Cristina Kirchner, “estamos ante una nueva clase de magistrado: el juez enemigo, actor principal del lawfare, doctrina que se despliega a nivel regional como una nueva forma de eliminación y/o supresión de todo aquel dirigente, fuerza o movimiento político que se considere pone en riesgo el status quo sudamericano, que ahora se caracteriza por un fuerte retroceso en materia de derechos, conquistas y avances sociales logrados en el continente durante la primera década y media del siglo XXI”.
“A diferencia de las últimas dictaduras que asolaron la región en la segunda parte del siglo XX y que se manifestaban eliminando físicamente a sus adversarios, en un novedoso y aceitado engranaje mediático-judicial se recurre ahora a la estigmatización, al juzgamiento de los medios y a la confirmación en sede judicial con un resultado: la eliminación política”, señaló.

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